4. Los accidentes del tránsito encuentran sus causas en una diversidad de variables, entre las
cuales tenemos las siguientes: las infracciones a la Ley 241 sobre Tránsito terrestre en la
República Dominicana, la cual contiene disposiciones cuyas violaciones son causa eficiente y
generadora de accidentes de transito, fallas mecánicas, la impudencia de los peatones,
carencias del diseño de vías, en la deficiente planificación urbana, en el insuficiente
mantenimiento de la infraestructura vial y en la carencia de una política del Estado sobre
educación vial dirigido a conductores y peatones.
El legislador atribuye competencia especial a los juzgados de Paz para conocer de las
infracciones a la ley 241 sobre Tránsito terrestre, la acción penal competencia de estos
juzgado es objeto de discusión en cuanto a su naturaleza, es decir si es acción pública pura
y simplemente, acción privada, pública a instancia privada, las cuales enfocamos este
módulo, ya que en razón de su importancia es necesario que los participantes conozcan
cabalmente la acción penal en materia de Tránsito.