2. “La violencia familiar es toda acción u omisión
cometida en el seno de la familia por uno de
sus miembros, que menoscaba la vida o la
integridad física o psicológica, o incluso la
libertad de uno de sus integrantes.”
“La violencia se considera dentro
del núcleo familiar cuando existe:
(violencia hacia la mujer, maltrato
de los padres hacia sus hijos,
maltrato de los hijos adultos a
sus padres ancianos).”
3. El maltrato psicológico se basa en
comportamientos intencionados, ejecutados
desde una posición de poder y encaminados
a desvalorizar, producir daño psíquico,
destruir la autoestima y reducir la confianza
personal.
El maltratador se vale para ello de insultos,
acusaciones, amenazas, críticas destructivas,
gritos, manipulaciones, silencios, refunfuños,
indiferencias, frialdades y desprecios.
4. Una familia de 4 miembros, integrada por dos
adultos (1 femenino y 1 masculino) y dos menores de
edad femeninos. En este caso se observa como existe
violencia por parte del padre hacia la madre y
viceversa en todos los aspectos ya que ambos se
agreden física y verbalmente sin medir las
consecuencias de sus discusiones.
Además de esto no se paran a pensar en que todas
las discusiones son presenciadas por sus dos hijas
una de 8 años y una de 2 años, las cuales en
oportunidades intentan calmar la situación y reciben
golpes o empujones y gritos por parte de sus
progenitores.
5. Para este caso las leyes que se aplicarían
serian:
Ley orgánica sobre el derecho de las mujeres
a una vida libre de violencia:
Artículo 3. Esta ley abarca la protección de los
siguientes derechos.
2. La protección a la dignidad e integridad física,
psicológica, sexual, patrimonial y jurídica de las
mujeres víctimas de violencia. (En este caso esta
ley aplicaría para ambos casos ya que el maltrato
es para las dos partes involucradas).
6. Artículo 15. Se considera formas de violencia
de género en contra de las mujeres, las
siguientes:
Violencia psicológica
Amenaza
Violencia física
Ya que en este caso se observan este tipo de
violencia sin pensar en las consecuencias que
estas puedan ocasionar.
7. Ley orgánica para la protección del niño y del
adolescente
Artículo 5. Obligaciones Generales de la Familia.
La familia es responsable, de forma prioritaria,
inmediata e indeclinable, de asegurar a los niños y
adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo
de sus derechos y garantías. El padre y la madre
tienen responsabilidades y obligaciones comunes e
iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y
educación integral de sus hijos.
8. La Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela
Articulo 75. El Estado protegerá a las familias
como asociación natural de la sociedad y como el
espacio fundamental para el desarrollo integral de
las personas. Las relaciones familiares se basan en
igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el
esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto
recíproco entre sus integrantes. El Estado
garantizará protección a la madre, al padre o a
quienes ejerzan la jefatura de la familia.
9. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
(1999). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela, Nº 5.453, Marzo 24, 2000.
Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. 5266
(Extraordinario), Octubre 2, 1998.
Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre
de violencia.Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela. 38.668 (Extraordinario), Abril 23, 2007.
Velmont, H (2000). La violencia en la familia. [Pagina web en
línea]. Disponible:
http://grupoelron.org/autoconocimientoysalud/violenciafamil
iar.htm [Consulta: 2011, Noviembre 15].
Referencias bibliográficas