1. Argumentación Jurídica Encuentro de cierre ROBERT ALEXY OLDERBURG (ALEM) 1945 Teoría de la Argumentación Jurídica como Discurso Racional Docente: Juan Manuel Guerrero
2. I.- SU TEORIA: El razonamiento jurídico es parte del discurso tiene una referencia intersubjetiva y dialógica. La argumentación jurídica precisa plantear los enunciados doctrinales de manera lógica, de acuerdo con las normas vigentes y con los enunciados empíricos, para lograr una argumentaciónpráctica, de tipo general, para que la argumentación dogmatica tenga sentido en le practica general. Para Alex el discurso jurídico es un caso especial de discurso general en tanto se propone la unión en todos los niveles de los argumentos específicamente jurídicos con los argumentos prácticos generales.
3. II.- CONCEPTO DE DERECHO: Para Nino el concepto de derecho no positivista de Alexy privilegiara : la perspectiva del participante e incluirá la noción de validez (Sistemática Social y ética), comprenderá el derecho como un sistema de procedimientos y admitirá conexiones tanto clasificantes como cualificantes entre derecho y moral.
4. III.- III.- TEORIA DE LA ARGUMENTACION JURIDICA : Alexy afirma que las reglas y principios de un Sistema Juridico constituye su dimension estatica, y , por ende, para conocerle se necesita indentificar su dimision dinamica, constituida por la teoria o el modo en que los juristas operan aquellas normas y justifican sus respectos juridicos. Frente al plantemiento de DWORKIN de la “unica respuesta correcta”, para cada caso Alexy opta por sustentar que los participantes de un discurso de que su respuesta es la unica respuesta correcta, independientemante de que exista o no la misma.
5. IV.- LOS PRINCIPIOS JURIDICOS: En la visión de Alexy no se distingue entre valores y principios, y por ende, ellos tienen contenido moral y su forma jurídica. Las reglas constituyen mandatos definitivos, mientras que los principios son mandatos de optimización, en tanto que mandar lo mejor según las posibilidades tácticas y jurídicas implicadas en el caso. Lo moral o la corrección del derecho circula por el derecho a través de los “principios”, y para aplicar éstos se requieren no silogismos sino ponderaciones.
6. V.- PONDERACION Y JUICIO DE PROPORCIONALIDAD Para Alexy el principio de proporcionalidad comporte tres (03) sub-principios: a.- Idoneidad: [la intervención debe procurara un fin constitucional]. b.- Necesidad: la afectación [al principio debe ser la menor gravosa de entre las disponibles, y, c.- Proporcionalidad: [en sentido estricto]: la afectación debe compensarse o equilibrase con beneficios.
7. Alexy a trabajado el problema de la ponderación de los principios formulando la llamada ley de ponderación: “cuanto mayor es el grado de la no satisfacción o de afectación den uno de los principios, tanto mayor debe ser la importancia de la satisfacción del otro” . A trabajado la Formula de Peso que intenta materializar el peso de los principios tensión confiriendo un valor numérico al “peso abstracto” de los principios, su “peso concreto” en el caso y la seguridad de las premisas empíricas en juego.