Este documento presenta un resumen de los temas y subtemas relacionados con el Derecho Romano. Explica brevemente las diferentes teorías sobre los orígenes y fundamentos del derecho, así como los períodos de gobierno en Roma y aspectos relevantes sobre esta civilización como cuna del derecho moderno.
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DERECHO ROMANO
1. UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES
CARRERA DE DERECHO
TEMA: DERECHO ROMANO
NOMBRE: GABRIELA SEVILLA GALARZA
CURSO: PRIMERO
PARALELO: “B”
2. Tema: DERECHO ROMANO
SUBTEMAS:
► Fundamentos del Derecho
► Derecho Romano
► Teoría Teocrática
► Teoría Teológica
► Teoría Consensual
► Teoría Racionalista
► Teoría Histórica
► Teoría Positivista
► Teoría Dinamista
► Teoría de Origen Próximo-Remoto
► Roma
4. DESARROLLO
FUNDAMENTOS DEL DERECHO
DE HECHO: DE DERECHO:
Es la redacción de los Es la ley y el articulo
hechos exacto.
DERECHO:
Son las normas que sirven
para regular y armonizar
una sociedad.
5. DERECHO ROMANO
Roma es la cuna del
derecho. Y divide en dos:
IUSS CIVILIS: IUSS GENTIUS:
Son todas las personas que Son todas las personas que
se encuentran dentro de se encuentran fuera de
Roma. Actualmente le Roma. Actualmente se le
conocemos como el conoce como Derecho
Código Civil. Internacional.
DERECHO:
Son las normas que sirven
para regular y armonizar
una sociedad.
DERECHO ADJETIVO:
Se encuentra inspirado en DERECHO SUSTANTIVO:
la clase alta de Roma. Es la que se puede ver y
Actualmente la tocar es decir son las leyes
manejamos y se la conoce y los códigos.
como doctrina.
6. Teoría Teocrática
Es Suprema
Menciona que el derecho es producto:
· Virtud
· Moral
· divinidad.
Defensores
Platón Aristóteles Seneca
El derecho individual. El derecho social.
Es producto: El derecho es Social.
Es producto: · Virtud
· Virtud · Moral Es producto:
· Virtud
· Moral
· Divinidad.
· Divinidad.
Sociedad: es un conjunto de · Moral } No existe
personas que viven en armonía. · Divinidad.
Derecho Caridad
Virtud Adjetivo
-------------------------
Ideal Perfecto Tiene dos requisitos:
Moral
Divinidad Derecho
Real Imperfecto Estructura: Es resultado de las Derecho Puro
Sustantivo
ideas. Superestructura
Mundo Ideal
Superestructura: son las ideas.
Se divide en:
1. Medios de Producción
(Herramientas).
2. Fuerzas de Producción
(Mano de Obra)
3. Relación Producción
(Trabajo )
7. Teoría Teológica
Fe
· Se basa en la divinidad es decir la Fe.
· Dios es el único Legislador
· El Segundo Legislador es Cristo y todo lo que
se haga en nombre de Cristo es Norma es
decir Ley.
Defensores
Santo Tomás San Ambrosio San Agustín
Santo Tomas manifiesta que el Manifiesta lo mismo que Platón y Esta de acuerdo con la Toeria de
Derecho es creado por Dios. que hay que tener paciencia. Seneca.
El derecho es Social.
Dios Legislador El derecho individual. Es producto:
Derecho otorga Personas Poder. · Virtud
Es producto:
· Virtud
· Moral } No existe
· Divinidad.
· Moral
· Divinidad. Caridad
Derecho Puro
Derecho
Virtud Adjetivo Ideal Perfecto
Moral -------------------------
Divinidad Derecho
Real Imperfecto
Sustantivo
Mundo Ideal
8. Teoría Consensual
Contrato Social
Existen dos afirmaciones:
Estado Natural:
· Individual.
· Libertad Absoluta. Estado Social:
· Derecho Totalmente · Lucha entre
Nulo. clases sociales
· Ansiedad de poseer · Pacto Social
los Modos de
Producción.
Defensores
Hobbs Spinoza Rosseu
Jurista, manifiesta que se
encuentra de acuerdo con Hobbs
Jurista, manifiesta que el poder Manifiesta que la igualdad social y Spinoza, para poder poner en
da derecho y no importa como se no se da en los medios de practica se necesita de un
haya llegado al poder. Lo producción sino en las Contrato Social.
obtienen las personas poderosas. oportunidades que nos brinda la Contrato Social tiene tres
(Reyes, Monarcas). vida. aspectos importantes:
1. Expectativas (Positivo)
2. Los Temores (Negativo)
3.Compromisos (Lo mejor)
9. Teoría Racionalista
razón
La esencia de la vida es:
Razón
Verdad
Verdad Absoluta Verdad Relativa
Conocimiento Alcanzado Conocimiento Proceso
Derecho
Defensores
Kant Fichte
Jurista, manifiesta que el poder Manifiesta que la igualdad social
da derecho y no importa como se no se da en los medios de
haya llegado al poder. Lo producción sino en las
obtienen las personas poderosas. oportunidades que nos brinda la
(Reyes, Monarcas). vida.
10. Teoría Histórica
hechos pasados
Es un conjunto de:
Hechos pasados
Acciones,
Acontecimientos
} Derecho
Derecho
Materialismo Dialéctico
Método Curriculum 1. Tesis
Se divide 2. Antitesis
Derecho es Relativo Cosa Cambiante 3. Síntesis
Defensores
Savigny Kant
Jurista alemán, funda la escuela
teórica, habla acerca del Derecho
Romano y que Dios elije el Orden Manifiesta el derecho nace en lo
Jurídico Porque existe una fuerte divino desciende al cerebro
orientación hacia la teología ya humano y se manifiesta sobre los
que busca una conciliación. hombres.
El derecho es producto de las
Fuerzas Sociales.
11. Teoría Positivista
Hechos Material
Relación
Relación
Derecho Positivo
Derecho Positivo
Defensores
Agusto Comte Spencer Ivering
Hechos
Hechos Material
Material Manifiesta que todo es natural y Fue fundador de la Sociología del
Relación
Relación lo que primero aparece es la Derecho, tuvieron trascendencia
Derecho Positivo
Derecho Positivo formula binaria es el origen de la en los campos del derecho civil,
Naturaleza. penal y constitucional.
Teoría Positivista
Fundamento del Derecho
Leyes de Spencer
Comte Ordena al derecho:
1. Teología (Divinidad)
2. Metafísica (Proyección del Cerebro) Física
Física
Abogado Debe tener
Debe tener Biología
3. Positivismo (Hechos) Abogado
concimientos de:
Biología
concimientos de: Psicología
Psicología
Sociología
Sociología
Tendencia Positivista
Tendencia Critica Tendencia Dogmática
Evoluciono
Evoluciono Dogma
Dogma Verdad Derecho
Verdad Derecho
Tradicional
Tradicional Experimental
Experimental
Método Inductivo
Método Inductivo Método Deductiva
Método Deductiva
Partes
Partes Todo
Todo Todo
Todo Partes
Partes
12. Teoría Dinamista
1. Autoritario
Fuerza
Fuerza 2. Sabe lo Todo
Poder
Poder Lideres 3. Paternalista
4. Manipulador
Política
Política 5. Democrático
Fuerza
Fuerza
Poder
Poder
Política
Política Dictadura
Dictadura Estado
Estado
Derecho
Derecho Buen Vivir
Buen Vivir (Suma Kausay)
(Suma Kausay)
Verdad
Verdad Poderes Estado
Poderes Estado
Ejecutiva
Ejecutiva
Legistaliva
Legistaliva
Judicial
Judicial
Defensores
Maquiavelo
Manifiesta, en una de sus obras principales el
príncipe, que el hombre es egoísta por
naturaleza que busca su porvenir sobre los
demás. Solo un estado fuerte gobernado por un
príncipe astuto y sin escrúpulos que los
gobierne.
Cariolis
Carniolis
13. Teoría de Origen Próximo Próximo Remoto
Instinto Satisfecho Accion Reacción Accion
Instinto Satisfecho Accion Reacción Accion Instinto
Instinto Evoluciona
Evoluciona Acción
Acción
Vida
Vida no Necesidades
Necesidades
no Protección
Protección
Familia
Familia Primarias
Primarias
Lumpen
Lumpen Medio
Medio
Propiedad
Propiedad Secundarias
Secundarias Ambiente
Ambiente
Verdad
Verdad
Organizada
Organizada
DEFENSORES
Andrés Bello Sfiner Jojary Carlos Antonio Irribaren
Andrés Bello, uno de los mas grandes Menciona que actúan los hombres por Jurista, vicepresidente de Chile,
Manifiesta que el cerebro funciona como Historiador del Derecho. Fue catedrático
humanistas nació en Caracas pero gracias instinto en el Origen Remoto que debe
una ventana hay cuatro espacios de la Universidad de chile en área de
a la aportación jurídica que hizo a Chile haber un estimulo y sino se satisface las
psicológicos: Jurisprudencia. Haciendo aportes
obtuvo su nacionalidad Chilena, hizo necesidades se convierte en Lumpen.
grandes aportes al Derecho Civil y importantes a la Historia del Derecho.
Derecho Internacional.
Instinto
Instinto Estimulo
Estimulo no
no
Satisfecho
Satisfecho
(Lacra Social) Lumpen
(Lacra Social) Lumpen Gris Oscura
Gris Oscura Negra
Negra
Administrativos
Civil
Penal
Origen del Delito
15. ROMA
Fundación de Roma
Es la cuna de las Ramas:
· Filosofía (Pensar)
· Arqueología (Restos Antiguos)
· Paleontología (Fósiles)
· Etruscología (Arte, Cultura)
· Religión (Fe)
· Derecho (Normas)
Mapa Italia fue poblada por las culturas: Rey Latinos
· Etruscos (Asia Menor)
Rey
· Sabinos (Propios de Italia) otorga tiempo Eneas asentarse
Griegos
· Latinos (Isla Sicilia)
· Griegos (Apatrias) (No tienen Patria)
Sol Recto Casa
Calendario Lavinia
Procas
Andino (hija Rey Latinos)
2 Hijos
Alba
6 meses Ascanio funda
Longa
Numitor Anulio
(21/04/753 A.
2 Hijas 1 Hijo C.).
Vesta
Rómulo
2 Hijos abandonados
Remo
Marte Rió
Tiber
criados
loba
Regresan
recuperar
reynado
Rómulo Remo
Mata Remo
Funda
Roma
16. Organizaciones Administrativas, Políticas y Sociales en Roma
Familias Gens Tribus Curias
· La Primera Sociedad. · Evoluciona la familia · Conjunto de · Es la formación de algunas
· Primer Vínculo. aparece los Gens. confederaciones forman las familias
· Consanguinidad Pater · Segunda Sociedad. tribus. · Aparece los Municipios
Familis. · Administrada por los · Aparece las normativas. Urbano (Poblado)
· Primer administrador Pater Consejos de Paters Famili. Rural (Agrícola)
Familis. · Forman la confederación
· Administra los Modos de para el Consejos de Paters
Producción: Famili.
1. Medios de Producción
2. Fuerzas de Producción
3. Relación de Producción
18. MONARQUÍA
MAGISTRADO SENADO COMICIOS
• Monarca (Rey). • Liderado Paters • Plebeyos
• Poder Político • Asesores: • Asambleas Populares
(hereditario). 1. Filosofía • Silla Blanca
• Existía la Democracia 2. Etruscología • Contralor
(Elección del nuevo 3. Axiología • Curiados (12 Tablas)
monarca). 4. Derecho
• Aparece las Tablas 5. Milicia
Blancas. 6. Religión
• Aplica La Democracia
• Electividad (elegidos):
1. Ser el mas
anciano
2. Haber ganado por
lo menos una
guerra
3. Poseer los Modos
de Producción .
19. REPUBLICA (Paso Tarquino Soberbio a Tarquino Colatino)
MAGISTRADO SENADO COMICIOS
• Presidente • Aparecen las • Tribunal de Plebeyos
• Elegido por el pueblo Instituciones Públicas. • Asambleas populares
• Tiene duración de un • Ingresan los plebeyos de la Plebe.
año. a senadores.
• Reelección de una • Derecho Público.
década. • Administración
• Censores Financiera,
20. IMPERIO
MAGISTRADO SENADO COMICIOS
• Hay tribunal de • Es el Presidente • Patricios
• Centurias
• El Ejercito
22. ► COMPETENCIA JURISDICCIÓN
Es la atribución jurídica es utilizada para designar
otorgada a ciertos y el territorio (estado,
especiales órganos del provincia, municipio,
Estado de una cantidad región, país, etc.) sobre
de jurisdicción. el cual esta potestad es
ejercida.
www.wikipedia.com
23. SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN
La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre
cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y
los actos del poder público deberán mantener
conformidad con las disposiciones constitucionales; en
caso contrario carecerán de eficacia jurídica.
La Constitución y los tratados internacionales de
derechos humanos ratificados por el Estado que
reconozcan derechos más favorables a los contenidos en
la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma
jurídica o acto del poder público.
Art. 424 Constitución
http://www.movimientoecuador.co.uk/TITULO_IX_-
_SUPREMACIA_DE_LA_CONSTITUCION
24. EL ORDEN JERÁRQUICO DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS
Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el
siguiente:
La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes
orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas
distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las
resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos.
En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte
Constitucional, las juezas y jueces, autoridades administrativas y
servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de
la norma jerárquica superior.
La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio
de competencia, en especial la titularidad de las competencias exclusivas
de los gobiernos autónomos descentralizados.
Art. 425 Constitución
http://www.movimientoecuador.co.uk/TITULO_IX_-
_SUPREMACIA_DE_LA_CONSTITUCION
25. JERARQUÍA DE LAS NORMAS
JURÍDICAS
Constitución
Tratados y Convenios Internacionales
Leyes Orgánicas
Leyes Ordinarias
Normas Regionales
Ordenanzas Distritales
Decretos y Reglamentos
Ordenanzas
Acuerdos y Resoluciones
FUENTE: CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
26. FEDERICO CARLOS DE SAVIGNY
Federico Carlos de Savigny, nació el 21 de
febrero de 1779, en la patria de Goethe, el
príncipe de nuestros poetas. Su familia era
originaria de la Lorena, de donde había
emigrado a Alemania hacían 150 años. La
Biographie universelle menciona a un
Cristóbal de Savigny, nativo del condado de
Rathel, en Champagne, que se había hecho
renombre el siglo xvi por sus escritos
enciclopédicos. Quizá sea él uno de los
antecesores de Savigny. El abuelo de
Savigny era gobernador en Deux-Ponts; su
padre, representante de varios príncipes del
circulo del Alto Rhin en Franfort, sobre el
Mein.
Savigny responde, “este sujeto es el
pueblo”. En la conciencia común de éste ,
vive el derecho positivo. El derecho positivo
surge de ese espíritu general que anima a
todos los miembros de una misma nación, la
unidad del derecho se revela a su conciencia
necesariamente y no es producto de la
casualidad www.wikipedia.com
27. NICOLÁS MAQUIAVELO
Nicolás Maquiavelo nació en Florencia el 3 de
mayo de 1469.
Se dedicó a ser escritor y estadista.
Fue encarcelado por los Médicis en 1512, y
previamente había ejercido varios cargos como
consejero y embajador, como diplomático en
etapas muy difíciles para la vida política de su
país, pero que le permitieron en sus misiones,
estar en contacto con la realidad política europea,
experiencias que le sirvieron para sus escritos.
Así escribió "Relación de las cosas de
Francia", "Relación de las cosas de Alemania"
(1508), así como obras poéticas como "La
Primera Decenal"(1504), "La Segunda
Decenal"(1509) y también teatro como "La
Mandrágora"; discursos como "Primera Década de
Tito Livio"(1513), "Historias florentinas", "El Arte
de la Guerra" (1519) y su obra más conocida: "El
Príncipe" publicado en 1532, sobre métodos
empleados por los políticos en sus gobiernos.
Falleció en Florencia, adonde había regresado
enfermo, el 22 de junio de 1527.
www.wikipedia.com
28. RUDOLPH O RUDOLF VON IHERING
Rudolph o Rudolf von Ihering; Aurich, 1818-
Gotinga, 1892) Jurista alemán. Profesor de
las universidades de Berlín, Basilea, Rostock,
Kiel y Giessen, ejerció una gran influencia en
el desarrollo de las doctrinas jurídicas
modernas, al considerar el derecho más
como un producto social que como una
elaboración doctrinal. En su libro El espíritu
del derecho romano (1852) introduce la
definición del derecho subjetivo como un
interés jurídicamente protegido, y
posteriormente, en La lucha por el derecho
(1872) y El fin en el derecho (1877),
remarca que «la finalidad es el elemento
configurador de los institutos jurídicos» y
que «el derecho se impone a través de la
lucha».
www.wikipedia.com
29. ANDRÉS BELLO
Andrés Bello nació en Caracas, Venezuela, el
29 de noviembre de 1781 y falleció en
Santiago de Chile el 15 de octubre de 1865.
Andrés Bello fue uno de los más grandes
humanistas de América Latina, dedicándose
a la literatura, la educación, la filología, la
filosofía, el derecho. Ejerció la docencia
particular en Venezuela y tuvo el honor de
ser profesor de Simón Bolívar. Acompañó en
sus exploraciones, al barón Alejandro von
Humboldt en sus exploraciones científicas
en las Colonias.
También en Derecho, Andrés Bello compuso
en 1832 el tratado "Principios de Derecho
Internacional" y el "Derecho Civil" para
Chile, en 1955.
www.wikipedia.com
30. JUAN ANTONIO IRIBARREN
Juan Antonio Iribarren Cabezas (1885 -
1977[cita requerida]) fue un militar y político
chileno, vicepresidente de la República de Chile
entre el 17 de octubre y el 4 de noviembre de
1946.
Fue presidente del comité pro-homenaje a
Gabriela Mistral, que contribuyó a la formación del
Centro Cultural Gabriela Mistral en Vicuña,
actualmente llamado Museo Gabriela Mistral de
Vicuña.1
El Presidente Juan Antonio Ríos el año 1942 lo
nombró ministro de Educación.
Después de la muerte del Presidente Ríos, el
vicepresidente Alfredo Duhalde llamó a nuevas
elecciones presidenciales, para lo cual dejó el
cargo a Juan Antonio con el fin de presentarse
como precandidato por el Partido Radical.
Fue profesor de la facultad de derecho de la
Universidad de Chile, en la cátedra de Historia
General del Derecho desde 1918 hasta 1954
www.wikipedia.com
31. CONCLUSIONES
1. Mediante, derecho romano podemos conocer
las reglas sociales pactadas tras larga lucha
entre los diferentes clases sociales que
constituyan la ciudad de Roma.
2. Mediante los acontecimientos históricos
llegamos a conocer la evolución del derecho.
3. El derecho Romano sirvió de fuente para la
formación de juristas que aportaron al derecho
en la actualidad.
4. Las doce tablas nos da una idea de la forma
que realizaban los códigos para una mejor de
gobierno y de esta manera tener una sociedad
armonizada y organizada.
32. RECOMENDACIONES
► Incorporar las mejores trabajos presentadas
de la materia de Derecho Romano a la
Biblioteca de la carrera de Derecho, de
modo tal que se diversifique la información y
los puntos de vista sobre el tema.
34. XII TABLAS
Es el código más antiguo de Derecho romano, escrito entre los años
451 y 450 a.C. que se basaba en el Derecho consuetudinar
I. CITACIÓN A JUICIO
II. JUICIOS Y LOS DELITOS
III. DEPÓSITOS Y DEUDAS
IV. DERECHOS DE PATRIA POTESTAD Y CONYUGUES
V. HERENCIAS Y TUTELAS
VI. DOMINIO Y POSESIÓN
VII. DELITOS
VIII. DERECHOS PREDIALES
IX. DERECHO PUBLICO
X. DERECHO SAGRADO
XI. PROHIBICIÓN DEL MATRIMONIO ENTRE PATRICIOS Y PLEBEYOS
XII. INJUSTOS
35. CONTENIDO 12 TABLAS
Tablas I, II, III
DERECHO PROCESAL PRIVADO
Tablas IV, V
DERECHO DE FAMILIA Y SUCESORIO
Tablas VI, VII
DERECHO DE OBLIGACIONES
Tablas VIII, IX
DERECHO PENAL
Tabla X
DERECHO SACRO
Tabla XI
PROHIBICIÓN DEL MATRIMONIO ENTRE PATRICIOS Y PLEBEYOS
Tabla XII
INJUSTOS
36. DERECHO PROCESAL PRIVADO
1. Si alguno llamase a comparecer en juicio, el que sea llamado
vaya inmediatamente.
2. Sino lo hiciese, el que lo llama pude detenerlo, previa
convocación de testigos que presencien el acto.
3. Si, aun así, el llamado se resistiese ó tratase de huir, pude
llevarlo por fuerza.
4. Al que le falten testigos para probar su derecho, vaya á
reclamarle tres veces, gritando delante de la casa de su
contrario.
5. Si alguno confiesa su deuda, ó es declarado deudor en juicio,
se le concede 30 días para que pague.
37. DERECHO DE FAMILIA Y SUCESORIO
1. El padre puede matar al hijo que nace monstruoso o con gran
deformidad.
2. El padre tiene derecho de venta y el de vida y muerte sobre sus
hijos de legítimo matrimonio.
3. Lo que el padre de familias dispusiese acerca de sus bienes y de la
tutela de sus hijos, se cumplirá rigurosamente.
4. Si el padre de familias muriese intestado, y no tuviese herederos
suyos, sea su heredero el agnado más próximo.
5. Si el liberto muere intestado, y no le sobrevivieren herederos suyos
mas que el patrono y sus hijos, sus bienes pasaran a la familia de
éste, adjudicándolo al próximo heredero en ella.
38. DERECHO DE OBLIGACIONES
1. Cuando el dueño de una cosa la venda á otro por medio de los
ritos que solemnizan la venta de las cosas, téngase por válido lo
que hubiese pactado entre sí ambos contrayentes.
2. El que quebrantare estos contratos será castigado con la pena de
duplo.
3. Los Statuliberi, aunque sean vendidos por el heredero, obtendrán
su libertad, cumpliendo con el comprador la condición que el
testador les impuso para poder ser libres.
4. Si algún animal causase daño en campo ajeno, su dueño resarcirá
al propietario, ó dará el mismo animal en noxa, si prefiriese hacerlo
así.
5. Si alguno matare a sabiendas y con dañada intención á un hombre
libre, será declarado reo de crimen capital
39. DERECHO PENAL
1. Entre los edificios contiguos debe quedar siempre un espacio vacío
de dos pies y medio.
2. Las corporaciones o cuerpos colegiados pueden darse a si mismos
para su régimen las leyes que gusten, con tal de que no se
opongan a las del Estado.
3. El deudor que ha salido del poder de sus acreedor, el que se ha
conservado constante en gracia del pueblo Romano, y el que
habiéndola perdido vuelve a ella de buena fe, tendrán los mismos
derechos que los ciudadanos romanos libres.
4. El juez o árbitro que nombrado para juzgar un negocio recibiese
dinero de alguna de las partes para favorecerle, será castigado con
la pena capital.
5. Para condenar a un ciudadano a muerte, o quitarle algunos de los
derechos de la ciudad, de libertad o de familia, se necesita una
declaración solemne del pueblo romano, reunido en comicios por
centurias.
40. DERECHO SACRO
1. Ningún cadáver puede ser enterrado ni quemado dentro de la
ciudad.
2. Se prohíben funerales dispendiosos, y las escenas demostraciones
de llanto y de sentimiento.
3. Los leños que han de formar la hoguera en que se queme el
cadáver serán tales como se saquen de los árboles, y no
pulimentados ni trabajados.
4. Las mujeres no se arañaran el rostro, ni harán estrenos de
sentimiento.
5. No se derramaran sobre la hoguera de los muertos bebidas ricas o
cotosas.
41. PROHIBICIÓN DEL MATRIMONIO ENTRE PATRICIOS Y
PLEBEYOS
1. Los patricios no pueden contraer matrimonio con los
plebeyos.
INJUSTOS
1. No puede consagrarse a los dioses una cosa cuya
pertenencia se está litigando. El que lo hiciere, queda
sujeto a la pena del duplo.
2. Si alguno se hubiese apropiado de mala fe la posesión de
una cosa que otro le disputa, el Pretor nombrará tres
árbitros para decidir este asunto ; y a arbitrio de ellos será
condenado el poseedor de mala fe a la prestación de
dobles frutos.
3. Si un esclavo robase o causase algún otro daño a sabiendas
de su amo, éste puede darle en noxa por el daño causado.