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RIESGOS MARITIMOS PORTUARIOS.




PRESENTACIÓN.

Cerca del 95% del intercambio de mercancías de Chile con el exterior se realiza a través de
terminales marítimos, en un país cuyo comercio exterior en el año 2003 sobrepasó los US$
34 mil millones y que ha logrado formalizar tratados de libre comercio con Estados Unidos,
la Unión Europea, países asiáticos de la APEC y Centroamérica que fortalecerán su
inserción internacional e intercambio con el resto del mundo.
Con más de 4 mil kilómetros de costa sobre el Pacífico, el país dispone en la actualidad de
36 puertos, 26 en manos de inversionistas privados y 10 en manos estatales.
Es evidente entonces que para un país situado en una de las zonas económicas más
dinámicas del planeta como lo es el Océano Pacífico y con grandes distancias que lo
separan de los mercados mundiales, la calidad y eficiencia de los servicios portuarios son
un tema clave para el desarrollo nacional.
Percibiendo esta realidad, en la segunda mitad de los años noventa se dio impulso a la
modernización del sector portuario nacional, mediante la promulgación de cuerpos legales
que concretaran las aspiraciones de autoridades y empresarios. Las medidas dispuestas
involucraron una serie de reformas en los principales puertos del país.
Este nuevo modelo permitió enfrentar el aumento en la velocidad de transferencia de los

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frentes de atraque, gracias al uso de contenedores y a la introducción de equipos de alta
tecnología para el movimiento de carga a granel o general, también aumentar el tamaño de
las naves, reduciéndose así los costos totales del transporte y, por tanto, de los fletes.




En consecuencia, por la trascendencia que representan las transformaciones emprendidas,
su repercusión en el acontecer nacional y su contribución al incremento de los intereses
marítimos nacionales, el presente trabajo, está orientado a describir el escenario y los
aspectos más relevantes relacionados con el proceso de modernización portuaria en Chile.




HISTORIA DE LOS PUERTOS DE CHILE.

La primera actividad portuaria de transferencia de carga de la que se tiene noticia en el
litoral chileno fue la recalada, en la Bahía de Valparaíso en 1536, de la pequeña nave
Santiaguillo, que trajo recursos a la expedición de don Diego de Almagro, efectuada por
tierra desde el Perú.
En 1960, mediante un programa de ordenamiento de las cuentas fiscales, el gobierno dictó
varios decretos con fuerza de ley en el ámbito de los servicios públicos, entre otros, el
D.F.L. 290, que creó la Empresa Portuaria de Chile, Emporchi, ente autónomo del Estado, a
cargo de los puertos: Arica, Iquique, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, San Antonio,
Talcahuano, Valdivia, Puerto Montt y Punta Arenas.
Desde ese entonces, los servicios portuarios en Chile fueron provistos por el Estado, a
través de un sistema caracterizado por la división de las tareas del manejo de carga entre
dos sectores. Mientras las operaciones de transferencia y porteo eran desarrolladas por la
Empresa Portuaria de Chile, Emporchi, las labores de estiba y desestiba estaban en manos
de trabajadores marítimo - portuarios especializados, organizados en sindicatos de
estibadores.
De acuerdo con este ordenamiento, Emporchi era por definición un monopolio público.
Paralelamente, en el sector de los estibadores existían fuertes restricciones para el
crecimiento del número de trabajadores, debido a que cada estibador debía contar con una
licencia especial, denominada matrícula, para tener derecho a prestar sus servicios. Esta
práctica transformó a los estibadores en propietarios del trabajo y monopolistas de los
servicios que proveían.
A fines de los años setenta, el esquema de operación portuaria hizo crisis. Su ordenamiento
laboral y tarifario, y la escasa coordinación en los servicios, había llevado a una situación
de insuficiencia. A ello comenzó a sumarse la presión del importante aumento de la
demanda. La liberalización de la economía había provocado una expansión del intercambio
comercial chileno, el cual se realiza, mayoritariamente, por vía marítima.
Para satisfacer estos nuevos requerimientos, el Estado se vio enfrentado a la necesidad de
mejorar la coordinación de las actividades portuarias. En 1981, la Ley N° 18.042,


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reestructuró el sistema portuario estatal, terminando con la operación exclusiva de
Emporchi al interior de los puertos.
Casi simultáneamente, la ley N° 18.032 abolió el sistema de licencia para la estiba,




permitiendo a cualquier trabajador realizar esas operaciones para las compañías navieras. El
Estado entregó indemnizaciones para compensar a 2.700 trabajadores que perdieron este
privilegio.
El gobierno de la época instauró así un sistema de libre acceso a múltiples operadores
privados, introduciendo competencia al interior de los puertos estatales.
Más tarde, en 1990, por medio de la ley N° 18.966, radicó definitivamente en el sector
privado la prestación de los servicios de estiba, desestiba, transferencia y porteo, dejando en
manos de Emporchi la tarea de administrar la infraestructura y el almacenaje en los recintos
portuarios.
De ese modo, se separó la propiedad y desarrollo de la infraestructura, a cargo de una
empresa pública, y la prestación de los servicios portuarios, a cargo de múltiples empresas
privadas, en un sistema denominado multioperador.
Se mantuvo una administración imparcial del puerto frente a los agentes portuarios, para
evitar discriminaciones en el acceso a los frentes de atraque y en sus condiciones de uso.
Este esquema constituyó una verdadera privatización de la producción de los servicios de
transferencia de carga, que implicó racionalizar el empleo portuario, cambiando por
completo la dependencia de miles de trabajadores quienes, a partir de 1981, se vincularon
con las empresas privadas, mayoritariamente en condiciones de empleo eventual.
Estas reformas, en conjunto, permitieron aumentar la productividad y el rendimiento de la
operación portuaria y disminuir sus costos, sin necesidad de grandes inversiones en
infraestructura. Sin embargo la continuidad de un proceso de crecimiento basado en la
apertura al comercio exterior planteó el desafío de seguir aumentando la capacidad.
La globalización de la economía mundial y la creciente competencia en el mercado
internacional, habían elevado los estándares de productividad requeridos en toda la cadena
del transporte marítimo, incluidos los puertos.




MODERNIZACIÓN DE PUERTOS.

El aumento de la capacidad de las naves, la mayor rapidez de los tránsitos, la necesidad de
disminuir los tiempos de operación en los puertos y la modernización de los elementos de
transferencia de carga, entre otros, algunos de los factores que originaron la necesidad de
modernización del sector portuario estatal.
Asimismo, la demanda por servicios tendientes a hacer más eficiente el uso de los espacios
y el equipamiento portuario, hicieron necesario crear las condiciones para atraer la
inversión de capitales privados.


                                                                                              3
Al inicio de la década de los noventa, existía consenso internacional respecto de la
importancia de descentralizar los puertos y la urgencia con que debía hacerse. La
comprensión del problema indicado en el país concitó el acuerdo entre los principales entes




involucrados, a fin de materializar en una ley una serie de iniciativas tendientes a
concentrar en esta normativa los principales aspectos para mejorar la administración de la
actividad portuaria nacional.




DESCENTRALIZACIÓN DE PUERTOS.

El 19 de Diciembre de 1997 fue publicada la Ley N° 19.542 de Modernización del Sector
Portuario Estatal. A un año de esa fecha, el Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, la Empresa Portuaria de Chile, las Empresas Portuarias Estatales y el
Comité de Coordinación de Licitaciones Portuarias llevaron adelante en forma satisfactoria
las dos fases involucradas en la modernización del sector portuario estatal, cumpliendo con
el acelerado cronograma del proceso definido por el Gobierno.
De esta forma, en Octubre de 1998 se completó íntegramente la Fase I de Descentralización
de Emporchi, que comprendió la formación y puesta en marcha de diez empresas estatales
autónomas, y que culminó con la extinción de la Empresa Portuaria de Chile, el 30 de
Diciembre del mismo año.
Asimismo, y en forma paralela a la Fase I, durante 1998 se desarrollaron las principales
tareas asociadas a la Fase 2 de Licitación de Concesiones de Frentes de Atraque en los tres
principales puertos estatales, Valparaíso, San Antonio y Talcahuano-San Vicente. La venta
de las bases respectivas y la adjudicación quedaron pendientes para 1999, debido a recursos
de protección y amparo económico presentados por operadores navieros y portuarios
locales. Hacia fines de 1998 se iniciaron también los actividades vinculadas a las
licitaciones que realizaron las empresas portuarias Arica e Iquique.
Cabe destacar además que el proceso de descentralización y modernización se desarrolló de
manera armónica, sin costos ni conflictos sociales, contando con el acuerdo de los
trabajadores de la ex Emporchi, quienes no compartiendo algunos aspectos esenciales del
proyecto, asumieron la nueva ley y contribuyeron a su éxito. Asimismo, se contó con el
compromiso y el esfuerzo de los trabajadores que permanecieron en las empresas portuarias
estatales.




PROCESO DE LICITACIONES PUERTOS.

Durante 1999 se llevaron a cabo las primeras licitaciones de frentes de atraque estatales del
país, a través de un proceso simultáneo y coordinado entre las empresas portuarias


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Valparaíso, San Antonio y Talcahuano - San Vicente.
Desde un punto de vista de políticas públicas, este proceso se orientó a liberar al sector
portuario de las limitaciones que históricamente habían inhibido la inversión, generando un




marco de incentivos para que actuara la iniciativa de empresas con experiencia portuaria y
respaldo financiero. Con ello, se lograría un aumento importante de la productividad del
sector, a través de inversiones en tecnología y gestión y, a futuro, en nuevas obras de
infraestructura.
El alto grado de interés nacional e internacional concitado por este proceso se vio reflejado
en la cantidad y calidad de los proponentes, mientras que la gran competencia registrada
entre ellos determinó un exitoso resultado, tanto en lo concerniente a la reducción tarifaria,
como a los ingresos obtenidos para las empresas estatales y a los ambiciosos planes de
inversión dados a conocer por los consorcios que se adjudicaron los frentes de atraque.
Las concesiones permitirían generar importantes beneficios para el comercio exterior
chileno. En primer término, se produciría una disminución del costo portuario general, por
efecto de baja en las tarifas portuarias para algunas naves, desde el inicio de las
concesiones. A los 18 meses de entregadas las concesiones, o incluso antes, se agregaría
una importante reducción de los costos portuarios por efecto de la mejora en eficiencia y la
consecuente disminución de los tiempos de espera de las naves. Finalmente, a mediano y
largo plazo se esperaba obtener una disminución progresiva de los costos de transporte,
determinada por la posibilidad de los frentes modernizados de atraer naves de mayor
capacidad y menores tarifas de flete marítimo.




MODERNIZACIÓN PORTUARIA EN EL MUNDO.

La evolución natural de un puerto es: Lugar de refugio de la navegación marítima Núcleo
de influencia entre varios modos de transporte, fundamentalmente terrestre y marítimo.
Espacio idóneo para múltiples actividades económicas La demanda de servicios portuarios
es cada vez más exigente, forzando a los puertos a realizar significativas inversiones en
modernización y ampliación.
El Sistema Portuario En general ha aumentado la participación privada en la operación
portuaria, sobre todo en puertos de uso público para carga general y contenedorizada. Han
surgido empresas internacionales que operan un creciente número de puertos en diferentes
regiones del mundo. La descentralización y la creciente participación del sector privado en
las operaciones portuarias forman parte de todo un programa de reformas estructurales y
macroeconómicas en toda la economía. Las reformas incluyen una apertura económica y la
reducción de los déficit financieros del sector público. En Chile en el año 2006 :
Concesionamiento de los Puertos Estatales. La Inversión a Febrero de 2007 superó los US$
180 millones, de un monto comprometido total por realizar de US$ 420 millones. Se


                                                                                              5
incluyen inversiones en infraestructura y tecnología, tales como equipamiento y sistemas de
información.




                                         LEY Nº 19.542
         MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES;
                        SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES.
    Ultima Modificación: DFL Nº25, HACIENDA 02 DE SEPTIEMBRE DE 2003.




Mediante la Ley Nº 19.542, publicada en el Diario Oficial de 19 de diciembre
de 1997, se moderniza el sector portuario estatal.
Todas las empresas portuarias del país pasan a ser personas jurídicas de
derecho público y constituyen una empresa del Estado con patrimonio
propio, de duración indefinida y se relacionan con el Gobierno por
intermedio del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Los puertos y terminales administrados por las empresas son de uso público
y prestarán servicio en forma continua y permanente.
El objetivo de las nuevas empresas portuarias, es la explotación, desarrollo
y conservación de los puertos y terminales, así como de los bienes que
posean, incluidas todas las actividades conexas inherentes al ámbito
portuario indispensables para el debido cumplimiento de éste. Pueden, en
consecuencia, efectuar todo tipo de estudios, proyectos y ejecución de
obras de construcción, ampliación, mejoramiento, conservación, reparación
y dragado en los puertos y terminales.




          LEY ORGÁNICA DECRETO FUERZA DE LEY Nº 292 DE 1953.


Establece las funciones y atribuciones de la Dirección General del Territorio Marítimo y de
Marina Mercante.( D.G.T.M. y M.M. ).
La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante es el organismo de la
Armada, mediante el cual el Estado de Chile cautela el cumplimiento de las leyes y
acuerdos internacionales vigentes, para proteger la vida humana, el medio ambiente, los
recursos naturales y regular las actividades que se desarrollan en el ámbito de su
jurisdicción, con el propósito de contribuir al desarrollo marítimo de la nación.




                                 Art. Nº 6, DFL Nº 292/53



                                                                                          6
“... se considerará como jurisdicción de la Dirección el mar que baña las costas de la
República hasta una distancia de doce millas (cuatro leguas marinas) medidas desde la línea


de la más baja marea, o la extensión de mar territorial que se fije en acuerdos
internacionales a los que se adhiera el Gobierno de Chile si es superior a la aquí señalada;
las aguas interiores de golfos, bahías, estrechos y canales cualquiera que sea la distancia
que exista entre sus costas; las playas, los roqueríos hasta donde alcanzan las más altas
mareas; los lagos de dominio público, y los ríos navegables hasta donde alcanzan los
efectos de las mareas; los diques, varaderos, desembarcaderos, muelles, espigones de
atraque y, en general, toda construcción que se interne en las aguas marítimas, fluviales y
lacustres, o construidas en ellas (Obras Marítimas); la extensión de ochenta metros de
ancho en los bienes nacionales y fiscales, medidos desde la costa u orilla de mar, riberas de
lagos o de ríos navegables hacia tierra firme y caletas. En los recintos portuarios de puertos
artificiales la Dirección tendrá jurisdicción sólo en cuanto al mantenimiento del orden,
seguridad y disciplina”.




             LEY DE NAVEGACIÓN DECRETO LEY Nº 2.222 DE 1978.




Disposiciones generales.

Articulo 1°.- Todas las actividades concernientes a la navegación o relacionadas con ella, se
regirán por la presente ley, cuyas disposiciones prevalecerán sobre cualquier norma vigente
en esta materia.
Articulo 2°.- Para los fines de esta ley, se entenderá por:
a) Nave: Toda construcción principal destinada a navegar, cualquiera que sea su clase y
porte, incluidas sus pertenencias fijas o móviles. Pertenencias fijas o móviles son los
elementos, instrumentos y accesorios de la nave que, sin formar parte de su estructura
misma, se emplean en su servicio, tanto en la navegación como en los puertos.
b) Artefactos navales: Son aquellos que están destinados a cumplir en el agua funciones de
complemento de actividades marítimas o de explotación de los recursos marítimos, tales
como diques, grúas, gabarras, gánguiles, chatas, pontones, plataformas fijas o flotantes,
balsas u otros similares.
c) Dirección: La dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
d) Director: El Director General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
e) Autoridad Marítima: El director, que será la autoridad superior; Los Gobernadores
Marítimos y los Capitanes de Puerto. Los Cónsul les en los casos que la ley determine, y
los alcaldes de mar, de acuerdo con las atribuciones especificas que les asigne el Director,
se consideran Autoridades Marítimas para tales efectos.



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Articulo 4°.- Las naves se clasifican en mercantes y especiales y según su porte en naves
mayores y menores.




Son naves mercantes las que sirven al transporte, sea nacional o internacional.
Son naves especiales las que se emplean en servicios, faenas o finalidades especificas, con
características propias para las funciones a que están destinadas, tales como remolcadores,
transbordadores, pesqueros, dragas, barcos científicos o de recreo. Etc.
Son naves mayores aquellas de más de cincuenta toneladas de registro grueso, naves
menores, las de cincuenta o menos toneladas de registro grueso.
Articulo 5°.- La Autoridad marítima corresponderá a la Dirección y, como tal, aplicará y
fiscalizará el cumplimiento de esta ley, de los convenios internacionales y de las normas
legales o reglamentarias relacionadas con sus funciones, con la preservación de la ecología
en el mar y con la navegación en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.
La dirección tendrá la representación oficial del Estado en asuntos o reuniones
internacionales relativos a las materias profesionales y técnicas de que trata esta ley.
Articulo 6°.- Los Gobernadores Marítimos y los Capitanes de Puerto, desempeñaran sus
funciones como delegados del Director , y serán los encargados de fiscalizar el
cumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias dentro de su territorio
jurisdiccional.
Articulo 7°.- En los puertos, terminales marítimos y caletas de menor importancia que la
Dirección determine, La Autoridad Marítima será desempeñada por Alcaldes de Mar, con
las funciones que el Director les asigne, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Dirección.




CAPITULO DE SOLAS REFERENTE AL CODIGO I.S.P.S. APLICABLE EN
INSTALACIONES PORTUARIAS Y BUQUES.




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Referente al trabajo portuario, el capitulo del SOLAS referente al I.S.P.S (International
Security Port and Ship), se refiere a todas las medidas necesarias que se deben implementar
a bordo de las naves mercantes e instalaciones portuarias, referente a los posibles atentados
terroristas que pudieran ocurrir. El I.S.P.S. en nuestro país esta implementado en todos los
terminales portuarios a partir de julio de 2004 y nace como una necesidad cierta a partir del
atentado a las torres gemelas en Estados Unidos de Norteamérica el 11 de septiembre de
2001.




INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL CODIGO INTERNACIONAL DE
PROTECCIÓN DE BUQUES E INSTALACIONES PORTUARIAS (Código ISPS).


"El principal objetivo del Código es la protección marítima de los buques e instalaciones
portuarias, contra los actos de terrorismo y otros actos ilícitos, mediante la implementación
de un sistema de gestión de la protección marítima basada en la gestión de riesgos".
Así, el Código establece tres (3) niveles de protección que se encuentran en relación directa
con el aumento de los riesgos, así:

   •    Nivel de protección 1: en el cual se ubican las medidas mínimas de protección que
        deben ser mantenidas en todo momento, es decir en los casos en que no existan
        riesgos mayores a aquellos que normalmente están presentes.

   •    Nivel de protección 2: implica la toma de medidas adicionales de protección, las
        cuales deben ser mantenidas por un período de tiempo en razón de un aumento en el
        nivel de riesgo de que se actualice un incidente de protección.
   •    Nivel de protección 3: se activa cuando el acaecimiento de un incidente de
        protección es probable o inminente, y exige el empleo de medidas específicas de

                                                                                               9
protección que serán mantenidas por un período limitado de tiempo.
    Por su parte, tanto las compañías como las instalaciones portuarias deben establecer
    el sistema de gestión de protección por cada nivel de protección, el cual implica
    básicamente cuatro aspectos que son: la revisión de los sistemas vigentes, la
    planificación de la protección, la asignación de los recursos y las auditorias.




    RESPONSABILIDADES DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS.


    De acuerdo a lo señalado en puntos precedentes tanto el Capítulo XI-2 del Convenio
    como el Código se aplican también a instalaciones portuarias que atiendan buques




    que realicen viajes internacionales. No obstante, conviene precisar que tal
    aplicación se limita a la interfaz buque-puerto, es decir, está focalizada en la
    interacción que se da entre ambos sistemas independientemente de que ella se
    produzca en los fondeaderos o en los muelles.
    Por tanto, las instalaciones portuarias deben cumplir con un grupo de obligaciones
    que comentaremos a continuación:



•   Con base en la sección 14.1 de la Parte A del Código, las instalaciones portuarias
    tendrán que adaptarse al nivel de protección que señale el Estado contratante en
    cuyo territorio se encuentran, debiendo cuidar que la aplicación de los
    procedimientos de protección causen el menor retardo o interferencia posible a los
    pasajeros, buques, mercancías y servicios.

•   Las instalaciones portuarias deberán producir su plan de protección, teniendo como
    guía la Parte B del Código.


•   En el nivel de protección 1 deben desplegarse diversas actividades a fin de prevenir
    incidentes que atenten contra la protección, las cuales incluirán el control de acceso
    a las instalaciones portuarias, la vigilancia de tales instalaciones así como de las
    áreas restringidas a objeto de evitar el ingreso de personas no autorizadas, la
    supervisión de las operaciones de manejo de la carga, etc.


•   En el nivel de protección 2 se aplican medidas adicionales con relación a las
    actividades desarrolladas conforme al punto "c", siempre tomando en cuenta el plan
    de protección de las instalaciones portuarias.




                                                                                           10
•   Otro tanto puede decirse del nivel de protección 3 en el que se aplicarán las medidas
    específicas descritas en el plan de protección. Asimismo, en este nivel resulta
    imperativo que las instalaciones cumplan las instrucciones sobre protección que les
    sean impartidas por el Estado contratante.


•   Es menester realizar la correspondiente evaluación de la protección de las
    instalaciones portuarias por ser un aspecto medular para desarrollo del plan de
    protección señalado en el punto "b", la cual será llevada adelante por el Estado
    Contratante o por una organización de protección reconocida por este.


•   Cada instalación portuaria debe nombrar un oficial de protección el cual velará por
    el desarrollo y cumplimiento del plan de seguridad, coordinará la ejecución de este




    plan conjuntamente con el oficial de protección tanto de la compañía como del
    buque, etc.




        CONCEPTO DE PREVENCIÓN EN FAENAS PORTUARIAS.




                                                                                       11
Prevención es la suma de tres conceptos:

   •     Prever.
   •     Predecir.
   •     Preactuar.
         En donde:
         Prever : Es ver o imaginar anticipadamente las cosas.
         Ejemplo: Detectar una mancha de aceite en cubierta.




Predecir : Es poder pronosticar lo que podría ocurrir.
Ejemplo: Podemos pronosticar que al circular alguna persona por el sector, puede sufrir una
caída.
Preactuar : Es actuar anticipadamente para evitar que las cosas ocurran
como lo hemos pronosticado.




CODIGO DEL TRABAJO.


Artículo N°133:
Define el concepto de trabajador portuario.
"Se entiende por trabajador portuario, todo aquel que realiza funciones de carga y descarga
de mercaderías y demás faenas propias de la actividad portuaria, tanto a bordo de naves y
artefactos navales que se encuentren en los puertos de la República, como en los recintos
portuarios".
Articulo N°184:
Se refiere a las responsabilidades del empleador en materias de prevención para lograr
lugares seguros de trabajo.
El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger
eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de
higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir
accidentes y enfermedades profesionales.
Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en
caso de accidentes o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención
médica, hospitalaria y farmacéutica.
Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de
higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio
de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las Leyes que lo rigen.




                                                                                            12
COMPETENCIAS DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA.



En general, la actividad portuaria se rige además por algunas normas exigidas por la
Autoridad Marítima.
Estas normas están contenidas en su mayoría en el Anexo "F" del Libro "L" de la Dirección
General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. (DIRECTEMAR)
La DGTM y MM (DIRECTEMAR), a través de su Dirección de Seguridad y Operaciones




Marítimas, con fecha 1° de Diciembre de 1994 emitió un "Instructivo sobre las medidas y
acciones que deben cumplir las empresas que laboran en los recintos portuarios en materias
de Prevención de Riesgos".


Por otra parte el Código del Trabajo en su Artículo 188 dice lo siguiente:
"Los trabajadores de carga y descarga, reparaciones y conservación de naves y demás
faenas que se practiquen en los puertos, diques, desembarcaderos, muelles y espigones de
atraque, y que se consulten en los reglamentos de este título, se supervigilarán por la
autoridad marítima".
Además, existe un Dictamen de la Contraloría General de la República Nº 005094 del 26 de
Febrero de 1985, dejando claro que la única Autoridad a nivel nacional es la DGTM y MM
y sus Autoridades Marítimas locales (Gobernación Marítima, Capitanía de Puerto y
Alcaldía de Mar).




FUNDAMENTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL.



Las faenas de Carga y Descarga de una Nave se programan con la debida anticipación a su
arribo al puerto. Para ello se preveen todas las etapas que deberán desarrollarse y la forma
correcta en que deben desempeñarse los trabajadores en sus diferentes funciones, como:
Operadores de Máquinas, Portaloneros, Grueros/Wincheros, Movilizadores, etc., con el fin
de obtener buenos resultados y lograr el objetivo planeado dentro del tiempo previsto.
Si las faenas se realizan sin la presencia de hechos no deseados y sin daños a los recursos
que en ella intervienen, podemos decir que el proceso ha sido normal y que en
consecuencia, no han ocurrido "Accidentes".


CONCEPTOS DE:


ACCIDENTE DEL TRABAJO (Desde el punto de vista Preventivo).


                                                                                              13
"Un accidente es un acontecimiento NO DESEADO, que resulta en daños a las personas,
daño a la propiedad o pérdidas en el proceso"


INCIDENTE.


"Es un acontecimiento NO DESEADO, el que bajo circunstancias ligeramente diferentes,
podría haber resultado en lesiones a las personas, daño a la propiedad o pérdidas en el
proceso"




En otras palabras incidente es lo que se conoce como un CUASI - ACCIDENTE.


Los cuasi - accidentes, deben ser considerados como un hecho muy importante en las
empresas, debido a que ellos son un aviso, de algo que podría ocurrir y causar daños.
Además, nos permite corregir situaciones de riesgos potenciales de accidentes, debido a que
el origen de los cuasi - accidentes también son el origen de los accidentes.


Las consecuencias de los accidentes son medibles en función al daño que éstos producen o
provocan. A lo anterior, se puede agregar otro tipo de daños, como: al medio ambiente,
derroches, de tipo económico, a la imagen corporativa de la empresa, entre otros.




MODELO DE CAUSALIDAD DE ACCIDENTES Y PÉRDIDAS.


Este modelo establece que "Nada ocurre a menos que exista para ello una o más causas
bien definidas que lo provoquen".


De este modo, podemos afirmar que:
Los accidentes tienen una o más causas que lo provocan


EMPRESA.


Concepto de empresa:
Entidad con una realidad propia mayor y diferente a la de sus partes, integrada por un
conjunto coherente de elementos humanos e instrumentales orientados al cumplimiento de
ciertos fines: de servicios, económicos y sociales.


Componentes de una empresa:
Gente: Es todo el personal de los diferentes niveles que participan en una faena
determinada en las operaciones de Carga y Descarga de Naves, ya sea directamente o
indirectamente.

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Equipos: Son las máquinas con las cuales opera el trabajador portuario: grúas horquillas,
grúas de nave, winche/plumas, diferentes tipo de utilería portuaria según el tipo de carga,
herramientas manuales, entre otros.


Materiales: Se refiere a productos y/o cargas que manipula el trabajador portuario, los
cuales pueden ser mercancías peligrosas, cargas especiales, con aristas cortantes, calientes,
contenedores, entre otros.




Ambiente: Se refiere a todo lo material o físico que rodea la gente. El ambiente está
relacionado con la luz, ruido, condiciones atmosféricas, movimientos de la nave, entre
otros.


Estos cuatro elementos principales de las operaciones empresariales, individualmente o en
combinación, son la(s) causa(s) que contribuye(n) a que se produzca un accidente.


Cuando las causas provienen de la Gente, se denomina:


ACCIONES SUBESTANDAR.


Cuando las causas provienen de Equipos, Materiales y Ambiente, reciben el nombre de:


CONDICIONES SUBESTANDAR.


ACCIÓN INSEGURA O SUB-STANDARD.
Es el incumplimiento de un procedimiento seguro de trabajo, el cual puede permitir que se
produzca un accidente.


¿Por qué el trabajador comete acciones inseguras?.
(Factores humanos esto es lo que se conoce como Causas Básicas en el Modelo de
Causalidad).
Por una o más de las siguientes razones:



NO SABE cómo hacer su trabajo en forma correcta. (Problemas de capacitación,
entrenamiento, competencias, entre otros.).


NO QUIERE hacer su trabajo en forma correcta (Razones motivacionales).


NO PUEDE hacer su trabajo en forma correcta (razones físicas, sicológicas y/o
fisiológicas).


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ACTOS INSEGUROS MÁS COMUNES:
Exponerse a carga suspendida.
Transitar por la banda de descarga.
Fumar en lugares claramente prohibidos.




Operar sin autorización (Aunque esté capacitado).
Usar el equipo en forma incorrecta.
No usar los elementos de protección personal.
Trabajar bajo la influencia de bebidas alcohólicas y/o drogas.
Levantamiento incorrecto.
No respetar la reglamentación vigente.
Entre otras cosas.




CONDICIÓN INADECUADA O SUB-ESTANDARD.



Es una condición o circunstancia peligrosa, ajena a la acción humana, que puede permitir
directamente que se produzca un accidente.


¿Por qué existen Condiciones Inadecuadas o Subestándares?
(Factores del trabajo corresponden a las Causas Básicas en el Modelo de Causalidad).


Falta de supervisión y liderazgo.
Procedimientos inadecuados de trabajo.
Problemas de diseño.
Mantención inadecuada o inexistente.
Desgaste por uso y abuso de herramientas.
Uso inadecuado de equipos y herramientas.
Entre otras.


CONDICIONES INADECUADAS O SUB-ESTÁNDARES MÁS COMUNE:

Estrobos, equipos, materiales defectuosos o en mal estado.
Congestión en las operaciones de transferencia.
Falta de orden y limpieza.
Condiciones ambientales peligrosas (polvos tóxicos, vapores, gases, etc.)
Iluminación y/o ventilación inadecuada.
Ruido con niveles fuera de norma.

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Elementos de protección personal en mal estado.
Cubiertas resbaladizas.
Entre otras.




PREVENCIÓN DE ACCIDENTES.


Principios de la Prevención
Se ha dicho que el objetivo de la seguridad industrial es la prevención de los accidentes,
acción que debe llevarse a cabo en forma sistemática. Para este efecto, la prevención de
accidentes fundamenta su acción en dos grandes principios:


Establecer o reconocer las causas.
Eliminar las causas.


Establecer o reconocer las causas:
Se refiere a descubrir e identificar todas las acciones y las condiciones subestándares que
puedan constituir causas de accidentes.


Eliminar o controlar las causas:
No basta con identificar los riesgos de accidentes, es necesario controlarlos, y para ello
debemos actuar sobre la Gente, Equipos, Materiales y Ambiente.
(GEMA).




TÉCNICAS PARA LA ACTIVIDAD PREVENTIVA.



La aplicación de cualquier programa de prevención requiere del uso de ciertas técnicas. A
continuación se señalarán, en términos generales las más utilizadas.


Investigación de Accidente
La Investigación de Accidentes es una técnica que permite identificar las causas de los
accidentes y tomar las medidas de control para evitar su repetición
Observaciones de Seguridad (GENTE).
Esta técnica consiste en observar al trabajador mientras ejecuta sus labores habituales con
el objeto de identificar las prácticas o acciones inseguras que pueda cometer.
Es una valiosa herramienta que permite corregir o instruir al trabajador en el acto, o bien,
determinar la capacitación correspondiente.

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Las observaciones de seguridad pueden hacerse de dos formas:


Observaciones Planeadas.
Observaciones No Planeadas.




Inspecciones de Seguridad (EQUIPOS, MATERIALES Y AMBIENTE).
Es una técnica preventiva orientada a detectar las condiciones inseguras del ambiente de
trabajo que podrían ocasionar accidentes.
Las inspecciones de seguridad deben ser continuas y periódicas, las que pueden de ser de
dos tipos:


Inspecciones Planeadas.
Inspecciones No Planeadas.


Análisis del trabajo (AST).
Es una técnica preventiva que consiste en elegir una actividad operacional, dividirla en
etapas para posteriormente, identificar los riesgos potenciales de accidentes en cada una de
ellas y finalmente dar recomendaciones para que no ocurran.




FUNDAMENTOS DE HIGIENE INDUSTRIAL.



La ciencia y la técnica han logrado en estos últimos tiempos un avance tecnológico
importante, obteniendo una serie de beneficios y comodidades para los ambientes de
trabajo.
Sin embargo, este avance tecnológico ha ido creando también otros riesgos, que no existían
y que atentan no sólo contra la salud sino también contra la vida de los trabajadores.


Estos Riesgos se pueden clasificar en dos tipos:
Accidentes del Trabajo, se ocupa la "Seguridad Industrial".
Enfermedades Profesionales, se ocupa la "Higiene Industrial".




CONCEPTO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL.

La enfermedad profesional se define como:


"La enfermedad causada de manera directa por el ejercicio de la
profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca
incapacidad o muerte"

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Para considerar como tal una enfermedad profesional, es necesario que:



El riesgo esté presente en el ambiente de trabajo.


Que se pueda establecer una relación entre los síntomas y el resultado de los exámenes
médicos o clínicos con los niveles de contaminación ambiental del lugar donde la persona
trabaja.
La enfermedad profesional es ocasionada por una situación que, lentamente, va
produciendo un daño gradual.


Las enfermedades que deberán considerarse como profesional se encuentran enumeradas en
el Decreto Supremo N°109 que complementa la Ley N°16.744.




DEFINICIÓN DE HIGIENE INDUSTRIAL.


"Una ciencia que tiene por objetivoel reconocimiento,
evaluación y control de aquellos factores ambientales
que se originan en el lugar de trabajo y que causen
o puedan causar enfermedades profesionales".




AGENTES AMBIENTALES.



Son aquellos agentes que constituyen un riesgo para la salud del trabajador, y que le pueden
provocar una enfermedad profesional.
Según su origen se clasifican en:


Químicos.
Físicos.
Biológicos.
Ergonómicos.


Agentes Químicos: Son elementos o compuestos químicos que se utilizan en el trabajo, y
que pueden ingresar al organismo del trabajador provocándole algún daño a su salud.
Los agentes químicos se encuentran presente en ambiente de trabajo bajo dos formas de

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dispersión.
„X Aerosoles.
„X Gases y Vapores.
„X Sólidos (polvos, humos).
„X Líquidos (rocíos, nieblas).




Agentes físicos: Son niveles de energía, en general producidas el ambiente de trabajo que
actúan sobre el trabajador a niveles mayores de los que el organismo puede tolerar.
Constituyen riesgos físicos los siguientes agentes:


„X Ruido.
„X Vibraciones.
„X Temperaturas Extremas.
„X Radiaciones.
„X Presiones.


Agentes Biológicos: Son aquellos que provienen de seres vivos, que pueden agredir la
salud del trabajador.
Los agentes biológicos pueden ser:
„X Insectos.
„X Hongos.
„X Bacterias.
„X Virus.




VIAS DE INGRESO AL ORGANISMO HUMANO.


Vía Respiratoria: Es la más importante de todas las vías de ingreso, por cuanto la
respiración es un proceso automático, involuntario e indispensable para la vida.


Vía Digestiva: Está compuesta por el sistema digestivo, que absorbe las sustancias
ingeridas distribuyéndolas a todo el organismo por medio de la sangre.


Vía Cutánea: A través de la piel pueden ingresar al organismo ciertas sustancias químicas,
o bien por la acción de algunos agentes biológicos sobre la piel.


LÍMITES PERMISIBLES.

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Los establecidos en el Decreto 594 del Ministerio de Salud.


LPP: LÍMITE PERMISIBLE PONDERADO.
LPT: LÍMITE PERMISIBLE TEMPORAL.
LPA: LÍMITE PERMISIBLE ABSOLUTO.




LÍMITE PERMISIBLE PONDERADO (LPP)



Se conoce además, como CAMP (Concentración Ambiental Máxima Ponderada).
Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales
de contaminantes químicos en los lugares de trabajo durante la jornada normal de 8 horas
diarias, con un total de 45 horas semanales.


Tres son los factores que inciden en la generación de una enfermedad profesional:


El tiempo de exposición al riesgo
La susceptibilidad personal del trabajador.
La concentración ambiental del agente.


Se denomina concentración ambiental a la cantidad de tóxico presente en el aire ambiente
de trabajo, ya sea que éste se encuentre como gas, vapor o fase dispersa, líquida o sólida.


LPT: LÍMITE PERMISIBLE TEMPORAL.



Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales
de contaminantes químicos en los lugares de trabajo, medidas en un período de 15 minutos
continuos dentro de la jornada de trabajo. Este límite no podrá ser excedido en ningún
momento de la jornada.


LPA: LÍMITE PERMISIBLE ABSOLUTO.



Valor máximo permitido para las concentraciones ambientales de contaminantes químicos
medidos en cualquier momento de la jornada de trabajo.


Las concentraciones, si se trata de gases o vapores, se puede dar en:



                                                                                              21
PARTES POR MILLON (ppm): Esto es, cuantas unidades de volumen de la sustancia
tóxica en fase gaseosa (gas o vapor) existen en un millón de unidades de volumen
(mililitros o centímetros cúbicos del gas existentes en un metro cúbico de aire ambiente).


MILIGRAMOS POR METRO CUBICO (mg/m3): Esto es miligramos de la sustancia

tóxica, al estado de gas, existentes en un metro cúbico de aire ambiente.
Por ejemplo: La concentración máxima permitida, para una jornada de 8 horas de
monóxido de carbono (CO) es de 40 ppm.Y en el caso de Bromuro de Metilo es: 15mg/m3
(D.S. 594).




PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES.



De la misma manera que para la Prevención de Accidentes se habla de que es necesario
establecer las causas y eliminar las causas, también la Prevención de Enfermedades
Profesionales basa su acción en estos dos grandes principios:


Para ello es necesario
Reconocer el Riesgo: Consiste en identificar el agente, la fuente de propagación y su área
de acción incluyendo el espacio físico y el número de trabajadores expuestos.


Evaluar el Riesgo: Consiste en establecer la magnitud del riesgo al comparar los resultados
de la medición con el LPP o CAMP, según corresponda.


Controlar el Riesgo: Consiste en eliminar las causas de contaminación ambiental a través
de la prevención.




METODOS DE PREVENCION.


Las Enfermedades Profesionales, al igual que los Accidentes del Trabajo, derivan de la
relación hombre - ambiente, los métodos de prevención deben enfocarse a:


Control Sobre el Ambiente de Trabajo:
Métodos por sustitución de materias primas.
Método por sustitución de equipos.
Método por sustitución de procesos.
Aislamiento de la fuente.




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Implementación y/o Modificación del sistema de ventilación.
Por atenuación del ruido, entre otros.


Control sobre el Trabajador:



A través de la utilización de Elementos de Protección Personal (EPP).
Por disminución del Tiempo de Exposición al Agente Ambiental.
Tanto las medidas de control sobre el ambiente de trabajo, y las que se realicen para el
trabajador, deben ser complementadas por una capacitación específica.
Es importante que el trabajador identifique los riesgos a los cuales podría estar expuesto en
su trabajo.




RIESGOS ESPECÍFICOS PARA LOS TRABAJADORES PORTUARIOS.


El riesgo es inherente a la actividad que se realiza.




DEFINICIÓN DE RIESGO.




Es la posibilidad que bajo ciertas circunstancias ligeramente diferentes,
pueda ocurrir un accidente o un hecho no deseado.


Reconocer que todos los accidentes ocurren porque hay una o más causas que lo provocan,
es indispensable para poder aplicar la "PREVENCION".


Para trabajar en forma segura, el trabajador portuario debe estar consciente que en todas las
actividades hay riesgos.


"Mientras más se conozcan los Riesgos,
más fácil será Controlarlos"


Riesgos Típicos en Faenas Portuarias
Debido a las condiciones propias de una nave al estar en un medio fluido, el riesgo es aun
mayor.




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Manejo de Materiales:
El manejo de materiales comprende las operaciones de levantar o izar, transportar y
almacenar diferentes tipos de cargas, sean estos tambores, cajas, sacos, fardos, pallets,
contenedores u otros objetos.


Existen básicamente dos tipos de Manejo de Materiales:




Pulso: Para movilizar una carga, es necesario utilizar la fuerza corporal para levantar un
objeto o carga.
Elementos Auxiliares: Son elementos necesarios que ayudan a minimizar el esfuerzo
corporal Ejemplos: traspaleta, tecle, sistema de palanca, carretilla de mano, entre otras.




Se refiere a las operaciones de manipulación de carga mediante equipos mecanizados los
cuales cuentan con sistemas de operación que el trabajador maniobra sin la necesidad de
utilizar la fuerza corporal.
Ejemplo: grúa horquilla, grúa portacontenedores, grúa tipo pórtico, winche/pluma,
camiones con sistema de pescante, entre otros.


Trabajo sobre Superficies de Faenas Portuarias:


Clasificación básica de l Superficies de Trabajo:


Improvisadas: Son aquellas que sin estar destinadas a superficies de trabajo se utilizan
como tales, ejemplos: sillas, cajones, tambores, cajas, tablones, entre otras. Por los riesgos
que implica, este tipo de superficie de trabajo no debe utilizarse.


Provisorias: Son aquellas superficies de trabajo construidas para ser utilizadas como tales,
pero sólo en forma temporal ejemplos escalas móviles, escalas conteineras, andamios,
escala de práctico, escala de gato, pasarelas, entre otras.


Permanentes: Son aquellas superficies de trabajo construidas para ser utilizadas como tales
en forma definitiva, ejemplos: cubiertas, cubiertas de entrepuentes, escaleras, delantal del
muelle, patios de acopio, entre otras.




USO EPP.

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Todo trabajador que ingrese a un recinto portuario a realizar alguna faena, deberá estar
provisto del equipo mínimo de protección personal consistente en:


Casco de Seguridad.
Zapatos de Seguridad.
Guantes de cuero.


El equipo de protección personal adicional, será de acuerdo a la faena que se realice


Además en las actividades portuarias es obligatorio para todo trabajador, el uso de chaleco




reflectante.




MANEJO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS (CARGAS OMI).



La Organización Marítima Internacional (O.M.I.) o (I.M.O) International Maritime
Organization, clasificó a estas sustancias de acuerdo a sus características en Clases del 1 al
9.


REFERENTE A LA O.M.I.


La Organización Marítima Internacional, tiene dos objetivos muy claros:


Buques más Seguros y Mares más limpios
Para el primero de ellos existe el SOLAS (Seguridad de la Vida Humana en el Mar) y para
el segundo objetivo existe el MARPOL (Polución marítima)


En Chile quien tiene que velar para que estos objetivos se lleven a cabo, es la Autoridad
Marítima




CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA
EN EL MAR (SOLAS).




El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar o SOLAS (del
inglés, Safety Of Life At Sea) es el tratado más importante de seguridad relativo a buques
mercantes. Su primera versión apareció en 1914 como respuesta al desastre del

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hundimiento del RMS Titanic. Describía el número mínimo de botes de salvamento y otros
equipos a bordo junto con procedimientos de emergencia y de vigía en el puente.
Nuevas versiones se adoptaron sucesivamente en 1929, 1948, 1960 y 1974. El convenio de
1960 - que entró en vigor en 1965 - fue el mayor logro de la Organización Marítima
Internacional (OMI), organismo especializado de la ONU, tras su creación y representó un
importante impulso para la actualización constante de la tecnología a bordo de buques
mercantes. La versión de 1974 simplificaba procesos corrigiendo la versión anterior.
Múltiples correcciones se han firmado desde entonces. En particular, las de 1992
reemplazando el código Morse con el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimo
GMDSS (Global Maritime Distress and Safety System), que entró en vigor en 1999.




El MARPOL.


El Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, también
llamado Convenio MARPOL, es el instrumento jurídico internacional encargado de
prevenir la contaminación del medio marino producida por buques ya sea en el normal
transcurso de sus actividades económicas o por accidentes marítimos.
Su redactado actual comprende los tratados adoptados en 1973 y 1978 junto a una serie de
protocolos adoptados posteriormente a fin de adaptar jurídicamente la nueva realidad
socioeconómica en el sector del transporte marítimo de mercancías siempre bajo el auspicio
de la Organización Marítima Internacional, OMI, con sede en Londres.


El primer MARPOL, adoptado el 2 de noviembre de 1973, cubría la contaminación
producida por aceites, productos químicos, substancias peligrosas y desechos. El Protocolo
de 1978 se adoptó en febrero de ese año como respuesta a una serie de accidentes
producidos entre los años 1976 y 1977, y terminó por absorber el redactado original de
modo que hoy se refiere técnicamente a la combinación de ambos instrumentos con el
nombre de Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación Marina
producida por Buques de 1973 modificada por el Protocolo de 1978 (en adelante ‘la
Convención).


La Convención comprende una serie de reglas que tienden a prevenir a la vez que
minimizar la contaminación de buques incluyendo seis diferenciados anexos: primero,




reglas para la prevención de contaminación producida por aceites; segundo, reglas para el
control de la contaminación por sustancias líquidas contaminantes a granel; tercero,
prevención de contaminación por sustancias peligrosas transportadas por mar; cuarto,
prevención de contaminación por ‘sewage’ de buques; quinto, prevención de
contaminación por desechos de buques y sexto, prevención de contaminación del aire

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producida por buques, no estando éste último aun en vigor. Parece interesante resaltar en
este punto que la Convención sólo establece como obligatorio para los Estados Parte el
aceptar los dos primeros anexos, dejando la aplicación de los restantes a la libre elección de
los mismos


DEFINICIÓN MERCANCÍAS PELIGROSAS:




"Se consideran mercancías peligrosas
Todas aquellas sustancias elaboradas o no que,




por sus propiedades físico - químicas,
puedan constituir un riesgo, en cuanto a
su transporte o manipulación"




ROTULACION.



Todo recipiente que contiene mercaderías peligrosas lleva una marca que identifica y
clasifica el producto. Esta marca o rótulo indica claramente la naturaleza peligrosa de la
mercadería y la clase a que pertenece, por medio de números, símbolos y colores.
La norma chilena NCH 2190, especifica claramente cual es la característica de la rotulación
para cada mercancía peligrosa en particular.




CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS.




CLASE 1: EXPLOSIVOS.


División 1.1: Sustancias y artículos que presentan peligro de explosión en masa (pólvora




negra, dinamita, nitrato de amonio, TNT).
División 1.2: Sustancias o artículos que presentan un riesgo de proyección, pero no un
riesgo de explosión en masa.
División 1.3: Sustancia y artículos que presentan un riesgo de incendio y un riesgo de que
produzcan pequeños efectos de onda de choque o proyección, o ambos efectos, pero no un


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riesgo de explosión en masa.
División 1.4: Sustancias y artículos que no presentan peligro significante (bengalas de
señales).
División 1.5: Sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosión de toda la
masa.
División 1.6: Sustancias sumamente insensibles que no presentan riesgos de explosión de
toda la masa.


Algunas medidas preventivas:


Estas mercaderías deben protegerse del calor y la humedad.
Durante su embarque / desembarque no deben efectuarse trabajos de soldadura,




reparaciones, quemado de pintura, etc.
Nadie debe fumar ni usar encendedores, fósforos u otra fuente de ignición.
Se debe contar con extintores y ramales contra incendios operativos y listos para
usar.


En caso que este tipo de mercadería presente rotura, se debe informar de inmediato
para tomar las medidas necesarias y proceder a su reparación.




CLASE 2: GASES COMPRIMIDOS, LICUADOS O DISUELTOS BAJO
PRESIÓN.


Clase 2.1: Gases Inflamables (Gas Licuado, Gas de Hulla).
Clase 2.2: Gases No Inflamables (Nitrógeno líquido refrigerado, helio, neón).
Clase 2.3: Gases Venenosos (Bromuro de metilo, fumigantes, insecticidas).




Algunas medidas preventivas:


Los envases deben protegerse de golpes, caídas e impactos.
Las válvulas deben estar bien aseguradas.
No arrastrarlo ni rodarlos.
No fumar ni mantener llamas mientras se manipulen o se permanezca en los lugares en que
se encuentren estibados o almacenados.
En caso de incendio los cilindros deben mojarse con abundante agua para evitar sobre
presiones o se fundan por calentamiento y retirarlos del lugar del incendio.


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El acetileno puede explotar aún después de refrigerados, por consiguiente, deben
botarse al mar.




CLASE 3: LÍQUIDOS INFLAMABLES.




Clase 3.1: Grupo con punto de inflamación bajo. Comprenden los líquidos cuyo punto
de inflamación es inferior a - 18° C.


Clase 3.2: Grupo con punto de inflamación medio. Comprende los líquidos cuyo punto de
inflamación es igual o superior a -18° C e inferior a 23° C




Clase 3.3: Grupo con punto de inflamación alto. Comprende los líquidos cuyo punto de
inflamación es igual o superior a 23° C, pero no superior a 61° C.


Algunas medidas preventivas:


Los recipientes con líquidos inflamables deben ser sellados herméticamente.
Su manipulación debe ser suave. Se debe evitar golpear, rodar o dejar caer.
Prohibido fumar.
En caso de sospecha de fuga de estos líquidos dar cuenta de inmediato.



CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES.


Clase 4.1: Son sólidos que tienen en común la propiedad de ser encendidos fácilmente por
fuentes exteriores de ignición, como chispas o llamas y de entrar fácilmente en combustión.
Ej.: heno, azufre, fósforo amorfo.


Clase 4.2: Son sólidos o líquidos que tienen en común la propiedad de llegar a calentarse y




encenderse espontáneamente.Ej: Carbón, Algodón húmedo.


Clase 4.3: Son sólidos o líquidos que tienen en común la propiedad de desprender gases
inflamable si entran en contacto con agua. Ej: magnesio en polvo, carburo cálcico, sodio




Algunas medidas preventivas:

                                                                                           29
Su manipulación debe ser suave, evitando golpear, rodar o dejar caer los recipientes.
No deben exponerse al calor o al agua.
Prohibido fumar.
En caso de rotura o pérdida de producto, dar aviso de inmediato.




CLASE 5: SUSTANCIAS OXIDANTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS.




Clase 5.1: Sustancias Oxidantes: Son sustancias que, aunque por sí mismas no son
combustibles, pueden, generalmente por desprendimiento de oxígeno o un proceso similar,
aumentar el riesgo e intensidad de un incendio con otras materias con las cuales entran en




contacto.
Ejemplo: Permanganato de calcio, nitrato de calcio, nitrato de bario.
Clase 5.2: Peróxidos Orgánicos: Son sustancias térmicamente inestables, las cuales pueden
sufrir una aceleración en su descomposición.
Además, ellas pueden tener una o más de las siguientes propiedades:
„X Pueden experimentar una descomposición explosiva.
„X Arder rápidamente.
„X Ser sensibles a la fricción o al impacto.
„X Reaccionar peligrosamente con otras sustancias.
„X Causar daño a los ojos.


Algunas medidas preventivas:


Su manipulación debe ser suave, evitando golpear, rodar o dejar caer.




Prohibido fumar.
Usar gafas como equipo de protección personal adicional, para evitar lesiones a los
ojos.




CLASE 6: SUSTANCIAS VENENOSAS E INFECCIOSAS.




                                                                                         30
Clase 6.1: Sustancias Venenosas o Tóxicas: Son sustancias susceptibles de causar la muerte
o severos daños a la salud humana, en caso de ser absorbidas, inhaladas o tomar contacto
con la piel. Ejemplo: Pesticidas.


Clase 6.2: Sustancias Infecciosas: Estas son sustancias que contienen microorganismos
vivos o sus toxinas. Son conocidas o se sospecha que pueden causar enfermedad en
animales o seres humanos.


Algunas medidas preventivas:


En caso de derrame, no tomar contacto con el producto.
Prohibido fumar.
Toda manipulación de esta clase de mercancía debe realizarse equipado de los elementos de
protección personal adecuados al producto.
En caso de contacto, lavarse rigurosamente con abundante agua y jabón.




CLASE 7: MATERIALES RADIOACTIVOS.




Todos los materiales radioactivos son peligrosos en mayor o menor grado, dado que ellos
emiten radiaciones invisibles que dañan los tejidos del cuerpo humano.
Por este motivo, todos estos materiales se transportan en embalajes con protecciones y
blindajes especiales, con el objetivo de reducir los riesgos.
Ej: uranio, polonio, entre otros.


Algunas medidas preventivas:




Se deben adoptar medidas especiales de seguridad antes de manipular los materiales
radioactivos.
No manipularlos mientras no se cuente con la autorización del Supervisor.
El manejo debe ser cuidadoso y nunca estos materiales deben ser sometidos al calor.




CLASE 8: SUSTANCIAS CORROSIVAS.


Son sustancias sólidas o líquidas que en estado natural poseen la propiedad común de

                                                                                           31
provocar lesiones más o menos graves en los tejidos vivos.
Si se derraman estas sustancias pueden dañar otras cargas y/o a la nave.
Es conveniente tener presente que pueden causar severas quemaduras a la piel, ojos y
membranas mucosas. Algunos incluso, con calor descomponen gases tóxicos.
.
Algunas medidas preventivas:


En caso de ocurrir un derrame o daño en el contenido de las mercancías de esta clase, no se
debe entrar en contacto con el producto.
Cualquier derrame, rotura o daño debe ser reparado en forma urgente.
Prohibido fumar.
Toda manipulación de esta clase de mercancías debe realizarse equipado con los elementos
de protección personal adecuados al producto.
Después de manipular estas mercancías se debe efectuar un lavado con abundante agua y
jabón.de aquellas zonas del cuerpo que pudieran haber estado en contacto con el producto.
Ej.: Tricloruro de Fósforo, Ácido Clorhídrico en solución Bromo.




CLASE 9: SUSTANCIAS PELIGROSAS MISCELÁNEAS U OTRAS.


En esta clase se incluyen todas aquellas mercancías que presentan un peligro, pero no han
sido contempladas en las clases anteriores.


Algunas medidas preventivas:


Las medidas preventivas y las prácticas correctas a adoptar dependerán de las propiedades
que tenga cada una de estas mercancías y de acuerdo a lo que se ha señalado en las clases
del 1 al 8. Ej: materiales imantados, semillas de ricino.




PROCEDIMIENTOS EN CASO DE INCENDIO EN INSTALACIONES
PORTUARIAS.


En la actividad portuaria, los riesgos de incendios al no tenerlos controlados, han llegado a
provocar cuantiosos daños materiales y pérdidas de vidas irreparables.
Los terminales portuarios ven disminuido su patrimonio y fuente de producción, afectando
la productividad de las empresas.




PREVENCIÓN DE INCENDIOS.

                                                                                            32
Lo mejor que se puede hacer para prevenir incendios, es evitar que el fuego se produzca. En
aquellas operaciones donde se utilice el fuego, éste debe mantenerse bajo estricto control.


La prevención de incendios consiste en impedir que se combinen los tres elementos que dan
origen al fuego.


FUEGO.

Es el resultado de una reacción química mediante la cual las sustancias combustibles
reaccionan con un comburente en presencia de calor.


De acuerdo con la definición, los elementos esenciales que deben combinarse para que se
produzca el fuego son: Combustible, Comburente y Calor.


El fuego se producirá, entonces, cuando los tres primeros elementos entren en contacto y




siempre que el combustible esté desprendiendo vapores y esos vapores estén
adecuadamente mezclados con el comburente.


COMBUSTIBLE.



Cualquier sustancia que se puede quemar es un combustible.
Las sustancias combustibles pueden encontrarse en estado sólido, líquido y gaseoso.
En cualquier estado que se encuentren los combustibles, todos presentan riesgos, algunos
más que otros, dependiendo de sus características.




COMBURENTES.

Sustancia que permite que se produzca la combustión cuando se combina con un
combustible y calor.
En el caso de los incendios el principal comburente es el oxígeno del aire.
La ayuda que presta el oxígeno al desarrollo del fuego depende de su porcentaje. A mayor
porcentaje de oxígeno combinado con un combustible y calor, más completa y rápida será
la combustión.


CALOR.




                                                                                              33
Este elemento está representado por las diferentes fuentes de ignición, capaces de entregar
el calor suficiente para que, combinado con el combustible y el comburente (oxigeno),
produzcan la combustión o fuego. El calor se puede transmitir de tres formas:
radiación, conducción y convección


REACCIÓN EN CADENA.

Es el fenómeno que se presenta en los fuegos con llama (fase gaseosa) y por medio del cual
se forman, partículas activadas muy reactivas.
Estas partículas intervienen en sucesivas reacciones, dando origen a lo que se ha
denominado "reacción en cadena".




CLASIFICACIÓN DE FUEGOS.

FUEGOS CLASE A: Son fuegos de combustibles ordinarios tales como madera, papel,
géneros, cauchos y diversos plásticos.
El símbolo que se usa es la letra "A" (blanca) sobre un triángulo verde.




Estos fuegos se combaten por enfriamiento con agua.




FUEGOS CLASE B: Fuegos que comprometen líquidos combustibles o inflamables,
gases inflamables, grasas y materiales similares en que la extinción es más rápida y segura
por eliminación del oxigeno del aire, evitando el desprendimiento de vapores combustibles,
o interrumpiendo la reacción libre en cadena.




El símbolo que se usa es la letra "B" (blanca) sobre un cuadrado rojo.
Estos fuegos se combaten por sofocación.


FUEGOS CLASE C: Involucra a todo fuego que compromete equipos energizados con
energía eléctrica .Para seguridad personal es necesario que el elemento extintor no sea
conductor de electricidad. Una vez desconectada la energía, el fuego, según el tipo de
combustible que lo generó, será el tipo de extintor a utilizar.
El símbolo que se usa es la letra "C" (blanca) sobre un
círculo de color azul. Estos fuegos se combaten con
polvo químico seco (PQS) ó dióxido de carbono (CO2).
En el caso de fuegos de equipos electrónicos se puede utilizar PQS
o CO2 , pero se recomienda el uso de CO2 debido a que no causa daños

                                                                                          34
a ciertos componentes de estos equipos.


FUEGOS CLASE D: Incluye la combustión de ciertos metales tales como magnesio,
sodio, potasio, titanio, zirconio, entre otros, los que al entrar en combustión, alcanzan
temperaturas muy elevadas (2.700 a 3.300 °C) y que requieren de un elemento extintor no
reactivo a dichas temperaturas.
El símbolo que se usa es la letra "D" (blanca) sobre una estrella de cinco puntas de color
amarillo.
Para combatir estos incendios se requieren de técnicas especiales.


EXTINTORES.

Un extintor es un equipo que contiene un agente que puede ser proyectado y dirigido sobre
un fuego por la acción de una presión interior.
Esta presión puede obtenerse por un gas en contacto con el agente extintor, almacenado en
una cápsula ubicada en el exterior o interior del equipo, o por una reacción química.




CLASES DE EXTINTORES.

Los extintores se han clasificado de acuerdo al fuego a neutralizar.
Se pueden mencionar las siguientes clases de extintores de:
„X Agua.
„X Espuma.
„X Polvo químico seco.
„X Dióxido de carbono.




USO DE LOS EXTINTORES.

Debido a la gran cantidad de diseños de equipos, no todos los extintores se operan de la
misma forma, sin embargo, se pueden dar algunas recomendaciones generales de uso,
aplicables a todos ellos en el momento de combatir un fuego.




„X Aproximarse al fuego a favor del viento y a una distancia de 2 a 3 m.
„X Iniciar la descarga del agente extintor, antes de comenzar a avanzar.
„X Aprovechar el alcance efectivo de la descarga del extintor.
„X Dirigir la descarga a la base del fuego.
„X Generalmente es recomendable aplicar el agente extintor con un movimiento de vaivén


                                                                                             35
horizontal o de barrido.
„X Mantener el extintor en posición vertical.
„X Una vez extinguido el fuego, permanecer en el lugar, para prevenir una posible
reignición.
„X Abandonar el lugar sin dar la espalda al área del fuego.




PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR APOYO Y COORDINAR
ACTIVIDADES CON:


„X Bomberos.
„X Personal existente en Recintos Portuarios.
„X Evacuación de personas.


Todos los puertos deben mantener una coordinación con las instituciones que tienen
relación con el tema de emergencias al interior de los recintos portuarios.



Además, se debe considerar que la Autoridad Marítima es quien toma el control ante
cualquier contingencia que ponga en peligro la seguridad portuaria.




      PRINCIPALES ACTORES QUE INTERVIENEN EN EL TRANSPORTE
                                       MARÍTIMO.




                                                                                     36
Entre las diversas actividades que se desempeñan en el transporte marítimo de carga,
existen algunos actores que por la importancia del rol que asumen, deben ser descritos con
mayor amplitud con el objeto de acercarnos y conocer con mayor precisión su trabajo, y las
herramientas, deberes y facultades que les permiten desarrollarlo satisfactoriamente.
En esta oportunidad conoceremos las labores propias del armador (naviero), del operador
de la nave, del capitán y los diversos agentes que, de acuerdo a su especialidad, facilitan y
hacen posible el transporte marítimo.
Agregamos a esta guía el rol que cumplen las compañías de seguro en la protección tanto
de la carga, la nave, maquinaria y persona que participan en esta arriesgada faena.

ARMADOR O NAVIERO:
Armador o naviero es quien equipa, avitualla (elementos de aprovisionamiento) y dota de
tripulación a la nave, ya sean las naves propias o arrendadas . Además, asume la gestión de
la nave, manteniéndola en estado operativo y navegable sea o no de su propiedad.
También puede considerarse como armador aquella persona natural o jurídica que por
cuenta y riesgo propio puede ser el dueño de la nave, arrendador de la misma o parte de
ella, o de una o más bodegas.
Debe quedar claro que no es armador quien siendo dueño de la nave la cede en arriendo a
un tercero. Tampoco es armador quien siéndolo, toma una nave de otro armador en
fletamento por tiempo del armador (aunque la explote económicamente o prestando




servicios a terceros)

OPERADOR DE LA NAVE:


                                                                                            37
Es aquella persona que no siendo armador en virtud de un mandato, ejecuta a nombre
propio o de su mandante los contratos de transporte, en relación a la explotación de la nave,
asumiendo las responsabilidades tanto de la nave como de la carga.

CAPITÁN DE LA NAVE.

Es quien comanda la nave y cuya autoridad, atribuciones y obligaciones tienen por misión
gestionar el mando y seguridad de la embarcación. Además, el capitán debe estar
capacitado para desempeñar funciones técnicas y comerciales.

ALGUNAS OBLIGACIONES DEL CAPITÁN.

Entre las obligaciones del capitán está la misión de otorgar recibos parciales de las cargas
que se embarquen a través de documentos y conocimientos si corresponde.
Debe también registrar lo concerniente a mermas, averías o daños que se observen en la
carga antes de haberla recibido o bien durante su traslado (por manipulación de la misma).
Además, debe acordar los contratos de fletamento (bajo la autorización de su armador) y
contratos relativos a la gestión de la nave, en beneficio del normal desarrollo de su viaje,
los cuales pueden ser celebrados por el propio capitán, ya que en este caso él cuenta con esa
facultad.
Si ocurren accidentes u otros daños, ya sea a la nave, a la carga o al personal que allí
trabaja, el capitán debe presentar un documento denominado protesta, en el cual debe
especificarse la situación acontecida. Para cada caso (daños a la nave, carga o personas) se
elevará una protesta específica, la que debe ser realizada con el propósito de dejar
constancia de lo acontecido. Sin embargo, este documento puede comprometer la
responsabilidad tanto del capitán, de la nave, armadores o a quienes represente.
El capitán es responsable -en representación del transportador- de la custodia de la carga u
otro efecto a bordo, de su manipulación y transferencia en faenas de carga y descarga,
almacenaje y estiba, conservación y oportuna entrega en el puerto de destino.

SEGUROS MARITIMOS.

Los seguros marítimos tienen por función indemnizar al mandante ante pérdidas o daños
de aquello que ha sido asegurado, como embarcaciones, cargas, maquinarias o personas.
Los seguros marítimos son fundamentales para las labores marítimo-portuarias, pues por
norma general tienen por objetivo indemnizar a quien solicitó el seguro, por pérdidas o
daños que pueda sufrir lo asegurado, debido a los riesgos relacionados al transporte




marítimo, lacustre, fluvial o de canales.

 UN SEGURO MARÍTIMO.




                                                                                               38
• Cubre las naves y artefactos navales, incluyendo todos sus accesorios, móviles o fijos, sin
importar el lugar físico donde se encuentren.
• Cubre las mercancías o cualquier otro bien que puedan sufrir daños por el riesgo del
transporte marítimo, lacustre, fluvial o de canales.
• Cubre valores del flete u otros desembolsos relacionados con el transporte.
• Cubre perjuicios a otros o terceros en función del mando, si es un riesgo relacionado con
el transporte y, por lo tanto, afecto a seguro.

 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO DE SEGURO MARÍTIMO.

El seguro es perfeccionado desde que el asegurador expresa por escrito la aceptación a la
propuesta escrita del contrato de seguro.
La acreditación de esta aceptación está estipulada por lo planteado por el asegurador y el
contrato. Lo anterior no significa que al perfeccionar el contrato de seguro marítimo, el
asegurador se libere de la obligación de emitir la póliza.
Se entiende por emitida la póliza cuando, a través de un certificado de seguro, queda
constancia de la existencia del contrato y de las condiciones dadas acordadas entre ambas
partes, es decir, la aseguradora y el mandante.

SEGURO DE MERCANCÍAS.

Este seguro resguarda la carga transportada en la nave. La regla general señala,
textualmente, que "Los seguros de mercancías son siempre por cuenta de quien
corresponda". Esto significa un contrato con carácter de accesorio. Aquí el asegurado es el
titular o dueño de la mercancía. En el transcurso del transporte, la responsabilidad de la
carga corresponderá a quien este a cargo de su desplazamiento. El seguro es transferible a
quien tenga interés en la conservación de lo asegurado.

 SEGURO DE NAVE.

En cuanto a la nave, el dueño de la misma es quien debe celebrar la firma de un seguro con
la compañía que le ofrece ese servicio. De no ser contratado directamente por el dueño, el
asegurador consigna en la póliza la relación o interés asegurable que existe con la persona a
quien se suscribe el contrato, es decir, entre el asegurado y la nave.




LOS AGENTES.




                                                                                             39
Los agentes son personas naturales o jurídicas (como empresas privadas), que intervienen
en el transporte de las mercancías, las cuales de acuerdo a sus facultades específicas y
distintivas, o a las responsabilidades que asumen, los hemos clasificado para ti en:

AGENTES GENERALES.

Es agente general aquella persona natural o jurídica que actúa a nombre de un armador
extranjero con el carácter de "mandatario mercantil"
Funciones de los agentes generales
Los agentes generales tienen la facultad de representar a su mandante en los contratos de
transporte de mercancías y de fletamento. Entre otras atribuciones, cuenta también el
derecho a recibir los conocimientos de embarque y entregar las mercancías a sus
destinatarios.
También el agente general puede firmar en representación del capitán en algunos
documentos, ya que esta es otra facultad de quienes estén operando comercialmente la
nave.




AGENTES DE NAVES O CONSIGNATARIOS DE NAVES.

Persona natural o jurídica que actúa en nombre del armador, propietario o capitán de la
nave, y los representa para todo acto o gestión relacionada con la nave en el puerto
consignado.



Funciones agente de naves
Entre las funciones que debe desarrollar el agente de naves encontramos: La recepción de
las cargas para su embarque o descarga, la supervisión de las faenas de carga o descarga, la
recepción de los conocimientos de embarque (b/l) y la entrega de las mercancías a los
destinatarios.
Además, los agentes de nave tienen la facultad de firmar, en representación del capitán o de
quienes operen comercialmente la nave, aquellos documentos que se requieran (cuales).
Además, el agente de la nave puede asistir las necesidades requeridas por el capitán en lo
que se refiere a la recepción y asistencia durante el arribo de la nave y las diligencias para
el despacho de la misma. Por eso, de acuerdo a lo que se estime conveniente, este agente
puede contratar al personal que se requiera para la operación de la nave en puerto.




AGENTE DE ESTIBA Y DESESTIBA O EMPRESAS DE MUELLAJE.




                                                                                             40
El agente de estiba y desestiba es aquella persona natural o jurídica encargada de las faenas
de carga o descarga, ya sea en la nave o en el recinto portuario, de los medios de transporte
que se emplearán en la faena y todo lo concerniente al desplazamiento de la carga.

REQUISITOS.

Para desarrollar las labores de agente de estiba y desestiba es necesario contar con una
oficina propia y próxima a cada lugar que se requiera. Sin embargo, este es sólo uno de los
requisitos.
El agente de estiba y desestiba debe estar registrado en el registro de agentes
correspondientes y demostrar una solvencia financiera con capital propio que garantice el
fiel cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores.
Finalmente, este agente debe estar avalado por apoderados o representantes que
garanticen y/o respondan por el buen desempeño de su trabajo en lo que respecta a la estiba
y desestiba de cargas.

CONTRATO LABORAL.

Se celebra un contrato laboral entre la empresa de muellaje y el trabajador portuario, el
cual se compromete a ejecutar una o más labores, de acuerdo a lo especificado en las faenas
de carga y/o descarga. Además, sólo si se estipula en el contrato, el trabajador deberá
intervenir en otras actividades propias de la faena a bordo de la nave, en artefactos navales
y en áreas catalogadas como recintos portuarios.

FUNCIONES DEL AGENTE DE ESTIBA Y DESESTIBA.

Como dijimos anteriormente, son funciones de la empresa de muellaje las labores de estiba
y desestiba y aquellas relacionadas en la operación de carga y/o descarga de las naves y
artefactos navales
Por lo tanto, debemos incluir en esas actividades el llenado y vaciado de contenedores
dentro de los recintos portuarios (consolidado o desconsolidado), además de cualquier acto
y/o gestión propios de la transferencia de carga entre la nave y el muelle -o viceversa-, que
incluye a los medios de transporte terrestre. También las labores intermedias tanto en los
recintos portuarios, naves a la gira, depósitos, entre otras, forman parte de las obligaciones
del agente de estiba y desestiba.

TERMINAL PORTUARIO.

Cuando hablemos de un terminal portuario nos referiremos a la infraestructura de un
puerto determinado, que opera de manera independiente, aun cuando su administración sea




privada o estatal.
Cada uno de ellos, con la capacidad operacional de acuerdo al tipo de cargas que se

                                                                                             41
transfieren, permite conectar la cadena de comercio exterior entre nuestro país y el
extranjero, mediante el intercambio comercial por vía marítima.
En el caso de ser privado, es decir aquellos que han sido licitados por el estado a empresas
privadas por un plazo determinado de tiempo para su operación, citaremos algunos
terminales portuarios y sus distintas dimensiones en lo que se refiere a la cantidad de sitios
con que cuenta cada uno de ellos: con un sitio, por ejemplo, encontramos el Puerto de Panul
en San Antonio, con tres sitios el STI (San Antonio Terminal Internacional), o con cinco
sitios, por ejemplo, el Terminal Pacifico Sur (TPS) de Valparaíso.
En el caso de aquellos terminales portuarios estatales, citaremos el caso de la Empresa
Puerto de San Antonio (EPSA), que cuenta con cuatro sitios y la Empresa Puerto de
Valparaíso (EPV), con tres sitios, entre algunos de los terminales administrados por el
Estado de Chile.




GENERALIDADES SOBRE CONTENEDORES - TRANSPORTE VIA MARITIMA
Y TERRESTRE.




El concepto que dio carácter universal al contenedor, se apoya en la indiscutible teoría de
que, tratándose de una idéntica cantidad de carga, resulta mas conveniente manipular el




menor numero posible de bultos facilitando así su movilización, haciéndola mas rápida,
segura y eficiente, provocando una muy importante economía de embalaje marítimo para el


                                                                                              42
usuario. Además, reduce los riesgos por rotura, hurtos o pérdidas todo lo cual se traduce en
beneficios para el dueño de la carga.

EVOLUCION DEL CONTENEDOR.


La historia del transporte en recipientes data de principios del siglo XIX y su evolución a
través del transcurso de los años ha sido la siguiente:
(1801) Primer escrito sobre la posibilidad del empleo del recipiente realizado por un
británico.
(1892) El empleo del recipiente fue introducido por Gran Bretaña y Europa.
(1911) Articulo en USA aparece en una revista, con fotografía de un recipiente de 18 x 8 x
8 pies.
(1920) Tres principales líneas de ferrocarriles de USA desarrolla el uso del recipiente.
(1943) Segunda Guerra Mundial, los servicios logísticos buscaron un sistema, para
transportar en envases mayores toda la gama de armamentos y municiones.
Nació así el container (contenedor), caja metálica de forma rectangular.
(1955) Fue el comienzo del mayor e histórico avance del concepto actual del recipiente
como sistema intermodal.
Mr. Malcolm Mc Leon de USA, establece la "Sea Land Service". Comprando 37 naves los
cuales son subidos o bajados desde la nave a través de remolques de camiones.
(1958) Se forman Comités para el uso adecuado del contenedor recomendándose que las
cajas modulares fueran de 8 x 8 pies (alto y ancho) y 10, 20, 30 y 40 pies de largo.
(1960) Llega a Chile.
Los contenedores son cajas metálicas adecuadas para almacenar mercaderías y permitir su
transporte mas rápido, eficiente y segura. Sus medidas mas comunes de uso actual en Chile
es de 20 y 40 pies ( 1TEU Y 2 TEU respectivamente), en cuanto a su altura el standars de 8
pies y 6 pulgadas y el de 9 pies y 6 pulgadas conocido como HIGHT CUBE. Además, 8
pies de ancho.
Además, existe una gran variedad de contenedores dependiendo del uso a que estén
destinados.



ESTRUCTURA.

En relación a la construcción de un contenedor, puede fabricarse mediante el uso de acero
(el mas usado), plástico o fibra de vidrio. En definitiva, este material guarda directa
relación con las exigencias especificas del tipo de carga a que cada contenedor será
destinado.



TIPOS DE CONTENEDORES.




                                                                                              43
Contenedor para carga seca. ( dry container).
Contenedor frigorífico.( conair container).
Contenedor refrigerado. ( reeffer).
Contenedor ventilado.
Contenedor destapado (open top y open side).
Contenedor de mediana altura.
Contenedor plataforma. (flat - rack).
Contenedor cisterna. ( tank container).
El factor más importante a considerar para la carga y descarga de contenedores es:
El uso de elementos de izada adecuados.- Spreaders.-
Los contenedores tienen su máxima resistencia en las cuatro barras verticales que
constituyen las cuatro esquinas o cantoneras de las unidades (corner fitting),por esto
mismo, la fuerza necesaria para levantarlos debe ser ejercida en esos puntos.Existen
diferentes tipos de spreaders, desde una simple barra de acero a los más sofisticados que
tienen un mecanismo automático que corrige el punto de sujeción del spreader de acuerdo
con el largo del container y su centro de gravedad.
La transferencia de tarros en tierra se hace con grúas especialmente diseñadas para ello,
como: grúas porta contenedores de brazo telescopico (stacker) o brazo vertical
especialmente para container vacíos (Taylor) y otros equipos como las carretillas tipo
pórtico, conocidas como arañas.
Recomendaciones a considerar durante las faenas
„X Manténgase tanto al costado de la nave como a bordo fuera del área de movimiento del
contenedor.
„X Antes de subir a camión para colocar el spreader, esperar a que este posesionado sobre
el contenedor.
„X Ubicar la escala conteinera al centro del tarro
„X Cuando el contenedor este enganchado, bajar y retirar la escala antes de levantar el
contenedor.
„X En caso de camión con dos tarros, se debe retirar de a uno y por ningún motivo
„X deben quedar trabajadores en el otro contenedor.
„X Manténgase atento al colocar o soltar las piñas o Twist lock y asegúrese que queden
firmes y seguras.
„X En caso de trincas con tensores, asegúrerarse que queden bien trincadas y debidamente
cruzadas.
Referente a la nave portaconteinera




Capacidad de carga.
Cuando se refiere a capacidad de carga,
inmediatamente pensamos en toneladas


                                                                                            44
de carga, en este caso hablaremos que un
buque viene con una determinada cantidad
de carga en función al número contenedores
y se refiere por ejemplo a un buque de 5400
TEU (unidades Equivalentes a 20 pies) Esto
indica que la nave puede transportar o trans -
porta (según la capacidad),5400 contenedores
de 20 pies o una combinación con contenedores
de 40 pies que es el equivalente a 2 TEU
(También se denomina 1 FEU).
Las naves son de tipo celular, es decir, poseen celdas para contenedores en sus bodegas
(bajo cubierta).
Universalmente para este tipo de naves hay definido un determinado tipo de nomenclatura
para informar el plano de estiba. Esta se refiere a tres coordenadas, con las cuales se puede
individualizar la posición de un contenedor en la nave.
Esto es lo que se conoce como "BAROTI"
Plano de Estiba (Bay Plan): incluye contenedores a embarcar o desembarcar desde la nave,
el Bay Plan contendrá tantas hojas como números de Bay tenga la nave porta contenedores.
Definición de BAROTI
BAY: Son cortes transversales de la nave, se definen por dos dígitos numéricos, que se
refieren a contenedores de:
20 pies: con dígitos de números impares en forma correlativa desde proa hacia popa
(01-03-05-07- etc.)
40 pies: con dígitos numéricos pares en forma correlativa desde proa hacia popa
(02-06-10-14- etc.), y que abarcan la posición intermedia de dos contenedores de 20 pies.
Ejemplo: Bay 02 para un contenedor de 40, corresponde a los Bay 01 y 03 de dos
contenedores de 20 pies.
La cantidad de Bay depende de la eslora de la nave.
ROW: Son los cortes longitudinales imaginarios en una nave porta contenedores, se
definen por dos dígitos numéricos tomando como punto de referencia la línea de crujía de
la nave, sus características son las siguientes:
Si la cantidad de ROW que abarcan de babor a estribor o viceversa es impar, la línea de
crujía será identificada por el digito "00".
Si la cantidad de Row es par, la línea de crujía o eje central de la nave será el limite entre
Row "01" y el "02".
Los Row que abarcan desde el centro de la nave (línea de crujía) hacia estribor serán




identificados por dígitos numéricos impares (01-03-05-etc.). Por lo tanto, los de babor serán
pares (02-04-06-etc.)
TIER: Es el corte horizontal imaginario de una nave porta contenedores. Se definen por


                                                                                                 45
dos dígitos numéricos imaginarios, cada uno correspondiente a una altura de un
contenedor.
Bajo Cubierta: A partir del nivel mas bajo de la nave hacia arriba, se denominan por dos
dígitos Pares., partiendo del 02-04-06-etc.
"Una columna en altura de contenedores puede soportar un máximo de Nueve (9) unidades,
por lo tanto el Row superior no podrá exceder del "18", para contenedores en altura
normal."
Sobre Cubierta: A partir del nivel de la tapa escotilla, hasta cuatro contenedores de alto, se
denominan por dos dígitos Pares, partiendo del 82-84-86-88
"Cada espacio ocupado por un TEU (Contenedor de 20 pies), se denomina SLOT, por lo
tanto un contenedor de 40 pies ocupa dos SLOT."
Código del propietario del contenedor
El código del propietario esta compuesto por cuatro letras mayúsculas del alfabeto latino,
elegidos por este (propietario del contenedor) y registrados en su país de origen. En el caso
que sea necesario diferenciar entre los códigos concernientes a contenedores y aquellos
relativos a otros equipos de transporte, se recomienda utilizar la letra "U" como cuarta y
última letra del código del propietario.
Ejemplo:
CSVU 641754-8
CSV = Compañía Sudamericana de Vapores
U = United.
Código del País.
Indica la procedencia del contenedor (país de origen) y esta constituido por la abreviación
de dos o tres letras del alfabeto latino que corresponden al país de origen.
Ejemplo:
CSVU 247856 - 3
RCH 2200
RCH = Republica de Chile
Código de Características del Contenedor. (Código ISO)
Este código esta constituido por cuatro cifras. Las primeras indican las dimensiones del
contenedor (Largo y alto). Las dos segundas indican el tipo de contenedor y sus
características.
Ejemplo:
HLCU 224367-1
USA 2210




Primer Nº = 2, Contenedor de 20 pies de largo.




                                                                                             46
Segundo Nº = 2, Contenedor de 8 pies y 6 pulgadas de alto.
Documento de intercambio de contenedores (INTERCHANGE)
Es un documento que se extiende cada vez que un contenedor pasa de una mano a otra.
Objetivo:
Establecer de manera clara en que momento se produce un daño a la estructura.
Delimita las responsabilidades de las partes involucradas en el uso, transporte o almacenaje
del contenedor.
Permite detectar a tiempo fallas o daños que necesiten reparación inmediata. En algunos
casos solicitar revisión técnica mas profunda o reporte de daños (Damage Report).




DOCUMENTOS DE EMBARQUE, AL ARRIBO Y ZARPE DE NAVES.




El transporte vía marítima y las operaciones portuarias se encuentran respaldadas, en todo
momento, por una serie de documentos, con el objetivo de resguardar las mercancías y las
normas internacionales.
Se utilizan para amparar contratos, términos y condiciones del transporte, para cumplir con:
normas aduaneras, de instituciones públicas o privadas relacionadas al comercio exterior.
También se utilizan para cumplir con los convenios internacionales, normas jurídicas,
reglamentos, convenios y otros acuerdos.
Estos documentos son extendidos por el embarcador o su representante. Se emiten antes o
durante el embarque, en casos justificados, se pueden emitir posterior a el.
La cantidad de documentos se debe a las aplicaciones específicas de cada uno de ellos,
determinada por el tipo de transporte, operaciones portuarias, condiciones, términos a
cláusulas de los contratos.




DOCUMENTOS NECESARIOS, PARA RESPALDAR LOS PROCEDIMIENTOS
DE TRANSPORTE, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS.




CONOCIMIENTO DE EMBARQUE (BILL OF LADING).




El Conocimiento de Embarque (Bill of Lading) es el primer y principal documento que se
emite para el transporte internacional de mercancías. Éste documento prueba la existencia
de un contrato y acredita que el transportista que ha embarcado las mercancías. Además, se
ve obligado a entregarlas al consignatario, quien contra la presentación de la copia original
recibe total dominio de la carga.

                                                                                            47
Constituye la prueba de que la mercadería se ha embarcado y que el consignatario
mencionado es el dueño de la carga.
Este documento, se refiere principalmente a la cantidad, denominación, características de la
carga (peso, volumen), puerto de origen y destino, embarcador, consignatario. La fecha de
embarque es muy importante y no debe confundirse con la fecha de emisión del
documento.
La responsabilidad del transportista, está relacionada con el período en que la carga está
bajo su custodia. La responsabilidad del embarcador se limita sólo al período en que la
carga esta bajo su custodia.
El período en que la carga está en stacking de despacho o almacenaje esperando su retiro, la
responsabilidad de la misma recae en el administrador del Terminal.
Con el surgimiento de los freight forwarder en el comercio internacional, ahora el
consignatario de la carga es sólo un intermediario y no el verdadero dueño de la misma. En
este caso el consignatario, para entregar la carga al propietario, emite un segundo B/L sobre
el B/L original, el cual es conocido como B/L hijo. De esta forma, el B/L original pasa a
denominarse B/L madre. Con un segundo intermediario, se emitirá un tercer B/L con el
nombre de B/L nieto.
El documento es emitido por la compañía naviera, su agencia o representante, debido a que
es un contrato de transporte marítimo y se extiende en forma nominativa o al portador. Al
retirar la carga debe presentarse el B/L.




MANIFIESTO DE CARGA (CARGO MANIFEST).


Aquí se registran todos los conocimientos de embarque con el mismo destino, es decir toda
la carga embarcada independiente de la propiedad de la misma, cuya descarga será en el
mismo puerto. De tal forma que una nave cuenta con varios manifiestos, según la cantidad
de puertos de recalada durante su travesía.
El manifiesto de carga recopila la misma información que viene en cada B/L, es decir,
cantidad, denominación, características de la carga (peso, volumen), puerto de origen y
destino, embarcador, consignatario, fecha de embarque, con la sola excepción de las
cláusulas de cada B/L.




Este documento permanece en todo momento en la nave, en poder del capitán, debido a que
éste debe ser presentado en todos los puertos de recalada como respaldo de la carga que se
transporta. En cada puerto se entrega una copia a las autoridades marítimas
correspondientes, de acuerdo a las normativas de cada país.
Este documento es chequeado y timbrado en cada puerto de recalada, constituyendo un
documento imprescindible para contar con las autorizaciones correspondientes para la
descarga de mercancías.

                                                                                             48
LISTA DE CARGA PELIGROSA (DANGEROUS CARGO LIST).


Documento donde se anotan todas las cargas con clasificación IMO de carga peligrosa
transportadas en la nave. Este documento indica claramente la clasificación de la carga
conforme al sistema de clasificación IMO de cargas peligrosas, para adoptar todas las
medidas de seguridad durante el viaje, transferencia o almacenamiento.
La lista es confeccionada por el embarcador y entregada a la agencia de nave y de estiba
para coordinar debidamente la faena de embarque o desembarque, debido a su alto nivel de
peligrosidad.
En Chile, este es entregado a la Autoridad Marítima o DIRECTEMAR, quienes a la vez son
representantes de la IMO en Chile, tanto durante su embarque como en su descarga.




LISTA DE CONTENEDORES (CONTAINER LIST).


Este listado se confecciona tanto para el embarque como para la descarga y sirve para
seleccionar los métodos de manipulación, tomar resguardos en materia de seguridad, entre
otras.
Aquí quedan anotados todos los datos de los contenedores embarcados como sigla, prefijo,
condición (LCL o FCL), lugar de estiba, peso (bruto y neto), número de el o los sellos,
destino y contenido.
Es confeccionado por la agencia de nave, basándose en los B/L y en el manifiesto de carga.


FCL Y LCL.


FCL:
FULL CONTAINER LEASE: Contenedor totalmente arrendado, el cual va al área de
stacking del Terminal o de manera directa al consignatario o dueño de la carga.




LCL:



LESS THAN CONTAINER LEASE: Contenedor arrendado de manera parcial, el que va
directamente al área de vaciado, en caso de ser embarcado, debe anotarse el puerto de
destino.


PARTES DEL CONTAINER LIST.

                                                                                           49
Vessel. Nombre de la nave.
Voyage. Número de viaje.
From. Lugar de salida de la nave.
To: Lugar de destino de la nave.
Arrived. Fecha en que arribó la nave.
Sailed. Fecha de zarpe de la nave desde el puerto actual.
Container. Identificación del contenedor (Sigla - prefijo)
Size. Medida del contenedor (20’ o 40’ pies)
Pall. Tipo de carga que contiene el contenedor.
Net W. Peso neto del contenedor
Condition. Condición del contenedor (LCL o FCL)
Seal. Se anota número del o los sellos del contenedor
Comm. Lugar de estiba.
Gross W. Peso bruto del contenedor.
Destination. Se indica destino del contenedor (puerto).



PLANO DE ESTIBA (STOWAGE PLAN).


Este es un documento de estiba, que indica cómo quedaron distribuidas las cargas a bordo
de la nave. Además, permite conocer el tipo de carga e informaciones de ella, como:
cantidades, pesos, volúmenes, ubicaciones y destino.
El plano es confeccionado por el operador del servicio, de acuerdo a las cargas y destinos
de las mismas. Luego, se entrega a la agencia de nave y ésta a la agencia de estiba.
El propósito de este documento es apoyar la planificación de transferencia de la carga.




ORDEN DE EMBARQUE (MATE RECEIPT).


Documento, conocido como O/E, ampara la carga de exportación, dando fe de todas las




formalidades de tipo legal entre el embarcador y consignatario, requisitos para realizar el
embarque de la misma.


El armador o su representante dejan constancia de que la carga ha sido embarcada, o
dan fe de que esta cuenta con espacio para ser embarcada de acuerdo a lo indicado en el
documento. Llevando la firma y timbre de ellos.
El Servicio Nacional de Aduanas foliará y timbrará este documento, autorizando la salida
del país de la carga, indicando si sale con aforo físico o revisión documental. En caso de ser
aforo físico, el Servicio Nacional de Aduanas dispone de un inspector para que verifique

                                                                                              50
que la mercancía que esta saliendo del país, corresponda a lo indicado en la Orden de
Embarque. En caso de revisión documental, el SNA revisará la documentación
comprobando que no tenga ninguna contradicción o datos imprecisos.
Después de esto, la administración del puerto, mediante un guarda almacén, timbrará la O/
E, ratificando su embarque y el capitán de la nave coloca su timbre, dando fe del embarque
de la carga.
El encargado de la tarja, recibe la Orden de embarque, para proceder a efectuar el
embarque o consolidado de la carga. Verificando el timbraje correspondiente, que las
marcas de la tarja correspondan a lo que se ve físicamente, de lo contrario deberá cambiar
las marcas en la carga, o lo indicado en el documento.



PLANO DE CONTENEDORES (LETTER PLAN).


Documento que indica el destino de la carga y su ubicación a bordo de la nave. A diferencia
del plano de estiba, éste no indica dato sobre la identificación de la carga.
Este es utilizado por los supervisores de nave y de muelle para programar la secuencia de
descarga y por capataces de bodega, portaloneros y movilizadores para efectuar la destrinca
de contenedores.


BAY PLAN.


Documento que a diferencia del Letter Plan, que sólo indica el puerto de destino para la
carga y su ubicación dentro de la nave, este documento indica además de este dato su sigla
y número de contenedor, tipo de contenedor (20’ o 40’), peso de la unidad, número de
sellos, operador, puerto de embarque y puerto de destino.
La finalidad de este documento es permitir que el supervisor de nave, de muelle, capataces
u oficinista de nave, verifique que la unidad indicada en el bay del plano corresponda
efectivamente a la unidad que debe ser descargada.




El bayplanista, junto con el capataz y el oficinista, son los encargados de confeccionar el
Bay Plan, al embarcar los contenedores.
El bay plan está compuesto por una serie de recuadros que, en su parte inferior, contienen
la ubicación exacta del contenedor en la nave, lo que se denomina BAROTI (Bay Row
Tier). En cada cuadro, se indica el número de serie del contenedor, el peso, el puerto de
origen y el de destino de la unidad.
Este documento se entrega en blanco, sólo con los números en la parte inferior para que los
bayplanistas o capataces los llenen de acuerdo a la información obtenida del listado de
embarque y listado de falso embarque. Este documento se confecciona en terreno y,



                                                                                              51
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Riesgos maritimos portuarios

  • 1. RIESGOS MARITIMOS PORTUARIOS. PRESENTACIÓN. Cerca del 95% del intercambio de mercancías de Chile con el exterior se realiza a través de terminales marítimos, en un país cuyo comercio exterior en el año 2003 sobrepasó los US$ 34 mil millones y que ha logrado formalizar tratados de libre comercio con Estados Unidos, la Unión Europea, países asiáticos de la APEC y Centroamérica que fortalecerán su inserción internacional e intercambio con el resto del mundo. Con más de 4 mil kilómetros de costa sobre el Pacífico, el país dispone en la actualidad de 36 puertos, 26 en manos de inversionistas privados y 10 en manos estatales. Es evidente entonces que para un país situado en una de las zonas económicas más dinámicas del planeta como lo es el Océano Pacífico y con grandes distancias que lo separan de los mercados mundiales, la calidad y eficiencia de los servicios portuarios son un tema clave para el desarrollo nacional. Percibiendo esta realidad, en la segunda mitad de los años noventa se dio impulso a la modernización del sector portuario nacional, mediante la promulgación de cuerpos legales que concretaran las aspiraciones de autoridades y empresarios. Las medidas dispuestas involucraron una serie de reformas en los principales puertos del país. Este nuevo modelo permitió enfrentar el aumento en la velocidad de transferencia de los 1
  • 2. frentes de atraque, gracias al uso de contenedores y a la introducción de equipos de alta tecnología para el movimiento de carga a granel o general, también aumentar el tamaño de las naves, reduciéndose así los costos totales del transporte y, por tanto, de los fletes. En consecuencia, por la trascendencia que representan las transformaciones emprendidas, su repercusión en el acontecer nacional y su contribución al incremento de los intereses marítimos nacionales, el presente trabajo, está orientado a describir el escenario y los aspectos más relevantes relacionados con el proceso de modernización portuaria en Chile. HISTORIA DE LOS PUERTOS DE CHILE. La primera actividad portuaria de transferencia de carga de la que se tiene noticia en el litoral chileno fue la recalada, en la Bahía de Valparaíso en 1536, de la pequeña nave Santiaguillo, que trajo recursos a la expedición de don Diego de Almagro, efectuada por tierra desde el Perú. En 1960, mediante un programa de ordenamiento de las cuentas fiscales, el gobierno dictó varios decretos con fuerza de ley en el ámbito de los servicios públicos, entre otros, el D.F.L. 290, que creó la Empresa Portuaria de Chile, Emporchi, ente autónomo del Estado, a cargo de los puertos: Arica, Iquique, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, San Antonio, Talcahuano, Valdivia, Puerto Montt y Punta Arenas. Desde ese entonces, los servicios portuarios en Chile fueron provistos por el Estado, a través de un sistema caracterizado por la división de las tareas del manejo de carga entre dos sectores. Mientras las operaciones de transferencia y porteo eran desarrolladas por la Empresa Portuaria de Chile, Emporchi, las labores de estiba y desestiba estaban en manos de trabajadores marítimo - portuarios especializados, organizados en sindicatos de estibadores. De acuerdo con este ordenamiento, Emporchi era por definición un monopolio público. Paralelamente, en el sector de los estibadores existían fuertes restricciones para el crecimiento del número de trabajadores, debido a que cada estibador debía contar con una licencia especial, denominada matrícula, para tener derecho a prestar sus servicios. Esta práctica transformó a los estibadores en propietarios del trabajo y monopolistas de los servicios que proveían. A fines de los años setenta, el esquema de operación portuaria hizo crisis. Su ordenamiento laboral y tarifario, y la escasa coordinación en los servicios, había llevado a una situación de insuficiencia. A ello comenzó a sumarse la presión del importante aumento de la demanda. La liberalización de la economía había provocado una expansión del intercambio comercial chileno, el cual se realiza, mayoritariamente, por vía marítima. Para satisfacer estos nuevos requerimientos, el Estado se vio enfrentado a la necesidad de mejorar la coordinación de las actividades portuarias. En 1981, la Ley N° 18.042, 2
  • 3. reestructuró el sistema portuario estatal, terminando con la operación exclusiva de Emporchi al interior de los puertos. Casi simultáneamente, la ley N° 18.032 abolió el sistema de licencia para la estiba, permitiendo a cualquier trabajador realizar esas operaciones para las compañías navieras. El Estado entregó indemnizaciones para compensar a 2.700 trabajadores que perdieron este privilegio. El gobierno de la época instauró así un sistema de libre acceso a múltiples operadores privados, introduciendo competencia al interior de los puertos estatales. Más tarde, en 1990, por medio de la ley N° 18.966, radicó definitivamente en el sector privado la prestación de los servicios de estiba, desestiba, transferencia y porteo, dejando en manos de Emporchi la tarea de administrar la infraestructura y el almacenaje en los recintos portuarios. De ese modo, se separó la propiedad y desarrollo de la infraestructura, a cargo de una empresa pública, y la prestación de los servicios portuarios, a cargo de múltiples empresas privadas, en un sistema denominado multioperador. Se mantuvo una administración imparcial del puerto frente a los agentes portuarios, para evitar discriminaciones en el acceso a los frentes de atraque y en sus condiciones de uso. Este esquema constituyó una verdadera privatización de la producción de los servicios de transferencia de carga, que implicó racionalizar el empleo portuario, cambiando por completo la dependencia de miles de trabajadores quienes, a partir de 1981, se vincularon con las empresas privadas, mayoritariamente en condiciones de empleo eventual. Estas reformas, en conjunto, permitieron aumentar la productividad y el rendimiento de la operación portuaria y disminuir sus costos, sin necesidad de grandes inversiones en infraestructura. Sin embargo la continuidad de un proceso de crecimiento basado en la apertura al comercio exterior planteó el desafío de seguir aumentando la capacidad. La globalización de la economía mundial y la creciente competencia en el mercado internacional, habían elevado los estándares de productividad requeridos en toda la cadena del transporte marítimo, incluidos los puertos. MODERNIZACIÓN DE PUERTOS. El aumento de la capacidad de las naves, la mayor rapidez de los tránsitos, la necesidad de disminuir los tiempos de operación en los puertos y la modernización de los elementos de transferencia de carga, entre otros, algunos de los factores que originaron la necesidad de modernización del sector portuario estatal. Asimismo, la demanda por servicios tendientes a hacer más eficiente el uso de los espacios y el equipamiento portuario, hicieron necesario crear las condiciones para atraer la inversión de capitales privados. 3
  • 4. Al inicio de la década de los noventa, existía consenso internacional respecto de la importancia de descentralizar los puertos y la urgencia con que debía hacerse. La comprensión del problema indicado en el país concitó el acuerdo entre los principales entes involucrados, a fin de materializar en una ley una serie de iniciativas tendientes a concentrar en esta normativa los principales aspectos para mejorar la administración de la actividad portuaria nacional. DESCENTRALIZACIÓN DE PUERTOS. El 19 de Diciembre de 1997 fue publicada la Ley N° 19.542 de Modernización del Sector Portuario Estatal. A un año de esa fecha, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la Empresa Portuaria de Chile, las Empresas Portuarias Estatales y el Comité de Coordinación de Licitaciones Portuarias llevaron adelante en forma satisfactoria las dos fases involucradas en la modernización del sector portuario estatal, cumpliendo con el acelerado cronograma del proceso definido por el Gobierno. De esta forma, en Octubre de 1998 se completó íntegramente la Fase I de Descentralización de Emporchi, que comprendió la formación y puesta en marcha de diez empresas estatales autónomas, y que culminó con la extinción de la Empresa Portuaria de Chile, el 30 de Diciembre del mismo año. Asimismo, y en forma paralela a la Fase I, durante 1998 se desarrollaron las principales tareas asociadas a la Fase 2 de Licitación de Concesiones de Frentes de Atraque en los tres principales puertos estatales, Valparaíso, San Antonio y Talcahuano-San Vicente. La venta de las bases respectivas y la adjudicación quedaron pendientes para 1999, debido a recursos de protección y amparo económico presentados por operadores navieros y portuarios locales. Hacia fines de 1998 se iniciaron también los actividades vinculadas a las licitaciones que realizaron las empresas portuarias Arica e Iquique. Cabe destacar además que el proceso de descentralización y modernización se desarrolló de manera armónica, sin costos ni conflictos sociales, contando con el acuerdo de los trabajadores de la ex Emporchi, quienes no compartiendo algunos aspectos esenciales del proyecto, asumieron la nueva ley y contribuyeron a su éxito. Asimismo, se contó con el compromiso y el esfuerzo de los trabajadores que permanecieron en las empresas portuarias estatales. PROCESO DE LICITACIONES PUERTOS. Durante 1999 se llevaron a cabo las primeras licitaciones de frentes de atraque estatales del país, a través de un proceso simultáneo y coordinado entre las empresas portuarias 4
  • 5. Valparaíso, San Antonio y Talcahuano - San Vicente. Desde un punto de vista de políticas públicas, este proceso se orientó a liberar al sector portuario de las limitaciones que históricamente habían inhibido la inversión, generando un marco de incentivos para que actuara la iniciativa de empresas con experiencia portuaria y respaldo financiero. Con ello, se lograría un aumento importante de la productividad del sector, a través de inversiones en tecnología y gestión y, a futuro, en nuevas obras de infraestructura. El alto grado de interés nacional e internacional concitado por este proceso se vio reflejado en la cantidad y calidad de los proponentes, mientras que la gran competencia registrada entre ellos determinó un exitoso resultado, tanto en lo concerniente a la reducción tarifaria, como a los ingresos obtenidos para las empresas estatales y a los ambiciosos planes de inversión dados a conocer por los consorcios que se adjudicaron los frentes de atraque. Las concesiones permitirían generar importantes beneficios para el comercio exterior chileno. En primer término, se produciría una disminución del costo portuario general, por efecto de baja en las tarifas portuarias para algunas naves, desde el inicio de las concesiones. A los 18 meses de entregadas las concesiones, o incluso antes, se agregaría una importante reducción de los costos portuarios por efecto de la mejora en eficiencia y la consecuente disminución de los tiempos de espera de las naves. Finalmente, a mediano y largo plazo se esperaba obtener una disminución progresiva de los costos de transporte, determinada por la posibilidad de los frentes modernizados de atraer naves de mayor capacidad y menores tarifas de flete marítimo. MODERNIZACIÓN PORTUARIA EN EL MUNDO. La evolución natural de un puerto es: Lugar de refugio de la navegación marítima Núcleo de influencia entre varios modos de transporte, fundamentalmente terrestre y marítimo. Espacio idóneo para múltiples actividades económicas La demanda de servicios portuarios es cada vez más exigente, forzando a los puertos a realizar significativas inversiones en modernización y ampliación. El Sistema Portuario En general ha aumentado la participación privada en la operación portuaria, sobre todo en puertos de uso público para carga general y contenedorizada. Han surgido empresas internacionales que operan un creciente número de puertos en diferentes regiones del mundo. La descentralización y la creciente participación del sector privado en las operaciones portuarias forman parte de todo un programa de reformas estructurales y macroeconómicas en toda la economía. Las reformas incluyen una apertura económica y la reducción de los déficit financieros del sector público. En Chile en el año 2006 : Concesionamiento de los Puertos Estatales. La Inversión a Febrero de 2007 superó los US$ 180 millones, de un monto comprometido total por realizar de US$ 420 millones. Se 5
  • 6. incluyen inversiones en infraestructura y tecnología, tales como equipamiento y sistemas de información. LEY Nº 19.542 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES. Ultima Modificación: DFL Nº25, HACIENDA 02 DE SEPTIEMBRE DE 2003. Mediante la Ley Nº 19.542, publicada en el Diario Oficial de 19 de diciembre de 1997, se moderniza el sector portuario estatal. Todas las empresas portuarias del país pasan a ser personas jurídicas de derecho público y constituyen una empresa del Estado con patrimonio propio, de duración indefinida y se relacionan con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Los puertos y terminales administrados por las empresas son de uso público y prestarán servicio en forma continua y permanente. El objetivo de las nuevas empresas portuarias, es la explotación, desarrollo y conservación de los puertos y terminales, así como de los bienes que posean, incluidas todas las actividades conexas inherentes al ámbito portuario indispensables para el debido cumplimiento de éste. Pueden, en consecuencia, efectuar todo tipo de estudios, proyectos y ejecución de obras de construcción, ampliación, mejoramiento, conservación, reparación y dragado en los puertos y terminales. LEY ORGÁNICA DECRETO FUERZA DE LEY Nº 292 DE 1953. Establece las funciones y atribuciones de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.( D.G.T.M. y M.M. ). La Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante es el organismo de la Armada, mediante el cual el Estado de Chile cautela el cumplimiento de las leyes y acuerdos internacionales vigentes, para proteger la vida humana, el medio ambiente, los recursos naturales y regular las actividades que se desarrollan en el ámbito de su jurisdicción, con el propósito de contribuir al desarrollo marítimo de la nación. Art. Nº 6, DFL Nº 292/53 6
  • 7. “... se considerará como jurisdicción de la Dirección el mar que baña las costas de la República hasta una distancia de doce millas (cuatro leguas marinas) medidas desde la línea de la más baja marea, o la extensión de mar territorial que se fije en acuerdos internacionales a los que se adhiera el Gobierno de Chile si es superior a la aquí señalada; las aguas interiores de golfos, bahías, estrechos y canales cualquiera que sea la distancia que exista entre sus costas; las playas, los roqueríos hasta donde alcanzan las más altas mareas; los lagos de dominio público, y los ríos navegables hasta donde alcanzan los efectos de las mareas; los diques, varaderos, desembarcaderos, muelles, espigones de atraque y, en general, toda construcción que se interne en las aguas marítimas, fluviales y lacustres, o construidas en ellas (Obras Marítimas); la extensión de ochenta metros de ancho en los bienes nacionales y fiscales, medidos desde la costa u orilla de mar, riberas de lagos o de ríos navegables hacia tierra firme y caletas. En los recintos portuarios de puertos artificiales la Dirección tendrá jurisdicción sólo en cuanto al mantenimiento del orden, seguridad y disciplina”. LEY DE NAVEGACIÓN DECRETO LEY Nº 2.222 DE 1978. Disposiciones generales. Articulo 1°.- Todas las actividades concernientes a la navegación o relacionadas con ella, se regirán por la presente ley, cuyas disposiciones prevalecerán sobre cualquier norma vigente en esta materia. Articulo 2°.- Para los fines de esta ley, se entenderá por: a) Nave: Toda construcción principal destinada a navegar, cualquiera que sea su clase y porte, incluidas sus pertenencias fijas o móviles. Pertenencias fijas o móviles son los elementos, instrumentos y accesorios de la nave que, sin formar parte de su estructura misma, se emplean en su servicio, tanto en la navegación como en los puertos. b) Artefactos navales: Son aquellos que están destinados a cumplir en el agua funciones de complemento de actividades marítimas o de explotación de los recursos marítimos, tales como diques, grúas, gabarras, gánguiles, chatas, pontones, plataformas fijas o flotantes, balsas u otros similares. c) Dirección: La dirección General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante. d) Director: El Director General de Territorio Marítimo y de Marina Mercante. e) Autoridad Marítima: El director, que será la autoridad superior; Los Gobernadores Marítimos y los Capitanes de Puerto. Los Cónsul les en los casos que la ley determine, y los alcaldes de mar, de acuerdo con las atribuciones especificas que les asigne el Director, se consideran Autoridades Marítimas para tales efectos. 7
  • 8. Articulo 4°.- Las naves se clasifican en mercantes y especiales y según su porte en naves mayores y menores. Son naves mercantes las que sirven al transporte, sea nacional o internacional. Son naves especiales las que se emplean en servicios, faenas o finalidades especificas, con características propias para las funciones a que están destinadas, tales como remolcadores, transbordadores, pesqueros, dragas, barcos científicos o de recreo. Etc. Son naves mayores aquellas de más de cincuenta toneladas de registro grueso, naves menores, las de cincuenta o menos toneladas de registro grueso. Articulo 5°.- La Autoridad marítima corresponderá a la Dirección y, como tal, aplicará y fiscalizará el cumplimiento de esta ley, de los convenios internacionales y de las normas legales o reglamentarias relacionadas con sus funciones, con la preservación de la ecología en el mar y con la navegación en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional. La dirección tendrá la representación oficial del Estado en asuntos o reuniones internacionales relativos a las materias profesionales y técnicas de que trata esta ley. Articulo 6°.- Los Gobernadores Marítimos y los Capitanes de Puerto, desempeñaran sus funciones como delegados del Director , y serán los encargados de fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales o reglamentarias dentro de su territorio jurisdiccional. Articulo 7°.- En los puertos, terminales marítimos y caletas de menor importancia que la Dirección determine, La Autoridad Marítima será desempeñada por Alcaldes de Mar, con las funciones que el Director les asigne, de acuerdo a la Ley Orgánica de la Dirección. CAPITULO DE SOLAS REFERENTE AL CODIGO I.S.P.S. APLICABLE EN INSTALACIONES PORTUARIAS Y BUQUES. 8
  • 9. Referente al trabajo portuario, el capitulo del SOLAS referente al I.S.P.S (International Security Port and Ship), se refiere a todas las medidas necesarias que se deben implementar a bordo de las naves mercantes e instalaciones portuarias, referente a los posibles atentados terroristas que pudieran ocurrir. El I.S.P.S. en nuestro país esta implementado en todos los terminales portuarios a partir de julio de 2004 y nace como una necesidad cierta a partir del atentado a las torres gemelas en Estados Unidos de Norteamérica el 11 de septiembre de 2001. INTRODUCCIÓN AL ESTUDIO DEL CODIGO INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN DE BUQUES E INSTALACIONES PORTUARIAS (Código ISPS). "El principal objetivo del Código es la protección marítima de los buques e instalaciones portuarias, contra los actos de terrorismo y otros actos ilícitos, mediante la implementación de un sistema de gestión de la protección marítima basada en la gestión de riesgos". Así, el Código establece tres (3) niveles de protección que se encuentran en relación directa con el aumento de los riesgos, así: • Nivel de protección 1: en el cual se ubican las medidas mínimas de protección que deben ser mantenidas en todo momento, es decir en los casos en que no existan riesgos mayores a aquellos que normalmente están presentes. • Nivel de protección 2: implica la toma de medidas adicionales de protección, las cuales deben ser mantenidas por un período de tiempo en razón de un aumento en el nivel de riesgo de que se actualice un incidente de protección. • Nivel de protección 3: se activa cuando el acaecimiento de un incidente de protección es probable o inminente, y exige el empleo de medidas específicas de 9
  • 10. protección que serán mantenidas por un período limitado de tiempo. Por su parte, tanto las compañías como las instalaciones portuarias deben establecer el sistema de gestión de protección por cada nivel de protección, el cual implica básicamente cuatro aspectos que son: la revisión de los sistemas vigentes, la planificación de la protección, la asignación de los recursos y las auditorias. RESPONSABILIDADES DE LAS INSTALACIONES PORTUARIAS. De acuerdo a lo señalado en puntos precedentes tanto el Capítulo XI-2 del Convenio como el Código se aplican también a instalaciones portuarias que atiendan buques que realicen viajes internacionales. No obstante, conviene precisar que tal aplicación se limita a la interfaz buque-puerto, es decir, está focalizada en la interacción que se da entre ambos sistemas independientemente de que ella se produzca en los fondeaderos o en los muelles. Por tanto, las instalaciones portuarias deben cumplir con un grupo de obligaciones que comentaremos a continuación: • Con base en la sección 14.1 de la Parte A del Código, las instalaciones portuarias tendrán que adaptarse al nivel de protección que señale el Estado contratante en cuyo territorio se encuentran, debiendo cuidar que la aplicación de los procedimientos de protección causen el menor retardo o interferencia posible a los pasajeros, buques, mercancías y servicios. • Las instalaciones portuarias deberán producir su plan de protección, teniendo como guía la Parte B del Código. • En el nivel de protección 1 deben desplegarse diversas actividades a fin de prevenir incidentes que atenten contra la protección, las cuales incluirán el control de acceso a las instalaciones portuarias, la vigilancia de tales instalaciones así como de las áreas restringidas a objeto de evitar el ingreso de personas no autorizadas, la supervisión de las operaciones de manejo de la carga, etc. • En el nivel de protección 2 se aplican medidas adicionales con relación a las actividades desarrolladas conforme al punto "c", siempre tomando en cuenta el plan de protección de las instalaciones portuarias. 10
  • 11. Otro tanto puede decirse del nivel de protección 3 en el que se aplicarán las medidas específicas descritas en el plan de protección. Asimismo, en este nivel resulta imperativo que las instalaciones cumplan las instrucciones sobre protección que les sean impartidas por el Estado contratante. • Es menester realizar la correspondiente evaluación de la protección de las instalaciones portuarias por ser un aspecto medular para desarrollo del plan de protección señalado en el punto "b", la cual será llevada adelante por el Estado Contratante o por una organización de protección reconocida por este. • Cada instalación portuaria debe nombrar un oficial de protección el cual velará por el desarrollo y cumplimiento del plan de seguridad, coordinará la ejecución de este plan conjuntamente con el oficial de protección tanto de la compañía como del buque, etc. CONCEPTO DE PREVENCIÓN EN FAENAS PORTUARIAS. 11
  • 12. Prevención es la suma de tres conceptos: • Prever. • Predecir. • Preactuar. En donde: Prever : Es ver o imaginar anticipadamente las cosas. Ejemplo: Detectar una mancha de aceite en cubierta. Predecir : Es poder pronosticar lo que podría ocurrir. Ejemplo: Podemos pronosticar que al circular alguna persona por el sector, puede sufrir una caída. Preactuar : Es actuar anticipadamente para evitar que las cosas ocurran como lo hemos pronosticado. CODIGO DEL TRABAJO. Artículo N°133: Define el concepto de trabajador portuario. "Se entiende por trabajador portuario, todo aquel que realiza funciones de carga y descarga de mercaderías y demás faenas propias de la actividad portuaria, tanto a bordo de naves y artefactos navales que se encuentren en los puertos de la República, como en los recintos portuarios". Articulo N°184: Se refiere a las responsabilidades del empleador en materias de prevención para lograr lugares seguros de trabajo. El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales. Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidentes o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmacéutica. Corresponderá también a la Dirección del Trabajo fiscalizar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo, en los términos señalados en el artículo 191, sin perjuicio de las facultades conferidas a otros servicios del Estado en virtud de las Leyes que lo rigen. 12
  • 13. COMPETENCIAS DE LA AUTORIDAD MARÍTIMA. En general, la actividad portuaria se rige además por algunas normas exigidas por la Autoridad Marítima. Estas normas están contenidas en su mayoría en el Anexo "F" del Libro "L" de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante. (DIRECTEMAR) La DGTM y MM (DIRECTEMAR), a través de su Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas, con fecha 1° de Diciembre de 1994 emitió un "Instructivo sobre las medidas y acciones que deben cumplir las empresas que laboran en los recintos portuarios en materias de Prevención de Riesgos". Por otra parte el Código del Trabajo en su Artículo 188 dice lo siguiente: "Los trabajadores de carga y descarga, reparaciones y conservación de naves y demás faenas que se practiquen en los puertos, diques, desembarcaderos, muelles y espigones de atraque, y que se consulten en los reglamentos de este título, se supervigilarán por la autoridad marítima". Además, existe un Dictamen de la Contraloría General de la República Nº 005094 del 26 de Febrero de 1985, dejando claro que la única Autoridad a nivel nacional es la DGTM y MM y sus Autoridades Marítimas locales (Gobernación Marítima, Capitanía de Puerto y Alcaldía de Mar). FUNDAMENTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL. Las faenas de Carga y Descarga de una Nave se programan con la debida anticipación a su arribo al puerto. Para ello se preveen todas las etapas que deberán desarrollarse y la forma correcta en que deben desempeñarse los trabajadores en sus diferentes funciones, como: Operadores de Máquinas, Portaloneros, Grueros/Wincheros, Movilizadores, etc., con el fin de obtener buenos resultados y lograr el objetivo planeado dentro del tiempo previsto. Si las faenas se realizan sin la presencia de hechos no deseados y sin daños a los recursos que en ella intervienen, podemos decir que el proceso ha sido normal y que en consecuencia, no han ocurrido "Accidentes". CONCEPTOS DE: ACCIDENTE DEL TRABAJO (Desde el punto de vista Preventivo). 13
  • 14. "Un accidente es un acontecimiento NO DESEADO, que resulta en daños a las personas, daño a la propiedad o pérdidas en el proceso" INCIDENTE. "Es un acontecimiento NO DESEADO, el que bajo circunstancias ligeramente diferentes, podría haber resultado en lesiones a las personas, daño a la propiedad o pérdidas en el proceso" En otras palabras incidente es lo que se conoce como un CUASI - ACCIDENTE. Los cuasi - accidentes, deben ser considerados como un hecho muy importante en las empresas, debido a que ellos son un aviso, de algo que podría ocurrir y causar daños. Además, nos permite corregir situaciones de riesgos potenciales de accidentes, debido a que el origen de los cuasi - accidentes también son el origen de los accidentes. Las consecuencias de los accidentes son medibles en función al daño que éstos producen o provocan. A lo anterior, se puede agregar otro tipo de daños, como: al medio ambiente, derroches, de tipo económico, a la imagen corporativa de la empresa, entre otros. MODELO DE CAUSALIDAD DE ACCIDENTES Y PÉRDIDAS. Este modelo establece que "Nada ocurre a menos que exista para ello una o más causas bien definidas que lo provoquen". De este modo, podemos afirmar que: Los accidentes tienen una o más causas que lo provocan EMPRESA. Concepto de empresa: Entidad con una realidad propia mayor y diferente a la de sus partes, integrada por un conjunto coherente de elementos humanos e instrumentales orientados al cumplimiento de ciertos fines: de servicios, económicos y sociales. Componentes de una empresa: Gente: Es todo el personal de los diferentes niveles que participan en una faena determinada en las operaciones de Carga y Descarga de Naves, ya sea directamente o indirectamente. 14
  • 15. Equipos: Son las máquinas con las cuales opera el trabajador portuario: grúas horquillas, grúas de nave, winche/plumas, diferentes tipo de utilería portuaria según el tipo de carga, herramientas manuales, entre otros. Materiales: Se refiere a productos y/o cargas que manipula el trabajador portuario, los cuales pueden ser mercancías peligrosas, cargas especiales, con aristas cortantes, calientes, contenedores, entre otros. Ambiente: Se refiere a todo lo material o físico que rodea la gente. El ambiente está relacionado con la luz, ruido, condiciones atmosféricas, movimientos de la nave, entre otros. Estos cuatro elementos principales de las operaciones empresariales, individualmente o en combinación, son la(s) causa(s) que contribuye(n) a que se produzca un accidente. Cuando las causas provienen de la Gente, se denomina: ACCIONES SUBESTANDAR. Cuando las causas provienen de Equipos, Materiales y Ambiente, reciben el nombre de: CONDICIONES SUBESTANDAR. ACCIÓN INSEGURA O SUB-STANDARD. Es el incumplimiento de un procedimiento seguro de trabajo, el cual puede permitir que se produzca un accidente. ¿Por qué el trabajador comete acciones inseguras?. (Factores humanos esto es lo que se conoce como Causas Básicas en el Modelo de Causalidad). Por una o más de las siguientes razones: NO SABE cómo hacer su trabajo en forma correcta. (Problemas de capacitación, entrenamiento, competencias, entre otros.). NO QUIERE hacer su trabajo en forma correcta (Razones motivacionales). NO PUEDE hacer su trabajo en forma correcta (razones físicas, sicológicas y/o fisiológicas). 15
  • 16. ACTOS INSEGUROS MÁS COMUNES: Exponerse a carga suspendida. Transitar por la banda de descarga. Fumar en lugares claramente prohibidos. Operar sin autorización (Aunque esté capacitado). Usar el equipo en forma incorrecta. No usar los elementos de protección personal. Trabajar bajo la influencia de bebidas alcohólicas y/o drogas. Levantamiento incorrecto. No respetar la reglamentación vigente. Entre otras cosas. CONDICIÓN INADECUADA O SUB-ESTANDARD. Es una condición o circunstancia peligrosa, ajena a la acción humana, que puede permitir directamente que se produzca un accidente. ¿Por qué existen Condiciones Inadecuadas o Subestándares? (Factores del trabajo corresponden a las Causas Básicas en el Modelo de Causalidad). Falta de supervisión y liderazgo. Procedimientos inadecuados de trabajo. Problemas de diseño. Mantención inadecuada o inexistente. Desgaste por uso y abuso de herramientas. Uso inadecuado de equipos y herramientas. Entre otras. CONDICIONES INADECUADAS O SUB-ESTÁNDARES MÁS COMUNE: Estrobos, equipos, materiales defectuosos o en mal estado. Congestión en las operaciones de transferencia. Falta de orden y limpieza. Condiciones ambientales peligrosas (polvos tóxicos, vapores, gases, etc.) Iluminación y/o ventilación inadecuada. Ruido con niveles fuera de norma. 16
  • 17. Elementos de protección personal en mal estado. Cubiertas resbaladizas. Entre otras. PREVENCIÓN DE ACCIDENTES. Principios de la Prevención Se ha dicho que el objetivo de la seguridad industrial es la prevención de los accidentes, acción que debe llevarse a cabo en forma sistemática. Para este efecto, la prevención de accidentes fundamenta su acción en dos grandes principios: Establecer o reconocer las causas. Eliminar las causas. Establecer o reconocer las causas: Se refiere a descubrir e identificar todas las acciones y las condiciones subestándares que puedan constituir causas de accidentes. Eliminar o controlar las causas: No basta con identificar los riesgos de accidentes, es necesario controlarlos, y para ello debemos actuar sobre la Gente, Equipos, Materiales y Ambiente. (GEMA). TÉCNICAS PARA LA ACTIVIDAD PREVENTIVA. La aplicación de cualquier programa de prevención requiere del uso de ciertas técnicas. A continuación se señalarán, en términos generales las más utilizadas. Investigación de Accidente La Investigación de Accidentes es una técnica que permite identificar las causas de los accidentes y tomar las medidas de control para evitar su repetición Observaciones de Seguridad (GENTE). Esta técnica consiste en observar al trabajador mientras ejecuta sus labores habituales con el objeto de identificar las prácticas o acciones inseguras que pueda cometer. Es una valiosa herramienta que permite corregir o instruir al trabajador en el acto, o bien, determinar la capacitación correspondiente. 17
  • 18. Las observaciones de seguridad pueden hacerse de dos formas: Observaciones Planeadas. Observaciones No Planeadas. Inspecciones de Seguridad (EQUIPOS, MATERIALES Y AMBIENTE). Es una técnica preventiva orientada a detectar las condiciones inseguras del ambiente de trabajo que podrían ocasionar accidentes. Las inspecciones de seguridad deben ser continuas y periódicas, las que pueden de ser de dos tipos: Inspecciones Planeadas. Inspecciones No Planeadas. Análisis del trabajo (AST). Es una técnica preventiva que consiste en elegir una actividad operacional, dividirla en etapas para posteriormente, identificar los riesgos potenciales de accidentes en cada una de ellas y finalmente dar recomendaciones para que no ocurran. FUNDAMENTOS DE HIGIENE INDUSTRIAL. La ciencia y la técnica han logrado en estos últimos tiempos un avance tecnológico importante, obteniendo una serie de beneficios y comodidades para los ambientes de trabajo. Sin embargo, este avance tecnológico ha ido creando también otros riesgos, que no existían y que atentan no sólo contra la salud sino también contra la vida de los trabajadores. Estos Riesgos se pueden clasificar en dos tipos: Accidentes del Trabajo, se ocupa la "Seguridad Industrial". Enfermedades Profesionales, se ocupa la "Higiene Industrial". CONCEPTO DE ENFERMEDAD PROFESIONAL. La enfermedad profesional se define como: "La enfermedad causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte" 18
  • 19. Para considerar como tal una enfermedad profesional, es necesario que: El riesgo esté presente en el ambiente de trabajo. Que se pueda establecer una relación entre los síntomas y el resultado de los exámenes médicos o clínicos con los niveles de contaminación ambiental del lugar donde la persona trabaja. La enfermedad profesional es ocasionada por una situación que, lentamente, va produciendo un daño gradual. Las enfermedades que deberán considerarse como profesional se encuentran enumeradas en el Decreto Supremo N°109 que complementa la Ley N°16.744. DEFINICIÓN DE HIGIENE INDUSTRIAL. "Una ciencia que tiene por objetivoel reconocimiento, evaluación y control de aquellos factores ambientales que se originan en el lugar de trabajo y que causen o puedan causar enfermedades profesionales". AGENTES AMBIENTALES. Son aquellos agentes que constituyen un riesgo para la salud del trabajador, y que le pueden provocar una enfermedad profesional. Según su origen se clasifican en: Químicos. Físicos. Biológicos. Ergonómicos. Agentes Químicos: Son elementos o compuestos químicos que se utilizan en el trabajo, y que pueden ingresar al organismo del trabajador provocándole algún daño a su salud. Los agentes químicos se encuentran presente en ambiente de trabajo bajo dos formas de 19
  • 20. dispersión. „X Aerosoles. „X Gases y Vapores. „X Sólidos (polvos, humos). „X Líquidos (rocíos, nieblas). Agentes físicos: Son niveles de energía, en general producidas el ambiente de trabajo que actúan sobre el trabajador a niveles mayores de los que el organismo puede tolerar. Constituyen riesgos físicos los siguientes agentes: „X Ruido. „X Vibraciones. „X Temperaturas Extremas. „X Radiaciones. „X Presiones. Agentes Biológicos: Son aquellos que provienen de seres vivos, que pueden agredir la salud del trabajador. Los agentes biológicos pueden ser: „X Insectos. „X Hongos. „X Bacterias. „X Virus. VIAS DE INGRESO AL ORGANISMO HUMANO. Vía Respiratoria: Es la más importante de todas las vías de ingreso, por cuanto la respiración es un proceso automático, involuntario e indispensable para la vida. Vía Digestiva: Está compuesta por el sistema digestivo, que absorbe las sustancias ingeridas distribuyéndolas a todo el organismo por medio de la sangre. Vía Cutánea: A través de la piel pueden ingresar al organismo ciertas sustancias químicas, o bien por la acción de algunos agentes biológicos sobre la piel. LÍMITES PERMISIBLES. 20
  • 21. Los establecidos en el Decreto 594 del Ministerio de Salud. LPP: LÍMITE PERMISIBLE PONDERADO. LPT: LÍMITE PERMISIBLE TEMPORAL. LPA: LÍMITE PERMISIBLE ABSOLUTO. LÍMITE PERMISIBLE PONDERADO (LPP) Se conoce además, como CAMP (Concentración Ambiental Máxima Ponderada). Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos en los lugares de trabajo durante la jornada normal de 8 horas diarias, con un total de 45 horas semanales. Tres son los factores que inciden en la generación de una enfermedad profesional: El tiempo de exposición al riesgo La susceptibilidad personal del trabajador. La concentración ambiental del agente. Se denomina concentración ambiental a la cantidad de tóxico presente en el aire ambiente de trabajo, ya sea que éste se encuentre como gas, vapor o fase dispersa, líquida o sólida. LPT: LÍMITE PERMISIBLE TEMPORAL. Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos en los lugares de trabajo, medidas en un período de 15 minutos continuos dentro de la jornada de trabajo. Este límite no podrá ser excedido en ningún momento de la jornada. LPA: LÍMITE PERMISIBLE ABSOLUTO. Valor máximo permitido para las concentraciones ambientales de contaminantes químicos medidos en cualquier momento de la jornada de trabajo. Las concentraciones, si se trata de gases o vapores, se puede dar en: 21
  • 22. PARTES POR MILLON (ppm): Esto es, cuantas unidades de volumen de la sustancia tóxica en fase gaseosa (gas o vapor) existen en un millón de unidades de volumen (mililitros o centímetros cúbicos del gas existentes en un metro cúbico de aire ambiente). MILIGRAMOS POR METRO CUBICO (mg/m3): Esto es miligramos de la sustancia tóxica, al estado de gas, existentes en un metro cúbico de aire ambiente. Por ejemplo: La concentración máxima permitida, para una jornada de 8 horas de monóxido de carbono (CO) es de 40 ppm.Y en el caso de Bromuro de Metilo es: 15mg/m3 (D.S. 594). PREVENCIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES. De la misma manera que para la Prevención de Accidentes se habla de que es necesario establecer las causas y eliminar las causas, también la Prevención de Enfermedades Profesionales basa su acción en estos dos grandes principios: Para ello es necesario Reconocer el Riesgo: Consiste en identificar el agente, la fuente de propagación y su área de acción incluyendo el espacio físico y el número de trabajadores expuestos. Evaluar el Riesgo: Consiste en establecer la magnitud del riesgo al comparar los resultados de la medición con el LPP o CAMP, según corresponda. Controlar el Riesgo: Consiste en eliminar las causas de contaminación ambiental a través de la prevención. METODOS DE PREVENCION. Las Enfermedades Profesionales, al igual que los Accidentes del Trabajo, derivan de la relación hombre - ambiente, los métodos de prevención deben enfocarse a: Control Sobre el Ambiente de Trabajo: Métodos por sustitución de materias primas. Método por sustitución de equipos. Método por sustitución de procesos. Aislamiento de la fuente. 22
  • 23. Implementación y/o Modificación del sistema de ventilación. Por atenuación del ruido, entre otros. Control sobre el Trabajador: A través de la utilización de Elementos de Protección Personal (EPP). Por disminución del Tiempo de Exposición al Agente Ambiental. Tanto las medidas de control sobre el ambiente de trabajo, y las que se realicen para el trabajador, deben ser complementadas por una capacitación específica. Es importante que el trabajador identifique los riesgos a los cuales podría estar expuesto en su trabajo. RIESGOS ESPECÍFICOS PARA LOS TRABAJADORES PORTUARIOS. El riesgo es inherente a la actividad que se realiza. DEFINICIÓN DE RIESGO. Es la posibilidad que bajo ciertas circunstancias ligeramente diferentes, pueda ocurrir un accidente o un hecho no deseado. Reconocer que todos los accidentes ocurren porque hay una o más causas que lo provocan, es indispensable para poder aplicar la "PREVENCION". Para trabajar en forma segura, el trabajador portuario debe estar consciente que en todas las actividades hay riesgos. "Mientras más se conozcan los Riesgos, más fácil será Controlarlos" Riesgos Típicos en Faenas Portuarias Debido a las condiciones propias de una nave al estar en un medio fluido, el riesgo es aun mayor. 23
  • 24. Manejo de Materiales: El manejo de materiales comprende las operaciones de levantar o izar, transportar y almacenar diferentes tipos de cargas, sean estos tambores, cajas, sacos, fardos, pallets, contenedores u otros objetos. Existen básicamente dos tipos de Manejo de Materiales: Pulso: Para movilizar una carga, es necesario utilizar la fuerza corporal para levantar un objeto o carga. Elementos Auxiliares: Son elementos necesarios que ayudan a minimizar el esfuerzo corporal Ejemplos: traspaleta, tecle, sistema de palanca, carretilla de mano, entre otras. Se refiere a las operaciones de manipulación de carga mediante equipos mecanizados los cuales cuentan con sistemas de operación que el trabajador maniobra sin la necesidad de utilizar la fuerza corporal. Ejemplo: grúa horquilla, grúa portacontenedores, grúa tipo pórtico, winche/pluma, camiones con sistema de pescante, entre otros. Trabajo sobre Superficies de Faenas Portuarias: Clasificación básica de l Superficies de Trabajo: Improvisadas: Son aquellas que sin estar destinadas a superficies de trabajo se utilizan como tales, ejemplos: sillas, cajones, tambores, cajas, tablones, entre otras. Por los riesgos que implica, este tipo de superficie de trabajo no debe utilizarse. Provisorias: Son aquellas superficies de trabajo construidas para ser utilizadas como tales, pero sólo en forma temporal ejemplos escalas móviles, escalas conteineras, andamios, escala de práctico, escala de gato, pasarelas, entre otras. Permanentes: Son aquellas superficies de trabajo construidas para ser utilizadas como tales en forma definitiva, ejemplos: cubiertas, cubiertas de entrepuentes, escaleras, delantal del muelle, patios de acopio, entre otras. USO EPP. 24
  • 25. Todo trabajador que ingrese a un recinto portuario a realizar alguna faena, deberá estar provisto del equipo mínimo de protección personal consistente en: Casco de Seguridad. Zapatos de Seguridad. Guantes de cuero. El equipo de protección personal adicional, será de acuerdo a la faena que se realice Además en las actividades portuarias es obligatorio para todo trabajador, el uso de chaleco reflectante. MANEJO DE MERCANCÍAS PELIGROSAS (CARGAS OMI). La Organización Marítima Internacional (O.M.I.) o (I.M.O) International Maritime Organization, clasificó a estas sustancias de acuerdo a sus características en Clases del 1 al 9. REFERENTE A LA O.M.I. La Organización Marítima Internacional, tiene dos objetivos muy claros: Buques más Seguros y Mares más limpios Para el primero de ellos existe el SOLAS (Seguridad de la Vida Humana en el Mar) y para el segundo objetivo existe el MARPOL (Polución marítima) En Chile quien tiene que velar para que estos objetivos se lleven a cabo, es la Autoridad Marítima CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SEGURIDAD DE LA VIDA HUMANA EN EL MAR (SOLAS). El Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar o SOLAS (del inglés, Safety Of Life At Sea) es el tratado más importante de seguridad relativo a buques mercantes. Su primera versión apareció en 1914 como respuesta al desastre del 25
  • 26. hundimiento del RMS Titanic. Describía el número mínimo de botes de salvamento y otros equipos a bordo junto con procedimientos de emergencia y de vigía en el puente. Nuevas versiones se adoptaron sucesivamente en 1929, 1948, 1960 y 1974. El convenio de 1960 - que entró en vigor en 1965 - fue el mayor logro de la Organización Marítima Internacional (OMI), organismo especializado de la ONU, tras su creación y representó un importante impulso para la actualización constante de la tecnología a bordo de buques mercantes. La versión de 1974 simplificaba procesos corrigiendo la versión anterior. Múltiples correcciones se han firmado desde entonces. En particular, las de 1992 reemplazando el código Morse con el Sistema mundial de socorro y seguridad marítimo GMDSS (Global Maritime Distress and Safety System), que entró en vigor en 1999. El MARPOL. El Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, también llamado Convenio MARPOL, es el instrumento jurídico internacional encargado de prevenir la contaminación del medio marino producida por buques ya sea en el normal transcurso de sus actividades económicas o por accidentes marítimos. Su redactado actual comprende los tratados adoptados en 1973 y 1978 junto a una serie de protocolos adoptados posteriormente a fin de adaptar jurídicamente la nueva realidad socioeconómica en el sector del transporte marítimo de mercancías siempre bajo el auspicio de la Organización Marítima Internacional, OMI, con sede en Londres. El primer MARPOL, adoptado el 2 de noviembre de 1973, cubría la contaminación producida por aceites, productos químicos, substancias peligrosas y desechos. El Protocolo de 1978 se adoptó en febrero de ese año como respuesta a una serie de accidentes producidos entre los años 1976 y 1977, y terminó por absorber el redactado original de modo que hoy se refiere técnicamente a la combinación de ambos instrumentos con el nombre de Convención Internacional para la Prevención de la Contaminación Marina producida por Buques de 1973 modificada por el Protocolo de 1978 (en adelante ‘la Convención). La Convención comprende una serie de reglas que tienden a prevenir a la vez que minimizar la contaminación de buques incluyendo seis diferenciados anexos: primero, reglas para la prevención de contaminación producida por aceites; segundo, reglas para el control de la contaminación por sustancias líquidas contaminantes a granel; tercero, prevención de contaminación por sustancias peligrosas transportadas por mar; cuarto, prevención de contaminación por ‘sewage’ de buques; quinto, prevención de contaminación por desechos de buques y sexto, prevención de contaminación del aire 26
  • 27. producida por buques, no estando éste último aun en vigor. Parece interesante resaltar en este punto que la Convención sólo establece como obligatorio para los Estados Parte el aceptar los dos primeros anexos, dejando la aplicación de los restantes a la libre elección de los mismos DEFINICIÓN MERCANCÍAS PELIGROSAS: "Se consideran mercancías peligrosas Todas aquellas sustancias elaboradas o no que, por sus propiedades físico - químicas, puedan constituir un riesgo, en cuanto a su transporte o manipulación" ROTULACION. Todo recipiente que contiene mercaderías peligrosas lleva una marca que identifica y clasifica el producto. Esta marca o rótulo indica claramente la naturaleza peligrosa de la mercadería y la clase a que pertenece, por medio de números, símbolos y colores. La norma chilena NCH 2190, especifica claramente cual es la característica de la rotulación para cada mercancía peligrosa en particular. CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS PELIGROSAS. CLASE 1: EXPLOSIVOS. División 1.1: Sustancias y artículos que presentan peligro de explosión en masa (pólvora negra, dinamita, nitrato de amonio, TNT). División 1.2: Sustancias o artículos que presentan un riesgo de proyección, pero no un riesgo de explosión en masa. División 1.3: Sustancia y artículos que presentan un riesgo de incendio y un riesgo de que produzcan pequeños efectos de onda de choque o proyección, o ambos efectos, pero no un 27
  • 28. riesgo de explosión en masa. División 1.4: Sustancias y artículos que no presentan peligro significante (bengalas de señales). División 1.5: Sustancias muy insensibles que presentan un riesgo de explosión de toda la masa. División 1.6: Sustancias sumamente insensibles que no presentan riesgos de explosión de toda la masa. Algunas medidas preventivas: Estas mercaderías deben protegerse del calor y la humedad. Durante su embarque / desembarque no deben efectuarse trabajos de soldadura, reparaciones, quemado de pintura, etc. Nadie debe fumar ni usar encendedores, fósforos u otra fuente de ignición. Se debe contar con extintores y ramales contra incendios operativos y listos para usar. En caso que este tipo de mercadería presente rotura, se debe informar de inmediato para tomar las medidas necesarias y proceder a su reparación. CLASE 2: GASES COMPRIMIDOS, LICUADOS O DISUELTOS BAJO PRESIÓN. Clase 2.1: Gases Inflamables (Gas Licuado, Gas de Hulla). Clase 2.2: Gases No Inflamables (Nitrógeno líquido refrigerado, helio, neón). Clase 2.3: Gases Venenosos (Bromuro de metilo, fumigantes, insecticidas). Algunas medidas preventivas: Los envases deben protegerse de golpes, caídas e impactos. Las válvulas deben estar bien aseguradas. No arrastrarlo ni rodarlos. No fumar ni mantener llamas mientras se manipulen o se permanezca en los lugares en que se encuentren estibados o almacenados. En caso de incendio los cilindros deben mojarse con abundante agua para evitar sobre presiones o se fundan por calentamiento y retirarlos del lugar del incendio. 28
  • 29. El acetileno puede explotar aún después de refrigerados, por consiguiente, deben botarse al mar. CLASE 3: LÍQUIDOS INFLAMABLES. Clase 3.1: Grupo con punto de inflamación bajo. Comprenden los líquidos cuyo punto de inflamación es inferior a - 18° C. Clase 3.2: Grupo con punto de inflamación medio. Comprende los líquidos cuyo punto de inflamación es igual o superior a -18° C e inferior a 23° C Clase 3.3: Grupo con punto de inflamación alto. Comprende los líquidos cuyo punto de inflamación es igual o superior a 23° C, pero no superior a 61° C. Algunas medidas preventivas: Los recipientes con líquidos inflamables deben ser sellados herméticamente. Su manipulación debe ser suave. Se debe evitar golpear, rodar o dejar caer. Prohibido fumar. En caso de sospecha de fuga de estos líquidos dar cuenta de inmediato. CLASE 4: SÓLIDOS INFLAMABLES. Clase 4.1: Son sólidos que tienen en común la propiedad de ser encendidos fácilmente por fuentes exteriores de ignición, como chispas o llamas y de entrar fácilmente en combustión. Ej.: heno, azufre, fósforo amorfo. Clase 4.2: Son sólidos o líquidos que tienen en común la propiedad de llegar a calentarse y encenderse espontáneamente.Ej: Carbón, Algodón húmedo. Clase 4.3: Son sólidos o líquidos que tienen en común la propiedad de desprender gases inflamable si entran en contacto con agua. Ej: magnesio en polvo, carburo cálcico, sodio Algunas medidas preventivas: 29
  • 30. Su manipulación debe ser suave, evitando golpear, rodar o dejar caer los recipientes. No deben exponerse al calor o al agua. Prohibido fumar. En caso de rotura o pérdida de producto, dar aviso de inmediato. CLASE 5: SUSTANCIAS OXIDANTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS. Clase 5.1: Sustancias Oxidantes: Son sustancias que, aunque por sí mismas no son combustibles, pueden, generalmente por desprendimiento de oxígeno o un proceso similar, aumentar el riesgo e intensidad de un incendio con otras materias con las cuales entran en contacto. Ejemplo: Permanganato de calcio, nitrato de calcio, nitrato de bario. Clase 5.2: Peróxidos Orgánicos: Son sustancias térmicamente inestables, las cuales pueden sufrir una aceleración en su descomposición. Además, ellas pueden tener una o más de las siguientes propiedades: „X Pueden experimentar una descomposición explosiva. „X Arder rápidamente. „X Ser sensibles a la fricción o al impacto. „X Reaccionar peligrosamente con otras sustancias. „X Causar daño a los ojos. Algunas medidas preventivas: Su manipulación debe ser suave, evitando golpear, rodar o dejar caer. Prohibido fumar. Usar gafas como equipo de protección personal adicional, para evitar lesiones a los ojos. CLASE 6: SUSTANCIAS VENENOSAS E INFECCIOSAS. 30
  • 31. Clase 6.1: Sustancias Venenosas o Tóxicas: Son sustancias susceptibles de causar la muerte o severos daños a la salud humana, en caso de ser absorbidas, inhaladas o tomar contacto con la piel. Ejemplo: Pesticidas. Clase 6.2: Sustancias Infecciosas: Estas son sustancias que contienen microorganismos vivos o sus toxinas. Son conocidas o se sospecha que pueden causar enfermedad en animales o seres humanos. Algunas medidas preventivas: En caso de derrame, no tomar contacto con el producto. Prohibido fumar. Toda manipulación de esta clase de mercancía debe realizarse equipado de los elementos de protección personal adecuados al producto. En caso de contacto, lavarse rigurosamente con abundante agua y jabón. CLASE 7: MATERIALES RADIOACTIVOS. Todos los materiales radioactivos son peligrosos en mayor o menor grado, dado que ellos emiten radiaciones invisibles que dañan los tejidos del cuerpo humano. Por este motivo, todos estos materiales se transportan en embalajes con protecciones y blindajes especiales, con el objetivo de reducir los riesgos. Ej: uranio, polonio, entre otros. Algunas medidas preventivas: Se deben adoptar medidas especiales de seguridad antes de manipular los materiales radioactivos. No manipularlos mientras no se cuente con la autorización del Supervisor. El manejo debe ser cuidadoso y nunca estos materiales deben ser sometidos al calor. CLASE 8: SUSTANCIAS CORROSIVAS. Son sustancias sólidas o líquidas que en estado natural poseen la propiedad común de 31
  • 32. provocar lesiones más o menos graves en los tejidos vivos. Si se derraman estas sustancias pueden dañar otras cargas y/o a la nave. Es conveniente tener presente que pueden causar severas quemaduras a la piel, ojos y membranas mucosas. Algunos incluso, con calor descomponen gases tóxicos. . Algunas medidas preventivas: En caso de ocurrir un derrame o daño en el contenido de las mercancías de esta clase, no se debe entrar en contacto con el producto. Cualquier derrame, rotura o daño debe ser reparado en forma urgente. Prohibido fumar. Toda manipulación de esta clase de mercancías debe realizarse equipado con los elementos de protección personal adecuados al producto. Después de manipular estas mercancías se debe efectuar un lavado con abundante agua y jabón.de aquellas zonas del cuerpo que pudieran haber estado en contacto con el producto. Ej.: Tricloruro de Fósforo, Ácido Clorhídrico en solución Bromo. CLASE 9: SUSTANCIAS PELIGROSAS MISCELÁNEAS U OTRAS. En esta clase se incluyen todas aquellas mercancías que presentan un peligro, pero no han sido contempladas en las clases anteriores. Algunas medidas preventivas: Las medidas preventivas y las prácticas correctas a adoptar dependerán de las propiedades que tenga cada una de estas mercancías y de acuerdo a lo que se ha señalado en las clases del 1 al 8. Ej: materiales imantados, semillas de ricino. PROCEDIMIENTOS EN CASO DE INCENDIO EN INSTALACIONES PORTUARIAS. En la actividad portuaria, los riesgos de incendios al no tenerlos controlados, han llegado a provocar cuantiosos daños materiales y pérdidas de vidas irreparables. Los terminales portuarios ven disminuido su patrimonio y fuente de producción, afectando la productividad de las empresas. PREVENCIÓN DE INCENDIOS. 32
  • 33. Lo mejor que se puede hacer para prevenir incendios, es evitar que el fuego se produzca. En aquellas operaciones donde se utilice el fuego, éste debe mantenerse bajo estricto control. La prevención de incendios consiste en impedir que se combinen los tres elementos que dan origen al fuego. FUEGO. Es el resultado de una reacción química mediante la cual las sustancias combustibles reaccionan con un comburente en presencia de calor. De acuerdo con la definición, los elementos esenciales que deben combinarse para que se produzca el fuego son: Combustible, Comburente y Calor. El fuego se producirá, entonces, cuando los tres primeros elementos entren en contacto y siempre que el combustible esté desprendiendo vapores y esos vapores estén adecuadamente mezclados con el comburente. COMBUSTIBLE. Cualquier sustancia que se puede quemar es un combustible. Las sustancias combustibles pueden encontrarse en estado sólido, líquido y gaseoso. En cualquier estado que se encuentren los combustibles, todos presentan riesgos, algunos más que otros, dependiendo de sus características. COMBURENTES. Sustancia que permite que se produzca la combustión cuando se combina con un combustible y calor. En el caso de los incendios el principal comburente es el oxígeno del aire. La ayuda que presta el oxígeno al desarrollo del fuego depende de su porcentaje. A mayor porcentaje de oxígeno combinado con un combustible y calor, más completa y rápida será la combustión. CALOR. 33
  • 34. Este elemento está representado por las diferentes fuentes de ignición, capaces de entregar el calor suficiente para que, combinado con el combustible y el comburente (oxigeno), produzcan la combustión o fuego. El calor se puede transmitir de tres formas: radiación, conducción y convección REACCIÓN EN CADENA. Es el fenómeno que se presenta en los fuegos con llama (fase gaseosa) y por medio del cual se forman, partículas activadas muy reactivas. Estas partículas intervienen en sucesivas reacciones, dando origen a lo que se ha denominado "reacción en cadena". CLASIFICACIÓN DE FUEGOS. FUEGOS CLASE A: Son fuegos de combustibles ordinarios tales como madera, papel, géneros, cauchos y diversos plásticos. El símbolo que se usa es la letra "A" (blanca) sobre un triángulo verde. Estos fuegos se combaten por enfriamiento con agua. FUEGOS CLASE B: Fuegos que comprometen líquidos combustibles o inflamables, gases inflamables, grasas y materiales similares en que la extinción es más rápida y segura por eliminación del oxigeno del aire, evitando el desprendimiento de vapores combustibles, o interrumpiendo la reacción libre en cadena. El símbolo que se usa es la letra "B" (blanca) sobre un cuadrado rojo. Estos fuegos se combaten por sofocación. FUEGOS CLASE C: Involucra a todo fuego que compromete equipos energizados con energía eléctrica .Para seguridad personal es necesario que el elemento extintor no sea conductor de electricidad. Una vez desconectada la energía, el fuego, según el tipo de combustible que lo generó, será el tipo de extintor a utilizar. El símbolo que se usa es la letra "C" (blanca) sobre un círculo de color azul. Estos fuegos se combaten con polvo químico seco (PQS) ó dióxido de carbono (CO2). En el caso de fuegos de equipos electrónicos se puede utilizar PQS o CO2 , pero se recomienda el uso de CO2 debido a que no causa daños 34
  • 35. a ciertos componentes de estos equipos. FUEGOS CLASE D: Incluye la combustión de ciertos metales tales como magnesio, sodio, potasio, titanio, zirconio, entre otros, los que al entrar en combustión, alcanzan temperaturas muy elevadas (2.700 a 3.300 °C) y que requieren de un elemento extintor no reactivo a dichas temperaturas. El símbolo que se usa es la letra "D" (blanca) sobre una estrella de cinco puntas de color amarillo. Para combatir estos incendios se requieren de técnicas especiales. EXTINTORES. Un extintor es un equipo que contiene un agente que puede ser proyectado y dirigido sobre un fuego por la acción de una presión interior. Esta presión puede obtenerse por un gas en contacto con el agente extintor, almacenado en una cápsula ubicada en el exterior o interior del equipo, o por una reacción química. CLASES DE EXTINTORES. Los extintores se han clasificado de acuerdo al fuego a neutralizar. Se pueden mencionar las siguientes clases de extintores de: „X Agua. „X Espuma. „X Polvo químico seco. „X Dióxido de carbono. USO DE LOS EXTINTORES. Debido a la gran cantidad de diseños de equipos, no todos los extintores se operan de la misma forma, sin embargo, se pueden dar algunas recomendaciones generales de uso, aplicables a todos ellos en el momento de combatir un fuego. „X Aproximarse al fuego a favor del viento y a una distancia de 2 a 3 m. „X Iniciar la descarga del agente extintor, antes de comenzar a avanzar. „X Aprovechar el alcance efectivo de la descarga del extintor. „X Dirigir la descarga a la base del fuego. „X Generalmente es recomendable aplicar el agente extintor con un movimiento de vaivén 35
  • 36. horizontal o de barrido. „X Mantener el extintor en posición vertical. „X Una vez extinguido el fuego, permanecer en el lugar, para prevenir una posible reignición. „X Abandonar el lugar sin dar la espalda al área del fuego. PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR APOYO Y COORDINAR ACTIVIDADES CON: „X Bomberos. „X Personal existente en Recintos Portuarios. „X Evacuación de personas. Todos los puertos deben mantener una coordinación con las instituciones que tienen relación con el tema de emergencias al interior de los recintos portuarios. Además, se debe considerar que la Autoridad Marítima es quien toma el control ante cualquier contingencia que ponga en peligro la seguridad portuaria. PRINCIPALES ACTORES QUE INTERVIENEN EN EL TRANSPORTE MARÍTIMO. 36
  • 37. Entre las diversas actividades que se desempeñan en el transporte marítimo de carga, existen algunos actores que por la importancia del rol que asumen, deben ser descritos con mayor amplitud con el objeto de acercarnos y conocer con mayor precisión su trabajo, y las herramientas, deberes y facultades que les permiten desarrollarlo satisfactoriamente. En esta oportunidad conoceremos las labores propias del armador (naviero), del operador de la nave, del capitán y los diversos agentes que, de acuerdo a su especialidad, facilitan y hacen posible el transporte marítimo. Agregamos a esta guía el rol que cumplen las compañías de seguro en la protección tanto de la carga, la nave, maquinaria y persona que participan en esta arriesgada faena. ARMADOR O NAVIERO: Armador o naviero es quien equipa, avitualla (elementos de aprovisionamiento) y dota de tripulación a la nave, ya sean las naves propias o arrendadas . Además, asume la gestión de la nave, manteniéndola en estado operativo y navegable sea o no de su propiedad. También puede considerarse como armador aquella persona natural o jurídica que por cuenta y riesgo propio puede ser el dueño de la nave, arrendador de la misma o parte de ella, o de una o más bodegas. Debe quedar claro que no es armador quien siendo dueño de la nave la cede en arriendo a un tercero. Tampoco es armador quien siéndolo, toma una nave de otro armador en fletamento por tiempo del armador (aunque la explote económicamente o prestando servicios a terceros) OPERADOR DE LA NAVE: 37
  • 38. Es aquella persona que no siendo armador en virtud de un mandato, ejecuta a nombre propio o de su mandante los contratos de transporte, en relación a la explotación de la nave, asumiendo las responsabilidades tanto de la nave como de la carga. CAPITÁN DE LA NAVE. Es quien comanda la nave y cuya autoridad, atribuciones y obligaciones tienen por misión gestionar el mando y seguridad de la embarcación. Además, el capitán debe estar capacitado para desempeñar funciones técnicas y comerciales. ALGUNAS OBLIGACIONES DEL CAPITÁN. Entre las obligaciones del capitán está la misión de otorgar recibos parciales de las cargas que se embarquen a través de documentos y conocimientos si corresponde. Debe también registrar lo concerniente a mermas, averías o daños que se observen en la carga antes de haberla recibido o bien durante su traslado (por manipulación de la misma). Además, debe acordar los contratos de fletamento (bajo la autorización de su armador) y contratos relativos a la gestión de la nave, en beneficio del normal desarrollo de su viaje, los cuales pueden ser celebrados por el propio capitán, ya que en este caso él cuenta con esa facultad. Si ocurren accidentes u otros daños, ya sea a la nave, a la carga o al personal que allí trabaja, el capitán debe presentar un documento denominado protesta, en el cual debe especificarse la situación acontecida. Para cada caso (daños a la nave, carga o personas) se elevará una protesta específica, la que debe ser realizada con el propósito de dejar constancia de lo acontecido. Sin embargo, este documento puede comprometer la responsabilidad tanto del capitán, de la nave, armadores o a quienes represente. El capitán es responsable -en representación del transportador- de la custodia de la carga u otro efecto a bordo, de su manipulación y transferencia en faenas de carga y descarga, almacenaje y estiba, conservación y oportuna entrega en el puerto de destino. SEGUROS MARITIMOS. Los seguros marítimos tienen por función indemnizar al mandante ante pérdidas o daños de aquello que ha sido asegurado, como embarcaciones, cargas, maquinarias o personas. Los seguros marítimos son fundamentales para las labores marítimo-portuarias, pues por norma general tienen por objetivo indemnizar a quien solicitó el seguro, por pérdidas o daños que pueda sufrir lo asegurado, debido a los riesgos relacionados al transporte marítimo, lacustre, fluvial o de canales. UN SEGURO MARÍTIMO. 38
  • 39. • Cubre las naves y artefactos navales, incluyendo todos sus accesorios, móviles o fijos, sin importar el lugar físico donde se encuentren. • Cubre las mercancías o cualquier otro bien que puedan sufrir daños por el riesgo del transporte marítimo, lacustre, fluvial o de canales. • Cubre valores del flete u otros desembolsos relacionados con el transporte. • Cubre perjuicios a otros o terceros en función del mando, si es un riesgo relacionado con el transporte y, por lo tanto, afecto a seguro. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO DE SEGURO MARÍTIMO. El seguro es perfeccionado desde que el asegurador expresa por escrito la aceptación a la propuesta escrita del contrato de seguro. La acreditación de esta aceptación está estipulada por lo planteado por el asegurador y el contrato. Lo anterior no significa que al perfeccionar el contrato de seguro marítimo, el asegurador se libere de la obligación de emitir la póliza. Se entiende por emitida la póliza cuando, a través de un certificado de seguro, queda constancia de la existencia del contrato y de las condiciones dadas acordadas entre ambas partes, es decir, la aseguradora y el mandante. SEGURO DE MERCANCÍAS. Este seguro resguarda la carga transportada en la nave. La regla general señala, textualmente, que "Los seguros de mercancías son siempre por cuenta de quien corresponda". Esto significa un contrato con carácter de accesorio. Aquí el asegurado es el titular o dueño de la mercancía. En el transcurso del transporte, la responsabilidad de la carga corresponderá a quien este a cargo de su desplazamiento. El seguro es transferible a quien tenga interés en la conservación de lo asegurado. SEGURO DE NAVE. En cuanto a la nave, el dueño de la misma es quien debe celebrar la firma de un seguro con la compañía que le ofrece ese servicio. De no ser contratado directamente por el dueño, el asegurador consigna en la póliza la relación o interés asegurable que existe con la persona a quien se suscribe el contrato, es decir, entre el asegurado y la nave. LOS AGENTES. 39
  • 40. Los agentes son personas naturales o jurídicas (como empresas privadas), que intervienen en el transporte de las mercancías, las cuales de acuerdo a sus facultades específicas y distintivas, o a las responsabilidades que asumen, los hemos clasificado para ti en: AGENTES GENERALES. Es agente general aquella persona natural o jurídica que actúa a nombre de un armador extranjero con el carácter de "mandatario mercantil" Funciones de los agentes generales Los agentes generales tienen la facultad de representar a su mandante en los contratos de transporte de mercancías y de fletamento. Entre otras atribuciones, cuenta también el derecho a recibir los conocimientos de embarque y entregar las mercancías a sus destinatarios. También el agente general puede firmar en representación del capitán en algunos documentos, ya que esta es otra facultad de quienes estén operando comercialmente la nave. AGENTES DE NAVES O CONSIGNATARIOS DE NAVES. Persona natural o jurídica que actúa en nombre del armador, propietario o capitán de la nave, y los representa para todo acto o gestión relacionada con la nave en el puerto consignado. Funciones agente de naves Entre las funciones que debe desarrollar el agente de naves encontramos: La recepción de las cargas para su embarque o descarga, la supervisión de las faenas de carga o descarga, la recepción de los conocimientos de embarque (b/l) y la entrega de las mercancías a los destinatarios. Además, los agentes de nave tienen la facultad de firmar, en representación del capitán o de quienes operen comercialmente la nave, aquellos documentos que se requieran (cuales). Además, el agente de la nave puede asistir las necesidades requeridas por el capitán en lo que se refiere a la recepción y asistencia durante el arribo de la nave y las diligencias para el despacho de la misma. Por eso, de acuerdo a lo que se estime conveniente, este agente puede contratar al personal que se requiera para la operación de la nave en puerto. AGENTE DE ESTIBA Y DESESTIBA O EMPRESAS DE MUELLAJE. 40
  • 41. El agente de estiba y desestiba es aquella persona natural o jurídica encargada de las faenas de carga o descarga, ya sea en la nave o en el recinto portuario, de los medios de transporte que se emplearán en la faena y todo lo concerniente al desplazamiento de la carga. REQUISITOS. Para desarrollar las labores de agente de estiba y desestiba es necesario contar con una oficina propia y próxima a cada lugar que se requiera. Sin embargo, este es sólo uno de los requisitos. El agente de estiba y desestiba debe estar registrado en el registro de agentes correspondientes y demostrar una solvencia financiera con capital propio que garantice el fiel cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores. Finalmente, este agente debe estar avalado por apoderados o representantes que garanticen y/o respondan por el buen desempeño de su trabajo en lo que respecta a la estiba y desestiba de cargas. CONTRATO LABORAL. Se celebra un contrato laboral entre la empresa de muellaje y el trabajador portuario, el cual se compromete a ejecutar una o más labores, de acuerdo a lo especificado en las faenas de carga y/o descarga. Además, sólo si se estipula en el contrato, el trabajador deberá intervenir en otras actividades propias de la faena a bordo de la nave, en artefactos navales y en áreas catalogadas como recintos portuarios. FUNCIONES DEL AGENTE DE ESTIBA Y DESESTIBA. Como dijimos anteriormente, son funciones de la empresa de muellaje las labores de estiba y desestiba y aquellas relacionadas en la operación de carga y/o descarga de las naves y artefactos navales Por lo tanto, debemos incluir en esas actividades el llenado y vaciado de contenedores dentro de los recintos portuarios (consolidado o desconsolidado), además de cualquier acto y/o gestión propios de la transferencia de carga entre la nave y el muelle -o viceversa-, que incluye a los medios de transporte terrestre. También las labores intermedias tanto en los recintos portuarios, naves a la gira, depósitos, entre otras, forman parte de las obligaciones del agente de estiba y desestiba. TERMINAL PORTUARIO. Cuando hablemos de un terminal portuario nos referiremos a la infraestructura de un puerto determinado, que opera de manera independiente, aun cuando su administración sea privada o estatal. Cada uno de ellos, con la capacidad operacional de acuerdo al tipo de cargas que se 41
  • 42. transfieren, permite conectar la cadena de comercio exterior entre nuestro país y el extranjero, mediante el intercambio comercial por vía marítima. En el caso de ser privado, es decir aquellos que han sido licitados por el estado a empresas privadas por un plazo determinado de tiempo para su operación, citaremos algunos terminales portuarios y sus distintas dimensiones en lo que se refiere a la cantidad de sitios con que cuenta cada uno de ellos: con un sitio, por ejemplo, encontramos el Puerto de Panul en San Antonio, con tres sitios el STI (San Antonio Terminal Internacional), o con cinco sitios, por ejemplo, el Terminal Pacifico Sur (TPS) de Valparaíso. En el caso de aquellos terminales portuarios estatales, citaremos el caso de la Empresa Puerto de San Antonio (EPSA), que cuenta con cuatro sitios y la Empresa Puerto de Valparaíso (EPV), con tres sitios, entre algunos de los terminales administrados por el Estado de Chile. GENERALIDADES SOBRE CONTENEDORES - TRANSPORTE VIA MARITIMA Y TERRESTRE. El concepto que dio carácter universal al contenedor, se apoya en la indiscutible teoría de que, tratándose de una idéntica cantidad de carga, resulta mas conveniente manipular el menor numero posible de bultos facilitando así su movilización, haciéndola mas rápida, segura y eficiente, provocando una muy importante economía de embalaje marítimo para el 42
  • 43. usuario. Además, reduce los riesgos por rotura, hurtos o pérdidas todo lo cual se traduce en beneficios para el dueño de la carga. EVOLUCION DEL CONTENEDOR. La historia del transporte en recipientes data de principios del siglo XIX y su evolución a través del transcurso de los años ha sido la siguiente: (1801) Primer escrito sobre la posibilidad del empleo del recipiente realizado por un británico. (1892) El empleo del recipiente fue introducido por Gran Bretaña y Europa. (1911) Articulo en USA aparece en una revista, con fotografía de un recipiente de 18 x 8 x 8 pies. (1920) Tres principales líneas de ferrocarriles de USA desarrolla el uso del recipiente. (1943) Segunda Guerra Mundial, los servicios logísticos buscaron un sistema, para transportar en envases mayores toda la gama de armamentos y municiones. Nació así el container (contenedor), caja metálica de forma rectangular. (1955) Fue el comienzo del mayor e histórico avance del concepto actual del recipiente como sistema intermodal. Mr. Malcolm Mc Leon de USA, establece la "Sea Land Service". Comprando 37 naves los cuales son subidos o bajados desde la nave a través de remolques de camiones. (1958) Se forman Comités para el uso adecuado del contenedor recomendándose que las cajas modulares fueran de 8 x 8 pies (alto y ancho) y 10, 20, 30 y 40 pies de largo. (1960) Llega a Chile. Los contenedores son cajas metálicas adecuadas para almacenar mercaderías y permitir su transporte mas rápido, eficiente y segura. Sus medidas mas comunes de uso actual en Chile es de 20 y 40 pies ( 1TEU Y 2 TEU respectivamente), en cuanto a su altura el standars de 8 pies y 6 pulgadas y el de 9 pies y 6 pulgadas conocido como HIGHT CUBE. Además, 8 pies de ancho. Además, existe una gran variedad de contenedores dependiendo del uso a que estén destinados. ESTRUCTURA. En relación a la construcción de un contenedor, puede fabricarse mediante el uso de acero (el mas usado), plástico o fibra de vidrio. En definitiva, este material guarda directa relación con las exigencias especificas del tipo de carga a que cada contenedor será destinado. TIPOS DE CONTENEDORES. 43
  • 44. Contenedor para carga seca. ( dry container). Contenedor frigorífico.( conair container). Contenedor refrigerado. ( reeffer). Contenedor ventilado. Contenedor destapado (open top y open side). Contenedor de mediana altura. Contenedor plataforma. (flat - rack). Contenedor cisterna. ( tank container). El factor más importante a considerar para la carga y descarga de contenedores es: El uso de elementos de izada adecuados.- Spreaders.- Los contenedores tienen su máxima resistencia en las cuatro barras verticales que constituyen las cuatro esquinas o cantoneras de las unidades (corner fitting),por esto mismo, la fuerza necesaria para levantarlos debe ser ejercida en esos puntos.Existen diferentes tipos de spreaders, desde una simple barra de acero a los más sofisticados que tienen un mecanismo automático que corrige el punto de sujeción del spreader de acuerdo con el largo del container y su centro de gravedad. La transferencia de tarros en tierra se hace con grúas especialmente diseñadas para ello, como: grúas porta contenedores de brazo telescopico (stacker) o brazo vertical especialmente para container vacíos (Taylor) y otros equipos como las carretillas tipo pórtico, conocidas como arañas. Recomendaciones a considerar durante las faenas „X Manténgase tanto al costado de la nave como a bordo fuera del área de movimiento del contenedor. „X Antes de subir a camión para colocar el spreader, esperar a que este posesionado sobre el contenedor. „X Ubicar la escala conteinera al centro del tarro „X Cuando el contenedor este enganchado, bajar y retirar la escala antes de levantar el contenedor. „X En caso de camión con dos tarros, se debe retirar de a uno y por ningún motivo „X deben quedar trabajadores en el otro contenedor. „X Manténgase atento al colocar o soltar las piñas o Twist lock y asegúrese que queden firmes y seguras. „X En caso de trincas con tensores, asegúrerarse que queden bien trincadas y debidamente cruzadas. Referente a la nave portaconteinera Capacidad de carga. Cuando se refiere a capacidad de carga, inmediatamente pensamos en toneladas 44
  • 45. de carga, en este caso hablaremos que un buque viene con una determinada cantidad de carga en función al número contenedores y se refiere por ejemplo a un buque de 5400 TEU (unidades Equivalentes a 20 pies) Esto indica que la nave puede transportar o trans - porta (según la capacidad),5400 contenedores de 20 pies o una combinación con contenedores de 40 pies que es el equivalente a 2 TEU (También se denomina 1 FEU). Las naves son de tipo celular, es decir, poseen celdas para contenedores en sus bodegas (bajo cubierta). Universalmente para este tipo de naves hay definido un determinado tipo de nomenclatura para informar el plano de estiba. Esta se refiere a tres coordenadas, con las cuales se puede individualizar la posición de un contenedor en la nave. Esto es lo que se conoce como "BAROTI" Plano de Estiba (Bay Plan): incluye contenedores a embarcar o desembarcar desde la nave, el Bay Plan contendrá tantas hojas como números de Bay tenga la nave porta contenedores. Definición de BAROTI BAY: Son cortes transversales de la nave, se definen por dos dígitos numéricos, que se refieren a contenedores de: 20 pies: con dígitos de números impares en forma correlativa desde proa hacia popa (01-03-05-07- etc.) 40 pies: con dígitos numéricos pares en forma correlativa desde proa hacia popa (02-06-10-14- etc.), y que abarcan la posición intermedia de dos contenedores de 20 pies. Ejemplo: Bay 02 para un contenedor de 40, corresponde a los Bay 01 y 03 de dos contenedores de 20 pies. La cantidad de Bay depende de la eslora de la nave. ROW: Son los cortes longitudinales imaginarios en una nave porta contenedores, se definen por dos dígitos numéricos tomando como punto de referencia la línea de crujía de la nave, sus características son las siguientes: Si la cantidad de ROW que abarcan de babor a estribor o viceversa es impar, la línea de crujía será identificada por el digito "00". Si la cantidad de Row es par, la línea de crujía o eje central de la nave será el limite entre Row "01" y el "02". Los Row que abarcan desde el centro de la nave (línea de crujía) hacia estribor serán identificados por dígitos numéricos impares (01-03-05-etc.). Por lo tanto, los de babor serán pares (02-04-06-etc.) TIER: Es el corte horizontal imaginario de una nave porta contenedores. Se definen por 45
  • 46. dos dígitos numéricos imaginarios, cada uno correspondiente a una altura de un contenedor. Bajo Cubierta: A partir del nivel mas bajo de la nave hacia arriba, se denominan por dos dígitos Pares., partiendo del 02-04-06-etc. "Una columna en altura de contenedores puede soportar un máximo de Nueve (9) unidades, por lo tanto el Row superior no podrá exceder del "18", para contenedores en altura normal." Sobre Cubierta: A partir del nivel de la tapa escotilla, hasta cuatro contenedores de alto, se denominan por dos dígitos Pares, partiendo del 82-84-86-88 "Cada espacio ocupado por un TEU (Contenedor de 20 pies), se denomina SLOT, por lo tanto un contenedor de 40 pies ocupa dos SLOT." Código del propietario del contenedor El código del propietario esta compuesto por cuatro letras mayúsculas del alfabeto latino, elegidos por este (propietario del contenedor) y registrados en su país de origen. En el caso que sea necesario diferenciar entre los códigos concernientes a contenedores y aquellos relativos a otros equipos de transporte, se recomienda utilizar la letra "U" como cuarta y última letra del código del propietario. Ejemplo: CSVU 641754-8 CSV = Compañía Sudamericana de Vapores U = United. Código del País. Indica la procedencia del contenedor (país de origen) y esta constituido por la abreviación de dos o tres letras del alfabeto latino que corresponden al país de origen. Ejemplo: CSVU 247856 - 3 RCH 2200 RCH = Republica de Chile Código de Características del Contenedor. (Código ISO) Este código esta constituido por cuatro cifras. Las primeras indican las dimensiones del contenedor (Largo y alto). Las dos segundas indican el tipo de contenedor y sus características. Ejemplo: HLCU 224367-1 USA 2210 Primer Nº = 2, Contenedor de 20 pies de largo. 46
  • 47. Segundo Nº = 2, Contenedor de 8 pies y 6 pulgadas de alto. Documento de intercambio de contenedores (INTERCHANGE) Es un documento que se extiende cada vez que un contenedor pasa de una mano a otra. Objetivo: Establecer de manera clara en que momento se produce un daño a la estructura. Delimita las responsabilidades de las partes involucradas en el uso, transporte o almacenaje del contenedor. Permite detectar a tiempo fallas o daños que necesiten reparación inmediata. En algunos casos solicitar revisión técnica mas profunda o reporte de daños (Damage Report). DOCUMENTOS DE EMBARQUE, AL ARRIBO Y ZARPE DE NAVES. El transporte vía marítima y las operaciones portuarias se encuentran respaldadas, en todo momento, por una serie de documentos, con el objetivo de resguardar las mercancías y las normas internacionales. Se utilizan para amparar contratos, términos y condiciones del transporte, para cumplir con: normas aduaneras, de instituciones públicas o privadas relacionadas al comercio exterior. También se utilizan para cumplir con los convenios internacionales, normas jurídicas, reglamentos, convenios y otros acuerdos. Estos documentos son extendidos por el embarcador o su representante. Se emiten antes o durante el embarque, en casos justificados, se pueden emitir posterior a el. La cantidad de documentos se debe a las aplicaciones específicas de cada uno de ellos, determinada por el tipo de transporte, operaciones portuarias, condiciones, términos a cláusulas de los contratos. DOCUMENTOS NECESARIOS, PARA RESPALDAR LOS PROCEDIMIENTOS DE TRANSPORTE, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS. CONOCIMIENTO DE EMBARQUE (BILL OF LADING). El Conocimiento de Embarque (Bill of Lading) es el primer y principal documento que se emite para el transporte internacional de mercancías. Éste documento prueba la existencia de un contrato y acredita que el transportista que ha embarcado las mercancías. Además, se ve obligado a entregarlas al consignatario, quien contra la presentación de la copia original recibe total dominio de la carga. 47
  • 48. Constituye la prueba de que la mercadería se ha embarcado y que el consignatario mencionado es el dueño de la carga. Este documento, se refiere principalmente a la cantidad, denominación, características de la carga (peso, volumen), puerto de origen y destino, embarcador, consignatario. La fecha de embarque es muy importante y no debe confundirse con la fecha de emisión del documento. La responsabilidad del transportista, está relacionada con el período en que la carga está bajo su custodia. La responsabilidad del embarcador se limita sólo al período en que la carga esta bajo su custodia. El período en que la carga está en stacking de despacho o almacenaje esperando su retiro, la responsabilidad de la misma recae en el administrador del Terminal. Con el surgimiento de los freight forwarder en el comercio internacional, ahora el consignatario de la carga es sólo un intermediario y no el verdadero dueño de la misma. En este caso el consignatario, para entregar la carga al propietario, emite un segundo B/L sobre el B/L original, el cual es conocido como B/L hijo. De esta forma, el B/L original pasa a denominarse B/L madre. Con un segundo intermediario, se emitirá un tercer B/L con el nombre de B/L nieto. El documento es emitido por la compañía naviera, su agencia o representante, debido a que es un contrato de transporte marítimo y se extiende en forma nominativa o al portador. Al retirar la carga debe presentarse el B/L. MANIFIESTO DE CARGA (CARGO MANIFEST). Aquí se registran todos los conocimientos de embarque con el mismo destino, es decir toda la carga embarcada independiente de la propiedad de la misma, cuya descarga será en el mismo puerto. De tal forma que una nave cuenta con varios manifiestos, según la cantidad de puertos de recalada durante su travesía. El manifiesto de carga recopila la misma información que viene en cada B/L, es decir, cantidad, denominación, características de la carga (peso, volumen), puerto de origen y destino, embarcador, consignatario, fecha de embarque, con la sola excepción de las cláusulas de cada B/L. Este documento permanece en todo momento en la nave, en poder del capitán, debido a que éste debe ser presentado en todos los puertos de recalada como respaldo de la carga que se transporta. En cada puerto se entrega una copia a las autoridades marítimas correspondientes, de acuerdo a las normativas de cada país. Este documento es chequeado y timbrado en cada puerto de recalada, constituyendo un documento imprescindible para contar con las autorizaciones correspondientes para la descarga de mercancías. 48
  • 49. LISTA DE CARGA PELIGROSA (DANGEROUS CARGO LIST). Documento donde se anotan todas las cargas con clasificación IMO de carga peligrosa transportadas en la nave. Este documento indica claramente la clasificación de la carga conforme al sistema de clasificación IMO de cargas peligrosas, para adoptar todas las medidas de seguridad durante el viaje, transferencia o almacenamiento. La lista es confeccionada por el embarcador y entregada a la agencia de nave y de estiba para coordinar debidamente la faena de embarque o desembarque, debido a su alto nivel de peligrosidad. En Chile, este es entregado a la Autoridad Marítima o DIRECTEMAR, quienes a la vez son representantes de la IMO en Chile, tanto durante su embarque como en su descarga. LISTA DE CONTENEDORES (CONTAINER LIST). Este listado se confecciona tanto para el embarque como para la descarga y sirve para seleccionar los métodos de manipulación, tomar resguardos en materia de seguridad, entre otras. Aquí quedan anotados todos los datos de los contenedores embarcados como sigla, prefijo, condición (LCL o FCL), lugar de estiba, peso (bruto y neto), número de el o los sellos, destino y contenido. Es confeccionado por la agencia de nave, basándose en los B/L y en el manifiesto de carga. FCL Y LCL. FCL: FULL CONTAINER LEASE: Contenedor totalmente arrendado, el cual va al área de stacking del Terminal o de manera directa al consignatario o dueño de la carga. LCL: LESS THAN CONTAINER LEASE: Contenedor arrendado de manera parcial, el que va directamente al área de vaciado, en caso de ser embarcado, debe anotarse el puerto de destino. PARTES DEL CONTAINER LIST. 49
  • 50. Vessel. Nombre de la nave. Voyage. Número de viaje. From. Lugar de salida de la nave. To: Lugar de destino de la nave. Arrived. Fecha en que arribó la nave. Sailed. Fecha de zarpe de la nave desde el puerto actual. Container. Identificación del contenedor (Sigla - prefijo) Size. Medida del contenedor (20’ o 40’ pies) Pall. Tipo de carga que contiene el contenedor. Net W. Peso neto del contenedor Condition. Condición del contenedor (LCL o FCL) Seal. Se anota número del o los sellos del contenedor Comm. Lugar de estiba. Gross W. Peso bruto del contenedor. Destination. Se indica destino del contenedor (puerto). PLANO DE ESTIBA (STOWAGE PLAN). Este es un documento de estiba, que indica cómo quedaron distribuidas las cargas a bordo de la nave. Además, permite conocer el tipo de carga e informaciones de ella, como: cantidades, pesos, volúmenes, ubicaciones y destino. El plano es confeccionado por el operador del servicio, de acuerdo a las cargas y destinos de las mismas. Luego, se entrega a la agencia de nave y ésta a la agencia de estiba. El propósito de este documento es apoyar la planificación de transferencia de la carga. ORDEN DE EMBARQUE (MATE RECEIPT). Documento, conocido como O/E, ampara la carga de exportación, dando fe de todas las formalidades de tipo legal entre el embarcador y consignatario, requisitos para realizar el embarque de la misma. El armador o su representante dejan constancia de que la carga ha sido embarcada, o dan fe de que esta cuenta con espacio para ser embarcada de acuerdo a lo indicado en el documento. Llevando la firma y timbre de ellos. El Servicio Nacional de Aduanas foliará y timbrará este documento, autorizando la salida del país de la carga, indicando si sale con aforo físico o revisión documental. En caso de ser aforo físico, el Servicio Nacional de Aduanas dispone de un inspector para que verifique 50
  • 51. que la mercancía que esta saliendo del país, corresponda a lo indicado en la Orden de Embarque. En caso de revisión documental, el SNA revisará la documentación comprobando que no tenga ninguna contradicción o datos imprecisos. Después de esto, la administración del puerto, mediante un guarda almacén, timbrará la O/ E, ratificando su embarque y el capitán de la nave coloca su timbre, dando fe del embarque de la carga. El encargado de la tarja, recibe la Orden de embarque, para proceder a efectuar el embarque o consolidado de la carga. Verificando el timbraje correspondiente, que las marcas de la tarja correspondan a lo que se ve físicamente, de lo contrario deberá cambiar las marcas en la carga, o lo indicado en el documento. PLANO DE CONTENEDORES (LETTER PLAN). Documento que indica el destino de la carga y su ubicación a bordo de la nave. A diferencia del plano de estiba, éste no indica dato sobre la identificación de la carga. Este es utilizado por los supervisores de nave y de muelle para programar la secuencia de descarga y por capataces de bodega, portaloneros y movilizadores para efectuar la destrinca de contenedores. BAY PLAN. Documento que a diferencia del Letter Plan, que sólo indica el puerto de destino para la carga y su ubicación dentro de la nave, este documento indica además de este dato su sigla y número de contenedor, tipo de contenedor (20’ o 40’), peso de la unidad, número de sellos, operador, puerto de embarque y puerto de destino. La finalidad de este documento es permitir que el supervisor de nave, de muelle, capataces u oficinista de nave, verifique que la unidad indicada en el bay del plano corresponda efectivamente a la unidad que debe ser descargada. El bayplanista, junto con el capataz y el oficinista, son los encargados de confeccionar el Bay Plan, al embarcar los contenedores. El bay plan está compuesto por una serie de recuadros que, en su parte inferior, contienen la ubicación exacta del contenedor en la nave, lo que se denomina BAROTI (Bay Row Tier). En cada cuadro, se indica el número de serie del contenedor, el peso, el puerto de origen y el de destino de la unidad. Este documento se entrega en blanco, sólo con los números en la parte inferior para que los bayplanistas o capataces los llenen de acuerdo a la información obtenida del listado de embarque y listado de falso embarque. Este documento se confecciona en terreno y, 51