2. Antecedentes 6 Noviembre del 1844 Jueces Constitucionales (Primera Constitución) 10 de junio del 1845 Alcaldes Constitucionales de Comunales (Ley Orgánica de los Tribunales Atribuciones judiciales y conciliatorias) A partir del 1947 Juez de Paz
3. Los Jueces de Paz dentro del período Republicano han sido llamados Alcaldes, Jueces Alcaldes o Alcaldes Comunales. No fue sino a partir del año 1947 cuando por medio de la ley No.1337 se le cambio la denominación por la actual de Jueces de paz. Antecedentes
4. Mediante la Ley No. 1337, promulgada en fecha 26 de enero de 1947, Gaceta Oficial No. 6575, se le cambió la denominación por el actual jueces de paz, la que en su único artículo establece: Antecedentes
5. “ En todas las leyes, resoluciones, decretos, reglamentos, ordenanzas, actos y formularios en que se diga juez alcalde o alcalde comunal se entenderá que dice juez de paz , serán validas las denominaciones como si fuera la denominación oficial de lugar desde el 10 de enero de 1947”
6. Ley 821 de 1927 Art. 52.- (Mod. Por la Constitución de 1994).- En cada Municipio habrá por lo menos, un Juzgado de Paz, servido por un Juez de Paz. Cada Juzgado de Paz tendrá un Secretario y un Alguacil de Estrados que serán nombrados por el Juez de Paz; y tendrá además un escribiente, un conserje y los demás empleados que determine la Ley de Gastos Públicos, los cuales serán nombrados por la Suprema Corte de Justicia.
7. Constitución de la República Artículo 162.- Juzgados de paz. La ley determinará el número de juzgados de paz o sus equivalentes, sus atribuciones, competencia territorial y la forma como estarán organizados.
8. Algunos autores han definido al juez de Paz como un magistrado de orden especial, encargado de administrar justicia como juez único en asuntos por lo general de poca importancia y a quien se le han encomendado la realización de diversos actos extrajudiciales. El juzgado de Paz es el Tribunal con la mayor diversidad de funciones en nuestro ordenamiento jurídico, así como el más complejo por todas las actuaciones que con gran trascendencia social y económica realiza regularmente.