SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 48
Downloaden Sie, um offline zu lesen
Contenido laboral del Reglamento de
                extranjería.

                     Eduardo Rojo Torrecilla.
       Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad
        Social de la Universidad Autónoma de Barcelona.




1    ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 INTRODUCCIÓN.
     RD 557/2011 desarrolla la LO 2/2009 de 11 de diciembre
        http://bit.ly/kXrExA Entrada en vigor: 30 de junio.

     Artículo 10. Derecho al trabajo y a la Seguridad Social.
     Artículo 14. Derecho a la Seguridad Social y a los servicios
        sociales.
       Artículo 36. Autorización de residencia y trabajo.
       Artículo 38. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
       Artículo 40. Supuestos específicos de exención de la situación
        nacional de empleo.
       Artículo 41. Excepciones a la autorización de trabajo.

2        ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 RD 557/2011. Transpone Directivas de la UE.
     Directiva 2004/114 de 13 de diciembre de 2004. Requisitos de
      admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios,
      intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de
      voluntariado http://bit.ly/jOlnmS

     Directiva 2005/71 de 12 de octubre de 2005. Procedimiento
      específico de admisión de nacionales de terceros países a efectos
      de investigación científica http://bit.ly/kGDmmG

     Directiva 2009/50 de 25 de mayo de 2009. Condiciones de
      entrada y residencia de nacionales de terceros países para fines de
      empleo altamente cualificado http://bit.ly/j7S5c6
3       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Directiva 2004/81 de 29 de abril de 2004.Expedición de un permiso de
    residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de
    seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la
    inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes
    http://bit.ly/mvy0DO

 Directivas 2003/109 de 25 de noviembre de 2003. http://bit.ly/iF1tRX
    Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración.
    Modificada por Directiva 2011/51 de 11 de mayo (extiende su ámbito de
    aplicación a los beneficiarios de protección internacional)
    http://bit.ly/mhI9El

 Reglamento (CE) nº 810/2009 de 13 de julio de 2009. Código
    Comunitario sobre Visados. http://bit.ly/in0lmM

4      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 I. Marco normativo.


     RD 557/2011 de 20 de abril.
     Núcleo central. Título IV. Capítulo III. Residencia temporal y
      trabajo por cuenta ajena. Artículos 62 a 72.
      http://bit.ly/mCk1DZ

     COMPÁRESE CON LA NORMATIVA ANTERIOR.


     RD 2393/2004 de 30 de diciembre.
     Título IV. Capítulo II, Sección 1ª. Residencia temporal y trabajo
      por cuenta ajena. Artículos 49 a 54. http://bit.ly/iOTa7x
5      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Alrededor del núcleo central se encuentran otros
       supuestos de residencia temporal y de trabajo.

     -- Para investigación. Arts. 73 a 84.


     -- Profesionales altamente cualificados titulares de una tarjeta azul
       –UE. Arts. 85 a 96.

     -- Por cuenta ajena de duración determinada. Arts. 97 a 102.


     -- Por cuenta propia. Arts. 103 a 109.


     -- Prestaciones transnacionales de servicios: Arts. 110 a 116.
6   ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 -- RT Con excepción de la autorización de trabajo. Arts. 117 a 119.


     -- RT del extranjero acogido a un programa de retorno voluntario.
      Arts. 120 a 122.

     -- RT por circunstancias excepcionales. Arts. 123 a 146.




     a) Arraigo, protección internacional, razones humanitarias,
      colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público.


7       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 b) Mujeres extranjeras víctimas de violencia de género (vid LO
      10/2011 de 27 de julio http://bit.ly/q74N6T. Concesión
      automática de autorización provisional de residencia y trabajo
      para la mujer maltratada y sus hijos)

     c) Colaboración contra redes organizadas.


     d) Víctimas de la trata de seres humanos (vid LO 10/2011 de 27
      de julio http://bit.ly/q74N6T).




8      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 -- Extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de
      interés económico, social o laboral, o cuyo objeto sea la realización
      de trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieren
      alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés
      cultural. Arts. 178 a 181.




9       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Instrucciones de la Dirección General de Inmigración, de 28 de
     junio. Desarrollo del RD 557/2011. http://bit.ly/pBsYKt

  A) Núm. 1. Normativa aplicable a las solicitudes presentadas con
     anterioridad al 30.6.

  B) Núm. 2. Instrucciones, circulares y oficios elaborados por la
     DGI desde LO 4/2000. Qué textos siguen en vigor y cuales son
     derogados a partir del 30.6.




10     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 C) Núms. 3 y 4. Aplicación del Reglamento en materia de
       informe de arraigo y de acreditación de la disposición de la
       vivienda adecuada en procedimientos sobre residencia por
       reagrupación familiar, respectivamente.

      Competencia autonómica catalana. http://bit.ly/ixBhsk




11      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 II. Inmigración y mercado de trabajo.


      Dos de los principios inspiradores del RD 557/2011.
       http://bit.ly/mCk1DZ

      Consolidación de un modelo basado en la regularidad y vinculado al
       mercado de trabajo.

      Fomento de la integración y la igualdad de derechos y deberes.


       El impacto en el Reglamento del acuerdo en la mesa del diálogo social
       sobre inmigración. http://bit.ly/mlE0og
12       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Encuesta de Población Activa. Segundo trimestre 2011. Población
       extranjera. http://bit.ly/qD4FO9

      Población activa 3.574.900 personas (disminución en serie
       interanual de 81.000).

      Población ocupada: 2.435.700 personas (disminución de
       114.800).

      Población desempleada: 1.139.200 personas (incremento de
       33.800).

      Población inactiva: 1.085.800 personas (descenso de 11.700).
13       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Afiliación media de extranjeros a la Seguridad Social. Agosto
       2011. http://bit.ly/mNFXhU

      1.849.761 afiliados. 687.148 UE. 1.162.613 Países no UE.
      Régimen general Seguridad Social: 65,99 %.
      Agrario: 12,45 %.
      Autónomos. 11,29 %.
      Hogar: 9,95 %.
      Mar: 0,29 %.
      Minería y carbón: 0,03 %.

14     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Afiliación media de extranjeros de países no UE. Provincia de
         Tarragona. Agosto de 2011. http://bit.ly/qD4FO9
        Régimen general. 20.409.
        Autónomos. 2.010.
        Agrario. 2.864.
        Trabajadores del mar. 188.
        Minería y carbón. 0.
        Personal al servicio del hogar familiar. 1.783.
        Total. 27.255.

      Afiliación de países UE. 16.849.


15        ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 III. Estudio general del articulado.

      Vid explicación más detallada en
       http://slidesha.re/dUf4hz (castellano) y
       http://slidesha.re/o4PQ5l (catalán).




16    ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 1. Artículo 63. Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por
     cuenta ajena.
    Residencia fuera de España.
    Obtención del visado.
    Ser dado de alta en Seguridad Social (en tres meses desde la entrada
     legal).
    Solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero (un mes desde el
     alta en SS)

  Regla general: autorización inicial para un ámbito geográfico
     provincial y una ocupación (excepción: no aplicación de la situación
     nacional de empleo). Vid competencias autonómicas.

17     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 2. Artículo 64. Requisitos.


  Carecer de antecedentes penales durante los últimos cinco años.


  Presentación de contrato de trabajo firmado por ambas partes.
     Fecha de inicio condicionada “al momento de la eficacia de la
     autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena”

  Supuesto de contratación a tiempo parcial: retribución igual o
     superior al SMI para jornada completa y en cómputo anual



18     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 3. Artículo 65. Determinación de la situación nacional de empleo.


      Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (periodicidad
       trimestral). Criterios para su elaboración. Concreción del detalle
       de una ocupación: “grado de especialización requerido para el
       desempeño de la actividad”.

      Posible exclusión del CODC de ocupaciones que puedan ser
       cubiertas por demandantes de empleo “tras su participación en
       actuaciones formativas programadas por los SPE”.




19       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Gestión de la insuficiencia de vacantes.


 Acreditación de la dificultad de cubrir un puesto de trabajo “con
     trabajadores ya incorporados en el mercado laboral interno”

 Presentación de oferta de empleo precisa y ajustada a los
     requerimientos del puesto de trabajo, “sin contener requisitos que
     no tengan relación directa con su desempeño”.

 Gestión pública de la oferta para posibilitar el acceso de los
     trabajadores “que residan en cualquier parte del territorio español”.


20      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Emisión del certificado de “insuficiencia de demandantes”.


      Valoración del certificado (del SPE) por la Oficina de extranjería
       (o autoridad competente en Cataluña). Toma en consideración de:

      Relación entre el número de trabajadores puestos a disposición del
       empleador y el de puestos de trabajo ofertados por este.

      Si el puesto de trabajo podría (o no) ser cubierto tras una
       actividad formativa programada por el SPE.



21       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 4. Artículo 66. Medios económicos, materiales y personales a acreditar
       por el empleador para hacer frente a las obligaciones dimanantes del
       contrato de trabajo.



      Empleador (persona jurídica): acreditación de medios suficientes
       para el proyecto empresarial y para las obligaciones derivadas del
       contrato de trabajo (convenio colectivo o SMI: 21,38 euros/día
       o 641,40 euros/mes). Cifra de negocios (tres años); promedio
       anual de personas contratadas (contrataciones, despidos y bajas
       producidas)



22      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Empleador (persona física). Acreditación (“además”) de medios de vida
       suficientes para sus necesidades y las familiares.

      Cuantía mínima exigible (“descontado el pago del salario”):


      Sin familiares a cargo: 100 % IPREM mensual. (17,75 euros/día o
       532/51 euros/mes).

      Unidad familiar de dos miembros (incluido el empleador): 200 %
       IPREM mensual. Unidades familiares de más de dos miembros: 50 %
       IPREM mensual por cada miembro adicional.

      Cómputo de medios económicos: incluye los de todas las personas de
       la unidad familiar.

23       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 5. Artículo 67. Procedimiento.


  Eficacia de la autorización suspendida hasta obtención del visado y
     alta del trabajador en SS, “en el plazo de tres meses desde su
     entrada legal en España y por el empleador que solicitó la
     autorización”.

  Posibilidad de contratación por otro empleador: por fallecimiento
     del primer empleador o por desaparición de aquel que tenga la
     condición de empresa. En los tres meses desde entrada legal en
     España.

24     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Comunicación por el trabajador a la oficina de extranjería (o
     autoridad competente en Cataluña) de la incidencia.

  Emisión de documento que deje constancia de la misma.


  Entrega al trabajador para que se dirija al SPE y solicite sus
     servicios de intermediación laboral.




25     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 6. Artículo 70.Visado de residencia y trabajo y entrada en España.


      El extranjero debe ser titular de una autorización inicial de
       residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

      Deberá aportarse copia del contrato, sellada por la Oficina de
       extranjería. Verificación de oficio de la concesión de la
       autorización inicial.

      Vigencia del visado: tres meses. Habilitación para entrada y
       permanencia en situación de estancia en España.


26      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 “En el plazo de tres meses desde la entrada del trabajador
     extranjero en territorio español, deberá producirse su afiliación,
     alta y posterior cotización, en los términos establecidos por la
     normativa sobre el régimen de Seguridad Social que resulte de
     aplicación; el trabajador podrá comenzar su actividad laboral; y el
     empleador quedará obligado a comunicar el contenido del contrato
     de trabajo a los Servicios Públicos de Empleo.

  El alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social dotará
     de eficacia a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo
     por cuenta ajena.



27     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Si finalizada la vigencia de la autorización de estancia no existiera
       constancia de que el trabajador ha sido dado de alta en el régimen
       correspondiente de la Seguridad Social, éste quedará obligado a
       salir del territorio nacional, incurriendo en caso contrario en
       infracción grave por encontrarse irregularmente en España”.




28      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 7. Artículo 71. Renovación de las autorizaciones de residencia temporal y
       trabajo por cuenta ajena.

      A) Acreditación de la actividad laboral (mínimo de seis meses por
       año), más “alguna de las siguientes situaciones”:

      a) Suscripción de CT con nuevo empleador. Situación de alta o
       asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación.

      b)Disponer de un nuevo contrato. Inicio de vigencia del CT
       condicionada a la concesión de la renovación.


29       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 C) Período de actividad laboral mínimo de tres meses al año y
       acreditación “acumulativamente” de:

      a) Relación laboral (que dio origen a la autorización)
       interrumpida por causas ajenas a la voluntad del trabajador.

      b) Búsqueda activa de empleo (= inscripción como demandante
       de empleo en el SPE).

      c) CT en vigor en el momento de solicitar la renovación.


30      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 D) En caso de CT extinguido ( o suspendido) y tratarse de
       trabajadora víctima de violencia de género.

      E) Como desarrollo del artículo 38.6 d) LO 2/2009 (“cuando
       concurran otras circunstancias previstas reglamentariamente”)
      a) Acreditación de trabajo y alta en SS un mínimo de nueve meses
       (en período de doce), o de dieciocho (período de veinticuatro),
       más interrupción de la última relación laboral por causas ajenas a
       la voluntad, y búsqueda activa de empleo.

      b) Disponer el cónyuge o pareja de hecho de recursos económicos
       que le permitieran reagrupar al trabajador (vid artículo 54):


31       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Unidad familiar de dos miembros (con cómputo de la persona
       reagrupante ): 150 % IPREM mensual. Unidades familiares de
       más de dos miembros (con cómputo de la persona reagrupante):
       50 % IPREM mensual por cada persona adicional.

      Concesión si hay (“indubitadamente”) perspectiva de
       mantenimiento de medios económicos durante el año posterior a
       la fecha de solicitud.

      Valoración del mantenimiento de ingresos teniendo en cuenta “la
       evolución de los medios del reagrupante en los seis meses previos
       a la fecha de presentación de la solicitud”.

32      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Informe (autoridad autonómica) que acredite la escolarización de
     los menores a cargo en edad de escolarización obligatoria.

  Concesión de la renovación previa valoración, del esfuerzo de
     integración del extranjero (acreditado mediante informe positivo
     de la CC AA del lugar de residencia). Posible aportación del
     informe para suplir la no acreditación de alguno de los requisitos
     obligatorios.

  Posible renovación aunque haya descubiertos en cotización a SS,
     “siempre que se acredite la realización habitual de la actividad”.



33     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Contenido mínimo del Informe:
      -- La participación activa del extranjero en acciones formativas
       destinadas al conocimiento y respeto de los valores
       constitucionales de España, los valores estatutarios de la CC AA
       en que se resida, los valores de la UE, los derechos humanos, las
       libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad
       entre mujeres y hombres,
      -- El aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia.


      Toma en consideración de las acciones formativas desarrolladas
       por entidades privadas debidamente acreditadas o por entidades
       públicas.


34      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 TÍTULO V. Residencia temporal por circunstancias
   excepcionales.
  1. Arraigo laboral.


  Reducción de 1 año a 6 meses en cuanto al período del que deberá
     acreditarse la existencia de una relación laboral,

  Acreditación y duración por resolución judicial que la reconozca o
     resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la
     Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.



35     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Este requisito (modificado) se suma al de acreditar una
     residencia continuada en España durante 2 años como
     mínimo, y a la carencia de antecedentes penales.

  La carencia no sólo debe darse en España y en el país
     de origen del extranjero, sino también “en el país o
     países en los que haya residido durante los últimos
     cinco años”.


36    ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 2. Arraigo social.


      Requisito de permanencia continuada en España
       durante un período mínimo de 3 años, y obligación
       de carecer de antecedentes penales en los mismos
       términos que en el supuesto anterior.




37       ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 RD 2393/2004: requería que la solicitud fuera
      acompañada de un contrato de trabajo firmado por
      ambas partes y con una duración mínima de un año.

      RD 557/2011: se admite la presentación de dos
      contratos en relaciones laborales del sector agrario
      con distintos empleadores y unidos en el tiempo, con
      una duración mínima de seis meses para cada uno de
      ellos.

38      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 También pueden presentarse varios contratos, “todos
      ellos de duración mínima de un año”, con una suma
      de horas trabajadas que no debe ser inferior a 30
      horas semanales en el cómputo global, cuando la
      persona trabajadora extranjera vaya a prestar sus
      servicios en una misma ocupación pero trabajando a
      tiempo parcial y para más de un empleador.



39     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Art. 126.6: los efectos del contrato de trabajo presentado y
       firmado quedan condicionados a la entrada en vigor de la
       autorización solicitada y a que la persona trabajadora sea dada de
       alta en la Seguridad Social. Plazo de 1 meses para la afiliación y
       alta “desde la notificación realizada al solicitante” (de la
       concesión de la autorización de residencia por arraigo social).

      Excepción: que no deba (n) presentarse contrato (s) de trabajo.




40     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 A la acreditación de la residencia, de carencia de antecedentes
     penales y de contrato (o contratos) de trabajo, hay que añadir “de
     forma acumulativa”, el llamado “informe de integración”. Incluirá
     “los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas
     de inserción sociolaborales”.

  Emisión del Informe por la CC AA. Posibilidad (derivada) de
     emisión por las autoridades locales. Plazo máximo de 30 días desde
     la solicitud.

  En caso de no emisión “podrá justificarse este requisito por
     cualquier medio de prueba admitido en Derecho”.

41     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su
   régimen sancionador. Capítulo IV. Infracciones y
   sanciones en el orden social y vigilancia laboral.
  Artículo 52 d) LO 4/2000 (modificada)y artículo 254.1 y 4 a) RD
   557/2011: Infracción leve (sanción de 50 a 500 euros) por
   “Encontrarse trabajando en una ocupación, sector de actividad, o
   ámbito geográfico no contemplado por la autorización de
   residencia y trabajo de la que se es titular”.
  Importante “corrección de errores” del RD 557/2011.
   http://bit.ly/olzIsU
   Pregunta: ¿Corresponde a la ITSS sancionar a trabajadores
   extranjeros? ¿Es esa la razón de ser de la ITSS según la Ley
   42/1997? http://bit.ly/kL1MTf

42   ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Art. 254 RD 557/2011 (versión original). Infracciones y sanciones
     en el orden social.

     “1. Las infracciones leves tipificadas en los artículos 52.c), d) y e);
     graves del artículo 53.1.b), cuando se trate de trabajadores por
     cuenta propia, y 53.2.a); y muy graves del artículo 54.1.d) y f) de
     la LO 4/2000, de 11 de enero, serán sancionadas de conformidad
     con el procedimiento para la imposición de sanciones por
     infracciones de orden social, y por lo dispuesto en este artículo”.




43      ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Corrección de errores y cambio sustancial: “En la página 43988, en
     el artículo 254.1, donde dice: «… 53.1.b), cuando se trate de
     trabajadores por cuenta propia, y 53.2.a); y muy graves
     del...», debe decir: «… 53.1.b) y 53.2.a); y muy graves del...»”

     Recuérdese art. 53 de la LO 4/2000 (modificada). Son infracciones
     graves: “b) Encontrarse trabajando en España sin haber obtenido
     autorización de trabajo o autorización administrativa previa para
     trabajar, cuando no cuente con autorización de residencia válida”.




44     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 ¿Qué implica la corrección de errores publicada en el BOE del RD
   557/2001?
  ¿Será sancionada como infracción grave, la prestación laboral de
   una persona de nacionalidad no comunitaria, tanto si trata de
   trabajador por cuenta propia como si es un trabajador por cuenta
   ajena?
  Sometido a debate. ¿Puede ser esta la respuesta correcta? La LO
   4/2000 modificada no diferenciaba entre unos y otros trabajadores,
   y el texto “original” del Reglamento nunca ha entrado en vigor
   porque ha sido “corregido” antes de la fecha previsto para ello, el
   30.6.


45    ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 IV. Ampliación de competencias de la Generalitat a
       nuevos supuestos de autorizaciones iniciales de
       trabajo.
      http://bit.ly/nqE5kz
      A) Extranjeros que se encuentren en Cataluña por motivos
       educativos y no laborales. Han de disponer de autorización de
       estancia por estudios, investigación o formación, prácticas no
       laborales o servicios de voluntariado.

      B) Investigadores extranjeros. Movilidad en la UE. Personas que
       realizan proyectos de investigación, en el marco de un convenio
       de acogida con un organismo de investigación.

46     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 C) Profesionales altamente cualificados y titulares de una tarjeta
     azul de la UE. Supuestos de movilidad desde otro Estado hacia
     España (tras 18 meses de estancia en otro Estado).

  D) Varios supuestos de modificación de la situación de estancia a la
     de autorización y trabajo. También, modificación de las
     autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena en
     otro tipo de autorizaciones.

  Vid http://bit.ly/nx6wng




47     ICAT. 16 de septiembre de 2011.
 Buena y tranquila lectura de las 186 páginas de BOE… para
       quien no lo haya hecho aún.

      Muchas gracias por su atención… y paciencia. Ahora, el debate.
      eduardo.rojo@uab.cat




      http://eduardorojoblog.blogspot.com/


      @erojotorrecilla


48     ICAT. 16 de septiembre de 2011.

Weitere ähnliche Inhalte

Andere mochten auch

Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011
Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011
Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011Daniel Moreno
 
Strategie internet avec exemple RH 2.0
Strategie internet avec exemple RH 2.0 Strategie internet avec exemple RH 2.0
Strategie internet avec exemple RH 2.0 Mohammed ALAMI ✅
 
Journées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEX
Journées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEXJournées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEX
Journées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEXABES
 
Assises Polytech (02 Avril 2015)
Assises Polytech (02 Avril 2015)Assises Polytech (02 Avril 2015)
Assises Polytech (02 Avril 2015)Emmanuel Bettler
 
Taureau Reproducteur
Taureau ReproducteurTaureau Reproducteur
Taureau Reproducteurtorondelor
 
Boire Ou Conduire
Boire Ou ConduireBoire Ou Conduire
Boire Ou Conduiredark73
 
Location auvergne ski & nature
Location auvergne    ski & natureLocation auvergne    ski & nature
Location auvergne ski & natureKarine Le Bris
 
A quoi va ressmbler le projet spo wordpress
A quoi va ressmbler le projet spo wordpressA quoi va ressmbler le projet spo wordpress
A quoi va ressmbler le projet spo wordpressaureliegarrigues
 
Assises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest Tremblant
Assises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest TremblantAssises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest Tremblant
Assises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest Tremblantfgchevrier
 
Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...
Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...
Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...Universidad Autónoma de Barcelona
 
Maia comp fr_0808
Maia comp fr_0808Maia comp fr_0808
Maia comp fr_0808maiaoffice
 
Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...
Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...
Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...Office Nationale du Tourisme Madagascar
 
A economia no século XXI
A economia no século XXIA economia no século XXI
A economia no século XXIImpacta Eventos
 
LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -
LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -
LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -Agence Double Numérique
 

Andere mochten auch (20)

Mr pizot
Mr pizotMr pizot
Mr pizot
 
Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011
Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011
Medicina Prepaga Y Obras Sociales 2011
 
Strategie internet avec exemple RH 2.0
Strategie internet avec exemple RH 2.0 Strategie internet avec exemple RH 2.0
Strategie internet avec exemple RH 2.0
 
Journées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEX
Journées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEXJournées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEX
Journées ABES 2014 - 21 mai - Focus sur ISTEX
 
Assises Polytech (02 Avril 2015)
Assises Polytech (02 Avril 2015)Assises Polytech (02 Avril 2015)
Assises Polytech (02 Avril 2015)
 
2003 3013 : Panorama de la cancerologie en Rhone-Alpes Auvergne
2003 3013 : Panorama de la cancerologie en Rhone-Alpes Auvergne2003 3013 : Panorama de la cancerologie en Rhone-Alpes Auvergne
2003 3013 : Panorama de la cancerologie en Rhone-Alpes Auvergne
 
Réformer la dépense publique pour libérer la croissance et l¹emploi
Réformer la dépense publique pour libérer la croissance et l¹emploiRéformer la dépense publique pour libérer la croissance et l¹emploi
Réformer la dépense publique pour libérer la croissance et l¹emploi
 
Taureau Reproducteur
Taureau ReproducteurTaureau Reproducteur
Taureau Reproducteur
 
Boire Ou Conduire
Boire Ou ConduireBoire Ou Conduire
Boire Ou Conduire
 
Location auvergne ski & nature
Location auvergne    ski & natureLocation auvergne    ski & nature
Location auvergne ski & nature
 
Carlos Böhrt
Carlos BöhrtCarlos Böhrt
Carlos Böhrt
 
A quoi va ressmbler le projet spo wordpress
A quoi va ressmbler le projet spo wordpressA quoi va ressmbler le projet spo wordpress
A quoi va ressmbler le projet spo wordpress
 
Assises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest Tremblant
Assises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest TremblantAssises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest Tremblant
Assises du Tourisme 2009 - E. Trudel, Intrawest Tremblant
 
Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...
Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...
Estudio de 76 sentencias dictadas por el TS. Procedimientos de despidos colec...
 
Maia comp fr_0808
Maia comp fr_0808Maia comp fr_0808
Maia comp fr_0808
 
Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...
Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...
Les outils financiers développés en faveur du secteur tourisme par la BOA Mad...
 
Jreci-2011
Jreci-2011Jreci-2011
Jreci-2011
 
A economia no século XXI
A economia no século XXIA economia no século XXI
A economia no século XXI
 
test
test test
test
 
LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -
LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -
LinkedIn mode d'emploi via Agence Double Numérique - @DN -
 

Ähnlich wie Contenido laboral del Reglamento de extranjería.

Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.
Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.
Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.Universidad Autónoma de Barcelona
 
Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.
Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.
Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.Universidad Autónoma de Barcelona
 
La política social de la Unión Europea. Especial atención a la libre circul...
La política social de la Unión Europea.  Especial  atención a la libre circul...La política social de la Unión Europea.  Especial  atención a la libre circul...
La política social de la Unión Europea. Especial atención a la libre circul...Universidad Autónoma de Barcelona
 
BOE-A-2010-17022
BOE-A-2010-17022BOE-A-2010-17022
BOE-A-2010-17022Cext
 
Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española 28.11.2011.
Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española  28.11.2011.Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española  28.11.2011.
Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española 28.11.2011.Universidad Autónoma de Barcelona
 
06 INFORME DE NECESIDAD.pdf
06 INFORME DE NECESIDAD.pdf06 INFORME DE NECESIDAD.pdf
06 INFORME DE NECESIDAD.pdfOLGERANKUASH
 
Anteproyecto Reforma De Ley De Extranjeria
Anteproyecto Reforma De Ley De ExtranjeriaAnteproyecto Reforma De Ley De Extranjeria
Anteproyecto Reforma De Ley De ExtranjeriaSartu-Álava Asociación
 
Una visión global sobre la política social de la Unión Europea.
Una visión global sobre la política social de la Unión Europea. Una visión global sobre la política social de la Unión Europea.
Una visión global sobre la política social de la Unión Europea. Universidad Autónoma de Barcelona
 
Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...
Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...
Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...Universidad Autónoma de Barcelona
 
Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...
Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...
Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...CEDER Merindades
 
La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...
La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...
La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...Cext
 
BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...
BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...
BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...Cext
 
convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...
convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...
convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...Maria Dolores Gomariz Perez
 

Ähnlich wie Contenido laboral del Reglamento de extranjería. (20)

Ponencia uimp 17.8.2010. inmigración.
Ponencia uimp 17.8.2010. inmigración.Ponencia uimp 17.8.2010. inmigración.
Ponencia uimp 17.8.2010. inmigración.
 
Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.
Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.
Mecanismos de contratación estable de trabajadores extranjeros. 12.5.2011.
 
Ponencia Granada. 17 de febrero de 2011.
Ponencia Granada. 17 de febrero de 2011.Ponencia Granada. 17 de febrero de 2011.
Ponencia Granada. 17 de febrero de 2011.
 
Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.
Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.
Ponencia Sevilla. 28 de octubre de 2010. Inmigración y retorno voluntario.
 
Seminario sobre inmigración. UdG. 18.3.2011.
Seminario sobre inmigración. UdG. 18.3.2011.Seminario sobre inmigración. UdG. 18.3.2011.
Seminario sobre inmigración. UdG. 18.3.2011.
 
Ponencia 28.5.2010. icab. extranjería.
Ponencia 28.5.2010. icab. extranjería.Ponencia 28.5.2010. icab. extranjería.
Ponencia 28.5.2010. icab. extranjería.
 
Bocyl d-14052018-5
Bocyl d-14052018-5Bocyl d-14052018-5
Bocyl d-14052018-5
 
La política social de la Unión Europea. Especial atención a la libre circul...
La política social de la Unión Europea.  Especial  atención a la libre circul...La política social de la Unión Europea.  Especial  atención a la libre circul...
La política social de la Unión Europea. Especial atención a la libre circul...
 
BOE-A-2010-17022
BOE-A-2010-17022BOE-A-2010-17022
BOE-A-2010-17022
 
Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española 28.11.2011.
Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española  28.11.2011.Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española  28.11.2011.
Ponencia Encuentro Confederal de Empleo. Cáritas Española 28.11.2011.
 
06 INFORME DE NECESIDAD.pdf
06 INFORME DE NECESIDAD.pdf06 INFORME DE NECESIDAD.pdf
06 INFORME DE NECESIDAD.pdf
 
Anteproyecto Reforma De Ley De Extranjeria
Anteproyecto Reforma De Ley De ExtranjeriaAnteproyecto Reforma De Ley De Extranjeria
Anteproyecto Reforma De Ley De Extranjeria
 
Una visión global sobre la política social de la Unión Europea.
Una visión global sobre la política social de la Unión Europea. Una visión global sobre la política social de la Unión Europea.
Una visión global sobre la política social de la Unión Europea.
 
Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...
Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...
Estudio del contenido laboral del nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. ...
 
Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...
Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...
Programa «International Training Working» en Castilla y León, en colaboración...
 
Código de la policía
Código de la policíaCódigo de la policía
Código de la policía
 
Código de la policía
Código de la policíaCódigo de la policía
Código de la policía
 
La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...
La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...
La Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior convoca las ayu...
 
BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...
BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...
BOE: ayudas para actividades dirigidas a los jóvenes españoles del exterior p...
 
convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...
convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...
convocatoria del programa de becas MAEC-AECID para proyectos de artistas espa...
 

Contenido laboral del Reglamento de extranjería.

  • 1. Contenido laboral del Reglamento de extranjería. Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. 1 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 2.  INTRODUCCIÓN.  RD 557/2011 desarrolla la LO 2/2009 de 11 de diciembre http://bit.ly/kXrExA Entrada en vigor: 30 de junio.  Artículo 10. Derecho al trabajo y a la Seguridad Social.  Artículo 14. Derecho a la Seguridad Social y a los servicios sociales.  Artículo 36. Autorización de residencia y trabajo.  Artículo 38. Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.  Artículo 40. Supuestos específicos de exención de la situación nacional de empleo.  Artículo 41. Excepciones a la autorización de trabajo. 2 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 3.  RD 557/2011. Transpone Directivas de la UE.  Directiva 2004/114 de 13 de diciembre de 2004. Requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado http://bit.ly/jOlnmS  Directiva 2005/71 de 12 de octubre de 2005. Procedimiento específico de admisión de nacionales de terceros países a efectos de investigación científica http://bit.ly/kGDmmG  Directiva 2009/50 de 25 de mayo de 2009. Condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países para fines de empleo altamente cualificado http://bit.ly/j7S5c6 3 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 4.  Directiva 2004/81 de 29 de abril de 2004.Expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes http://bit.ly/mvy0DO  Directivas 2003/109 de 25 de noviembre de 2003. http://bit.ly/iF1tRX Estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración. Modificada por Directiva 2011/51 de 11 de mayo (extiende su ámbito de aplicación a los beneficiarios de protección internacional) http://bit.ly/mhI9El  Reglamento (CE) nº 810/2009 de 13 de julio de 2009. Código Comunitario sobre Visados. http://bit.ly/in0lmM 4 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 5.  I. Marco normativo.  RD 557/2011 de 20 de abril.  Núcleo central. Título IV. Capítulo III. Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Artículos 62 a 72. http://bit.ly/mCk1DZ  COMPÁRESE CON LA NORMATIVA ANTERIOR.  RD 2393/2004 de 30 de diciembre.  Título IV. Capítulo II, Sección 1ª. Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Artículos 49 a 54. http://bit.ly/iOTa7x 5 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 6.  Alrededor del núcleo central se encuentran otros supuestos de residencia temporal y de trabajo.  -- Para investigación. Arts. 73 a 84.  -- Profesionales altamente cualificados titulares de una tarjeta azul –UE. Arts. 85 a 96.  -- Por cuenta ajena de duración determinada. Arts. 97 a 102.  -- Por cuenta propia. Arts. 103 a 109.  -- Prestaciones transnacionales de servicios: Arts. 110 a 116. 6 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 7.  -- RT Con excepción de la autorización de trabajo. Arts. 117 a 119.  -- RT del extranjero acogido a un programa de retorno voluntario. Arts. 120 a 122.  -- RT por circunstancias excepcionales. Arts. 123 a 146.  a) Arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades, seguridad nacional o interés público. 7 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 8.  b) Mujeres extranjeras víctimas de violencia de género (vid LO 10/2011 de 27 de julio http://bit.ly/q74N6T. Concesión automática de autorización provisional de residencia y trabajo para la mujer maltratada y sus hijos)  c) Colaboración contra redes organizadas.  d) Víctimas de la trata de seres humanos (vid LO 10/2011 de 27 de julio http://bit.ly/q74N6T). 8 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 9.  -- Extranjeros en cuya actividad profesional concurran razones de interés económico, social o laboral, o cuyo objeto sea la realización de trabajos de investigación o desarrollo o docentes, que requieren alta cualificación, o de actuaciones artísticas de especial interés cultural. Arts. 178 a 181. 9 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 10.  Instrucciones de la Dirección General de Inmigración, de 28 de junio. Desarrollo del RD 557/2011. http://bit.ly/pBsYKt  A) Núm. 1. Normativa aplicable a las solicitudes presentadas con anterioridad al 30.6.  B) Núm. 2. Instrucciones, circulares y oficios elaborados por la DGI desde LO 4/2000. Qué textos siguen en vigor y cuales son derogados a partir del 30.6. 10 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 11.  C) Núms. 3 y 4. Aplicación del Reglamento en materia de informe de arraigo y de acreditación de la disposición de la vivienda adecuada en procedimientos sobre residencia por reagrupación familiar, respectivamente.  Competencia autonómica catalana. http://bit.ly/ixBhsk 11 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 12.  II. Inmigración y mercado de trabajo.  Dos de los principios inspiradores del RD 557/2011. http://bit.ly/mCk1DZ  Consolidación de un modelo basado en la regularidad y vinculado al mercado de trabajo.  Fomento de la integración y la igualdad de derechos y deberes. El impacto en el Reglamento del acuerdo en la mesa del diálogo social sobre inmigración. http://bit.ly/mlE0og 12 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 13.  Encuesta de Población Activa. Segundo trimestre 2011. Población extranjera. http://bit.ly/qD4FO9  Población activa 3.574.900 personas (disminución en serie interanual de 81.000).  Población ocupada: 2.435.700 personas (disminución de 114.800).  Población desempleada: 1.139.200 personas (incremento de 33.800).  Población inactiva: 1.085.800 personas (descenso de 11.700). 13 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 14.  Afiliación media de extranjeros a la Seguridad Social. Agosto 2011. http://bit.ly/mNFXhU  1.849.761 afiliados. 687.148 UE. 1.162.613 Países no UE.  Régimen general Seguridad Social: 65,99 %.  Agrario: 12,45 %.  Autónomos. 11,29 %.  Hogar: 9,95 %.  Mar: 0,29 %.  Minería y carbón: 0,03 %. 14 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 15.  Afiliación media de extranjeros de países no UE. Provincia de Tarragona. Agosto de 2011. http://bit.ly/qD4FO9  Régimen general. 20.409.  Autónomos. 2.010.  Agrario. 2.864.  Trabajadores del mar. 188.  Minería y carbón. 0.  Personal al servicio del hogar familiar. 1.783.  Total. 27.255.  Afiliación de países UE. 16.849. 15 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 16.  III. Estudio general del articulado.  Vid explicación más detallada en http://slidesha.re/dUf4hz (castellano) y http://slidesha.re/o4PQ5l (catalán). 16 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 17.  1. Artículo 63. Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.  Residencia fuera de España.  Obtención del visado.  Ser dado de alta en Seguridad Social (en tres meses desde la entrada legal).  Solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero (un mes desde el alta en SS)  Regla general: autorización inicial para un ámbito geográfico provincial y una ocupación (excepción: no aplicación de la situación nacional de empleo). Vid competencias autonómicas. 17 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 18.  2. Artículo 64. Requisitos.  Carecer de antecedentes penales durante los últimos cinco años.  Presentación de contrato de trabajo firmado por ambas partes. Fecha de inicio condicionada “al momento de la eficacia de la autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta ajena”  Supuesto de contratación a tiempo parcial: retribución igual o superior al SMI para jornada completa y en cómputo anual 18 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 19.  3. Artículo 65. Determinación de la situación nacional de empleo.  Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura (periodicidad trimestral). Criterios para su elaboración. Concreción del detalle de una ocupación: “grado de especialización requerido para el desempeño de la actividad”.  Posible exclusión del CODC de ocupaciones que puedan ser cubiertas por demandantes de empleo “tras su participación en actuaciones formativas programadas por los SPE”. 19 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 20.  Gestión de la insuficiencia de vacantes.  Acreditación de la dificultad de cubrir un puesto de trabajo “con trabajadores ya incorporados en el mercado laboral interno”  Presentación de oferta de empleo precisa y ajustada a los requerimientos del puesto de trabajo, “sin contener requisitos que no tengan relación directa con su desempeño”.  Gestión pública de la oferta para posibilitar el acceso de los trabajadores “que residan en cualquier parte del territorio español”. 20 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 21.  Emisión del certificado de “insuficiencia de demandantes”.  Valoración del certificado (del SPE) por la Oficina de extranjería (o autoridad competente en Cataluña). Toma en consideración de:  Relación entre el número de trabajadores puestos a disposición del empleador y el de puestos de trabajo ofertados por este.  Si el puesto de trabajo podría (o no) ser cubierto tras una actividad formativa programada por el SPE. 21 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 22.  4. Artículo 66. Medios económicos, materiales y personales a acreditar por el empleador para hacer frente a las obligaciones dimanantes del contrato de trabajo.  Empleador (persona jurídica): acreditación de medios suficientes para el proyecto empresarial y para las obligaciones derivadas del contrato de trabajo (convenio colectivo o SMI: 21,38 euros/día o 641,40 euros/mes). Cifra de negocios (tres años); promedio anual de personas contratadas (contrataciones, despidos y bajas producidas) 22 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 23.  Empleador (persona física). Acreditación (“además”) de medios de vida suficientes para sus necesidades y las familiares.  Cuantía mínima exigible (“descontado el pago del salario”):  Sin familiares a cargo: 100 % IPREM mensual. (17,75 euros/día o 532/51 euros/mes).  Unidad familiar de dos miembros (incluido el empleador): 200 % IPREM mensual. Unidades familiares de más de dos miembros: 50 % IPREM mensual por cada miembro adicional.  Cómputo de medios económicos: incluye los de todas las personas de la unidad familiar. 23 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 24.  5. Artículo 67. Procedimiento.  Eficacia de la autorización suspendida hasta obtención del visado y alta del trabajador en SS, “en el plazo de tres meses desde su entrada legal en España y por el empleador que solicitó la autorización”.  Posibilidad de contratación por otro empleador: por fallecimiento del primer empleador o por desaparición de aquel que tenga la condición de empresa. En los tres meses desde entrada legal en España. 24 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 25.  Comunicación por el trabajador a la oficina de extranjería (o autoridad competente en Cataluña) de la incidencia.  Emisión de documento que deje constancia de la misma.  Entrega al trabajador para que se dirija al SPE y solicite sus servicios de intermediación laboral. 25 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 26.  6. Artículo 70.Visado de residencia y trabajo y entrada en España.  El extranjero debe ser titular de una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.  Deberá aportarse copia del contrato, sellada por la Oficina de extranjería. Verificación de oficio de la concesión de la autorización inicial.  Vigencia del visado: tres meses. Habilitación para entrada y permanencia en situación de estancia en España. 26 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 27.  “En el plazo de tres meses desde la entrada del trabajador extranjero en territorio español, deberá producirse su afiliación, alta y posterior cotización, en los términos establecidos por la normativa sobre el régimen de Seguridad Social que resulte de aplicación; el trabajador podrá comenzar su actividad laboral; y el empleador quedará obligado a comunicar el contenido del contrato de trabajo a los Servicios Públicos de Empleo.  El alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social dotará de eficacia a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. 27 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 28.  Si finalizada la vigencia de la autorización de estancia no existiera constancia de que el trabajador ha sido dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, éste quedará obligado a salir del territorio nacional, incurriendo en caso contrario en infracción grave por encontrarse irregularmente en España”. 28 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 29.  7. Artículo 71. Renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.  A) Acreditación de la actividad laboral (mínimo de seis meses por año), más “alguna de las siguientes situaciones”:  a) Suscripción de CT con nuevo empleador. Situación de alta o asimilada al alta en el momento de solicitar la renovación.  b)Disponer de un nuevo contrato. Inicio de vigencia del CT condicionada a la concesión de la renovación. 29 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 30.  C) Período de actividad laboral mínimo de tres meses al año y acreditación “acumulativamente” de:  a) Relación laboral (que dio origen a la autorización) interrumpida por causas ajenas a la voluntad del trabajador.  b) Búsqueda activa de empleo (= inscripción como demandante de empleo en el SPE).  c) CT en vigor en el momento de solicitar la renovación. 30 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 31.  D) En caso de CT extinguido ( o suspendido) y tratarse de trabajadora víctima de violencia de género.  E) Como desarrollo del artículo 38.6 d) LO 2/2009 (“cuando concurran otras circunstancias previstas reglamentariamente”)  a) Acreditación de trabajo y alta en SS un mínimo de nueve meses (en período de doce), o de dieciocho (período de veinticuatro), más interrupción de la última relación laboral por causas ajenas a la voluntad, y búsqueda activa de empleo.  b) Disponer el cónyuge o pareja de hecho de recursos económicos que le permitieran reagrupar al trabajador (vid artículo 54): 31 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 32.  Unidad familiar de dos miembros (con cómputo de la persona reagrupante ): 150 % IPREM mensual. Unidades familiares de más de dos miembros (con cómputo de la persona reagrupante): 50 % IPREM mensual por cada persona adicional.  Concesión si hay (“indubitadamente”) perspectiva de mantenimiento de medios económicos durante el año posterior a la fecha de solicitud.  Valoración del mantenimiento de ingresos teniendo en cuenta “la evolución de los medios del reagrupante en los seis meses previos a la fecha de presentación de la solicitud”. 32 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 33.  Informe (autoridad autonómica) que acredite la escolarización de los menores a cargo en edad de escolarización obligatoria.  Concesión de la renovación previa valoración, del esfuerzo de integración del extranjero (acreditado mediante informe positivo de la CC AA del lugar de residencia). Posible aportación del informe para suplir la no acreditación de alguno de los requisitos obligatorios.  Posible renovación aunque haya descubiertos en cotización a SS, “siempre que se acredite la realización habitual de la actividad”. 33 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 34.  Contenido mínimo del Informe:  -- La participación activa del extranjero en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la CC AA en que se resida, los valores de la UE, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres,  -- El aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia.  Toma en consideración de las acciones formativas desarrolladas por entidades privadas debidamente acreditadas o por entidades públicas. 34 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 35.  TÍTULO V. Residencia temporal por circunstancias excepcionales.  1. Arraigo laboral.  Reducción de 1 año a 6 meses en cuanto al período del que deberá acreditarse la existencia de una relación laboral,  Acreditación y duración por resolución judicial que la reconozca o resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite. 35 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 36.  Este requisito (modificado) se suma al de acreditar una residencia continuada en España durante 2 años como mínimo, y a la carencia de antecedentes penales.  La carencia no sólo debe darse en España y en el país de origen del extranjero, sino también “en el país o países en los que haya residido durante los últimos cinco años”. 36 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 37.  2. Arraigo social.  Requisito de permanencia continuada en España durante un período mínimo de 3 años, y obligación de carecer de antecedentes penales en los mismos términos que en el supuesto anterior. 37 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 38.  RD 2393/2004: requería que la solicitud fuera acompañada de un contrato de trabajo firmado por ambas partes y con una duración mínima de un año.  RD 557/2011: se admite la presentación de dos contratos en relaciones laborales del sector agrario con distintos empleadores y unidos en el tiempo, con una duración mínima de seis meses para cada uno de ellos. 38 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 39.  También pueden presentarse varios contratos, “todos ellos de duración mínima de un año”, con una suma de horas trabajadas que no debe ser inferior a 30 horas semanales en el cómputo global, cuando la persona trabajadora extranjera vaya a prestar sus servicios en una misma ocupación pero trabajando a tiempo parcial y para más de un empleador. 39 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 40.  Art. 126.6: los efectos del contrato de trabajo presentado y firmado quedan condicionados a la entrada en vigor de la autorización solicitada y a que la persona trabajadora sea dada de alta en la Seguridad Social. Plazo de 1 meses para la afiliación y alta “desde la notificación realizada al solicitante” (de la concesión de la autorización de residencia por arraigo social).  Excepción: que no deba (n) presentarse contrato (s) de trabajo. 40 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 41.  A la acreditación de la residencia, de carencia de antecedentes penales y de contrato (o contratos) de trabajo, hay que añadir “de forma acumulativa”, el llamado “informe de integración”. Incluirá “los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales”.  Emisión del Informe por la CC AA. Posibilidad (derivada) de emisión por las autoridades locales. Plazo máximo de 30 días desde la solicitud.  En caso de no emisión “podrá justificarse este requisito por cualquier medio de prueba admitido en Derecho”. 41 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 42.  Título XIV. Infracciones en materia de extranjería y su régimen sancionador. Capítulo IV. Infracciones y sanciones en el orden social y vigilancia laboral.  Artículo 52 d) LO 4/2000 (modificada)y artículo 254.1 y 4 a) RD 557/2011: Infracción leve (sanción de 50 a 500 euros) por “Encontrarse trabajando en una ocupación, sector de actividad, o ámbito geográfico no contemplado por la autorización de residencia y trabajo de la que se es titular”.  Importante “corrección de errores” del RD 557/2011. http://bit.ly/olzIsU Pregunta: ¿Corresponde a la ITSS sancionar a trabajadores extranjeros? ¿Es esa la razón de ser de la ITSS según la Ley 42/1997? http://bit.ly/kL1MTf 42 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 43.  Art. 254 RD 557/2011 (versión original). Infracciones y sanciones en el orden social. “1. Las infracciones leves tipificadas en los artículos 52.c), d) y e); graves del artículo 53.1.b), cuando se trate de trabajadores por cuenta propia, y 53.2.a); y muy graves del artículo 54.1.d) y f) de la LO 4/2000, de 11 de enero, serán sancionadas de conformidad con el procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones de orden social, y por lo dispuesto en este artículo”. 43 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 44.  Corrección de errores y cambio sustancial: “En la página 43988, en el artículo 254.1, donde dice: «… 53.1.b), cuando se trate de trabajadores por cuenta propia, y 53.2.a); y muy graves del...», debe decir: «… 53.1.b) y 53.2.a); y muy graves del...»” Recuérdese art. 53 de la LO 4/2000 (modificada). Son infracciones graves: “b) Encontrarse trabajando en España sin haber obtenido autorización de trabajo o autorización administrativa previa para trabajar, cuando no cuente con autorización de residencia válida”. 44 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 45.  ¿Qué implica la corrección de errores publicada en el BOE del RD 557/2001?  ¿Será sancionada como infracción grave, la prestación laboral de una persona de nacionalidad no comunitaria, tanto si trata de trabajador por cuenta propia como si es un trabajador por cuenta ajena?  Sometido a debate. ¿Puede ser esta la respuesta correcta? La LO 4/2000 modificada no diferenciaba entre unos y otros trabajadores, y el texto “original” del Reglamento nunca ha entrado en vigor porque ha sido “corregido” antes de la fecha previsto para ello, el 30.6. 45 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 46.  IV. Ampliación de competencias de la Generalitat a nuevos supuestos de autorizaciones iniciales de trabajo.  http://bit.ly/nqE5kz  A) Extranjeros que se encuentren en Cataluña por motivos educativos y no laborales. Han de disponer de autorización de estancia por estudios, investigación o formación, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.  B) Investigadores extranjeros. Movilidad en la UE. Personas que realizan proyectos de investigación, en el marco de un convenio de acogida con un organismo de investigación. 46 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 47.  C) Profesionales altamente cualificados y titulares de una tarjeta azul de la UE. Supuestos de movilidad desde otro Estado hacia España (tras 18 meses de estancia en otro Estado).  D) Varios supuestos de modificación de la situación de estancia a la de autorización y trabajo. También, modificación de las autorizaciones de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena en otro tipo de autorizaciones.  Vid http://bit.ly/nx6wng 47 ICAT. 16 de septiembre de 2011.
  • 48.  Buena y tranquila lectura de las 186 páginas de BOE… para quien no lo haya hecho aún.  Muchas gracias por su atención… y paciencia. Ahora, el debate.  eduardo.rojo@uab.cat  http://eduardorojoblog.blogspot.com/  @erojotorrecilla 48 ICAT. 16 de septiembre de 2011.