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DECRETO No. 017
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(Marzo 4 de 2014)
POR EL CUA ADOPTAN MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN DEL ORDEN
PÚBLICO DURANTE EL PERIODO DE. ELECCIONES AL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA Y PARLAMENTO ANDINO, PARA EL MUNICIPIO DE
CONCORDIA, ANTIOQUIA
El Alcalde del municipio de Concordia, Antioquia, en ejercIcIo de sus facultades
Constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 1 y 2 del artículo
315 de la Constitución Política, la Ley 136 de 1994, el Código de Policía de Antioquia, el
decreto 671 de 2010 emanado por el Ministerio del Interior y de Justicia, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional consagra que las autoridades de la República están
instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra,
bienes, creencias, demás derechos y libertades para asegurar el cumplimiento de los
deberes sociales del estado y de los particulares, siendo deber del Alcalde velar por su
protección.
Que corresponde a las autoridades de Policía del Municipio garantizar la convivencia
pacífica y ordenada de los habitantes, a través de la implementación de acciones que
propendan por el control del orden público.
Que el próximo domingo nueve (09) de marzo de 2014, se llevará a cabo Elecciones al
Congreso de la República y Parlamento Andino, lo que hace necesario tomar medidas
tendientes a la preservación del orden público que garantice la efectividad en el proceso
democrático.
Que en desarrollo de dichos deberes y para prevenir actos contra la integridad de los
habitantes, como también de los bienes públicos y privados en el municipio, se hace
necesario adoptar medidas de Policía en el Territorio Municipal.
Que es menester dar aplicación a lo dispuesto por el artículo 296 de nuestra Constitución
Nacional.
Que corresponde al Alcalde como suprema autoridad de Policía en el municipio, adoptar
las medidas y utilizar los medios de Policía necesarios para garantizar la seguridad
ciudadana, el orden público y la protección de los derechos.
Por todo lo dicho en precedencia, el Alcalde Municipal de Concordia Antioquia,
Alcaldla de Concordia. Una oportunidad para servir
www.concordía-antioquia.gov.ca e-mail: alcaldia@concordía-antioquia.gov.ca
Cra 20 # 19 - 25 Plaza Principal. Teléfono 844 61 01 - 844 6089
Ni/: 890982261-8
2. •
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: LEYSECA.Queda prohibido en todo el territorio municipal la venta Y
el consumo de bebidas embriagantes desde las seis (6:00) de la Tarde del día vienes siete
(07) de Marzo de 2014 y hasta las seis (06:00) de la mañana del día lunes diez (10) de
marzo de 2014.
/
las infracciones a lo dispuesto en este articulo, serán sancion
as por las autoridades
competentes, de acuerdo a lo previsto en el Código de Policí
epartamental y Nacional.
ARTICULO SEGUNDO: SE RESTRINGE el tráns'
de vehiculos que transporten
cilindros de gas, desde las dos (2:00) de la tarde el día sábado ocho (08) de marzo y
hasta las seis (6:00) de la mañana del día lunes lez (10) de marzo de 2014.
ARTíCULO TERCERO: PROHíBASE el
nsporte de parrilleros en motocicletas, desde
las diez (10:00) de la noche del dia S'
do ocho (08) de marzo de 2014 y hasta las seis
(6:00) de la mañana del día lunes d'
(10) de marzo de 2014.
el po
e armas, aún con salvoconducto, desde las
día Sábado och (08) de marzo de 2014 y hasta las seis
lunes diez (10) de arzo de ?014.
reto rige a partir de la fecha de su expedición.
I de Concordia, An 'oquia, a los cuatro (04) días del mes de
14).
Alcaldia de Concordl.
na oportunidad para servir
www.concordia-antioquia.gov.coe-mal.ca{q)a@concordia-antioquia.gov.co
Cra 20 # 19 - 25 Plaza Principal. Teléfono 8446101 - 844 60 89
Nlt: 890982261-8