1. Entérese que es el FATCA y evite Problemas:
Si usted o su empresa tienen dinero en los Estados
Unidos y no ha pagado impuestos en México, es
momento de ponerse al corriente y evitar problemas.
2. ¿Qué es el FATCA?
Foreign Account Tax Compliance Act Es una legislación aprobada en los Estados
Unidos en Marzo del 2010, y tiene como objetivo de prevenir la evasión de
impuestos por “personas estadounidenses” mediante el uso de cuentas
financieras mantenidas fuera del territorio de los Estados Unidos y con el fin
de obtener mayores ingresos fiscales.
Esta legislación requiere que las Instituciones Financieras Extranjeras
proporcionen la información al IRS (Internal Revenue Service) acerca de los
ciudadanos estadounidense que tengan cuentas en el extranjero y
proporcionen información sobre los ingresos que reciben.
Con el fin de que estas entidades participen y proporcionen dicha información,
FATCA impone la obligación de practicar una retención del 30 % sobre aquéllos
pagos realizados a las Instituciones Financieras Extranjeras que no firmen un
Acuerdo con el IRS.
3. ¿Sabias que?
El 19 de Noviembre del 2012, México y Estados Unidos firmaron un acuerdo entre la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Departamento del Tesoro y el
Servicios de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en ingles) en la ciudad de Washington
D.C. en el cual se dará un intercambio de información entre ambos países sobre las
cuentas que sus ciudadanos tienen en la otra nación. Para así fortalecer los ingresos
fiscales de cada país.
En este tratado como se menciona anteriormente, si eres persona mexicana y tienes
cuentas en el extranjero en la cual estas recibiendo ingresos, las Instituciones
Financieras Extranjeras proporcionaran al SAT o SCHP, información de tu cuenta para el
cobro de los impuestos correspondientes.
Así también si eres una persona estadounidense y tienes ingresos en Instituciones
Financieras Extranjeras, éstas tendrán que proporcionar información al IRS para los
efectos fiscales correspondientes.
Y que el impuesto de los ingresos que obtengas en la cuenta del país extranjero no será
pagado en ese país sino en el país donde tengas tu residencia fiscal.
4. Información que deberá proporcionar México Información que deberá proporcionar EU
* Nombre. * Nombre.
* Dirección. * Dirección.
* TIN de EU (Número. de Identificación Social). * TIN Mexicano (RFC).
* Número de cuenta o su equivalente funcional. * Número de cuenta o su equivalente funcional.
Nombre y número de identificación de la Institución Financiera de Nombre y número de identificación de la Institución Financiera de México
* *
México Sujeta a Reportar. Sujeta a Reportar.
* Saldo promedio mensual o valor de la cuenta.
Para cuentas en custodia:
Monto bruto total de intereses, dividendos y cualquier otro ingreso
* * Monto bruto de dividendos pagados o acreditados
pagado o acreditado derivado de los activos.
Monto bruto total de los productos de la venta o redención de Monto bruto de otros ingresos siempre y cuando estén sujetos a reportar de
* *
propiedad pagados o acreditados. conformidad con el Código de Rentas Internas de EUA.
Para cuentas de depósito:
* Monto bruto total de intereses pagados o acreditados. * Monto bruto total de intereses pagados.
Para otras cuentas:
* Monto bruto total pagado o acreditado, incluyendo el importe total
de cualesquiera pagos por retención realizados.
5. ¿QUIEN ES CONSIDERADA COMO PERSONA ESTADOUNIDENSE?
Bajo la Ley de Impuestos de los E.U, se le considera estadounidense si usted es:
· Persona que haya nacido en el país, y aunque esté residiendo en otro pero
no ha renunciado a la ciudadanía.
· Persona con la tarjeta verde (Green Card) y tenga la residencia permanente
en los Estados Unidos.
· También si usted va a estar viviendo en el periodo de un año una gran
cantidad de tiempo en los Estados Unidos, se le puede considerar
como persona estadounidense.
· Corporaciones de Estados Unidos, (LLC, INC., sucesiones y fideicomisos se
consideraran como personas estadounidenses).
6. ¿QUIEN ES CONSIDERADA COMO PERSONA MEXICANA?
· El ciudadano mexicano (incluyendo persona nacida en suelo,
embarcación o avión mexicano, de padre o madre mexicana).
· Sociedades Mercantiles creadas bajo las legislaciones mexicanas.
7. Nuestra Firma es especialista en el trámite de visas, green card, residencias en E.U,
de tarjetas ABTC, Global Entry, SENTRI, asimismo la formación de empresas en dicho
país para clientes mexicanos, de igual forma prestamos servicio de contabilidad,
presentación de declaraciones de impuestos federales y estatales de las empresas
americanas e ingeniería fiscal internacional, incluso servicios de domicilio fiscal y
Registered Agent.
Estos servicios sirven de vehículo para el inicio y desarrollo de sus negocios en los
Estados Unidos, utilizando un esquema de asesoría integral especializada. Todo esto
sin necesidad de contratar un servicio externo en los Estados Unidos (evitando
costos de viajes, llamadas, barreras del idioma y cultura, entre otras); evitando
correr riesgos de ser multado por el IRS u otras autoridades, en caso de algún
incumplimiento.
Además, prestamos servicios de representación legal de personas físicas y morales,
actos ante fedatarios públicos, autoridades municipales, estatales y federales, firmas
de contratos, orientación de alto nivel para iniciar operaciones en dicho país vecino;
apertura de cuentas bancarias, entre otros. Quedamos a sus órdenes para resolver
cualquier duda o comentario en relación con el contenido del presente.
8. Contacto:
México
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