Las contribuciones son impuestos que los ciudadanos deben pagar cuando se benefician de obras y servicios públicos como resultado del aumento en el valor de sus bienes. Las contribuciones especiales se establecen a nivel estatal, regional o local para financiar proyectos que benefician a individuos más ricos de manera desproporcionada. Las contribuciones municipales son las más apropiadas porque es más fácil determinar cuánto debe pagar cada ciudadano por los beneficios directos de las obras y servicios municipales.
1. Octavio Garcia Gallegos.
Contribución (muy a menudo en plural: contribuciones) es un tributo o impuesto que
debe cancelar el contribuyente o beneficiario de una utilidad económica, cuya justificación
es la obtención por el sujeto pasivo (ciudadano receptor) de un beneficio o de un aumento
de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del
establecimiento o ampliación de servicios públicos.
La actividad administrativa se dirige a satisfacer necesidades públicas de la comunidad,
considerada como un todo, pero obviamente beneficia (se lo proponga o no) a determinados
individuos, en razón de su mayor riqueza, y es ésa la justificación que suele aducirse para
exigírles su financiación, total o parcial, por medio de contribuciones especiales.
Las contribuciones pueden establecerse en el ámbito estatal, regional o local, pero es en
este último donde alcanzan su mejor expresión y significado, porque es más fácil señalar
una cuota global para poder repartir entre la población de un determinado sector municipal
que en áreas superiores, ya que es en las obras y servicios municipales donde se afecta más
de cerca a los ciudadanos y donde se revela el beneficio o interés más especial, con el
objeto de convertirlo en punto de referencia para la tributación y el pago de las cuotas de
las cargas del Estado.