EL ECLIPSE DE LA PAZ (cuento literario). Autor y diseñador JAVIER SOLIS NOYOLA
Presentación: Taller Libertad de Expresión
1. TallerTaller
Libertad de ExpresiónLibertad de Expresión
Espacio PúblicoEspacio Público
Universidad del ZuliaUniversidad del Zulia
20/02/1320/02/13
Edgar LópezEdgar López
elopez@el-nacional.comelopez@el-nacional.com
2. Fundamentos y contenido deFundamentos y contenido de
la libertad de expresiónla libertad de expresión
1.- Un derecho humano1.- Un derecho humano
1.1.- ¿Quién es el titular? Diferencias entre1.1.- ¿Quién es el titular? Diferencias entre
ciudadanos, medios y periodistasciudadanos, medios y periodistas
1.2.- ¿Cómo se ejerce? Acceso a los medios.1.2.- ¿Cómo se ejerce? Acceso a los medios.
Democratización de las comunicaciones. RedesDemocratización de las comunicaciones. Redes
socialessociales
1.3.- ¿Cómo se garantiza? Expresión sin1.3.- ¿Cómo se garantiza? Expresión sin
represaliasrepresalias
1.4.- ¿Cómo se defiende? Acciones de1.4.- ¿Cómo se defiende? Acciones de
exigibilidad y justiciabilidadexigibilidad y justiciabilidad
3. 2.- Dimensión individual2.- Dimensión individual
2.1.- Desarrollo personal. Libre2.1.- Desarrollo personal. Libre
desenvolvimiento de la personalidad.desenvolvimiento de la personalidad.
2.2.- Talante instrumental: derecho para2.2.- Talante instrumental: derecho para
exigir derechos. Interdependencia eexigir derechos. Interdependencia e
indivisibilidad de los derechos humanosindivisibilidad de los derechos humanos
4. 3.- Dimensión social3.- Dimensión social
3.1.- Limitación del poder estatal. Levantar la3.1.- Limitación del poder estatal. Levantar la
voz, que se oiga y que se atienda. De la simplevoz, que se oiga y que se atienda. De la simple
expresión de ideas a la incidencia en asuntosexpresión de ideas a la incidencia en asuntos
públicos. Vinculación con el derecho a lapúblicos. Vinculación con el derecho a la
participación ciudadana. Nociones de contraloríaparticipación ciudadana. Nociones de contraloría
y contrapeso.y contrapeso.
3.2.- Debate plural, amplio y suficiente.3.2.- Debate plural, amplio y suficiente.
Componente esencial del sistema democrático.Componente esencial del sistema democrático.
3.3.- Libre circulación de las ideas y búsqueda3.3.- Libre circulación de las ideas y búsqueda
de la verdad. De la verdad procesal a la verdadde la verdad. De la verdad procesal a la verdad
histórica.histórica.
5. 4.- Contenido4.- Contenido
4.1.- Expresión4.1.- Expresión
4.2.- Información4.2.- Información
4.3.- Opinión4.3.- Opinión
4.4.- Contenido material: Expresión4.4.- Contenido material: Expresión
política, mensajes religiosos, expresiónpolítica, mensajes religiosos, expresión
académica y científica, expresión artística,académica y científica, expresión artística,
literaria y poética, expresión comercial,literaria y poética, expresión comercial,
expresión de carácter residualexpresión de carácter residual
6. Marco legalMarco legal
de la libertad de expresiónde la libertad de expresión
1.- Instrumentos internacionales1.- Instrumentos internacionales
1.1.- Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a
causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación
de fronteras, por cualquier medio de expresión.
7. 1.1.1.-Elementos del artículo 191.1.1.-Elementos del artículo 19
de la Declaración Universal de los Derechosde la Declaración Universal de los Derechos
HumanosHumanos
Todo individuoTodo individuo
Opinión y expresiónOpinión y expresión
No ser molestado. Noción de molestia. AmbigüedadNo ser molestado. Noción de molestia. Ambigüedad
Investigar, recibir y difundirInvestigar, recibir y difundir
Sin limitación de fronterasSin limitación de fronteras
Por cualquier medioPor cualquier medio
8. 1.2.1.2. Pacto InternacionalPacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticosde Derechos Civiles y Políticos
Artículo 19Artículo 19
1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.1. Nadie podrá ser molestado a causa de sus opiniones.
2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho
comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones ecomprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e
ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya seaideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea
oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o pororalmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por
cualquier otro procedimiento de su elección.cualquier otro procedimiento de su elección.
3. El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo3. El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 de este artículo
entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente,entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente,
puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sinpuede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin
embargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesariasembargo, estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias
para:para:
a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás;a) Asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás;
b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud ob) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o
la moral públicas.la moral públicas.
9. 1.2.1.-Elementos del artículo 191.2.1.-Elementos del artículo 19
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticosdel Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Toda personaToda persona
Buscar, recibir y difundirBuscar, recibir y difundir
Informaciones e ideas de toda índole. Énfasis en los alcancesInformaciones e ideas de toda índole. Énfasis en los alcances
Por cualquier medioPor cualquier medio
Deberes y responsabilidadesDeberes y responsabilidades
Restricciones legítimasRestricciones legítimas
Derechos o reputación de los demásDerechos o reputación de los demás
Protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o laProtección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la
moral públicas. Nadie podrá ser molestado a causa de susmoral públicas. Nadie podrá ser molestado a causa de sus
opiniones. Noción de molestia. Ambigüedadopiniones. Noción de molestia. Ambigüedad
10. Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolíticosPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 20Artículo 20
1. Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley.1. Toda propaganda en favor de la guerra estará prohibida por la ley.
2. Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya2. Toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya
incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estaráincitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia estará
prohibida por la ley.prohibida por la ley.
11. 1.3.- Convención1.3.- Convención AmericanaAmericana
sobre Derechos Humanossobre Derechos Humanos
Artículo 13. Libertad de Pensamiento y de ExpresiónArtículo 13. Libertad de Pensamiento y de Expresión
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de
expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir yexpresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y
difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración dedifundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de
fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa ofronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o
artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede
estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores,estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores,
las que deben estar expresamente fijadas por la ley y serlas que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser
necesarias para asegurar:necesarias para asegurar:
a) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, oa) el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o
b) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud ob) la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o
la moral públicas.la moral públicas.
12. Convención Americana sobre Derechos HumanosConvención Americana sobre Derechos Humanos
Continuación Artículo 13Continuación Artículo 13
3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios
indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particularesindirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares
de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o dede papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de
enseres y aparatos usados en la difusión de información o porenseres y aparatos usados en la difusión de información o por
cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicacióncualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación
y la circulación de ideas y opiniones.y la circulación de ideas y opiniones.
4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a
censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a elloscensura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos
para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sinpara la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin
perjuicio de lo establecido en el inciso 2.perjuicio de lo establecido en el inciso 2.
5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y
toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyantoda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan
incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similarincitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar
contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo,contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo,
inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.
13. Elementos del artículo 13Elementos del artículo 13
de la Convención Americanade la Convención Americana
sobre Derechos Humanossobre Derechos Humanos
Toda persona.Toda persona. Un derecho humano que corresponde a todos sinUn derecho humano que corresponde a todos sin
condiciones y por el solo hecho de ser personas.condiciones y por el solo hecho de ser personas.
Libertad de pensamiento y expresión.Libertad de pensamiento y expresión. ¿Se excluye la opinión¿Se excluye la opinión
o es que se le considera información?o es que se le considera información?
Buscar, recibir información de toda índole.Buscar, recibir información de toda índole. Pareciera que sePareciera que se
trata de todo, sin límites.trata de todo, sin límites.
Los medios.Los medios. Lo artístico por añadiduraLo artístico por añadidura
Sin consideración de fronteras.Sin consideración de fronteras. Añadido. Mirada internacional.Añadido. Mirada internacional.
Prohibición de censura previa.Prohibición de censura previa.
Responsabilidades ulteriores, expresamente fijadas porResponsabilidades ulteriores, expresamente fijadas por
la ley.la ley. Concepto de ley en el sistema interamericano. Ley formalConcepto de ley en el sistema interamericano. Ley formal
aprobada por los órganos legislativos competentesaprobada por los órganos legislativos competentes
14. Convención AmericanaConvención Americana
sobre Derechos Humanossobre Derechos Humanos
Artículo 14. Derecho de Rectificación o RespuestaArtículo 14. Derecho de Rectificación o Respuesta
1. Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes1. Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes
emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmenteemitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente
reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derechoreglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho
a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación oa efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o
respuesta en las condiciones que establezca la ley.respuesta en las condiciones que establezca la ley.
2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de las otras2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de las otras
responsabilidades legales en que se hubiese incurrido.responsabilidades legales en que se hubiese incurrido.
3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda
publicación o empresa periodística, cinematográfica, de radio opublicación o empresa periodística, cinematográfica, de radio o
televisión tendrá una persona responsable que no esté protegidatelevisión tendrá una persona responsable que no esté protegida
por inmunidades ni disponga de fuero especial.por inmunidades ni disponga de fuero especial.
15. Elementos del artículo 14Elementos del artículo 14
de la Convención Americanade la Convención Americana
sobre Derechos Humanossobre Derechos Humanos
Derecho de rectificación o respuesta.Derecho de rectificación o respuesta. Son cosas diferentes.Son cosas diferentes.
¿Alguien tiene idea de cuáles pueden ser las diferencias?¿Alguien tiene idea de cuáles pueden ser las diferencias?
Informaciones inexactas o agraviantes.Informaciones inexactas o agraviantes.
Los medios. Legalmente reglamentados y dirigidos alLos medios. Legalmente reglamentados y dirigidos al
público en general.público en general. Pareciera la prensa y no cualquier medio.Pareciera la prensa y no cualquier medio.
Por el mismo órgano de difusiónPor el mismo órgano de difusión . ¿Cómo se ejerce el. ¿Cómo se ejerce el
derecho. Remisión a la leyderecho. Remisión a la ley
La rectificación no excluye las responsabilidades legalesLa rectificación no excluye las responsabilidades legales ..
Noción de honra y reputación. ¿Cuándo estará saldado el perjuicioNoción de honra y reputación. ¿Cuándo estará saldado el perjuicio
a la honra y reputación? ¿Responsabilidad penal? ¿Daño moral?a la honra y reputación? ¿Responsabilidad penal? ¿Daño moral?
Tipos de indemnizaciones.Tipos de indemnizaciones.
Un responsable en cada medio de comunicación, sinUn responsable en cada medio de comunicación, sin
inmunidad.inmunidad.
16. 2.- Instrumentos Nacionales2.- Instrumentos Nacionales
2.1.- Constitución de la República Bolivariana de2.1.- Constitución de la República Bolivariana de
VenezuelaVenezuela
Artículo 57Artículo 57
Toda persona tiene derecho a expresar libremente susToda persona tiene derecho a expresar libremente sus
pensamientos sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito opensamientos sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o
mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso paramediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para
ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que puedaello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda
establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asumeestablecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume
plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite elplena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el
anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajesanonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes
discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa.
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionariasSe prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias
públicas para dar cuenta de los asuntos bajo suspúblicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus
responsabilidades.responsabilidades.
17. Elementos del artículo 57Elementos del artículo 57
de la Constituciónde la Constitución
Toda personaToda persona
Expresión libreExpresión libre
Pensamientos, ideas y opiniones. DiferenciasPensamientos, ideas y opiniones. Diferencias
De viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma deDe viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de
expresiónexpresión
Por cualquier medio de comunicación y difusión. El accesoPor cualquier medio de comunicación y difusión. El acceso
Sin censuraSin censura
Responsabilidad por lo expresadoResponsabilidad por lo expresado
Prohibiciones:Prohibiciones: anonimato, propaganda de guerra, mensajesanonimato, propaganda de guerra, mensajes
discriminatorios ni los que promuevan la intolerancia religiosadiscriminatorios ni los que promuevan la intolerancia religiosa
18. Acceso a la información públicaAcceso a la información pública
Segundo aparte del artículo 57Segundo aparte del artículo 57
Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos oSe prohíbe la censura a los funcionarios públicos o
funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo susfuncionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus
responsabilidades.responsabilidades.
19. 2.2.- Constitución de la República Bolivariana de2.2.- Constitución de la República Bolivariana de
VenezuelaVenezuela
Artículo 58Artículo 58
La comunicación es libre y plural, y comporta los deberesLa comunicación es libre y plural, y comporta los deberes
y responsabilidades que indique la ley. Toda personay responsabilidades que indique la ley. Toda persona
tiene derecho a la información oportuna, veraz etiene derecho a la información oportuna, veraz e
imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios deimparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de
esta Constitución, así como a la réplica y rectificaciónesta Constitución, así como a la réplica y rectificación
cuando se vea afectada directamente por informacionescuando se vea afectada directamente por informaciones
inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentesinexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a recibir información adecuada para sutienen derecho a recibir información adecuada para su
desarrollo integral.desarrollo integral.
20. Elementos del artículo 58Elementos del artículo 58
de la Constitución de la República Bolivariana dede la Constitución de la República Bolivariana de
VenezuelaVenezuela
La comunicación es libre y pluralLa comunicación es libre y plural . Énfasis en los alcances.. Énfasis en los alcances.
Noción más amplia: comunicación (interlocución, doble vía). ¿A quéNoción más amplia: comunicación (interlocución, doble vía). ¿A qué
alude el término libre? ¿Qué se querrá decir con plural? Pluralidad yalude el término libre? ¿Qué se querrá decir con plural? Pluralidad y
democracia. Diversidad en el debate, opciones para escoger,democracia. Diversidad en el debate, opciones para escoger,
asentir o disentir.asentir o disentir.
Comporta deberes y responsabilidadesComporta deberes y responsabilidades . Énfasis en los. Énfasis en los
límites. Sujeción a la ley. Riesgo. Remisión al artículo 57, sobrelímites. Sujeción a la ley. Riesgo. Remisión al artículo 57, sobre
todo en cuanto a la prohibición de censura.todo en cuanto a la prohibición de censura.
Oportuna, veraz e imparcialOportuna, veraz e imparcial . Adjetivos peligrosos. ¿Quién. Adjetivos peligrosos. ¿Quién
califica? ¿El sistema judicial a través de la Fiscalía y los tribunalescalifica? ¿El sistema judicial a través de la Fiscalía y los tribunales
penales? ¿El Gobierno a través de Conatel? ¿Cuál fue la intenciónpenales? ¿El Gobierno a través de Conatel? ¿Cuál fue la intención
del constituyente? ¿Qué dice el Diario de Debates de la ANC?del constituyente? ¿Qué dice el Diario de Debates de la ANC?
21. Elementos del artículo 58Elementos del artículo 58
de la Constitución de la República Bolivariana dede la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (continuación)Venezuela (continuación)
Derecho a réplica y rectificación.Derecho a réplica y rectificación. ¿En qué consisten? ¿En¿En qué consisten? ¿En
qué se parecen y en qué se diferencian? Ejemplo.qué se parecen y en qué se diferencian? Ejemplo.
Informaciones inexactas o agraviantesInformaciones inexactas o agraviantes . Margen de. Margen de
discrecionalidad. ¿Qué es inexacto? El tema de las circunstanciasdiscrecionalidad. ¿Qué es inexacto? El tema de las circunstancias
de la noticia. ¿Qué agravia a quién? Subjetividad. Eventual delitode la noticia. ¿Qué agravia a quién? Subjetividad. Eventual delito
de acción privada; pero si se trata de un funcionario público, dede acción privada; pero si se trata de un funcionario público, de
acción pública.acción pública.
Derecho a la información de los niños, niñas yDerecho a la información de los niños, niñas y
adolescentesadolescentes . ¿Por qué la precisión?. ¿Por qué la precisión?
22. 2.3.- Código Penal2.3.- Código Penal
Ultrajes contra las personas investidasUltrajes contra las personas investidas
de autoridadde autoridad
(artículo 222 y siguientes)(artículo 222 y siguientes)
Artículo 222. El que de palabra u obra ofendiere de algunaArtículo 222. El que de palabra u obra ofendiere de alguna
manera el honor, la reputación o el decoro de unmanera el honor, la reputación o el decoro de un
miembro de la Asamblea Nacional, o de algún funcionariomiembro de la Asamblea Nacional, o de algún funcionario
público, será castigado del modo que sigue, si el hechopúblico, será castigado del modo que sigue, si el hecho
ha tenido lugar en su presencia y con motivo de susha tenido lugar en su presencia y con motivo de sus
funciones:funciones:
1. Si la ofensa se ha dirigido contra algún agente de la1. Si la ofensa se ha dirigido contra algún agente de la
fuerza pública, con prisión de uno a tres meses.fuerza pública, con prisión de uno a tres meses.
2. Si la ofensa se ha dirigido contra un miembro de la2. Si la ofensa se ha dirigido contra un miembro de la
Asamblea Nacional o algún funcionario público, conAsamblea Nacional o algún funcionario público, con
prisión de un mes a un año, según la categoría de dichasprisión de un mes a un año, según la categoría de dichas
personas.personas.
23. Incompatibilidad de los delitos de desacato con laIncompatibilidad de los delitos de desacato con la
Convención Americana sobre Derechos HumanosConvención Americana sobre Derechos Humanos ..
Informe de la CIDHInforme de la CIDH
““Las leyes de desacato otorgan una protección a los funcionariosLas leyes de desacato otorgan una protección a los funcionarios
públicos de la que no disponen el resto de integrantes de unapúblicos de la que no disponen el resto de integrantes de una
sociedad, e invierte el principio democrático que procura la sujeciónsociedad, e invierte el principio democrático que procura la sujeción
del gobierno y, en consecuencia, de los funcionarios públicos- aldel gobierno y, en consecuencia, de los funcionarios públicos- al
escrutinio público, para prevenir o controlar el abuso del poder. Losescrutinio público, para prevenir o controlar el abuso del poder. Los
ciudadanos tienen derecho de criticar y examinar las actitudes deciudadanos tienen derecho de criticar y examinar las actitudes de
los funcionarios en lo que se relaciona con su función pública. Estelos funcionarios en lo que se relaciona con su función pública. Este
tipo de leyes, pueden tener un efecto disuasivo en quienes deseantipo de leyes, pueden tener un efecto disuasivo en quienes desean
participar en el debate público por temor a acciones judiciales o aparticipar en el debate público por temor a acciones judiciales o a
las sanciones, particularmente cuando no distinguen entre loslas sanciones, particularmente cuando no distinguen entre los
hechos y los juicios de valor”.hechos y los juicios de valor”.
24. 2.4.- Reforma del Código Penal2.4.- Reforma del Código Penal
20052005
Artículo 296-A. Todo individuo que por medio deArtículo 296-A. Todo individuo que por medio de
informaciones falsas difundidas por cualquier medioinformaciones falsas difundidas por cualquier medio
impreso, radial, televisivo, telefónico, correosimpreso, radial, televisivo, telefónico, correos
electrónicos o escritos panfletarios, cause pánico en laelectrónicos o escritos panfletarios, cause pánico en la
colectividad o la mantenga en zozobra, será castigadocolectividad o la mantenga en zozobra, será castigado
con prisión de dos a cinco años.con prisión de dos a cinco años.
Si los hechos descritos en el aparte anterior fuerenSi los hechos descritos en el aparte anterior fueren
cometidos por un funcionario público, valiéndose delcometidos por un funcionario público, valiéndose del
anonimato o usando para tal fin el nombre ajeno, la penaanonimato o usando para tal fin el nombre ajeno, la pena
se incrementará en una tercera parte. Este artículo seráse incrementará en una tercera parte. Este artículo será
aplicado sin perjuicio a lo establecido en la legislaciónaplicado sin perjuicio a lo establecido en la legislación
especial sobre los delitos informáticos,especial sobre los delitos informáticos,
telecomunicaciones, impresos y transmisión de mensajestelecomunicaciones, impresos y transmisión de mensajes
dede datos..
25. 2.5.- Ley de Responsabilidad en Radio, Televisión y2.5.- Ley de Responsabilidad en Radio, Televisión y
Medios ElectrónicosMedios Electrónicos
Integración parcializada del Directorio de Responsabilidad SocialIntegración parcializada del Directorio de Responsabilidad Social
Vaguedad de normas. Riesgo de arbitrariedad.Vaguedad de normas. Riesgo de arbitrariedad.
Sanciones excesivas. Caso de multa a Globovisión por coberturaSanciones excesivas. Caso de multa a Globovisión por cobertura
de los sucesos en las cárceles de El Rodeo, en junio de 2011.de los sucesos en las cárceles de El Rodeo, en junio de 2011.
26. Jurisprudencia del Tribunal Supremo de JusticiaJurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia
Sentencia 1.013Sentencia 1.013
Sala ConstitucionalSala Constitucional
12 de junio de 200112 de junio de 2001
Acción de amparo intentada por Elías Santana,
director de la asociación civil Queremos Elegir ante la
negativa del presidente Hugo Chávez de concederle
derecho a réplica por las alusiones a su persona en el
programa Aló Presidente, del 27 de agosto de 2000.
27. Sentencia 1.013Sentencia 1.013
((Consideraciones para decidir)Consideraciones para decidir)
““La vigente Constitución separa el Derecho a la libre expresión delLa vigente Constitución separa el Derecho a la libre expresión del
pensamiento (artículo 57), del Derecho a la información oportuna,pensamiento (artículo 57), del Derecho a la información oportuna,
veraz e imparcial, sin censura, el cual involucra el derecho a laveraz e imparcial, sin censura, el cual involucra el derecho a la
réplica y rectificación por aquellos que se vean afectados porréplica y rectificación por aquellos que se vean afectados por
informaciones inexactas o agraviantes (artículo 58).informaciones inexactas o agraviantes (artículo 58).
28. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
Diferencia entre libertad de expresión y derecho a laDiferencia entre libertad de expresión y derecho a la
informacióninformación
““Se trata de dos derechos diferentes, uno dirigido a garantizar laSe trata de dos derechos diferentes, uno dirigido a garantizar la
expresión de las ideas u opiniones, y otro, en beneficio de losexpresión de las ideas u opiniones, y otro, en beneficio de los
ciudadanos, constituido por el derecho de ser informados deciudadanos, constituido por el derecho de ser informados de
manera oportuna, veraz e imparcial y sin censura, por los mediosmanera oportuna, veraz e imparcial y sin censura, por los medios
de comunicación, ya que el artículo 58 se refiere a la comunicación.de comunicación, ya que el artículo 58 se refiere a la comunicación.
Es en relación con la información comunicacional que surge elEs en relación con la información comunicacional que surge el
derecho a la réplica y a la rectificación, como un derecho de losderecho a la réplica y a la rectificación, como un derecho de los
ciudadanos ante los medios de comunicación en general.ciudadanos ante los medios de comunicación en general.
29. Sentencia 1.013 (consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (consideraciones para decidir)
Acceso a los medios de comunicaciónAcceso a los medios de comunicación
““Surge así una diferencia entre la libertad de expresión, que es enSurge así una diferencia entre la libertad de expresión, que es en
principio irrestricta, y la libertad de comunicación de esa expresión,principio irrestricta, y la libertad de comunicación de esa expresión,
cuando se hace necesario acudir a vías a las cuales no tienecuando se hace necesario acudir a vías a las cuales no tiene
acceso quien se expresa, sin que le nazca un derecho -derivado deacceso quien se expresa, sin que le nazca un derecho -derivado de
la libertad de expresión- de utilizar coercitivamente la forma dela libertad de expresión- de utilizar coercitivamente la forma de
comunicación y difusión que crea más conveniente. Luego, elcomunicación y difusión que crea más conveniente. Luego, el
derecho al “uso de cualquier medio de comunicación o difusión”,derecho al “uso de cualquier medio de comunicación o difusión”,
que otorga a las personas el artículo 57 constitucional, es unque otorga a las personas el artículo 57 constitucional, es un
derecho relativo, dependiente de la posibilidad real de acceso quederecho relativo, dependiente de la posibilidad real de acceso que
se tenga a los medios de comunicación o difusión.se tenga a los medios de comunicación o difusión.
30. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
““Lo que se interpreta de dicha norma es que, en principio, losLo que se interpreta de dicha norma es que, en principio, los
medios no pueden vetar a nadie para expresarse en ellos, pero quemedios no pueden vetar a nadie para expresarse en ellos, pero que
tal actividad depende del tiempo, oportunidad, espacio, etc., quetal actividad depende del tiempo, oportunidad, espacio, etc., que
puedan brindarle a las personas para emitir sus pensamientos. Sinpuedan brindarle a las personas para emitir sus pensamientos. Sin
embargo, apunta la Sala, que aquellos medios que utilizanembargo, apunta la Sala, que aquellos medios que utilizan
servicios, bienes, o derechos concedidos por el Estado, debenservicios, bienes, o derechos concedidos por el Estado, deben
prestar una mayor colaboración hacia la sociedad, en beneficio deprestar una mayor colaboración hacia la sociedad, en beneficio de
la libertad de expresión de los ciudadanos.la libertad de expresión de los ciudadanos.
31. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
Invocación de los delitos de desacato establecidos en elInvocación de los delitos de desacato establecidos en el
Código Penal, del Pacto Internacional de DerechosCódigo Penal, del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y de la Convención Americana sobre DerechosCiviles y de la Convención Americana sobre Derechos
HumanosHumanos
32. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
Cuestionamiento a los mediosCuestionamiento a los medios
““Una serie de delitos y hechos ilícitos que pudieran cometerseUna serie de delitos y hechos ilícitos que pudieran cometerse
mediante la libertad de expresión, irrespetando los derechos de losmediante la libertad de expresión, irrespetando los derechos de los
demás, originarían por tanto responsabilidades ulteriores a quienesdemás, originarían por tanto responsabilidades ulteriores a quienes
se expresan, y los perjuicios a las personas derivadas de la libertadse expresan, y los perjuicios a las personas derivadas de la libertad
de expresión, no dependen de su difusión, sino del hecho de lade expresión, no dependen de su difusión, sino del hecho de la
expresión irrespetuosa.expresión irrespetuosa.
33. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
““Son muchos los casos de personas absueltas de un delito, aSon muchos los casos de personas absueltas de un delito, a
quienes se les sigue calificando de homicidas, narcotraficantes,quienes se les sigue calificando de homicidas, narcotraficantes,
corruptos y otros epítetos semejantes, sometiéndolos al escarniocorruptos y otros epítetos semejantes, sometiéndolos al escarnio
público en franca violación de sus derechos humanos, creandopúblico en franca violación de sus derechos humanos, creando
tensiones y daños familiares (que a veces atentan contra el interéstensiones y daños familiares (que a veces atentan contra el interés
del niño y el adolescente, o contra la mujer y la familia, tipificadosdel niño y el adolescente, o contra la mujer y la familia, tipificados
estos últimos, como violencia psicológica, en el artículo 6 de la Leyestos últimos, como violencia psicológica, en el artículo 6 de la Ley
sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia).sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia).
34. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
Referencia a la Doctrina de la Real MaliciaReferencia a la Doctrina de la Real Malicia
““Dichas informaciones pueden ser erradas, y conculcarían losDichas informaciones pueden ser erradas, y conculcarían los
derechos personales de naturaleza constitucional, cuando sederechos personales de naturaleza constitucional, cuando se
difunden con conocimiento de que eran falsas o con indiferenciadifunden con conocimiento de que eran falsas o con indiferencia
temeraria acerca de si la afirmación era falsa o no. Esto es lo que latemeraria acerca de si la afirmación era falsa o no. Esto es lo que la
sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos desentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de
Norteamérica, en el caso New York Times vs Sullivan (citado porNorteamérica, en el caso New York Times vs Sullivan (citado por
Rafael Saraza Jimena en su obra Libertad de Expresión eRafael Saraza Jimena en su obra Libertad de Expresión e
Información Frente a Honor, Intimidad y Propia Imagen. AranzadiInformación Frente a Honor, Intimidad y Propia Imagen. Aranzadi
Editorial. 1995); llamó la “actual malice” o malicia real.Editorial. 1995); llamó la “actual malice” o malicia real.
35. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
Derecho a réplica del ciudadano y no del periodista, losDerecho a réplica del ciudadano y no del periodista, los
medios o quienes tengan acceso a ellosmedios o quienes tengan acceso a ellos
““Nace a nivel constitucional para las personas agraviadas por laNace a nivel constitucional para las personas agraviadas por la
información, un derecho de réplica (respuesta) y de rectificación;información, un derecho de réplica (respuesta) y de rectificación;
pero tal derecho no lo tienen ni los medios, ni a quienes en ellos sepero tal derecho no lo tienen ni los medios, ni a quienes en ellos se
expresan, ya que, repite la Sala, el derecho a réplica y rectificaciónexpresan, ya que, repite la Sala, el derecho a réplica y rectificación
no ha sido concedido sino a quienes reciben la información y no ano ha sido concedido sino a quienes reciben la información y no a
quien la suministra.quien la suministra.
36. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
““El artículo 14 citado, señala que la respuesta o la rectificación seEl artículo 14 citado, señala que la respuesta o la rectificación se
efectuará por el mismo órgano de difusión, que produjo laefectuará por el mismo órgano de difusión, que produjo la
información inexacta o agraviante, en las condiciones queinformación inexacta o agraviante, en las condiciones que
establezca la ley.establezca la ley.
La ley, que no es otra que la Ley de Ejercicio del Periodismo, en suLa ley, que no es otra que la Ley de Ejercicio del Periodismo, en su
artículo 9 señala: “Toda tergiversación o ausencia de veracidad enartículo 9 señala: “Toda tergiversación o ausencia de veracidad en
la información debe ser ratificada oportuna y eficientemente. Ella información debe ser ratificada oportuna y eficientemente. El
periodista está obligado a rectificar y la empresa a dar cabida a talperiodista está obligado a rectificar y la empresa a dar cabida a tal
rectificación o a la aclaratoria que formule el afectado”.rectificación o a la aclaratoria que formule el afectado”.
37. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
““No pauta la norma cómo se hará la respuesta o la rectificación, siNo pauta la norma cómo se hará la respuesta o la rectificación, si
en la misma página, programa, emisión, etc., donde se difundió laen la misma página, programa, emisión, etc., donde se difundió la
noticia; pero lo que sí está claro es que el obligado a hacerlo es elnoticia; pero lo que sí está claro es que el obligado a hacerlo es el
periodista o la empresa periodística, que claro está podrá agregar loperiodista o la empresa periodística, que claro está podrá agregar lo
que verazmente le excluya la responsabilidad, como un aditamentoque verazmente le excluya la responsabilidad, como un aditamento
hacia sus lectores u oyentes.hacia sus lectores u oyentes.
De acuerdo con el artículo 9 de la Ley de Ejercicio del Periodismo,De acuerdo con el artículo 9 de la Ley de Ejercicio del Periodismo,
son los periodistas los que deben el derecho a réplica oson los periodistas los que deben el derecho a réplica o
rectificación, pero ellos no lo tienen en el sentido señalado en dichorectificación, pero ellos no lo tienen en el sentido señalado en dicho
artículo.artículo.
38. Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)Sentencia 1.013 (Consideraciones para decidir)
““La razón para ello radica en que el medio de difusión,La razón para ello radica en que el medio de difusión,
siempre puede contestar (replicar) o rectificar la noticiasiempre puede contestar (replicar) o rectificar la noticia
inexacta o agraviante que sobre él, sus periodistas oinexacta o agraviante que sobre él, sus periodistas o
colaboradores, haya sido difundida en otro medio.colaboradores, haya sido difundida en otro medio.
Por otra parte, no es el derecho a réplica o rectificaciónPor otra parte, no es el derecho a réplica o rectificación
un derecho dirigido a refutar opiniones o a mantener unaun derecho dirigido a refutar opiniones o a mantener una
diatriba pública, ya que tal cuestión, por estar dirigida adiatriba pública, ya que tal cuestión, por estar dirigida a
personas indeterminadas, haría infinita la discusión sinpersonas indeterminadas, haría infinita la discusión sin
que se pudiera medir con exactitud quien convenció alque se pudiera medir con exactitud quien convenció al
público. Ello no excluye las discusiones públicas, peropúblico. Ello no excluye las discusiones públicas, pero
estas no forman parte del derecho de réplica oestas no forman parte del derecho de réplica o
rectificación”.rectificación”.
39. Acceso a la información públicaAcceso a la información pública
A propósito del estado de salud delA propósito del estado de salud del
presidente Hugo Chávezpresidente Hugo Chávez
¿Colisión de derechos?¿Colisión de derechos?
Libertad de expresiónLibertad de expresión
Derecho a la intimidadDerecho a la intimidad
40. Artículo 143 de la ConstituciónArtículo 143 de la Constitución
““Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados eLos ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a ser informados e
informadas oportuna y verazmente por la Administración Pública,informadas oportuna y verazmente por la Administración Pública,
sobre el estado de las actuaciones en que estén directamentesobre el estado de las actuaciones en que estén directamente
interesados e interesadas, y a conocer las resoluciones definitivasinteresados e interesadas, y a conocer las resoluciones definitivas
que se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen acceso a losque se adopten sobre el particular. Asimismo, tienen acceso a los
archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límitesarchivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límites
aceptables dentro de una sociedad democrática en materiasaceptables dentro de una sociedad democrática en materias
relativas a seguridad interior y exterior, a investigación criminal y arelativas a seguridad interior y exterior, a investigación criminal y a
la intimidad de la vida privada, de conformidad con la ley que regulela intimidad de la vida privada, de conformidad con la ley que regule
la materia de clasificación de documentos de contenido confidencialla materia de clasificación de documentos de contenido confidencial
o secreto. No se permitirá censura alguna a los funcionarioso secreto. No se permitirá censura alguna a los funcionarios
públicos o funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajopúblicos o funcionarias públicas que informen sobre asuntos bajo
su responsabilidad”.su responsabilidad”.
41. Caso Éditions Plon vs. FranciaCaso Éditions Plon vs. Francia
Los hechos:Los hechos:
Publicación del libro “Le Grand Secret”,Publicación del libro “Le Grand Secret”,
escrito por Michel Gonod y Claude Gubler,escrito por Michel Gonod y Claude Gubler,
diez días después de la muerte dediez días después de la muerte de
Francois Mitterrand, quien sufrió deFrancois Mitterrand, quien sufrió de
cáncer desde 1981, cuando fue electocáncer desde 1981, cuando fue electo
presidente de Francia y nunca precisópresidente de Francia y nunca precisó
detalles sobre su estado de salud.detalles sobre su estado de salud.
42. Caso Éditions Plon vs. FranciaCaso Éditions Plon vs. Francia
El caso:El caso:
Los familiares de Mitterrand alegaron que se violóLos familiares de Mitterrand alegaron que se violó
el derecho a la intimidad del presidente, pues lael derecho a la intimidad del presidente, pues la
salud de una persona está dentro de la esferasalud de una persona está dentro de la esfera
de la intimidad.de la intimidad.
Los tribunales franceses fallaron a favor de losLos tribunales franceses fallaron a favor de los
familiares de Mitterrand, prohibieron lafamiliares de Mitterrand, prohibieron la
distribución del libro y acordaron sancionesdistribución del libro y acordaron sanciones
económicaseconómicas
43. Caso Éditions Plon vs. FranciaCaso Éditions Plon vs. Francia
La decisión de la Corte Europea de Derechos Humanos (18 de mayoLa decisión de la Corte Europea de Derechos Humanos (18 de mayo
de 2004)de 2004)
““La Corte considera que el libro fue publicado en el contexto de unLa Corte considera que el libro fue publicado en el contexto de un
amplio debate en Francia sobre un asunto de interés público, enamplio debate en Francia sobre un asunto de interés público, en
particular el derecho del público a estar informado sobre cualquierparticular el derecho del público a estar informado sobre cualquier
enfermedad grave que sufra la cabeza del Estado, y la pregunta deenfermedad grave que sufra la cabeza del Estado, y la pregunta de
si una persona que se sabe que tiene una enfermedad grave estási una persona que se sabe que tiene una enfermedad grave está
capacitado para manejar la más alta oficina nacional. Además, elcapacitado para manejar la más alta oficina nacional. Además, el
secreto impuesto por el presidente Mitterrand, de acuerdo con elsecreto impuesto por el presidente Mitterrand, de acuerdo con el
libro, sobre su condición y su desarrollo, desde el momento en quelibro, sobre su condición y su desarrollo, desde el momento en que
contrajo la enfermedad hasta el momento en que el público fuecontrajo la enfermedad hasta el momento en que el público fue
informado (más de diez años después) levantó un interés público, ainformado (más de diez años después) levantó un interés público, a
propósito de la transparencia de la vida política”.propósito de la transparencia de la vida política”.
44. Caso Éditions Plon vs. FranciaCaso Éditions Plon vs. Francia
Fallo “salomónico”Fallo “salomónico”
La Corte Europea de Derechos Humanos convinoLa Corte Europea de Derechos Humanos convino
en que la publicación del libro violó el derecho aen que la publicación del libro violó el derecho a
la intimidad del presidente Mitterrand, pero quela intimidad del presidente Mitterrand, pero que
también se violó la libertad de expresióntambién se violó la libertad de expresión
mediante el mantenimiento de la prohibición demediante el mantenimiento de la prohibición de
su circulación después de la muerte del primersu circulación después de la muerte del primer
mandatario francés. “Una prohibición nomandatario francés. “Una prohibición no
necesaria en una sociedad democrática”, indicanecesaria en una sociedad democrática”, indica
la sentenciala sentencia
45. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
El caso:El caso:
El 12 de agosto de 2009 la abogada Marianna Belalba, apoderadaEl 12 de agosto de 2009 la abogada Marianna Belalba, apoderada
judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL ESPACIO PÚBLICO, interpuso,judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL ESPACIO PÚBLICO, interpuso,
ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia unaante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia una
acción de amparo constitucional “acción de amparo constitucional “……contra la negativa de lacontra la negativa de la
Contraloría General de la República Bolivariana deContraloría General de la República Bolivariana de
Venezuela de otorgar oportuna y adecuada respuesta aVenezuela de otorgar oportuna y adecuada respuesta a
la solicitud de información precisa sobre el salario base yla solicitud de información precisa sobre el salario base y
otras erogaciones que devengan el Contralor General deotras erogaciones que devengan el Contralor General de
la República y las remuneraciones del resto del personalla República y las remuneraciones del resto del personal
de la Contraloría General de la Repúblicade la Contraloría General de la República …”.…”.
46. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
Un antecedente:Un antecedente:
En 2006,En 2006, Gerardo Blyde consignó en la Comisión de Contraloría de laGerardo Blyde consignó en la Comisión de Contraloría de la
Asamblea Nacional y en el Ministerio Público una denuncia contraAsamblea Nacional y en el Ministerio Público una denuncia contra
el ciudadano Clodosbaldo Russián, Contralor General de lael ciudadano Clodosbaldo Russián, Contralor General de la
RepúblicaRepública “… por el cobro doble de ingresos como funcionario“… por el cobro doble de ingresos como funcionario
activo y como jubilado de la Alcaldía de Libertador…”.activo y como jubilado de la Alcaldía de Libertador…”.
La Contraloría respondió que RussiánLa Contraloría respondió que Russián fue jubilado el 22 de diciembrefue jubilado el 22 de diciembre
de 1995 “con un monto correspondiente al cien por ciento de lade 1995 “con un monto correspondiente al cien por ciento de la
remuneración mensual del cargo de Contralor Municipal, es decir,remuneración mensual del cargo de Contralor Municipal, es decir,
Bs.229.240,00.Bs.229.240,00.
La Fiscalía el TSJ concluyeron que los hechos no constituían delito,La Fiscalía el TSJ concluyeron que los hechos no constituían delito,
por lo cual se decretó el sobreseimiento de la causapor lo cual se decretó el sobreseimiento de la causa
47. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de JusticiaSentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia
(15 de julio de 2010)(15 de julio de 2010)
“…“…el derecho de petición y oportuna respuesta respecto de losel derecho de petición y oportuna respuesta respecto de los
funcionarios y entes de la Administración Pública supone que, antefuncionarios y entes de la Administración Pública supone que, ante
la petición de un particular, la Administración se encuentra en lala petición de un particular, la Administración se encuentra en la
obligación, si bien no de satisfacer la pretensión del administrado, síobligación, si bien no de satisfacer la pretensión del administrado, sí
de dar respuesta específica a la solicitud; o en todo caso, indicar lasde dar respuesta específica a la solicitud; o en todo caso, indicar las
razones por las cuales no resuelve respecto de lo que se le hubiererazones por las cuales no resuelve respecto de lo que se le hubiere
solicitado (vid. sent. 2031/2003 caso:solicitado (vid. sent. 2031/2003 caso: Miguel Antonio AlbornozMiguel Antonio Albornoz
Rodríguez y Rosalba Marcano De Albornoz)Rodríguez y Rosalba Marcano De Albornoz),, sin que sea obligatoriosin que sea obligatorio
dar una respuesta favorable a la petición del administrado.dar una respuesta favorable a la petición del administrado.
48. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
“…“…no sólo basta que la Administración dé unano sólo basta que la Administración dé una
respuesta sino que la misma sea, en primerrespuesta sino que la misma sea, en primer
lugar, oportuna en el tiempo, es decir que nolugar, oportuna en el tiempo, es decir que no
resulte inoficiosa debido al largo transcursoresulte inoficiosa debido al largo transcurso
desde la petición formulada hasta la respuestadesde la petición formulada hasta la respuesta
obtenida; y en segundo lugar, debe serobtenida; y en segundo lugar, debe ser
adecuadamente motivada de acuerdo a lasadecuadamente motivada de acuerdo a las
diversas pretensiones solicitadas por eldiversas pretensiones solicitadas por el
administrado; esto es, debe contener unaadministrado; esto es, debe contener una
congruente decisión de acuerdo a lascongruente decisión de acuerdo a las
circunstancias planteadas en el caso concreto.circunstancias planteadas en el caso concreto.
49. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
“…“…la doctrina constitucional contemporánea reconoce sin restriccionesla doctrina constitucional contemporánea reconoce sin restricciones
la vigencia de los derechos fundamentales y distingue los diversosla vigencia de los derechos fundamentales y distingue los diversos
ámbitos en los cuales el ciudadano y ciudadana puede hacer usoámbitos en los cuales el ciudadano y ciudadana puede hacer uso
de ellos, reconociéndosede ellos, reconociéndose derechos fundamentalesderechos fundamentales
inespecíficosinespecíficos , según se trate del ejercicio de los mismos en los, según se trate del ejercicio de los mismos en los
ámbitos del trabajador asalariado o del funcionariado público. Esámbitos del trabajador asalariado o del funcionariado público. Es
decir, la condición de funcionario público y aun la de trabajadordecir, la condición de funcionario público y aun la de trabajador
asalariado no invalida en el ámbito de trabajo el ejercicio deasalariado no invalida en el ámbito de trabajo el ejercicio de
derechos fundamentales específicosderechos fundamentales específicos como son: el derecho acomo son: el derecho a
la vida privada, a la intimidad, a la libertad de expresión, a lala vida privada, a la intimidad, a la libertad de expresión, a la
libertad de religión, al libre desarrollo de la personalidad, entrelibertad de religión, al libre desarrollo de la personalidad, entre
otros; sólo que en estos casos debe pasarse por elotros; sólo que en estos casos debe pasarse por el testtest dede
constitucionalidad, ponderándose con criterios de proporcionalidad,constitucionalidad, ponderándose con criterios de proporcionalidad,
adecuación, pertinencia y necesidad.adecuación, pertinencia y necesidad.
50. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
“…“…El hecho es que reconocido para los funcionariosEl hecho es que reconocido para los funcionarios
públicos la intimidad comopúblicos la intimidad como derecho fundamentalderecho fundamental
inespecíficoinespecífico , cabría analizar el contenido de la, cabría analizar el contenido de la
intimidad, esto es, precisar cuál es la información queintimidad, esto es, precisar cuál es la información que
pertenece al ámbito de la vida privada; o, en términospertenece al ámbito de la vida privada; o, en términos
más concretos, si la remuneración, al igual que elmás concretos, si la remuneración, al igual que el
derecho a la imagen, libertad de expresión o el derechoderecho a la imagen, libertad de expresión o el derecho
a la libre orientación política, forma parte de la esferaa la libre orientación política, forma parte de la esfera
intima del funcionario, reconociéndose unintima del funcionario, reconociéndose un derecho a laderecho a la
intimidad económicaintimidad económica..
51. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
“…“…cabe señalar que aun cuando efectivamente se invocó un interéscabe señalar que aun cuando efectivamente se invocó un interés
que se interrelaciona con la necesidad de proteger otro bien jurídicoque se interrelaciona con la necesidad de proteger otro bien jurídico
constitucional, este es, la participación ciudadana en la gestiónconstitucional, este es, la participación ciudadana en la gestión
pública; sometida la pretensión de amparo alpública; sometida la pretensión de amparo al testtest dede
constitucionalidad, constata la Sala que la parte accionante noconstitucionalidad, constata la Sala que la parte accionante no
acredita cómo la información solicitada sería de utilidad para laacredita cómo la información solicitada sería de utilidad para la
participación ciudadana en pro de la transparencia de la gestiónparticipación ciudadana en pro de la transparencia de la gestión
pública. En otras palabras, no parece proporcional la magnitud de lapública. En otras palabras, no parece proporcional la magnitud de la
información solicitada en pro de la transparencia de la gestióninformación solicitada en pro de la transparencia de la gestión
fiscal, ni siquiera las acciones concretas para las cuales se utilizaríafiscal, ni siquiera las acciones concretas para las cuales se utilizaría
la información solicitada. Razón por la cual, en criterio de la Sala,la información solicitada. Razón por la cual, en criterio de la Sala,
no existe un título legítimo para tolerar la invasión en el derechono existe un título legítimo para tolerar la invasión en el derecho
constitucional a la intimidad del Contralor General de la Repúblico yconstitucional a la intimidad del Contralor General de la Repúblico y
el resto de los funcionarios adscrito al órgano contralor”.el resto de los funcionarios adscrito al órgano contralor”.
52. Espacio Público vs. ContraloríaEspacio Público vs. Contraloría
Dispositiva del fallo:Dispositiva del fallo:
2.-2.- ESTABLECE COMO CRITERIO VINCULANTEESTABLECE COMO CRITERIO VINCULANTE
que en ausencia de ley expresa, y para salvaguardar losque en ausencia de ley expresa, y para salvaguardar los
límites del ejercicio del derecho fundamental a lalímites del ejercicio del derecho fundamental a la
información, se hace necesario: i) que el o la solicitanteinformación, se hace necesario: i) que el o la solicitante
de la información manifieste expresamente las razones ode la información manifieste expresamente las razones o
los propósitos por los cuales requiere la información; y ii)los propósitos por los cuales requiere la información; y ii)
que la magnitud de la información que se solicita seaque la magnitud de la información que se solicita sea
proporcional con la utilización y uso que se pretenda darproporcional con la utilización y uso que se pretenda dar
a la información solicitada.a la información solicitada.
55. Justificación oficialJustificación oficial
““Hemos adoptado lo que consideramos unaHemos adoptado lo que consideramos una
opción correcta: dar partes que combinanopción correcta: dar partes que combinan
la lucha de ideas, la defensa política yla lucha de ideas, la defensa política y
humana del presidente Chávez y suhumana del presidente Chávez y su
familia y la información médica”.familia y la información médica”.
Vicepresidente Nicolás MaduroVicepresidente Nicolás Maduro
El NacionalEl Nacional, 18 de enero de 2013, 18 de enero de 2013
56. Un ejercicio finalUn ejercicio final
Sobre la primera imagen:Sobre la primera imagen:
1)1) ¿En este caso es suficiente el derecho de rectificación¿En este caso es suficiente el derecho de rectificación
y respuesta para subsanar el error?y respuesta para subsanar el error?
2)2) ¿Tienen fundamento las acciones judiciales contra¿Tienen fundamento las acciones judiciales contra ElEl
PaísPaís anunciadas por el Gobierno?anunciadas por el Gobierno?
Sobre la segunda imagen:Sobre la segunda imagen:
1)1) ¿Las fotos presentadas satisfacen el derecho de¿Las fotos presentadas satisfacen el derecho de
acceso a la información sobre la salud del presidenteacceso a la información sobre la salud del presidente
Hugo Chávez?Hugo Chávez?
2)2) ¿Cuáles son los efectos del déficit de transparencia en¿Cuáles son los efectos del déficit de transparencia en
este caso?este caso?