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FUNDACIÓN DE DESARROLLO E
IMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS
ESTRATEGICOS
(FUNDEIMES)
TITULO:
IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL
PENAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y SU
INFLUENCIA EN LA SEGURIDAD PÚBLICA
DURANTE EL PERÍODO
2005-2011.
(SEGUNDA PARTE)
AUTOR:
RAUL RAMIREZ RODRIGUEZ
CORONEL EJERCITO DE REPÚBLICA DOMINICANA (DEM)
MAGISTER EN DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL
SANTO DOMINGO, D. N.
AÑO 2014
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NOTA ACLARATORIA:
“LAS OPINIONES CONTENIDAS EN EL PRESENTE ENSAYO,
SON
DE LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE SU AUTOR Y
LA INSTITUCIÓN NO SE
SOLIDARIZA NECESARIAMENTE CON LOS CONCEPTOS
EMITIDOS”.
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TÍTULO
IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE
LA REPÚBLICA DOMINICANA Y SU INFLUENCIA EN LA
SEGURIDAD PÚBLICA DURANTE EL PERÍODO
2005-2011.
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ÍNDICE
Marco introductorio (Introducción del anteproyecto) .......................................... i
I- Planteamiento del problema
1.1- Planteamiento del Problema ....................................................................... ii
1.2.- Formulación y Sistematización del Problema............................................. iv
1.3.- Delimitación del Problema.......................................................................... v
1.4.- Justificación de la Investigación................................................................. v
1.5.- Objetivos .................................................................................................... viii
1.5.1.- Objetivo General ..................................................................................... viii
1.5.2.- Objetivos Específicos.............................................................................. viii
II.- Marco teórico
2.1.- Antecedentes Teóricos............................................................................... viii
2.2.- Antecedentes Históricos........................................................................... .. ix
2.3.- Marco Contextual... .................................................................................. .. xii
III.- Idea a defender…………………………………………………………………… xiii
3.1.- Variables .................................................................................................... xiv
3.2.- Indicadores................................................................................................. xiv
IV.- Marco metodológico
4.1.- Diseño de la investigación......................................................................... xiv
4.2.- Tipo de razonamiento ............................................................................... xiv
4.3.- Tipo de investigación................................................................................. xiv
4.4.- Técnicas de análisis.................................................................................. xv
4.5.- Instrumentos. ............................................................................................ xv
4.6.- Herramientas para el análisis y presentación de datos............................. xvi
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Capítulo I
Antecedentes del Código Procesal Penal, Evolución y la Seguridad Pública.
1.1.- Evolución Histórica del Derecho Procesal Penal. 01
1.2.- Antecedentes en la Antigüedad 02
1.3- Procesos Históricos del Código Procesal Penal 03
1.4.- Antecedente del Código Modelo o Tipo (Latino América) 12
1.5.- Evolución de las Fuerzas de Seguridad en la Rep. Dominicana. 17
Capítulo II
Naturaleza Jurídica del Código Procesal Penal y la inseguridad Ciudadana.
2.1- Naturaleza Jurídica del Nuevo Código Procesal Penal Rep. Dom. 28
2.2.-El Nuevo Proceso Penal 30
2.3- Fenómeno Jurídico de Inseguridad Ciudadana. 32
2.4.-Teoría del Delito como Fenómeno de Inseguridad 37
Capítulo III
Aspectos Básicos de la Seguridad Ciudadana en la República Dominicana.
3.1.- Criminalidad 46
3.2.- Factores, Causas y Consecuencias 47
3.3.- La Criminalidad Urbana 49
3.4.- Consecuencias del Crecimiento de la Criminalidad Urbana. 49
3.5.- La Intervención Democrática en Materia de Seguridad Urbana 53
3.6.- Seguridad y Defensa Civil Fuerzas Armadas y Policía Nacional 57
3.7.- La Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana 58
3.8.- El Sistema de Seguridad Pública en República Dominicana 63
3.8.1.- Problemática de la Seguridad Pública en la República
Dominicana. 63
3.8.2.- Normas Jurídicas de Seguridad Ciudadana 69
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Capítulo IV
Influencia del Nuevo Código Procesal Penal en la Seguridad Pública,
los Tribunales Militares y carácter Garantista de los Derechos
Humanos.
4.1.- Código Procesal Dominicano y la Jurisdicción Penal Militar 77
4.2.- Cierre de la Audiencia y Resolución 81
4.3- Composición de los Tribunales Militares 83
4.4.- Comisiones Especiales o Tribunales Ad-hoc 84
4.5.- Influencia del Código Procesal Penal ante la Seguridad Pública
en la República Dominicana 86
4.6.- Atribución de los Artículos 4 y 57 del Código Procesal Penal 87
4.7.- Espíritu de la Ley 278 del Año 2004 90
4.8.- Humanización del Proceso Penal 91
4.8.1.- Fundamentos Garantistas de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos. 92
4.8.2.- Relevancia de la Implementación de las Garantías
Fundamentales 94
Conclusiones
Recomendaciones
Bibliografía
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CAPÍTULO III
Aspectos Básicos de la Seguridad publica en la República
Dominicana y la Criminalidad.
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CAPITULO III
Aspectos Básicos de la Seguridad publica en la República
Dominicana y la criminalidad.
3.1.- Criminalidad
Conforme los más versados tratadistas, el crimen es toda conducta
antisocial. Tal y como se ha señalado el delito es la conducta antisocial tipificada
como tal, por la ley penal. Existe, pues, entre ambos conceptos una relación de
género a especie; donde la criminalidad es el género; mientras que el delito es la
especie. En este orden de ideas se ha de entender que, en principio todo
delincuente es un criminal, pero no todo criminal es un delincuente.
La antisocialidad es un fenómeno natural, la delincuencia es un hecho
jurídico. La antisocialidad admite diversos criterios de valoración (éticos, morales,
religiosos, filosóficos políticos, etc., matizados generalmente por el extremo de la
subjetividad. La delincuencia sólo admite uno, el de la estricta legalidad.
Concretamente, el carácter antisocial de un hecho puede quedar claramente
establecido por el juicio de la opinión pública, mientras que su carácter delictivo
solo puede ser establecido mediante el debido proceso legal.
Cuando se pierde de vista estos conceptos fundamentales, se puede caer
en errores garrafales y peligrosos, que van desde el tratamiento inadecuado de un
caso particular, individualizado y concreto, hasta el establecimiento de
inadecuadas políticas públicas para el tratamiento de la criminalidad y/o la
delincuencia. Pero si se tiene claramente presentes, entonces se tendrá una mejor
oportunidad para establecer y alcanzar, en forma eficiente y efectiva los objetivos,
públicos y privados, particulares o generales, que demanda la sociedad en su
conjunto (Instituto Interamericano de Derechos Humanos USAID).
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Un accidente de tránsito es eso, un accidente. Tratar a los involucrados, de
buenas a primeras como si se tratara de un asunto criminal y delictivo, es desde
todo punto de vista un error y una injusticia. Por regla general, nadie sale en su
vehículo con el deliberado y doloso propósito dolo de “cometer un accidente de
tránsito”. La mayoría de la veces, los responsables, son sancionados por los
delitos culposos de lesiones u homicidio, por culpa o negligencia.
El problema carcelario: Hay muchas razones por las que un individuo
puede ser privado de su libertad, en forma preventiva o por periodo
definitivo, y enviado a la cárcel (En Panamá por ejemplo de acuerdo a
estudios ocurren unas 60,000 detenciones al año, de las cuales un 30%
terminan en proceso judiciales, y de estos, un 10%... termina en la cárcel) ya
en la cárcel o en “el centro penitenciario”, de buenas a primeras, tratarlo
como si se tratara de un criminal o de un delincuente habitual es,
igualmente, y desde todo punto de vista un error y una injusticia… además
de una violación flagrante de la Ley.
La definición de una Política Criminal Pública, en materia de criminalidad,
delincuencia, administración de justicia y tratamiento penitenciario, es un tema
urgente ante la crisis social galopante que sufre la sociedad dominicana.
El fracaso histórico, a nivel universal, de la adopción de
improvisaciones temáticas de carácter demagógico, como las de “la guerra
al crimen”, “tratamiento de menores como adultos”, “endurecimiento de las
penas”, y similares, sin que la mismas vayan también acompañadas de
respuestas sociales ante los factores, causas y consecuencias de la
criminalidad y la delincuencia, de los principales factores que han dado al
traste con la inseguridad unido esto a la impunidad.
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3.2.-Factores y Causas de la Criminalidad en la República Dominicana
Los factores, favorecen las causas, producen; las consecuencias, se
derivan por la tendencia natural de ver las cosas siempre sólo en termino de
causas y efectos, olvidando el punto de los factores; y porque la línea separativa
entre unas y otras nunca es claramente definida, el criminólogo, cuando evalúa
analiza el fenómeno criminal en sus tres estadios primordiales de ocurrencia - el
fenómeno social de la criminalidad, la conducta criminal y el sujeto criminal -
nunca hace de lado la máxima primordial de su ciencia, “la causa de la causa, es
causa de lo causado”. (Propuestas de Finjus sobre Proyecto de Reforma de Ley
de la Policía Nacional, 2012, Pág, 17)
La pobreza, por ejemplo, es generalmente factor de criminalidad, la
favorece. Pero no es generalmente causa, si así fuera el mundo ardería en llamas,
lo que más hay en el mundo son pobres. La desesperación y la impaciencia del
pobre son generalmente causas endógenas o exógenas que lo impulsan o
disparan a la comisión del acto criminal y hasta delictivo… por aquello de que “la
necesidad tiene cara de perro, y la desesperación, no entiende de paciencias”. La
vulneración de los derechos ajenos, la inseguridad social y la necesaria represión
de esas conductas criminales es la consecuencia que necesariamente ha de
derivarse.
A modo de apretado resumen ilustrativo: El personaje Jean Balyan, de la
famosa obra “Los Miserables”, de Víctor Hugo, (un clásico para el pensamiento
criminológico y penitenciario moderno), no delinque por pobreza (factor), sino por
hambre, por desesperación (causa); era realmente un hombre honrado y solidario
con sus congéneres humanos.
Es sometido a los rigores del presidio, de donde logra escapar y es
perseguido implacablemente como un prófugo de la justicia (consecuencias), a
pesar de dedicar su vida a los necesitados… La novela tiene un final feliz…
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cuando el inspector que le persigue, y finalmente le captura, se suicida ocupando
su lugar, y le ofrece a Jean Balyan una verdadera segunda oportunidad de
rehabilitación… En la vida real las cosas casi nunca terminan así.
3.3.- La Criminalidad Urbana ACTUALIZAR
El crecimiento de la delincuencia urbana en muchas de las grandes
ciudades del mundo se ha convertido en un problema muy serio durante los
últimos 20 años. En los países del Norte, en los centros urbanos de más de
100.000 habitantes la criminalidad, en particular la pequeña delincuencia, ha
crecido entre el 3 y el 5% anual durante los años 70 a 90. A partir de los
años 90, debido a políticas de prevención y de refuerzo de aplicación de la
ley, la tasa de criminalidad urbana ha empezado a estabilizarse con
excepción de la criminalidad de los jóvenes (12-25 años) y en particular la de
los menores (12-18 años). Esta criminalidad se ha vuelto cada vez más
violenta y la edad de ingreso en la actividad delincuencial ha disminuido de
los 15 a los 12 años.
En los países del Sur, a partir de los años 80, la criminalidad ha
crecido y continúa aumentando actualmente, mientras la violencia de los
jóvenes crece de manera exponencial. Fenómenos como los niños de la
calle, el abandono escolar, el analfabetismo, la exclusión social masiva, el
impacto de las guerras civiles y el comercio ilegal de armas ligeras han
acentuado este proceso.
Este aumento de la criminalidad se desarrolla en un contexto
caracterizado de un lado por el crecimiento del tráfico y del abuso de drogas
y del otro por su coexistencia con la globalización de la criminalidad
organizada, la cual contribuye a inestabilizar regímenes políticos, a
incrementar los efectos de crisis económicas, entre los cuales se destaca la
incorporación de los jóvenes en las actividades delincuenciales, como mano
de obra de bajo costo.
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3.4.- Consecuencias del Crecimiento de la Criminalidad Urbana.
La primera consecuencia es el desarrollo de una percepción de inseguridad
generalizada. Esta percepción cristaliza el conjunto de miedos de la población
(inseguridad frente al empleo, a la salud, al porvenir de los hijos, a la violencia
intrafamiliar, al riesgo de empobrecimiento). Esta percepción deriva de una
impresión de abandono, de impotencia y de incomprensión frente a crímenes
impactantes o frente a la multiplicación de pequeños actos de delincuencia o de
vandalismo. Esta percepción en razón de su carácter emocional conlleva a una
amplificación de los hechos, a campañas de rumores confundidas con
informaciones y a conflictos sociales. Puede llevar a un clima que pone en tela de
juicio los fundamentos democráticos.
Esta percepción lleva al abandono y al consecuente deterioro de los barrios,
a la “arquitectura del miedo”, a la estigmatización de barrios, al retraimiento de las
inversiones en ciudades consideradas “peligrosas”, a las manifestaciones de
justicia espontánea llevando a linchamientos, pero también más positivamente al
surgimiento de nuevas prácticas urbanas de protección comunitaria.
La segunda consecuencia es el impacto de la inseguridad en los sectores
pobres. Si bien todos los grupos sociales se ven afectados por la inseguridad, las
investigaciones muestran que la violencia urbana daña mayormente a los sectores
pobres porque tienen pocos medios para defenderse de ella, y sobre todo porque
la inseguridad quiebra su capital social e impide su movilidad en particular la de
los jóvenes.
La tercera consecuencia es el aumento de los costos de la seguridad que
alcanzan entre el 5 y el 6% del PIB en los países del Norte y entre el 8 y el 10% en
los del Sur.
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La cuarta consecuencia es el desarrollo masivo de las empresas privadas
de seguridad. Estas han alcanzado un crecimiento anual durante los últimos años
del siglo XX de 30% en los países del Sur y de 8% en los del Norte. En muchos
países, el número de agentes de seguridad supera al de los policías. En varios
casos es el estado mismo que favorece, a través de contratos, su desarrollo como
en EEUU y China. Sin embargo, muchos países que inicialmente han practicado el
laissez-faire frente a este desarrollo espectacular, hoy tienden a legislar su
funcionamiento para evitar abusos y corrupción.
Una de las consecuencias de este crecimiento es el problema de las
relaciones entre policía y sector privado de la seguridad tanto en términos de
responsabilidad como de reclutamiento. En muchos casos, los agentes privados
provienen de los servicios de policía o de las FFAA.
Por otra parte uno de los principales problemas es definir hasta donde
privatizar la seguridad: ¿por ejemplo, aceptar o no cárceles privadas? Muchos
tienden a aceptar la seguridad privada en razón de sus costos más que por
razones políticas. Creen que los costos de la seguridad privada son menores sin
que ninguna estadística haya mostrado que la seguridad privada provoque una
disminución de la tasa de criminalidad urbana. En algunos casos es más bien el
contrario que se produce. En efecto en países como Colombia, EEUU o África del
Sur en los cuales predomina la seguridad privada, el aumento de la criminalidad
ha sido evidente y la población carcelaria continúa creciendo.
Lo que es evidente es que la seguridad privada no es accesible a todos: en
la Unión Europea es financieramente accesible al 5% de la población. Tampoco es
imputable frente a la sociedad. Las empresas privadas de seguridad actúan
también en función de la rentabilidad, lo que significa por ejemplo que más
prisioneros tienen en sus cárceles, más beneficios generan.
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Por otra parte se verifica hoy en día una tendencia a la transnacionalización
de las sociedades privadas de seguridad y a la extensión de su campo de
actividades: al espionaje industrial, a la protección de sistemas políticos corruptos
y aun en ciertos casos, como en África, a actuar como mercenarios.
La quinta consecuencia son los ensayos de respuesta pública a esta nueva
situación de criminalidad creciente caracterizados por dos tendencias globales.
Por una parte las tentativas de gobiernos por reforzar la seguridad a través del uso
de la sola represión, es decir, a través del aumento de los efectivos policiales, del
aumento de las penas de prisión y de la aplicación de teorías represivas como
aquella de la cero grado “tolerancia cero” o del toque de queda para menores o de
la disminución de la edad de responsabilidad penal para los jóvenes.
La segunda tendencia es aquella que privilegia la prevención al mismo
tiempo que la represión. Dos enfoques han emergidos. El primero centraliza la
lucha contra la seguridad y hace de los policías los principales actores en esta
materia. La segunda tiende a descentralizar esta lucha delegando esta función sea
a las autoridades locales sea a instituciones de la sociedad civil. O a los dos. Esta
opción es naturalmente más fácil de aplicar en países como EEUU o Canadá
donde, por ley, la policía depende de las alcaldías. En efecto, a menudo la opción
entre los dos enfoques genera conflictos entre gobiernos centrales y gobiernos
locales en detrimento de la eficiencia. Hay que añadir que en ambos enfoques, las
acciones de prevención van acompañadas de reformas de la policía.
Varios gobiernos adoptan según el tipo de delincuencia uno u otra
tendencia. Por ejemplo en EEUU el gobierno tiende a adoptar una mayor
represión para enfrentar la pequeña delincuencia común o la de los jóvenes pero
desarrolla más bien una política de prevención en su lucha contra el abuso de
droga. También en las ciudades de EEUU se verifican políticas contradictorias:
algunas ciudades han implementado con éxito políticas de prevención mientras
otras se limitan a la sola represión.
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La tendencia que privilegia la represión tiene la ventaja de tener efectos
inmediatos que satisfacen la demanda de la opinión pública y las necesidades de
eficiencia de autoridades políticas. En efecto, los electores piden más efectivos
policiales, más represión y creen ingenuamente que el crecimiento de la población
carcelaria constituye una neutralización de los delincuentes. Sin embargo se sabe
que a largo plazo el costo de una política exclusiva de represión es mucho más
alto que el de prevención y que los efectos de la represión son de corto plazo
solamente.
La tendencia que combina prevención y represión se enfrenta a mayores
dificultades. La primera es la resistencia de los gobiernos a investir en esta
materia. Otro obstáculo mayor deriva del cuadro institucional que no permite
implementar al nivel de la ciudad acciones preventivas que vayan más allá de una
acción de ONG. No pocas ciudades que han iniciado políticas de prevención se
ven enfrentadas a la carencia de medios legales y financieros para hacerlo.
3.5.- La Intervención Democrática en materia de Seguridad Urbana
En un cuadro democrático, la lucha contra la criminalidad y sus causas se
basa sobre tres principios: la aplicación de la ley para todos, la solidaridad y la
prevención.
La aplicación de la ley significa que la represión, cuando es necesaria,
es ejercida por el estado. Este lo realiza a través de la fuerza pública y del
sistema de justicia criminal (policía, justicia y cárceles). Entre las leyes a
hacer respetar, no están solo la constitución y las leyes aprobadas por el
parlamento sino también el conjunto de decretos y reglamentos que las
municipalidades o las autoridades de entidades sectoriales imponen. Si se
considera el conjunto de instituciones encargadas de hacer respetar las
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leyes, los decretos o los reglamentos, hay en las ciudades 20 o 30
autoridades diferentes.
Por ejemplo para el comercio o los restaurantes, se tendrán no solo la
policía y la justicia sino también la inspección del trabajo, el fisco, los bomberos, la
salud pública etc. Estas instituciones tienen un poder de aplicación de la ley y por
ende de represión. Este rol no constituye por lo tanto el monopolio del Estado
central sino de un conjunto de instituciones descentralizadas o sectoriales.
Las discusiones sobre el antagonismo entre represión y prevención durante
los años 70-80 han llevado en la actualidad a considerar ambos aspectos como
complementarios. Eliminar la represión sería ilusión porque todas las sociedades
organizadas tienen reglas que hacer respetar y sanciones que imponer: También
los clubes de fútbol, los partidos políticos, las asociaciones de empresarios, las
congregaciones religiosas ejercen la represión, cuando es necesario. Toda
institución que renuncia a ella cae en la anarquía o pone en tela de juicio su
subsistencia.
La solidaridad implica que ningún ciudadano, grupo de personas o barrio
puede ser criminalizado o estigmatizado por el conjunto de la sociedad. Esta
situación de estigmatización es, sin embargo, muy frecuente. Las personas que
han sido condenadas o declarados sospechosas son a menudo estigmatizadas de
por vida por sus conciudadanos.
Además, barrios enteros son identificados como zonas de predominio de la
ilegalidad y sus habitantes considerados como criminales por lo menos
potenciales. Esto significa que todo individuo proveniente de estas zonas tendrá
dificultad para conseguir trabajo. La estigmatización de inmigrantes, de personas
de color, de jóvenes ex-drogadictos es frecuente en muchos países y rompe los
lazos de solidaridad necesarios para una convivencia armónica entre sus
componentes.
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La solidaridad exige también la asistencia a las personas o grupos que han
sido víctimas de la violencia. La prevención de la criminalidad constituye el tercer
pilar de toda lucha democrática contra la criminalidad y sus causas. La prevención
consiste a evitar la criminalidad luchando no solo contra las manifestaciones de
estas, sino sobre todo focalizando sus causas. La mejor manera de hacer respetar
normas o reglas, es crear las condiciones que permiten eliminar las faltas, sea
erradicando las causas de estas, sea creando un control social eficaz, sea
educando o reeducando.
En efecto, a parte las medidas llamadas de prevención “situacional”, el
conjunto de medidas que pertenecen al ámbito de la educación o reeducación o lo
que se ha llamado la prevención social, tienen un impacto a cinco o diez años
plazo.
Alcances de la Prevención
Globalmente la prevención tiene un doble objetivo: por una parte evitar los
factores que favorecen la criminalidad y por otra parte enraizar en la población el
reflejo preventivo. Este último aspecto no significa tanto generar reflejos de
defensa por parte de la población (construir rejas, instalar alarmas etc.) sino
acostumbrar a una población a buscar las causas y las soluciones frente a un
fenómeno de delincuencia que la afecta. Este logro requiere varios años y a
menudo una generación.
Las dificultades especificas de la prevención de la criminalidad surgen de
dos factores: la complejidad de las medidas a tomar porque el conjunto de delitos
urbanos es amplio y los factores que los originan múltiples. El campo de la
prevención frente a comportamientos antisociales multifacéticos es vasto. En
efecto, es difícil llevar adelante la prevención frente a todas las manifestaciones
antisociales. Se requieren diagnósticos locales de prevención que focalicen tanto
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las génesis locales de estos comportamientos como sus manifestaciones
específicas. Enfrentar la violencia urbana significa construir una ingeniería social y
un arsenal de prácticas apuntando tanto a las causas como a las manifestaciones
de la delincuencia. Hay también que inventar y experimentar soluciones locales
que no son necesariamente universales. Las buenas prácticas son útiles pero no
siempre replicables. Además los tiempos necesarios para que estas medidas
tengan efecto son largos.
Entre los argumentos a favor de la prevención se señalan:
• Promueven la solidaridad, la participación ciudadana y fortalecen prácticas
de buena administración y gobernabilidad. La prevención bien aplicada
fortalece las instituciones democráticas.
• La posibilidad de movilizar coaliciones locales conformadas por los
principales actores comunitarios.
• Los beneficios económicos de la prevención derivados de la aplicación de
medidas de prevención del delito, comparado a las medidas tradicionales
de represión y de encarcelamiento. Los análisis realizados muestran en el
largo plazo un beneficio de 1 a 6.
• La posibilidad de un mejor diseño urbano que incorpore la seguridad
(espacios públicos, recreo, transporte, infraestructuras).
• El apoyo a los niños, jóvenes y familias vulnerables.
• El fomento a la responsabilidad y la creación de conciencia de la
comunidad.
• La prestación de servicios de proximidad especialmente de policía y
justicia.
• La reinserción social de delincuentes.
• La asistencia a las víctimas de la violencia.
Existen diversos tipos de prevención. Para simplificar, se distinguen cuatro
tipos de prevención: En primer lugar, la prevención “situacional” que consiste en
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modificar el entorno para eliminar las condiciones que facilitan la delincuencia.
Por ejemplo: iluminar zonas, mejorar infraestructuras, poner cámaras de TV en
zonas de espacios públicos o semi-públicos, crear o recuperar espacios públicos,
modificar espacios en los cuales hay condiciones que facilitan oportunidades de
delincuencia, adecuar las protecciones en estadios de fútbol, prohibir el porte de
armas, limitar el consumo de bebidas alcohólicas entre otros.
Por otra parte, se considera formas de prevención social al conjunto de
programas a carácter social que apuntan a los grupos en riesgo, los ex detenidos,
los grupos o barrios estigmatizados, la violencia domestica o la violencia en las
escuelas.
Las formas de prevención social no son simplemente programas sociales
como por ejemplo aquellos que persiguen la reducción de la pobreza o la creación
de empleos. Es necesario que exista un valor agregado, es decir, una búsqueda
explícita y focalizada a la reducción de las causas de la violencia urbana y no solo
un objetivo de inserción social o de mejoramiento del nivel de vida de la población.
Hay que considerar también formas de prevención como aquellas acciones
que apuntan a disminuir la percepción errónea o exagerada de inseguridad.
Finalmente otro tipo de prevención es aquella que apunta a la asistencia a las
víctimas de la violencia.
3.6.- Seguridad y Defensa. Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
De acuerdo al artículo 252 de la constitución el cual dispone que: La
defensa de la Nación está a cargo de las Fuerzas Armadas. Por lo tanto: Su
misión es defender la independencia y soberanía de la Nación, la integridad de
sus espacios geográficos, la Constitución y las instituciones de la República;
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Podrán, asimismo, intervenir cuando lo disponga el Presidente de la
República en programas destinados a promover el desarrollo social y económico
del país, mitigar situaciones de desastres y calamidad pública, concurrir en auxilio
de la Policía Nacional para mantener o restablecer el orden público en casos
excepcionales;
Son esencialmente obedientes al poder civil, apartidistas y no tienen
facultad, en ningún caso, para deliberar.
Párrafo.- Corresponde a las Fuerzas Armadas la custodia, supervisión y
control de todas las armas, municiones y demás pertrechos militares, material y
equipos de guerra que ingresen al país o que sean producidos por la industria
nacional, con las restricciones establecidas en la ley.
Y el artículo 253 del texto constitucional indica: El ingreso, nombramiento,
ascenso, retiro y demás aspectos del régimen de carrera militar de los miembros
de las Fuerzas Armadas se efectuará sin discriminación alguna, conforme a su ley
orgánica y leyes complementarias. Se prohíbe el reintegro de sus miembros, con
excepción de los casos en los cuales la separación o retiro haya sido realizada en
violación a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, previa investigación y
recomendación por el ministerio correspondiente, de conformidad con la ley.
3.7.- La Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana.
La seguridad pública democrática o seguridad ciudadana es la situación
política y social mediante la cual las personas tienen legal y efectivamente
garantizado el pleno goce de sus derechos a defender y a ser protegidos en su
vida, su libertad, su integridad y bienestar personal, su honor, su propiedad, su
igualdad de oportunidades y su efectiva participación en la organización política,
económica y social, así como en su igualdad ante la ley y su independencia ante
los poderes del Estado, y a obtener el pleno resguardo de la totalidad de los
derechos y garantías emanadas del Estado de derecho.
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La democracia no se restringe exclusivamente a la vigencia y
regularización institucional de elecciones libres basadas en el sufragio universal
como medio específico para la designación de las autoridades gubernamentales,
sino que también supone, con igual peso, el ejercicio pleno de la ciudadanía con
relación a los derechos y libertades civiles, políticos y sociales modernos, vale
decir, una ciudadanía asentada sobre la base de la participación político-social
autónoma de los ciudadanos y ciudadanas en el proceso de gobierno y en los
asuntos colectivos.
En este marco, la seguridad ciudadana supone una situación social libre
de riesgos, peligros y conflictos, en cuyo marco las personas pueden gozar
plenamente y ejercer integralmente sus derechos, libertades y garantías
constitucionales, como se menciona anteriormente y en la que se formulan y
establecen políticas y mecanismos institucionales eficientes tendientes a prevenir,
controlar y/o neutralizar aquellos riesgos, peligros o conflictos concretos o
previsibles que lesionen aquella libertad o El goce pleno de esos derechos,
libertades y garantías. Por lo tanto, las condiciones de aplicación de la seguridad
pública democrática son dos:
1. La existencia de un Estado eficiente con capacidad para garantizar los
derechos y libertades civiles, políticas y sociales a lo largo de todo su territorio y
de toda la sociedad; y
2. La vigencia de condiciones sociales, económicas y culturales que, de
alguna manera, no obstruyan y/o permitan la concreción de la democracia política,
del ejercicio de la ciudadanía y de la participación política autónoma. Desde una
perspectiva integral, la seguridad pública democrática requiere a su vez de un
liderazgo establecido por el gobierno legalmente constituido sobre la seguridad
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pública y los cuerpos del orden a la vez que estas instituciones sean honestas y
capaces para que la ciudadanía se comprometa de manera colectiva. 1
Toda forma competente de ejercicio del gobierno institucional sobre el
sistema de seguridad pública y policial supone tres condiciones básicas de
efectividad, a saber, (la manifestación de una clara y firme voluntad de
conducción en el proceso de formulación e implementación de las políticas y
estrategias del área y, en ese marco, en el ejercicio de la dirección del sistema
policial, los imprescindibles conocimientos técnico-profesionales acerca de los
problemas a resolver o de las situaciones a transformar, de los mecanismos a
aplicar, de los recursos disponibles y de las condiciones socio-políticas de su
implementación; y la puesta en práctica de una capacidad operativo instrumental
para el diseño, desarrollo e implementación correspondientes a las políticas,
estrategias e iniciativas decididas así como también en el control y la evaluación
de las mismas. Por su parte, en el marco de un régimen liberal-democrático, las
dos esferas funcionales básicas de la institución policial son las siguientes:
1. La seguridad preventiva ,que a su vez implica la prevención de delitos, lo
que implica la aplicación de un conjunto de procedimientos e intervenciones
institucionales tendientes a evitar o abortar la decisión de cometer un delito o
impedir la realización de hechos o actos que impliquen un delito, y el
mantenimiento de la situación de seguridad pública, mediante acciones que
apuntan a prevenir, neutralizar y conjurar cualquier tipo de hecho, falta o
comportamiento violento o no que obstruya, limite o cercene la paz social y la
libertad personal o vulnere la situación de seguridad de las personas (Instituto
Interamericano de Derechos Humanos (USAID).
2. La investigación criminal mediante la participación en la investigación
penal preparatoria llevada a cabo en la esfera judicial a los efectos de la
constatación de los hechos delictivos perpetrados, la búsqueda y la reunión de los
1
Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID), 2009, Pág. 9
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elementos de prueba y la identificación y localización de las personas
sospechosas de ser responsables de los mismos, todo ello bajo la conducción de
las autoridades judiciales competentes.
Así, el horizonte funcional de
la policía es la protección de la población frente a determinados riesgos o actos
que suponen una lesión concreta a las personas en una situación de seguridad
pública, es decir, a cierto o ciertos derechos y libertades. La policía es, en general,
la primera reacción estatal contra el ilícito cometido o por cometerse. En razón de
ello, la policía constituye la razón de ello, la policía constituye la agencia cuya
competencia exclusiva y distinguible con relación a otros organismos estatales
está dada por el hecho de detentar la autorización legal y legítima del uso de la
fuerza física, sea en forma efectiva o potencial.
Ese uso se debe aplicar en ciertas circunstancias y bajo determinadas
modalidades, pero únicamente en función de prevenir o conjurar delitos en curso
o de investigar delitos cometidos. La policía, así, es la agencia ejecutiva no la
única de la fuerza física más importante en el Estado moderno. Ahora bien, para
que el accionar policial y, muy particularmente, el accionar que conlleva el uso de
la fuerza no implique extralimitaciones, abusos o arbitrariedades que no solamente
impidan prevenir o conjurar aquellas conductas violatorias de derechos sino que,
peor aún, se constituyan en una fuente de violaciones de derechos y por ende de
cercenamientos y vulneraciones a la situación de seguridad, dicha actuación debe
estar regida, siempre y en todo momento, por una serie de principios
institucionales efectivos.
En ese sentido, la función policial debe implicar el ejercicio de un servicio de
protección a los derechos y libertades de las personas frente a eventos o actos
que supongan la vulneración de una situación aceptable y jurídicamente instituida
de seguridad pública. Pero dicha función general debe ser ejercida respetando y
adecuando siempre la actuación policial a la legalidad que enmarca esos mismos
derechos y de la que derivan el conjunto de las normas regulatorias de su
actuación. Esto significa que, en un estado democrático de derecho, la actuación
policial debe estar regida, siempre y en todo momento, por el principio de
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protección ciudadana, por el principio de legalidad y por el principio de respeto de
los derechos humanos (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID)
A su vez, en todo ordenamiento legal democrático, el alcance y la
intensidad de la intervención policial y, particularmente, de la apreciación policial,
deben estar regulados a través de un conjunto de principios y procedimientos
básicos de actuación policial válidos y efectivos en todas las circunstancias con
independencia del ámbito territorial de intervención, de su especificidad funcional y
de su dependencia orgánica.
Se trata de principios jurídicos e institucionales que sirven de instancia
vinculante de la actuación policial a la protección de los derechos y deberes de la
población y al principio de legalidad y cuya operatividad, en consecuencia, supone
que el margen de apreciación policial debe estar siempre jurídica e
institucionalmente pautado. Los principales principios de actuación policial son los
siguientes:
1. El principio de oportunidad por medio del cual se debe determinar
cuándo la policía debe intervenir a los efectos de evitar una amenaza o un hecho
cercena torio concreto, teniendo siempre en cuenta las personas involucradas en
el hecho y las circunstancias de tiempo y lugar del mismo. La oportunidad de
intervención policial depende de la constatación de una situación objetiva de
daño, cuyas particularidades indicarán al personal policial la necesidad o no de su
intervención o, en su caso, los perjuicios o daños que acarrearía su prescindencia
o su participación preventiva.
2. El principio de congruencia a través del cual se establece el necesario
equilibrio y adecuación que deben existir entre la situación objetiva de daño que
origina la intervención policial y el tipo de intervención a llevar a cabo -preventiva
y/o mediante el uso efectivo de la fuerza- y los medios empleados en la misma.
3. El principio de proporcionalidad por medio del cual se determina el
necesario equilibrio y adecuación que debe existir entre la magnitud o gravedad de
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la situación objetiva de daño que origina la intervención policial y la intensidad de
la intervención llevada a cabo y, particularmente, del uso de los medios empleados
en la misma, garantizándose una necesaria gradualidad y correspondencia entre
tal situación y la intervención policial misma. Estos principios configuran preceptos
regulatorios de toda actuación policial que permiten establecer cuándo, cómo,
con qué medios y con qué intensidad debe actuar la policía frente a una situación
objetiva de daño cuya existencia y continuidad supondría la violación de los
derechos de las personas.
En razón de ello, constituyen elementos normativos y funcionales básicos
para adecuar en todo sentido la actuación policial concreta al principio general de
protección ciudadana y de legalidad. Pues bien, en este contexto, la seguridad
ciudadana es siempre seguridad de la comunidad, dado que ella supone la
situación política y social en la que la comunidad tiene garantizado el goce pleno
de sus derechos civiles, políticos y sociales. Ello convierte a la comunidad en el
sujeto fundamental de la seguridad pública y, al mismo tiempo le impone al
Estado, o puntualmente a su gobierno, el deber de promover y garantizar la
igualdad de oportunidades y la efectiva participación comunitaria en la
elaboración, implementación y control de las políticas de seguridad pública, así
como en todos los asuntos referidos a la misma.
En este marco, la seguridad ciudadana debe suponer la acción coordinada
y la interacción permanente entre la comunidad con sus diferentes organizaciones
y las instituciones estatales encargadas de garantizar la preservación de la
situación de seguridad pública, esto es, debe implicar el accionar conjunto de la
comunidad y del Estado. Para ello, resulta imprescindible que la intervención
comunitaria en el sistema de seguridad pública cuente con un conjunto de
mecanismos e instancias de participación institucional orientadas a garantizar un
eficaz control ciudadano acerca de la legalidad y la eficacia del sistema de
seguridad pública y, en particular, de la actuación de la policía, así como también
a viabilizar la participación directa de la comunidad en la formulación e
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implementación de políticas de seguridad públicas. La situación de seguridad
pública debe ser, así, co-producida entre la comunidad y el Estado.
3.8.- El sistema de Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana en República
Dominicana.
El Presidente de la República es el jefe de la Administración Pública y es el
jefe supremo de todas las Fuerzas Armadas y de los cuerpos policiales del país
(art. 128 de la Constitución de la República Dominicana). Los despachos de los
asuntos de la administración pública son llevados por los ministerios creados por
ley y le compete al Presidente de la República nombrar a los funcionarios que
desempeñarán dichas funciones administrativas.
Los asuntos relativos a la seguridad pública son tratados y desarrollados
por el Ministro de Interior y Policía, dado que entre sus principales funciones se
encuentra la de mantener el orden público y adoptar medidas de seguridad la
Policía Nacional es una dependencia del Ministerio de Interior y Policía (ley
22/651 y art. 33 de la ley 6141/62),
3.8.1 Problemática de la seguridad Pública en la República Dominicana.
Antes de la publicación del Código Procesal Penal esta era la problemática
que se evidenciaba de acuerdo a las estadísticas policiales elaboradas por la
Oficina de Estadística antes mencionada. Así, con relación a las muertes
violentas, entre 1999 y 2002, según el primer semestre de cada uno de estos
años, éstas mantuvieron una misma tendencia general sin registrarse aumentos
considerables, registrándose 2.465 muertes violentas en1999; 2.019 muertes
violentas en 2000; 1.870 en 2001; y 2.042 en el 2002. De ese total, el 46 % fueron
muertes producidas en accidentes de tránsitos; el 31%fueron homicidios; el 10 %
fueron muertes por ahogamiento; el 10 % fueron muertes por suicidios; y el 3 %
fueron muertes de personas electrocutadas. (Fuente: Informe Policía Nacional,
2002, Pág.2).
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El grueso de los homicidios dolosos registrados entre los años 1999 y 2002
–primer semestre de estos años- se ha producido en el Distrito Nacional. Entre
esos años, en dicho lugar se produjeron 1.115 homicidios de un total de2.578
hechos, es decir, 43,25 %, mientras que, en la segunda ciudad del país, Santiago,
se produjeron 267 homicidios, esto es, el 10,35 % del total de hechos ocurridos en
todo el país. Ello significa que el 53,6 % de los homicidios registrados en el país
en ese período de tiempo se concentra en las grandes urbes del país, lugares en
donde se concentra los principales conflictos sociales y problemáticas delictivas.
Asimismo, del total de homicidios registrados en ese período, 1.321casos –el
51,24%- fueron hechos producidos como consecuencia de la utilización de armas
de fuego, 962 casos –el 37,31 %- supusieron la utilización de armas blancas y 231
casos -8,96 %- el uso de objetos contundentes, todo lo cual da cuenta de un
notable incremento en el contexto de violencia de dichos hechos.
Otra expresión de ello, según la Policía Nacional, está dada por los
funcionarios policiales y militares víctimas de homicidios, ya que a lo largo
del período de referencia perecieron 95 funcionarios, 64 miembros de la
Policía Nacional y 31 miembros de las Fuerzas Armadas, aunque se
desconoce si tales decesos fueron la consecuencia de enfrentamientos
armados o en otras circunstancias. Por su parte, en ese tiempo, los
homicidios ocasionados por funcionarios policiales y militares fueron
constantes y elevados. Por cierto, 419 personas fueron muertas por policías
mientras que 72 muertas por militares. De ese total -488-, 291 personas –el
59,63 %- muertas en el Distrito Nacional y 53 personas –el 10,86 %- muertas
en Santiago, lo que significa que, entre 1999 y 2002, el 67,49 % fueron
personas muertas por la fuerza pública en las dos principales ciudades del país.
(Informe Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID), 2009, Pág. 12).
Otros estudios académicos –muchos de los cuales fueron elaborados sobre
información oportunamente aportada por la propia Policía Nacional o por otras
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dependencias estatales- dan cuenta de que el grueso de las víctimas y de los
perpetradores de la violencia callejera son hombres jóvenes y pobres. En gran
medida, la violencia callejera tiene lugar en los barrios carenciados y
marginalizados de las grandes ciudades y está vinculada al tráfico y venta de
drogas y a la prostitución. También se da cuenta del notable incremento de la
violencia intrafamiliares la República Dominicana, cuya principal víctima son las
mujeres. Entre 1990y 2002, 1.222 mujeres fueron asesinadas por sus parejas.
El 16,20 % de esos homicidios fueron perpetrados en los años 2000 y
2001.Ahora bien, gran parte de la violencia y de la situación de inseguridad que ha
tenido lugar en la República Dominicana ha derivado de la policialización del
conflicto social, esto es, la consideración oficial -en particular, de la Policía
Nacional y de las propias Fuerzas Armadas- de las expresiones de protesta social
y de acción colectiva protagonizada por las organizaciones comunitarias y
sindicales como actividades criminales que deben ser objeto de una fuerte
represión estatal, lo que, por ejemplo, en la última huelga nacional llevada a cabo
en noviembre de este año, provocó en un solo día la muerte de 8 personas.
Asimismo, bajo la égida de una política de “mano dura” que ha contado con
un fuerte aval legitimante de los sectores sociales altos, durante los últimos años
se han incrementado notablemente las muertes producidas por la fuerza pública
en supuestos “enfrentamientos armados”. Como ya se señaló, durante los
primeros 9 meses del 2003, el accionar policial ha provocado la muerte de 175
personas en forma “confusa”.
Ello, más que el resultado de una estrategia eficiente de seguridad
preventiva, es reflejo de una política de seguridad volcada esencialmente al
control represivo de los conflictos sociales. Por su parte, durante los últimos años,
ha sido significativo el incremento de la criminalidad vinculada al tráfico de drogas
en la República Dominicana -aunque también ha sido importante el esfuerzo
preventivo y represivo llevado a cabo al respecto por la Dirección Nacional de
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Control de Drogas- así como el crecimiento de los secuestros de empresarios y de
otras personas. En este contexto, la sensación de inseguridad ha ido aumentando
en el país en los últimos años como consecuencia del aumento de ciertos delitos
de fuerte impacto social como los secuestros, la ocupación creciente de los
medios de comunicación masivos acerca de los asuntos de seguridad y las
acciones atentatorias a los derechos humanos y los procedimientos irregulares y
poco transparentes de organismos del Estado, en particular, de la Policía
Nacional. (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID)
Este clima de inseguridad creciente fue generndo una baja confianza en el
sistema judicial y en la Policía Nacional. Según el “Barómetro de Gobernabilidad
2003”, en la República Dominicana, solamente el 21 % de la opinión pública local
confía institucionalmente en la Policía Nacional. Asimismo, de acuerdo con un
reciente estudio desarrollado por la Fundación Institucionalidad y Justicia
(FINJUS) basado en una consulta realizada a 700 organizaciones sociales y
comunitarias de todo el país indica que, para la percepción ciudadana, dos de los
principales problemas generadores de inseguridad son la “represión policial” y la
“corrupción de la policía”, más que el supuesto aumento delictivo y las acciones de
protesta social.
Estos problemas fueron también identificados en el Taller de Diagnóstico de
Problemas Críticos de Seguridad Ciudadana realizado por el Instituto
Interamericano de Derechos Humanos durante el mes de octubre. Los y las
participantes destacaron la poca confianza comunitaria en la Policía y la falta de
credibilidad en la institución policial, especialmente de parte de las poblaciones
desprotegidas, todo ello derivado de los procedimientos policiales de redadas, de
la lógica de impunidad policial y de las confusas muertes producidas por la fuerza
pública en supuestos enfrentamientos armados (Instituto Interamericano de
Derechos Humanos (USAID).
Situación Actual
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El pasado año 2011 en el país se registraron 2 mil 513 homicidios, de los
cuales 289 fueron a manos de agentes de la Policía Nacional, según estadísticas
de la Procuraduría General de la República (PGR). El informe, cuyos datos fueron
suministrados por la propia institución del orden y el Instituto Nacional de Ciencias
Forenses (Inacif), da cuenta que con relación al año 2010, donde se registraron 2
mil 472 homicidios (25.01 por cada 100 mil habitantes), en 2011 hubo un
incremento de 41muertes. La tasa de homicidios en 2011 por cada 100 mil
habitantes fue de 25.10 muertes, registra el informe de la Procuraduría General
de la República al cual EL DÍA tuvo acceso (fuente: Periódico el Día 21 de
Febrero 2012).
De las muertes de 2010 el informe indica que 260 fueron a manos de
policías. En cuanto a las 289 muertes correspondientes al año 2011, en las cuales
se vieron involucrados uniformados, la mayoría de sus ejecutores son policías, con
264 casos; 13 fueron miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas
(DNCD) y 12 militares. Asimismo, las estadísticas indican que en 2 mil 224 de los
homicidios de 2011 no actuaron manos de uniformados, para una tasa de 22.22
por cada 100 mil habitantes.
Informe de Homicidio (Enero-Diciembre del 2011)
Mes Homicidio Tasa de
Homicidios
por cada
100,000
habitantes
Homici
dios sin
Acción
Policial
Homicidios sin
acción policial
por cada
100,000
habitantes
Acción
policial
Homicidio en
acción policial
por cada
100,000
habitantes
Enero 219 26.25 203 24.33 16 1.92
Febrero 208 24.93 188 22.54 20 2.40
Marzo 194 23.26 173 20.74 21 2.52
Abril 212 25.41 186 22.30 26 3.12
Mayo 230 27.57 203 24.33 27 3.24
Junio 183 21.94 159 17.06 24 2.88
Julio 210 25.17 190 22.78 20 2.40
Agosto 214 26.65 200 2397 14 1.68
Sept. 191 22.90 168 20.14 23 2.76
Oct. 233 27.93 202 24.21 31 3.72
Nov. 193 23.14 159 19.06 34 4.08
Dic. 226 27.90 193 23.14 33 3.96
Total 2,513 25.10 2,224 22.22 289 2.89
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Detalles del informe
En enero del pasado año se registraron 219 muertes, 208 en febrero, 194
en marzo, 212 en abril, en mayo aumentó a 230 y en junio se redujo a solo 183
homicidios.
Mientras que en julio de ese mismo año hubo 210 homicidios, en agosto
214, en septiembre 191, en octubre aumentó a 233, en noviembre 193 y en
diciembre se registraron 226. De las 2 mil 513 homicidios de 2011 un total de 129
eran menores de edad, 1, 439 comprenden edades de 18 a 34 años.
En tanto que 597 su edad oscilaba entre 35 y 51; de 52 a 68 años hubo
192 homicidios, con más de 68 años hay 51 y 105 con edad indeterminada
Día y hora
Los días que más casos se registran son los sábados, domingos y lunes,
con 16; 23 y 16 % respectivamente. Durante el años 2011, de los 2 mil 513
homicidios que se registraron 972 se produjeron en horas de 6:00 a. m a 5:59 p.
m., para un 38.68 por ciento, mientras que la mayoría de los casos (mil 541)
ocurrieron de 6 de la tarde a las 5:59 de la madrugada, para un 61.32 por ciento.
Armas utilizadas.
Los homicidas utilizaron para cometer esos sucesos distintos tipos de
armas, siendo las más común las de fuego, las que tuvieron participación en
1,573 casos (un 63 por ciento), seguidas de armas blanca, que fueron utilizadas
para quitarles la vida a 627 personas (25%).
Mientras que 313 personas utilizaron otros medios, sigue diciendo el
informe.
Las provincias donde se registraron más episodios de violencia son en primer
lugar Santo Domingo (784 homicidios), seguida del Distrito Nacional (328),
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Santiago (205), San Cristóbal (128), La Lega (95), La Altagracia (90), la provincia
Duarte (76) y La Romana con 65. Además Peravia y San Juan de la Maguana,
ambas con 56 homicidios y Espaillat con 51 casos.
Menos Casos
Donde se registraron menos son Santiago Rodríguez, con 2 casos;
Pedernales, con 3; San José de Ocoa, 6; Independencia con 15 y Elías Piña con
17 homicidios, estas cuatro últimas en el sur del país.
Comparación con Países de Centroamérica.
En comparación con Centroamérica, el índice de homicidios en la República
Dominicana está por debajo de algunos de esos países. Según estadísticas del
año 2010, en Honduras se registraron 6 mil 236 homicidios (77.5 por cada 100
mil habitantes), seguido de Guatemala con 5 mil 960 (64.8 por cada 100 mil
habitantes), en El Salvador los homicidios alcanzaron a 4 mil 4 casos (41.5).
Mientras que Nicaragua, en 2010 tuvo 766 homicidios; Panamá 738, Costa Rica
486 y Belice 132. En el país para ese año hubo 2 mil 472 homicidios. Esa
situación revela que en países como Honduras, Guatemala y El Salvador la
cantidad de muertes violentas duplican los que se registran en territorio nacional,
no así con Panamá, Costa Rica, Nicaragua y Belice, que no alcanzaron los mil
homicidios.
Como pudimos ver es estos detalles posteriores a la puesta en vigencia del
Código de Procedimiento Penal Dominicano ha resultado que han aumentado el
índice de violencia en la República Dominicana.
CONTINUARA…
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BIBLIOGRAFÍA
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BIBLIOGRAFÍA
A) Contenido
Libros
Acevedo, Ramón..--Manual de Derecho Penal./-Ramón Acevedo; Bogota,
2da Edición, Editora Temis, 1985.-- 345 p.
Arroyo, José Manuel.--El Sistema Penal ante el Dilema de sus
Alternativas./ José Manuel Arroyo; San José, Costa Rica, Impresores
Gráfica Brenes, 1995.-- 231 p.
Arellano García, Pablo.--Derecho Procesal Penal./ Pablo Arrelano García,
México, 5ta Edición, Porrúa, 2004.--435 p.
Bautista Castillo, Norma.--Proceso Penal Acusatorio en la República
Dominicana./ Escuela Nacional de la Judicatura, Rep. Dom. 2001.--449 p.
Bacigalupo, Enrique.--Estudios sobre la parte Especial del Derecho
Penal./ Madrid, Ediciones Akal, 1994.-- 400 p.
Canocca, Alex, Duce Maurice. Nuevo Proceso Penal./ Editora Talleres
Digitales de (RIL), Caracas, Venezuela, 2000.--408 p.
Camacho, Ignacio.--Guía y Práctica Penal en Primera Instancia/. Ignacio
Camacho; Santo Domingo, Editorial Universitária, 2003. --359 p.
Duarte Cannan, Pedro J.-- Los dictámenes del Ministerio Público./
Santo Domingo, 2da Edición, Ediciones Jurídicas Trajano Potentini, 2004.--
203 p.
Del Castillo M. Luis R. Pellerano Herrera, Juan Ml.--Derecho Procesal
Penal./ Luis R. del Castillo, Juan Manuel Herrera, Tomo II, Santo Domingo
Ediciones Capeldom; 1991.-- 986 p.
Mateo Calderón, Freddy R.--El Nuevo Proceso Penal. Guía Para la
correcta aplicación./ Freddy Mateo Calderón. Ediciones Jurídicas, Trajano
Potentini, 2da Edición, Santo Domingo, República Dominicana, 2004.-- 438
p.
Revista
Periódico; Diario Libre.--Diferentes artículos sobre el nuevo código
procesal penal y su influencia en la seguridad.
Documentos.--Código Procesal Penal de la República Dominicana, 2004
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B) Metodológicos
•Cea d´Ancona Ángeles, Métodos y Técnicas de Investigación cuantitativa”,
Editorial Síntesis Madrid 1997
•Festinger y Katz. “Los Métodos de Investigación en Ciencias Sociales”.
Piados 1992
•Flórez Ochoa Rafael y Alonso Tobón Restrepo. Investigación Educativa y
Pedagógica. Bogotá: McGraw Hill. 2001
•Grawitz M. “Métodos y Técnicas de las Ciencias Sociales I-II.” Editorial
Mexicana 1984, México
•Hernández, Fernández Baptista. “Metodología de la Investigación”.
McGraw Hill 1994. Colombia.
•Made Serrano, Nicolás. “Metodología de la Investigación”. Santo Domingo,
2006
•Padua J. “Técnicas de Investigación” FCE-Colegio de México 1982,
México.
•Sabino, Carlos A. El Proceso de Investigación. Buenos Aires: Edit.
Lumen.1996
•Salkind, Neil J. Métodos de Investigación. México: Prentice Hall. 1999.
•Sierra Bravo R. Técnicas de investigación Social Teoría y ejercicios,
Décima edición, Editorial Paraninfo 1995 Madrid
•Taylor, S.J. y R. Bogdan. Introducción a los métodos cualitativos de
investigación. Barcelona: Paidós. 1987
•Tesis e Investigaciones de Internet

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IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y SU INFLUENCIA EN LA SEGURIDAD PÚBLICA DURANTE EL PERÍODO 2005-2011. (SEGUNDA PARTE)

  • 1. Fundeimes.blogspot.com FUNDACIÓN DE DESARROLLO E IMPLEMENTACIÓN DE ESTUDIOS ESTRATEGICOS (FUNDEIMES) TITULO: IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y SU INFLUENCIA EN LA SEGURIDAD PÚBLICA DURANTE EL PERÍODO 2005-2011. (SEGUNDA PARTE) AUTOR: RAUL RAMIREZ RODRIGUEZ CORONEL EJERCITO DE REPÚBLICA DOMINICANA (DEM) MAGISTER EN DEFENSA Y SEGURIDAD NACIONAL SANTO DOMINGO, D. N. AÑO 2014
  • 2. Fundeimes.blogspot.com NOTA ACLARATORIA: “LAS OPINIONES CONTENIDAS EN EL PRESENTE ENSAYO, SON DE LA EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE SU AUTOR Y LA INSTITUCIÓN NO SE SOLIDARIZA NECESARIAMENTE CON LOS CONCEPTOS EMITIDOS”.
  • 3. Fundeimes.blogspot.com TÍTULO IMPACTO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA REPÚBLICA DOMINICANA Y SU INFLUENCIA EN LA SEGURIDAD PÚBLICA DURANTE EL PERÍODO 2005-2011.
  • 4. Fundeimes.blogspot.com ÍNDICE Marco introductorio (Introducción del anteproyecto) .......................................... i I- Planteamiento del problema 1.1- Planteamiento del Problema ....................................................................... ii 1.2.- Formulación y Sistematización del Problema............................................. iv 1.3.- Delimitación del Problema.......................................................................... v 1.4.- Justificación de la Investigación................................................................. v 1.5.- Objetivos .................................................................................................... viii 1.5.1.- Objetivo General ..................................................................................... viii 1.5.2.- Objetivos Específicos.............................................................................. viii II.- Marco teórico 2.1.- Antecedentes Teóricos............................................................................... viii 2.2.- Antecedentes Históricos........................................................................... .. ix 2.3.- Marco Contextual... .................................................................................. .. xii III.- Idea a defender…………………………………………………………………… xiii 3.1.- Variables .................................................................................................... xiv 3.2.- Indicadores................................................................................................. xiv IV.- Marco metodológico 4.1.- Diseño de la investigación......................................................................... xiv 4.2.- Tipo de razonamiento ............................................................................... xiv 4.3.- Tipo de investigación................................................................................. xiv 4.4.- Técnicas de análisis.................................................................................. xv 4.5.- Instrumentos. ............................................................................................ xv 4.6.- Herramientas para el análisis y presentación de datos............................. xvi
  • 5. Fundeimes.blogspot.com Capítulo I Antecedentes del Código Procesal Penal, Evolución y la Seguridad Pública. 1.1.- Evolución Histórica del Derecho Procesal Penal. 01 1.2.- Antecedentes en la Antigüedad 02 1.3- Procesos Históricos del Código Procesal Penal 03 1.4.- Antecedente del Código Modelo o Tipo (Latino América) 12 1.5.- Evolución de las Fuerzas de Seguridad en la Rep. Dominicana. 17 Capítulo II Naturaleza Jurídica del Código Procesal Penal y la inseguridad Ciudadana. 2.1- Naturaleza Jurídica del Nuevo Código Procesal Penal Rep. Dom. 28 2.2.-El Nuevo Proceso Penal 30 2.3- Fenómeno Jurídico de Inseguridad Ciudadana. 32 2.4.-Teoría del Delito como Fenómeno de Inseguridad 37 Capítulo III Aspectos Básicos de la Seguridad Ciudadana en la República Dominicana. 3.1.- Criminalidad 46 3.2.- Factores, Causas y Consecuencias 47 3.3.- La Criminalidad Urbana 49 3.4.- Consecuencias del Crecimiento de la Criminalidad Urbana. 49 3.5.- La Intervención Democrática en Materia de Seguridad Urbana 53 3.6.- Seguridad y Defensa Civil Fuerzas Armadas y Policía Nacional 57 3.7.- La Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana 58 3.8.- El Sistema de Seguridad Pública en República Dominicana 63 3.8.1.- Problemática de la Seguridad Pública en la República Dominicana. 63 3.8.2.- Normas Jurídicas de Seguridad Ciudadana 69
  • 6. Fundeimes.blogspot.com Capítulo IV Influencia del Nuevo Código Procesal Penal en la Seguridad Pública, los Tribunales Militares y carácter Garantista de los Derechos Humanos. 4.1.- Código Procesal Dominicano y la Jurisdicción Penal Militar 77 4.2.- Cierre de la Audiencia y Resolución 81 4.3- Composición de los Tribunales Militares 83 4.4.- Comisiones Especiales o Tribunales Ad-hoc 84 4.5.- Influencia del Código Procesal Penal ante la Seguridad Pública en la República Dominicana 86 4.6.- Atribución de los Artículos 4 y 57 del Código Procesal Penal 87 4.7.- Espíritu de la Ley 278 del Año 2004 90 4.8.- Humanización del Proceso Penal 91 4.8.1.- Fundamentos Garantistas de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. 92 4.8.2.- Relevancia de la Implementación de las Garantías Fundamentales 94 Conclusiones Recomendaciones Bibliografía
  • 7. Fundeimes.blogspot.com CAPÍTULO III Aspectos Básicos de la Seguridad publica en la República Dominicana y la Criminalidad.
  • 8. Fundeimes.blogspot.com CAPITULO III Aspectos Básicos de la Seguridad publica en la República Dominicana y la criminalidad. 3.1.- Criminalidad Conforme los más versados tratadistas, el crimen es toda conducta antisocial. Tal y como se ha señalado el delito es la conducta antisocial tipificada como tal, por la ley penal. Existe, pues, entre ambos conceptos una relación de género a especie; donde la criminalidad es el género; mientras que el delito es la especie. En este orden de ideas se ha de entender que, en principio todo delincuente es un criminal, pero no todo criminal es un delincuente. La antisocialidad es un fenómeno natural, la delincuencia es un hecho jurídico. La antisocialidad admite diversos criterios de valoración (éticos, morales, religiosos, filosóficos políticos, etc., matizados generalmente por el extremo de la subjetividad. La delincuencia sólo admite uno, el de la estricta legalidad. Concretamente, el carácter antisocial de un hecho puede quedar claramente establecido por el juicio de la opinión pública, mientras que su carácter delictivo solo puede ser establecido mediante el debido proceso legal. Cuando se pierde de vista estos conceptos fundamentales, se puede caer en errores garrafales y peligrosos, que van desde el tratamiento inadecuado de un caso particular, individualizado y concreto, hasta el establecimiento de inadecuadas políticas públicas para el tratamiento de la criminalidad y/o la delincuencia. Pero si se tiene claramente presentes, entonces se tendrá una mejor oportunidad para establecer y alcanzar, en forma eficiente y efectiva los objetivos, públicos y privados, particulares o generales, que demanda la sociedad en su conjunto (Instituto Interamericano de Derechos Humanos USAID).
  • 9. Fundeimes.blogspot.com Un accidente de tránsito es eso, un accidente. Tratar a los involucrados, de buenas a primeras como si se tratara de un asunto criminal y delictivo, es desde todo punto de vista un error y una injusticia. Por regla general, nadie sale en su vehículo con el deliberado y doloso propósito dolo de “cometer un accidente de tránsito”. La mayoría de la veces, los responsables, son sancionados por los delitos culposos de lesiones u homicidio, por culpa o negligencia. El problema carcelario: Hay muchas razones por las que un individuo puede ser privado de su libertad, en forma preventiva o por periodo definitivo, y enviado a la cárcel (En Panamá por ejemplo de acuerdo a estudios ocurren unas 60,000 detenciones al año, de las cuales un 30% terminan en proceso judiciales, y de estos, un 10%... termina en la cárcel) ya en la cárcel o en “el centro penitenciario”, de buenas a primeras, tratarlo como si se tratara de un criminal o de un delincuente habitual es, igualmente, y desde todo punto de vista un error y una injusticia… además de una violación flagrante de la Ley. La definición de una Política Criminal Pública, en materia de criminalidad, delincuencia, administración de justicia y tratamiento penitenciario, es un tema urgente ante la crisis social galopante que sufre la sociedad dominicana. El fracaso histórico, a nivel universal, de la adopción de improvisaciones temáticas de carácter demagógico, como las de “la guerra al crimen”, “tratamiento de menores como adultos”, “endurecimiento de las penas”, y similares, sin que la mismas vayan también acompañadas de respuestas sociales ante los factores, causas y consecuencias de la criminalidad y la delincuencia, de los principales factores que han dado al traste con la inseguridad unido esto a la impunidad.
  • 10. Fundeimes.blogspot.com 3.2.-Factores y Causas de la Criminalidad en la República Dominicana Los factores, favorecen las causas, producen; las consecuencias, se derivan por la tendencia natural de ver las cosas siempre sólo en termino de causas y efectos, olvidando el punto de los factores; y porque la línea separativa entre unas y otras nunca es claramente definida, el criminólogo, cuando evalúa analiza el fenómeno criminal en sus tres estadios primordiales de ocurrencia - el fenómeno social de la criminalidad, la conducta criminal y el sujeto criminal - nunca hace de lado la máxima primordial de su ciencia, “la causa de la causa, es causa de lo causado”. (Propuestas de Finjus sobre Proyecto de Reforma de Ley de la Policía Nacional, 2012, Pág, 17) La pobreza, por ejemplo, es generalmente factor de criminalidad, la favorece. Pero no es generalmente causa, si así fuera el mundo ardería en llamas, lo que más hay en el mundo son pobres. La desesperación y la impaciencia del pobre son generalmente causas endógenas o exógenas que lo impulsan o disparan a la comisión del acto criminal y hasta delictivo… por aquello de que “la necesidad tiene cara de perro, y la desesperación, no entiende de paciencias”. La vulneración de los derechos ajenos, la inseguridad social y la necesaria represión de esas conductas criminales es la consecuencia que necesariamente ha de derivarse. A modo de apretado resumen ilustrativo: El personaje Jean Balyan, de la famosa obra “Los Miserables”, de Víctor Hugo, (un clásico para el pensamiento criminológico y penitenciario moderno), no delinque por pobreza (factor), sino por hambre, por desesperación (causa); era realmente un hombre honrado y solidario con sus congéneres humanos. Es sometido a los rigores del presidio, de donde logra escapar y es perseguido implacablemente como un prófugo de la justicia (consecuencias), a pesar de dedicar su vida a los necesitados… La novela tiene un final feliz…
  • 11. Fundeimes.blogspot.com cuando el inspector que le persigue, y finalmente le captura, se suicida ocupando su lugar, y le ofrece a Jean Balyan una verdadera segunda oportunidad de rehabilitación… En la vida real las cosas casi nunca terminan así. 3.3.- La Criminalidad Urbana ACTUALIZAR El crecimiento de la delincuencia urbana en muchas de las grandes ciudades del mundo se ha convertido en un problema muy serio durante los últimos 20 años. En los países del Norte, en los centros urbanos de más de 100.000 habitantes la criminalidad, en particular la pequeña delincuencia, ha crecido entre el 3 y el 5% anual durante los años 70 a 90. A partir de los años 90, debido a políticas de prevención y de refuerzo de aplicación de la ley, la tasa de criminalidad urbana ha empezado a estabilizarse con excepción de la criminalidad de los jóvenes (12-25 años) y en particular la de los menores (12-18 años). Esta criminalidad se ha vuelto cada vez más violenta y la edad de ingreso en la actividad delincuencial ha disminuido de los 15 a los 12 años. En los países del Sur, a partir de los años 80, la criminalidad ha crecido y continúa aumentando actualmente, mientras la violencia de los jóvenes crece de manera exponencial. Fenómenos como los niños de la calle, el abandono escolar, el analfabetismo, la exclusión social masiva, el impacto de las guerras civiles y el comercio ilegal de armas ligeras han acentuado este proceso. Este aumento de la criminalidad se desarrolla en un contexto caracterizado de un lado por el crecimiento del tráfico y del abuso de drogas y del otro por su coexistencia con la globalización de la criminalidad organizada, la cual contribuye a inestabilizar regímenes políticos, a incrementar los efectos de crisis económicas, entre los cuales se destaca la incorporación de los jóvenes en las actividades delincuenciales, como mano de obra de bajo costo.
  • 12. Fundeimes.blogspot.com 3.4.- Consecuencias del Crecimiento de la Criminalidad Urbana. La primera consecuencia es el desarrollo de una percepción de inseguridad generalizada. Esta percepción cristaliza el conjunto de miedos de la población (inseguridad frente al empleo, a la salud, al porvenir de los hijos, a la violencia intrafamiliar, al riesgo de empobrecimiento). Esta percepción deriva de una impresión de abandono, de impotencia y de incomprensión frente a crímenes impactantes o frente a la multiplicación de pequeños actos de delincuencia o de vandalismo. Esta percepción en razón de su carácter emocional conlleva a una amplificación de los hechos, a campañas de rumores confundidas con informaciones y a conflictos sociales. Puede llevar a un clima que pone en tela de juicio los fundamentos democráticos. Esta percepción lleva al abandono y al consecuente deterioro de los barrios, a la “arquitectura del miedo”, a la estigmatización de barrios, al retraimiento de las inversiones en ciudades consideradas “peligrosas”, a las manifestaciones de justicia espontánea llevando a linchamientos, pero también más positivamente al surgimiento de nuevas prácticas urbanas de protección comunitaria. La segunda consecuencia es el impacto de la inseguridad en los sectores pobres. Si bien todos los grupos sociales se ven afectados por la inseguridad, las investigaciones muestran que la violencia urbana daña mayormente a los sectores pobres porque tienen pocos medios para defenderse de ella, y sobre todo porque la inseguridad quiebra su capital social e impide su movilidad en particular la de los jóvenes. La tercera consecuencia es el aumento de los costos de la seguridad que alcanzan entre el 5 y el 6% del PIB en los países del Norte y entre el 8 y el 10% en los del Sur.
  • 13. Fundeimes.blogspot.com La cuarta consecuencia es el desarrollo masivo de las empresas privadas de seguridad. Estas han alcanzado un crecimiento anual durante los últimos años del siglo XX de 30% en los países del Sur y de 8% en los del Norte. En muchos países, el número de agentes de seguridad supera al de los policías. En varios casos es el estado mismo que favorece, a través de contratos, su desarrollo como en EEUU y China. Sin embargo, muchos países que inicialmente han practicado el laissez-faire frente a este desarrollo espectacular, hoy tienden a legislar su funcionamiento para evitar abusos y corrupción. Una de las consecuencias de este crecimiento es el problema de las relaciones entre policía y sector privado de la seguridad tanto en términos de responsabilidad como de reclutamiento. En muchos casos, los agentes privados provienen de los servicios de policía o de las FFAA. Por otra parte uno de los principales problemas es definir hasta donde privatizar la seguridad: ¿por ejemplo, aceptar o no cárceles privadas? Muchos tienden a aceptar la seguridad privada en razón de sus costos más que por razones políticas. Creen que los costos de la seguridad privada son menores sin que ninguna estadística haya mostrado que la seguridad privada provoque una disminución de la tasa de criminalidad urbana. En algunos casos es más bien el contrario que se produce. En efecto en países como Colombia, EEUU o África del Sur en los cuales predomina la seguridad privada, el aumento de la criminalidad ha sido evidente y la población carcelaria continúa creciendo. Lo que es evidente es que la seguridad privada no es accesible a todos: en la Unión Europea es financieramente accesible al 5% de la población. Tampoco es imputable frente a la sociedad. Las empresas privadas de seguridad actúan también en función de la rentabilidad, lo que significa por ejemplo que más prisioneros tienen en sus cárceles, más beneficios generan.
  • 14. Fundeimes.blogspot.com Por otra parte se verifica hoy en día una tendencia a la transnacionalización de las sociedades privadas de seguridad y a la extensión de su campo de actividades: al espionaje industrial, a la protección de sistemas políticos corruptos y aun en ciertos casos, como en África, a actuar como mercenarios. La quinta consecuencia son los ensayos de respuesta pública a esta nueva situación de criminalidad creciente caracterizados por dos tendencias globales. Por una parte las tentativas de gobiernos por reforzar la seguridad a través del uso de la sola represión, es decir, a través del aumento de los efectivos policiales, del aumento de las penas de prisión y de la aplicación de teorías represivas como aquella de la cero grado “tolerancia cero” o del toque de queda para menores o de la disminución de la edad de responsabilidad penal para los jóvenes. La segunda tendencia es aquella que privilegia la prevención al mismo tiempo que la represión. Dos enfoques han emergidos. El primero centraliza la lucha contra la seguridad y hace de los policías los principales actores en esta materia. La segunda tiende a descentralizar esta lucha delegando esta función sea a las autoridades locales sea a instituciones de la sociedad civil. O a los dos. Esta opción es naturalmente más fácil de aplicar en países como EEUU o Canadá donde, por ley, la policía depende de las alcaldías. En efecto, a menudo la opción entre los dos enfoques genera conflictos entre gobiernos centrales y gobiernos locales en detrimento de la eficiencia. Hay que añadir que en ambos enfoques, las acciones de prevención van acompañadas de reformas de la policía. Varios gobiernos adoptan según el tipo de delincuencia uno u otra tendencia. Por ejemplo en EEUU el gobierno tiende a adoptar una mayor represión para enfrentar la pequeña delincuencia común o la de los jóvenes pero desarrolla más bien una política de prevención en su lucha contra el abuso de droga. También en las ciudades de EEUU se verifican políticas contradictorias: algunas ciudades han implementado con éxito políticas de prevención mientras otras se limitan a la sola represión.
  • 15. Fundeimes.blogspot.com La tendencia que privilegia la represión tiene la ventaja de tener efectos inmediatos que satisfacen la demanda de la opinión pública y las necesidades de eficiencia de autoridades políticas. En efecto, los electores piden más efectivos policiales, más represión y creen ingenuamente que el crecimiento de la población carcelaria constituye una neutralización de los delincuentes. Sin embargo se sabe que a largo plazo el costo de una política exclusiva de represión es mucho más alto que el de prevención y que los efectos de la represión son de corto plazo solamente. La tendencia que combina prevención y represión se enfrenta a mayores dificultades. La primera es la resistencia de los gobiernos a investir en esta materia. Otro obstáculo mayor deriva del cuadro institucional que no permite implementar al nivel de la ciudad acciones preventivas que vayan más allá de una acción de ONG. No pocas ciudades que han iniciado políticas de prevención se ven enfrentadas a la carencia de medios legales y financieros para hacerlo. 3.5.- La Intervención Democrática en materia de Seguridad Urbana En un cuadro democrático, la lucha contra la criminalidad y sus causas se basa sobre tres principios: la aplicación de la ley para todos, la solidaridad y la prevención. La aplicación de la ley significa que la represión, cuando es necesaria, es ejercida por el estado. Este lo realiza a través de la fuerza pública y del sistema de justicia criminal (policía, justicia y cárceles). Entre las leyes a hacer respetar, no están solo la constitución y las leyes aprobadas por el parlamento sino también el conjunto de decretos y reglamentos que las municipalidades o las autoridades de entidades sectoriales imponen. Si se considera el conjunto de instituciones encargadas de hacer respetar las
  • 16. Fundeimes.blogspot.com leyes, los decretos o los reglamentos, hay en las ciudades 20 o 30 autoridades diferentes. Por ejemplo para el comercio o los restaurantes, se tendrán no solo la policía y la justicia sino también la inspección del trabajo, el fisco, los bomberos, la salud pública etc. Estas instituciones tienen un poder de aplicación de la ley y por ende de represión. Este rol no constituye por lo tanto el monopolio del Estado central sino de un conjunto de instituciones descentralizadas o sectoriales. Las discusiones sobre el antagonismo entre represión y prevención durante los años 70-80 han llevado en la actualidad a considerar ambos aspectos como complementarios. Eliminar la represión sería ilusión porque todas las sociedades organizadas tienen reglas que hacer respetar y sanciones que imponer: También los clubes de fútbol, los partidos políticos, las asociaciones de empresarios, las congregaciones religiosas ejercen la represión, cuando es necesario. Toda institución que renuncia a ella cae en la anarquía o pone en tela de juicio su subsistencia. La solidaridad implica que ningún ciudadano, grupo de personas o barrio puede ser criminalizado o estigmatizado por el conjunto de la sociedad. Esta situación de estigmatización es, sin embargo, muy frecuente. Las personas que han sido condenadas o declarados sospechosas son a menudo estigmatizadas de por vida por sus conciudadanos. Además, barrios enteros son identificados como zonas de predominio de la ilegalidad y sus habitantes considerados como criminales por lo menos potenciales. Esto significa que todo individuo proveniente de estas zonas tendrá dificultad para conseguir trabajo. La estigmatización de inmigrantes, de personas de color, de jóvenes ex-drogadictos es frecuente en muchos países y rompe los lazos de solidaridad necesarios para una convivencia armónica entre sus componentes.
  • 17. Fundeimes.blogspot.com La solidaridad exige también la asistencia a las personas o grupos que han sido víctimas de la violencia. La prevención de la criminalidad constituye el tercer pilar de toda lucha democrática contra la criminalidad y sus causas. La prevención consiste a evitar la criminalidad luchando no solo contra las manifestaciones de estas, sino sobre todo focalizando sus causas. La mejor manera de hacer respetar normas o reglas, es crear las condiciones que permiten eliminar las faltas, sea erradicando las causas de estas, sea creando un control social eficaz, sea educando o reeducando. En efecto, a parte las medidas llamadas de prevención “situacional”, el conjunto de medidas que pertenecen al ámbito de la educación o reeducación o lo que se ha llamado la prevención social, tienen un impacto a cinco o diez años plazo. Alcances de la Prevención Globalmente la prevención tiene un doble objetivo: por una parte evitar los factores que favorecen la criminalidad y por otra parte enraizar en la población el reflejo preventivo. Este último aspecto no significa tanto generar reflejos de defensa por parte de la población (construir rejas, instalar alarmas etc.) sino acostumbrar a una población a buscar las causas y las soluciones frente a un fenómeno de delincuencia que la afecta. Este logro requiere varios años y a menudo una generación. Las dificultades especificas de la prevención de la criminalidad surgen de dos factores: la complejidad de las medidas a tomar porque el conjunto de delitos urbanos es amplio y los factores que los originan múltiples. El campo de la prevención frente a comportamientos antisociales multifacéticos es vasto. En efecto, es difícil llevar adelante la prevención frente a todas las manifestaciones antisociales. Se requieren diagnósticos locales de prevención que focalicen tanto
  • 18. Fundeimes.blogspot.com las génesis locales de estos comportamientos como sus manifestaciones específicas. Enfrentar la violencia urbana significa construir una ingeniería social y un arsenal de prácticas apuntando tanto a las causas como a las manifestaciones de la delincuencia. Hay también que inventar y experimentar soluciones locales que no son necesariamente universales. Las buenas prácticas son útiles pero no siempre replicables. Además los tiempos necesarios para que estas medidas tengan efecto son largos. Entre los argumentos a favor de la prevención se señalan: • Promueven la solidaridad, la participación ciudadana y fortalecen prácticas de buena administración y gobernabilidad. La prevención bien aplicada fortalece las instituciones democráticas. • La posibilidad de movilizar coaliciones locales conformadas por los principales actores comunitarios. • Los beneficios económicos de la prevención derivados de la aplicación de medidas de prevención del delito, comparado a las medidas tradicionales de represión y de encarcelamiento. Los análisis realizados muestran en el largo plazo un beneficio de 1 a 6. • La posibilidad de un mejor diseño urbano que incorpore la seguridad (espacios públicos, recreo, transporte, infraestructuras). • El apoyo a los niños, jóvenes y familias vulnerables. • El fomento a la responsabilidad y la creación de conciencia de la comunidad. • La prestación de servicios de proximidad especialmente de policía y justicia. • La reinserción social de delincuentes. • La asistencia a las víctimas de la violencia. Existen diversos tipos de prevención. Para simplificar, se distinguen cuatro tipos de prevención: En primer lugar, la prevención “situacional” que consiste en
  • 19. Fundeimes.blogspot.com modificar el entorno para eliminar las condiciones que facilitan la delincuencia. Por ejemplo: iluminar zonas, mejorar infraestructuras, poner cámaras de TV en zonas de espacios públicos o semi-públicos, crear o recuperar espacios públicos, modificar espacios en los cuales hay condiciones que facilitan oportunidades de delincuencia, adecuar las protecciones en estadios de fútbol, prohibir el porte de armas, limitar el consumo de bebidas alcohólicas entre otros. Por otra parte, se considera formas de prevención social al conjunto de programas a carácter social que apuntan a los grupos en riesgo, los ex detenidos, los grupos o barrios estigmatizados, la violencia domestica o la violencia en las escuelas. Las formas de prevención social no son simplemente programas sociales como por ejemplo aquellos que persiguen la reducción de la pobreza o la creación de empleos. Es necesario que exista un valor agregado, es decir, una búsqueda explícita y focalizada a la reducción de las causas de la violencia urbana y no solo un objetivo de inserción social o de mejoramiento del nivel de vida de la población. Hay que considerar también formas de prevención como aquellas acciones que apuntan a disminuir la percepción errónea o exagerada de inseguridad. Finalmente otro tipo de prevención es aquella que apunta a la asistencia a las víctimas de la violencia. 3.6.- Seguridad y Defensa. Fuerzas Armadas y Policía Nacional. De acuerdo al artículo 252 de la constitución el cual dispone que: La defensa de la Nación está a cargo de las Fuerzas Armadas. Por lo tanto: Su misión es defender la independencia y soberanía de la Nación, la integridad de sus espacios geográficos, la Constitución y las instituciones de la República;
  • 20. Fundeimes.blogspot.com Podrán, asimismo, intervenir cuando lo disponga el Presidente de la República en programas destinados a promover el desarrollo social y económico del país, mitigar situaciones de desastres y calamidad pública, concurrir en auxilio de la Policía Nacional para mantener o restablecer el orden público en casos excepcionales; Son esencialmente obedientes al poder civil, apartidistas y no tienen facultad, en ningún caso, para deliberar. Párrafo.- Corresponde a las Fuerzas Armadas la custodia, supervisión y control de todas las armas, municiones y demás pertrechos militares, material y equipos de guerra que ingresen al país o que sean producidos por la industria nacional, con las restricciones establecidas en la ley. Y el artículo 253 del texto constitucional indica: El ingreso, nombramiento, ascenso, retiro y demás aspectos del régimen de carrera militar de los miembros de las Fuerzas Armadas se efectuará sin discriminación alguna, conforme a su ley orgánica y leyes complementarias. Se prohíbe el reintegro de sus miembros, con excepción de los casos en los cuales la separación o retiro haya sido realizada en violación a la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, previa investigación y recomendación por el ministerio correspondiente, de conformidad con la ley. 3.7.- La Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana. La seguridad pública democrática o seguridad ciudadana es la situación política y social mediante la cual las personas tienen legal y efectivamente garantizado el pleno goce de sus derechos a defender y a ser protegidos en su vida, su libertad, su integridad y bienestar personal, su honor, su propiedad, su igualdad de oportunidades y su efectiva participación en la organización política, económica y social, así como en su igualdad ante la ley y su independencia ante los poderes del Estado, y a obtener el pleno resguardo de la totalidad de los derechos y garantías emanadas del Estado de derecho.
  • 21. Fundeimes.blogspot.com La democracia no se restringe exclusivamente a la vigencia y regularización institucional de elecciones libres basadas en el sufragio universal como medio específico para la designación de las autoridades gubernamentales, sino que también supone, con igual peso, el ejercicio pleno de la ciudadanía con relación a los derechos y libertades civiles, políticos y sociales modernos, vale decir, una ciudadanía asentada sobre la base de la participación político-social autónoma de los ciudadanos y ciudadanas en el proceso de gobierno y en los asuntos colectivos. En este marco, la seguridad ciudadana supone una situación social libre de riesgos, peligros y conflictos, en cuyo marco las personas pueden gozar plenamente y ejercer integralmente sus derechos, libertades y garantías constitucionales, como se menciona anteriormente y en la que se formulan y establecen políticas y mecanismos institucionales eficientes tendientes a prevenir, controlar y/o neutralizar aquellos riesgos, peligros o conflictos concretos o previsibles que lesionen aquella libertad o El goce pleno de esos derechos, libertades y garantías. Por lo tanto, las condiciones de aplicación de la seguridad pública democrática son dos: 1. La existencia de un Estado eficiente con capacidad para garantizar los derechos y libertades civiles, políticas y sociales a lo largo de todo su territorio y de toda la sociedad; y 2. La vigencia de condiciones sociales, económicas y culturales que, de alguna manera, no obstruyan y/o permitan la concreción de la democracia política, del ejercicio de la ciudadanía y de la participación política autónoma. Desde una perspectiva integral, la seguridad pública democrática requiere a su vez de un liderazgo establecido por el gobierno legalmente constituido sobre la seguridad
  • 22. Fundeimes.blogspot.com pública y los cuerpos del orden a la vez que estas instituciones sean honestas y capaces para que la ciudadanía se comprometa de manera colectiva. 1 Toda forma competente de ejercicio del gobierno institucional sobre el sistema de seguridad pública y policial supone tres condiciones básicas de efectividad, a saber, (la manifestación de una clara y firme voluntad de conducción en el proceso de formulación e implementación de las políticas y estrategias del área y, en ese marco, en el ejercicio de la dirección del sistema policial, los imprescindibles conocimientos técnico-profesionales acerca de los problemas a resolver o de las situaciones a transformar, de los mecanismos a aplicar, de los recursos disponibles y de las condiciones socio-políticas de su implementación; y la puesta en práctica de una capacidad operativo instrumental para el diseño, desarrollo e implementación correspondientes a las políticas, estrategias e iniciativas decididas así como también en el control y la evaluación de las mismas. Por su parte, en el marco de un régimen liberal-democrático, las dos esferas funcionales básicas de la institución policial son las siguientes: 1. La seguridad preventiva ,que a su vez implica la prevención de delitos, lo que implica la aplicación de un conjunto de procedimientos e intervenciones institucionales tendientes a evitar o abortar la decisión de cometer un delito o impedir la realización de hechos o actos que impliquen un delito, y el mantenimiento de la situación de seguridad pública, mediante acciones que apuntan a prevenir, neutralizar y conjurar cualquier tipo de hecho, falta o comportamiento violento o no que obstruya, limite o cercene la paz social y la libertad personal o vulnere la situación de seguridad de las personas (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID). 2. La investigación criminal mediante la participación en la investigación penal preparatoria llevada a cabo en la esfera judicial a los efectos de la constatación de los hechos delictivos perpetrados, la búsqueda y la reunión de los 1 Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID), 2009, Pág. 9
  • 23. Fundeimes.blogspot.com elementos de prueba y la identificación y localización de las personas sospechosas de ser responsables de los mismos, todo ello bajo la conducción de las autoridades judiciales competentes. Así, el horizonte funcional de la policía es la protección de la población frente a determinados riesgos o actos que suponen una lesión concreta a las personas en una situación de seguridad pública, es decir, a cierto o ciertos derechos y libertades. La policía es, en general, la primera reacción estatal contra el ilícito cometido o por cometerse. En razón de ello, la policía constituye la razón de ello, la policía constituye la agencia cuya competencia exclusiva y distinguible con relación a otros organismos estatales está dada por el hecho de detentar la autorización legal y legítima del uso de la fuerza física, sea en forma efectiva o potencial. Ese uso se debe aplicar en ciertas circunstancias y bajo determinadas modalidades, pero únicamente en función de prevenir o conjurar delitos en curso o de investigar delitos cometidos. La policía, así, es la agencia ejecutiva no la única de la fuerza física más importante en el Estado moderno. Ahora bien, para que el accionar policial y, muy particularmente, el accionar que conlleva el uso de la fuerza no implique extralimitaciones, abusos o arbitrariedades que no solamente impidan prevenir o conjurar aquellas conductas violatorias de derechos sino que, peor aún, se constituyan en una fuente de violaciones de derechos y por ende de cercenamientos y vulneraciones a la situación de seguridad, dicha actuación debe estar regida, siempre y en todo momento, por una serie de principios institucionales efectivos. En ese sentido, la función policial debe implicar el ejercicio de un servicio de protección a los derechos y libertades de las personas frente a eventos o actos que supongan la vulneración de una situación aceptable y jurídicamente instituida de seguridad pública. Pero dicha función general debe ser ejercida respetando y adecuando siempre la actuación policial a la legalidad que enmarca esos mismos derechos y de la que derivan el conjunto de las normas regulatorias de su actuación. Esto significa que, en un estado democrático de derecho, la actuación policial debe estar regida, siempre y en todo momento, por el principio de
  • 24. Fundeimes.blogspot.com protección ciudadana, por el principio de legalidad y por el principio de respeto de los derechos humanos (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID) A su vez, en todo ordenamiento legal democrático, el alcance y la intensidad de la intervención policial y, particularmente, de la apreciación policial, deben estar regulados a través de un conjunto de principios y procedimientos básicos de actuación policial válidos y efectivos en todas las circunstancias con independencia del ámbito territorial de intervención, de su especificidad funcional y de su dependencia orgánica. Se trata de principios jurídicos e institucionales que sirven de instancia vinculante de la actuación policial a la protección de los derechos y deberes de la población y al principio de legalidad y cuya operatividad, en consecuencia, supone que el margen de apreciación policial debe estar siempre jurídica e institucionalmente pautado. Los principales principios de actuación policial son los siguientes: 1. El principio de oportunidad por medio del cual se debe determinar cuándo la policía debe intervenir a los efectos de evitar una amenaza o un hecho cercena torio concreto, teniendo siempre en cuenta las personas involucradas en el hecho y las circunstancias de tiempo y lugar del mismo. La oportunidad de intervención policial depende de la constatación de una situación objetiva de daño, cuyas particularidades indicarán al personal policial la necesidad o no de su intervención o, en su caso, los perjuicios o daños que acarrearía su prescindencia o su participación preventiva. 2. El principio de congruencia a través del cual se establece el necesario equilibrio y adecuación que deben existir entre la situación objetiva de daño que origina la intervención policial y el tipo de intervención a llevar a cabo -preventiva y/o mediante el uso efectivo de la fuerza- y los medios empleados en la misma. 3. El principio de proporcionalidad por medio del cual se determina el necesario equilibrio y adecuación que debe existir entre la magnitud o gravedad de
  • 25. Fundeimes.blogspot.com la situación objetiva de daño que origina la intervención policial y la intensidad de la intervención llevada a cabo y, particularmente, del uso de los medios empleados en la misma, garantizándose una necesaria gradualidad y correspondencia entre tal situación y la intervención policial misma. Estos principios configuran preceptos regulatorios de toda actuación policial que permiten establecer cuándo, cómo, con qué medios y con qué intensidad debe actuar la policía frente a una situación objetiva de daño cuya existencia y continuidad supondría la violación de los derechos de las personas. En razón de ello, constituyen elementos normativos y funcionales básicos para adecuar en todo sentido la actuación policial concreta al principio general de protección ciudadana y de legalidad. Pues bien, en este contexto, la seguridad ciudadana es siempre seguridad de la comunidad, dado que ella supone la situación política y social en la que la comunidad tiene garantizado el goce pleno de sus derechos civiles, políticos y sociales. Ello convierte a la comunidad en el sujeto fundamental de la seguridad pública y, al mismo tiempo le impone al Estado, o puntualmente a su gobierno, el deber de promover y garantizar la igualdad de oportunidades y la efectiva participación comunitaria en la elaboración, implementación y control de las políticas de seguridad pública, así como en todos los asuntos referidos a la misma. En este marco, la seguridad ciudadana debe suponer la acción coordinada y la interacción permanente entre la comunidad con sus diferentes organizaciones y las instituciones estatales encargadas de garantizar la preservación de la situación de seguridad pública, esto es, debe implicar el accionar conjunto de la comunidad y del Estado. Para ello, resulta imprescindible que la intervención comunitaria en el sistema de seguridad pública cuente con un conjunto de mecanismos e instancias de participación institucional orientadas a garantizar un eficaz control ciudadano acerca de la legalidad y la eficacia del sistema de seguridad pública y, en particular, de la actuación de la policía, así como también a viabilizar la participación directa de la comunidad en la formulación e
  • 26. Fundeimes.blogspot.com implementación de políticas de seguridad públicas. La situación de seguridad pública debe ser, así, co-producida entre la comunidad y el Estado. 3.8.- El sistema de Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana en República Dominicana. El Presidente de la República es el jefe de la Administración Pública y es el jefe supremo de todas las Fuerzas Armadas y de los cuerpos policiales del país (art. 128 de la Constitución de la República Dominicana). Los despachos de los asuntos de la administración pública son llevados por los ministerios creados por ley y le compete al Presidente de la República nombrar a los funcionarios que desempeñarán dichas funciones administrativas. Los asuntos relativos a la seguridad pública son tratados y desarrollados por el Ministro de Interior y Policía, dado que entre sus principales funciones se encuentra la de mantener el orden público y adoptar medidas de seguridad la Policía Nacional es una dependencia del Ministerio de Interior y Policía (ley 22/651 y art. 33 de la ley 6141/62), 3.8.1 Problemática de la seguridad Pública en la República Dominicana. Antes de la publicación del Código Procesal Penal esta era la problemática que se evidenciaba de acuerdo a las estadísticas policiales elaboradas por la Oficina de Estadística antes mencionada. Así, con relación a las muertes violentas, entre 1999 y 2002, según el primer semestre de cada uno de estos años, éstas mantuvieron una misma tendencia general sin registrarse aumentos considerables, registrándose 2.465 muertes violentas en1999; 2.019 muertes violentas en 2000; 1.870 en 2001; y 2.042 en el 2002. De ese total, el 46 % fueron muertes producidas en accidentes de tránsitos; el 31%fueron homicidios; el 10 % fueron muertes por ahogamiento; el 10 % fueron muertes por suicidios; y el 3 % fueron muertes de personas electrocutadas. (Fuente: Informe Policía Nacional, 2002, Pág.2).
  • 27. Fundeimes.blogspot.com El grueso de los homicidios dolosos registrados entre los años 1999 y 2002 –primer semestre de estos años- se ha producido en el Distrito Nacional. Entre esos años, en dicho lugar se produjeron 1.115 homicidios de un total de2.578 hechos, es decir, 43,25 %, mientras que, en la segunda ciudad del país, Santiago, se produjeron 267 homicidios, esto es, el 10,35 % del total de hechos ocurridos en todo el país. Ello significa que el 53,6 % de los homicidios registrados en el país en ese período de tiempo se concentra en las grandes urbes del país, lugares en donde se concentra los principales conflictos sociales y problemáticas delictivas. Asimismo, del total de homicidios registrados en ese período, 1.321casos –el 51,24%- fueron hechos producidos como consecuencia de la utilización de armas de fuego, 962 casos –el 37,31 %- supusieron la utilización de armas blancas y 231 casos -8,96 %- el uso de objetos contundentes, todo lo cual da cuenta de un notable incremento en el contexto de violencia de dichos hechos. Otra expresión de ello, según la Policía Nacional, está dada por los funcionarios policiales y militares víctimas de homicidios, ya que a lo largo del período de referencia perecieron 95 funcionarios, 64 miembros de la Policía Nacional y 31 miembros de las Fuerzas Armadas, aunque se desconoce si tales decesos fueron la consecuencia de enfrentamientos armados o en otras circunstancias. Por su parte, en ese tiempo, los homicidios ocasionados por funcionarios policiales y militares fueron constantes y elevados. Por cierto, 419 personas fueron muertas por policías mientras que 72 muertas por militares. De ese total -488-, 291 personas –el 59,63 %- muertas en el Distrito Nacional y 53 personas –el 10,86 %- muertas en Santiago, lo que significa que, entre 1999 y 2002, el 67,49 % fueron personas muertas por la fuerza pública en las dos principales ciudades del país. (Informe Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID), 2009, Pág. 12). Otros estudios académicos –muchos de los cuales fueron elaborados sobre información oportunamente aportada por la propia Policía Nacional o por otras
  • 28. Fundeimes.blogspot.com dependencias estatales- dan cuenta de que el grueso de las víctimas y de los perpetradores de la violencia callejera son hombres jóvenes y pobres. En gran medida, la violencia callejera tiene lugar en los barrios carenciados y marginalizados de las grandes ciudades y está vinculada al tráfico y venta de drogas y a la prostitución. También se da cuenta del notable incremento de la violencia intrafamiliares la República Dominicana, cuya principal víctima son las mujeres. Entre 1990y 2002, 1.222 mujeres fueron asesinadas por sus parejas. El 16,20 % de esos homicidios fueron perpetrados en los años 2000 y 2001.Ahora bien, gran parte de la violencia y de la situación de inseguridad que ha tenido lugar en la República Dominicana ha derivado de la policialización del conflicto social, esto es, la consideración oficial -en particular, de la Policía Nacional y de las propias Fuerzas Armadas- de las expresiones de protesta social y de acción colectiva protagonizada por las organizaciones comunitarias y sindicales como actividades criminales que deben ser objeto de una fuerte represión estatal, lo que, por ejemplo, en la última huelga nacional llevada a cabo en noviembre de este año, provocó en un solo día la muerte de 8 personas. Asimismo, bajo la égida de una política de “mano dura” que ha contado con un fuerte aval legitimante de los sectores sociales altos, durante los últimos años se han incrementado notablemente las muertes producidas por la fuerza pública en supuestos “enfrentamientos armados”. Como ya se señaló, durante los primeros 9 meses del 2003, el accionar policial ha provocado la muerte de 175 personas en forma “confusa”. Ello, más que el resultado de una estrategia eficiente de seguridad preventiva, es reflejo de una política de seguridad volcada esencialmente al control represivo de los conflictos sociales. Por su parte, durante los últimos años, ha sido significativo el incremento de la criminalidad vinculada al tráfico de drogas en la República Dominicana -aunque también ha sido importante el esfuerzo preventivo y represivo llevado a cabo al respecto por la Dirección Nacional de
  • 29. Fundeimes.blogspot.com Control de Drogas- así como el crecimiento de los secuestros de empresarios y de otras personas. En este contexto, la sensación de inseguridad ha ido aumentando en el país en los últimos años como consecuencia del aumento de ciertos delitos de fuerte impacto social como los secuestros, la ocupación creciente de los medios de comunicación masivos acerca de los asuntos de seguridad y las acciones atentatorias a los derechos humanos y los procedimientos irregulares y poco transparentes de organismos del Estado, en particular, de la Policía Nacional. (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID) Este clima de inseguridad creciente fue generndo una baja confianza en el sistema judicial y en la Policía Nacional. Según el “Barómetro de Gobernabilidad 2003”, en la República Dominicana, solamente el 21 % de la opinión pública local confía institucionalmente en la Policía Nacional. Asimismo, de acuerdo con un reciente estudio desarrollado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) basado en una consulta realizada a 700 organizaciones sociales y comunitarias de todo el país indica que, para la percepción ciudadana, dos de los principales problemas generadores de inseguridad son la “represión policial” y la “corrupción de la policía”, más que el supuesto aumento delictivo y las acciones de protesta social. Estos problemas fueron también identificados en el Taller de Diagnóstico de Problemas Críticos de Seguridad Ciudadana realizado por el Instituto Interamericano de Derechos Humanos durante el mes de octubre. Los y las participantes destacaron la poca confianza comunitaria en la Policía y la falta de credibilidad en la institución policial, especialmente de parte de las poblaciones desprotegidas, todo ello derivado de los procedimientos policiales de redadas, de la lógica de impunidad policial y de las confusas muertes producidas por la fuerza pública en supuestos enfrentamientos armados (Instituto Interamericano de Derechos Humanos (USAID). Situación Actual
  • 30. Fundeimes.blogspot.com El pasado año 2011 en el país se registraron 2 mil 513 homicidios, de los cuales 289 fueron a manos de agentes de la Policía Nacional, según estadísticas de la Procuraduría General de la República (PGR). El informe, cuyos datos fueron suministrados por la propia institución del orden y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), da cuenta que con relación al año 2010, donde se registraron 2 mil 472 homicidios (25.01 por cada 100 mil habitantes), en 2011 hubo un incremento de 41muertes. La tasa de homicidios en 2011 por cada 100 mil habitantes fue de 25.10 muertes, registra el informe de la Procuraduría General de la República al cual EL DÍA tuvo acceso (fuente: Periódico el Día 21 de Febrero 2012). De las muertes de 2010 el informe indica que 260 fueron a manos de policías. En cuanto a las 289 muertes correspondientes al año 2011, en las cuales se vieron involucrados uniformados, la mayoría de sus ejecutores son policías, con 264 casos; 13 fueron miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) y 12 militares. Asimismo, las estadísticas indican que en 2 mil 224 de los homicidios de 2011 no actuaron manos de uniformados, para una tasa de 22.22 por cada 100 mil habitantes. Informe de Homicidio (Enero-Diciembre del 2011) Mes Homicidio Tasa de Homicidios por cada 100,000 habitantes Homici dios sin Acción Policial Homicidios sin acción policial por cada 100,000 habitantes Acción policial Homicidio en acción policial por cada 100,000 habitantes Enero 219 26.25 203 24.33 16 1.92 Febrero 208 24.93 188 22.54 20 2.40 Marzo 194 23.26 173 20.74 21 2.52 Abril 212 25.41 186 22.30 26 3.12 Mayo 230 27.57 203 24.33 27 3.24 Junio 183 21.94 159 17.06 24 2.88 Julio 210 25.17 190 22.78 20 2.40 Agosto 214 26.65 200 2397 14 1.68 Sept. 191 22.90 168 20.14 23 2.76 Oct. 233 27.93 202 24.21 31 3.72 Nov. 193 23.14 159 19.06 34 4.08 Dic. 226 27.90 193 23.14 33 3.96 Total 2,513 25.10 2,224 22.22 289 2.89
  • 31. Fundeimes.blogspot.com Detalles del informe En enero del pasado año se registraron 219 muertes, 208 en febrero, 194 en marzo, 212 en abril, en mayo aumentó a 230 y en junio se redujo a solo 183 homicidios. Mientras que en julio de ese mismo año hubo 210 homicidios, en agosto 214, en septiembre 191, en octubre aumentó a 233, en noviembre 193 y en diciembre se registraron 226. De las 2 mil 513 homicidios de 2011 un total de 129 eran menores de edad, 1, 439 comprenden edades de 18 a 34 años. En tanto que 597 su edad oscilaba entre 35 y 51; de 52 a 68 años hubo 192 homicidios, con más de 68 años hay 51 y 105 con edad indeterminada Día y hora Los días que más casos se registran son los sábados, domingos y lunes, con 16; 23 y 16 % respectivamente. Durante el años 2011, de los 2 mil 513 homicidios que se registraron 972 se produjeron en horas de 6:00 a. m a 5:59 p. m., para un 38.68 por ciento, mientras que la mayoría de los casos (mil 541) ocurrieron de 6 de la tarde a las 5:59 de la madrugada, para un 61.32 por ciento. Armas utilizadas. Los homicidas utilizaron para cometer esos sucesos distintos tipos de armas, siendo las más común las de fuego, las que tuvieron participación en 1,573 casos (un 63 por ciento), seguidas de armas blanca, que fueron utilizadas para quitarles la vida a 627 personas (25%). Mientras que 313 personas utilizaron otros medios, sigue diciendo el informe. Las provincias donde se registraron más episodios de violencia son en primer lugar Santo Domingo (784 homicidios), seguida del Distrito Nacional (328),
  • 32. Fundeimes.blogspot.com Santiago (205), San Cristóbal (128), La Lega (95), La Altagracia (90), la provincia Duarte (76) y La Romana con 65. Además Peravia y San Juan de la Maguana, ambas con 56 homicidios y Espaillat con 51 casos. Menos Casos Donde se registraron menos son Santiago Rodríguez, con 2 casos; Pedernales, con 3; San José de Ocoa, 6; Independencia con 15 y Elías Piña con 17 homicidios, estas cuatro últimas en el sur del país. Comparación con Países de Centroamérica. En comparación con Centroamérica, el índice de homicidios en la República Dominicana está por debajo de algunos de esos países. Según estadísticas del año 2010, en Honduras se registraron 6 mil 236 homicidios (77.5 por cada 100 mil habitantes), seguido de Guatemala con 5 mil 960 (64.8 por cada 100 mil habitantes), en El Salvador los homicidios alcanzaron a 4 mil 4 casos (41.5). Mientras que Nicaragua, en 2010 tuvo 766 homicidios; Panamá 738, Costa Rica 486 y Belice 132. En el país para ese año hubo 2 mil 472 homicidios. Esa situación revela que en países como Honduras, Guatemala y El Salvador la cantidad de muertes violentas duplican los que se registran en territorio nacional, no así con Panamá, Costa Rica, Nicaragua y Belice, que no alcanzaron los mil homicidios. Como pudimos ver es estos detalles posteriores a la puesta en vigencia del Código de Procedimiento Penal Dominicano ha resultado que han aumentado el índice de violencia en la República Dominicana. CONTINUARA…
  • 34. Fundeimes.blogspot.com BIBLIOGRAFÍA A) Contenido Libros Acevedo, Ramón..--Manual de Derecho Penal./-Ramón Acevedo; Bogota, 2da Edición, Editora Temis, 1985.-- 345 p. Arroyo, José Manuel.--El Sistema Penal ante el Dilema de sus Alternativas./ José Manuel Arroyo; San José, Costa Rica, Impresores Gráfica Brenes, 1995.-- 231 p. Arellano García, Pablo.--Derecho Procesal Penal./ Pablo Arrelano García, México, 5ta Edición, Porrúa, 2004.--435 p. Bautista Castillo, Norma.--Proceso Penal Acusatorio en la República Dominicana./ Escuela Nacional de la Judicatura, Rep. Dom. 2001.--449 p. Bacigalupo, Enrique.--Estudios sobre la parte Especial del Derecho Penal./ Madrid, Ediciones Akal, 1994.-- 400 p. Canocca, Alex, Duce Maurice. Nuevo Proceso Penal./ Editora Talleres Digitales de (RIL), Caracas, Venezuela, 2000.--408 p. Camacho, Ignacio.--Guía y Práctica Penal en Primera Instancia/. Ignacio Camacho; Santo Domingo, Editorial Universitária, 2003. --359 p. Duarte Cannan, Pedro J.-- Los dictámenes del Ministerio Público./ Santo Domingo, 2da Edición, Ediciones Jurídicas Trajano Potentini, 2004.-- 203 p. Del Castillo M. Luis R. Pellerano Herrera, Juan Ml.--Derecho Procesal Penal./ Luis R. del Castillo, Juan Manuel Herrera, Tomo II, Santo Domingo Ediciones Capeldom; 1991.-- 986 p. Mateo Calderón, Freddy R.--El Nuevo Proceso Penal. Guía Para la correcta aplicación./ Freddy Mateo Calderón. Ediciones Jurídicas, Trajano Potentini, 2da Edición, Santo Domingo, República Dominicana, 2004.-- 438 p. Revista Periódico; Diario Libre.--Diferentes artículos sobre el nuevo código procesal penal y su influencia en la seguridad. Documentos.--Código Procesal Penal de la República Dominicana, 2004
  • 35. Fundeimes.blogspot.com B) Metodológicos •Cea d´Ancona Ángeles, Métodos y Técnicas de Investigación cuantitativa”, Editorial Síntesis Madrid 1997 •Festinger y Katz. “Los Métodos de Investigación en Ciencias Sociales”. Piados 1992 •Flórez Ochoa Rafael y Alonso Tobón Restrepo. Investigación Educativa y Pedagógica. Bogotá: McGraw Hill. 2001 •Grawitz M. “Métodos y Técnicas de las Ciencias Sociales I-II.” Editorial Mexicana 1984, México •Hernández, Fernández Baptista. “Metodología de la Investigación”. McGraw Hill 1994. Colombia. •Made Serrano, Nicolás. “Metodología de la Investigación”. Santo Domingo, 2006 •Padua J. “Técnicas de Investigación” FCE-Colegio de México 1982, México. •Sabino, Carlos A. El Proceso de Investigación. Buenos Aires: Edit. Lumen.1996 •Salkind, Neil J. Métodos de Investigación. México: Prentice Hall. 1999. •Sierra Bravo R. Técnicas de investigación Social Teoría y ejercicios, Décima edición, Editorial Paraninfo 1995 Madrid •Taylor, S.J. y R. Bogdan. Introducción a los métodos cualitativos de investigación. Barcelona: Paidós. 1987 •Tesis e Investigaciones de Internet