3. La informática jurídica se ha venido
relacionando con el derecho a través de dos vías
por un lado informática jurídica y derecho de la
informática.
En el derecho, ayuda que este uso presta al
desarrollo y aplicación del derecho. En otras
palabras es ver el aspecto instrumental dado a
raíz de la informática en el derecho.
Se relacionan también ya que de ambos nacen
otras disciplinas como la estadística, la
sociología, etc.
4.
5. Consiste en la aplicación de técnicas
informáticas a la documentación jurídica
Aplicación de técnicas informáticas a la
documentación jurídica en aspectos sobre
análisis, archivo y recuperación de información
contenida en la legislación.
6.
7. Consiste en la incorporación de mecanismos
manipulables en la computadora, que
comprenden el conocimiento sobre algún tema,
y los procedimientos necesarios para dar
solución o respuesta a los problemas
planteados acerca del tema en discusión.
Se basa en un conocimiento jurídico, a
diferencia de la documental, la meta
documental abarca, busca más, va más allá de
la recuperación y reproducción de información
(documental o no) con el fin de que la maquina
resuelva por si misma los problemas jurídicos.
8.
9. La Teoría General de los Sistemas (T.G.S.)
busca reglas de valor general, aplicables a
cualquier sistema y en cualquier nivel de la
realidad.
10.
11. Disciplina que tiene como propósito o razón la
posibilidad de la sustitución del Juez por la
computadora, finalidad que por los momentos
es inaceptada, simplemente porque a través de
la jurisdicción se emana una sentencia, y para
ello, qué mejor candidato que un ser humano
que por supuesto tiene el sentido racional, con
lo que pueda acudir al sistema de integración y
poder a través de las interpretaciones y lógica
jurídica dar una sentencia llena de la
interrelación de la paz y la justicia, para lograr
verdaderas sociedades, verdaderas democracias
y libertades.
12.
13. Implica el hecho de la ordenación y
estructuración, la cibernética parte de un
estudio análogo del sistema o como en la
actualidad se le conoce como teoría general del
sistema.