2. Concepto de delito societario
Conjunto de acciones u omisiones que alteran
el normal funcionamiento de las sociedades
comerciales o empresas de responsabilidad
limitada, y que causan perjuicio a los socios,
los terceros o la sociedad.
3. Delitos societarios. Clasificación
Infracciones relativas a las sociedades
anónimas (Art.. 468-795
Infracciones concernientes a las sociedades de
responsabilidad limitada (Art.. 496- 498)
Infracciones comunes a los diversos tipos de
sociedades comerciales (Art.. 499-508)
Infracciones relativas a las empresas
individuales de responsabilidad limitada. (509-
512)
4. Particularidades de la ley 479-08
Fue modificada profundamente por la ley 31-11. En mas de 200
artículos.
Establece una forma de multa indexadle de forma automática, salarios
mínimos del sector publico.
Establece de forma expresa la responsabilidad penal de las personas
morales o jurídicas, estableciendo como sanción la clausura temporal
hasta por tres años, revocación de hasta por cinco años o de forma
definitiva de alguna habilitación legal, inhabilitación de hasta cinco
años o definitiva de recurrir a llamado publico al ahorro en sectores
financiero, bursátil o comerciales, para colocación de títulos o valores.
La ley 31-11 modifico la parte penal, incluyendo las infracciones
correspondiente a cada categoría de sociedades en el titulo
correspondiente a la sociedad.
5. Particularidades de la ley 479-08
Incluye la responsabilidad penal de los
administradores o presidentes de hecho de las
sociedades.
6. Modificaciones de la ley 31-11
La nueva redaccion del articulo 468 resulta
confusa, en cuanto a la circunstancia
agravante del fraude y la sancion.
El articulo 481 crea tipos que se identifican
mas infracciones administrativas.
Produce derogaciones de algunos tipos
penales como los establecidos en los articulos
472, 501, 502, 515, 516
7. Acciones penales
prevé persecución a instancia privada como
principio.
Establece la persecución por acción publica
para las infracciones previstas en los artículos
472, 473, 478, 490 párrafo, 491, 492, 493, 501
y 502.
8. Sanciones
Las personas físicas podrán ser sancionadas
con pena privativa de libertad de un año hasta
diez años en caso de intervenir agravantes
9. Otra clasificación
Delitos que sancionan la operación ilicita de las
sociedades comerciales.
Delitos que sancionan la falsedad de documentos
sociales.
Delitos que tienden a sancionar la imposicion de
acuerdos abusivos.
Delitos que tienden sancionar la defraudacion de
la sociedad y los socios.
Delitos que tienden a sancionar las maniobras,
acciones y omisiones que tienden a impedir el
derecho de los asociados.