4. Objetivos
Definir el decomiso y la incautación;
Diferenciar los conceptos Decomiso e Incautación de
bienes relacionados con el lavado de activos;
Establecer en que etapa procesal operan el decomiso y
la incautación;
Establecer la naturaleza del decomiso como medida
cautelar o pena accesoria;
5. Objetivos
Identificar los efectos del decomiso de cara al
proceso;
Identificar las acciones establecidas a favor de los
terceros de buena fe respecto de la incautación de
bienes relacionados con el lavado de activos;
Manejar el procedimiento de incautación y decomiso
de los bienes vinculados al lavado de activos previsto
en la ley que rige la materia (Ley 72-02);
6. Contenido
I. Definición de decomiso e
incautación
I. Procedimientos establecidos
I. Tratamiento dado a los
terceros de buena fe
7. Incautación o
inmovilización de fondos:
“Prohibición temporal de transferir,
convertir, enajenar o mover bienes, o la
custodia o el control temporal de bienes
por mandamiento expedido por un
tribunal o autoridad competente”
(Art. 1.5 de la ley 72-02)
8. Artículo 9 de la Ley 72-02
“Al investigarse una infracción de lavado de activos o de
incremento patrimonial derivado de actividades
delictivas, la Autoridad Judicial Competente ordenará en
cualquier momento, sin necesidad de notificación ni
audiencia previa, una orden de incautación o
inmovilización provisional, con el fin de preservar la
disponibilidad de bienes, productos o instrumentos
relacionados con la infracción, hasta tanto intervenga una
sentencia judicial con autoridad de la cosa
irrevocablemente juzgada. Esta disposición incluye la
incautación o inmovilización de fondos bajo investigación
en las instituciones que figuran descritas en los artículos
38, 39 y 40 de esta ley”.
9. Procedimiento para
la incautación en Rep. Dom.
•Está regulado en la Ley 72-02, sobre
Lavado de Activos, en la sección 2,
bajo el epígrafe de “Medidas
Cautelares”, artículos del 9 al 17.
Aspecto a ser tratado en la asignación de esta semana…
10. Decomiso:
“Privación con carácter definitivo de
algún bien por decisión de un tribunal o
autoridad competente”
(Convenciones de Viena y Palermo, Art. 1.4 de la ley 72-02)
“Pena que consiste en la incautación por
parte del Estado de mercancías o
instrumentos causa de delito”
(http://www.wordreference.com/definicion/decomiso)
11. Artículo 31 de la Ley 72-02
“Cuando una persona sea condenada por
violación a la presente ley, el tribunal
ordenará que los bienes, productos e
instrumentos relacionados con la infracción
sean decomisados y destinados conforme a
esta ley”.
12. Procedimiento para
el decomiso en Rep. Dom.
•Está regulado en la Ley 72-02, sobre
Lavado de Activos, en la sección 4,
bajo el epígrafe de “Decomiso de
bienes y su destino”, artículos del 31 al
37.
Aspecto a ser tratado en la asignación de esta semana…
13. Limites de aplicación del
decomiso
Aquellos bienes pertenecientes a terceros
de buena fe no responsables del delito
que lo hayan adquirido legalmente; por
mandato expreso de lo dispuesto en los
artículos 5.8 de la Convención de Viena,
y 34 de la ley 72-02.
14. Requisitos de la buena fe
• Interés jurídico legitimo respecto de los bienes;
• No participación en el delito de lavado de
activos, ni en la infracción criminal precedente;
• Desconocimiento de la adquisición o uso ilegal de
los bienes o no haber consentido voluntariamente
su adquisición o uso ilegal, habiendo tenido
conocimiento de tales circunstancias;
15. Requisitos de la buena fe
• No haber adquirido derecho alguno sobre tales
bienes, en circunstancias que permitan inferir
razonablemente que tal derecho le fue transferido
para evitar su decomiso;
• Haber realizado todo lo razonable para impedir
el uso ilegal de los bienes, productos o
instrumentos;