SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 34
DERECHO EMPRESARIAL II
Contenido
• JUICIOS DE CONCURSO MERCANTIL Y
DE LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA
ANTECEDENTES DE SUSPENSIÓN
DE PAGO Y QUIEBRA
El primer ordenamiento que reguló la materia de quiebras en
México fue la Ley de Bancarrota de 1853, este ordenamiento
estaba influenciado por el Código de Comercio Francés de 1810
y por el Código Español de 1829, que regulaban la cesación de
pagos de un comerciante por falta de liquidez.
Es hasta 1943, el 20 de abril, cuando se desprende del contenido
del Código de Comercio y surge la Ley de Quiebras y
Suspensión de Pagos; derogando así en el citado Código el
título "De las quiebras", del libro cuarto, y el título cuarto "Del
procedimiento especial de las quiebras", del libro quinto del
propio Código de Comercio.
Esta ley surge como una medida de protección a las empresas
mercantiles, para el caso de que pudieran caer en desgracia y
en donde el Estado tomó su papel tutelar de los intereses
generales de quienes se relacionan a través de las actividades
comerciales con estos sujetos a quienes la ley los reconoce
como comerciantes, además de que éstos no fueran a burlar los
intereses legítimos de los terceros, y mucho menos de que las
conductas poco escrupulosas fueran a repercutir en la
economía de las personas y del Estado.
La Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943 propuso
soluciones que permitían la recuperación de la empresa, y en
caso contrario su enajenación como unidad productiva.
Reconoció que la quiebra es un fenómeno
económico de interés fundamental para el Estado,
pues la empresa representa un valor objetivo de
organización económica y social; por tanto, su
conservación es norma directiva fundamental de la
legislación en esta materia.
CONCEPTO DE CONCURSO MERCANTIL
El Concurso Mercantil es un estado jurídico formal de
los Comerciantes. Es formal, en el sentido de que
requiere ser declarado por el Juez, una vez que se
acredita que el Comerciante ha incumplido
generalizadamente en el pago de sus obligaciones.
PRESUPUESTO DE CONCURSO
Será declarado en concurso mercantil, el Comerciante que
incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones, se
entenderá que un Comerciante incumplió generalizadamente
en el pago de sus obligaciones cuando:
I. El Comerciante solicite su declaración en concurso mercantil y
se ubique en alguno de los supuestos consignados en las
fracciones I o II del artículo siguiente.
II. Cualquier acreedor o el Ministerio Público hubiesen
demandado la declaración de concurso mercantil del
Comerciante y éste se ubique en los dos supuestos consignados
en las fracciones I y II del artículo siguiente.
Para los efectos de esta Ley, el incumplimiento generalizado en
el pago de las obligaciones de un Comerciante a que se refiere
el artículo anterior, consiste en el incumplimiento en sus
obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y se
presenten las siguientes condiciones:
I. Que de aquellas obligaciones vencidas a las que se refiere el
párrafo anterior, las que tengan por lo menos treinta días de
haber vencido representen el treinta y cinco por ciento o más
de todas las obligaciones a cargo del Comerciante a la fecha
en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso,
ARTÍCULO 10
• II. El Comerciante no tenga activos
enunciados en el párrafo siguiente,
para hacer frente a por lo menos el
ochenta por ciento de sus
obligaciones vencidas a la fecha de
presentación de la demanda o
solicitud.
CLASIFICACIÓN DEL CONCURSO
Aunque la propia LCM no hace una clasificación
propia de las clases de "concursos", para efectos del
presente estudio se han contemplado dos:
• Concursos Mercantiles Especiales.
• Concursos Mercantiles Ordinarios.
CONCURSOS MERCANTILES ESPECIALES
Son aquellos juicios que se aplican a los comerciantes que
prestan servicios públicos concesionados, instituciones de
crédito e instituciones auxiliares del crédito.
En estos casos, la ley considera indispensable reconocer la
naturaleza particular de las empresas y el interés público que
representan, para lo cual armoniza el concurso de estas
instituciones con las disposiciones especiales que las rigen, y
considera necesario que participen las entidades que las
autorizan, que las regulan y supervisan, i. e., el de una empresa
que se dedica al transporte público, para el caso del servicio
público concesionado, y el de una institución de banca múltiple
o de desarrollo, para los casos de las instituciones de crédito.
CONCURSOS MERCANTILES
ORDINARIOS
Por exclusión, son todos aquellos que no se
encuentren comprendidos dentro de los concursos
mercantiles referidos en el párrafo anterior.
EFECTOS JURÍDICOS DEL CONCURSO
Desde que se dicte la sentencia de concurso
mercantil y hasta que termine la etapa de
conciliación, no podrá ejecutarse ningún
mandamiento de embargo o ejecución contra los
bienes y derechos del Comerciante.
Cuando el mandamiento de embargo o ejecución sea de
carácter laboral, la suspensión no surtirá efectos respecto
de lo dispuesto en la fracción XXIII, del apartado A, del
artículo 123 constitucional y sus LEY DE CONCURSOS
MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO
DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios
Parlamentarios Última Reforma DOF 10-01-2014 20
disposiciones reglamentarias, considerando los salarios de
los dos años anteriores al concurso mercantil; cuando sea
de carácter fiscal, se estará a lo dispuesto en el artículo 69
de este ordenamiento.
ARTÍCULO 66
El auto de admisión de la demanda de concurso mercantil
tendrá entre sus propósitos, con independencia de los demás
que señala esta Ley, asegurar los derechos que la Constitución,
sus disposiciones reglamentarias y esta Ley garantizan a los
trabajadores, para efectos de su pago con la preferencia, a que
se refieren tales disposiciones y la fracción I del artículo 224 de la
presente Ley.
La sentencia de concurso mercantil no será causa para
interrumpir el pago de las obligaciones laborales ordinarias del
Comerciante.
FORMAS DE EXTINCIÓN DE ESTE
PROCEDIMIENTO
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO
Es competente para conocer del concurso mercantil de un
Comerciante, el Juez de Distrito con jurisdicción en el lugar en
donde el Comerciante tenga su domicilio.
En el caso de las solicitudes o demandas de concurso mercantil
que se promovieren por o en contra de sociedades
controladoras, habiéndose ya promovido un concurso mercantil
de sus controladas o bien, las solicitudes o demandas de
concurso mercantil promovidas contra sociedades controladas,
habiendo iniciado el trámite de un concurso mercantil de la
sociedad o sociedades controladoras.
La Solicitud de Declaración de Concurso Mercantil del
propio Comerciante deberá ser presentada en los
formatos que al efecto dé a conocer el Instituto, la cual
deberá contener:
• Por lo menos el nombre completo.
• Denominación o razón social del Comerciante.
• El domicilio que señale para oír y recibir notificaciones, así
como en su caso el domicilio social, el de sus diversas oficinas
y establecimientos, incluyendo plantas, almacenes o
bodegas, especificando en caso necesario en dónde tiene la
administración principal de su empresa o en caso de ser una
persona física, el domicilio donde vive.
Además, a ella deberán acompañarse los anexos siguientes:
I. Los estados financieros del Comerciante, de los últimos tres
años, los cuales deberán estar auditados cuando exista esta
obligación en términos de ley.
II. Una memoria en la que razone acerca de las causas que lo
llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentra.
III. Una relación de sus acreedores y deudores que indique sus
nombres y domicilios, la fecha de vencimiento del crédito o
créditos de cada uno de ellos, el grado con que estima se les
debe reconocer, indicando las características particulares de
dichos créditos, así como de las garantías, reales o personales,
que haya otorgado para garantizar deudas propias y de
terceros; Fracción reformada DOF 27-12-2007
IV. Un inventario de todos sus bienes inmuebles y muebles, títulos
valores, géneros de comercio y derechos de cualquier otra
especie; Fracción reformada DOF 27-12-2007.
V. Una relación de los juicios en los cuales el Comerciante sea
parte, que indique las partes del procedimiento, los datos de
identificación del mismo, su tipo, estado del juicio y ante quién
se tramita; Fracción adicionada DOF 27-12-2007. Reformada
DOF 10-01-2014.
VI. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la
solicitud, la garantía a la que se refiere el artículo 24; LE
CONTENIDOS DE LA SENTENCIA DEL
CONCURSO
La sentencia de declaración de concurso mercantil, contendrá:
I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del
Comerciante y, en su caso, el nombre completo y domicilios
de los socios ilimitadamente responsables.
II. La fecha en que se dicte; La fundamentación de la
sentencia en términos de lo establecido en el artículo 10 de
esta Ley.
III. Así como, en su caso, una lista de los acreedores que el
visitador hubiese identificado en la contabilidad del
Comerciante, sin que ello agote el procedimiento de
reconocimiento, graduación y prelación de créditos a que se
refiere el Título Cuarto de esta Ley; Fracción reformada DOF 27-
12-2007.
IV. La orden al Instituto para que designe al conciliador a través
del mecanismo aleatorio previamente establecido, junto con la
determinación de que, entretanto, el Comerciante, sus
administradores, gerentes y dependientes tendrán las
obligaciones que la ley atribuye a los depositarios.
V. La declaración de apertura de la etapa de
conciliación, salvo que se haya solicitado la quiebra del
Comerciante; Fracción reformada DOF 10-01-2014.
VI. La orden al Comerciante de poner de inmediato a
disposición del conciliador los libros, registros y demás
documentos de su empresa, así como los recursos
necesarios para sufragar los gastos de registro y las
publicaciones previstas en la presente Ley.
VII. El mandamiento al Comerciante para que permita al
conciliador y a los interventores, la realización de las
actividades propias de sus cargos;
VIII. La orden al Comerciante de suspender el pago de los
adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que
comience a surtir sus efectos la sentencia de concurso
mercantil; salvo los que sean indispensables para la operación
ordinaria de la empresa, incluido cualquier crédito indispensable
para mantener la operación ordinaria de la empresa y la
liquidez necesaria durante la tramitación del concurso mercantil,
respecto de los cuales deberá informar al juez dentro de las
setenta y dos horas siguientes de efectuados; Fracción
reformada DOF 10-01-2014.
IX. La orden de suspender durante la etapa de conciliación,
todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y
derechos del Comerciante, con las excepciones previstas en el
artículo 65.
X. La fecha de retroacción.
XI. La orden al conciliador de que se publique un extracto
de la sentencia en los términos del artículo 45 de la ley
de concursos mercantiles.
XI. La orden al conciliador de inscribir la sentencia en el
registro público de comercio que corresponda al
Domicilio del Comerciante y en todos aquellos lugares
en donde tenga una agencia, sucursal o bienes sujetos
a inscripción en algún registro público.
XIII. La orden al conciliador de iniciar el
procedimiento de reconocimiento de créditos.
XIV. El aviso a los acreedores para que aquéllos que
así lo deseen soliciten el reconocimiento de sus
créditos.
XV. La orden de que se expida, a costa de quien lo
solicite, copia certificada de la sentencia.
ÓRGANOS DEL CONCURSO
El visitador, el conciliador y el síndico tendrán las obligaciones y
facultades que expresamente les confiere esta Ley.
Artículo 55.- Los visitadores, conciliadores y síndicos podrán
contratar, con autorización del juez, a los auxiliares que
consideren necesarios para el ejercicio de sus funciones lo que
no implicará, en ningún caso, la delegación de sus respectivas
responsabilidades.
Artículo 56.- El nombramiento del visitador, conciliador o síndico
podrá ser impugnado ante el juez por el Comerciante, y por
cualquiera de los acreedores dentro de los tres días siguientes a
la fecha en que la designación se les hubiere hecho de su
conocimiento conforme a lo establecido en los artículos 31, 149
o 172.
La impugnación sólo se admitirá cuando se verifique alguno de
los supuestos a que se refiere el artículo 328 de esta Ley. La
impugnación se ventilará en la vía incidental.
El juez podrá rechazar la designación que haga el Instituto
cuando se dé alguno de los supuestos del artículo 328 de esta
Ley, debiendo notificarlo al Instituto para que realice una nueva
designación.
Artículo 57.- La impugnación del nombramiento del visitador,
conciliador o síndico no impedirá su entrada en funciones, ni
suspenderá la continuación de la visita, la conciliación o la
quiebra.
Artículo 58.- Cuando la presente Ley no determine un plazo para el
cumplimiento de las obligaciones del visitador, del conciliador o del
síndico, se entenderá que deberán llevarlas a cabo en un plazo de
treinta días naturales salvo que, a petición del visitador, conciliador o
síndico, el juez autorice un plazo mayor, el cual no podrá exceder de
treinta días naturales más.
Artículo 59.- El síndico y, en su caso, el conciliador, deberán rendir
bimestralmente ante el juez un informe de las labores que realicen en la
empresa del Comerciante y deberán presentar un informe final sobre su
gestión, conforme a los formatos que al efecto dé a conocer el Instituto,
los cuales detallarán la información mínima de carácter financiera,
contable, fiscal, administrativa, corporativa y jurídica del Comerciante
que deberán contener. Todos los informes serán puestos a la vista del
Comerciante, de los acreedores, del Ministerio Público demandante y
de los interventores por conducto del juez.
INSTITUTO FEDERAL ESPECIALISTA DE
CONCURSO MERCANTIL
VISITADOR
Los visitadores, conciliadores y síndicos podrán contratar, con
autorización del juez, a los auxiliares que consideren necesarios
para el ejercicio de sus funciones lo que no implicará, en ningún
caso, la delegación de sus respectivas responsabilidades.
El nombramiento del visitador, conciliador o síndico podrá ser
impugnado ante el juez por el Comerciante, y por cualquiera de
los acreedores dentro de los tres días siguientes a la fecha en
que la designación se les hubiere hecho de su conocimiento
conforme a lo establecido en los artículos 31, 149 o 172 de la ley
de Concursos Mercantiles.
CONCILIADOR
La etapa de conciliación tendrá una duración de ciento
ochenta y cinco días naturales, contados a partir del día en que
se haga la última publicación en el Diario Oficial de la
Federación de la sentencia de concurso mercantil.
El conciliador o los Acreedores Reconocidos que representen
más del cincuenta por ciento del monto total de los créditos
reconocidos, podrán solicitar al juez una prórroga de hasta
noventa días naturales contados a partir de la fecha en que
concluya el plazo señalado en el párrafo anterior, cuando
consideren que la celebración de un convenio esté próxima a
ocurrir.
El Comerciante y los Acreedores Reconocidos que representen al
menos el setenta y cinco por ciento del monto total de los créditos
reconocidos, podrán solicitar al juez una ampliación de hasta por
noventa días naturales más de la prórroga a que se refiere el párrafo
anterior.
En ningún caso el plazo de la etapa de conciliación y su prórroga
podrá exceder de trescientos sesenta y cinco días naturales contados a
partir de la fecha en que se hubiese realizado la última publicación de
la sentencia de concurso mercantil en el Diario Oficial de la
Federación. Concluido el plazo inicial y, en su caso, el de la prórroga, el
juez procederá únicamente a levantar la certificación correspondiente
haciéndose constar en la misma la terminación de la etapa de
conciliación y, en su caso, de su prórroga, y el Comerciante en
concurso mercantil será considerado en estado de quiebra.
FACULTADES, PROPUESTAS Y
NOMBRAMIENTOS

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Medios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentesMedios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentesRosario Canales
 
Actos de comercio (mapa conceptual)
Actos de comercio (mapa conceptual)Actos de comercio (mapa conceptual)
Actos de comercio (mapa conceptual)marimar0701
 
Propiedad industrial y tlcan
Propiedad industrial y tlcanPropiedad industrial y tlcan
Propiedad industrial y tlcanOmar Sánchez
 
Derecho mercantil y sociedades mercantiles
Derecho mercantil y sociedades mercantilesDerecho mercantil y sociedades mercantiles
Derecho mercantil y sociedades mercantilesNombre Apellidos
 
El contrato de sociedad en el derecho romano
El contrato de sociedad en el derecho romanoEl contrato de sociedad en el derecho romano
El contrato de sociedad en el derecho romanoEdgar Huaman Zantamaria
 
Actos de comercio
Actos de comercioActos de comercio
Actos de comercioAna Pérez
 
Interpretación de las disposiciones fiscales
Interpretación de las disposiciones fiscalesInterpretación de las disposiciones fiscales
Interpretación de las disposiciones fiscalesBenito Garcia Antonio
 
Presentacion contratos
Presentacion contratosPresentacion contratos
Presentacion contratossotz28
 
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDAETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDARonald Lobaton
 
4 concurso mercantil (1)
4 concurso mercantil (1)4 concurso mercantil (1)
4 concurso mercantil (1)fer666mx
 
ALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO
ALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPAROALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO
ALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPAROComer Libros
 
El proceso civil en guatemala
El proceso civil en guatemalaEl proceso civil en guatemala
El proceso civil en guatemalaAntonio Guzman
 

La actualidad más candente (20)

Medios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentesMedios preparatorios, incidentes
Medios preparatorios, incidentes
 
Actos de comercio (mapa conceptual)
Actos de comercio (mapa conceptual)Actos de comercio (mapa conceptual)
Actos de comercio (mapa conceptual)
 
Propiedad industrial y tlcan
Propiedad industrial y tlcanPropiedad industrial y tlcan
Propiedad industrial y tlcan
 
Derecho mercantil y sociedades mercantiles
Derecho mercantil y sociedades mercantilesDerecho mercantil y sociedades mercantiles
Derecho mercantil y sociedades mercantiles
 
Derecho Notarial.pptx
Derecho Notarial.pptxDerecho Notarial.pptx
Derecho Notarial.pptx
 
Unidad 8. Fase Probatoria.
Unidad 8. Fase Probatoria.Unidad 8. Fase Probatoria.
Unidad 8. Fase Probatoria.
 
El contrato de sociedad en el derecho romano
El contrato de sociedad en el derecho romanoEl contrato de sociedad en el derecho romano
El contrato de sociedad en el derecho romano
 
Recursos (Esquemas de Derecho Administrativo)
Recursos (Esquemas de Derecho Administrativo)Recursos (Esquemas de Derecho Administrativo)
Recursos (Esquemas de Derecho Administrativo)
 
Actos de comercio
Actos de comercioActos de comercio
Actos de comercio
 
Interpretación de las disposiciones fiscales
Interpretación de las disposiciones fiscalesInterpretación de las disposiciones fiscales
Interpretación de las disposiciones fiscales
 
Obligaciones de dar
Obligaciones de darObligaciones de dar
Obligaciones de dar
 
Derecho mercantil
Derecho mercantilDerecho mercantil
Derecho mercantil
 
Unidad 2. Concepto de derecho mercantil procesal mercantil
Unidad 2. Concepto de derecho mercantil procesal mercantilUnidad 2. Concepto de derecho mercantil procesal mercantil
Unidad 2. Concepto de derecho mercantil procesal mercantil
 
Protesto
ProtestoProtesto
Protesto
 
Presentacion contratos
Presentacion contratosPresentacion contratos
Presentacion contratos
 
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDAETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
ETAPA POSTULATORIA DEL PROCESO CIVIL - LA DEMANDA
 
4 concurso mercantil (1)
4 concurso mercantil (1)4 concurso mercantil (1)
4 concurso mercantil (1)
 
ALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO
ALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPAROALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO
ALGUNAS FIGURAS PROCESALES EN EL JUICIO DE AMPARO
 
El proceso civil en guatemala
El proceso civil en guatemalaEl proceso civil en guatemala
El proceso civil en guatemala
 
INFORME SOBRE LOS PRINCIPIOS REGÍSTRALES TEMAS 3,4 Y 5
INFORME SOBRE LOS PRINCIPIOS REGÍSTRALES TEMAS 3,4 Y 5INFORME SOBRE LOS PRINCIPIOS REGÍSTRALES TEMAS 3,4 Y 5
INFORME SOBRE LOS PRINCIPIOS REGÍSTRALES TEMAS 3,4 Y 5
 

Destacado (20)

Quiebra hcb-efectos-de-la-quiebra
Quiebra hcb-efectos-de-la-quiebraQuiebra hcb-efectos-de-la-quiebra
Quiebra hcb-efectos-de-la-quiebra
 
ley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagosley de quiebras y suspensión de pagos
ley de quiebras y suspensión de pagos
 
Derecho empresarial
Derecho empresarialDerecho empresarial
Derecho empresarial
 
Derecho Empresarial II P6
Derecho Empresarial II  P6Derecho Empresarial II  P6
Derecho Empresarial II P6
 
3.4 quiebra
3.4 quiebra3.4 quiebra
3.4 quiebra
 
El derecho concursal
El derecho concursalEl derecho concursal
El derecho concursal
 
Sandoval quiebra
Sandoval quiebraSandoval quiebra
Sandoval quiebra
 
Concursos y quiebras
Concursos y quiebrasConcursos y quiebras
Concursos y quiebras
 
Derecho Empresarial
Derecho EmpresarialDerecho Empresarial
Derecho Empresarial
 
La quiebra mapa conceptual
La quiebra mapa conceptualLa quiebra mapa conceptual
La quiebra mapa conceptual
 
El procedimiento de la quiebra
El procedimiento de la quiebraEl procedimiento de la quiebra
El procedimiento de la quiebra
 
Diapositivas de derecho empresarial
Diapositivas de derecho empresarialDiapositivas de derecho empresarial
Diapositivas de derecho empresarial
 
La quiebra
La quiebraLa quiebra
La quiebra
 
Derecho Mercantil-La Quiebra
Derecho Mercantil-La Quiebra Derecho Mercantil-La Quiebra
Derecho Mercantil-La Quiebra
 
La sentencia del recurso de casacion
La sentencia del recurso de casacionLa sentencia del recurso de casacion
La sentencia del recurso de casacion
 
Derecho concursal
Derecho concursalDerecho concursal
Derecho concursal
 
Ensayo derecho procesal penal
Ensayo  derecho procesal penalEnsayo  derecho procesal penal
Ensayo derecho procesal penal
 
Sistema concursal
Sistema concursalSistema concursal
Sistema concursal
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
 
Mapa mental
Mapa mentalMapa mental
Mapa mental
 

Similar a Derecho Empresarial II P7

Quiebra y concurso mercantil
Quiebra y concurso mercantilQuiebra y concurso mercantil
Quiebra y concurso mercantilMiguelAngel0287
 
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...Edgar Flores
 
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventual
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventualOrdenanza sobre el ejercicio del comercio eventual
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventualIván Yáñez
 
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho MercantilEnsayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantilalejandro14405553
 
Ley General del Sistema Concursal
Ley General del Sistema Concursal Ley General del Sistema Concursal
Ley General del Sistema Concursal Diana Núñez
 
Dermerc1 tema 3.2 complementaria
Dermerc1 tema 3.2 complementariaDermerc1 tema 3.2 complementaria
Dermerc1 tema 3.2 complementariaonline5002
 
DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTILDERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTILLAURISRODRI
 
Presentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursalPresentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursalbelgicasga
 
Presentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursalPresentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursalbelgicasga
 
Mercantil derecho concursal
Mercantil derecho concursalMercantil derecho concursal
Mercantil derecho concursalnayleth tua
 

Similar a Derecho Empresarial II P7 (20)

Quiebra y concurso mercantil
Quiebra y concurso mercantilQuiebra y concurso mercantil
Quiebra y concurso mercantil
 
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...
Expo concurso mercantil finisch bueno ni tanto le falto la portanda mañana la...
 
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebrasUnidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
Unidad 8. Concursos mercantiles y quiebras
 
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventual
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventualOrdenanza sobre el ejercicio del comercio eventual
Ordenanza sobre el ejercicio del comercio eventual
 
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho MercantilEnsayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
Ensayo sobre la Quiebra. Derecho Mercantil
 
Ley General del Sistema Concursal
Ley General del Sistema Concursal Ley General del Sistema Concursal
Ley General del Sistema Concursal
 
Guia del sena
Guia del senaGuia del sena
Guia del sena
 
Dermerc1 tema 3.2 complementaria
Dermerc1 tema 3.2 complementariaDermerc1 tema 3.2 complementaria
Dermerc1 tema 3.2 complementaria
 
DERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTILDERECHO MERCANTIL
DERECHO MERCANTIL
 
Reglamento del factoring
Reglamento del factoringReglamento del factoring
Reglamento del factoring
 
Generalidades de Quiebra
Generalidades de QuiebraGeneralidades de Quiebra
Generalidades de Quiebra
 
Concursal.
Concursal.Concursal.
Concursal.
 
Presentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursalPresentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursal
 
DERECHO CONCURSAL EL ATRASO
DERECHO CONCURSAL EL ATRASODERECHO CONCURSAL EL ATRASO
DERECHO CONCURSAL EL ATRASO
 
Presentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursalPresentación slideshare derecho concursal
Presentación slideshare derecho concursal
 
Concursal ezequiel.
Concursal ezequiel.Concursal ezequiel.
Concursal ezequiel.
 
Lineamientos legales
Lineamientos legalesLineamientos legales
Lineamientos legales
 
Ley nro1034
Ley nro1034Ley nro1034
Ley nro1034
 
Mercantil derecho concursal
Mercantil derecho concursalMercantil derecho concursal
Mercantil derecho concursal
 
Concurso mercantil
Concurso mercantilConcurso mercantil
Concurso mercantil
 

Más de disenoinstruccional (20)

Introducción a la Economía P4
Introducción a la Economía P4Introducción a la Economía P4
Introducción a la Economía P4
 
Introducción a la Economía P3
Introducción a la Economía P3Introducción a la Economía P3
Introducción a la Economía P3
 
Introducción a la Economía P2
Introducción a la Economía P2Introducción a la Economía P2
Introducción a la Economía P2
 
Introducción a la Economía P1
Introducción a la Economía P1Introducción a la Economía P1
Introducción a la Economía P1
 
Derecho Empresarial II P5
Derecho Empresarial II  P5Derecho Empresarial II  P5
Derecho Empresarial II P5
 
Derecho Empresarial II P4
Derecho Empresarial II  P4Derecho Empresarial II  P4
Derecho Empresarial II P4
 
Derecho Empresarial II P3
Derecho Empresarial II  P3Derecho Empresarial II  P3
Derecho Empresarial II P3
 
Derecho Empresarial II P2
Derecho Empresarial II  P2Derecho Empresarial II  P2
Derecho Empresarial II P2
 
Derecho Empresarial II P1
Derecho Empresarial II  P1Derecho Empresarial II  P1
Derecho Empresarial II P1
 
Habilidades de comunicación personal
Habilidades de comunicación personalHabilidades de comunicación personal
Habilidades de comunicación personal
 
Análisis de la Información P3
Análisis de la Información P3Análisis de la Información P3
Análisis de la Información P3
 
Análisis de la Información P2
Análisis de la Información P2Análisis de la Información P2
Análisis de la Información P2
 
Análisis de la información P1
Análisis de la información P1Análisis de la información P1
Análisis de la información P1
 
Análisis de la Información
Análisis de la Información Análisis de la Información
Análisis de la Información
 
Administración de la Calidad
Administración de la CalidadAdministración de la Calidad
Administración de la Calidad
 
Administración de la Calidad
Administración de la Calidad Administración de la Calidad
Administración de la Calidad
 
Administración de la Calidad
Administración de la CalidadAdministración de la Calidad
Administración de la Calidad
 
Costos 4
Costos 4Costos 4
Costos 4
 
Costos 3
Costos 3Costos 3
Costos 3
 
Costos 2
Costos 2Costos 2
Costos 2
 

Último

Concurso José María Arguedas nacional.pptx
Concurso José María Arguedas nacional.pptxConcurso José María Arguedas nacional.pptx
Concurso José María Arguedas nacional.pptxkeithgiancarloroquef
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxFabianValenciaJabo
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfcoloncopias5
 
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materialesTécnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materialesRaquel Martín Contreras
 
Fichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdf
Fichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdfFichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdf
Fichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdfssuser50d1252
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Rosabel UA
 
sesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdf
sesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdfsesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdf
sesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdfpatriciavsquezbecerr
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...YobanaZevallosSantil1
 
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxMODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxRAMON EUSTAQUIO CARO BAYONA
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxYeseniaRivera50
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
FICHA PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADO
FICHA  PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADOFICHA  PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADO
FICHA PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADOMARIBEL DIAZ
 
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdfRAMON EUSTAQUIO CARO BAYONA
 
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTESaraNolasco4
 
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdfTema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdfDaniel Ángel Corral de la Mata, Ph.D.
 

Último (20)

Concurso José María Arguedas nacional.pptx
Concurso José María Arguedas nacional.pptxConcurso José María Arguedas nacional.pptx
Concurso José María Arguedas nacional.pptx
 
recursos naturales america cuarto basico
recursos naturales america cuarto basicorecursos naturales america cuarto basico
recursos naturales america cuarto basico
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
 
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materialesTécnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
Técnicas de grabado y estampación : procesos y materiales
 
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
 
Fichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdf
Fichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdfFichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdf
Fichas de MatemáticA QUINTO DE SECUNDARIA).pdf
 
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptxAedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
Aedes aegypti + Intro to Coquies EE.pptx
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
 
sesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdf
sesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdfsesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdf
sesión de aprendizaje 4 E1 Exposición oral.pdf
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
 
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docxMODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
MODELO DE INFORME DE INDAGACION CIENTIFICA .docx
 
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptxPresentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
Presentación de Estrategias de Enseñanza-Aprendizaje Virtual.pptx
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
FICHA PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADO
FICHA  PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADOFICHA  PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADO
FICHA PL PACO YUNQUE.docx PRIMARIA CUARTO GRADO
 
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
05 Fenomenos fisicos y quimicos de la materia.pdf
 
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE4º SOY LECTOR PART2- MD  EDUCATIVO.p df PARTE
4º SOY LECTOR PART2- MD EDUCATIVO.p df PARTE
 
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdfTema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
Tema 8.- Gestion de la imagen a traves de la comunicacion de crisis.pdf
 

Derecho Empresarial II P7

  • 2. Contenido • JUICIOS DE CONCURSO MERCANTIL Y DE LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA
  • 3. ANTECEDENTES DE SUSPENSIÓN DE PAGO Y QUIEBRA El primer ordenamiento que reguló la materia de quiebras en México fue la Ley de Bancarrota de 1853, este ordenamiento estaba influenciado por el Código de Comercio Francés de 1810 y por el Código Español de 1829, que regulaban la cesación de pagos de un comerciante por falta de liquidez. Es hasta 1943, el 20 de abril, cuando se desprende del contenido del Código de Comercio y surge la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos; derogando así en el citado Código el título "De las quiebras", del libro cuarto, y el título cuarto "Del procedimiento especial de las quiebras", del libro quinto del propio Código de Comercio.
  • 4. Esta ley surge como una medida de protección a las empresas mercantiles, para el caso de que pudieran caer en desgracia y en donde el Estado tomó su papel tutelar de los intereses generales de quienes se relacionan a través de las actividades comerciales con estos sujetos a quienes la ley los reconoce como comerciantes, además de que éstos no fueran a burlar los intereses legítimos de los terceros, y mucho menos de que las conductas poco escrupulosas fueran a repercutir en la economía de las personas y del Estado. La Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943 propuso soluciones que permitían la recuperación de la empresa, y en caso contrario su enajenación como unidad productiva.
  • 5. Reconoció que la quiebra es un fenómeno económico de interés fundamental para el Estado, pues la empresa representa un valor objetivo de organización económica y social; por tanto, su conservación es norma directiva fundamental de la legislación en esta materia.
  • 6. CONCEPTO DE CONCURSO MERCANTIL El Concurso Mercantil es un estado jurídico formal de los Comerciantes. Es formal, en el sentido de que requiere ser declarado por el Juez, una vez que se acredita que el Comerciante ha incumplido generalizadamente en el pago de sus obligaciones.
  • 7. PRESUPUESTO DE CONCURSO Será declarado en concurso mercantil, el Comerciante que incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones, se entenderá que un Comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones cuando: I. El Comerciante solicite su declaración en concurso mercantil y se ubique en alguno de los supuestos consignados en las fracciones I o II del artículo siguiente. II. Cualquier acreedor o el Ministerio Público hubiesen demandado la declaración de concurso mercantil del Comerciante y éste se ubique en los dos supuestos consignados en las fracciones I y II del artículo siguiente.
  • 8. Para los efectos de esta Ley, el incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de un Comerciante a que se refiere el artículo anterior, consiste en el incumplimiento en sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y se presenten las siguientes condiciones: I. Que de aquellas obligaciones vencidas a las que se refiere el párrafo anterior, las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido representen el treinta y cinco por ciento o más de todas las obligaciones a cargo del Comerciante a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso, ARTÍCULO 10
  • 9. • II. El Comerciante no tenga activos enunciados en el párrafo siguiente, para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas a la fecha de presentación de la demanda o solicitud.
  • 10. CLASIFICACIÓN DEL CONCURSO Aunque la propia LCM no hace una clasificación propia de las clases de "concursos", para efectos del presente estudio se han contemplado dos: • Concursos Mercantiles Especiales. • Concursos Mercantiles Ordinarios.
  • 11. CONCURSOS MERCANTILES ESPECIALES Son aquellos juicios que se aplican a los comerciantes que prestan servicios públicos concesionados, instituciones de crédito e instituciones auxiliares del crédito. En estos casos, la ley considera indispensable reconocer la naturaleza particular de las empresas y el interés público que representan, para lo cual armoniza el concurso de estas instituciones con las disposiciones especiales que las rigen, y considera necesario que participen las entidades que las autorizan, que las regulan y supervisan, i. e., el de una empresa que se dedica al transporte público, para el caso del servicio público concesionado, y el de una institución de banca múltiple o de desarrollo, para los casos de las instituciones de crédito.
  • 12. CONCURSOS MERCANTILES ORDINARIOS Por exclusión, son todos aquellos que no se encuentren comprendidos dentro de los concursos mercantiles referidos en el párrafo anterior.
  • 13. EFECTOS JURÍDICOS DEL CONCURSO Desde que se dicte la sentencia de concurso mercantil y hasta que termine la etapa de conciliación, no podrá ejecutarse ningún mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del Comerciante.
  • 14. Cuando el mandamiento de embargo o ejecución sea de carácter laboral, la suspensión no surtirá efectos respecto de lo dispuesto en la fracción XXIII, del apartado A, del artículo 123 constitucional y sus LEY DE CONCURSOS MERCANTILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 10-01-2014 20 disposiciones reglamentarias, considerando los salarios de los dos años anteriores al concurso mercantil; cuando sea de carácter fiscal, se estará a lo dispuesto en el artículo 69 de este ordenamiento.
  • 15. ARTÍCULO 66 El auto de admisión de la demanda de concurso mercantil tendrá entre sus propósitos, con independencia de los demás que señala esta Ley, asegurar los derechos que la Constitución, sus disposiciones reglamentarias y esta Ley garantizan a los trabajadores, para efectos de su pago con la preferencia, a que se refieren tales disposiciones y la fracción I del artículo 224 de la presente Ley. La sentencia de concurso mercantil no será causa para interrumpir el pago de las obligaciones laborales ordinarias del Comerciante.
  • 16. FORMAS DE EXTINCIÓN DE ESTE PROCEDIMIENTO
  • 17. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO Es competente para conocer del concurso mercantil de un Comerciante, el Juez de Distrito con jurisdicción en el lugar en donde el Comerciante tenga su domicilio. En el caso de las solicitudes o demandas de concurso mercantil que se promovieren por o en contra de sociedades controladoras, habiéndose ya promovido un concurso mercantil de sus controladas o bien, las solicitudes o demandas de concurso mercantil promovidas contra sociedades controladas, habiendo iniciado el trámite de un concurso mercantil de la sociedad o sociedades controladoras.
  • 18. La Solicitud de Declaración de Concurso Mercantil del propio Comerciante deberá ser presentada en los formatos que al efecto dé a conocer el Instituto, la cual deberá contener: • Por lo menos el nombre completo. • Denominación o razón social del Comerciante. • El domicilio que señale para oír y recibir notificaciones, así como en su caso el domicilio social, el de sus diversas oficinas y establecimientos, incluyendo plantas, almacenes o bodegas, especificando en caso necesario en dónde tiene la administración principal de su empresa o en caso de ser una persona física, el domicilio donde vive.
  • 19. Además, a ella deberán acompañarse los anexos siguientes: I. Los estados financieros del Comerciante, de los últimos tres años, los cuales deberán estar auditados cuando exista esta obligación en términos de ley. II. Una memoria en la que razone acerca de las causas que lo llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentra. III. Una relación de sus acreedores y deudores que indique sus nombres y domicilios, la fecha de vencimiento del crédito o créditos de cada uno de ellos, el grado con que estima se les debe reconocer, indicando las características particulares de dichos créditos, así como de las garantías, reales o personales, que haya otorgado para garantizar deudas propias y de terceros; Fracción reformada DOF 27-12-2007
  • 20. IV. Un inventario de todos sus bienes inmuebles y muebles, títulos valores, géneros de comercio y derechos de cualquier otra especie; Fracción reformada DOF 27-12-2007. V. Una relación de los juicios en los cuales el Comerciante sea parte, que indique las partes del procedimiento, los datos de identificación del mismo, su tipo, estado del juicio y ante quién se tramita; Fracción adicionada DOF 27-12-2007. Reformada DOF 10-01-2014. VI. El ofrecimiento de otorgar en caso de admisión de la solicitud, la garantía a la que se refiere el artículo 24; LE
  • 21. CONTENIDOS DE LA SENTENCIA DEL CONCURSO La sentencia de declaración de concurso mercantil, contendrá: I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del Comerciante y, en su caso, el nombre completo y domicilios de los socios ilimitadamente responsables. II. La fecha en que se dicte; La fundamentación de la sentencia en términos de lo establecido en el artículo 10 de esta Ley.
  • 22. III. Así como, en su caso, una lista de los acreedores que el visitador hubiese identificado en la contabilidad del Comerciante, sin que ello agote el procedimiento de reconocimiento, graduación y prelación de créditos a que se refiere el Título Cuarto de esta Ley; Fracción reformada DOF 27- 12-2007. IV. La orden al Instituto para que designe al conciliador a través del mecanismo aleatorio previamente establecido, junto con la determinación de que, entretanto, el Comerciante, sus administradores, gerentes y dependientes tendrán las obligaciones que la ley atribuye a los depositarios.
  • 23. V. La declaración de apertura de la etapa de conciliación, salvo que se haya solicitado la quiebra del Comerciante; Fracción reformada DOF 10-01-2014. VI. La orden al Comerciante de poner de inmediato a disposición del conciliador los libros, registros y demás documentos de su empresa, así como los recursos necesarios para sufragar los gastos de registro y las publicaciones previstas en la presente Ley. VII. El mandamiento al Comerciante para que permita al conciliador y a los interventores, la realización de las actividades propias de sus cargos;
  • 24. VIII. La orden al Comerciante de suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir sus efectos la sentencia de concurso mercantil; salvo los que sean indispensables para la operación ordinaria de la empresa, incluido cualquier crédito indispensable para mantener la operación ordinaria de la empresa y la liquidez necesaria durante la tramitación del concurso mercantil, respecto de los cuales deberá informar al juez dentro de las setenta y dos horas siguientes de efectuados; Fracción reformada DOF 10-01-2014. IX. La orden de suspender durante la etapa de conciliación, todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del Comerciante, con las excepciones previstas en el artículo 65.
  • 25. X. La fecha de retroacción. XI. La orden al conciliador de que se publique un extracto de la sentencia en los términos del artículo 45 de la ley de concursos mercantiles. XI. La orden al conciliador de inscribir la sentencia en el registro público de comercio que corresponda al Domicilio del Comerciante y en todos aquellos lugares en donde tenga una agencia, sucursal o bienes sujetos a inscripción en algún registro público.
  • 26. XIII. La orden al conciliador de iniciar el procedimiento de reconocimiento de créditos. XIV. El aviso a los acreedores para que aquéllos que así lo deseen soliciten el reconocimiento de sus créditos. XV. La orden de que se expida, a costa de quien lo solicite, copia certificada de la sentencia.
  • 27. ÓRGANOS DEL CONCURSO El visitador, el conciliador y el síndico tendrán las obligaciones y facultades que expresamente les confiere esta Ley. Artículo 55.- Los visitadores, conciliadores y síndicos podrán contratar, con autorización del juez, a los auxiliares que consideren necesarios para el ejercicio de sus funciones lo que no implicará, en ningún caso, la delegación de sus respectivas responsabilidades. Artículo 56.- El nombramiento del visitador, conciliador o síndico podrá ser impugnado ante el juez por el Comerciante, y por cualquiera de los acreedores dentro de los tres días siguientes a la fecha en que la designación se les hubiere hecho de su conocimiento conforme a lo establecido en los artículos 31, 149 o 172.
  • 28. La impugnación sólo se admitirá cuando se verifique alguno de los supuestos a que se refiere el artículo 328 de esta Ley. La impugnación se ventilará en la vía incidental. El juez podrá rechazar la designación que haga el Instituto cuando se dé alguno de los supuestos del artículo 328 de esta Ley, debiendo notificarlo al Instituto para que realice una nueva designación. Artículo 57.- La impugnación del nombramiento del visitador, conciliador o síndico no impedirá su entrada en funciones, ni suspenderá la continuación de la visita, la conciliación o la quiebra.
  • 29. Artículo 58.- Cuando la presente Ley no determine un plazo para el cumplimiento de las obligaciones del visitador, del conciliador o del síndico, se entenderá que deberán llevarlas a cabo en un plazo de treinta días naturales salvo que, a petición del visitador, conciliador o síndico, el juez autorice un plazo mayor, el cual no podrá exceder de treinta días naturales más. Artículo 59.- El síndico y, en su caso, el conciliador, deberán rendir bimestralmente ante el juez un informe de las labores que realicen en la empresa del Comerciante y deberán presentar un informe final sobre su gestión, conforme a los formatos que al efecto dé a conocer el Instituto, los cuales detallarán la información mínima de carácter financiera, contable, fiscal, administrativa, corporativa y jurídica del Comerciante que deberán contener. Todos los informes serán puestos a la vista del Comerciante, de los acreedores, del Ministerio Público demandante y de los interventores por conducto del juez.
  • 30. INSTITUTO FEDERAL ESPECIALISTA DE CONCURSO MERCANTIL
  • 31. VISITADOR Los visitadores, conciliadores y síndicos podrán contratar, con autorización del juez, a los auxiliares que consideren necesarios para el ejercicio de sus funciones lo que no implicará, en ningún caso, la delegación de sus respectivas responsabilidades. El nombramiento del visitador, conciliador o síndico podrá ser impugnado ante el juez por el Comerciante, y por cualquiera de los acreedores dentro de los tres días siguientes a la fecha en que la designación se les hubiere hecho de su conocimiento conforme a lo establecido en los artículos 31, 149 o 172 de la ley de Concursos Mercantiles.
  • 32. CONCILIADOR La etapa de conciliación tendrá una duración de ciento ochenta y cinco días naturales, contados a partir del día en que se haga la última publicación en el Diario Oficial de la Federación de la sentencia de concurso mercantil. El conciliador o los Acreedores Reconocidos que representen más del cincuenta por ciento del monto total de los créditos reconocidos, podrán solicitar al juez una prórroga de hasta noventa días naturales contados a partir de la fecha en que concluya el plazo señalado en el párrafo anterior, cuando consideren que la celebración de un convenio esté próxima a ocurrir.
  • 33. El Comerciante y los Acreedores Reconocidos que representen al menos el setenta y cinco por ciento del monto total de los créditos reconocidos, podrán solicitar al juez una ampliación de hasta por noventa días naturales más de la prórroga a que se refiere el párrafo anterior. En ningún caso el plazo de la etapa de conciliación y su prórroga podrá exceder de trescientos sesenta y cinco días naturales contados a partir de la fecha en que se hubiese realizado la última publicación de la sentencia de concurso mercantil en el Diario Oficial de la Federación. Concluido el plazo inicial y, en su caso, el de la prórroga, el juez procederá únicamente a levantar la certificación correspondiente haciéndose constar en la misma la terminación de la etapa de conciliación y, en su caso, de su prórroga, y el Comerciante en concurso mercantil será considerado en estado de quiebra.