2. V. El Recurso de Casación
El recurso de casación en la nueva legislación
procesal, es el medio de impugnación previsto en
contra de la sentencia del Tribunal de Apelación,
cuando se ocasione un perjuicio a una de las partes.
3. 1.Resoluciones Impugnadas
Art. 425.- Decisiones recurribles. La casación es
admisible contra las sentencias de la Corte de
Apelación, las decisiones que ponen fin al
procedimiento, o deniegan la extinción o suspensión
de la pena.
4. 2. Resoluciones Recurribles
No puede ejercerse antes de haberse realizado el
recurso de apelación de sentencia (casación “per
saltum”).
5. 2. Resoluciones Recurribles
Sólo podría dirigirse contra lo que se confirma
Temas que no fueron recurridos, no pueden
impugnarse en la vía de Casación, pues adquirieron
firmeza cuando se omitió plantear apelación
6. 3. Motivos de Casación
LLOBET (p- 709): Motivos inobservancia o errónea
aplicación del fallo de determinadas normas de derecho
sustantivo o procesal.
Fundamentos: argumentaciones tendientes a demostrar la
existencia del error configurativo del motivo.
7. 3. Motivos de Casación
Presupuesto General:
Inobservancia o errónea aplicación de disposiciones
de orden legal, constitucional o contenidas en los
pactos internacionales en materia de derechos
humanos.
8. 3. Motivos de Casación
1) Cuando en la sentencia de condena se impone una
pena privativa de libertad mayor a diez años;
ATENCIÓN:
CASO
ANALIZADO
SENTENCIA
CONSTITUCIONAL NORMAS AUTOEJECUTABLES.
9. 3. Motivos de Casación
2) Cuando la sentencia de la Corte de Apelación sea
contradictoria con un fallo anterior de ese mismo
tribunal o de la Suprema Corte de Justicia;
10. 3. Motivos de Casación
El precedente, no es asimilable al concepto de
jurisprudencia. Una sola resolución puede invocarse
como un precedente, mientas que la jurisprudencia
se refiere a la reiteración de un criterio.
11. 3. Motivos de Casación
El precedente “aporta una regla (universalizable,
como ya se ha dicho) que puede ser aplicada como
criterio de decisión en el caso futuro, en función de
la identidad o- como sucede normalmente de la
analogía de los hechos del primer caso y los hechos
del segundo. (TARUFFO)
12. 3. Motivos de Casación
El recurso es inadmisible. Para invocar la causal de
precedentes
contradictorios
resulta
necesario
acreditar la similitud en los aspectos relevantes, de
los supuestos fácticos abordados en cada caso, y una
vez determinados los aspectos comunes, debe
señalarse la oposición en cuanto al núcleo esencial de
lo resuelto en los distintos fallos, sean éstos del
Tribual de Apelación de Sentencia, o de este último y
la Sala Tercera. (347-2013 SIII)
13. 3. Motivos de Casación
Sala III 1064-2012: “Podemos definir entonces que en
el nuevo régimen de impugnación penal, precedente
es una resolución judicial previa (de un Tribunal de
Apelación o de la propia Sala Tercera), en la que se
aplicó como aspecto central del fallo, el tema
jurídico que se estima resuelto de forma contraria
por el Tribunal de Apelación en la sentencia
impugnada.
14. 3. Motivos de Casación
No puede entonces invocarse como precedente, un
aspecto zzal (sic) de la resolución citada. Tampoco
pueden señalarse como contradictorias, resoluciones
que no comparten la necesaria similitud entre las
situaciones fácticas y jurídicas.”
15. 3. Motivos de Casación
Es esencial, que cuando se plasme este motivo de
casación, la defensa señale con claridad cuáles son
los precedentes contradictorios, consigne en el
recurso el contenido de los precedentes y
demuestre el agravio que se causa con la decisión
impugnada.
Puntualizar el objeto de resolución en uno y otro
caso, para determinar si se trató del mismo supuesto
fáctico.
16. 3. Motivos de Casación
3) Cuando la sentencia sea manifiestamente infundada;
Sala III ha dicho que fundamentación contradictoria solo
será admisible en casos de extrema gravedad: (1160-2012)
es posible que una fundamentación contradictoria, u otra
inobservancia a las reglas de la sana crítica, sea de tal
magnitud y gravedad, que tenga el efecto de dejar por
completo sin fundamentación el fallo. Sin embargo, se trata
de casos extremos en los que, por ejemplo, la sentencia se
componga de dos bloques argumentativos esenciales, en
absoluta contradicción.
17. 3. Motivos de Casación
Si se alega falta de fundamentación, y que no se
analizaron sus argumentos, debe explicar cuáles
fueron esos argumentos dejados de analizar.
18. 3. Motivos de Casación
4) Cuando están presentes los motivos del recurso de
revisión.
a. Cuando después de una sentencia condenatoria por
el homicidio de una persona, su existencia posterior a
la época de su presunta muerte resulta demostrada
por datos que constituyan indicios suficientes;
19. 3. Motivos de Casación
b. Cuando en virtud de sentencias contradictorias
estén sufriendo condena dos o más personas por un
mismo delito, que no pudo ser cometido más que por
una sola;
c. Cuando la prueba documental o testimonial en que
se basó la sentencia es declarada falsa en fallo
posterior firme;
20. 3. Motivos de Casación
d. Cuando después de una condenación sobreviene o
se revela algún hecho, o se presenta algún
documento del cual no se conoció en los debates,
siempre que por su naturaleza demuestren la
inexistencia del hecho;
21. 3. Motivos de Casación
e. Cuando la sentencia condenatoria fue pronunciada a
consecuencia de prevaricación o corrupción de uno o más
jueces, cuya existencia sea declarada por sentencia firme;
f. Cuando se promulgue una ley penal que quite al hecho
el carácter de punible o corresponda aplicar una ley penal
más favorable.
g. Cuando se produzca un cambio jurisprudencial en las
decisiones de la Suprema Corte de Justicia que favorezca
al condenado.
22. 4. Sujetos Legitimados
Ministerio Público:
sólo contrario a sus
requerimientos y conclusiones.
Querellante: agravio y si participó en juicio.
Actor Civil: agravio y si participó en juicio.
Imputado
Demandado Civil: declara su responsabilidad
Defensa
Víctima
23. 5. Aspectos Esenciales del Recurso
Es necesario que el recurrente indique la norma adjetiva
concreta, de orden nacional o internacional, que se
considera vulnerada y no sólo, las que autorizan la
interposición del recurso. (Sala III 1363-2012)
Profundizar sobre el vicio causado, que legitima
reclamarlo ante esta Sede, puesto que, de acuerdo con el
artículo debe ser de tal entidad que su existencia se
encuentra sancionada con inadmisibilidad, caducidad,
ineficacia o nulidad del acto impugnado, o bien, tratarse
de defectos absolutos.
24. 5. Aspectos Esenciales del Recurso
El recurso debe estar debidamente fundado
Con base en estas definiciones podemos decir que, el
impugnante está en la obligación de dar fundamento a sus
motivos y pretensiones, exponiendo con claridad y
precisión las razones que dan apoyo a su reclamo. Desde
esta perspectiva, resultan inadmisibles aquellos motivos en
los que no se de sustento a lo alegado, por ejemplo,
recurriendo a afirmaciones genéricas, sin vincularlas al
fallo concreto impugnado. (SALA TERCERA 1160-2012)
25. 5. Aspectos Esenciales del Recurso
Mención y contenido de precedentes contradictorios
Agravio y pretensión
Cada motivo por separado
No se aducen otros fuera de esta oportunidad
Ofrecimiento de prueba: Ofrecer prueba cuando el
recurso se fundamente en un defecto de
procedimiento y se discuta la forma en que fue
llevado a cabo un acto, en contraposición a los
registros del procedimiento de apelación de la
sentencia.
26. 6. El Procedimiento Casación
Trámite: (art. 427 REMITE AL DE APELACIÓN)
1. Revisión de admisibilidad:
1.Resolución recurrible
2.Si se ha interpuesto en tiempo
3.Si la parte tiene el derecho a recurrir.
27. 6. El Procedimiento Casación
Si el recurso es admisible, se convoca audiencia en un
plazo no menor de 5 ni mayor de 10 días.
A solicitud de parte se pueden expedir citas para la
presentación de testigos
28. 6. El Procedimiento Casación
En la audiencia, se celebra con las partes que
comparecen.
El recurrente y las partes deben exponer y argumentar de
los extremos de la apelación y se debate el recurso.
La corte resuelve, motivadamente, con la prueba que se
incorpore y los testigos que se hallen presentes.
Decide al concluir la audiencia o, en caso de imposibilidad
por la complejidad del asunto, dentro de UN MES.
29. 6. El Procedimiento Casación
Si se acoge el recurso puede:
Anular la sentencia de apelaciones
Anular la sentencia de Juicio
Anular parcialmente
En caso de absolutoria la libertad del imputado ( o si
deben cesar las medidas cautelares)
30. 11. Errores Comunes
Se cita el precedente que no tiene relación con el
caso resuelto: caso de una jurisprudencia sobre la
introducción de un anticipo de prueba en el debate
que se usa para contraponerlo con la valoración de
prueba documental
31. 11. Errores Comunes
No explican por qué se infringe esa norma con la
decisión del Tribunal de Apelación, pues no basta la
simple mención de los artículos
Detallan defectos del proceso y no de apelación
Solo describen una disconformidad con lo resuelto por
el tribunal de apelación de sentencia y que no
expresan agravio, ni norma infringida