4. Derecho de reproducción: Es el derecho que tiene el propietario de autorizar o prohibir la realización de Copias de su obra bien sea en medio impreso o digital. DERECHO DE COMUNICACIÓN PUBLICA: Es el derecho de todo acto donde la pluralidad de personas pueden tener acceso a la obra completa como lo son por medio de los ejemplares. DERECHO DE TRANSFORMACION: Es el derecho donde se autoriza al autor o propietario de la obra la modificación de la obra por parte de otra persona como lo pueden ser traducción , revisión, actualizaciones y cualquier modificación que se quiere realizar, donde el resultado final de la transformación es una nueva obra protegida por el derecho de autor a favor del transformado
5. ¿En donde se registra una obra literaria o artística? Acudiendo a la Dirección Nacional de Derecho de Autor del Ministerio del interior y diligenciando un formato donde permita inscribir la obra en el registro Nacional de Derecho de Autor. ¿Cuál es el efecto del registro de una obra? Es poderle brindar a los titulares el derecho de autor donde se le vea protegida su obra, ofrecerle garantía y autenticidad de la misma.