2. MANUAL DE CONVIVENCIA
AÑO 2012
ACUERDO No. 001
De 2 de Diciembre de 2011
Por medio del cual se adopta l a reestructuración del Manual de
Convivencia de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, de
conformidad con lo aprobado en Acta N o. 001 de 01 de Diciembre de 2006, con
fundamento en la Constitu ción Política de Colombia, el Código de la Infancia y
la Adolescencia, la Ley General de Educación No. 115 de 1994 y sus Decretos
Reglamentarios, especialmente el 1860 de 1994 , Decreto 1290 de 16 de Abril
de 2009 y las directrices dadas por la Corte Consti tucional Colombiana.
RESUELVE
Reestructurar el manual de Convivencia por medio del cual se rigen los
estamentos de nuestra comunidad educativa; este Manual de Convivencia hace
parte integral del Proyecto Educativo Institucional (PEI), de acuerdo con los
principios fundamentales y los artículos que a continuación se señalan:
PRINCIPIOS GENERALES
La ESCUELA PARROQUIAL MIXTA con base en los principios de su filosofía y en
acuerdo con los representantes de los Estudiantes, padres de familia o
acudientes, profesores, directivos y comunidad educativa en general, que
contiene las normas que regulan la convivencia y es deber respetarlo, acatarlo
y hacer aportes para mejorarlo.
Este documento establece los parámetros u orientaciones para:
Facilita el desarrollo de la convivencia armónica de las personas que
interactúan en la vida escolar.
Explicar el orden jerárquico, las líneas de autoridad, los canales de
comunicación, los derechos, deberes, funciones y compromisos de los
diferentes estamentos de la comunid ad educativa.
Presentar estrategias para conciliar intereses que aseguren el logro de
los objetivos preestablecidos, dentro de un ambiente pacífico y
democrático.
2
3. JUSTIFICACIÓN
La convivencia social y los retos pedagógicos requieren de los principios del
respeto, justicia, verdad, diálogo, compromiso, libertad y comprensión, como
una necesidad sentida por la sociedad en la cual las instituciones educativas
ejercen una labor significativa, por cuanto los jóvenes están llamados a liderar
acciones que contribuyan a mejorar la convivencia y elevar así la calidad en la
sociedad.
El Manual de los Estudiantes de la Escuela Parroquial Mixta de Plato
Magdalena, es concebido como un proceso democrático que busca la excelencia
en las relaciones interpersonales al interior de la Institución con proyección a
la familia y al grupo social donde interactúan nuestros estudiantes.
El espacio de vida de nuestros estudiantes cuenta con acompañantes que los
escuchan y ayudan a encontrarse consigo mismos, a descubrir la vida,
potencializar capacidades, suplir falencias, superar dificultades, amar a Dios y
a las demás personas.
¡Queridos Estudiantes!
Queremos invitarlos a leer con atención este Manual de Convivencia en el cual
conoceremos como debe ser nuestro comportamiento en todos los momentos
del compartir dentro y fuera de la Escuela.
Encontraremos derechos, deberes, consecuencias del comportamiento
inadecuado de los estudiantes, el perfil del estudiante, los organismos de
participación y los estímulos de buen comportamiento.
Analizando este manual encontramos que es acorde con los principios de
responsabilidad y de libertad que nos hacen dignos participantes de una
educación integral, teniendo en cuenta que somos miembros activos de una
comunidad y nuestras acciones positivas o negativas influyen en el grupo al
cual pertenecemos.
IDENTIFICACIÓN
¿QUIÉNES SOMOS?
La Escuela Parroquial Mixta es una Institución Educativa de tradición en
nuestro municipio que durante 62 años ha servido de primer eslabón en la
formación de muchos plateños que hoy por hoy se muestran como
profesionales en diversos campos profesionales.
Imparte educación a estudiantes de Preescolar, Básica Primaria y Bachillerato,
sin discriminación de raz a, sexo, nacionalidad o credo.
Instruye y pone en práctica las enseñanzas de la iglesia católica, pero al
mismo tiempo respeta profundamente a quienes profesan otras ideologías
3
4. religiosas, conforme al derecho de la libertad de enseñanza consagrada en la
Carta Constitucional, artículo 68.
FUNDAMENTOS INSTITUCIONALES
Los fundamentos institucionales que a continuación se enuncian son los
mismos que están relacionados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI), y
en su consecuencia las modificaciones que se le introduzcan serán comunes
para uno y otro documento.
MISIÓN
Formar, de manera integral, jóvenes que desarrollen capacidades
excepcionales para ingresar a la educación superior, de igual forma puedan
desempeñarse en las empresas de conocimiento que están cambiando el
mundo, con la práctica de la pedagogía conceptual, asumiendo el compromiso
de “ser mejores cada día”.
VISIÓN
La Escuela Parroquial Mixta se proyecta para el año 2 019 como una Institución
de alta calidad educativa reconocida a nive l Nacional con tecnología avanzada
en la formación de ciudadanos competentes que serán agentes de cambio en
los contextos local, regional y nacional.
FILOSOFÍA
La Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, concibe al estudiante como
un ser integral y trascendente; de aquí la formación impartida es concebida
fundamentalmente como la apertura a nuevos espacios de socialización.
Su objetivo es preparar jóvenes integralmente en las competencias necesarias
para el éxito en sus estudios y actividades de la educación superior, que sean
capaces de transformar su entorno y el mundo que le toque construir.
La institución proporciona un ambiente de respeto y aceptación, p romoviendo
el desarrollo de la autoestima a través de la participación abierta y activa en
los diferentes programas escolares. Así mismo estamos comprometidos en el
rescate de las tradiciones y costumbres de nuestros ancestros.
Se procura que los padres asuman un papel activo en la educación de sus hijos
dándoles participación en las actividades programadas en la institución.
El ambiente de trabajo y enseñanza positiva permiten al docente responder
creativamente ante las necesidades de la institución y lo estimula a se r
competentes dentro del campo educativo actual.
4
5. OBJETIVOS INSTITUCIONALES
GENERAL
Promover en la comunidad educativa las capacidades, habilidades y
destrezas, suficientes y necesarias que le permitan desarrollar las
dimensiones humanas del pensar, sentir y actuar que contribuyan a su
formación integral, a la transformación del entorno ambiental, social y
cultural.
ESPECÍFICOS
Brindar una educación de calidad que nos permita formar integralmente
al estudiante para que continúe desenvolviéndose satisfact oriamente en
una sociedad en constante cambio.
Lograr en el estudiante a través de la acción educativa un crecimiento y
madurez personal y social que le hagan capaz de una opción vocacional
consciente y responsable.
Propiciar el sentido de fraternidad el cual hace referencia a la creación
de un ambiente saludable, armonioso de la comunidad educativa
parroquial con el propósito de lograr el afecto, la comunicación y
disciplina en el entorno Institucional.
Diseñar e implementar proyectos curriculares basados en procesos de
investigación que nos permitan el desarrollo de una educación de calidad
competente con las exigencias educativas actuales.
Fomentar en la comunidad educativa (docentes, estudiantes, padres de
familia, administrativos) el sentido de pertenencia con el fin de
organizar un trabajo conjunto que redunde en beneficio institucional.
Impulsar actividades lúdico–culturales que permitan al estudiante
desarrollar el aprecio por todo el legado de tradiciones heredados de
nuestros ancestros.
Promover en el estudiante valores que estimulen el esfuerzo y el
trabajo, para el desarrollo de la ciencia y la tecnología.
Desarrollar habilidades comunicativas, como la escucha, la comprensión
y la expresión, que permitan la convivencia social. Armónica y pacífica.
Desarrollar en el estudiante la capacidad analítica, crítica y creativa que
permita la interpretación y solución de problemas en todos los ámbitos
sociales.
5
6. RESEÑA HISTÓRICA
Fundada en 1950 por el Reverendo Padre Roberto Claro quien ten ía a su
cargo la parroquia de este municipio (de aquí nace su nombre).
En el año de 1951 se hace cargo de la dirección de la Escuela la señora
María Alfaro Vda. de Ospino, ésta cede el personal matriculado para que
las Hermanas Terciarias Capuchinas funda ran con éxito el Colegio La
Inmaculada Concepción.
Geográficamente la institución está ubicada en un sector céntrico de la
población lo que le permite que a ella afluyan gran cantidad de
estudiantes especialmente de un nivel socio -económico medio, ya que
sus padres en su mayoría son profesionales como abogados, médicos,
docentes, población que se complementa con personas económicamente
activa como comerciantes y trabajadores independientes que buscan
para sus hijos una educación de calidad y un mayor aco mpañamiento en
los diferentes procesos que esta requiere.
La Institución ofrece matrículas y pensiones asequibles al ingreso de
muchos hogares convirtiéndose en otro factor que permite que la
población estudiantil se incremente cada día más.
En su largo recorrido por la educación ha acogido en sus aulas a muchos
plateños que hoy sirven a la sociedad, en distintos campos de la
actividad laboral. Más que todo por su prestigio y tradición en la
educación y formación de un individuo centrado en valores a la luz del
Evangelio y principios cristianos, pero respetando y acogiendo el derecho
de la libertad de culto y expresión que consagra Nuestra Constitución y
la Ley General de la Educación.
Hoy dotados de una planta de docentes excelentes que bajo la Directora
desempeñan su trabajo de manera profesional, un departamento de
psicocorientación completo al servicio de la comunidad para cerrar los
lazos de fraternidad con los padres de familia en la orientación de sus
hijos, preocupados por una educación de calidad.
Cuenta con una sala de informática que nos lleva a seguirle los pasos a
la modernidad que cada día exige de la educación un mayor compromiso
con gran sentido de pertinencia, pero centrados en el contexto regional y
nacional sin deslindarse de la aldea global.
6
7. CAPÍTULO PRIMERO
DE LA INSTITUCIÓN Y SUS ESTUDIANTES
SECCIÓN PRIMERA: DE LA INSTITUCIÓN
Artículo 1. CARACTERIZACIÓN.
Nombre Escuela Parroquial Mixta
Jornada Diurna
Dirección Carrera 13 # 7 – 37
Teléfono (5) 4850313
Fax (5) 4840289
Blog http//:espamix.blogspot.com
E-mail espamix@hotmail.com
Departamento Magdalena
Municipio Plato
Código DANE 347555000006
Registro NIT 900073262-0
Fundación Enero de 1950
Naturaleza Privada
Representante Legal Fanny Esther Ospino Ospino
Licencia de Funcionamiento Res. No. 30 de Marzo 11 de 1961 de la
Secretaría de Educación Pública del Magdalena.
Res. No. 110 de Agosto 11 de 1972 de la
Secretaría de Educación Pública del Magdalena.
Resolución de Aprobación Res. No. 9425 de Noviembre 21 de 1974 del
Ministerio de Educación Nacional.
Res. No. 12482 de Diciembre 17 de 1976 del
Ministerio de Educación Nacional.
Res. No.760 de Septiembre 7 de 1992.
Res. No. 03 del 6 de Marzo del 2006.
Emanada de la Secretaría de Educación del
Magdalena.
Res. No. 3116 de 2000 emanada por la
Secretaría del Desarrollo de la Educación del
Magdalena.
Res. No. 003 de abril 1º del 2004 de la
Secretaría del Desarrollo de la Educación del
Magdalena.
Res. No. 034 de Marzo 6 de 2006 de la
Secretaría del Desarrollo de la Educación del
Magdalena.
Niveles Ciclo Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y
Media Académica
Modalidad Bachiller Académico
Carácter Mixto
7
8. Calendario A
Orientación Religiosa Católica
Convenio Fundación Internacional de Pedagogía
conceptual Alberto Merani (Lectores
Competentes y Ética y Liderazgo con
Inteligencia Emocional.
Servicio Nacional de aprendizaje (SENA),
integración con la Educación Media en
Mantenimiento de Equipos de Computo.
Horario y Jornada Laboral 6:15 a.m. a 12:40 m.
Inscripción del PEI. ante la 25 de marzo de 1997
Secretaría de Educación
8
9. Artículo 2. ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA INSTITUCIÓN.
El organigrama que a continuación se presenta, define el ordenamiento
administrativo de la Institución Educativa Escuela Parroquial Mixta, con sus
directivos, líneas jerárquicas de asesoría y coordinación.
INSTITUCIÓN
EDUCATIVA ESCUELA
PARROQUIAL MIXTA
ASOPADRES DE
FAMILIA
CONSEJO DE CONSEJO CONSEJO
ESTUDIANTES
RECTOR
DIRECTIVO ACADÉMICO
ASOCIACIÓN DE
EXALUMNOS SECCIÓN SECCIÓN SECCIÓN DE
ADMINISTRATIVA ACADÉMICA CONVIVENCIA
COORDINACIÓN
SECRETARÍA
DE CONVIVENCIA
COORDINACIÓN
ACADÉMICA
PAGADURÍA
COMITE DE
JEFE DE ÁREA CONVIVENCIA
SERVICIOS
GENERAL
DIRECTORES DE
GRUPO
COMISIÓN DE
EVALUACIÓN Y
DOCENTES
PROMOCIÓN
DEPARTAMENTO
PERSONERO DE ORIENTACIÓN
ESTUDIANTIL
ESTUDIANTES
Autoridad
CONVENCIONES Asesoria
Coordinación
El Gobierno Escolar estará conformado por:
El Consejo Directivo
La Directora
El Consejo Académico
Además, el Gobierno Escolar contará con los siguientes organismos:
El Comité de Convivencia
El Comité de Bienestar Social
9
10. Por los estudiantes:
El Consejo de Estudiantes
El Representante de los Estudiantes
El Personero de los Estudiantes
La Asociación de Exalumnos
Por los Padres de Familia:
La Asociación de Padres de Familia
El Consejo de Padres de Familia
Artículo 3. REPRESENTANTE LEGAL ADMINISTRATIVO.
El Legal Administrativo tiene autonomía frente al consejo directivo en el
desempeño de sus funciones administrativas, financieras, laborales y
patrimoniales, respecto de las cuales actuará como última instancia y realizará
las actividades que determine la junta de socios propietarios, además de lo
previsto en los estatutos de la misma. Son sus funciones.
a. Representar legalmente el plantel.
b. Establecer criterios para dirigir la institución de acuerdo con las normas
vigentes.
c. Establecer canales y mecanismos de comunicación.
d. Dirigir y supervisar el desarrollo de las actividades administrativas del
plantel.
e. Ordenar el gasto del plantel.
f. Administrar el personal de la institución de acuerdo con las normas
vigentes.
g. Dirigir y participar en la ejecución del programa anual de evaluación de
la institución y enviar el informe a la entidad administrativa
correspondiente.
h. Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la
naturaleza del cargo.
i. Integrar el Comité directivo y Aca démico, participar y supervisar los
comités que requieran su presencia.
Artículo 4. DEL CONSEJO DIRECTIVO. (Ley 115/94, art. 143).
Es la instancia administrativa y académica de la escuela. El Consejo Directivo
estará conformado por:
a. La Directora, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez por
mes y extraordinariamente cuando lo considere necesario. En ausencia
de la directora estas funciones serán asumidas por el coordinador
académico.
b. Dos representantes del personal docente, los cuales serán elegidos por
mayoría de votantes en una asamblea de docentes.
c. Dos representantes de los padres de familia quienes serán elegidos por
la junta directiva del Consejo de Padres de Familia. El Consejo Directivo
citará a Asamblea general de padres de familia para la constitución de la
10
11. junta directiva en los primeros meses de l calendario académico; en caso
de no ser citado por la junta directiva vigente. (de acuerdo al Decreto
1286 artículo 9 parágrafo 2 de abril de 2005 la Asociación de Padres de
Familia elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el
Consejo directivo, siempre y cuando el número de afiliados a la
Asociación alcance la mitad más uno de los padres de familia de los
estudiantes matriculados).
d. Un representante de los estudiantes elegidos por el consejo de
Estudiantes entre los estudiantes del grado 11 º.
e. Un representante de los egresados, elegido por el Consejo Directivo, de
terna presentada por la organización que reúne a estos, o en su defecto
por quien haya ejercido el año inmediatamente anterior el cargo de
representante de los estudiantes.
f. Un representante del sector productivo, organizados en el ámbito local,
o de las entidades que auspicien o patrocinen el funcionamiento del
centro educativo.
Este representante será escogido por el consejo directivo, de candidatos
propuestos por dichas organizaci ones. La elección de este representante se
llevará a cabo dentro de los primeros 30 días del calendario académico.
Artículo 5. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
(Ley 115/94, art. 142, inciso 3 y 144; Decreto 1860, art. 23)
a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución,
excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las
reservas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos
privados.
b. Servir de instancias para resolver los conflictos que se presente n entre
los miembros de la comunidad después de haber agotado los
procedimientos previstos.
c. Adoptar el manual de convivencia o reglamento de la institución.
d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de la comunidad educativa,
cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.
e. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente
presentado por l a Directora.
f. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo
institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a
consideración de la secretaria de educación respectiva o del organismo
que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los
requisitos establecidos en la ley y los decretos reglamentarios.
g. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la instit ución educativa.
h. Establecer estímulos para el buen desempeño académico y social del
estudiante que han incorporarse al reglamento o manual de convivencia.
i. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y
personal administrativo de la inst itución.
j. Recordar criterios de participación de la institución en actividades
comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
11
12. k. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en
la realización de las actividades educativas, cultura les, recreativas y
deportivas.
l. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con
otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones
juveniles.
m. Fomentar y reglamentar la conformación de asociaciones de padres de
familia y de estudiantes.
n. Reglamentar los procesos electorales previstos por los decretos
reglamentarios.
o. Crear los diferentes comités necesarios para realizar las actividades
culturales, sociales, recreativas, académicas, de convivencia,
disciplinarias y otros que sean necesarios de acuerdo a las normas que
rigen la educación en Colombia y/o que contribuyan al proceso integral
de la comunidad educativa de la institución.
p. Establecer estímulos para estudiantes, egresados, docentes,
administrativos y padres de familia que se distinguen por su
colaboración en beneficio de la institución y de las relaciones armónicas
entre los miembros de la comunidad educativa.
q. Servir como última instancia para la cancelación del contrato se servicio
educativo, después de agotado los rec ursos necesarios en el debido
proceso.
r. Darse su propio reglamento.
De cada reunión del Consejo se levantará un acta. Sus decisiones se
formalizarán mediante acuerdos. Tantas las actas como los acuerdos deben ser
firmados y comunicados por l a Directora y la Secretaria de la Institución
siendo esta última quien cumpla las funciones de secretaria y archivo del
Consejo Directivo.
Artículo 6. DE LA DIRECTORA Y SUS FUNCIONES.
Es el orientador del proceso educativo, en tal calidad, además de las
actividades que le corresponde realizar de acuerdo con lo previsto en el
Reglamento Interno de Trabajo o Manual de Funciones de la Institución y en el
Manual de Convivencia con relación al Gobierno Escolar y otras normas
vigentes, debe:
a. Decidir o dar trámite correspo ndiente a las situaciones académicas, de
convivencia y extra-académicas que sea de su conocimiento de acuerdo
con sus competencias y siguiendo el conducto regular establecido en la
Escuela Parroquial Mixta.
b. Producir las resoluciones internas y demás actos de administración
propios de sus funciones, así como los actos necesarios para hacer
cumplir las decisiones de los Consejos y demás organismos del
establecimiento.
c. Coordinar el trabajo de los Consejos, comités y organismos de la Escuela
en procura de la armonía en los fines, filosofía y objetivos
institucionales.
12
13. d. Presentar ante el representante legal las solicitudes que comprometan el
recurso económico fuera de sus funciones y alcances.
e. Determinar la planta de docentes de la institución de acuerdo con las
directrices de la dirección administrativa.
Artículo 7. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE CONVIVENCIA.
a. Acatar y poner en práctica los lineamientos de la filosofía Institucional.
b. Establecer canales y medios de comunicación entre los miembros de la comunidad.
c. Supervisar el cumplimiento de docentes, estudiantes y administrativos.
d. Elaborar y aplicar instrumentos de seguimiento y control a docentes, alumnos y
administrativos.
e. Citar a los padres de Familia para tomar decisiones en el mejoramiento
disciplinario de sus hijos.
f. Fomentar con los demás miembros de la comunidad la cultura por la paz y la
convivencia pacifica.
g. Orientar los informes periódicos sobre los estados de desarrollo de los estudiantes.
h. Informar a la directora los casos de disciplina que considere necesario un
tratamiento especial.
i. Organizar y vigilar comités de vigilancia con los docentes.
j. Velar conjuntamente con la directora el cumplimiento de las 40 semanas de
desarrollo pedagógico.
k. Controlar conjuntamente con la directora las novedades del personal docente y
administrativo.
l. Revisar periódicamente los seguimientos y controlar de disciplina e informar a los
respectivos tutores de casos especiales.
Artículo 8. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADÉMICO.
a. Acatar y poner en practica los lineamientos de la filosofía Institucional.
b. Colaborar con la directora en la elaboración, ejecución, control y
evaluación del PEI.
c. Coordinar con el consejo académico la elaboración del plan de estudio.
d. Orientar la elaboración de proyectos de aula según lo establecido en el
proyecto educativo y velar por su ejecución.
e. Asesorar el seguimiento académico que realizan los docentes en sus
estudiantes.
f. Citar a los Padres de familia para tomar decisiones sobre el
mejoramiento académico de sus hijos.
g. Confrontar logros de docentes con estudiantes.
h. Planificar actividades de recuperación acorde al cronograma institucional.
i. Responder por los materiales a su disposición.
j. Convocar y dirigir las reuniones de las comisiones de evaluación y
promoción escolar en los diferentes grados.
k. Planificar con los demás miembros de la comunidad las acciones de
capacitación requeridas.
l. Proponer la construcción y desarrollo de estrategias que dinamicen y
faciliten la operación del proyecto educativo institucional.
13
14. m. Estimular el uso y desarrollo de los medios tecnológicos y científicos que
permitan una formación intelectual y competitiva del estudiante,
docentes y comunidad en general.
Artículo 9. DEL CONSEJO ACADÉMICO.
(Ley 115/94, art. 145 y decreto 1860, art. 24).
Es la instancia superior en la orientación académica y pedagógica de la
Escuela.
El Consejo Académico estará integrado por:
a. La Directora quien lo presidirá.
b. El coordinador académico quien lo convocará y en ausencia del rector, lo
presidirá.
c. El jefe del departamento de orientación.
d. Los directivos docentes de la institución.
e. Un docente por cada área definida en el plan de estudios.
Artículo 10. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO.
(Decreto 1860/94, art. 24).
El Consejo Académico tendrá las siguientes funciones:
a. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento académico de la
institución, resolver los conflictos académicos que se presenten entre
docentes y de éstos con los estudiantes, de acuerdo con su competencia
y el conducto regular establecido.
b. Servir de órgano consultor del consejo directivo en la propuesta del
proyecto educativo institucional (PEI) y sugerir los ajustes académicos
necesarios.
c. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo
las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto
en los decretos reglamentarios.
d. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
e. Diseñar la política, filosofía, estrategia e instrumentos de todas las
etapas del proceso de aprendizaje, de acuerdo con las normas generale s
dadas por las autoridades educativas y las previstas en el proyecto
educativo institucional (PEI) y velar por su ejecución.
f. Integrar los comités de docentes que sean necesarios para la evaluación
periódica de rendimiento y a promoción de los educandos, a signarles sus
funciones y supervisar el proceso general de evaluación.
g. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en
el proyecto educativo institucional, o las que le sean delegadas por otras
instancias competentes.
Artículo 11. DEL DIRECTOR DE GRUPO Y SUS FUNCIONES.
14
15. En la Escuela Parroquial Mixta, se establecen las direcciones de grupos,
quienes administraran el grupo que les sea asignado por la directora, tendrán
las siguientes funciones:
a. Participar en la programación de la administración y en todas las
actividades que éstos realicen.
b. Ejecutar el programa de inducción de estudiantes de grado confiado a su
dirección.
c. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus
efectos en los estudiantes.
d. Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su
comportamiento y aprovechamiento académico y remitir los estudiantes
que presenten algún problema de tipo psicológico o de aprendizaje al
departamento de orientación con el conocimiento del padre de familia.
e. Presentar un informe valorativo al comité de convivencia y disciplinario
de los estudiantes que demuestren un desempeño integral insuficiente.
f. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y
lograr en coordinación con otros estame ntos las soluciones más
adecuadas.
g. Establecer comunicación permanente con los profesores y padres de
familia o acudientes, para coordinar la acción educativa.
h. Participar en los programas de bienestar para los estudiantes de grupo a
su cargo.
i. Rendir periódi camente informe de las actividades y programas realizados
a la directora y coordinadores.
j. Controlar y supervisar los recreos especialmente del área donde están
ubicado el grupo a su cargo, acto cívico y otras actividades que se
celebren en la institución.
k. Realizar charlas con los padres de familia y entregarles los informes
académicos.
l. Supervisar la permanencia del estudiante en el puesto asignado.
m. Las demás funciones afines o complementarias que le sean atribuidas en
el PEI, o las que le sean delegadas por las instancias competentes.
Artículo 12. DEL DEPARTAMENTO DE PSICORIENTACIÓN Y SU S
FUNCIONES.
El departamento de psicoorientación es un servicio de bienestar estudiantil que
ofrece la institución siendo extensivo a la comunidad educativa en general.
a. Presentar a la directora el proyecto del plan de actividades anuales, de
acuerdo a sus funciones, en la segunda semana de clases.
b. Mediar en las dificultades que se presenten en las interrelaciones de los
miembros de la comunidad educativa.
c. Organizar y diseñar actividades en búsqueda de la colaboración de los
padres de familia para la preparación de la Primera Comunión.
d. Intervenir como consejera en el estudio y toma de decisiones sobre
casos especiales de comportamiento presentando por escrito los
resultados del seguimiento respectivo.
15
16. e. Elaborar diagnostico sobre situaciones problemáticas grupales y posibles
soluciones.
f. Asesorar a los miembros de la comunidad educativa en la búsqueda de
soluciones a problemas particulares o grupales.
g. Orientar a los estudiantes en el desarrollo de la personalidad para tomar
decisiones personales, identificar actitudes e intereses y reconocer las
formas de participar adecuadamente en la vida académica, social y
comunitaria.
h. Desarrollar programas y estrategias para la orientac ión profesional de
los estudiantes.
i. Diseñar, desarrollar y archivar los registros acumulativos de los
estudiantes.
j. Realizar talleres de formación obligatorios para aquellos estudiantes que
hayan incurrido en faltas académicas y disciplinarias contempladas en el
manual de convivencia y su debida certificación.
Artículo 13. DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINARIO.
En la Escuela Parroquial Mixta con el propósito de avanzar en la gestión de
mejorar los canales de concertación para el manejo de los conflic tos el Consejo
Directivo ha institucionalizado este comité, órgano asesor de las
coordinaciones de grado.
Por su naturaleza, el Comité de Convivencia y Disciplinario est á integrado:
a. La Directora, quien lo convocará y lo presidirá, el coordinador (según el
ciclo primara o bachillerato).
b. El director de grupo.
c. La psicoorientadora.
Artículo 14. FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y
DISCIPLINARIO.
El comité de convivencia y disciplinario tendrá las siguientes funciones:
a. Velar por el cumplimiento de las norm as establecidas en el Manual de
Convivencia de la Institución.
b. Llevar a cabo actividades que fomenten la convivencia entre la
comunidad educativa.
c. Tomar las decisiones y resolver, en primera instancia, los conflictos de
convivencia que se presenten en la comunidad educativa que fuesen
remitidos a este comité.
d. Diseñar, aplicar y hacer cumplir los instrumentos necesarios para
ejecutar los procesos de su competencia.
Artículo 15. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
En la Escuela Parroquial Mixta existirán básicamente tres instituciones de
representación de los estudiantes:
16
17. - El Consejo de los Estudiantes.
- El Personero de los Estudiantes.
- El Representante de los Estudiantes.
1. El consejo de los estudiantes estará integrado por un representante de
cada uno de los grados, los estudiantes de preescolar y básica primaria
serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único
entre los estudiantes que cursen el quinto grado.
2. El personero de los estudiantes será un estudiante que curse el úl timo
grado en la institución y estará encargado de propiciar el ejercicio de los
deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en la Constitución
Política colombiana, las leyes, los reglamentos y en el presente manual.
De acuerdo con ellos, entre otra s tendrá las siguientes funciones:
a. Promover el cumplimiento de los derechos de los estudiantes, para lo cual podrá
utilizar los medios de comunicación del establecimiento.
b. Pedir la colaboración, para organizar formas u otras formas de deliberación.
c. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre las
lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad
sobre el cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
d. Crear diferentes comités (cultural, recreación, deportes, etc.), con la colaboración
de los estudiantes que le ayuden a realizar las propuestas de su programa.
El personero será un estudiante que curse el último grado que ofrezca la
Institución, elegido dentro de los primero treinta (30) días del calendario
académico. Para tal efecto, el Rector convocará a todos los estudiantes
matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante el
voto secreto.
Relevo Del Cargo. El personero, debe mantener un buen rendimiento académico
y disciplinario en el ejercicio de sus funciones. En caso de no cumplir con lo
anterior o comete una falta grave, será relevado del cargo.
3. El Representante de los Estudiantes es un alumno perteneciente al
consejo de estudiantes y delegado por éste ante e l Consejo Directivo. La
designación se hará mediante el voto secreto, previa postulación
voluntaria o del mismo consejo. Será elegido quien obtendrá el mayor
número de votos y se hará en el periodo de elección del personero o un
plazo máximo de ocho (8) dí as calendario luego de elegido el consejo de
estudiantes.
Artículo 16. DE LA REPRESENTACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA.
Los padres de familia de la Escuela Parroquial Mixta estarán representados por
la asociación y el consejo de padres de familia, los cua les se organizaran como
a continuación se establece:
17
18. - El consejo directivo de la Escuela Parroquial Mixta promoverá la
formación de una asociación de padres de familia, para lo cual citará a
una asamblea constitutiva y facilitará el funcionamiento de ésta.
La asociación de padres además de las funciones que su reglamento determine
podrá desarrollar actividades como las siguientes:
a. Velar el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y su continua
evaluación.
b. Promover y desarrollar programas de form ación de padres y de cualquier
otro estamento de la institución para facilitar el cumplimiento de la
tarea educativa que les corresponde.
c. Contribuir al proceso de constitución y permanencia del consejo de
padres de familia, como apoyo a la función pedagógi ca que les compete.
Artículo 17. DE LOS EDUCADORES.
Los educadores de la Escuela Parroquial Mixta, para efectos de jerarquía y
subordinación administrativa, pedagógica y de convivencia están organizados
así:
a. Dependen de la directora: los coordinadores académicos y de
convivencia, quienes a su vez y de acuerdo con la competencia de cada
uno, son superiores jerárquicos de los jefes de áreas. El coordinador de
convivencia además es el encargado del control del cumplimiento de las
obligaciones de los educadores en general.
b. Los docentes de cada área dependen para efectos académicos de los
jefes de áreas. Finalmente en lo que se refiere a la dirección de los
cursos, están los maestros tutores.
En todo caso, además de lo dicho en el presente manual respecto d e los
educadores, éstos contarán con un reglamento interno de trabajo o manual de
funciones que detallará: funciones, deberes, derechos y demás aspectos
relacionados con su vinculación y permanencia en la institución.
18
19. CAPÍTULO SEGUNDO: ADMISIONES Y MATRÍCULAS
Artículo 18. DE LAS ADMISIONES Y MATRÍCULAS
Para adquirir la calidad del estudiante de la Escuela Parroquial Mixta es
necesario, a través de sus Padres de Familia o Acudiente, aceptar la Filosofía
institucional, sus fines y metas, su direccionalidad e intencionalidad descritas
en el PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, su MANUAL DE CONVIV ENCIA,
Perfil Parroquiano y el Reglamento que orienta la vida escolar, haber sido
ADMITIDO, previo el lleno de los requisitos previstos:
1. Registro Civil de Nacimiento.
2. 2 Fotos 3 X 4.
3. Para Primaria certificado del curso anterior aprobado.
4. Seguimiento disciplinario.
5. Paz y Salvo de donde proviene el alumno.
6. Certificado médico actualizado.
7. Fotocopia del carné E.P.S.
8. Certificados de vacunas para Kinder y Transición.
9. Fotocopia de la Tarjeta de Identidad, a partir de 4º primaria en adelante.
10. Para Bachillerato, certificados aprobados de cada uno de los cursos
anteriores desde el Grado Quinto de Básica Primaria.
11. Para Grado Undécimo, dos fotos tamaño 2.5 x 4 fondo azul (para la Libreta
Militar).
12. La Escuela al establecer el valor de la matrícula y pensiones para cada año
escolar se atiene a las normas, que emanan del M.E.N. para colegios
privados.
ARTÍCULO 19. VALOR DE LAS PENSIONES Y PAGO OPORTUNO
Teniendo en cuenta el numeral dos (2) y el artículo cuatro (4) del decreto
2253 de 1995 se define la pensión como: la suma anual que se paga al
establecimiento educativo privado por el derecho del alumno a participar en el
proceso formativo durante el resp ectivo año académico, este monto se divide
en diez (10) cuotas iguales que se cancelan los cinco (5) primeros días de cada
mes. Los cuales deben cancelarse en las oficinas de l Banco BBVA Plato y en
nuestras oficinas.
ARTÍCULO 20. CONDICIONES DE INGRESO, PERMANENCIA Y RETIRO DE
ESTUDIANTES
Son estudiantes quienes estén matriculados con el cumplimiento de los
requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y las normas
propias de la Escuela.
Los criterios para la matrícula del estudiante s on:
a. Cumplir con los requisitos que señale el M.E.N. y la Escuela.
19
20. b. Estar en compañía de sus padres o acudiente en el momento de la
matrícula, sí es admitido.
La matrícula es un contrato que obliga a los padres de familia,
acudientes y estudiantes a cumpl ir con todas las normas que de él se
deriven y las contenidas en el MANUAL DE CONVIVENCIA.
c. Se garantiza la disponibilidad de cupo a los alumnos antiguos, siempre
y cuando entregue la reserva de cupo y se haga la matrícula en la fecha
indicada y conserve sus condiciones académicas y de convivencia.
d. el colegio se reserva el derecho de Admisión en el caso de alumnos, que
aunque hayan aprobado el curso, su actitud y comportamiento no
armonicen con la filosofía y/o con las normas del MANU AL DE
CONVIVENCIA.
ARTÍCULO 21. PERMANENCIA.
Para la permanencia de los estudiantes se exige a ellos y a sus padres
acudientes, actitud positiva y colaboradora tanto para el rendimiento
académico como cualquier actividad que el colegio programe.
a. El alumno que repruebe por primera vez un grado, de los señalados por
la Ley, y el P.E.I. tendrá derecho a continuar sus estudios siempre y
cuando haya tenido buen comportamiento y no exista otra causal de
exclusión contemplada en este manual.
b. El carácter de estudiante se pierde:
c. Por la inasistencia frecuente sin motivo ni justificación por escrito será
causal de pérdida del grado de acuerdo al artículo 53 del Decreto 1860
y el Decreto 1290/2009.
d. Por no cumplir las normas del manual.
e. La inasistencia de los padres de familia a reunion es y eventos ó el no
comprometerse con el proceso de formación integral del estudiante.
f. El no pago oportuno de la pensión, en forma habitual.
g. La Escuela se reserva el derecho a suspender el carácter de estudiante
a un alumno por bajo rendimiento académico determinado por la
Comisión de Evaluación y Promoción y aprobado por el Consejo
Directivo.
20
21. CAPÍTULO TERCERO: DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 22. PERFIL DEL ESTUDIANTE
a. CREYENTE: Comprometido con su comunidad en la defensa de la vida y
la dignidad humana, según las enseñanzas del evangelio.
b. SERVICIAL – SOLIDARIO: Comparte lo que es y lo que tiene con los
demás en especial con los más necesitados.
c. COMUNICATIVO: Escucha, lee, escribe y habla en forma sincera y
responsable.
d. ALEGRE: Se maravilla ante lo positivo de la vida y ama lo que hace.
e. AFECTUOSO (AMABLE): Se comprende a sí mismo, comprende a los
demás y se relaciona con amabilidad.
f. AUTÓNOMO: Demuestra seguridad en sí mismo(a) siendo capaz de
encauzar su vida iluminada por los valores cristianos.
g. ESTUDIOSO: Investiga, profundiza y analiza los interrogantes de la vida,
de la muerte, los avances de la ciencia y de la tecnología y el
mejoramiento de las condiciones de vida del ser humano.
h. CREATIVO: Ingenioso al resolver problemas y desar rollar sus habilidades
artísticas, culturales, sociales y deportivas.
i. RESPONSABLE: Asume las consecuencias de sus actos y es capaz de
tomar decisiones coherentes con los valores cristianos.
j. PARTICIPATIVO – DEMOCRÁTICO: Se integra activamente a su grupo,
contribuyendo a la solución de conflictos, dando alternativas y
soluciones posibles.
k. VALIENTE: Conoce y se ubica en la realidad social, económica, política y
cultural para transformar las situaciones injustas en defensa de la vida.
l. AGRADECIDO: Demuestra su gratitud hacia Dios, su familia, miembros
de la comunidad educativa y todo el que de una u otra forma de
relaciona con él.
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
ARTÍCULO 23. DE LOS DERECHOS.
21
22. Derecho es la facultad que tiene toda persona para DECIDIR Y EXIGIR sobre
las prerrogativas establecidas que le favorecen. Gracias a los derechos los
seres humanos estamos en condición de querer los que somos, defender lo que
sentimos y establecer relaciones afectivas honestas. El derecho de una persona
está limitado por los derechos de los demás. Los pilares para la buena
formación de los derechos humanos serán, el uso responsable de la libertad y
el manejo equilibrado de la autonomía estimulados por actos inteligentes y una
voluntad recia y decidida, lo que lleva a la per sona a la autogestión desde
todas las dimensiones, a saber: COGNITIVAS, ESPIRITUAL, EMOCIONAL E
INTERPERSONAL, lo que nos lleva al desarrollo de competencias sociales y
laborales.
ARTÍCULO 24. DE LOS ESTUDIANTES
Quienes estudiamos en la ESCUELA PARROQUIAL MIXTA lo hacemos porque nos
identificamos con su filosofía, por esta razón reconocemos como nuestros
derechos, los siguientes:
a. CONOCER EL MANUAL DE CONVIVENCIA.
b. Recibir una formación íntegra, acorde con la filosofía de la Escuela.
c. Recibir un trato amable de directivos, personal docente, administrativos,
padres de familia y compañeros.
d. Contar con un seguimiento académico y orientación psicológica a los
largo de su formación que facilite su crecimiento personal y lo prepare
para un responsable opción vocacional y profesional.
e. Que se le respete su vida, su dignidad, sus diferencias étnicas, creencias
religiosas, ideológicas y sus bienes.
f. Expresar sus opiniones y comunicar sus problemas y dificultades dentro
del respeto mutuo y normas de buena educac ión.
g. Participar en la elaboración del Proyecto Educativo Institucional según su
nivel de competencia.
h. Recibir una formación de excelente calidad educativa según las
exigencias y normas contempladas en la Ley General de Educación.
22
23. i. Conocer sus logros antes d e que sean sistematizados.
j. Recibir información oportuna sobre horarios, evaluaciones y toda actividad
que realiza la Escuela.
k. Recibir por escrito los informes de los logros obtenidos en cada período
académicos siempre y cuando estén a paz y salvo con la Es cuela de
acuerdo con el compromiso adquirido bilateralmente en el momento de la
matrícula.
l. Exigir de los maestros que guíen el proceso formativo y cumplan a
cabalidad sus deberes profesionales: puntualidad, preparación de clases,
evaluación, seguimiento académico y devolución oportuna de trabajos.
m. Elegir y ser elegido para los organismos y cargos donde los estudiantes
tengan representación sí reúnen los requisitos exigidos.
n. Que se le brinden actividades de superación en aquellos procesos donde
presenten deficiencias que afecten el desarrollo integral, siempre y cuando
cumpla con los deberes.
o. Ser escuchado(a) cuando haga reclamos justos y enmarcados en el
respeto, el orden y la disciplina.
p. Disfrutar de un ambiente de confianza, orden y exigencia en todas la s
actividades programadas por la Escuela.
q. Recibir atención personal y orientación cuando tenga dificultades
académicas, disciplinarias o de otra índole.
r. Solicitar asistencia afectiva, eficaz y razonable de los padres o acudientes
en sus dificultades, problemas y/o necesidades.
s. Participar en las actividades del tipo académico, cultural, religioso,
deportivo que se programen en la Escuela.
t. Usar las dependencias y enseres del establecimiento según las normas
establecidas.
u. Ser tratado igual que los demás.
v. Disfrutar del descanso y tiempo libre, haciendo de estos momentos de
esparcimiento y sana recreación.
w. Ser reconocido en las Izadas de Bandera y Menciones Especiales por sus
méritos en el desempeño escolar.
ARTÍCULO 25. DE LOS DEBERES.
23
24. Deber es lo que cada persona, por el compromiso adquirido voluntariamente, está
obligada a hacer, decir y sentir, mediante las normas y estilos de vida propuestos
para la convivencia social, de tal modo que los comportamientos permitan el
crecimiento y mejoramiento de la persona y de la comunidad, en la cual está
insertada.
ARTÍCULO 26. DE LOS ESTUDIANTES.
El ejercicio de tu libertad y la convivencia con los otros, te exige ciertos
“deberes” que debes cumplir para no traspasar el derecho ajeno, garantizar tu
socialización y permanencia en la Escuela.
a. Respetar la doctrina cristiana católica de la Escuela, así como defender y
cuidar su prestigio y bienes.
b. Mantener relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la
comunidad escolar.
c. Cuidar sus pertenencias, absteniéndose de llevar consigo artículos de valor
protegiendo los bienes ajenos. Es responsabilidad de los estudiantes la pérdida
de los mismos.
d. Portar con decoro y dignidad el uniforme de la escuela dentro y fuera del
plantel y sólo en los actos programados por la misma y sin portar prendas ni
objetos diferentes.
e. Asistir puntualmente a clases, actos, reuniones y actividades, y participar
en ellas activa y responsablemente.
f. Respetar y acatar las órdenes de los directivos y profesores de la Escuela y
cuando haya algún reclamo, seguir el conducto regular empleando el diálogo
como elemento de conciliación.
g. Solucionar cualquier tipo de conflicto por la vía del diálogo, procurando
hacer las paces dentro de un clima de cordialidad, sinceridad y demás valores
que exija la convivencia social.
h. Demostrar delicadeza propia de la mujer en sus actitudes, vocabulario y en
todas sus actuaciones.
24
25. i. Los estudiantes varones deberán asumir actitud propia de su naturaleza,
demostrando su caballerosidad con sus compañeros y profes ores.
j. El comportamiento dentro y fuera de la Escuela debe corresponder a los
principios de la educación y buenas maneras propias de la comunidad educativa
y a la filosofía que los identifica.
k. Cumplir con los deberes escolares que la Escuela le exige, activ idades
individuales o colectivos programadas por la misma.
l. No consumir alimentos o agua en el aula de clases.
m. Proveerse oportunamente del material de trabajo: útiles, libros, cuadernos,
implementos necesarios para el normal y eficaz desarrollo de su activi dad
académica.
n. Ser responsable de su proceso de aprendizaje para que los logros sean
óptimos de acuerdo con las exigencias de la Escuela y de sus aspiraciones como
persona.
o. Responder a las exigencias contraídas en el contrato, firmado en el
momento de la matrícula.
p. Realizar las entradas, salidas y desplazamientos con prontitud, orden,
prudencia y educación.
q. Permanecer en completo orden dentro del salón de clases en ausencia de
los profesores, aprovechando en forma correcta el tiempo libre.
r. Entregar a tus padres la información que por escrito envíe la Escuela.
s. Obrar con solidaridad y justicia de manera especial ante calamidades,
dificultades o accidentes que puedan presentarse.
t. Proteger tu salud cuidando tu aseo, personal, observando las reglas de
higiene.
u. Colaborar con las actividades culturales y económicas de la Escuela que
tengan propósitos de fortalecer y mejorar la calidad de la Institución.
v. Contribuir a la conservación, mejoramiento y embellecimiento de la planta
física y demás materiales de la Escuela. Preservar, respetar y cuidar el medio
ambiente.
w. Entregar en buen estado su pupitre (silla).
x. Asumir el costo de reparación de cualquier daño que ocasiones ya sea
individual o colectivo.
y. Pertenecer a los comités que organiza la Escuela.
25
26. z. Traer lo necesario para las clases. La Escuela no recibe objeto o útiles
olvidados.
ARTÍCULO 27. ESTÍMULOS
El mejor estímulo es la satisfacción del deber cumplido, tu crecimiento
personal y el respeto a los derechos de los demás.
La Escuela otorga estímulos no solo porque sobresalga en rendimiento
académico, sino también en los demás procesos del desarrollo humano.
a. IZAR EL PABELLÓN NACIONAL: Cuando te hayas destacado en los
aspectos propuestos por los organizadores de los actos cívicos.
Para las Izadas de Bandera que se realizarán en los siguientes periodos
académicos solamente se pueden resaltar a aquellos estudiantes que tengan un
promedio igual o superior de cuatro punto cinco (4.5).
Las demás Izadas de Bandera el estudiantes para poder ser nombrado necesita
estar en el ochenta por ciento (80%) de las listas de los docentes, de acuerdo con
su desempeño escolar.
b. DIPLOMAS, MEDALLAS Y PREMIOS: Para los estudiantes que durante el
año hayan sobresalido por su rendimiento académico, responsabilidad,
compañerismo y demás valores.
c. MATRÍCULA DE HONOR: Para los estudiantes que se hayan distinguido
por su excelencia en todos los campos y valores, ocupando el primer
puesto durante el año escolar.
ARTÍCULO 28. FALTAS.
Se consideran faltas el no cumplimiento de las normas de convivencia
establecidas en este manual, siendo las acciones que afectan el principio del libre
desarrollo de la personalidad y comunitario en cuanto lesionan los derechos
fundamentales de las personas.
Las faltas de convivencia para efectos de las medidas se clasifican como faltas
leves o faltas graves, atendiendo a su naturaleza y sus efectos, las modalidades y
26
27. circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes
personales del educando.
ARTÍCULO 29. FALTAS LEVES.
a. Vestir el uniforme indebidamente.
b. Tener uñas largas, sucias o pintadas con colores, así como también el uso
de maquillaje y traer artículos de belleza.
c. Usar prendas llamativas o extravagantes.
d. Usar cortes y tintes extravagantes en el cabello.
e. Usar aretes y/o anillos grandes, cadenas, collares, manillas.
f. Masticar chicle y comer en los salones, laboratorios, biblioteca y oficinas.
g. Sentarse incorrectamente durante el desarrollo de los procesos en
cualquier lugar de la comunidad.
h. Llegar a la Escuela fuera de las horas establecidas sin causa justificada.
i. Salir del aula de clases sin permiso previo del docente en turno y durante los
cambios de clases.
j. Tirar las sillas o mantenerlas en desorden durante las actividades diarias o al
terminar la jornada.
k. Incumplir con los deberes académicos.
l. Descuidar el aseo, el orden en tu presentación personal o tus útiles de estudio.
m. Hacer desorden, comer y/o hablar continuamente y sin necesidad en el
salón de clases o realizar actividades diferentes al tema de estudio.
n. Pronunciar o escribir en los pupitres, tableros, carteleras o baños de la
Escuela: nombres, frases o figuras inmorales.
o. Agredir de palabras o de hecho a cualquier miembro de la comunidad
educativa, usar apodos.
p. Permanecer en el salón de clase en las horas de recreos.
q. Perturbar a la comunidad con gritos, silbatinas, ruidos y atropellos o
encender grabadoras, radios en el aula con fines destinados a los del ruido.
r. Arrojar papeles al suelo.
s. Cualquier acción que perturbe el normal desarrollo de los procesos
pedagógicos.
27
28. t. Portar celulares y/o piercings.
En los comportamientos anticonvivenciales leves se aplicará las siguientes
medidas de formación:
a. Diálogo y concertación cuando sea por primera vez.
b. Amonestación verbal y/o escrita según el caso, a la segunda vez.
c. Citación al padres de familia para establecer compromisos de acuerdo al
caso, a la tercera vez.
ARTÍCULO 30. FALTAS GRAVES.
a. La reincidencia por tres (3) oportunidades en una falta leve la convierte en
grave.
b. Asumir con actitudes irrespetuosas el momento de oración y/o himnos.
c. Ensuciar, marcar, dibujar, causar daños a las instalaciones, muebles y
enseres de la Escuela.
d. Jugar bruscamente hasta lesionar a otros compañeros.
e. Riñas o peleas dentro o fuera de la Escuela.
f. Inasistencia a clases habiendo salido de su casa para el colegio c on el
uniforme.
g. Salir de la Escuela en horario de clases sin permiso del coordinador de
convivencia.
h. Realizar en el aula, el plantel o fuera de éste, actividades sin la previa
autorización del director de grupo o coordinadores según sea el caso.
i. Fomentar desorden o escándalos que atenten contra la tranquilidad de las
personas dentro o fuera de la Escuela.
j. Falta sin causa justa tres (3) o más veces en la semana a las actividades
diarias.
k. Entrar a los baños en grupo para hacer desorden o quedarse dentro.
l. Realizar como actividades de la Escuela, paseos, excursiones,
festividades sin la previa autorización del Consejo Directivo.
28
29. m. Registrar los maletines o bolsos de otros compañeros sin permiso de sus
dueños.
n. Asistir con el uniforme del colegio a billares, can tinas, casas de juegos
electrónicos, discotecas y sitios de dudosa reputación.
o. Traer a la Escuela cualquier tipo de revistas o m aterial pornográfico.
p. Hacer justicia por sí mismo ignorando la autoridad de los superiores.
q. Hurto y retención de objetos pertene cientes a la Escuela o a cualquier
integrante de la comunidad educativa.
r. Hostilidad, injuria permanente y/o calumnia contra alguna persona de la
comunidad educativa.
s. Escribir panfletos con mensajes vulgares que lesionen la dignidad de las
personas.
t. Intentar o hacer fraude en evaluaciones, trabajos y tareas.
u. Realizar prestamos, cobro de intereses, créditos o similares.
v. Hacer demostraciones de amor entre parejas como besos o abrazos
dentro y fuera de la Escuela.
w. Quedarse en las afueras del plantel desp ués de la salida de clases, sin/o
en compañías del novio(a) o amigos.
x. Tratar en forma despectiva, descortés y/o agresiva a directiva, docentes
y trabajadores.
y. Fomentar desorden e irrespeto en la tienda escolar.
En los comportamientos anticonvivenciales gr aves se aplicarán las siguientes
medidas de formación:
a. Acta de suspensión, la cual puede ser de uno (1) a cinco (5) días según
la intensidad de la falta y al perjuicio que cause a la comunidad educativa y
al buen nombre de la Escuela.
b. Remisión a Psicoorientación.
c. Pérdida del derecho a cupo.
d. Si el estudiante reincide tres (3) suspensiones, perderá el derecho a
cupo para el próximo año escolar.
29
30. e. En caso de 11o. grado, perderá el derecho a la proclamación solemne
como bachiller y su certificación se entregará por ventanilla, en la secretaría
de la escuela.
ARTÍCULO 31. COMPORTAMIENTOS ANTICONVIVENCIALES MUY GRAVES
a. Reincidir en dos (2) o más oportunidades en cualquier comportamiento
irregular grave.
b. Cometer actos delictivos dentro y fuera del plantel.
c. Portar armas o cualquier elemento que sirva para amenazar o agredir a
compañeros o funcionarios de la escuela, así como el uso de cualquier clase
de explosivo.
d. Inducir a compañeros a pertenecer a bandas o pandillas juveniles, sectas
satánicas, etc., o pertenecer a ellas.
e. Traer a la escuela drogas alucinógenas o estupefacientes, o presentarse
bajo sus efectos.
f. Falsificar, alterar, enmendar o tachar documentos, informes, descriptivos,
certificados, registros de seguimiento.
g. Consumir bebidas alcohólicas, fumar dentro o fuera del plantel.
h. Pertenecer u organizar bandas juveniles, padillas para delinquir o
agredir a cualquier persona.
i. Causar daños intencionales a cualquier miembro de la comunidad educativa
que atente contra su integridad física.
j. Tener relaciones amorosas con los profesores.
k. La gravidez o aborto comprobado en una joven.
l. Practicar actos ofensivos a la moral y a las buenas costumbres
desacreditando la filosofía de la escuela.
m. Practicar dentro o fuera del plantel el homosexualismo o acoso sexual
realizado con actos que sean comprobados y causen escándalo desmeritando
la buena imagen de la escuela.
n. Incurrir en actos de sabotaje y descortesía durante los eventos
comunitarios, consumiendo licor, fumando o profiriendo consignas vulg ares,
30
31. gritos, salidas de tono qu e interfieran en el desarrollo de los mismos y
lastimen el nombre de la escuela.
o. Planear, iniciar o participar en escándalos, desordenes, juegos y
celebración en la cuales se utilice agua, maicena, huevos y otros; portando el
uniforme, en sitios públicos d onde el nombre de la Escuela quede en
entredicho.
p. Traer a la escuela bromas como pica -pica, golosinas, animales y otros
que creen indisciplina en el grupo y/o perjuicio físico.
En los comportamientos anticonvivenciales muy graves se aplicarán las
siguientes sanciones:
Retiro del plantel en cualquier época del año.
Los estudiantes de undécimo grado que incurran en comportamientos
anticonvivenciales muy graves no serán procl amados bachilleres y su diploma
será entregado en la secretaría de la escuela 72 horas después.
FLUJOGRAMA
ARTÍCULO 32. DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
Los estudiantes de la Escuela Parroquial Mixta, deberán acatar las siguientes
reglas de presentación personal y acudir con el uniforme que a continuación se
señala, dentro del horario y períodos escolares establecidos en la Escuela. El
uniforme se debe portar con dignidad, responsabilidad y respeto como
elemento del Principio de Identidad, Pertinencia y Lealtad Institucional. Los
estudiantes deben asistir a todas las actividades institucionales portando
estrictamente el uniforme correspondiente.
ARTÍCULO 33. UNIFORME
31
32. UNIFORME DE DIARIO HOMBRES
- Camisa sport blanca y camisilla.
- Pantalón clásico azul turquí con correa negra tamaño normal.
- Medias blancas y zapatos colegial negros.
UNIFORME DIARIO MUJERES
- Blusa blanca manga corta, jardinera a cuadros azules.
- Medias blancas y zapatos colegiales negro.
UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA
- Camiseta banca cuello rojo, escudo bordado al lado izquierdo del pec ho.
- Sudadera roja con bies blanco a los costados.
- Medias blancas.
- Zapatos tenis blancos.
HORARIO
- Jornada Primaria: de 6:15 a.m. hasta las 11:45 a.m.
- Jornada Bachillerato y Media: de 6: 15 a.m. hasta las 12:40 m.
- Jornada Transición: de 7:00 a.m. hasta las 11:30 a.m.
ARTÍCULO 34. FUNCIONES DEL PERSONERO ESTUDIANTIL.
a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual
podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir
colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros y otras formas de
deliberación.
b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los estudiantes sobre lesiones a
sus derechos y a los que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el
cumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.
c. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones de la
Rectora respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
d. Asistir a los descargos en las investigaciones disciplinarias de los estudiantes.
El Personero debe además cumplir con especial esmero de las funciones de la ley, las
siguientes:
1. Veedor: ya que es la persona encargada de velar por el correcto funcionamiento
de todos aquellos órganos que tienen a su cargo funciones y decisiones que
afectan directa o indirectamente a sus electores.
2. Defensor: el Personero es el defensor de oficio de los derechos e intereses de
todos y cada uno de los estudiantes que integran la comunidad educativa. Para
32
33. cumplir eficientemente con tal misión debe el Personero conocer básicamente los
derechos fundamentales de rango constitucional que asiste a los estudiantes,
especialmente a los menores de edad, así mismo manejar con propiedad el
Manual de Convivencia, no sólo para invocarlo cuando sea necesario, sino para
proponer, cuando lo juzgue conveniente las reformas pertinentes.
3. Promotor: debe el Personero estudiantil proponer todas aquellas acciones
tendientes a mejorar la calidad de vida en el plantel educativo, tales como foros,
seminarios, talleres y diálogos entre diferentes estamentos escolares. Así mismo
debe ser el abanderado de todas aquellas iniciativas en pro de mejorar la calidad
de educación en su institución. Debe además constituirse en el vocero que
pregone ante las autoridades educativas las necesidades que aquejan a su plantel.
4. Mediador: tiene necesariamente que ser el personero el adalid de las soluciones
pacíficas a los conflictos que se presentan al interior del plantel educativo.
El Personero conjuntamente con los demás líderes estudiantiles, tiene que abogar
por una paz combativa, es decir, no resignar servilmente los derechos en aras
de una mal entendida tolerancia, por el contrario, debe buscar la misma,
utilizando todos aquellos mecanismos legales y legítimos que estén a su alcance
para finalmente alcanzarla.
5. Vocero: en estricta lógica democrática, debe el Personero hacer presencia en
todos aquellos órganos que conforman el Gobierno Escolar, con voz y sin voto
exponiendo inquietudes, cuestionamientos y propuestas del estamento que
representa. Debe ser una canal a través del cual se multiplican las decisiones
democráticas tomadas en los diferentes niveles del Gobierno Escolar
ARTÍCULO 35. PERFIL DEL PADRE PARROQUIANO
Para la comunidad educativa de la Escuela Parroquial Mixta, son padres de
familia, las personas que figuren como tales, registradas en el respectivo
documento legal.
El padre de familia que firma el contrato de matrícula, se constituye
automáticamente en acudiente de su hijo(a) ante la Escuela, ante lo cual se
compromete a cumplir los establecido en esta Manual.
Si alguno de los padres del estudiante no firma el contrato de matrícula, será
acudiente del mismo, la persona mayor de edad que lo haga sin importar el
parentesco que tenga con el estudiante.
ARTÍCULO 36. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
a. Ser atendido y escuchado tanto por directivos, docentes, personal
administrativo o de servicio cuando desee información, presente sugerencias o
haga reclamos dentro de las normas de la cultura y el respeto.
b. Pertenecer a la Asociación de Padres de Familia.
33
34. c. Elegir y ser elegido a los cargos representativos de la Escuela, Comités,
Consejo Directivo y otros.
d. Recibir periódicamente los informes académicos y convivencias de sus hijos
o acudidos.
e. Ser llamados oportunamente a reuniones y encuentros programados.
f. Buscar y recibir orientación sobre la educación de sus hijos.
g. Estar enterados del seguimiento que se hace a sus hijos y dialogar sobre el
mismo para superar las dificultades.
ARTÍCULO 37. PADRES O ACUDIENTES.
Son deberes de los padres de familia y/o acudientes:
a. Brindar a sus hijos protección material, física y afectiva en un ambiente de
convivencia hogareña.
b. Asumir al interior de su familia los valores éticos y morales para la
formación integral de sus hijos o acudidos.
c. Diligenciar personalmente la matrícula en las fechas fijadas por la Escuela.
d. Cancelar oportunamente las pensiones dentro de los primeros cinco (5)
días de cada mes.
e. El incumplimiento en el pago oportuno de las pensiones le dará derecho a
la Escuela a cobrar los respectivos intereses legales y/o ejercer acción judicial.
f. Asistir puntualmente a las reuniones y actividades que programe la Escuela.
g. La inasistencia por más de dos (2) ocasiones podrá ser tomado en
consideración para que el alumno(a) no sea admitido en el año lectivo siguiente.
h. Concurrir a la Escuela cuando sean citados por cualquiera de sus
dependencias en la fecha y hora señaladas. La desatención a las citaciones será
causal justa para suspender de clases al estudiante en forma temp oral o
definitiva, según el caso.
i. Colaborar voluntariamente con el colegio, ya sea en forma directa o indirecta
cuando se promuevan u organicen actividades de tipo cultural, social, deportiva,
etc.
j. Responder por los daños que causen sus hijos o acudidos.
34
35. k. Colaborar con el proceso de formación integral de su hijo o acudido
mediante el ejemplo y el apoyo en el cumplimiento de sus deberes.
l. Presentar por escrito las excusas justificadas de las inasistencias de sus hijo(a)
o acudido(a).
m. Cuidar de la presentación personal del estudiante o acudido en cuanto a
uniforme, higiene personal.
n. Mostrar preocupación e interés por el estado emocional y comportamiento
de su hijo(a) o acudido(a).
35
36. CAPÍTULO CUARTO: ORDEN ACADÉMICO
ARTÍCULO 38. EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES:
DECRETO 1290/2009
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
a. Puntualidad, cumplimiento, Responsabilidad, Participación, Interés, Uso y
Aplicación de Material y Equipo.
b. Dimensiones: Cognitiva, actitudinal, volitiva, y psicomotora.
c. Orientación y concertación de Estándares, competencias y desempeños desde el
inicio del año lectivo.
d. Evaluación acumulativa acorde con modelos Icfes y Saber. Mínimo cuatro acciones
evaluativas, mas la evaluación acumulativa y Autovaloración estudiantil por
periodo.
e. Valoración numérica en la escala institucional, con un solo decimal mediante
aproximación matemática.
ARTÍCULO 39. CRITERIOS DE PROMOCIÓN Y REPROBACIÓN ESCOLAR
a. La inasistencia al 25% o más del total de clases laboradas en cada una o todas las
áreas o asignaturas, sin o con excusas debidamente justificadas o la sumatoria
constituye causal de reprobación del año lectivo, su promoción o no al grado
siguiente se decide en la respectiva comisión de garantía en evaluación y
promoción.
b. En Educación Básica Primaria los estudiantes que en las competencias y
desempeños básicos en español (Lectoescritura comprensiva) y matemáticas
obtengan una valoración final de desempeño bajo o que obtengan una valoración
final de desempeño en tres (3) áreas no serán promovidos y deben reiniciar el
mismo grado al siguiente año lectivo.
c. Los directores de grupo remitirán a la comisión de garantía en evaluación y
promoción los estudiantes de Educación básica primaria en condición de repetición
de año cuando junto con el padre de familia consideren que el alumno lo amerita y
la comisión aplicara pruebas de suficiencia, para verificar la superación de las
dificultades y alcance los desempeños que le impidieron su promoción en el año
lectivo anterior.
d. En Educación Básica Secundaria y Media el educando que al finalizar el año escolar
obtenga en la totalidad de las áreas del plan de estudios, promedio mínimo de
36
37. evaluación tres punto cero (3.0) o más en cada área o reprueben una (1) o dos
(2) áreas con valoración inferior a (3.0) Tres punto Cero (Desempeño bajo), se
considera su año lectivo como APROBADO y será matriculado en el grado
inmediatamente superior al siguiente año lectivo cuando el estudiante realice
actividades complementarias de recuperación en las áreas o asignaturas que
tienen pendiente con una valoración igual o superior a tres punto cero (3.0) en las
fechas estipuladas por la Institución.
e. En Educación Básica Secundaria y Media, no serán promovidos y deben
matricularse en el mismo grado por REPROBACIÓN los estudiantes, que al finalizar
el año lectivo obtengan en tres (3) o más áreas con valoración inferior a (3.0) Tres
punto Cero (Desempeño bajo).
i. En la sumatoria de estudiantes reprobados en la Institución no media porcentaje
alguno con relación al número total de alumnos matriculados en la Institución.
ARTÍCULO 40. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA
EQUIVALENCIA NACIONAL
ESCALA NACIONAL DE VALORACIÓN
Desempeño Superior: Cumplimiento en un nivel excepcional de las metas básicas
y adicionales de formación expresadas en el plan de estudios en términos de
logros.
Desempeño Alto: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas en
el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel superior al nivel medio de
logro.
Desempeño Básico: Cumplimiento de las metas básicas de formación expresadas
en el plan de estudios (en términos de logros) en un nivel medio o aceptable.
Desempeño Bajo. Incumplimiento de las metas básicas de formación expresadas
en el plan de estudios en términos de logros
ESCALA DE VALORACIÓN ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL
INSTITUCIONAL
4.7 a 5.0 DESEMPEÑO SUPERIOR
4.0 a 4.6 DESEMPEÑO ALTO
3.0 a3.9 DESEMPEÑO BÁSICO
0 a 2.9 DESEMPEÑO BAJO
ARTÍCULO 41. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS
DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES
1. Diagnóstico de competencias y desempeños según los estándares del grado a
cursar.
37
38. 2. Planilla unificada de registro diario de seguimiento y calificación, para valorar,
desde la actitud del estudiante en clase y resultados de evaluaciones, consignando
fecha, actividad (consulta, revisión, tipo de evaluación, exposición, etc.)
desarrollada.
3. Evaluación acumulativa por periodo (ICFES) según estándares, competencias y
desempeños de avanzados que permite medir superación de dificultades anteriores
y diseño de estrategias para superación y retroalimentación que den cohesión y
continuidad de procesos de aprendizaje.
4. Valoración integral considerando esfuerzo personal, disciplina, aseo, deseo al
aprendizaje, colaboración, participación, asistencia, elaboración y presentación de
trabajos, consultas, exposiciones, talleres, puntualidad y autovaloración
estudiantil.
5. Elección, conformación y funciones de La Comisión de Garantía de Evaluación y
Promoción.
6. Reunión frecuente de docentes, padres y estudiantes, para mejorar los procesos
de aprendizaje y evaluación, ya que padres y familia son los primeros formadores
de sus hijos y garantes del desarrollo y cumplimiento de labores complementarias
extra clase.
ARTÍCULO 42. LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE
LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.
Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e
implementar estrategias de mejoramiento y motivación.
Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de
mejoramiento de desempeños.
Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.
Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para
proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la
comunidad educativa.
ARTÍCULO 43. LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
AUTOEVALUACIÓN ESTUDIANTIL (Autoevaluación, Coevaluación y
Heteroevaluación).
Es obligatorio obtener en cada periodo además de las cuatro notas mínimas y la
evaluación acumulativa, La Valoración Estudiantil con los siguientes criterios:
Asistencia, Puntualidad, presentación, Participación, colaboración, cumplimento,
rendimiento académico, Orden y aseo, Trabajo en y extra clases, Capacidad de
trabajo en equipo y comportamiento social.
38
39. Cada estudiante diligenciara un formato de autocontrol y seguimiento.
La Autovaloración Estudiantil Se obtiene una vez por periodo en cada asignatura y
se promedia con las demás valoraciones.
ARTÍCULO 44. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER
SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.
Trabajos de campo.
Presentación y sustentación de trabajos.
Talleres.
Exposiciones.
Test tipo ICFES.
Ensayos.
ARTÍCULO 45. LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS
DOCENTES Y DOCENTES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO CUMPLAN CON LOS
PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN.
Información a la comunidad educativa de la conformación y funciones de la
comisión garantía, conducto regular, debido proceso y SIEPE.
Coordinación hará seguimiento permanente a procesos, actividades de
aprendizaje, evaluación, registro de resultados, resolución oportuna de conflictos
y/o reclamaciones.
Estudiantes y padres de familia serán informados desde el inicio del año lectivo de
estándares, competencias y desempeños básicos en cada área y respectivo grado.
Informar previamente a alumnos y padres de familia, las actividades y formas de
evaluar, el desarrollo del área, competencias y desempeños de los períodos y año
lectivo.
Los resultados en evaluaciones trabajos, informes, tareas, practicas de campo y/o
laboratorios, se deben entregar máximo cinco (5) días hábiles después de
efectuadas.
Los estudiantes conocerán previo a la entrega a registro académico, el resultado
final del periodo, para las respectivas reclamaciones, antes de elaborar boletines
informativos.
39
40. Toma de decisiones transparentes que garanticen a los estudiantes alcanzar
competencias, desempeños, promoción registrada en la escalas valorativas
institucional y Nacional y continuidad en el sistema educativo
ARTÍCULO 46. LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES
DE FAMILIA.
ESCALAS, PERIODOS Y GRADOS
Cuatro (4) Periodos y cinco (5) boletines académicos informativos. Cada periodo
se entregara informe escolar a los Padres de Familia con la escala de valoración
Institucional (escala numérica). El informe Final tendrá dos escalas la acumulativa
por periodos y su respectiva equivalencia nacional.
Grados únicamente al finalizarla educación media.
INSTRUMENTOS DEL SISTEMA
Registro continuo: observador académico.
Informes periódicos: cuatro (4) uno (1) por periodos.
Informe Final: evaluación integral, definición de la promoción.
Registro escolar: sumatoria informes finales.
Grados únicamente al finalizar la educación media.
Proclamación o graduación con titulo de acuerdo a la modalidad Institucional. Al
finalizar la educación media, En otros grados o niveles solo clausura del año
lectivo.
El título de Bachiller Técnico o Académico se otorga a quienes hayan aprobado
todos los grados y niveles, Aprobadas todas las áreas de educación media.
Si reprueba un área de la modalidad en cualquiera de los grados de educación
Media, no se puede graduar hasta demostrar superación de las dificultades que no
le permitieron alcanzar las competencias y desempeños propuestos en estas
áreas.
Si un estudiante en el último grado de educación media no aprueba las áreas de la
modalidad y no efectúa por tardar al finalizar el año siguiente las actividades para
demostrar la superación de las dificultades, una vez vencido este plazo, se
graduara sin ceremonia en el despacho de la Rectoría, ante la Secretaria y el
Rector, como Bachiller académico sin ningún énfasis o modalidad.
La promoción en preescolar se efectúa de conformidad con el artículo 10 del
Decreto 2247 de 1997, no hay reprobación ni ceremonia de grado solo clausura.
40
41. ARTÍCULO 47. LAS INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE
ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y
ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
Obligatorio cumplimiento del debido proceso en investigación y solución de
conflictos en procesos de evaluación y promoción estudiantil. (Mas transparencia,
menos dificultades).
Cualquier persona de la comunidad, respetuosa y oportunamente, en forma oral o
escrita puede señalar irregularidades, siguiendo el conducto regular, hasta hallar
solución.
Alumnos y padres de familia que consideren injusticia o violación del debido
proceso, presentarán de manera oral o escrita, solicitud respetuosa, hasta hallar
solución, así:
1. Docente titular del área o asignatura
2. Director de grupo
3. Coordinador
4. Comisión de Garantía de Evaluación y Promoción
5. Personero Estudiantil y/o Comisario.
6. Rector
7. Consejo Académico
8. Consejo Directivo
Las instancias anteriores tienen máximo tres (3) días hábiles para resolver y
responder reclamaciones. Si no lo hacen pasa inmediatamente a la siguiente
instancia.
ARTÍCULO 48. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE
EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES.
ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA EVALUACIÓN.
1. CONSEJO DIRECTIVO.
2. CONSEJO ACADÉMICO.
3. COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.
ARTÍCULO 49. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO. DURANTE EL PRIMER
PERIODO DEL AÑO ESCOLAR EL CONSEJO ACADÉMICO, PREVIO
CONSENTIMIENTO DE LOS PADRES DE FAMILIA, RECOMENDARÁ ANTE EL
CONSEJO DIRECTIVO LA PROMOCIÓN ANTICIPADA AL GRADO SIGUIENTE DEL
ESTUDIANTE QUE DEMUESTRE UN RENDIMIENTO SUPERIOR EN EL DESARROLLO
COGNITIVO, PERSONAL Y SOCIAL EN EL MARCO DE LAS COMPETENCIAS
BÁSICAS DEL GRADO QUE CURSA. LA DECISIÓN SERÁ CONSIGNADA EN EL ACTA
DEL CONSEJO DIRECTIVO Y SI ES POSITIVA EN EL REGISTRO ESCOLAR.
En el segundo periodo El Consejo Académico, por solicitud docente, alumno y padres
de familia, recomendará al consejo directivo promoción anticipada de estudiantes con
rendimiento integral superior, así:
41
42. 1. Seguimiento del año anterior y primer periodo del grado en curso, donde su
desempeño integral debe ser superior en todas las áreas.
2. En Básica Primaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes, evaluaciones
y sustentación oral o escrita en Español, Inglés, matemáticas, sociales y ciencias
naturales demostrara dominio en competencias y desempeños básicos del grado
en curso, antes de finalizar el primer semestre lectivo.
3. En Básica Secundaria, El alumno(a) por su cuenta, mediante informes,
evaluaciones y sustentación oral o escrita en todas las áreas, demostrara dominio
en competencias y desempeños básicos del grado en curso, antes de finalizar el
primer semestre lectivo.
4. Los resultados, se analizan en coordinación y Consejo Académico para recomendar
aprobación del Consejo Directivo antes del fin del primer semestre.
5. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado por Consejo Directivo, la
decisión será consignada en acta y registro escolar Institucional.
6. Rectoría publicara Resolución de exaltación y promoción ante la comunidad
educativa.
7. Alumno(a) que mantenga desempeño superior puede cursar dos grados en el año
lectivo.
ARTÍCULO 50. PROMOCIÓN ANTICIPADA DE ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS.
Alumnos repitentes en Educación Básica, Pueden solicitar al Consejo Académico
promoción anticipada, así:
1. Durante el primer periodo El Consejo Académico, con concepto de docentes,
solicitud del alumno y padres fila, recomendará al consejo directivo promoción
anticipada del estudiante repitente que muestre rendimiento superior o alto en
competencias y desempeños básicos de las áreas del grado que está repitiendo.
2. El alumno(a) por su iniciativa, presentara informes, trabajos, evaluaciones y
sustentación oral o escrita demostrando dominio de competencias y desempeños
en las áreas que no alcanzo promoción, antes de finalizar el primer Semestre
lectivo.
3. Cumplido satisfactoriamente el proceso y aprobado en el Consejo Directivo, la
decisión será consignada en acta respectiva y en el registro escolar Institucional.
4. La Rectoría emitirá Resolución de exaltación y promoción del educando ante toda
la comunidad educativa.
5. Educación Media no aplica, por ser Técnica y/o con Articulación Superior o el Sena.
42
43. ARTÍCULO 51. RESPONSABILIDADES DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO. EN
CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY, EL
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO, DEBE:
1. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes,
después de su aprobación por el consejo académico.
2. Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y
procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y
promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo.
3. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para analizar, diseñar e
implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación
de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de
familia y docentes.
4. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante,
con el fin de presentar los informes periódicos de evaluación, el plan de
actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los
compromisos por parte de todos los involucrados.
5. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de
evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente.
Para garantizar los procesos de evaluación y promoción se creara una comisión por
grado y jornada con las siguientes funciones:
Resolver las reclamaciones de los estudiantes por evaluación y/o promoción.
Realizar seguimiento de procesos de evaluación y promoción que considere
pertinente.
La comisión podrá solicitar presencia de docente, acudiente y alumno en
cualquier caso.
Por causal comprobada de: Acoso sexual, discriminación religiosa, política,
familiar, raza, venganza, extorsión u otras, ejercidas en una evaluación;
aplicando el debido proceso, la comisión, lo considere pertinente designara
coevaluador o segundo evaluador del área, para realizar evaluación y/o
valoración, la definitiva será la más favorable al educando.
Todas las actuaciones de las comisiones deben quedar registradas en libro de
actas que reposara en la secretaria de la Institución y en los respectivos
registros las valoraciones.
Cada comisión de evaluación y promoción estará conformada por:
El rector Y/o el Coordinador (Uno de los dos la Presidirán)
Representante de los docentes (director de grupo de los diferentes grados)
Un padre de familia designado por el Consejo de Padres
Un estudiante del grado designado por Consejo Estudiantil.
43
44. ARTÍCULO 52. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA MEJORAR DESEMPEÑO
Comparar resultados por periodo y analizar el avance de cada estudiante e
implementar estrategias de mejoramiento y motivación.
Programar Reuniones de docentes, padres y estudiantes según necesidad de
mejoramiento de desempeños.
Propender mayor compromiso familiar en la acción educativa.
Identificar limitaciones, fortalezas, debilidades y destrezas de los alumnos, para
proponer acciones de mejoramiento, acorde con la realidad de la Institución y la
comunidad educativa.
6. Atender los requerimientos de los padres de familia y de los estudiantes, y
programar reuniones con ellos cuando sea necesario.
7. A través de consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones
que presenten los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación
o promoción.
8. Analizar periódicamente los informes de evaluación con el fin de identificar
prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e
introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar.
9. Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los estudiantes que se
encuentren matriculados en los grados evaluados, y colaborar con éste en los
procesos de inscripción y aplicación de las pruebas, según se le requiera.
44
45. CAPÍTULO TERCERO: DE LOS DOCENTES
ARTÍCULO 53. PERFIL DEL DOCENTE PARROQUIANO
a. Para el modelo pedagógico Parroquiano se necesita un DOCENTE que se
convierta en un agente comprometido, que hace una revisión detenida y
concienzuda sobre el desempeño y form ación que está dando, ya que éste
ha de ser un agente de cambio comprometido con la propuesta pedagógica,
la diseñará, ejecutará y ajustará según las necesidades de la Escuela
Parroquial Mixta haciendo los cambios pertinentes, nacidos de una vivencia
donde sea testimonio de valoración, identidad, compromiso, cambio e
idoneidad de todos sus actos.
b. Se requiere un docente motivado, que busque la capacitación y la
actualización, para que mediante su participación en los diferentes
proyectos y actividades, lidere cambios significativos y se comprometa con
sus alumnos, con la Escuela y la comunidad educativa. Un docente IDÓNEO
en cuanto hace todo aquello que es capaz de hacer, no se compromete con
aquello que no es capaz y en esta medida puede cumplir con cada un o de los
proyectos en que se involucra. Un docente que propicie un clima de
experimentación, el cambio y la innovación, para quien la comunicación sea
altamente eficaz para llegar a las personas y lograr su compromiso en la
toma de decisiones, para convert irlos en realidad. Que traduzca su
responsabilidad en términos de salud individual y colectiva, que trascienda
en la calidad de su trabajo. Que promueve y acepte la evaluación continua,
como medio del replanteamiento del proceso.
c. El docentes Parroquiano p royectará unidad, respeto e indagación frente
a la realidad vivida sin atacar la dinámica grupal y respetando la
individualidad.
d. El docente Parroquiano, confiará en sí mismo dándose la oportunidad de
crecer diariamente como verdadera persona, desarrollándose en todos los
aspectos, siendo así agente innovador, capaz de crear nuevas situaciones
que ameriten el tomar posiciones claras y definidas frente a los múltiples
retos que la cotidianidad le presente.
e. Buscará elementos que le permitan ser agente conciliador, facilitando
con ello el desarrollo de una persona sana, capaz de crear, criticar, elegir y
asumir con responsabilidad su proyecto de vida, buscando como fin último el
mejoramiento de la calidad de vida.
45