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ENJ - 300 Módulo V Procedimiento en Materia Penal
- 3. Introducción
La historia municipal tiene sus inicios con la ley número 5189, del 11 de enero del año 1913, la
cual estableció la organización comunal, lo que es hoy la organización municipal dominicana.
Los casos eran manejados de manera administrativa por los Ayuntamientos, los cuales, en los
casos que revestían sublime gravedad, apoderaban a los Juzgados de Paz Ordinarios, tribunales
competentes para conocer de los asuntos municipales. En virtud del crecimiento demográfico
del país, el órgano jurisdiccional estaba apoderado de un gran número de casos; lo que le
impedía otorgar una respuesta en un plazo prudente. El legislador entendió la necesidad de
crear Juzgados de Paz especializados en la materia municipal.
Para esto es promulgada la Ley 58-88, del 5 de mayo del año 1988 que crea los Juzgados de Paz
Municipales, extrayendo de los Juzgados de Paz Ordinarios la competencia de los asuntos
municipales. Posteriormente es promulgada la ley 3591 del 11 de septiembre del año 1991 que
crea nuevos Juzgados de Paz Municipales en lo que en aquella época se le denominaba Distrito
Nacional.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2013
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- 4. La justicia municipal, como versa sobre una materia especializada, deviene en especial
también la terminología utilizada en ella; así como también la existencia de organismos
gubernamentales que participan de manera activa en la realización de las políticas y
disposiciones contenidas en las leyes especiales que rigen la materia.
Analicemos pues, en el inicio de este curso, la importancia de la creación de los Juzgados
de Paz Municipales; así como la competencia de las diversas entidades gubernamentales
que se encuentran vinculadas directa e indirectamente con la justicia municipal, las
cuales tienen un campo de acción diverso al del órgano jurisdiccional.
En ese orden de ideas se ha hecho prioritario el estudio de la terminología en materia
municipal; así como el proceso de creación de los tribunales municipales y el por qué de
su existencia. De igual forma el conocimiento de las diversas leyes que contemplan las
funciones del gobierno municipal y la autonomía de los municipios.
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- 5. Justificación
Los Ayuntamientos denominados gobierno municipal poseen funciones que van desde reglamentar
sobre asuntos relativos a la urbanización, aprobar o rechazar la realización de construcciones
hasta requerir la destrucción de cualquier construcción irregular que invada una vía pública.
Estas atribuciones en la práctica se mezclan con las atribuciones de los Juzgados Municipales
establecidas en la ley, llegando varios juristas incluso a la conclusión de que existen dualidad de
funciones de estos dos órganos.
La dispersidad de las leyes en materia municipal ayudan a alimentar esta confusión por esto se
hace necesario el estudio de la apología de la creación de los Juzgados de Paz Municipales, el
objetivo de su creación; así como conocer el marco legal que rodea la competencia del gobierno
municipal a los fines de separarlas de la competencia de atribución de estos Juzgados
especializados.
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- 6. Objetivos General
Conocer la importancia de la creación de los Juzgados de Paz
Municipales, la legislación municipal y los órganos gubernamentales
que participan en la justicia municipal; a los fines de dotar a los
participantes de las herramientas necesarias para el buen manejo
tanto de la terminología, como de las diversas instituciones
gubernamentales que tienen un papel activo en esta materia.
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- 7. Objetivos Específicos
Manejar la terminología utilizada en Materia Municipal.
Determinar el origen de los Juzgados de Paz Municipal y el por qué
de su creación.
Conocer las entidades gubernamentales que tienen relación directa
e indirecta con la Justicia Municipal.
Conocer la competencia del Gobierno Municipal.
Poner en práctica los conocimientos adquiridos para una correcta
aplicación de las leyes y Procedimientos en Materia Municipal.
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- 8. Contenido
Aspectos Generales Juzgado de Paz Municipal
- El Municipio: Definición.
- El Ayuntamiento y sus funciones.
Juzgados de Paz para Asuntos Municipales
- Origen de los tribunales, a la luz de las leyes 58-88 del 5 de mayo de 1988 y 35-91 del 12 de
noviembre de 1991.
- Objetivos de la creación de los Tribunales Municipales.
- Atribuciones.
- Composición del Tribunal Municipal.
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- 9. Metodología
La metodología del curso es B-Learning, que se caracteriza por una formación mixta, donde
se combina la formación presencial y la formación en línea a través del internet.
Se integran las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICS) de manera
que puedan servir de herramienta de trabajo tanto a alumnos como a profesores.
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