La Constitución, aprobada en 2008, dio plazo de un año para tratar la llamada Ley de Aguas. Seis años después fue aprobada este martes 24 de junio.
En tanto, sectores sociales llevan a cabo una caminata desde el sur del país hasta Quito, en señal de protesta. La Asamblea Nacional de mayoría oficialista aprobó con 103 votos la ley de recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua.
En el texto se incluye la no privatización del agua; el acceso al agua como derecho humano y que el Estado promueva su gestión pública y comunitaria. Además se incorporaron aspectos sobre la conservación de fuentes hídricas, patrimonio y sanciones.
Sin embargo sectores sociales organizados la cuestionan. Sus representantes señalan que están a favor de la elaboración de una ley, pero denuncian que la actual centraliza la administración de este recurso. Los sistemas de riegos en el país son tres: privado, comunal y estatal.
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
Ecuador: Aprobación de Ley de Recursos Hídricos provoca movilización
1. Ecuador: Aprobación de Ley de Recursos Hídricos provoca
movilización
Por ANRed- E (redaccion@anred.org)
Recibido de María Victoria Eraso, corresponsal de Prensa Indígena. 26
de junio.- La Constitución, aprobada en 2008, dio plazo de un año
para tratar la llamada Ley de Aguas. Seis años después fue aprobada
este martes 24 de junio.
En tanto, sectores sociales llevan a cabo una caminata desde el sur
del país hasta Quito, en señal de protesta. La Asamblea Nacional de
mayoría oficialista aprobó con 103 votos la ley de recursos hídricos,
usos y aprovechamiento del agua.
En el texto se incluye la no privatización del agua; el acceso al agua
como derecho humano y que el Estado promueva su gestión pública y
comunitaria. Además se incorporaron aspectos sobre la conservación
de fuentes hídricas, patrimonio y sanciones.
Sin embargo sectores sociales organizados la cuestionan. Sus
representantes señalan que están a favor de la elaboración de una
ley, pero denuncian que la actual centraliza la administración de este
recurso. Los sistemas de riegos en el país son tres: privado, comunal
y estatal.
El comunal beneficia al 83% de usuarios del agua, estos han sido
construidos a lo largo de los años por medio de mingas (formas
colectivas de trabajo) y sustentados por administración comunal, esto
como reacción al abandono histórico de los gobiernos hacia las
necesidades de los campesinos del país.
Sin embargo la ley de aprobada en su artículo 1 señala: “los recursos
hídricos son parte del patrimonio natural del estado y serán de su
competencia exclusiva, la misma que se ejercerá concurrentemente
2. entre el gobierno central y los gobiernos autónomos descentralizados
(municipios)”,
Dejando por fuera a los sistemas comunales quienes garantizaron
hasta hoy su acceso a los agricultores que hacen posible la
producción de alimentos económicos en el país.
La administración comunitaria tiene la particularidad de que aplica
criterios solidarios para su distribución y cobro. Sin embargo a partir
de ahora será la Autoridad única del agua quien regulara la
distribución del recurso cuyos integrantes en su mayoría serán
designados por el ejecutivo.
Otro punto álgido es aquel que refiere a la privatización del agua. El
gobierno señala que la ley garantiza que no se privatizara. Sin
embargo actualmente el 63% del caudal se encuentra en manos del
1% de los beneficiarios.
Intelectuales, indígenas, sectores sociales, estudiantes y otros
actores señalan no se está garantizando el derecho al agua pues esta
ya esta privatizada.
Por ello denuncian que en ella no conste una de las demandas más
fuertes que han empujado las movilizaciones en el país por este tema
(que datan de las luchas indígenas por la reforma agraria de los años
60´y 70) aquel que refiere a garantizar su desprivatización y evitar
su acaparamiento, lo cual implicaría revertir concesiones.
Con su aprobación, la ley de recursos hídricos empata con ley de
seguridad nacional sobre zonas con recursos estratégicos, estos son:
“La energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos
naturales no renovables, el transporte y la refinación de
hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro
radioeléctrico, el agua y los demás que determine la ley”.
La Conaie (Confederación de Nacionalidades y Pueblos Indígenas del
Ecuador) señala que al ser considerada como “recurso estratégico”
ésta queda a merced de los intereses económicos.
De hecho en el artículo 7 de la ley plantea que la iniciativa privada
podrá participar en las actividades de los sectores estratégicos y
servicios públicos del agua.
La aplicación de este artículo que afirma que “el estado se reserva el
derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores
estratégicos… (estos últimos) de decisión y control exclusivo del
estado”, permitió en el 2009 la aprobación de la ley de minería.
(Que estimuló estudios para la delimitación de áreas de explotación
de cobre, plata y oro) y la firma de acuerdos de explotación con
Kinross (2011) y la empresa china Ecuacorriente (2012).
3. Actualmente existen 590 concesiones en el país. El proyecto el
Mirador es uno de los mas grandes, está a cargo de la compañía
Shaolin quien explota varios proyectos en la zona.
La compañía desembolso 1 000 millones de dólares de adelanto por
los cuales el gobierno se comprometió a entregar 96 mil barriles de
petróleo diarios durante dos años; los segundos mil a cambio de 3
600 barriles diarios por cuatro años, reajustables.
A cambio traslada 30% de cobre, 60% de otros minerales (tierras
raras o pesadas que contienen minerales irremplazables para la
elaboración de aparatos electrónicos) y 10% de agua desde Zamora
hasta puerto Bolívar y desde allí a china.
Las cifras muestran que para obtener una tonelada de cobre, se
genera un promedio de 300 toneladas de desechos tóxicos o
contaminantes, demandando entre 30 y 500 mil litros de agua,
dependiendo del yacimiento.
En el caso del oro, las proporciones son más aberrantes: para
producir un anillo de 10 gramos, se produce un promedio de 20
toneladas de desechos y el tratamiento inicial de la roca consume un
promedio de 7 a 8 mil litros de agua.
Aunque el artículo 57 numeral 7 de la constitución señala que la
población tiene derecho a ser consultada “sobre planes y programas
de prospección, explotación y comercialización de recursos no
renovables que se encuentren en sus tierras y que puedan afectarles
ambiental o culturalmente”…
Esta consulta, que fue realizada el año pasado, tuvo un carácter
formal, es decir no fue vinculante, de esta forma las observaciones
hechas a la ley no fueron tomadas en cuenta para su redacción final.
Como respuesta este sábado 21 de junio partió una marcha
denominada por el agua, la dignidad y la vida.
Indígenas, campesinos, trabajadores, ecologistas, estudiantes y otros
sectores caminan desde el sur del país hasta la capital, Quito,
socializando información sobre los impactos de la minería, la
demanda de educación bilingüe, defensa del territorio, la soberanía
alimentaria.
El código de trabajo, la controversia sobre la explotación minera en el
parque nacional Yasuní, entre otros, demandando que el destino de
los recursos del país sea normado y controlados en conjunto con la
sociedad civil•