13. Módulo II: Los Principios de la Justicia Constitucional
3) Constitucionalidad. Corresponde al Tribunal Constitucional y al
Poder Judicial, en el marco de sus respectivas competencias,
garantizar la supremacía, integridad y eficacia de la Constitución y
del bloque de constitucionalidad.
4) Efectividad. Todo juez o tribunal debe garantizar la efectiva
aplicación de las normas constitucionales y de los derechos
fundamentales frente a los sujetos obligados o deudores de los
mismos, respetando las garantías mínimas del debido proceso y esta
obligado a utilizar los medios mas idóneos y adecuados a las
necesidades concretas de protección frente a cada cuestión
planteada, pudiendo conceder una tutela judicial diferenciada
cuando lo amerite el caso en razón de sus pecualiaridades.
37. Contenido
•
Modalidades de Precedentes Judiciales: horizontal y
vertical
•
Cambios en el precedente vertical
•
Cambios en el precedente horizontal.
•
Distinción entre Precedente vinculante y
jurisprudencia iniciativa.
•
Diferencia entre ratio decidendi y obiter dictum.
•
Precedente constitucional como medida de
protección de la seguridad jurídica.
•
Interpretación de los precedentes constitucionales.
Efectos jurídicos.
•
Aplicación del precedente constitucional como
garantía de la igualdad de derechos fundamentales.