Conozca como sanear la cartera del regimen subsidiado de salud, las contrataciones, fechas de giro, cuando cobrar, y como gestionar las glosas, luego de la ley 1438 de 2011.
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Como cobrar la cartera de salud, contratacion y glosas 2011 consultorsalud
1. LUEGO DE LA LEY 1438
2011
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3. 1. Se terminaron los contratos de aseguramiento en
el RS
2. Giro directo a las EPS-S
3. Giro directo a los prestadores públicos
4. Giro directo a los prestadores privados con
internación
5. Giro directo a los prestadores privados con
atención ambulatoria
6. Trámite de Glosas
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4. BDUA
◦ El centro del control reside en la BASE DE DATOS UNICA DE
AFILIADOS – BDUA, que sigue respondiendo a las resoluciones
2308 y 4712 de 2010 y 2321 de 2011
GUIA PARA LA LIQUIDACION DE PAGOS (GLP)
◦ FTP MPS
REVISION POR EL ET DE LA GUIA – GLP
GUIA DEFINITIVA PARA LA LIQUIDACION DE PAGOS (GDLP)
GIROS
◦ GIRO A LA CUENTA MAESTRA DEL ET (Municipios de + de 100 mil
habitantes). SGP y FOSYGA, donde se suma el Esfuerzo Propio.
◦ GIRO DIRECTO A LAS EPS E IPS (Municipios de - de 100 mil habitantes).
SGP y FOSYGA; El Esfuerzo Propio lo gira el municipio.
HISTORICO DE AFILIADOS PAGADOS EN EL RS: ET
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5. 1. Establece los plazos y reglas para el reporte de
información de las EPS y el registro de las cuentas
de los prestadores.
◦ Formulario de registro de cuenta bancaria
◦ RUT
◦ Original de certificación bancaria
2. Plazos
◦ IPS de naturaleza publica: 15 de julio
◦ IPS privadas o mixtas con hospitalización: hasta el 5 de
septiembre (ago y sep)
◦ IPS privadas o mixtas solo con servicios ambulatorios:
hasta el 5 de noviembre (oct y nov)
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6. 1. Flujo de recursos RS municipios de mas de
100 mil habitantes:
Los municipios y distritos de mas de 100 mil
habitantes deberán realizar el giro correspondiente a
las EPS, en los cinco (5) días hábiles siguientes,
contados a partir de la fecha en que el Ministerio de la
Protección Social, les de a conocer la liquidación
mensual de afiliados, INDEPENDIENTEMENTE del giro
que el Ministerio deba efectuarles con cargo a los
recursos del Fosyga, para garantizar el aseguramiento
del mes correspondiente.
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6
7. 31 DE MARZO DE
2011
LEY 1438 DE 2011 – PAGO INTEGRAL DE
ARTICULO 31 LA NACION A LAS EPS
LEY 1450 DE 2011 – PAGO INTEGRAL DE
ARTICULO 275 LAS EPS A LOS
PRESTADORES Y
•Liquidación de contratos PROVEEDORES
•Pago de Saldos
•Cesión de Créditos
•Cobertura de la nación
Procedimiento
frente a faltantes.
Problemas Soluciones
8. FECHAS DE GIRO A LAS EPS
RESOLUCION
2321 DE
2011
ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SEPT
5 30 30 30 30 ?
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9. ◦ SALUD PUBLICA:
Los gobernadores y alcaldes contratarán las acciones colectivas de salud pública
de su competencia con las redes conformadas en el espacio poblacional
determinado por el municipio. Sujeto a RIPS
◦ POS
La prestación de servidos de salud dentro del SGSSS en salud se hará a través de
las redes integradas de servidos de salud ubicadas en un espacio poblacional
determinado, habilitadas por Departamentos y/o Distritos.
◦ CONTRATACION OBLIGATORIA DEL 60%
Las EPS-S contratarán obligatoria y efectivamente un mínimo porcentual del gasto
en salud con las ESE debidamente habilitadas en el municipio de residencia del
afiliado, siempre y cuando exista allí la correspondiente capacidad resolutiva.
Dicho porcentaje será, como mínimo, el sesenta por ciento (60%). Lo anterior
estará sujeto al cumplimiento de requisitos e indicadores de calidad y resultados,
oferta disponible, indicadores de gestión y tarifas competitivas.
◦ INTERVENTORIA DEL RS
Podrán continuar las empresas que hoy realizan esta labor hasta que la SNS
acredite las nuevas empresas que realizaran la auditoria, con las cuales
contrataran los municipios mediante concurso de méritos.
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10. CONFORME A LA LEY 1122 DE 2007
Articulo 13, Literal d
◦ CAPITA:
◦ Las Entidades Promotoras de Salud EPS de ambos regímenes, pagarán los servicios a
los Prestadores de Servicios de salud habilitados, mes anticipado en un 100% si los
contratos son por capitación.
◦ OTRA MODALIDAD
◦ Si fuesen por otra modalidad, como pago por evento, global prospectivo o grupo
diagnóstico se hará como mínimo un pago anticipado del 50% del valor de la factura,
dentro de los cinco días posteriores a su presentación. En caso de no presentarse
objeción o glosa alguna, el saldo se pagará dentro de los treinta días (30) siguientes
a la presentación de la factura, siempre y cuando haya recibido los recursos del ente
territorial en el caso del régimen subsidiado. De lo contrario, pagará dentro de los
quince (15) días posteriores a la recepción del pago.
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11. GLOSA: EPS-S: 20 días hábiles para formular las glosas.
RESPUESTA: IPS: 15 días hábiles para responder: aceptación
o justificación.
RESULTADO: EPS-S: 10 días hábiles para levantamiento
parcial o total, o dejarla definitiva.
PAGO: Lo valores levantados parcial o totalmente deben ser
cancelados dentro de los 5 días hábiles siguientes.
DESACUERDO: Se acudirá a la SNS a elección del prestador
◦ Facultad de conciliación
◦ Facultad Jurisdiccional
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12. A través de sus cinco divisiones, los expertos
de CONSULTORSALUD te acompañaran en:
◦ Capacitación y entrenamiento sobre la aplicación, retos y
oportunidades de la Ley 1438 de 2011.
◦ Apoyo legal de alianzas, tercerización y fusiones para la
creación de redes integradas de servicios de salud.
◦ Refuncionalización, reforzamiento estructural y diseño
arquitectónico de entidades del sector salud.
◦ Tecnologías para la salud y hospital digital.
◦ info@consultorsalud.com
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14. EL AMOR ES PACIENTE, ES BONDADOSO
EL AMOR NO ES ENVIDIOSO
NI JACTANCIOSO, NI ORGULLOSO
NO SE COMPORTA CON RUDEZA, NO ES EGOISTA
NO SE ENOJA FACILMENTE
NO GUARDA RENCOR
1 Corintios 13: 4