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REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES RUC



    Las personas naturales o jurídicas,
     nacionales o extranjeras que realicen en
     el país, actividades económicas con o
     sin fines de lucro, deben inscribirse en el
     Servicio de Rentas Internas
REQUISITOS PARA LA OBTENCION
DEL RUC



   IDENTIFICACION
    Ecuatorianos:
    Original y copia de la cédula de
    ciudadanía y
    Original y copia del certificado de
    votación del último proceso electoral
REQUISITOS PARA LA OBTENCION
DEL RUC

   Extranjeros residentes en el Ecuador
    Original y Copia de la cédula de
    identidad u original del pasaporte y
    copias de la identificación y tipo de
    visa vigente
REQUISITOS PARA LA OBTENCION
    DEL RUC

   IDENTIFICACION DEL DOMICILIO
    Original y copia de planilla de pago de uno
    de los servicio públicos (luz, agua, teléfono)
    correspondiente al domicilio del
    contribuyente o al lugar donde se desarrolla
    la actividad económica y referente a uno de
    los tres meses anteriores a la fecha de
    inscripción o contrato vigente de
    arrendamiento del inmueble
REQUISITOS PARA LA OBTENCION
DEL RUC


   OTROS DOCUMENTOS
    - ARTESANO
    - CONTADOR
    - TRANSPORTISTA
    - PROFESIONAL
    - AGENTE AFIANZADO DE
    ADUANAS
    - EXTRANJERO CON RANGO
    DIPLOMATICO
    - PERSONA NATURAL QUE
    REALIZA ACTIVIDADES
    EDUCATIVAS
ACTUALIZACION DEL RUC
   Es obligatoria la actualización del RUC, cuando se
    produzcan cambios tales como:
        * Actividad económica o reinicio de la misma
        * Dirección, teléfono, Representante Legal,
          Gerente General
        * Apertura de nuevos establecimientos      o
          cierre de ellos
        * Otros (relacionados con datos del RUC)
COMPROBANTES DE VENTA Y
COMPROBANTES DE RETENCION


  LA EMISION DE COMPROBANTES DE VENTA Y COMPROBANTES
  DE RETENCION SON LOS UNICOS DOCUMENTOS QUE
  ACREDITAN LA LEGITIMIDAD DE LA ADQUISICION DE BIENES O
  PRESTACION DE SERVICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA Y
  SIRVEN PARA SUSTENTAR INGRESOS, COSTOS Y GASTOS Y
  RECONOCIMIENTO DEL CREDITO
  TRIBUTARIO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE PARA EMITIR ESTOS
  COMPROBANTES, EL CONTRIBUYENTE REQUIERE
  LA AUTORIZACION DEL SRI
COMPROBANTES DE VENTA Y DOCUMENTOS
COMPLEMENTARIOS



   SON COMPROBANTES DE VENTA
    UNICAMENTE LOS SIGUIENTES
     – Facturas
     – Notas o boletas de venta
     – Tiquetes de máquinas registradoras
     – Boletos o entradas a espectáculos públicos
     – Liquidación de compras o servicios
COMPROBANTES DE VENTA Y DOCUMENTOS
COMPLEMENTARIOS

   OTROS DOCUMENTOS
    AUTORIZADOS
     – Los emitidos por los bancos e
       instituciones financieras crediticias
       que se encuentren bajo el control de
       la Superintendencia de Bancos
     – Documento aduanero unificado y
       demás comprobantes de venta
       recibidos en las operaciones de
       importación
     – Boletos o tiquetes aéreos y los
       documentos por pago de sobrecarga
       expedidos por compañías de
       aviación
COMPROBANTES DE RETENCION

   Son documentos autorizados que acreditan la retención de
    impuestos establecida en la Ley de Régimen Tributario Interno
   Estos documentos deben ser emitidos por los agentes de
    retención de impuestos
   Las retenciones se refieren a transacciones gravadas con el
    Impuesto a la Renta (IR) o con el Impuesto al Valor Agregado
    (IVA)
COMPROBANTES DE RETENCION

   Son agentes de retención:
          * Instituciones del Sector
    público
          * Sociedad
          * Personas Naturales
    obligadas a llevar contabilidad
    (Patrimonio Propio mayor a US$
    24.000 o cuyos ingresos en el
    ejercicio anterior sean mayores de
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Autorización para emitir comprobantes de venta y de
retención

   REQUISITOS
     – Acercarse a uno de los
       establecimientos autorizados
       Imprenta
     – La imprenta valida y verifica la
       información del contribuyente a
       través de internet
     – El sistema automatizado del SRI
       concede la autorización con base
       en el cumplimiento tributario del
       contribuyente
Plazos de Vigencia de la autorización

   Con cumplimiento de obligaciones al día se
    concede por un año
   Con obligaciones pendientes: por una sola
    vez se concede autorización por tres meses,
    plazo en el cual el contribuyente debe
    regularizar el cumplimiento de las
    obligaciones tributarias
Causas para negar la autorización

   Estar en trámite la suspensión del
    RUC
   Falta de presentación de
    declaraciones por más de un año
   Dirección declarada en el RUC
    que no corresponda
ARCHIVAR DOCUMENTOS


   Los comprobantes de venta
    y retención emitidos y
    anulados deberán ser
    archivados en forma
    secuencial y cronológica y
    conservados por un plazo
    mínimo de seis años
COMPROBANTES DE RETENCION

   Emite el comprador (Agente de Retención) en la
    adquisición de bienes y servicios; por retenciones
    del Impuesto a la Renta y/o IVA
   Plazo de entrega del comprobante 5 días desde la
    fecha de recepción del comprobante de venta
   Crédito tributario: para fines contables y efectos del
    Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado
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INSTRUCCIONES GENERALES
PARA DECLARAR IMPUESTOS

Usted puede declarar y pagar sus impuestos en las
 siguientes entidades financieras autorizadas por el
 SRI
 AMAZONAS, BOLIVARIANO, GUAYAQUIL,
 MACHALA, AUSTRO, LITORAL, PICHINCHA,
 RUMIÑAHUI, INTERNACIONAL, FOMENTO,
 TERRITORIAL, PRODUBANCO, LOJA, PACIFICO,
 SERVIPAGOS
 Las Instituciones financieras deben recibir los
 formulario de declaración y pago de los
 contribuyentes, sean o no clientes y tengan o no
 valor a pagar
INSTRUCCIONES GENERALES PARA
DECLARAR IMPUESTOS


   Entregarán sus declaraciones en las ventanillas del
    SRI únicamente los contribuyentes cuya declaración
    no tenga valor a pagar (o) los contribuyentes
    especiales, calificados por el SRI quienes
    presentarán sus declaraciones en medio magnético
INTERNET
   Los contribuyentes pueden realizar sus declaraciones, sin
    ningun costo ingresando a la página web del SRI que
    permanece habilitada 24 horas al día los 365 día del años
   La declaración debe hacerse dentro de los plazos
    reglamentarios considerando la fecha de vencimiento
   Para declara por INTERNET el contribuyente debe firmar
    un acuerdo de responsabilidad que esta disponible en la
    página web o en el área de declaraciones de las Oficinas
    del SRI
INTERNET

   El SRI otorga una clave de garantía técnica
    y jurídica de identidad del contribuyente
   El contribuyente recibirá el sobre de
    seguridad quienes presenten una copia de
    su cédula de identidad y el acuerdo de
    responsabilidad, en la Unidad de
    Declaraciones en las oficinas del SRI
   Los pagos de hacen con débito bancario,
    para lo cual el contribuyente suscribe una
    autorización
PROGRAMAS

   Para que los contribuyentes puedan elaborar
    sus declaraciones el SRI, pone a su
    disposición el programa DIMM (Declaración
    de Impuestos en Medio Magnético), que se
    lo puede obtener gratuitamente en la pagina
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   El SRI cuenta con un módulo de consultas
    que permite al contribuyente verificar la
    información presentada a través de internet
PLAZO DE DECLARACION Y PAGO DE
IMPUESTOS


   TOMAMOS EL NOVENO DIGITO DEL RUC
           0102061280001

Noveno dígito x 2 Resultado + 8 = Día tope
    8          x2    16      + 8 = 24
FORMULARIOS PARA LA
DECLARACION


   Las declaraciones son mensuales y se las
    realizan en el formulario 104
DECLARACIONES FORMULARIO 104

   Sumamos todas las facturas emitidas por
    el contribuyente en el mes respectivo
   Sumamos todas las facturas de compras
    recibidas por el contribuyente en el mes
    respectivo
   Los contribuyentes que presenten sus
    declaraciones tardíamente, deben calcular los
    intereses por mora y las multas
    correspondientes
   El interés por mora, se calcula sobre el
    impuesto a pagar campo 302 y su tarifa se
    determina con base en la siguiente tabla
TASAS DE INTERES POR MORA TRIBUTARIA


   TRIMESTRE DE ENERO – MARZO DEL
    2005
            0.736%
   TRIMESTRE DE ABRIL – JUNIO DEL 2005

   TRIMESTRE DE JULIO – SEPTIEMBRE
    DEL 2005
   Sumamos el valor antes del IVA de las facturas
    emitidas en Septiembre antes del IVA , ese
    valor lo colocamos en el campo 501, de ese
    valor sacamos el 12% y los colocamos en el
    casillero 551
   De igual manera tomamos el valor antes del
    IVA de las compras realizadas y colocamos en
    el casillero 601, de ese valor sacamos el 12% y
    los colocamos en el casillero 651
EJEMPLO
   CONTRIBUYENTE: LUIS EUGENIO CALLE
    MEJIA
   RUC: 0102773222001
   TOTAL COMPRAS: US$ 700,00
   BONO DE LIDERAZGO: US$ 1300,00
   TOTAL VENTAS: US$ 1000,00
   RETENCION BONO: US$ 156

FORMULARIO 104
   CASILLERO 101 MES CORRESPONDIENTE A LA DECLARACION
   CASILLERO 102 AÑO 2005
   CASILLERO 201 RUC
   CASILLERO 202 APELLIDOS Y NOMBRES
   CASILLERO 301 1
   CASILLERO 501 TOTAL VENTAS (SUMA FACTURAS EMITIDAS )
    2300,00
   CASILLERO 551 12% DE 2300,00 276,00
   CASILLERO 601 TOTAL COMPRAS US$700
   CASILLERO 651 12% DE 700, 84,00
   CASILLERO 701 276 – 84 = 192
   CASILLERO 705 156
   CASILLERO 799 40
   CASILLERO 902 40
   CASILLERO 905 40
   El formulario no puede estar con
    borrones, tachones o
    enmendaduras, todos los
    espacios tienen que estar
    anulado

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Registro Único de Contribuyentes RUC Ecuador

  • 1. REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES RUC  Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que realicen en el país, actividades económicas con o sin fines de lucro, deben inscribirse en el Servicio de Rentas Internas
  • 2. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL RUC  IDENTIFICACION Ecuatorianos: Original y copia de la cédula de ciudadanía y Original y copia del certificado de votación del último proceso electoral
  • 3. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL RUC  Extranjeros residentes en el Ecuador Original y Copia de la cédula de identidad u original del pasaporte y copias de la identificación y tipo de visa vigente
  • 4. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL RUC  IDENTIFICACION DEL DOMICILIO Original y copia de planilla de pago de uno de los servicio públicos (luz, agua, teléfono) correspondiente al domicilio del contribuyente o al lugar donde se desarrolla la actividad económica y referente a uno de los tres meses anteriores a la fecha de inscripción o contrato vigente de arrendamiento del inmueble
  • 5. REQUISITOS PARA LA OBTENCION DEL RUC  OTROS DOCUMENTOS - ARTESANO - CONTADOR - TRANSPORTISTA - PROFESIONAL - AGENTE AFIANZADO DE ADUANAS - EXTRANJERO CON RANGO DIPLOMATICO - PERSONA NATURAL QUE REALIZA ACTIVIDADES EDUCATIVAS
  • 6. ACTUALIZACION DEL RUC  Es obligatoria la actualización del RUC, cuando se produzcan cambios tales como: * Actividad económica o reinicio de la misma * Dirección, teléfono, Representante Legal, Gerente General * Apertura de nuevos establecimientos o cierre de ellos * Otros (relacionados con datos del RUC)
  • 7. COMPROBANTES DE VENTA Y COMPROBANTES DE RETENCION LA EMISION DE COMPROBANTES DE VENTA Y COMPROBANTES DE RETENCION SON LOS UNICOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN LA LEGITIMIDAD DE LA ADQUISICION DE BIENES O PRESTACION DE SERVICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA Y SIRVEN PARA SUSTENTAR INGRESOS, COSTOS Y GASTOS Y RECONOCIMIENTO DEL CREDITO TRIBUTARIO A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE PARA EMITIR ESTOS COMPROBANTES, EL CONTRIBUYENTE REQUIERE LA AUTORIZACION DEL SRI
  • 8. COMPROBANTES DE VENTA Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS  SON COMPROBANTES DE VENTA UNICAMENTE LOS SIGUIENTES – Facturas – Notas o boletas de venta – Tiquetes de máquinas registradoras – Boletos o entradas a espectáculos públicos – Liquidación de compras o servicios
  • 9. COMPROBANTES DE VENTA Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS  OTROS DOCUMENTOS AUTORIZADOS – Los emitidos por los bancos e instituciones financieras crediticias que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Bancos – Documento aduanero unificado y demás comprobantes de venta recibidos en las operaciones de importación – Boletos o tiquetes aéreos y los documentos por pago de sobrecarga expedidos por compañías de aviación
  • 10. COMPROBANTES DE RETENCION  Son documentos autorizados que acreditan la retención de impuestos establecida en la Ley de Régimen Tributario Interno  Estos documentos deben ser emitidos por los agentes de retención de impuestos  Las retenciones se refieren a transacciones gravadas con el Impuesto a la Renta (IR) o con el Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • 11. COMPROBANTES DE RETENCION  Son agentes de retención: * Instituciones del Sector público * Sociedad * Personas Naturales obligadas a llevar contabilidad (Patrimonio Propio mayor a US$ 24.000 o cuyos ingresos en el ejercicio anterior sean mayores de US$ 40.000
  • 12. Autorización para emitir comprobantes de venta y de retención  REQUISITOS – Acercarse a uno de los establecimientos autorizados Imprenta – La imprenta valida y verifica la información del contribuyente a través de internet – El sistema automatizado del SRI concede la autorización con base en el cumplimiento tributario del contribuyente
  • 13. Plazos de Vigencia de la autorización  Con cumplimiento de obligaciones al día se concede por un año  Con obligaciones pendientes: por una sola vez se concede autorización por tres meses, plazo en el cual el contribuyente debe regularizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias
  • 14. Causas para negar la autorización  Estar en trámite la suspensión del RUC  Falta de presentación de declaraciones por más de un año  Dirección declarada en el RUC que no corresponda
  • 15. ARCHIVAR DOCUMENTOS  Los comprobantes de venta y retención emitidos y anulados deberán ser archivados en forma secuencial y cronológica y conservados por un plazo mínimo de seis años
  • 16. COMPROBANTES DE RETENCION  Emite el comprador (Agente de Retención) en la adquisición de bienes y servicios; por retenciones del Impuesto a la Renta y/o IVA  Plazo de entrega del comprobante 5 días desde la fecha de recepción del comprobante de venta  Crédito tributario: para fines contables y efectos del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • 17. INSTRUCCIONES GENERALES PARA DECLARAR IMPUESTOS Usted puede declarar y pagar sus impuestos en las siguientes entidades financieras autorizadas por el SRI AMAZONAS, BOLIVARIANO, GUAYAQUIL, MACHALA, AUSTRO, LITORAL, PICHINCHA, RUMIÑAHUI, INTERNACIONAL, FOMENTO, TERRITORIAL, PRODUBANCO, LOJA, PACIFICO, SERVIPAGOS Las Instituciones financieras deben recibir los formulario de declaración y pago de los contribuyentes, sean o no clientes y tengan o no valor a pagar
  • 18. INSTRUCCIONES GENERALES PARA DECLARAR IMPUESTOS  Entregarán sus declaraciones en las ventanillas del SRI únicamente los contribuyentes cuya declaración no tenga valor a pagar (o) los contribuyentes especiales, calificados por el SRI quienes presentarán sus declaraciones en medio magnético
  • 19. INTERNET  Los contribuyentes pueden realizar sus declaraciones, sin ningun costo ingresando a la página web del SRI que permanece habilitada 24 horas al día los 365 día del años  La declaración debe hacerse dentro de los plazos reglamentarios considerando la fecha de vencimiento  Para declara por INTERNET el contribuyente debe firmar un acuerdo de responsabilidad que esta disponible en la página web o en el área de declaraciones de las Oficinas del SRI
  • 20. INTERNET  El SRI otorga una clave de garantía técnica y jurídica de identidad del contribuyente  El contribuyente recibirá el sobre de seguridad quienes presenten una copia de su cédula de identidad y el acuerdo de responsabilidad, en la Unidad de Declaraciones en las oficinas del SRI  Los pagos de hacen con débito bancario, para lo cual el contribuyente suscribe una autorización
  • 21. PROGRAMAS  Para que los contribuyentes puedan elaborar sus declaraciones el SRI, pone a su disposición el programa DIMM (Declaración de Impuestos en Medio Magnético), que se lo puede obtener gratuitamente en la pagina web del SRI  El SRI cuenta con un módulo de consultas que permite al contribuyente verificar la información presentada a través de internet
  • 22. PLAZO DE DECLARACION Y PAGO DE IMPUESTOS  TOMAMOS EL NOVENO DIGITO DEL RUC 0102061280001 Noveno dígito x 2 Resultado + 8 = Día tope 8 x2 16 + 8 = 24
  • 23. FORMULARIOS PARA LA DECLARACION  Las declaraciones son mensuales y se las realizan en el formulario 104
  • 24. DECLARACIONES FORMULARIO 104  Sumamos todas las facturas emitidas por el contribuyente en el mes respectivo  Sumamos todas las facturas de compras recibidas por el contribuyente en el mes respectivo
  • 25. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones tardíamente, deben calcular los intereses por mora y las multas correspondientes  El interés por mora, se calcula sobre el impuesto a pagar campo 302 y su tarifa se determina con base en la siguiente tabla
  • 26. TASAS DE INTERES POR MORA TRIBUTARIA  TRIMESTRE DE ENERO – MARZO DEL 2005 0.736%  TRIMESTRE DE ABRIL – JUNIO DEL 2005  TRIMESTRE DE JULIO – SEPTIEMBRE DEL 2005
  • 27. Sumamos el valor antes del IVA de las facturas emitidas en Septiembre antes del IVA , ese valor lo colocamos en el campo 501, de ese valor sacamos el 12% y los colocamos en el casillero 551  De igual manera tomamos el valor antes del IVA de las compras realizadas y colocamos en el casillero 601, de ese valor sacamos el 12% y los colocamos en el casillero 651
  • 28. EJEMPLO  CONTRIBUYENTE: LUIS EUGENIO CALLE MEJIA  RUC: 0102773222001  TOTAL COMPRAS: US$ 700,00  BONO DE LIDERAZGO: US$ 1300,00  TOTAL VENTAS: US$ 1000,00  RETENCION BONO: US$ 156 
  • 29. FORMULARIO 104  CASILLERO 101 MES CORRESPONDIENTE A LA DECLARACION  CASILLERO 102 AÑO 2005  CASILLERO 201 RUC  CASILLERO 202 APELLIDOS Y NOMBRES  CASILLERO 301 1  CASILLERO 501 TOTAL VENTAS (SUMA FACTURAS EMITIDAS ) 2300,00  CASILLERO 551 12% DE 2300,00 276,00  CASILLERO 601 TOTAL COMPRAS US$700  CASILLERO 651 12% DE 700, 84,00  CASILLERO 701 276 – 84 = 192  CASILLERO 705 156  CASILLERO 799 40  CASILLERO 902 40  CASILLERO 905 40
  • 30. El formulario no puede estar con borrones, tachones o enmendaduras, todos los espacios tienen que estar anulado