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R eglamento  d e   la  G estión   del  S istema  E ducativo Decreto Supremo N 0  009-2005-ED Mayo 2005
Sección I Generalidades
Art. 1 0 :  Finalidad y alcance   Reglamento Gestión del Sistema Educativo Se aplica a Instituciones educativas UGEL EB DRE MED IIEE Instancias  de Gestión Educativa Descentralizada Programas Educativos públicos Unidad de Gestión Local Dirección Regional de Educación Ministerio de Educación del Perú ETP Artículo 1 0 .-  El presente reglamento norma la Gestión del Sistema Educativo, y se aplica a las instancias de Gestión Educativa Descentralizada: Instituciones Educativas y Programas Educativos públicos de los niveles y modalidades de la etapa de Educación Básica y de la Educación Técnico-Productiva; Unidades de Gestión Educativa Local; Direcciones Regionales de Educacíón y Ministerio de Educación. EBR EBA
Art. 2 0 :  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Descentralizada Artículo 2 0 .-  Las principales características de la gestión del Sistema Educativo son las siguientes: a) Es descentralizada, b) Es simplificada y flexible, c) Es participativa y creativa, d) Está centrada en los procesos de aprendizaje, e) Es formativa, f) Es unitaria, sistémica y eficaz, f) Es integral. Simplificada Flexible Participativa Creativa Centrada en procesos de aprendizaje Formativa Unitaria Sistémica Eficaz Integral
Art. 2:  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Descentralizada a) Es descentralizada:  Porque se realiza en cada instancia de gestión y articula las acciones del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, de acuerdo a las competencias que la ley les asigna, respetando sus autonomías en sus ámbitos de jurisdicción. Se realiza en cada instancia de gestión. Se respeta las autonomías en sus ámbitos de jurisdicción. UGEL EB DRE MED IIEE ETP Se articula
Art. 2:  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Simplificada y flexible b) Es simplificada y flexible:  Porque favorece la fluidez de los procesos y procedimientos de trabajo y permite que el sistema educativo se adapte a la diversidad de necesidades de aprendizaje y socialización de los estudiantes de todas las regiones. Favorece la fluidez Permite adaptación  - Procesos - Procedimientos - A la diversidad de aprendizajes - A la socialización
Art. 2:  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Participativa y creativa c) Es participativa y creativa:  Porque la sociedad interviene en forma organizada, democrática e innovadora en la planificación, organización, seguimiento y evaluación de la gestión en cada una de las instancias de gestión descentralizada del sistema educativo, por intermedio de su respectivo Consejo Educativo Institucional (CONEI), Consejo Participativo Local de Educación (COPALE),  Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE) y otras organizaciones de la comunidad educativa. - Organizadamente - Democráticamente - Innovadoramente Sociedad participa CONEI COPALE COPARE Planificación Organización Seguimiento Evaluación
Art. 2:  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Formativa  e) Es formativa:  Porque contribuye al desarrollo de los integrantes de la comunidad educativa y se basa en la comunicación y transparencia. Contribuye  al desarrollo Comunidad educativa Alumnos Docentes Padres de familia Director
Art. 2:  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Unitaria, sistémica y eficaz f) Es unitaria, sistémica y eficaz:  Porque la gestión de cada instancia se articula con las otras y tiende al logro de sus objetivos. Unidad de Gestión Educativa Local MED IIEE UGEL DRE Direcciones Regionales de Educación Ministerio de Educación del Perú OBJETIVOS
Art. 2:  Características de Gestión   Gestión del Sistema Educativo Integral g) Es integral:  Porque comprende las dimensiones pedagógica, institucional y administrativa de la gestión educativa. Comprende dimensiones Pedagógica Institucional Administrativa
Art. 3 0 :  Gratuidad en las instituciones y Programas Educativos públicos   Instituciones y Programas Educativos públicos La educación Artículo 3 0 .-   La educación en las Instituciones y Programas Educativos públicos, en todas sus modalidades y niveles, es gratuita. La matrícula y permanencia en ellas no está sujeta al cobro de cuotas o aportes por conceptos de matrícula, cuotas de la Asociación de Padres de Familia u otros conceptos. La matrícula es gratuita No existen pagos por concepto de Asociación de Padres de Familia u otros conceptos.
Art. 4 0 :  Programas complementarios gratuitos Instituciones Educativas Inicial Se brinda Programas complementarios  Alimentación Salud Materiales educativos Primaria UGEL DRE MED IIEE Coordinaciones intersectoriales + Gobierno Local Artículo 4 0 .-   En las instituciones Educativas de los niveles de Inicial y Primaria, se brinda programas complementarios de alimentación, salud y entrega de materiales educativos en forma gratuita. Es responsabilidad del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, realizar coordinaciones con los demás Ministerios e Instituciones públicas, para que esta función se cumpla con carácter intersectorial, con apoyo de los Gobiernos Locales. Los servicios complementarios proporcionados por el Estado a los estudiantes de las Instituciones Educativas públicas son organizados y supervisados por los Directores de las Instituciones o Programas Educativos públicos. Otros
Art. 5 0 :  Programas complementarios gratuitos Instituciones Y Programas  Educativos Actualizan la información sobre la realidad de los estudiantes.  Artículo 5 0 .-   Las Instituciones y Programas Educativos, Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación actualizan permanentemente la información sobre la realidad de los estudiantes e identifican situaciones de inequidad educativa por razones de cultura, género, religión, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole, elaborando y desarrollando estrategias intersectoriales que permitan superarlas. Las instituciones y Programas Educativos contarán con su proyecto curricular de centro, procesos pedagógicos definidos, materiales educativos y programas de capacitación permanente del docente, adecuados a sus necesidades y a las características diversas de los alumnos, orientados a la mejora de la calidad de la educación. Las Instituciones Educativas unidocentes y polidocentes multigrado, ubicadas principalmente en áreas rurales y zonas de frontera, tienen prioridad en la asignación de recursos para la atención de sus requerimientos en infraestructura, equipamiento, capacitación, materiales educativos y recursos tecnológicos, en función de su Proyecto Educativo Institucional. DRE MED IIEE UGEL Identifican situaciones de inequidad educativa Elaboran y desarrollan estrategias intersectoriales. Cuentan con su Proyecto Curricular de Centro, materiales educativos, etc. Las IIEE unidocentes y polidocentes multigrado ubicadas en áreas rurales y zonas de frontera, tienen prioridad.
Art. 6 0 :  Inclusión Instancias de Gestión educativa descentralizada Incluyen a estudiantes Artículo 6 0 .-   Los estudiantes con discapacidades sensoriales, intelectuales, motrices y quienes presentan talento y superdotación son incluídos, de acuerdo a metas anuales, en las Instituciones Educativas. Las instancias de gestión educativa descentralizada priorizan medidas de accesibilidad física, códigos y formas de comunicación, diversificación curricular, provisión de recursos específicos, capacitación docente para la atención de la diversidad, y propician un clima de tolerancia que permita incluir gradual y progresivamente en ellas a las personas con necesidades educativas especiales. Priorizan medidas Propician un clima de tolerancia. Discapacidades sensoriales, intelectuales y motrices Talento o superdotación. Accesibilidad física. Códigos y formas de comunicación Diversificación curricular Provisión de recursos Capacitación docente
Art. 9 0 :  Transparencia en la gestión educativa Instancias de Gestión educativa descentralizada Desarrollan una gestión educativa transparente. Artículo 9 0 .-   Las Instituciones Educativas, las Unidades de Gestión Educativa Local, las Direcciones Regionales de Educación y el Ministerio de Educación desarrollan una gestión educativa transparente, en concordancia con el código de ética de la función pública, teniendo en cuenta lo siguiente: a) La capacitación sobre gestión y ética pública para docentes y empleados públicos. b) La publicación a través de la página web, pizarras o carteles, de las plazas presupuestadas vacantes de las Instituciones y Programas Educativos públicos al inicio del año, para ser cubiertas por contrato, previa selección mediante concurso público. c) La evaluación sistemática, objetiva, integral y permanente del personal. e) La publicación en las instituciones o Programas Educativos, sobre la captación, uso y estado de cuenta de los recursos propios. f) Las medidas de simplificación de procedimientos y tiempo de duración de los mismos. g) La transparencia en las contrataciones o nombramientos de personal administrativo y docente de su jurisdicción, así como en las contrataciones y adquisiciones estatales. Concuerdan con el código de ética de la función pública. Capacitación sobre gestión Publicación de plazas presupuestales vacantes Evaluación sistemática del personal. Uso de simplificación administrativa Transparencia en las contrataciones.
Art. 10 0 :  Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Instituciones y programas de Educación Básica Coordinan a) Las instituciones y programas de Educación Básica:  Las instituciones y Programas Educativos coordinan con los gobiernos locales (provinciales, distritales y de centros poblados creados conforme a la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades), e instituciones de la comunidad local para elevar la calidad de los servicios educativos y favorecer el desarrollo integral de los estudiantes. Gobiernos locales Gobiernos de centros poblados Instituciones de la comunidad Elevar la calidad educativa
Art. 10 0 :  Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Centros de Educación Técnico- Productiva Coordinan b) Los Centros de Educación Técnico-Productiva:  Los Centros y Programas de Educación Técnico-Productiva realizan convenios con el Sector Trabajo y Promoción del Empleo, Sector Producción, Instituciones Educativas públicas y privadas, organizaciones de diversos tipos, gobiernos regionales y locales, asi como alianzas estratégicas con empresas para coadyuvar tanto en la formación técnica de los estudiantes como en su inserción en el mercado laboral. Sector Trabajo y Promoción del Empleo Sector Producción Instituciones Educativas Coadyuvar la formación técnica de los estudiantes Organizaciones de la comunidad Gobiernos locales Insertar a los estudiants en el mercado laboral
Art. 10 0 :  Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Las Unidades de Gestión Educativa Local Coordinan c) Las Unidades de Gestión Educativa Local:  Las Unidades de Gestión Educativa Local realizan una planificación concertada con los gobiernos locales para lograr una educación de calidad y equidad en su ámbito, optimizar el uso de los recursos y evitar la duplicidad de esfuerzos. Celebran convenios con las Municipalidades, sectores sociales y económico productivos, instituciones públicas y privadas, para mejorar el servicio educativo. Remiten oportunamente sus Proyectos Educativos Locales a la Dirección Regional de Educación para la elaboración del Proyecto Educativo Regional. Sectores económicos productivos Instituciones públicas y privadas Educación de calidad y equidad Organizaciones de la comunidad Gobiernos locales Optimizar recursos Remiten PEL a la DRE
Art. 10 0 :  Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Las Direcciones Regionales de Educación d) Las Direcciones Regionales de Educación:  Las Direcciones Regionales de Educación como órganos especializados del Gobierno Regional, coordinan permanentemente con el Ministerio de Educación y suscriben acuerdos y convenios con los sectores sociales y económico-productivos para mejorar el servicio educativo. Dependen técnica y normativamente del Ministerio de Educación. Entregan oportunamente al Ministerio de Educación y al Consejo Nacional de Educación los Proyectos Educativos Regionales con el fin de que se tengan en cuenta en la elaboración del Plan Operativo del Ministerio de Educación y del Proyecto Educativo Nacional. Sectores sociales, económicos-productivos  Suscripción de convenios Organizaciones de la comunidad Ministerio de Educación Coordinan Remiten PER al MED  y al Consejo Nacional de Educación, para elaboración del POA del MED y el PEN.
Sección II Instancias de Gestión Educativa Descentralizada
Art. 11 0 :  Institución educativa La Institución Educativa Artículo 11 0 .-   La Institución Educativa, primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, es una comunidad de aprendizaje y enseñanza, que presta el servicio educativo dentro de determinado nivel, modalidad o ciclo del sistema. En ella se toman decisiones orientadas a mejorar los aprendizajes de todos los estudiantes, siguiendo los lineamientos de política y normas nacionales, regionales y locales incorporados en su Proyecto Educativo Institucional. Tiene autonomía en la ejecución y evaluación del servicio educativo, en la elaboración de Proyecto Curricular de Centro y en la calendarización del año lectivo, dentro del marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno, está atenta a sus necesidades y apoya propuestas de desarrollo local. Es la principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. Ejecución y evaluación del servicio educativo. En ella se toman decisiones siguiendo lineamientos políticos y las normas nacionales, regionales, locales, incorporados en su PEI. Definición Importancia Funciones Calendarización del año lectivo. Elaboración del PCC.
Art. 12 0 :  Objetivos La Institución Educativa Artículo 12 0 .-   Son objetivos de la Institución Educativa o Programa público o privado: a) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas; b) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad; c) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida; d) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional; e) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones; f) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitanto la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio de autoridad; g) Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica o Técnico-Productiva, en las Instituciones y Programas Educativos públicos; h) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal. Educación de calidad Sociedad democrática, justa, inclusiva  Formación integral Uso de las TIC Participación de Padres de familia Clima institucional Sistema de educación descentralizado
Art. 13 0 :  Ámbito de la Institución Educativa Instituciones Educativas Educación Básica Educación Técnico - Productiva Artículo 13 0 .-   La Institución Educativa comprende a los centros de Educación Básica, los de Educación Técnico-Productiva y las instituciones de Educación Superior. Educación Superior
Art. 14 0 :  Uso de las instalaciones Instituciones Educativas Facilita sus instalaciones a organismos de su entorno (*) Evento educativo Artículo 14 0 .-   La Institución Educativa puede facilitar sus instalaciones a otros organismos de su entorno para el desarrollo de actividades de carácter educativo, cultural y recreativo, preservando los fines y objetivos institucionales, la conservación del local y equipamiento, sin afectar el servicio educativo. Evento cultural Evento recreativo (* Sin afectar el servicio educativo)
Art. 15 0 :  Tipos de Instituciones Educativas por el número de docentes Instituciones Educativas Polidocentes Por el n 0  de docentes se clasifican en: Artículo 15 0 .-   Las Instituciones Educativas, de acuerdo al número de docentes que tiene para atender el servicio educativo, se clasifican de la siguiente manera: a) Polidocente completa, cuando cada sección de un año o grado, está a cargo de un docente; b) Polidocente multigrado (incompleta): cuando los docentes o, por lo menos, uno de ellos, tiene a su cargo dos o más años o grados de estudio; y c) Unidocente: cuando cuenta sólo con un docente para atender todos los años o grados de estudio del nivel o modalidad. Polidocente multigrado Unidocentes - Cada sección cuenta con un docente. - Un docente por lo menos tiene a su cargo 2 o más secciones. - Un docente se hace cargo de todas las secciones.
Art. 16 0 :  Tipos de Instituciones por la gestión Instituciones Educativas Artículo 16 0 .-   Las Instituciones Educativas son públicas o privadas y su funcionamiento es autorizado por la Dirección Regional de Educación correspondiente, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local. Por el tipo de gestión pueden ser: a) Públicas de gestión directa, a cargo de autoridades educativas nombradas o encargadas por el Sector Educación, otros Sectores o Instituciones del Estado. Son gratuitas. En este tipo se encuentran las Instituciones Educativas públicas creadas y sostenidas por el Estado. Los inmuebles y bienes son de propiedad estatal, y el pago de remuneraciones es asumido por el Sector Educación u otro Sector de la Administración Pública que esté a cargo de la Institución Educativa. b) Públicas de gestión privada, a cargo de entidades sin fines de lucro que prestan servicios educativos gratuitos en convenio con el Estado. En este tipo se encuentran las Instituciones Públicas creadas y sostenidas por el Estado que son gestionadas por entidades privadas mediante convenio con el Ministerio de Educación. Los inmuebles y equipos son de propiedad del Estado o de la entidad gestora y las remuneraciones son asumidas por el Estado. c) De gestión privada, a cargo de personas naturales o jurídicas de derecho privado. En este tipo se encuentran las Instituciones Educativas creadas por iniciativa privada. Públicas Por el tipo de gestión se clasifican en: Públicas de gestión privada Privadas ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Sección III Organización de la Institución Educativa
Art. 17 0 :  Órganos de la Institución Educativa polidocente completa Instituciones Educativas públicas polidocentes Artículo 17 0 .-   Las Instituciones Educativas públicas polidocentes completas se organizan de manera flexible teniendo en cuenta los siguientes Órganos:  a) Órgano de Dirección: Dirección y Comité Directivo; b) Órgano de Participación, Concertación y Vigilancia: Consejo Educativo Institucional; c) Órgano de Asesoramiento: Consejo Académico, d) Órgano de Apoyo: Equipo Administrativo. El Ministerio de Educación dictará las normas específicas relativas a la organización de las instituciones y Programas Educativos de acuerdo a las características de cada nivel y modalidad. Se organizan Órgano de Dirección Dirección y Comité Directivo Órgano de Participación, Concertación y VIgilancia Órgano de Asesoramiento Órgano de Apoyo Consejo Educativo Institucional Consejo Académico Equipo Administrativo
Art. 18 0 :  Director El Director  Artículo 18 0 .-   El Director es la máxima autoridad de la Institución Educativa y responsable de la gestión integral. Asume la representación legal. Ejerce su liderazgo basándose en los valores éticos, morales y democráticos. En las Instituciones Educativas públicas es seleccionado por concurso público y designado mediante Resolución Directoral de la Unidad de Gestión Educativa Local. El Ministerio de educación dicta las normas y procedimientos nacionales que rigen los concursos públicos para la selección de los Directores de las Instituciones Educativas públicas de gestión privada. Los directores son designados de acuerdo al convenio suscrito. En las Instituciones Educativas privadas el Reglamento Interno fija la forma de designación del Director, en concordancia con las normas legales vigentes. Es la máxima autoridad de la IIEE. Es el responsable de la gestión integral. Asume la representación legal. Ejerce su liderazgo en base a valores éticos Escuelas públicas Por concurso público. Por concurso público Escuelas privadas Selección Designación Por Resolución Directoral de la UGEL. De acuerdo al convenio (Reglamento Interno)
Art. 19 0 :  Funciones del Director Funciones del Director  Artículo 19 0 .-   Son funciones del Director de la Institución Educativa, además de las establecidas en los Artículos 55 0  y 68 0  de la Ley General de Educación, las siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo. b) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa.  Planificar  Organizar  Dirigir  Ejecutar  Supervisar  Evaluar  Servicio educativo Conducir  Elaboración PEI Ejecución Evaluación PAT Reglamento Interno + +
Art. 19 0 :  Funciones del Director Funciones del Director  Artículo 19 0 .-   c) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. d) Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. e) Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional.  Diseñar  Ejecutar  Evaluar  Proyectos de innovación pedagógica y de gestión  Aprobar  Instrumentos de gestión de la IIE + Proyectos de experimentación Proyectos de investigación + Promover  Presidir  Consejo Educativo Institucional
Art. 19 0 :  Funciones del Director Funciones del Director  Artículo 19 0 .-   f) Establecer en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar adecuándola a las características geográficas, económico-productivas y sociales de la localidad, tendiendo en cuenta las orientaciones regionales, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje en el marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de Educación para el inicio del año escolar.  Geográficas  Consejo Educativo Institucional Establecer  Calendarización de actividades del  Año Escolar De acuerdo a características Coordinar  Económico-productivas  Sociales
Art. 19 0 :  Funciones del Director El Director  Artículo 19 0 .-   g) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de la APAFA. h) Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa. i) Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. j) promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. k) Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar. l) Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. m) Desarrollar acciones de capacitación del personal. n) Otras que se le asigne por norma específica del Sector. Coordinar  Uso de fondos APAFA Estimular  Buen desempeño docente Aplicando estrategias de reconocimiento. Velar  Conservación del mobiliario Realizar  Capacitaciones del personal
Art. 20 0 :  Director de Escuela Unidocente Escuela Unidocente  Artículo 20 0 .-   En la Escuela Unidocente, el profesor de aula asume el cargo y las funciones de Director. Adecua el cumplimiento de sus funciones a los acuerdos tomados en la Red Educativa Institucional a la que pertenece su Institución Educativa y cuenta con el apoyo de aquella para el cumplimiento de sus planes. Profesor de aula Red Educativa Institucional Asume  Cargo de Director De acuerdo a
Material editado por la Unidad de Capacitación en Gestión Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]

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REGLAMENTO DE LA GESTION DEL SISTEMA EDUCATIVO

  • 1. R eglamento d e la G estión del S istema E ducativo Decreto Supremo N 0 009-2005-ED Mayo 2005
  • 3. Art. 1 0 : Finalidad y alcance Reglamento Gestión del Sistema Educativo Se aplica a Instituciones educativas UGEL EB DRE MED IIEE Instancias de Gestión Educativa Descentralizada Programas Educativos públicos Unidad de Gestión Local Dirección Regional de Educación Ministerio de Educación del Perú ETP Artículo 1 0 .- El presente reglamento norma la Gestión del Sistema Educativo, y se aplica a las instancias de Gestión Educativa Descentralizada: Instituciones Educativas y Programas Educativos públicos de los niveles y modalidades de la etapa de Educación Básica y de la Educación Técnico-Productiva; Unidades de Gestión Educativa Local; Direcciones Regionales de Educacíón y Ministerio de Educación. EBR EBA
  • 4. Art. 2 0 : Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Descentralizada Artículo 2 0 .- Las principales características de la gestión del Sistema Educativo son las siguientes: a) Es descentralizada, b) Es simplificada y flexible, c) Es participativa y creativa, d) Está centrada en los procesos de aprendizaje, e) Es formativa, f) Es unitaria, sistémica y eficaz, f) Es integral. Simplificada Flexible Participativa Creativa Centrada en procesos de aprendizaje Formativa Unitaria Sistémica Eficaz Integral
  • 5. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Descentralizada a) Es descentralizada: Porque se realiza en cada instancia de gestión y articula las acciones del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, de acuerdo a las competencias que la ley les asigna, respetando sus autonomías en sus ámbitos de jurisdicción. Se realiza en cada instancia de gestión. Se respeta las autonomías en sus ámbitos de jurisdicción. UGEL EB DRE MED IIEE ETP Se articula
  • 6. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Simplificada y flexible b) Es simplificada y flexible: Porque favorece la fluidez de los procesos y procedimientos de trabajo y permite que el sistema educativo se adapte a la diversidad de necesidades de aprendizaje y socialización de los estudiantes de todas las regiones. Favorece la fluidez Permite adaptación - Procesos - Procedimientos - A la diversidad de aprendizajes - A la socialización
  • 7. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Participativa y creativa c) Es participativa y creativa: Porque la sociedad interviene en forma organizada, democrática e innovadora en la planificación, organización, seguimiento y evaluación de la gestión en cada una de las instancias de gestión descentralizada del sistema educativo, por intermedio de su respectivo Consejo Educativo Institucional (CONEI), Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE) y otras organizaciones de la comunidad educativa. - Organizadamente - Democráticamente - Innovadoramente Sociedad participa CONEI COPALE COPARE Planificación Organización Seguimiento Evaluación
  • 8. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Formativa e) Es formativa: Porque contribuye al desarrollo de los integrantes de la comunidad educativa y se basa en la comunicación y transparencia. Contribuye al desarrollo Comunidad educativa Alumnos Docentes Padres de familia Director
  • 9. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Unitaria, sistémica y eficaz f) Es unitaria, sistémica y eficaz: Porque la gestión de cada instancia se articula con las otras y tiende al logro de sus objetivos. Unidad de Gestión Educativa Local MED IIEE UGEL DRE Direcciones Regionales de Educación Ministerio de Educación del Perú OBJETIVOS
  • 10. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Integral g) Es integral: Porque comprende las dimensiones pedagógica, institucional y administrativa de la gestión educativa. Comprende dimensiones Pedagógica Institucional Administrativa
  • 11. Art. 3 0 : Gratuidad en las instituciones y Programas Educativos públicos Instituciones y Programas Educativos públicos La educación Artículo 3 0 .- La educación en las Instituciones y Programas Educativos públicos, en todas sus modalidades y niveles, es gratuita. La matrícula y permanencia en ellas no está sujeta al cobro de cuotas o aportes por conceptos de matrícula, cuotas de la Asociación de Padres de Familia u otros conceptos. La matrícula es gratuita No existen pagos por concepto de Asociación de Padres de Familia u otros conceptos.
  • 12. Art. 4 0 : Programas complementarios gratuitos Instituciones Educativas Inicial Se brinda Programas complementarios Alimentación Salud Materiales educativos Primaria UGEL DRE MED IIEE Coordinaciones intersectoriales + Gobierno Local Artículo 4 0 .- En las instituciones Educativas de los niveles de Inicial y Primaria, se brinda programas complementarios de alimentación, salud y entrega de materiales educativos en forma gratuita. Es responsabilidad del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local, realizar coordinaciones con los demás Ministerios e Instituciones públicas, para que esta función se cumpla con carácter intersectorial, con apoyo de los Gobiernos Locales. Los servicios complementarios proporcionados por el Estado a los estudiantes de las Instituciones Educativas públicas son organizados y supervisados por los Directores de las Instituciones o Programas Educativos públicos. Otros
  • 13. Art. 5 0 : Programas complementarios gratuitos Instituciones Y Programas Educativos Actualizan la información sobre la realidad de los estudiantes. Artículo 5 0 .- Las Instituciones y Programas Educativos, Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación actualizan permanentemente la información sobre la realidad de los estudiantes e identifican situaciones de inequidad educativa por razones de cultura, género, religión, opinión, condición económica, o de cualquier otra índole, elaborando y desarrollando estrategias intersectoriales que permitan superarlas. Las instituciones y Programas Educativos contarán con su proyecto curricular de centro, procesos pedagógicos definidos, materiales educativos y programas de capacitación permanente del docente, adecuados a sus necesidades y a las características diversas de los alumnos, orientados a la mejora de la calidad de la educación. Las Instituciones Educativas unidocentes y polidocentes multigrado, ubicadas principalmente en áreas rurales y zonas de frontera, tienen prioridad en la asignación de recursos para la atención de sus requerimientos en infraestructura, equipamiento, capacitación, materiales educativos y recursos tecnológicos, en función de su Proyecto Educativo Institucional. DRE MED IIEE UGEL Identifican situaciones de inequidad educativa Elaboran y desarrollan estrategias intersectoriales. Cuentan con su Proyecto Curricular de Centro, materiales educativos, etc. Las IIEE unidocentes y polidocentes multigrado ubicadas en áreas rurales y zonas de frontera, tienen prioridad.
  • 14. Art. 6 0 : Inclusión Instancias de Gestión educativa descentralizada Incluyen a estudiantes Artículo 6 0 .- Los estudiantes con discapacidades sensoriales, intelectuales, motrices y quienes presentan talento y superdotación son incluídos, de acuerdo a metas anuales, en las Instituciones Educativas. Las instancias de gestión educativa descentralizada priorizan medidas de accesibilidad física, códigos y formas de comunicación, diversificación curricular, provisión de recursos específicos, capacitación docente para la atención de la diversidad, y propician un clima de tolerancia que permita incluir gradual y progresivamente en ellas a las personas con necesidades educativas especiales. Priorizan medidas Propician un clima de tolerancia. Discapacidades sensoriales, intelectuales y motrices Talento o superdotación. Accesibilidad física. Códigos y formas de comunicación Diversificación curricular Provisión de recursos Capacitación docente
  • 15. Art. 9 0 : Transparencia en la gestión educativa Instancias de Gestión educativa descentralizada Desarrollan una gestión educativa transparente. Artículo 9 0 .- Las Instituciones Educativas, las Unidades de Gestión Educativa Local, las Direcciones Regionales de Educación y el Ministerio de Educación desarrollan una gestión educativa transparente, en concordancia con el código de ética de la función pública, teniendo en cuenta lo siguiente: a) La capacitación sobre gestión y ética pública para docentes y empleados públicos. b) La publicación a través de la página web, pizarras o carteles, de las plazas presupuestadas vacantes de las Instituciones y Programas Educativos públicos al inicio del año, para ser cubiertas por contrato, previa selección mediante concurso público. c) La evaluación sistemática, objetiva, integral y permanente del personal. e) La publicación en las instituciones o Programas Educativos, sobre la captación, uso y estado de cuenta de los recursos propios. f) Las medidas de simplificación de procedimientos y tiempo de duración de los mismos. g) La transparencia en las contrataciones o nombramientos de personal administrativo y docente de su jurisdicción, así como en las contrataciones y adquisiciones estatales. Concuerdan con el código de ética de la función pública. Capacitación sobre gestión Publicación de plazas presupuestales vacantes Evaluación sistemática del personal. Uso de simplificación administrativa Transparencia en las contrataciones.
  • 16. Art. 10 0 : Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Instituciones y programas de Educación Básica Coordinan a) Las instituciones y programas de Educación Básica: Las instituciones y Programas Educativos coordinan con los gobiernos locales (provinciales, distritales y de centros poblados creados conforme a la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades), e instituciones de la comunidad local para elevar la calidad de los servicios educativos y favorecer el desarrollo integral de los estudiantes. Gobiernos locales Gobiernos de centros poblados Instituciones de la comunidad Elevar la calidad educativa
  • 17. Art. 10 0 : Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Centros de Educación Técnico- Productiva Coordinan b) Los Centros de Educación Técnico-Productiva: Los Centros y Programas de Educación Técnico-Productiva realizan convenios con el Sector Trabajo y Promoción del Empleo, Sector Producción, Instituciones Educativas públicas y privadas, organizaciones de diversos tipos, gobiernos regionales y locales, asi como alianzas estratégicas con empresas para coadyuvar tanto en la formación técnica de los estudiantes como en su inserción en el mercado laboral. Sector Trabajo y Promoción del Empleo Sector Producción Instituciones Educativas Coadyuvar la formación técnica de los estudiantes Organizaciones de la comunidad Gobiernos locales Insertar a los estudiants en el mercado laboral
  • 18. Art. 10 0 : Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Las Unidades de Gestión Educativa Local Coordinan c) Las Unidades de Gestión Educativa Local: Las Unidades de Gestión Educativa Local realizan una planificación concertada con los gobiernos locales para lograr una educación de calidad y equidad en su ámbito, optimizar el uso de los recursos y evitar la duplicidad de esfuerzos. Celebran convenios con las Municipalidades, sectores sociales y económico productivos, instituciones públicas y privadas, para mejorar el servicio educativo. Remiten oportunamente sus Proyectos Educativos Locales a la Dirección Regional de Educación para la elaboración del Proyecto Educativo Regional. Sectores económicos productivos Instituciones públicas y privadas Educación de calidad y equidad Organizaciones de la comunidad Gobiernos locales Optimizar recursos Remiten PEL a la DRE
  • 19. Art. 10 0 : Coordinaciones y Articulaciones Intersectoriales Las Direcciones Regionales de Educación d) Las Direcciones Regionales de Educación: Las Direcciones Regionales de Educación como órganos especializados del Gobierno Regional, coordinan permanentemente con el Ministerio de Educación y suscriben acuerdos y convenios con los sectores sociales y económico-productivos para mejorar el servicio educativo. Dependen técnica y normativamente del Ministerio de Educación. Entregan oportunamente al Ministerio de Educación y al Consejo Nacional de Educación los Proyectos Educativos Regionales con el fin de que se tengan en cuenta en la elaboración del Plan Operativo del Ministerio de Educación y del Proyecto Educativo Nacional. Sectores sociales, económicos-productivos Suscripción de convenios Organizaciones de la comunidad Ministerio de Educación Coordinan Remiten PER al MED y al Consejo Nacional de Educación, para elaboración del POA del MED y el PEN.
  • 20. Sección II Instancias de Gestión Educativa Descentralizada
  • 21. Art. 11 0 : Institución educativa La Institución Educativa Artículo 11 0 .- La Institución Educativa, primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, es una comunidad de aprendizaje y enseñanza, que presta el servicio educativo dentro de determinado nivel, modalidad o ciclo del sistema. En ella se toman decisiones orientadas a mejorar los aprendizajes de todos los estudiantes, siguiendo los lineamientos de política y normas nacionales, regionales y locales incorporados en su Proyecto Educativo Institucional. Tiene autonomía en la ejecución y evaluación del servicio educativo, en la elaboración de Proyecto Curricular de Centro y en la calendarización del año lectivo, dentro del marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno, está atenta a sus necesidades y apoya propuestas de desarrollo local. Es la principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. Ejecución y evaluación del servicio educativo. En ella se toman decisiones siguiendo lineamientos políticos y las normas nacionales, regionales, locales, incorporados en su PEI. Definición Importancia Funciones Calendarización del año lectivo. Elaboración del PCC.
  • 22. Art. 12 0 : Objetivos La Institución Educativa Artículo 12 0 .- Son objetivos de la Institución Educativa o Programa público o privado: a) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas; b) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad; c) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida; d) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional; e) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones; f) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitanto la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio de autoridad; g) Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica o Técnico-Productiva, en las Instituciones y Programas Educativos públicos; h) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal. Educación de calidad Sociedad democrática, justa, inclusiva Formación integral Uso de las TIC Participación de Padres de familia Clima institucional Sistema de educación descentralizado
  • 23. Art. 13 0 : Ámbito de la Institución Educativa Instituciones Educativas Educación Básica Educación Técnico - Productiva Artículo 13 0 .- La Institución Educativa comprende a los centros de Educación Básica, los de Educación Técnico-Productiva y las instituciones de Educación Superior. Educación Superior
  • 24. Art. 14 0 : Uso de las instalaciones Instituciones Educativas Facilita sus instalaciones a organismos de su entorno (*) Evento educativo Artículo 14 0 .- La Institución Educativa puede facilitar sus instalaciones a otros organismos de su entorno para el desarrollo de actividades de carácter educativo, cultural y recreativo, preservando los fines y objetivos institucionales, la conservación del local y equipamiento, sin afectar el servicio educativo. Evento cultural Evento recreativo (* Sin afectar el servicio educativo)
  • 25. Art. 15 0 : Tipos de Instituciones Educativas por el número de docentes Instituciones Educativas Polidocentes Por el n 0 de docentes se clasifican en: Artículo 15 0 .- Las Instituciones Educativas, de acuerdo al número de docentes que tiene para atender el servicio educativo, se clasifican de la siguiente manera: a) Polidocente completa, cuando cada sección de un año o grado, está a cargo de un docente; b) Polidocente multigrado (incompleta): cuando los docentes o, por lo menos, uno de ellos, tiene a su cargo dos o más años o grados de estudio; y c) Unidocente: cuando cuenta sólo con un docente para atender todos los años o grados de estudio del nivel o modalidad. Polidocente multigrado Unidocentes - Cada sección cuenta con un docente. - Un docente por lo menos tiene a su cargo 2 o más secciones. - Un docente se hace cargo de todas las secciones.
  • 26.
  • 27. Sección III Organización de la Institución Educativa
  • 28. Art. 17 0 : Órganos de la Institución Educativa polidocente completa Instituciones Educativas públicas polidocentes Artículo 17 0 .- Las Instituciones Educativas públicas polidocentes completas se organizan de manera flexible teniendo en cuenta los siguientes Órganos: a) Órgano de Dirección: Dirección y Comité Directivo; b) Órgano de Participación, Concertación y Vigilancia: Consejo Educativo Institucional; c) Órgano de Asesoramiento: Consejo Académico, d) Órgano de Apoyo: Equipo Administrativo. El Ministerio de Educación dictará las normas específicas relativas a la organización de las instituciones y Programas Educativos de acuerdo a las características de cada nivel y modalidad. Se organizan Órgano de Dirección Dirección y Comité Directivo Órgano de Participación, Concertación y VIgilancia Órgano de Asesoramiento Órgano de Apoyo Consejo Educativo Institucional Consejo Académico Equipo Administrativo
  • 29. Art. 18 0 : Director El Director Artículo 18 0 .- El Director es la máxima autoridad de la Institución Educativa y responsable de la gestión integral. Asume la representación legal. Ejerce su liderazgo basándose en los valores éticos, morales y democráticos. En las Instituciones Educativas públicas es seleccionado por concurso público y designado mediante Resolución Directoral de la Unidad de Gestión Educativa Local. El Ministerio de educación dicta las normas y procedimientos nacionales que rigen los concursos públicos para la selección de los Directores de las Instituciones Educativas públicas de gestión privada. Los directores son designados de acuerdo al convenio suscrito. En las Instituciones Educativas privadas el Reglamento Interno fija la forma de designación del Director, en concordancia con las normas legales vigentes. Es la máxima autoridad de la IIEE. Es el responsable de la gestión integral. Asume la representación legal. Ejerce su liderazgo en base a valores éticos Escuelas públicas Por concurso público. Por concurso público Escuelas privadas Selección Designación Por Resolución Directoral de la UGEL. De acuerdo al convenio (Reglamento Interno)
  • 30. Art. 19 0 : Funciones del Director Funciones del Director Artículo 19 0 .- Son funciones del Director de la Institución Educativa, además de las establecidas en los Artículos 55 0 y 68 0 de la Ley General de Educación, las siguientes: a) Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo. b) Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa. Planificar Organizar Dirigir Ejecutar Supervisar Evaluar Servicio educativo Conducir Elaboración PEI Ejecución Evaluación PAT Reglamento Interno + +
  • 31. Art. 19 0 : Funciones del Director Funciones del Director Artículo 19 0 .- c) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. d) Aprobar por Resolución Directoral, los instrumentos de gestión de la Institución Educativa. e) Promover y presidir el Consejo Educativo Institucional. Diseñar Ejecutar Evaluar Proyectos de innovación pedagógica y de gestión Aprobar Instrumentos de gestión de la IIE + Proyectos de experimentación Proyectos de investigación + Promover Presidir Consejo Educativo Institucional
  • 32. Art. 19 0 : Funciones del Director Funciones del Director Artículo 19 0 .- f) Establecer en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año lectivo, la calendarización del año escolar adecuándola a las características geográficas, económico-productivas y sociales de la localidad, tendiendo en cuenta las orientaciones regionales, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje en el marco de las orientaciones y normas nacionales dictadas por el Ministerio de Educación para el inicio del año escolar. Geográficas Consejo Educativo Institucional Establecer Calendarización de actividades del Año Escolar De acuerdo a características Coordinar Económico-productivas Sociales
  • 33. Art. 19 0 : Funciones del Director El Director Artículo 19 0 .- g) Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo establecido en el Reglamento General de la APAFA. h) Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa. i) Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. j) promover en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento. k) Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donación de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar. l) Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo. m) Desarrollar acciones de capacitación del personal. n) Otras que se le asigne por norma específica del Sector. Coordinar Uso de fondos APAFA Estimular Buen desempeño docente Aplicando estrategias de reconocimiento. Velar Conservación del mobiliario Realizar Capacitaciones del personal
  • 34. Art. 20 0 : Director de Escuela Unidocente Escuela Unidocente Artículo 20 0 .- En la Escuela Unidocente, el profesor de aula asume el cargo y las funciones de Director. Adecua el cumplimiento de sus funciones a los acuerdos tomados en la Red Educativa Institucional a la que pertenece su Institución Educativa y cuenta con el apoyo de aquella para el cumplimiento de sus planes. Profesor de aula Red Educativa Institucional Asume Cargo de Director De acuerdo a
  • 35.