SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 4
Creative Commons (CC) es una corporación sin fines de lucro orientada a darle al autor
el poder de decidir los límites de uso y explotación de su trabajo en Internet. Fundada
por James Boyle, Michael Carroll y Lawrence Lessig, Creative Commons nació en el
2002 en Estados Unidos, como un proyecto de licencias para trabajos artísticos que no
limitara por completo el uso o reproducción de la obra. En poco tiempo se convirtió en
un proyecto internacional, llegando a España en el 2003 de la mano de la Universidad
de Barcelona, que ofició en la adaptación de las licencias al Estado Español (en
castellano y catalán). A partir de Octubre de 2004, se pusieron a disposición del público
las licencias de CC adaptadas a la legislación sobre propiedad intelectual del Estado
Español.
Algo importante a destacar, es que las licencias de CC no van contra el copyright, sino
que buscan una forma de adaptarlo a los intereses del autor, basándose en el concepto de
propiedad intelectual. Todas las obras creativas quedan automáticamente bajo la
protección de los derechos de copia, y mucha gente prefiere una alternativa que le
permita que su obra esté disponible para usos creativos y un beneficio simbiótico con la
comunidad. Las licencias de CC ayudan a mantener el derecho de autor de una obra, a la
vez que permiten ciertas excepciones bajo ciertas condiciones. En resumen, estas
licencias buscan promocionar la ciencia y las artes aplicadas ayudando a los autores a
ajustar sus derechos de forma precisa para que se adapte a sus preferencia.
Las licencias de CC están inspiradas en la GNU (General Public License – Licencia
General Pública) que se aplica al software, y se orientan a obras educativas, películas,
literatura, música, fotografía y demás trabajos creativos. Todas las Licencias incluyen la
condición de mención o reconocimiento del autor, y van variando en los permisos de
modificación o distribución según la preferencia del autor. De esta manera, un
estudiante que escribe por hobby, puede extender sus ideas por el mundo; una
diseñadora puede ganar reputación distribuyendo sus trabajos por Internet; un músico
puede compartir muestras de sus canciones para interesar a los internautas en sus
trabajos totalmente protegidos; y los ejemplos no tienen fin.
¿Por qué es necesario buscar alternativas al Copyright?. La idea del copyright se generó
para medios físicos, de modo que era posible distinguir el acto privado de usar una obra,
y el público de explotarla. Los derechos nos impedían distribuir un libro, pero no leerlo
en la casa de un familiar o amigo. Los medios digitales, en cambio, no pueden definirse
con la misma claridad. El uso y la reproducción de un archivo pueden ser la misma
cosa, la infracción y lo legal son cuestionables, y una obra digital demasiado protegida,
termina siendo perjudicada. Una licencia CC autoriza el uso de una obra digital sin dejar
de protegerla.
Las licencias de CC se basan en 4 condiciones que pueden combinarse en 6 tipos de
licencias diferentes. Estas son: Reconocimiento (Attribution), No comercial (Non
commercial), Sin Obra Derivada (No derivate Works) y Compartir Igual (Share
alike).
Las combinaciones posibles de Licencias CC son las siguientes:
Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser distribuido,
copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos.
Reconocimiento – Sin obra derivada: El material creado por un artista puede
ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No
se pueden realizar obras derivadas.
Reconocimiento – Sin obra derivada – No comercial: El material creado por
un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en
los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden
realizar obras derivadas.
Reconocimiento – No comercial: El material creado por un artista puede ser
distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se
puede obtener ningún beneficio comercial.
Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: El material creado por un
artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los
créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas
tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
Reconocimiento – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser
distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las
obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el
trabajo original.
El autor simplemente elige la licencia que desea adoptar, y al publicarla en Internet, la
identifica con el símbolo otorgado por CC y adjunta la licencia. La licencia estará
expresada en tres formas:
Common Deeds: es la explicación escrita e iconográfica de la licencia a nivel
“humano”
Legal Code: también a nivel humano, es la lectura jurídica de la licencia
(código legal)
Digital Code: es el código a nivel tecnológico que pueden leer el ordenador y
los buscadores, pudiendo identificar que la obra está licenciada y sus
condiciones de uso.
Una vez que eliges tu licencia, tienes que incluir el botón Creative Commons “algunos
derechos reservados” en tu sitio. Los pasos para establecer tu Licencia son muy
sencillos. Ingresando a la página Escoger Licencia:
1 – Eliges la licencia. Es más fácil de lo que crees. Cuando pinchas sobre “escoger una
licencia” eres llevado a una página donde se te hacen dos sencillas preguntas:
A – ¿Permitir un uso comercial de la obra? Si / No
B – ¿Permitir modificaciones de su obra? Si / Si con misma licencia / No
Y eso es todo, con esas respuestas ya determinas la licencia que deseas.
2 – Copias el código: En la página que sigue a tu elección de la licencia tienes el código
que deberás pegar en tu sitio.
3 – Pegas el código de CC dentro del código de tu sitio (Si usas Dreamweaver o
Frontpage u otro editor, deberás ir a la solapa de vista en código y pegarlo al final del
código, antes de los tags </body></html>)
El código pondrá un botón de CC que enlaza con el Common Deeds, de forma que
todos puedan estar informados de las condiciones de tu licencia. Si la misma es violada,
ahora tienes las bases para defender tus derechos.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsNatalia1690
 
Licencias creative commons
Licencias creative commonsLicencias creative commons
Licencias creative commonsJorge Vivanco
 
Presentación creative commons ppt
Presentación creative commons pptPresentación creative commons ppt
Presentación creative commons pptmartxel22
 
Taller: Creative Commons y Web 2.0
Taller: Creative Commons y Web 2.0Taller: Creative Commons y Web 2.0
Taller: Creative Commons y Web 2.0Mauricio Fino
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsActiva Sistemas
 
Uso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libre
Uso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libreUso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libre
Uso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_librenaviwz
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsDigna González
 
Diplomado web 2.0
Diplomado web 2.0Diplomado web 2.0
Diplomado web 2.0Alexi vidal
 
Licencias creative commons andres
Licencias creative commons andresLicencias creative commons andres
Licencias creative commons andresmedinatoledo
 
Licencias creative commons-slideshare
Licencias creative commons-slideshareLicencias creative commons-slideshare
Licencias creative commons-slideshareangelbmillan
 

Was ist angesagt? (17)

Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Licencias creative commons
Licencias creative commonsLicencias creative commons
Licencias creative commons
 
Presentación creative commons ppt
Presentación creative commons pptPresentación creative commons ppt
Presentación creative commons ppt
 
Taller: Creative Commons y Web 2.0
Taller: Creative Commons y Web 2.0Taller: Creative Commons y Web 2.0
Taller: Creative Commons y Web 2.0
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Derechos de autor
Derechos de autorDerechos de autor
Derechos de autor
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Creative Commons
Creative CommonsCreative Commons
Creative Commons
 
Uso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libre
Uso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libreUso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libre
Uso de mãºsica_e_imã¡genes_con_derechos_de_reproducciã³n_libre
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Diplomado web 2.0
Diplomado web 2.0Diplomado web 2.0
Diplomado web 2.0
 
Licencias creative commons andres
Licencias creative commons andresLicencias creative commons andres
Licencias creative commons andres
 
Licencias creative commons-slideshare
Licencias creative commons-slideshareLicencias creative commons-slideshare
Licencias creative commons-slideshare
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Creative commons
Creative commonsCreative commons
Creative commons
 
Drechos act 5
Drechos act 5Drechos act 5
Drechos act 5
 

Ähnlich wie Creative commons

Creative commons duvan
Creative commons duvanCreative commons duvan
Creative commons duvanmedinatoledo
 
Creative commons duvan
Creative commons duvanCreative commons duvan
Creative commons duvanmedinatoledo
 
Presentación creative commons
Presentación creative commonsPresentación creative commons
Presentación creative commonsmarta mejias
 
Creative commons
Creative commonsCreative commons
Creative commonsLuisa01B2
 
Música e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónMúsica e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónKatty Torres
 
Música e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónMúsica e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónKatty Torres
 
Música e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónMúsica e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónKatty Torres
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commonstobar2010
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsIliana Villalva
 
LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)
LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)
LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)Yudi Pacheco
 

Ähnlich wie Creative commons (20)

Creative Commons
Creative Commons Creative Commons
Creative Commons
 
Creative Commons
Creative CommonsCreative Commons
Creative Commons
 
Creative commons.
Creative commons.Creative commons.
Creative commons.
 
Slideshare
SlideshareSlideshare
Slideshare
 
Creative commons duvan
Creative commons duvanCreative commons duvan
Creative commons duvan
 
Creative commons duvan
Creative commons duvanCreative commons duvan
Creative commons duvan
 
Presentación creative commons
Presentación creative commonsPresentación creative commons
Presentación creative commons
 
Creative commons
Creative commonsCreative commons
Creative commons
 
Música e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónMúsica e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducción
 
Música e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónMúsica e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducción
 
Música e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducciónMúsica e imágenes con derecho de reproducción
Música e imágenes con derecho de reproducción
 
Licencias creative commons
Licencias creative commonsLicencias creative commons
Licencias creative commons
 
Licencias cc
Licencias ccLicencias cc
Licencias cc
 
Licencias cc
Licencias ccLicencias cc
Licencias cc
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Licencias Creative Commons
Licencias Creative CommonsLicencias Creative Commons
Licencias Creative Commons
 
Acerca de creative commons
Acerca de creative commonsAcerca de creative commons
Acerca de creative commons
 
Licencias creative
Licencias creativeLicencias creative
Licencias creative
 
Creative commons
Creative commonsCreative commons
Creative commons
 
LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)
LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)
LICENCIAS CREATIVE COMMONS. (DERECHOS DE AUTOR)
 

Creative commons

  • 1. Creative Commons (CC) es una corporación sin fines de lucro orientada a darle al autor el poder de decidir los límites de uso y explotación de su trabajo en Internet. Fundada por James Boyle, Michael Carroll y Lawrence Lessig, Creative Commons nació en el 2002 en Estados Unidos, como un proyecto de licencias para trabajos artísticos que no limitara por completo el uso o reproducción de la obra. En poco tiempo se convirtió en un proyecto internacional, llegando a España en el 2003 de la mano de la Universidad de Barcelona, que ofició en la adaptación de las licencias al Estado Español (en castellano y catalán). A partir de Octubre de 2004, se pusieron a disposición del público las licencias de CC adaptadas a la legislación sobre propiedad intelectual del Estado Español. Algo importante a destacar, es que las licencias de CC no van contra el copyright, sino que buscan una forma de adaptarlo a los intereses del autor, basándose en el concepto de propiedad intelectual. Todas las obras creativas quedan automáticamente bajo la protección de los derechos de copia, y mucha gente prefiere una alternativa que le permita que su obra esté disponible para usos creativos y un beneficio simbiótico con la comunidad. Las licencias de CC ayudan a mantener el derecho de autor de una obra, a la vez que permiten ciertas excepciones bajo ciertas condiciones. En resumen, estas licencias buscan promocionar la ciencia y las artes aplicadas ayudando a los autores a ajustar sus derechos de forma precisa para que se adapte a sus preferencia. Las licencias de CC están inspiradas en la GNU (General Public License – Licencia General Pública) que se aplica al software, y se orientan a obras educativas, películas, literatura, música, fotografía y demás trabajos creativos. Todas las Licencias incluyen la condición de mención o reconocimiento del autor, y van variando en los permisos de modificación o distribución según la preferencia del autor. De esta manera, un estudiante que escribe por hobby, puede extender sus ideas por el mundo; una diseñadora puede ganar reputación distribuyendo sus trabajos por Internet; un músico puede compartir muestras de sus canciones para interesar a los internautas en sus trabajos totalmente protegidos; y los ejemplos no tienen fin.
  • 2. ¿Por qué es necesario buscar alternativas al Copyright?. La idea del copyright se generó para medios físicos, de modo que era posible distinguir el acto privado de usar una obra, y el público de explotarla. Los derechos nos impedían distribuir un libro, pero no leerlo en la casa de un familiar o amigo. Los medios digitales, en cambio, no pueden definirse con la misma claridad. El uso y la reproducción de un archivo pueden ser la misma cosa, la infracción y lo legal son cuestionables, y una obra digital demasiado protegida, termina siendo perjudicada. Una licencia CC autoriza el uso de una obra digital sin dejar de protegerla. Las licencias de CC se basan en 4 condiciones que pueden combinarse en 6 tipos de licencias diferentes. Estas son: Reconocimiento (Attribution), No comercial (Non commercial), Sin Obra Derivada (No derivate Works) y Compartir Igual (Share alike). Las combinaciones posibles de Licencias CC son las siguientes: Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Reconocimiento – Sin obra derivada: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas. Reconocimiento – Sin obra derivada – No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas. Reconocimiento – No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. Reconocimiento – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original.
  • 3. El autor simplemente elige la licencia que desea adoptar, y al publicarla en Internet, la identifica con el símbolo otorgado por CC y adjunta la licencia. La licencia estará expresada en tres formas: Common Deeds: es la explicación escrita e iconográfica de la licencia a nivel “humano” Legal Code: también a nivel humano, es la lectura jurídica de la licencia (código legal) Digital Code: es el código a nivel tecnológico que pueden leer el ordenador y los buscadores, pudiendo identificar que la obra está licenciada y sus condiciones de uso. Una vez que eliges tu licencia, tienes que incluir el botón Creative Commons “algunos derechos reservados” en tu sitio. Los pasos para establecer tu Licencia son muy sencillos. Ingresando a la página Escoger Licencia: 1 – Eliges la licencia. Es más fácil de lo que crees. Cuando pinchas sobre “escoger una licencia” eres llevado a una página donde se te hacen dos sencillas preguntas: A – ¿Permitir un uso comercial de la obra? Si / No B – ¿Permitir modificaciones de su obra? Si / Si con misma licencia / No Y eso es todo, con esas respuestas ya determinas la licencia que deseas. 2 – Copias el código: En la página que sigue a tu elección de la licencia tienes el código que deberás pegar en tu sitio. 3 – Pegas el código de CC dentro del código de tu sitio (Si usas Dreamweaver o Frontpage u otro editor, deberás ir a la solapa de vista en código y pegarlo al final del código, antes de los tags </body></html>)
  • 4. El código pondrá un botón de CC que enlaza con el Common Deeds, de forma que todos puedan estar informados de las condiciones de tu licencia. Si la misma es violada, ahora tienes las bases para defender tus derechos.