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IENSS                    Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                    Secretaria de Educación y Cultura Municipal
        INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                  VERSIÓN:
                        OFICINA DE CALIDAD
                           Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                  02
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              REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                    18 – 08 – 2009
          INVESTIGACIÓN
          INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS




      REGLAMENTO INTERNO DEL
     CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y
    PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional          CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
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                REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                      18 – 08 – 2009
            INVESTIGACIÓN
            INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS


        REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE
    INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS
                                       CAPITULO I.
                                      DE LA MISIÒN

ARTÍCULO 1. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP., es una unidad
                                                                CIP
académica de apoyo de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo
IENSS, encargada de coordinar la labor de investigación y producción de saberes
sociales, además de servir como centro de apoyo a la actividad educativa y
pedagógica desde una perspectiva interdisciplinaria. Igualmente, contribuye al
                                        interdiscip                     c
desarrollo social y cultural local y regional a través de la investigación educativa,
innovación y transferencia de tecnologías, aprovechando el talento humano
existente.

                                      CAPITULO II.
                                      NATURALEZA

ARTÍCULO 2. Para el Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, la
              .
investigación es entendida como el principio del conocimiento y de la praxis, es
una actividad fundamental para fortalecer la educación en sus diferentes niveles
de formación y para desarrollar el espíritu científico entre sus estudiantes,
docentes, directivos y demás miembros de la Institución Educativa Está orientada
                                                        Educativa.
a generar conocimientos, técnicas y artes, a comprobar aquellos que forman parte
del saber y de las actividades del hombre, y a crea y adecuar tecnologías
                                                    crear
educativas.

ARTÍCULO 3. El CIP de la IENSS, reconoce que en la investigación y en sus
                                                     en
interrelaciones está el futuro y la supervivencia institucional, con todas sus
implicaciones económicas, sociales, culturales y productivas, entre otras.
                           sociales,

ARTÌCULO 4. En relación con la actividad educativa, el Centro de Investigación y
Prospectiva CIP de la IENSS, establece que la vinculación docencia-investigación,
                                                           docencia
debe suscitar un espíritu crítico que dote al estudiante de capacidad intelectu
                                                                       intelectual
para asumir con responsabilidad, las opciones teóricas y prácticas encaminadas a
su perfeccionamiento personal y al desarrollo social.

                              CAPITULO III.
                      ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
IENSS                            Ministerio de Educación Nacional                      CÓDIGO:
                            Secretaria de Educación y Cultura Municipal
           INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                                       VERSIÓN:
                           OFICINA DE CALIDAD
                                   Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                                       02
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                   REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                                    18 – 08 – 2009
               INVESTIGACIÓN
               INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

ARTÌCULO 5. La acción a cargo del Centro de Investigación y Prospectiva CIP de
la IENSS, para fines de fomento, administración, control y desarrollo de la
          ,
investigación educativa, estará a cargo de los siguientes organismos (Ver
               educativa,
estructura organizacional):
           organizacional)

1.   Rector
2.   Consejo Académico
3.   El Centro de Investigación y Prospectiva CIP
4.   El Comité de Práctica Pedagógica e Investigativa
5.   Los grupos y semilleros de investigación

ARTÌCULO 6. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, estará
integrado por:

1. El Director del Centro de Investigación y Prospectiva quien lo presidirá.
2. Los coordinadores de cada uno de los niveles educativos que ofrece la
      os
Institución Educativa.
3. Un profesor por cada una de las áreas de estudio, elegido por los equipos
                                                           e
docentes por su alta vocación y trayectoria investigativa puesta de manifiesto en
                                                                       mani
su vida docente.

PARÁGRAFO: Hará las veces de Secretario(a), quien designe el Director del
                                      Secretario ,
Centro de Investigación. El
                         El(la) Secretario(a) tendrá voz pero no voto.

     ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

                 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA MUNICIPAL DE SINCELEJO



                                                RECTOR               CONSEJO ACADÉMICO



                                                   PEI


             GRUPOS DE
                                                                              COMITÉ DE
           INVESTIGACIÓN
                                              CENTRO DE                       PRÁCTICA
                                            INVESTIGACIÓN                   PEDAGÓGICA E
           SEMILLEROS                                                       INVESTIGATIVA
         DE INVESTIGACIÓN
                                               DIRECTOR

                                                                    SECRETARIO(A)


               COORDINADORES POR                                  DOCENTES POR ÁREA DE
                 NIVEL EDUCATIVO                                        ESTUDIO
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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                REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                     18 – 08 – 2009
            INVESTIGACIÓN
            INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

ARTÍCULO 7. Son funciones del Centro de Investigación:

1. Fomentar las actividades de investigación educativa, desarrollando en forma
                                                            ,
    permanente el estudio y evaluación de dichas actividades y su relación con los
    problemas del medio social.
2. Proponer criterios y procedimientos sobre la presentación, aprobación y
    publicación de proyectos de investigación.
3. Controlar y participar en el análisis de proyecto de investigación, que
    presenten los grupos y semilleros y conceptuar sobre los mismos respecto de
    la factibilidad y fuentes de financiación para su desarrollo.
4. Divulgar los resultados de las investigaciones y coordinar con otras
    dependencias la elaboración o realización de las publicaciones, conferencias y
       pendencias
    seminarios para su divulgación.
5. Establecer intercambio con otros centros de investigación y con entidades
    encargadas de promover y financiar la investigación, con el fin de lograr
    interdisciplinariedad, aprovechar bases documentales y racionalizar las
    investigaciones para el desarrollo de la misma.
6. Asesorar al Comité de Práctica Pedagógica e Investigativa de la IENSS.
7. Coordinar con otras dependencias, aspectos relacionados con la investigación
                                                                        i
    educativa.
8. Promover y coordinar lo relacionado con los proyectos de investigación
      romover
    institucional con proyección a la comunidad.
9. Asesorar a los distintos estamentos sobre los recursos necesarios para
    efectuar una investigación y apoyar las iniciativas al respecto.
                                                ciativas
10. Coordinar con la biblioteca institucional, los servicios para un adecuado
                                                 ,
    sistema de documentación e información.
11. Examinar los proyectos de investigación que presenten los grupos y semilleros
                                                               l
    de investigación y conceptuar sobre la factibilidad de los mismos y fuentes de
    financiación para su desarrollo.
12. Mantener relaciones con centros de información científica y con entidades
    encargadas de promover y financiar la investigación.
13. Proponer estrategias para el desarrollo de las políticas de investigación.
14. Las demás que le sean asignadas por el Consejo Académico y la Rectoría y
    correspondan a su naturaleza.

ARTÍCULO 8. Son funciones del Director del Centro de Investigación y
Prospectiva CIP:

1. Proponer de acuerdo con las políticas generales de la Institución Educativa, las
                                         generale      a
   normas generales sobre investigación educativa.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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                REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                     18 – 08 – 2009
            INVESTIGACIÓN
            INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

2. Presentar planes de promoción y fomento de la investigación en la Institución
   Educativa.
3. Supervisar el desarrollo de los proyectos de investigación, ejecutados bajo la
   responsabilidad del Centro.
4. Gestionar recursos ante las dependencias y organismos de financiación para
   apoyar los proyectos de investigación.
5. Dirigir y administrar los proyectos de investigación en curso.
6. Elaborar y presentar ante el Consejo Directivo, el anteproyecto de presupuesto
   para el respectivo Centro.
7. Prestar asistencia y apoyo a las distintas dependencias de la Institución
   Educativa sobre los recursos necesarios para efectuar investigaciones.
8. Cumplir las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza del
     umplir
   cargo.

ARTÍCULO 9. Son funciones del Secretario o Secretaría del Centro de
Investigación, entre otras, las siguientes
                                siguientes:

1. Llevar actas o memorias de las reuniones ordinarias y extraordinarias que
   celebre el Centro de Investigación.
2. Llevar un registro ordenado de los proyectos de investigación que se realicen
       ar
   en la Institución Educativa.
3. Presentar ante el coordinador respectivo las solicitudes del personal docente,
   sobre permisos para participar en investigaciones.
4. Las demás que le asigne el Director del Centro de Investigación de acuerdo con
   la naturaleza del cargo.

ARTÍCULO 10. DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACION: Un grupo de
                                               INVESTIGACION
investigación es la unidad básica para la generación de conocimiento y su
aplicación para el desarrollo, su calidad está avalada en términos generales por
pares.

ARTÍCULO 11. L    Los grupos de investigación tendrán como función básica,
propiciar la investigación educativa mediante proyectos, sobre temáticas que
puedan involucrar distintas áreas, disciplinas, profesores y/o estudiantes que
                              áreas
vayan a realizar su trabajo de grado, ajustado a una línea de investigación bajo la
coordinación de un profesor investigador.

ARTÍCULO 12. Integran los grupos de investigación:

1. Coordinador del grupo de investigación, quien convoca.
2. Profesores-investigadores por línea.
              investigadores,
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                       VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                       02
                                                                       FECHA:
                 REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                      18 – 08 – 2009
             INVESTIGACIÓN
             INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

3. Semilleros de estudiantes como auxiliares de investigación por línea.
                                                                  línea

ARTÍCULO 13. Características y funciones de los grupos de investigación:

1. Velar por la calidad de sus integrantes, por la producción intelectual y la calidad
divulgativa de sus investigaciones.
2. Definición de un objetivo común, acordar estrategias de ejecución.
3. Presentar un plan de acción en programas de investigación fundamentando o
conformando una o varias líneas de investigación complementarias.
4. Estimular el desarrollo de proyectos de investigación en los temas y en las
áreas que decidan sus integrantes.
5. Generar espacios para la divulgación de los resultados de dichos proyectos.
6. Definir agenda y estrategias de funcionamiento.
                                      funcionami
7. Preparar y ejecutar encuentros, charlas, conferencias, y otros eventos que
lleven a profundizar su investigación.
8. Establecer intercambios con los grupos de investigación de otros programas
que funcionan dentro de la Institución Educativa a fin de promover en la
                   entro
comunidad educativa la cultura científica y tecnológica.
9. En general, estimular el desarrollo de la actividad investigativa y velar por la
interdisciplinariedad y pluridisciplinariedad.
10. Promover y estimular a estudiantes, profesores, directivos y administrativos en
                              estudiantes          es,
el intercambio de experiencias significativas entre instituciones.
                                                  e
11. Los grupos de investigación deben congregar el mejor talento humano
entrenado académicamente para orientar los procesos de análisis, reflexión e
innovación.

ARTÍCULO 14. DE LOS SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN Para el Centro de
                                                INVESTIGACIÓN:
Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, los semilleros de investigación se
consideran como una estrategia pedagógica de iniciación para la vida científica,
pues tienen como finalidad entre otras, la de promover la capacidad investigativa,
                    finalidad,
propiciar la interacción entre profesores-investigadores y estudiantes con miras al
                               profesores investigadores
fortalecimiento de calidad académica y al desarrollo social de la comunidad
                                              l
educativa, así como a la generación de la capacidad de trabajo en equipo y la
           ,                     ración
interdisciplinariedad, al fomento de una cultura de aprendizaje colaborativo y a la
participación en redes de investigación que faciliten la comunicación entre las
Instituciones Educativas.

De igual manera, en el ámbito operativo, los semilleros de investigación se
consideran como un espacio integrado por un docente-investigador que lidera y
                                                        investigador
asesora el Semillero, y un grupo de estudiantes o docentes (mínimo 3) que
desean iniciarse en la actividad investigativa. Su conformación podrá darse por
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
          INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                      VERSIÓN:
                          OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                      02
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                 REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                     18 – 08 – 2009
             INVESTIGACIÓN
             INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

iniciativa propia de un grupo de estudiantes o docentes alrededor de un línea de
 niciativa                                                           una
investigación o tema de interés o por convocatoria de uno o varios docentes
                                                                       docentes-
investigadores.

Los semilleros de investigación tendrán la siguiente estructura operativa básica:

        Un jefe del semillero que es quien lo preside. Es un mediador en los
        procesos dialógicos y de construcción del conocimiento en las relaciones
        que se establecen entre los participantes del Semillero. Entre sus funciones
        están: liderar, motivar y planear las actividades que deben darse en el
        Semillero de Investigación.
        Un docente acompañante quien será el encargado de ir con el proceso de
        estudiantes, orientar sus modos de organización y realización y coadyuvar
        para el seguimiento y cumplimiento de las metas propuestas.
        Miembros participantes son todos los miembros del semillero (Docentes o
        estudiantes) que tienen voz y voto.
         studiantes)

ARTÍCULO 15. Son funciones básicas de los Semilleros de Investigación de la
IENSS, entre otras, las siguientes:
     ,

1. Apropiarse del manejo conceptual y metodológico de la dinámica de proyectos y
   trayectos de Investigación educativa.
                 nvestigación
2. Presentar para su discusión y aprobación, proyectos de investigación ante el
             r
   Centro de Investigación y Prospectiva CIP.
3. Acompañar proyectos de investigación (iniciación, desarrollo, análisis y
               r
   socialización de resultados).
4. Realizar encuentros y jornadas de investigación.
5. Participar en eventos de investigación institucional, regional y nacional
                                                                    nacional.
6. Realizar proyectos de investigación interdisciplinarios.
7. Intercambiar experiencias significativas con pares investigativos, fomentando la
   realización de proyectos conjuntos y prácticas educativas profesionales.
8. Retroalimentar permanentemente procesos investigativos para la construcción
                  r
   permanente de saberes.

                                       CAPITULO IV.

                    DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACION

ARTÍCULO 16. Se entiende por proyecto de investigación la propuesta que
comprende una elaboración sistemática de un problema educativo, de carácter
básico, acorde con las características de los programas.
IENSS                        Ministerio de Educación Nacional           CÓDIGO:
                        Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                        VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                               Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                        02
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                 REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                       18 – 08 – 2009
             INVESTIGACIÓN
             INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

Para evaluar la finalidad de la investigación, la propuesta debe contener:

- Nombre del proyecto
                oyecto
- Descripción
- Justificación
- Objetivos
- Antecedentes del proyecto
- Metodología
- Recursos
- Cronograma de actividades

ARTÍCULO 17. Todo proyecto de investigación deberá ser evaluado en primera
instancia por el grupo de investigación éste a su vez, lo presenta al Centro de
                          investigación,
Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, para su valoración y la aprobación
definitiva.

ARTÍCULO 18. Todo proyecto de investigación que ejecuten los docentes y/o
estudiantes, directivos y administrativos de la Institución Educativa, podrá
            ,
involucrar a estudiantes que se encuentren vinculados como semilleros de
investigación, con el propósito de estimular en ellos el interés por la investigación y
              ,
a su vez contribuir a formar nuevos investigadores.

ARTÍCULO 19. Todo proyecto de investigación tendrá:

1. Un investigador principal que podrá ser el proponente del proyecto y será el
responsable ante el Centro de Investigaciones y Prospectiva CIP de la IENSS.

2. Auxiliares de investigación. Son estudiantes que se integran dentro de un
proyecto de investigación propuesto por el Centro de Investigaciones, por un
profesor investigador o por e grupo de investigación.
                            el

ARTÍCULO 20. Para la evaluación y emisión de concepto sobre los proyectos
presentados a consideración, cada una de las instancias dispondrá de quince (15)
días hábiles a partir de la fecha de recibo, al término de los cuales debe remitirlo a
donde corresponda. De no haber obtenido respuesta, el interesado podrá remitirlo
a la instancia siguiente, anexando la documentación respectiva.
               siguiente,

ARTÍCULO 21. El Centro de Investigaciones y Prospectiva una vez recibido un
                                                Prospectiva,
proyecto dispondrá de un plazo de 30 días calendario para dar su concepto,
cuando la evaluación se hace internamente. Cuando el proyect exige
                                                                proyecto
evaluadores externos, se estipulará un plazo máximo de 60 días.
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
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                REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                     18 – 08 – 2009
            INVESTIGACIÓN
            INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

ARTÍCULO 22. Pasados dos (2) meses de aprobado un proyecto y gestionados
los debidos recursos, si éste no ha iniciado su ejecución sin causa justificada, el
Centro de Investigación y Prospectiva procederá a revocar la aprobación del
                            P
mismo.

                                       CAPÍTULO V.

              DE LAS POLÍTICAS Y LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN

ARTÍCULO 23. POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN
                          INVESTIGACIÓN:

1. La investigación al interior del Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la
   IENSS y su contexto, tendrá un carácter institucional y será inherente a la
   docencia, inscrita fundamentalmente en el paradigma cualitativo, sin que esto
   implique su exclusividad en detrimento de otras tradiciones y modalidades.
2. Dentro del paradigma cualitativo y de acuerdo con Bernardo Restrepo, se
   desarrollará como investigación educativa y particularmente como investigación
   pedagógica, la cual “es la que el educador puede hacer mientras enseña y
   forma, es la investigación de su práctica pedagógica y de la construcc
                                                                     construcción
   de saber pedagógico... como práctica reflexiva social en la que interactúan
   la teoría y la práctica” tendientes a develar inconsistencias y fortalezas en la
   práctica pedagógica para comprenderla y transformarla, lo cual implica
   procesos de reflexión autocrítica y transformación de la enseñanza por parte de
                           autocrítica
   los mismos docentes.
3. Así mismo, ésta podrá ser individual si corresponde a la reflexión de un
   maestro sobre su práctica, o colaborativa, cuando un grupo de docentes
   reflexionan en grupo sobre su práctica y se apoyan, critican, validan sus
   procesos en pos del mejoramiento del aprendizaje de sus alumnos, del
   mejoramiento de la profesión y de la superación del aislamiento y asignaturismo
   del docente.
4. No obstante lo anterior, se entenderá que en la conformación de las
   Comunidades Académicas Normalistas, podrá aplicarse otro tipo de
   Investigación, si la dinámica al interior de los grupos y semilleros de
   investigación, así lo requiera
                         requiera.
5. La IENSS, a través de su Centro de Investigación y Prospectiva CIP, promoverá
   y apoyará la conformación de Grupos y Semilleros de Investigación reconocidos
   por COLCIENCIAS, para lo cual establecerá un rubro presupuestal para la
   cofinanciación de las investigaciones por éstos y gestionará ante los
   organismos públicos y privados su apoyo y financiación.
6. Promoverá igualmente, la cualificación del personal docente mediante el
   ofrecimiento de Diplomados, cursos y otras modalidades de formación y, así
IENSS                       Ministerio de Educación Nacional         CÓDIGO:
                       Secretaria de Educación y Cultura Municipal
         INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO
                                                                     VERSIÓN:
                         OFICINA DE CALIDAD
                              Sincelejo, Sucre – Colombia
                                                                     02
                                                                     FECHA:
                REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE                     18 – 08 – 2009
            INVESTIGACIÓN
            INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS

   mismo, estimulará la participación de los estudiantes del Programa de
                          la
   Formación Docente en el desarrollo de procesos investigativos, en la
                                                                investigativos
   conformación de Semilleros y en la formación de competencias investigativas.
7. Contribuirá al desarrollo social y cultural regional, con la generación de nuevos
                                                             la
   saberes e innovación de prácticas pedagógicas y la incorporación de dinámicas
   investigativas a la conformación de comunidades académicas.
8. Garantizará la difusión y publicación de producciones como resultado de los
   procesos investiga
              investigativos, y la ejecución de asesorías y consultorías a otras
   entidades y organismos que lo demanden.

ARTÍCULO 24. LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN: Se determinan como líneas de
investigación, las siguientes:

1. CURRÍCULO, ESTRATEGIAS Y MÉTODOS DE ENSEÑANZA (Para el ens             ensayo
   y validación de propuestas teóricas y el diseño de intervenciones pedagógicas
   que determinen su efectividad en el mejoramiento de los procesos de
   enseñanza aprendizaje).
2. DESARROLLO COGNITIVO Y DESARROLLO HUMANO                        (Desarrollo de
   habilidades de pensamiento, programas de entrenamiento de habilidades
                     pensamiento,
   cognitivas, estructuración cognitiva).
3. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES, HABILIDADES Y COMPETENCIAS.

Se entiende que la dinámica misma de los Grupos y Semilleros de Investigación,
determinará el surgimiento de nuevos caminos y derroteros para permitir la
                                  nuevos
continuidad o no de estas líneas o el surgimiento de otras.

                                   CAPITULO VI.
                                DE LA FINANCIACION

ARTÍCULO 25. Serán fuentes de financiación del Centro de Investigaciones Y
Prospectiva CIP de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS
                                                                         IENSS,
las siguientes:

1. Los recursos propios que la Institución Educativa le asigne del presupuesto total
        ecursos
anual acorde con el proyecto presupuestal presentado por el director del Centro de
Investigación y Prospectiva CIP.
2. Las donaciones y auxilios
        onaciones
3. Otros aportes provenientes de entidades oficiales o privadas
4. Los recursos provenientes por prestación de servicios de asesorías por parte
        ecursos
del Centro de Investigación y Prospe
                              Prospectiva CIP.
5. Venta de publicaciones
            publicaciones.

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  • 1. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS
  • 2. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS CAPITULO I. DE LA MISIÒN ARTÍCULO 1. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP., es una unidad CIP académica de apoyo de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS, encargada de coordinar la labor de investigación y producción de saberes sociales, además de servir como centro de apoyo a la actividad educativa y pedagógica desde una perspectiva interdisciplinaria. Igualmente, contribuye al interdiscip c desarrollo social y cultural local y regional a través de la investigación educativa, innovación y transferencia de tecnologías, aprovechando el talento humano existente. CAPITULO II. NATURALEZA ARTÍCULO 2. Para el Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, la . investigación es entendida como el principio del conocimiento y de la praxis, es una actividad fundamental para fortalecer la educación en sus diferentes niveles de formación y para desarrollar el espíritu científico entre sus estudiantes, docentes, directivos y demás miembros de la Institución Educativa Está orientada Educativa. a generar conocimientos, técnicas y artes, a comprobar aquellos que forman parte del saber y de las actividades del hombre, y a crea y adecuar tecnologías crear educativas. ARTÍCULO 3. El CIP de la IENSS, reconoce que en la investigación y en sus en interrelaciones está el futuro y la supervivencia institucional, con todas sus implicaciones económicas, sociales, culturales y productivas, entre otras. sociales, ARTÌCULO 4. En relación con la actividad educativa, el Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, establece que la vinculación docencia-investigación, docencia debe suscitar un espíritu crítico que dote al estudiante de capacidad intelectu intelectual para asumir con responsabilidad, las opciones teóricas y prácticas encaminadas a su perfeccionamiento personal y al desarrollo social. CAPITULO III. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO
  • 3. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS ARTÌCULO 5. La acción a cargo del Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, para fines de fomento, administración, control y desarrollo de la , investigación educativa, estará a cargo de los siguientes organismos (Ver educativa, estructura organizacional): organizacional) 1. Rector 2. Consejo Académico 3. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP 4. El Comité de Práctica Pedagógica e Investigativa 5. Los grupos y semilleros de investigación ARTÌCULO 6. El Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, estará integrado por: 1. El Director del Centro de Investigación y Prospectiva quien lo presidirá. 2. Los coordinadores de cada uno de los niveles educativos que ofrece la os Institución Educativa. 3. Un profesor por cada una de las áreas de estudio, elegido por los equipos e docentes por su alta vocación y trayectoria investigativa puesta de manifiesto en mani su vida docente. PARÁGRAFO: Hará las veces de Secretario(a), quien designe el Director del Secretario , Centro de Investigación. El El(la) Secretario(a) tendrá voz pero no voto. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA MUNICIPAL DE SINCELEJO RECTOR CONSEJO ACADÉMICO PEI GRUPOS DE COMITÉ DE INVESTIGACIÓN CENTRO DE PRÁCTICA INVESTIGACIÓN PEDAGÓGICA E SEMILLEROS INVESTIGATIVA DE INVESTIGACIÓN DIRECTOR SECRETARIO(A) COORDINADORES POR DOCENTES POR ÁREA DE NIVEL EDUCATIVO ESTUDIO
  • 4. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS ARTÍCULO 7. Son funciones del Centro de Investigación: 1. Fomentar las actividades de investigación educativa, desarrollando en forma , permanente el estudio y evaluación de dichas actividades y su relación con los problemas del medio social. 2. Proponer criterios y procedimientos sobre la presentación, aprobación y publicación de proyectos de investigación. 3. Controlar y participar en el análisis de proyecto de investigación, que presenten los grupos y semilleros y conceptuar sobre los mismos respecto de la factibilidad y fuentes de financiación para su desarrollo. 4. Divulgar los resultados de las investigaciones y coordinar con otras dependencias la elaboración o realización de las publicaciones, conferencias y pendencias seminarios para su divulgación. 5. Establecer intercambio con otros centros de investigación y con entidades encargadas de promover y financiar la investigación, con el fin de lograr interdisciplinariedad, aprovechar bases documentales y racionalizar las investigaciones para el desarrollo de la misma. 6. Asesorar al Comité de Práctica Pedagógica e Investigativa de la IENSS. 7. Coordinar con otras dependencias, aspectos relacionados con la investigación i educativa. 8. Promover y coordinar lo relacionado con los proyectos de investigación romover institucional con proyección a la comunidad. 9. Asesorar a los distintos estamentos sobre los recursos necesarios para efectuar una investigación y apoyar las iniciativas al respecto. ciativas 10. Coordinar con la biblioteca institucional, los servicios para un adecuado , sistema de documentación e información. 11. Examinar los proyectos de investigación que presenten los grupos y semilleros l de investigación y conceptuar sobre la factibilidad de los mismos y fuentes de financiación para su desarrollo. 12. Mantener relaciones con centros de información científica y con entidades encargadas de promover y financiar la investigación. 13. Proponer estrategias para el desarrollo de las políticas de investigación. 14. Las demás que le sean asignadas por el Consejo Académico y la Rectoría y correspondan a su naturaleza. ARTÍCULO 8. Son funciones del Director del Centro de Investigación y Prospectiva CIP: 1. Proponer de acuerdo con las políticas generales de la Institución Educativa, las generale a normas generales sobre investigación educativa.
  • 5. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS 2. Presentar planes de promoción y fomento de la investigación en la Institución Educativa. 3. Supervisar el desarrollo de los proyectos de investigación, ejecutados bajo la responsabilidad del Centro. 4. Gestionar recursos ante las dependencias y organismos de financiación para apoyar los proyectos de investigación. 5. Dirigir y administrar los proyectos de investigación en curso. 6. Elaborar y presentar ante el Consejo Directivo, el anteproyecto de presupuesto para el respectivo Centro. 7. Prestar asistencia y apoyo a las distintas dependencias de la Institución Educativa sobre los recursos necesarios para efectuar investigaciones. 8. Cumplir las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza del umplir cargo. ARTÍCULO 9. Son funciones del Secretario o Secretaría del Centro de Investigación, entre otras, las siguientes siguientes: 1. Llevar actas o memorias de las reuniones ordinarias y extraordinarias que celebre el Centro de Investigación. 2. Llevar un registro ordenado de los proyectos de investigación que se realicen ar en la Institución Educativa. 3. Presentar ante el coordinador respectivo las solicitudes del personal docente, sobre permisos para participar en investigaciones. 4. Las demás que le asigne el Director del Centro de Investigación de acuerdo con la naturaleza del cargo. ARTÍCULO 10. DE LOS GRUPOS DE INVESTIGACION: Un grupo de INVESTIGACION investigación es la unidad básica para la generación de conocimiento y su aplicación para el desarrollo, su calidad está avalada en términos generales por pares. ARTÍCULO 11. L Los grupos de investigación tendrán como función básica, propiciar la investigación educativa mediante proyectos, sobre temáticas que puedan involucrar distintas áreas, disciplinas, profesores y/o estudiantes que áreas vayan a realizar su trabajo de grado, ajustado a una línea de investigación bajo la coordinación de un profesor investigador. ARTÍCULO 12. Integran los grupos de investigación: 1. Coordinador del grupo de investigación, quien convoca. 2. Profesores-investigadores por línea. investigadores,
  • 6. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS 3. Semilleros de estudiantes como auxiliares de investigación por línea. línea ARTÍCULO 13. Características y funciones de los grupos de investigación: 1. Velar por la calidad de sus integrantes, por la producción intelectual y la calidad divulgativa de sus investigaciones. 2. Definición de un objetivo común, acordar estrategias de ejecución. 3. Presentar un plan de acción en programas de investigación fundamentando o conformando una o varias líneas de investigación complementarias. 4. Estimular el desarrollo de proyectos de investigación en los temas y en las áreas que decidan sus integrantes. 5. Generar espacios para la divulgación de los resultados de dichos proyectos. 6. Definir agenda y estrategias de funcionamiento. funcionami 7. Preparar y ejecutar encuentros, charlas, conferencias, y otros eventos que lleven a profundizar su investigación. 8. Establecer intercambios con los grupos de investigación de otros programas que funcionan dentro de la Institución Educativa a fin de promover en la entro comunidad educativa la cultura científica y tecnológica. 9. En general, estimular el desarrollo de la actividad investigativa y velar por la interdisciplinariedad y pluridisciplinariedad. 10. Promover y estimular a estudiantes, profesores, directivos y administrativos en estudiantes es, el intercambio de experiencias significativas entre instituciones. e 11. Los grupos de investigación deben congregar el mejor talento humano entrenado académicamente para orientar los procesos de análisis, reflexión e innovación. ARTÍCULO 14. DE LOS SEMILLEROS DE INVESTIGACIÓN Para el Centro de INVESTIGACIÓN: Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, los semilleros de investigación se consideran como una estrategia pedagógica de iniciación para la vida científica, pues tienen como finalidad entre otras, la de promover la capacidad investigativa, finalidad, propiciar la interacción entre profesores-investigadores y estudiantes con miras al profesores investigadores fortalecimiento de calidad académica y al desarrollo social de la comunidad l educativa, así como a la generación de la capacidad de trabajo en equipo y la , ración interdisciplinariedad, al fomento de una cultura de aprendizaje colaborativo y a la participación en redes de investigación que faciliten la comunicación entre las Instituciones Educativas. De igual manera, en el ámbito operativo, los semilleros de investigación se consideran como un espacio integrado por un docente-investigador que lidera y investigador asesora el Semillero, y un grupo de estudiantes o docentes (mínimo 3) que desean iniciarse en la actividad investigativa. Su conformación podrá darse por
  • 7. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS iniciativa propia de un grupo de estudiantes o docentes alrededor de un línea de niciativa una investigación o tema de interés o por convocatoria de uno o varios docentes docentes- investigadores. Los semilleros de investigación tendrán la siguiente estructura operativa básica: Un jefe del semillero que es quien lo preside. Es un mediador en los procesos dialógicos y de construcción del conocimiento en las relaciones que se establecen entre los participantes del Semillero. Entre sus funciones están: liderar, motivar y planear las actividades que deben darse en el Semillero de Investigación. Un docente acompañante quien será el encargado de ir con el proceso de estudiantes, orientar sus modos de organización y realización y coadyuvar para el seguimiento y cumplimiento de las metas propuestas. Miembros participantes son todos los miembros del semillero (Docentes o estudiantes) que tienen voz y voto. studiantes) ARTÍCULO 15. Son funciones básicas de los Semilleros de Investigación de la IENSS, entre otras, las siguientes: , 1. Apropiarse del manejo conceptual y metodológico de la dinámica de proyectos y trayectos de Investigación educativa. nvestigación 2. Presentar para su discusión y aprobación, proyectos de investigación ante el r Centro de Investigación y Prospectiva CIP. 3. Acompañar proyectos de investigación (iniciación, desarrollo, análisis y r socialización de resultados). 4. Realizar encuentros y jornadas de investigación. 5. Participar en eventos de investigación institucional, regional y nacional nacional. 6. Realizar proyectos de investigación interdisciplinarios. 7. Intercambiar experiencias significativas con pares investigativos, fomentando la realización de proyectos conjuntos y prácticas educativas profesionales. 8. Retroalimentar permanentemente procesos investigativos para la construcción r permanente de saberes. CAPITULO IV. DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACION ARTÍCULO 16. Se entiende por proyecto de investigación la propuesta que comprende una elaboración sistemática de un problema educativo, de carácter básico, acorde con las características de los programas.
  • 8. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS Para evaluar la finalidad de la investigación, la propuesta debe contener: - Nombre del proyecto oyecto - Descripción - Justificación - Objetivos - Antecedentes del proyecto - Metodología - Recursos - Cronograma de actividades ARTÍCULO 17. Todo proyecto de investigación deberá ser evaluado en primera instancia por el grupo de investigación éste a su vez, lo presenta al Centro de investigación, Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS, para su valoración y la aprobación definitiva. ARTÍCULO 18. Todo proyecto de investigación que ejecuten los docentes y/o estudiantes, directivos y administrativos de la Institución Educativa, podrá , involucrar a estudiantes que se encuentren vinculados como semilleros de investigación, con el propósito de estimular en ellos el interés por la investigación y , a su vez contribuir a formar nuevos investigadores. ARTÍCULO 19. Todo proyecto de investigación tendrá: 1. Un investigador principal que podrá ser el proponente del proyecto y será el responsable ante el Centro de Investigaciones y Prospectiva CIP de la IENSS. 2. Auxiliares de investigación. Son estudiantes que se integran dentro de un proyecto de investigación propuesto por el Centro de Investigaciones, por un profesor investigador o por e grupo de investigación. el ARTÍCULO 20. Para la evaluación y emisión de concepto sobre los proyectos presentados a consideración, cada una de las instancias dispondrá de quince (15) días hábiles a partir de la fecha de recibo, al término de los cuales debe remitirlo a donde corresponda. De no haber obtenido respuesta, el interesado podrá remitirlo a la instancia siguiente, anexando la documentación respectiva. siguiente, ARTÍCULO 21. El Centro de Investigaciones y Prospectiva una vez recibido un Prospectiva, proyecto dispondrá de un plazo de 30 días calendario para dar su concepto, cuando la evaluación se hace internamente. Cuando el proyect exige proyecto evaluadores externos, se estipulará un plazo máximo de 60 días.
  • 9. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS ARTÍCULO 22. Pasados dos (2) meses de aprobado un proyecto y gestionados los debidos recursos, si éste no ha iniciado su ejecución sin causa justificada, el Centro de Investigación y Prospectiva procederá a revocar la aprobación del P mismo. CAPÍTULO V. DE LAS POLÍTICAS Y LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN ARTÍCULO 23. POLÍTICAS DE INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN: 1. La investigación al interior del Centro de Investigación y Prospectiva CIP de la IENSS y su contexto, tendrá un carácter institucional y será inherente a la docencia, inscrita fundamentalmente en el paradigma cualitativo, sin que esto implique su exclusividad en detrimento de otras tradiciones y modalidades. 2. Dentro del paradigma cualitativo y de acuerdo con Bernardo Restrepo, se desarrollará como investigación educativa y particularmente como investigación pedagógica, la cual “es la que el educador puede hacer mientras enseña y forma, es la investigación de su práctica pedagógica y de la construcc construcción de saber pedagógico... como práctica reflexiva social en la que interactúan la teoría y la práctica” tendientes a develar inconsistencias y fortalezas en la práctica pedagógica para comprenderla y transformarla, lo cual implica procesos de reflexión autocrítica y transformación de la enseñanza por parte de autocrítica los mismos docentes. 3. Así mismo, ésta podrá ser individual si corresponde a la reflexión de un maestro sobre su práctica, o colaborativa, cuando un grupo de docentes reflexionan en grupo sobre su práctica y se apoyan, critican, validan sus procesos en pos del mejoramiento del aprendizaje de sus alumnos, del mejoramiento de la profesión y de la superación del aislamiento y asignaturismo del docente. 4. No obstante lo anterior, se entenderá que en la conformación de las Comunidades Académicas Normalistas, podrá aplicarse otro tipo de Investigación, si la dinámica al interior de los grupos y semilleros de investigación, así lo requiera requiera. 5. La IENSS, a través de su Centro de Investigación y Prospectiva CIP, promoverá y apoyará la conformación de Grupos y Semilleros de Investigación reconocidos por COLCIENCIAS, para lo cual establecerá un rubro presupuestal para la cofinanciación de las investigaciones por éstos y gestionará ante los organismos públicos y privados su apoyo y financiación. 6. Promoverá igualmente, la cualificación del personal docente mediante el ofrecimiento de Diplomados, cursos y otras modalidades de formación y, así
  • 10. IENSS Ministerio de Educación Nacional CÓDIGO: Secretaria de Educación y Cultura Municipal INSTITUCIÓN EDUCATIVA NORMAL SUPERIOR DE SINCELEJO VERSIÓN: OFICINA DE CALIDAD Sincelejo, Sucre – Colombia 02 FECHA: REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE 18 – 08 – 2009 INVESTIGACIÓN INVESTIGACIÓN Y PROSPECTIVA CIP DE LA IENSS mismo, estimulará la participación de los estudiantes del Programa de la Formación Docente en el desarrollo de procesos investigativos, en la investigativos conformación de Semilleros y en la formación de competencias investigativas. 7. Contribuirá al desarrollo social y cultural regional, con la generación de nuevos la saberes e innovación de prácticas pedagógicas y la incorporación de dinámicas investigativas a la conformación de comunidades académicas. 8. Garantizará la difusión y publicación de producciones como resultado de los procesos investiga investigativos, y la ejecución de asesorías y consultorías a otras entidades y organismos que lo demanden. ARTÍCULO 24. LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN: Se determinan como líneas de investigación, las siguientes: 1. CURRÍCULO, ESTRATEGIAS Y MÉTODOS DE ENSEÑANZA (Para el ens ensayo y validación de propuestas teóricas y el diseño de intervenciones pedagógicas que determinen su efectividad en el mejoramiento de los procesos de enseñanza aprendizaje). 2. DESARROLLO COGNITIVO Y DESARROLLO HUMANO (Desarrollo de habilidades de pensamiento, programas de entrenamiento de habilidades pensamiento, cognitivas, estructuración cognitiva). 3. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES, HABILIDADES Y COMPETENCIAS. Se entiende que la dinámica misma de los Grupos y Semilleros de Investigación, determinará el surgimiento de nuevos caminos y derroteros para permitir la nuevos continuidad o no de estas líneas o el surgimiento de otras. CAPITULO VI. DE LA FINANCIACION ARTÍCULO 25. Serán fuentes de financiación del Centro de Investigaciones Y Prospectiva CIP de la Institución Educativa Normal Superior de Sincelejo IENSS IENSS, las siguientes: 1. Los recursos propios que la Institución Educativa le asigne del presupuesto total ecursos anual acorde con el proyecto presupuestal presentado por el director del Centro de Investigación y Prospectiva CIP. 2. Las donaciones y auxilios onaciones 3. Otros aportes provenientes de entidades oficiales o privadas 4. Los recursos provenientes por prestación de servicios de asesorías por parte ecursos del Centro de Investigación y Prospe Prospectiva CIP. 5. Venta de publicaciones publicaciones.