Completa guía editada por la Fundación Directa con el apoyo de la Dirección General de Ciudadanía Española en el Exterior para los españoles y descendientes de españoles que residen en el exterior y quieren regresar a España. El objetivo de la guía es facilitar el establecimiento en España de la población joven española que “retorna” desde el extranjero. Para ello, se ofrece información acerca de los trámites y procedimientos generales del retorno, diversos recursos, claves para aprovechar las oportunidades derivadas de su “doble pertenencia”, contactos, datos y mucha más información de interés para estos y estas jóvenes españoles que desean “retornar” a España.
1. guía para
el retorno joven
:
guía para el retorno joven: preparando mi llegada a españa
preparando
mi llegada a espa
ña
Información, cont
de interés para jó
actos, recursos,
venes españoles
datos,…,
y españolas
que desean “reto
rnar” a España
4. 0 PRÓLOGO 4
1 INTRODUCCIÓN 8
2 APRENDIENDO DE MI PASADO EMIGRANTE 12
3 ACERCÁNDOME AL FENÓMENO
DEL RETORNO JOVEN: PRINCIPALES CIFRAS 22
4 PREPARANDO MI RETORNO 30
5 UNA VEZ EN ESPAÑA, (RE)CONOCIENDO ESPAÑA:
COSAS BÁSICAS QUE HE DE SABER 64
6 INFÓRMANDOME SOBRE PROCEDIMIENTOS,
PROGRAMAS Y AYUDAS EN MATERIA DE... 92
7 APROVECHANDO LAS OPORTUNIDADES
EN “DOS ORILLAS” 136
8 SACANDO EL MÁXIMO PROVECHO A LAS TIC 164
9 MI AGENDA DE PUNTOS DE INFORMACIÓN
Y CONTACTOS 178
7. Desde la segunda mitad del siglo XIX, y buena “retornáis” a España no sois tanto los iniciadores
parte del siglo XX, la emigración española ha de la cadena migratoria sino, más bien, sus des-
constituido un fenómeno de carácter político, so- cendientes. Una generación de ‘jóvenes retorna-
cial y económico que ha definido nuestra historia dos’ cuya situación diferencial queremos que sea
y continúa conformando nuestro presente. atendida específicamente.
Prueba de ello son los cerca de millón y medio de Las políticas públicas dirigidas a los españoles de
ciudadanos y ciudadanas españolas que residís segundas y posteriores generaciones en el exte-
en el exterior y cuyos intereses ocupan cada vez rior se han convertido en una de las prioridades
más espacio dentro de la agenda política, tal y de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emi-
como muestra la aprobación en 2006 del Estatu- gración y, por supuesto, de la Dirección General
to de la Ciudadanía Española en el Exterior. de la Ciudadanía Española en el Exterior.
En este contexto, es destacable la corriente conti- En 2007 modificamos los programas de subven-
nua de españoles que regresáis a España, quienes ciones y creamos uno dirigido específicamente a
constituís una comunidad de en torno a 40.000 los jóvenes. Los objetivos que perseguimos son
personas cada año. Para vosotros y vosotras tam- por un lado, facilitar su incorporación a las insti-
bién se han articulado medidas específicas, como tuciones y a los órganos de participación de los
son la Oficina del Retorno y las diversas actuacio- españoles y por otro, contribuir a la mejora de su
nes que se realizan desde las regiones españolas. inserción profesional.
Dentro de esta comunidad la presencia de jóve- Desde entonces hemos apoyado numerosos
nes va en aumento, evidenciando que quienes proyectos y actuaciones que han cristalizado en
8. un potente movimiento que se está extendiendo resolver vuestras necesidades con la mayor calidad
y consolidando por todos los países, y sobre todo de resultados y en el menor espacio de tiempo.
en el continente americano.
Señalar finalmente que, en este sentido, la Dirección
La presente guía es una muestra del impulso que General de Ciudadanía Española en el Exterior prose-
por parte de esta Dirección General se quiere res- guirá con su labor de apoyo a las entidades y aso-
tar a las iniciativas que tengan por objeto mejorar ciaciones que trabajan sobre el terreno para lograr el
la situación de nuestros jóvenes residentes en el máximo reconocimiento de la ciudadanía española en
exterior y, en este caso, de aquéllos y aquéllas el exterior y la mayor integración de quienes retor-
que decidís venir a vivir a España. náis. Sabiendo a ciencia cierta que los jóvenes sois el
principal activo para construir el presente y el futuro de
Deseamos sinceramente que toda la información nuestro país, ya sea dentro o fuera de España.
contenida en esta guía –de carácter muy práctico-
os resulte una herramienta útil para arrancar con
éxito vuestro nuevo proyecto de vida en España.
Somos conscientes de que los temas que tenéis
que abordar ahora son diversos y complejos, ya se
trate de buscar vivienda o trabajo, homologar títulos
o emprender negocios, escolarizar a los hijos o dis-
frutar de la oferta cultural; son muchos frentes a la
vez y, por esta razón, de cada uno de ellos la pre- Agustín Torres Herrero
Director General de Ciudadanía Española en el Exterior
sente publicación se ha propuesto aportar un mapa
Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración
rápido de información y recursos que os ayude a - Ministerio de Trabajo e Inmigración -
7//
11. ¿qué vOY A encOntrAr ¿qué vAs A encOntrAr en estA guíA?
en estA guíA? La Guía contiene ocho capítulos donde podrás
encontrar información relativa a:
¿A quién vA dirigidA? Capítulo 2. Aprendiendo de mi pasado
Esta Guía va dirigida a la juventud española emigrante. Breve recorrido sobre la historia y
residente en el exterior que deseáis venir a vivir a pasado emigrante de los españoles y españolas
España tras un periodo prolongado de residencia que ayudan a ubicar tu proceso vital en un contex-
en otro país o, incluso, si nunca has residido en to más amplio. Una historia y pasado emigrante
España. cargado de lecciones que hoy pueden ayudarte en
tu proceso.
También te puede ser de utilidad si te encuentras Capítulo 3. Acercándome al fenómeno del retorno
en los primeros momentos de estancia aquí. joven: principales cifras. Porque el fenómeno del
“retorno joven” es muy amplio y actual, y porque tú
ObjetivO ahora formas parte de ese proceso, te acercamos
El objetivo de esta Guía es proporcionarte infor- algunas claves sobre el mismo.
mación de utilidad que te ayude a preparar el Capítulo 4. Preparando mi retorno. Un recorri-
viaje como joven español o española “retornada”, do por los trámites y gestiones más importantes
así como acerca de otros aspectos que faciliten tu que has de conocer antes de viajar a España y
integración y primeros momentos en España. una vez aquí.
//10
12. Dirección General de la Ciudadanía Española Fundación Directa
en el Exterior (Ministerio de Trabajo e Inmigración) www.fundaciondirecta.org
www.ciudadaniaexterior.mtin.es
Capítulo 5. Una vez en España (re)conociendo Capítulo 8. Sacando el máximo provecho a
España: cosas básicas que he de saber. Aunque las TIC. Las TIC (Tecnologías de la Información
quizás ya te suenen, en este capítulo propor- y la Comunicación) te resultarán grandes aliadas
cionamos información práctica en relación al en este proceso que inicias o has iniciado. Por
contexto demográfico, político, social, económico, eso, te transmitimos algunos trucos y claves para
cultural... de España. sacarles el máximo provecho.
Capítulo 6. Informándome sobre procedimien-
tos, programas y ayudas. En este capítulo te Capítulo 9. Mi agenda de puntos de información
acercamos alguna información sobre los sistemas, y contactos. En este último capítulo resumimos,
trámites, programas, ayudas,…, en ámbitos tan re- finalmente, los sitios y referencias web de entida-
levantes como la educación, el empleo, la sanidad, des relacionadas con el retorno y la juventud que
los servicios sociales y la juventud en España. puedan servirte de ayuda.
Capítulo 7. Aprovechando las oportunidades
en ‘dos orillas’. Tu condición de doble perte- ¿quién hA pArticipAdO en su
nencia a dos países y sociedades puede ser una elAbOrAción?
importante fuente de oportunidades. En este Esta Guía ha sido elaborada por Fundación Directa
capítulo te indicamos algunas de carácter laboral gracias a la subvención concedida por la Dirección
y empresarial. General de la Ciudadanía Española en el Exterior
(Ministerio de Trabajo en Inmigración) en el marco
del “Programa de proyectos e investigación”.
11//
16. Se calcula que sólo hacia
América emigraron más de
cuatro millones de españoles
y españolas, mientras que a
ESPAÑA, UN PAíS DE TRADICIÓN Europa marcharon algo más
EMIGRANTE de un millón trescientos mil.
Ahora que inicias tu viaje hacia España, además Motivaciones y situaciones muy diversas estuvie-
de facilitarte información práctica que te ayude ron detrás del inicio de esos proyectos en nuevos
en tu proceso de instalación e integración aquí, países. Pero en casi todos los casos la búsqueda
deseamos transmitirte, en primer lugar, que for- de nuevos horizontes, la necesidad de labrarse
mas parte de una comunidad muy amplia: la de un futuro mejor o el deseo de progresar, fueron
españoles y españolas en el exterior. objetivos compartidos. ¿Acaso no son estas moti-
vaciones muy parecidas a las tuyas?
Y es que España ha sido, hasta hace muy poco,
un país de tradición emigrante. Durante el Nuestro pasado emigrante forma parte de un círculo
siglo XIX y buena parte del XX fueron muchos mucho más grande de partidas y retornos de perso-
los españoles y españolas que decidieron emi- nas de todas las procedencias del mundo que en un
grar a otros países o se vieron en la obligación momento de sus vidas han decidido dejarlo todo y
de buscar exilio fuera de las fronteras españolas. probar a construir una vida mejor en otro país.
Dentro de esta realidad, América Latina y Euro-
pa se convirtieron en el principal destino para los Una experiencia de nuestros antepasados –bis-
millones de personas que migraron durante este abuelos, abuelas, tíos, padres y madres-
periodo. que nos dejan un gran legado de lecciones.
15//
17. Actualmente eres tú quien inicia CUÁNDO, POR QUé Y DÓNDE
el camino de vuelta y quizás es- NOS FUIMOS
tas reflexiones puedan ayudarte Las causas que animaron a nuestros antepasados
a comprender mejor tu pasado a emigrar, como podrás imaginar, fueron muy varia-
y también tu presente. das y complejas, dependiendo de la época y de la
situación social y política tenían más peso unas u
otras.
ESQUEMÁTICAMENTE PODRíA QUEDAR RESU-
MIDO DEL SIGUIENTE MODO:
La historia de la emigración española de los
siglos XIX y XX finalmente dejó dibujado el si-
guiente mapa.
//16
18. lA eMigrAción en MAsA A ultrAMAr: 1882 - 1935
CAUSAS EMIGRANTES DESTINOS PRINCIPALES
Hombres
Jóvenes
· Escaso desarrollo industrial
Solteros Latinoamérica
· Servicio militar de tres años
Agricultores
Regiones menos industrializadas
lA eMigrAción pOlíticA: 1936-1945
CAUSAS EMIGRANTES DESTINOS PRINCIPALES
Hombres y mujeres
Varios grupos de edad
Latinoamérica (México)
· Consecuencias políticas Guerra Civil Solteros y familias
Europa (Francia y Portugal)
Variado perfil profesional
Todas las regiones
lA eMigrAción ecOnóMicA: 1946-1958
CAUSAS EMIGRANTES DESTINOS PRINCIPALES
Familias
· Persecución política Obreros industriales y amas de casa
Latinoamérica (México)
· Economía de posguerra Regiones tradición emigrante
(Canarias, Galicia)
lA eMigrAción en MAsA A ultrAMAr: 1882 - 1935
CAUSAS EMIGRANTES DESTINOS PRINCIPALES
· Excedente mano de obra en España Hombres
· Desarrollo económico Europa Occidental Jóvenes Europa Occidental (RFA, Francia,
Obreros industriales y agricultores Bélgica, Suiza, Inglaterra)
· Oferta de trabajo (mayor y menor
remunerada) Todas las regiones españolas
17//
19. QUé HEMOS APRENDIDO: ALGU-
NAS LECCIONES QUE PUEDEN
SERVIRME
La aventura de la emigración ha dejado una huella
en nuestro pasado que aún pervive. Nuestros
abuelos, abuelas, progenitores y otros familiares;
hicieron en su día un viaje buscando una vida mejor
no exenta de dificultades.
No obstante, esta aventura también nos ha en-
señado que se puede salir adelante, que puede
merecer la pena cambiar de vida, que la expe-
riencia puede ser provechosa.
En definitiva…
//18
20. FACTORES POSIBLES DIFICULTADES POSIBLES OPORTUNIDADES
Tenemos que integrarnos en una sociedad que nos
Sociales
Tenemos una historia común heredada de nuestros
considera “extranjeros” a pesar de nuestra nacionali-
antepasados.
dad española.
Administrativos
Nuestra nacionalidad española no nos asegura Las leyes y el funcionamiento de las instituciones
que no encontremos dificultades con los trámites no son algo estático sino que están al servicio de
y legislación una vez en España. la ciudadanía.
Tendremos que salir adelante lejos de nuestros
Personales
seres queridos y superar las dificultades apoyán- Hay gente dispuesta a echar una mano en todas par-
donos en personas que al principio nos resultarán tes y no somos tan diferentes unas de otras.
desconocidas.
El mundo cada vez está más interconectado y cada
Culturales
día las culturas nos son más familiares. Además,
Será necesario entender ciertas costumbres
seguramente no partes de cero, pues muchas de las
que en ocasiones nos resultarán extrañas.
costumbres españolas te habrán sido transmitidas
desde tu infancia.
19//
21. PARA SABER MÁS DE MI PASADO EMIGRANTE
¿Quieres saber más sobre tu pasado emigrante? Te indicamos a continuación algunos enlaces de museos y
centros de estudios relacionados con la emigración española en el pasado reciente.
MigraVentura - La España que emigró a América
www.migraventura.net
Fundación Archivo de Indianos – Museo de la Emigración (Asturias, España)
www.archivodeindianos.es/portada_intro.html Quinta Guadalupe, 33590 Colombres, Oviedo // Tel. 985 412 005
Museo del Emigrante Canario (Canarias, España)
No tiene web propia, pero se puede encontrar algo de información en:
ociolanzarote.com/espacios-culturales/museo-el-emigrante
Montaña de Guanapay s/n 35530 Teguise, Las Palmas // Tel. 928 845 001 / 928 845 072
Museo del Pueblo de Asturias
No tiene página propia, pero se puede encontrar abundante información sobre el museo en:
museos.gijon.es/index.asp?MP=4&MS=22&MN=3 Paseo del Doctor Fleming, 877. 33203 Gijón // Tel. 985 182 960
Museo de América (Madrid, España)
museodeamerica.mcu.es/index.html Avenida Reyes Católicos, 6 28040 Madrid // Tel. 914 592 641 / 915 439 437
Centro de Estudios y Recursos de la Memoria de las migraciones en Aragón
www.memoriadelasmigracionesdearagon.com Aún no tienen museo físico, estará construido próximamente.
//20
25. Según los últimos datos del Padrón de Espa-
ñoles Residentes en el Extranjero (PERE), la
población de españoles y españolas residentes
en el exterior es de 1.471.691 personas, de las
cuales:
Un 54% reside en Latinoamérica (sobre todo
Argentina, Venezuela, Brasil y México).
Un 30% en la Unión Europea (en Francia y
Alemania principalmente).
El resto residen en otros países como Suiza
(87.670 personas), Estados Unidos (66.979)
o Canadá (9.612), siguiendo en número el res-
to de países de Europa, África y Asia.
lA cOMunidAd de espAñOles
Y espAñOlAs en el exteriOr
Hoy la prueba más contundente de nuestra historia
y tradición emigrante es la amplia comunidad de
ciudadanos y ciudadanas españolas que continúan
residiendo en el extranjero, a la que se han unido
los y las emigrantes más recientes (personal cien-
tífico, profesionales de multinacionales, estudiantes,
cooperantes, trabajadores temporeros…).
8%
30%
8% Unión Europea
54%
Resto de Europa
FIGURA 1. Distribución de la población española resi- América Latina
dente en el extranjero por región de residencia.
Resto del mundo
Fuente: Datos a 01/01/2009. PERE. INE.
//24
26. • El volumen anual de retorno a España se
sitúa en torno a unas 40.000 personas.
• En los últimos diez años han retornado
a España más de 350.000 españoles y
españolas residentes en el extranjero.
cuántOs Y cuántAs
regresAn A espAñA
Pero, al mismo tiempo, otra evidencia que pone de De hecho, la cifra se ha ido incrementando año tras
relieve nuestro pasado emigrante es el fenómeno año hasta multiplicarse por dos de manera que, si en
constante de retornados y retornadas españolas 1997 fueron unas 14.000 las mujeres y hombres
que regresan a España, un fenómeno del que que retornaron, en el año 2007 la cifra alcanzó las
AHORA TÚ FORMAS PARTE. casi 38.000 personas.
4665
3196 3299
2725
2417 2435
2318
1052 1063 1088 1157
Alemania Francia Reino Andorra Suiza Argentina Brasil Cuba EE.UU Venezuela China
Unido
Figura 2. Volumen de españoles retornados según principales países. Fuente: Estadística de Variaciones Residenciales. Año 2007. INE
25//
27. el fenóMenO
del retOrnO jOven
Pero lo más curioso del retorno de la población es- Y aunque las estadísticas no permitan inferirlo,
pañola es su progresivo “rejuvenecimiento”. Quie- muy probablemente se trate de jóvenes que vie-
nes están regresando a España ya no son tanto nen a residir a España por primera vez y que, por
aquellos que iniciaron la cadena migratoria sino, tanto, más que ‘retornados’ constituyan un colecti-
más bien, sus descendientes: biznietos y biznietas, vo de nuevos inmigrantes con pasaporte español:
nietos, nietas, hijos e hijas. jóvenes que no nacieron en España pero que son
españoles. ¿ES ESTE TU CASO?
65 años o más
LA SAGA DE LA EMIGRACIÓN ES QUIEN
De 35 a 65 años “REGRESA”…
• Más del 50% de la población de espa-
ñoles retornados tiene menos de 35 años.
Hasta 35 años
• La inmensa mayoría, más del 70%, son
jóvenes que han nacido en el país desde
donde ‘retornan’.
FIGURA 3. Población retornada según grupos de edad.
Fuente: Estadística de Variaciones Residenciales. Año 2006. INE.
//26
28. Nacido/a en el extranjero
Nacido/a en España
Asia y Oceanía
América del Norte
América Látina
África
Resto de Europa
Unión Europea
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
FIGURA 4. Población retornada menor de 35 años según región de procedencia y lugar de nacimiento.
Fuente: Censo de Población y Viviendas.. Año 2001. INE.
27//
29. perfil tipO del retOrnAdO jOven Y de sus MOtivAciOnes
de venir A espAñA. Fuente: “EL RETORNO JOVEN: nuevas realidades, nuevas oportunidades”
• País de nacimiento: nacido en el mismo país cimiento económico y oportunidades laborales-
desde donde se produce la salida a España. formativas: Madrid, Cataluña y la Comunidad
Valenciana concentran el 57% del retorno joven.
• Nivel educativo y económico: nivel educativo Canarias y Galicia, destinos importantes para el
superior y económico medio-alto. conjunto de retornados, sólo son regiones de
destino para el 6% de los jóvenes.
• Estado civil: sin pareja, casado o viajan acom-
pañados de sus familias (cónyuges e hijos y, en • Proyecto migratorio: el proyecto migratorio se
menor proporción, de sus progenitores). prepara desde la perspectiva de residencia defini-
tiva en España, especialmente entre aquellos cuya
• Motivos de viaje a España: el perfeccionamien- motivación esencial es la mejora profesional o el
to de su preparación académica, la mejora profe- disfrute de un mayor grado de estabilidad política,
sional o la búsqueda de estabilidad política y dere- económica o de seguridad. Entre los que vienen
chos sociales, sobre todo, de seguridad ciudadana. a perfeccionar sus estudios, el tiempo de perma-
nencia en España está asociado, en un primer
• Lugar de destino en España: las grandes momento, a la duración de sus estudios, aunque
urbes de regiones con mayores índices de cre- en muchos casos terminan optando por quedarse.
//28
30. PARA SABER MÁS DEL RETOR-
NO JOVEN
¿Te interesa conocer más datos acerca del fenómeno
de retorno joven?
¿Qué proyecto migratorio traen consigo los jóvenes
que retornan cómo tú? ¿Qué buscan y encuentran
en España? ¿Cuáles son las dificultades de inicio?
Consulta nuestro estudio “EL RETORNO JOVEN:
nuevas realidades, nuevas oportunidades” a
través de la web: www.retornojoven.org
(Un estudio que te ayudará a comprender y contextualizar tu proceso)
29//
33. A lo largo de este capítulo encontrarás los trámites Si tienes la nacionalidad
y gestiones más importantes que has de realizar
española y naciste o re-
antes de viajar a España y una vez aquí.
sides en el extranjero,
has de saber que tienes
Asimismo, te describimos las diferentes ayudas y
los mismos derechos
programas para emigrantes retornados y retorna-
y deberes que cualquier
das, junto a información práctica sobre el viaje.
español o española resi-
dente en España.
el estAtutO de ciudAdAníA
espAñOlA en el exteriOr
En diciembre del año 2006 se aprobó en España una
Ley muy importante en relación con tus derechos
como español o española en el exterior. Se trata de
la Ley 40/2006 de 14 de diciembre, del Estatuto
de la Ciudadanía Española en el Exterior.
//32
34. ESTATUTO DE LA CIUDADANíA ESPAÑOLA EN EL EXTERIOR (LEY 40/2006)
• Para dar visibilidad a un fenómeno de gran trascendencia en la historia contemporánea de España como es la
¿Por qué
se crea?
emigración.
• Para dar respuesta a las reiteradas demandas de los y las emigrantes españoles residentes en el exterior.
• Garantizar que la ciudadanía española en el exterior pueda ejercer sus derechos en igualdad de condiciones
sus objetivos?
que los residentes en España.
¿Cuáles son
• Delimitar las funciones del Estado y de las Comunidades Autónomas en relación con las personas españolas
que residen en el exterior.
• Crear mecanismos de protección específicos.
• Para quienes tienen la nacionalidad española y residen fuera del territorio nacional.
¿Para quiénes
• Para la ciudadanía española que se desplace temporalmente al exterior, incluyendo a quienes lo hagan en el
se crea?
ejercicio del derecho a la libre circulación.
• A los españoles y españolas de origen que retornen a España para fijar su residencia, siempre que ostenten la
nacionalidad española antes del regreso.
• A los familiares (cónyuge, pareja, hijos e hijas) de los anteriormente mencionados.
Derechos de Participación como…
· Ser elector y elegible en unas elecciones
· Protección y asistencia
· Petición
· Acudir al Defensor del Pueblo
· Participar en órganos consultivos de la emigración, organizaciones sindicales y empresariales
· Asociarse libremente
¿Qué derechos recoge?
· Informarse sobre las leyes y normas que rigen en España, sobre todo aquellas que afecten a sus derechos e
intereses legítimos
Derechos Sociales y Prestaciones:
· Protección de la salud
· Derechos en materia de Seguridad Social
· Prestaciones sociales y por razón de necesidad
· Servicios sociales para dependientes y mayores
· Acciones de información socio–laboral, orientación y participación en programas de formación profesional
ocupacional
· Derechos en materia de empleo y ocupación
Derechos relativos a la Educación y la Cultura como:
· Educación
· Homologación y Convalidación de Títulos Académicos
· Acceso a lenguas y culturas españolas
33//
35. El Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exte-
rior, además de los derechos anteriores, articula Cuando te encuentres
una serie de objetivos y medidas dirigidos a pro- preparando tu viaje a
mover una política integral para facilitar el retorno España o estés en tus
de los españoles residentes en el exterior. primeros momentos de
estancia aquí, ambos
Entre ellos cabe destacar la creación de la Oficina recursos te serán de
Española del Retorno que ha puesto a dispo- gran utilidad. ¡No dejes
sición de los españoles y españolas que desean de consultarlos!
regresar a España diversa información sobre trá-
mites, ayudas y derechos, a través de:
• el Portal de la Ciudadanía Española en el
Exterior (www.ciudadaniaexterior.mtin.es)
• la Guía del retorno accesible en este mismo
portal web.
//34
36. si nO tienes lA nAciOnAlidAd
espAñOlA
Pero para beneficiarte de estos derechos, como chos y se establecen medidas a favor de quienes
establece el Estatuto de Ciudadanía Española en el padecieron persecución o violencia durante la gue-
Exterior, has de poseer la nacionalidad española. rra civil y la dictadura.
Aun pudiendo acceder a ella es posible que no la
tengas todavía. A continuación se recogen sus puntos más des-
tacados para que comprendas mejor a quiénes se
Al respecto, te interesa saber que recientemente se aplica y los trámites que hay que llevar a cabo.
ha aprobado en España una nueva normativa des-
tinada a mejorar la situación de los descendientes
que sufrieron situaciones de exilio y persecución
durante la Guerra Civil Española y el Régimen Au-
toritario posterior.
Mucha gente conoce esta norma como la “Ley de
la Memoria Histórica” o la “Ley de Nietos”. En
realidad se trata de la Ley 52/2007, de 26 de
diciembre por la que se reconocen y amplían dere-
35//
37. “leY de lA MeMOriA históricA” (leY 52/2007)
Si te encuentres en una o varias de estas situaciones:
¿Puedes optar a
la nacionalidad
española?
· Tu padre o tu madre son originariamente españoles.
· Tus abuelos perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.
· Optaste a la nacionalidad española no de origen según el artículo 20.1 b) del Código Civil, en la redacción dada por la
Ley 36/2002, de 8 de octubre.
nacionalidad
¿Qué plazo
existe para
española?
optar a la
Desde el pasado 29 de diciembre de 2008 hasta el 29 de diciembre de 2010.
presentar para obtener la nacionalidad
a. Padre y/o madre originariamente español:
¿Qué documentación tienes que
· El modelo de solicitud que aparece en el ANEXO I de la Ley.
· La certificación literal de nacimiento, expedida por el organismo competente.
· La certificación literal de nacimiento de mi padre y/ o madre española expedida por el organismo competente.
española?
b. Nietos de exiliados españoles:
· El modelo de solicitud que aparece en el ANEXO II de la Ley.
· La certificación literal de nacimiento, expedida por el organismo competente.
· La certificación literal de nacimiento de tu padre y/ o madre española expedida por el organismo competente.
· La certificación literal de nacimiento o la de bautismo de tu abuelo o abuela española.
· Prueba de la condición de exiliado de tu abuelo o abuela (documentación relativa a la percepción de pensiones, a la
condición de exiliado por la ONU, certificaciones emitidas por los partidos políticos o acreditación de salida del
territorio español en los años de la guerra civil).
Rellenando el ANEXO V de la Ley y presentándolo:
¿Cómo puedes
certificaciones
nacimiento?
obtener las
literales de
· En la Embajada o Consulado General de España más cercano a tu domicilio.
(www.maec.es/es/EYC/Paginas/embajadasyconsulados.aspx)
· Por vía telemática en la web del Ministerio de Justicia de España (www.mjusticia.es)
debes presentar
¿Dónde y cómo
toda la docu-
mentación?
1º Tienes que pedir cita previa en: citapreviaconsular.maec.es
2º Has de presentarte personalmente en el día de la cita con toda la documentación en el Registro Civil Consular más
cercano a tu domicilio.
¿Dónde pue-
información?
do ampliar
Puedes encontrar toda la información oficial sobre esta Ley, los impresos e instrucciones correspondientes, e incluso solicitar
cita previa, en las siguientes páginas Web del Ministerio de Justicia o del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación:
· leymemoria.mjusticia.es
· www.maec.es/es/MenuPpal/Consulares/SolicitudNacionalidad/Paginas/SolicitudNacionalidad.aspx
¿Puedes mantener tu nacionalidad actual? Sí
Otras cuestio-
nes relaciona-
das
¿Puedes recurrir en caso de que te denieguen la nacionalidad española? Sí
¿Pueden solicitar la nacionalidad española tus hijos? Sí
//36
38. pApeleO Y tráMites pArA
el retOrnO
Sobre la base de que ya ostentas la nacionalidad Listado y direcciones de Embajadas y Consulados
española y que, en virtud del Estatuto de Ciuda- de España en exterior: www.maec.es/es/EYC/Pa-
danía Española en el Exterior, tienes los mismos ginas/embajadasyconsulados.aspx
derechos y deberes que cualquier español o es-
pañola, has de saber que a la hora de dejar el Listado de Consejerías y Secciones de Trabajo e
país donde resides y venir a vivir a España debes Inmigración de España en el exterior:
realizar una serie de trámites.
www.mtin.es/es/mundo/consejerias/default.htm
A continuación se detallan los más importantes.
Sin embargo es recomendable que te informes en
el Consulado o en la Consejería o Sección de
Trabajo de España en tu país de origen, pues te
facilitarán información adaptada a las circunstan-
cias particulares.
37//
39. Los principales trámites que deberás realizar se refieren a:
ANTES DEL VIAJE UNA VEZ EN ESPAÑA
· Documento Nacional de Identidad (DNI)
· Empadronamiento
· Aviso y Baja Consular · Certificado de Emigrante Retornado
· Pasaporte · Registro Civil
· Documentos acreditativos de tu actividad · Tarjeta Sanitaria
laboral · Prestaciones por Desempleo
· Mobiliario y automóviles: franquicia y · Convalidación y Homologación de Títulos
matriculación Académicos
· Permiso de Conducir
· Cuentas bancarias en el extranjero
Antes del viAje
Aviso y Baja Consular Es importante que lo tramites si no lo tienes o
Si llevas un largo periodo de tiempo residiendo en está caducado. Para ello deberás dirigirte a la Ofi-
tu ciudad o país fuera de España, estarás inscrito cina Consular donde estés inscrito o inscrita como
o inscrita en el Registro de Matrícula de residentes residente.
del Consulado de tu demarcación. Los principales aspectos que has de tener en cuen-
ta en relación con la tramitación del pasaporte son
Cuando decidas trasladarte a vivir a España, es im- los siguientes:
portante que solicites la Baja Consular. Este docu-
mento te va a facilitar ciertos trámites en relación
con aspectos como la entrada en aduanas de tus
pertenencias personales o la justificación sobre la
totalidad de tiempo residido en el extranjero.
El Pasaporte
El pasaporte es un documento imprescindible para
viajar a España. Tienes derecho a obtenerlo desde
tu inscripción de nacimiento. Sirve para acreditar tu
identidad y nacionalidad fuera de España.
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40. Si eres mayor de edad tienes que presentar personalmente:
DNI en vigor o resguardo que acredite su tramitación
1 Fotografía
Pago de la tasa correspondiente
Si eres menor de edad has de presentar personalmente los siguientes documentos dependiendo de:
a. Estar en posesión de DNI
Trámites
· DNI
· 1 Fotografía
· Pago de la tasa correspondiente
b. No tener obligación de estar en posesión del DNI (para menores de 14 años)
· Certificación literal de nacimiento y documento identificativo de la persona que ejerza la patria potestad (DNI, número de
identificación de extranjeros o cualquier otro documento identificativo expedido por la autoridad local en caso de que se
trate de tutores extranjeros).
· Consentimiento del tutor o de quien ejerza la patria potestad indicando que su ejercicio no se encuentra limitado. En caso
contrario es necesario presentar autorización judicial ante el órgano competente para la expedición del pasaporte o ante
fedatario público.
· Pago de la tasa correspondiente.
a. Titular mayor de 30 años en la fecha de expedición a 10 años.
Validez
b. Titular menor de 30 años en la fecha de expedición a 5 años.
c. Titular menor de 14 años en la fecha de expedición y que no estuviera en posesión del DNI a hasta que cumpla 14 años.
d. Titular menor de 5 años en la fecha de expedición a 2 años.
a. En España: en Jefaturas Superiores y Comisarías de Policía.
Lugar Expe-
b. En el exterior: en la Oficina Consular donde el solicitante esté inscrito como residente.
dición
(Directorio de Consulados www.maec.es/es/EYC/Paginas/embajadasyconsulados.aspx)
c. En casos urgentes o excepcionales: en la correspondiente oficina del lugar donde se encuentre el solicitante.
Sustitución y Anulación
Es importante que tengas en cuenta…
· Cuando estén completas las hojas del pasaporte, éste será reemplazado por otro que tendrá un periodo de validez idéntico
del Pasaporte
al anterior.
· En caso de extravío o sustracción del pasaporte hay que notificarlo de manera inmediata en el organismo o a la autoridad
competente (Comisaría de Policía, Puesto de la Guardia Civil, Representación Diplomática o Consular más próxima). Este
hecho dará lugar a la emisión de un duplicado del mismo que tendrá la misma vigencia que el extraviado.
· Tienes la obligación de conservar tu pasaporte con la debida diligencia pues las modificaciones y alteraciones que pueda
sufrir pueden llegar a invalidarlo.
Si necesitas más información puedes acceder a la página web del Ministerio de Interior:
Para Más Informa-
www.mir.es/SGACAVT/pasaport
ción
Además puedes consultar los siguientes documentos normativos:
· RD 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y se determinan sus características
(BOE número 166, de 12 de julio de 2003).
· LO 1/92, de 21 de febrero, de protección de la seguridad ciudadana (BOE número 46, de 22 de febrero de 1992).
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41. Documentos acreditativos de tu actividad laboral En caso de residir en un Estado Miembro de la
Si has estado trabajando en el país de origen, te Unión Europea, en el Espacio Económico Europeo
resultará interesante en tu llegada a España po- o en Australia, deberás solicitar antes del retorno
der demostrar esta actividad de cara a acceder el certificado de la Seguridad Social que acredite
a determinadas prestaciones y servicios, como el los períodos de cotización, seguro o empleo y, en
cobro del subsidio de desempleo o el acceso a su caso, las prestaciones por desempleo que hayas
cursos para personas desempleadas. percibido.
Éstos son algunos de los documentos que te pue-
den servir para acreditar que has desarrollado una
actividad profesional en los últimos meses:
· Contratos de Trabajo.
Trabajadores
por cuenta
· Hojas salariales o nóminas.
ajena
· Certificados de afiliación y/o cotización al Régimen de la Seguridad Social.
· Certificados de empresas para las que
has prestado servicios donde figure el tiempo de los mismos.
Trabajadores por
cuenta propia/
· Documentación justificativa de periodo y naturaleza de la actividad.
autónomos
· Certificados de afiliación y/o cotización al Régimen de la Seguridad Social, en su caso.
· Certificados de las autoridades que aprobaron la instalación o ejercicio de la actividad.
· Certificados que demuestren el pago de impuestos por el inicio de la actividad y/o trabajo personal.
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42. Mobiliario y automóviles: franquicia y matriculación
Además de estos trámites esenciales, has de tener
en cuenta que el traslado de enseres personales
desde países no comunitarios al territorio peninsu-
lar o a las Islas Baleares, requiere la solicitud de la
“importación con franquicia de derechos e impues-
tos” ante la Aduana española de entrada o ante la
más próxima a tu domicilio.
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43. Para ello vas a tener que realizar ciertos trámites
y cumplir algunos requisitos:
Bienes Automóvil
Documentación a presentar
Solicitud Importación
Listado de los Bienes que quieres importar
Baja Consular
Alta en Padrón Municipal
Documentación del Automóvil
Mobiliario y Efectos Personales
· Han de ser bienes destinados al uso personal o al ejercicio de la profesión y no han de tener en ningún caso finalidad comercial.
· Debes usarlos en un plazo no inferior a seis meses para el mismo fin en el nuevo domicilio.
· Debes hacer la importación dentro de los doce meses posteriores al cambio de domicilio (Existe una posible prolongación
del plazo en seis meses en caso de que el nuevo domicilio no sea aún definitivo).
· Quedan expresamente excluidos los siguientes productos: productos alcohólicos, el tabaco en rama o manufacturado,
requisitos
los medios de transporte de carácter industrial y los materiales de uso profesional distintos de los instrumentos
portátiles para el ejercicio de la profesión u oficio.
Automóviles
Haber estado destinado a su uso como tal durante un plazo no inferior a seis meses (doce en caso de exenciones propias
de los regímenes diplomáticos).
Ha de estar homologado en la UE (en caso contrario habrá de pasar una homologación en un laboratorio especial).
Primero. Si incumples alguno de estos requisitos o no presentas toda la documentación no te será aplicada la franquicia.
a tener en cuenta
Algunos aspectos
Segundo. Como sabes las Islas Canarias tienen un régimen fiscal especial. Con este trámite la importación de bienes a esta
Comunidad está exenta también del Impuesto General Indirecto Canario.
Tercero. Si cumples todos los requisitos necesarios para la importación de tu coche con franquicia estarás también exento o
exenta del pago del Impuesto de Matriculación. No obstante tendrás que tramitar la autoliquidación del mismo.
Para más información puedes consultar en la web de la Agencia Tributaria los procedimientos aduaneros:
www.agenciatributaria.es
También puedes consultar:
· La Ley 38/92 de 28 de diciembre de Impuestos Especiales (BOE número 312, de 29 de diciembre de 1992).
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45. unA veZ en espAñA
El Documento Nacional de Identidad (DNI)
El DNI es el documento fundamental que identifica
a cualquier español o española. Te será solicitado
en multitud de gestiones y trámites, tanto públicos
o privados, además de que es obligatorio poseerlo
a partir de los 14 años.
En él se recoge el nombre y apellidos de la perso-
na titular, la fecha de nacimiento, el nombre de los
progenitores, el sexo, la dirección de residencia, así
como la localidad y provincia de nacimiento. Con-
tiene una fotografía y un número de identificación
formado por 8 cifras más una letra de control, que
generalmente se denomina Número de Identificación
Fiscal (NIF).
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46. dOcuMentO nAciOnAl de identidAd (dni)
Es un documento que como español o española tienes:
¿Qué
és?
· derecho a tener desde el día en que naces
· obligación de poseer a partir de los 14 años
Características
El DNI es …
· intransferible
· un documento del que nadie te puede privar
· Dos Fotografías
· Certificación literal de nacimiento expedida por Registro Civil correspondiente para tal fin y de no más de tres años
Si lo vas a tramitar
por vez primera
de antigüedad con respecto a la fecha de expedición DNI.
· Certificado o volante de empadronamiento o autorización para comprobarlo por parte de funcionarios.
· Certificación de residencia expedida por la Representación Diplomática o consular correspondiente en caso de
españoles residentes en el extranjero.
¿Qué necesitas para tramitarlo?
· Personarte acompañado de tutor o persona que ejerza patria potestad en caso de menores de 14 años o personas incapaces.
· Pago de la tasa correspondiente.
· Dos Fotografías
Caducidad · DNI anterior
· Pago de la tasa correspondiente
Si lo vas a renovar por…
· Tres Fotografías
· Impreso facilitado en oficina expedición para comprobar
Extravío, sustracción o deterioro
personalidad
· Pago de la tasa correspondiente
· Dos Fotografías
Cambio datos filiación o domi- · DNI anterior
cilio · Certificación literal de inscripción de Nacimiento o alta en el padrón
municipal (o autorización para comprobarlo por parte de funcionarios)
en España
Si resides
· En las oficinas del Documento Nacional de Identidad en España.
¿Dónde tramitarlo?
· Obteniendo Cita previa en el teléfono: 902.24.73.64
El procedimiento es el mismo pero hay que tener en cuenta que:
En el ex-
tranjero
· en el DNI figurará tu domicilio en el extranjero.
· tras gestionarlo en España te será enviado a la Oficina Consular más cercana a tu domicilio en el extranjero.
· La caducidad del DNI no conlleva sanción.
tos debes tener en
¿Qué otros aspec-
· Si hace mucho que caducó tu DNI te pueden pedir un certificado literal de nacimiento o algún documento que acredite tu
nacionalidad española.
cuenta?
· Si hay algún error en tu DNI es posible que tengas que aportar una nueva certificación literal de nacimiento. Si el error es
debido a la Administración ésta lo subsanará por si misma.
· Si te diriges a una oficina que ya está tramitando el DNI electrónico la entrega se hace en el acto.
Puedes obtener más información acerca de este nuevo DNI en www.dnielectronico.es
También te es posible ampliar información a través de las siguiente página web del Ministerio del Interior: www.mir.es/SGACAVT/dni
Asimismo, puedes consultar la siguiente normativa:
· Real Decreto 1553/05, de 23 de diciembre por el que se regula la expedición del DNI y sus certificados de firma electrónica
(BOE de 24 de diciembre de 2005)
· Ley 59/03 de 19 de diciembre de firma electrónica (BOE de 21 de diciembre de 2003).
· Ley Orgánica 1/92 de 21 de febrero, de protección de la seguridad ciudadana (BOE de 22 de febrero de 1992).
· Instrucción de 14 de abril de 1999 de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre certificado de nacionalidad española.
45//
47. El Empadronamiento
El Padrón municipal de habitantes es un registro
administrativo donde constan los vecinos y vecinas
de un Municipio. Corresponde a los Ayuntamientos
su creación, mantenimiento, revisión y custodia.
Es imprescindible para ejercer los derechos que te
corresponden como vecino o vecina de un munici-
pio y como emigrante retornado, y te será exigido
para bastantes trámites administrativos o incluso
para el acceso a determinadas ayudas y progra-
mas públicos.
eMpAdrOnAMientO (inscribirse en el pAdrón MunicipAl)
Empadronarse es…
¿Qué es?
· Inscribirse en el registro administrativo donde figuran todos los vecinos y vecinas que residen habitualmente en
un municipio.
Es obligatorio , por tanto:
Características
· Si vives en varios municipios debes inscribirte en aquel en el que pases más tiempo.
· Si eres un español o una española procedente del extranjero implica tu alta en el Censo electoral en el municipio
de inscripción patronal y tu baja en…
· El fichero del Padrón de españoles residentes en el extranjero.
· El CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes).
Se tramita en el Ayuntamiento de tu municipio y deberás aportar:
Tramitación
· Tu DNI.
· Documentos que acrediten tu residencia en el municipio (contrato de alquiler, escritura de propiedad de la vivienda,
contrato de luz…)
Puedes informarte de los trámites y documentación específica para el empadronamiento en la web del municipio donde vayas
a residir o estés residiendo ya. En el siguiente enlace de la Federación Española de Municipios y Provincias podrás localizarla:
www.femp.es/entidades_locales
También puedes consultar la siguiente normativa:
· Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE de 3 de abril de 1985).
· Real Decreto 2612/96 de 20 de diciembre por el que se modifica el reglamento de población y demarcación territorial de
las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/86 de 11 de julio (BOE de 16 de enero de 1997).
· Resolución de 1 de abril de 1997, conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de
Cooperación Territorial por el que se aprueban las instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del
Padrón Municipal.
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48. El Certificado de Emigrante Retornado Te será necesario para solicitar:
Es un documento que te va a permitir mantener la · La prestación contributiva de desempleo.
condición de emigrante retornado durante los dos · El subsidio por desempleo para emigrantes
años inmediatamente posteriores al traslado defini- retornados.
tivo a España. · La renta activa de inserción.
certificAdO de eMigrAnte retOrnAdO
Acredita:
· la condición de emigrante retornado.
Contenido
· la fecha de la última salida de España.
· la fecha del retorno.
· el tiempo trabajado en el país extranjero.
· el periodo de ocupación cotizado.
· la inexistencia de derecho a percibir una prestación por desempleo en el país de procedencia.
En el Área o Dependencia Provincial de Trabajo e Inmigración de la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia de residencia.
Puedes consultar cuáles son y dónde se ubican a través del siguiente enlace del Ministerio de Trabajo e Inmigración:
www.mtin.es/es/infgral/provin/infgeneral2.htm
Deberás acreditar…
· Tu identidad · DNI o Pasaporte
· DNI, Pasaporte, Certificado de inscripción en Registro de Matrí-
· Que eres español
cula correspondiente o Partida Literal de Nacimiento
· Cuándo saliste por última vez de España · Pasaporte u otro documento que lo justifique
¿Cómo?
¿Qué?
Tramitación
· Baja Consular (puede sustituirse si el resto de la documentación
· Tus datos de retorno a España
está en regla)
· Documentos originales o copias compulsadas revisadas acre-
· El trabajo que has realizado en el extranjero
ditativas de tu actividad laboral
· No tener derecho a prestación desempleo · Declaración jurada
Ten en cuenta que:
· Cuando se trate de trabajadores procedentes de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que pidan el certificado de retor-
nado para solicitar la prestación por desempleo u otras ayudas, sólo deberán acreditar la fecha de la última salida de España y la fecha de
retorno y acudir provistos del formulario comunitario E301.
· Los retornados y retornadas de países con los que existe Convenio de Seguridad Social en virtud del cual, puedan totalizarse
periodos de seguro, de ocupación o de cotización para el acceso a prestaciones por desempleo, deberán acreditar y cumplimentar en el
certificado los periodos de cotización a la Seguridad Social y las prestaciones por desempleo, en su caso, percibidas en el extranjero.
· Real Decreto 625/85 de 2 de abril por el que se desarrolla la Ley de Protección de Desempleo (BOE de 7 de mayo 1985).
· Real Decreto Legislativo, 1/94 de 20 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Seguridad Social (BOE de 29 de
junio de 1994).
· Real Decreto Ley 5/02 de 24 de mayo de Medidas Urgentes de Reforma del Sistema de Protección Social y Mejora de la
Ocupabilidad (BOE de 25 de mayo de 2002).
· Acuerdo entre la Comunidad Europea y Suiza de 21 de junio de 1999.
47//
49. El registro civil
En el Registro Civil se inscriben de manera pública
todos aquellos datos que afectan a la vida y esta-
do civil de las personas españolas y aquéllas que
viven en España, emitiendo certificados y títulos de
legitimación sobre cada uno de estos aspectos.
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50. registrO civil
El Registro Civil es…
· la institución donde se constata oficialmente la existencia, estado civil y condición de las personas, recopilándose datos sobre
¿Qué es?
nacimiento, filiación, nombre, apellidos, emancipación, habilitación de edad, matrimonio y defunción.
Toda persona, por el hecho de nacer, tiene unos derechos y obligaciones, y el cambio de estado civil puede determinar que pueda
o no ejercer algunos de ellos, o estar obligado o no a cumplir algunas de las obligaciones, por esto es importante registrar los
cambios que afecten a los hechos que a continuación se mencionan.
· El lugar y fecha de nacimiento
· La filiación (parentesco)
·
Información/hechos
El nombre y apellidos y cambios sobre los mismos
· La emancipación y habilitación de edad
inscribibles
· Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión
de pagos
· Las declaraciones de ausencia o fallecimiento
· La nacionalidad y vecindad
· La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley
· El matrimonio
· La defunción
Para demostrar oficialmente hechos relacionados con tu estado civil. Para ello, podrás solicitar en el Registro Civil la inscripción,
¿Para qué sirve?
tramitación o consulta, entre otros certificados, de:
· Certificados de nacimiento
· Certificados de matrimonio
· Certificados de defunción
· Certificados de vida, o de fe de vida
· Certificados de estado de soltería o divorcio
· Certificado de tutelas y representaciones legales
Existen tres tipos de Registro Civil:
Clases de
registros
· Los Registros Municipales: uno, al menos, en cada término municipal a cargo de los Jueces de Primera Instancia.
· Los Registros Consulares: están a cargo de los Cónsules de España en el extranjero.
· El Registro Central: Está ubicado en Madrid. Su misión es concentrar en una oficina el contenido de todos los Registros Consu-
lares y ejercer de Registro Civil supletorio.
Dependiendo de los casos, los Registros competentes son los siguientes:
· Los nacimientos, matrimonios y defunciones han de inscribirse en el Registro del lugar en que ocurren, es decir, en el Registro
Municipal correspondiente.
· Fuera de España, en el Registro Consular se inscriben los actos y cambios civiles de los españoles que ocurran fuera de España.
· En el Registro Central se inscribirán los hechos para cuya inscripción no resulte competente ningún otro Registro, así como las
Tramitación
adopciones internacionales.
Para ello, normalmente necesitarás acreditar tu identidad con el D.N.I. o pasaporte en vigor y el escrito de solicitud correspondiente
en cada caso. Además, dependiendo del certificado que solicites te requerirán otra información (como certificado de empadrona-
miento, libro de familia,…).
Cualquier persona puede solicitar el traslado de un expediente del Registro Civil a la localidad donde resida, justificando docu-
mentalmente un nacimiento, matrimonio o defunción en el correspondiente Consulado, mediante una certificación u otros docu-
mentos, como el libro de familia.
Puedes informarte de los trámites y documentación específica para inscribir hechos en el Registro Civil visitando la sección ‘Regis-
tros’ en el apartado ‘Áreas Temáticas’ de la web del Ministerio de Justicia:
www.mjusticia.es
49//
51. La Tarjeta Sanitaria
La Tarjeta Sanitaria es el documento, necesario
y suficiente, que identifica y posibilita el acceso
de cada ciudadano y ciudadana al Sistema Na-
cional de Salud (SNS) en España.
tArjetA sAnitAriA
¿Qué es?
Es un documento que…
· Tiene carácter individual. Todas las personas, adultos y niños, tienen su propia tarjeta sanitaria.
· Tiene validez de cuatro años.
ción contiene?
¿Qué informa-
· Nombre y apellidos
· Número de usuario de la Seguridad Social
· Número de DNI
· Tipo de usuario
· Mes y año de caducidad
· Cualquier trabajador por cuenta ajena y sus beneficiarios.
¿Quién puede soli-
· Cualquier pensionista tanto de pensiones contributivas como no contributivas y sus beneficiarios.
· Los funcionarios civiles y militares, activos o pensionistas, que hayan elegido como opción de asistencia
citarla?
sanitaria la prestada por el Sistema Nacional de Salud.
· Las personas sin recursos económicos suficientes que carezcan de derecho a asistencia sanitaria por
cualquier otro medio.
· Las personas que perciban el subsidio de desempleo.
En el centro de salud más próximo a tu domicilio.
¿Cómo se obtiene?
Presentando la siguiente documentación:
· DNI
· Certificado de empadronamiento.
· Número de la Seguridad Social asignado por la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social
o alguna de las Administraciones dependientes de esta Entidad.
· Formulario de solicitud que te facilitarán en el propio centro de salud.
se puede
¿Dónde
usar?
· En centros sanitarios públicos.
· En oficinas de farmacia para provisión de medicamentos prescritos por facultativos del Sistema Sanitario Nacional.
Para ampliar información sobre el Sistema Nacional de Salud en España, las prestaciones que incluye y el acceso al mismo
puedes consultar el Capítulo 6 de esta Guía.
Las Prestaciones por Desempleo nómicas que te ayudarán a salir adelante hasta
Si a tu llegada a España encuentras dificultades que tu situación laboral mejore.
para encontrar trabajo o si simplemente llegas sin Vamos a revisar las que afectan a las personas de
empleo existen varios tipos de prestaciones eco- tu edad.
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52. prestAciOnes pOr deseMpleO
Prestación contributiva
Subsidio de desempleo
Pago Mensual Pago Único
Es una prestación económica concebida para personas que hayan perdido el em- Es una prestación económica con
¿Qué es?
pleo involuntariamente y hayan cotizado a la Seguridad Social a lo largo de un período carácter de subsidio para desem-
de más de 360 días. pleados sin derecho a prestación
contributiva.
Puedes pedirlo si…
Retornas a España por haber cesado tu
actividad en el extranjero siempre que: Estás desempleado y retornas de
países no pertenecientes al Espa-
Retornas a España por haber cesado
· Pretendas incorporarte de forma estable a cio Económico Europeo o con los
tu actividad en el extranjero.
cooperativas o sociedades laborales. que no existe Convenio sobre Pro-
· Pretendas constituirte como trabajador/a tección por Desempleo.
autónomo/a.
· Estar desempleado/a.
· Probar la condición de emigrante Los mismos que para la percepción mensual
retornado. y además… · Inscribirte como demandante de
empleo en un mes desde tu retorno.
· Tener cotizaciones por desempleo · Presentar solicitud
¿Qué requisitos has de cumplir?
computables a la Seguridad Social es · No haber rechazado una oferta
pañola de al menos doce meses · Acreditar como máximo en un mes el inicio de: de empleo u otras ofertas
durante los seis años anteriores a la formativas derivadas de tu inscrip-
última salida de España. · tu incorporación a tiempo completo o parcial ción como demandante de empleo.
en una Cooperativa de trabajo Asociado o en
· Haber terminado la relación laboral una Sociedad Laboral. · No tener rentas mensuales
que tenías en el país en el que has superiores al 75% del salario Mínimo
residido hasta ahora y no tener · El inicio de tu actividad como trabajador o Interprofesional.
derecho a protección por desempleo trabajadora autónoma
en ese país. · Acreditar que has trabajado
· No volver a solicitar el pago único en los como mínimo 12 meses en los
· Inscribirte como demandante de siguientes cuatro años. últimos 6 años desde tu salida de
empleo y solicitar la prestación de España.
empleo en los quince días hábiles
siguientes al retorno. · No tener derecho a prestación
contributiva por desempleo.
nes derecho a
Desde el día siguiente a la fecha de tu En las mismas condiciones que la percepción
¿Cuándo tie-
Un mes después de tu inscripción
retorno, siempre que lo solicites en los mensual o en cualquier momento siempre que
como demandante de empleo siem-
ella?
siguientes quince días. tengas pendientes de percibir al menos tres
pre que lo pidas como tarde 15 días
mensualidades.
después a la finalización de ese mes.
¿Cuánto
Depende del número de días trabajados, Se trata de un único pago. Seis meses prorrogables hasta un
dura?
oscilando entre los 120 días de mínimo total de dieciocho.
y los 720 días de máximo.
51//
53. La cantidad a partir de la cual se cal- La cantidad depende de los mismos factores El 80% del IPREM.
cula es el IPREM (Indicador Público de que el pago mensual y de los pagos que
Renta de Efectos Múltiples). Para el año hayas percibido antes de solicitarlo.
2009 ésta es de 527,24 Eur/ mes.
¿Qué cuantía te corresponde?
Depende de:
· La cotización que tuvieras en tu
último trabajo.
· Tus circunstancias familiares.
· Los días que lleves percibiendo la
prestación.
Pago de cuotas correspondientes de Pago de cuotas correspondientes de la Pago de las cotizaciones a la Se-
la Seguridad Social. Seguridad Social. guridad Social correspondientes a
las prestaciones de asistencia sani-
taria y a la protección de mi familia.
Acudiendo a la Oficina de Empleo Estatal más próxima a tu domicilio y aportando:
¿Cómo se
tramita?
· La Solicitud que te facilitarán en la Oficina de Empleo.
· El Certificado de Emigrante Retornado.
· Tu DNI.
· Justificante de Rentas (sólo en el caso de solicitar el Subsidio)
Para ampliar información puedes consultar la web del Servicio Público de Empleo Estatal en el enlace:
www.inem.es
Asimismo puedes ampliar información sobre el Sistema Público de Empleo en el Capítulo 6 de esta Guía.
//52
54. La Convalidación y Homologación de Títulos
y Estudios Has de saber, no obstante, que los alumnos y
Si estás estudiando o quieres homologar tus títulos alumnas procedentes de un sistema educativo ex-
académicos en España, es importante que lleves tranjero que deseen incorporarse a alguno de los
también contigo los documentos que demuestran seis cursos de la Educación Primaria o hasta cuar-
tu actividad académica actual o pasada. to de Educación Secundaria Obligatoria, no deben
realizar trámite alguno de convalidación de sus
Estos documentos variarán en función de tu titula- estudios. La incorporación a los estudios corres-
ción y formación actual. A continuación te facilita- pondientes se realiza en el propio Centro donde
mos algunas pautas que has de tener en cuenta. se desea continuarlos.
cOnvAlidAción Y hOMOlOgAción de títulOs Y estudiOs
Homologar a un título del catálogo de títulos universitarios oficiales implica que:
· Tu formación superada será reconocida.
Definiciones
· Tu título equivaldrá a todos los efectos a uno obtenido en España.
Homologar tu formación a un grado académico implica que:
· Tu formación superada es reconocida en España.
· Tu grado de formación superado es equivalente a si lo hubieras cursado en España.
Los documentos que aportes…
Documentos
Pueden ser:
· Títulos
· Expedientes académicos o similares
Han de ser:
· Oficiales
· Expedidos por las autoridades competentes en la materia en tu país de origen.
Para iniciar este proceso de homologación puedes acudir a:
¿Dónde
acudir?
· El Registro General o Registros Auxiliares del Misterio de Educación.
· La Consejería de Educación de la Embajada de España o en la Oficina Consular correspondiente.
· En las Áreas Funcionales de Alta Inspección de Educación de las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas,
o Delegaciones Provinciales del Ministerio de Educación.
Para más información sobre la homologación de títulos y convalidación de estudios te sugerimos visites el siguiente enlace del
Ministerio de Educación www.mec.es/educacion/sistema-educativo/convalidaciones.html
También puedes consultar la siguiente normativa:
· Orden ECD/3305/2002, de 16 de diciembre, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación
no universitaria (BOE número 311, de 28 de diciembre de 2002).
· Orden ECI/3686/2004, de 3 de noviembre, por la que se dictan normas para la aplicación del Real Decreto 285/2004, de 20
de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos extranjeros de Educación Superior
(BOE número. 275, de lunes 15 noviembre 2004).
Asimismo, puedes ampliar información sobre el Sistema de Educación en España en el Capítulo 6 de esta Guía.
53//
55. Además es importante que se-
pas que para este y otros trámi-
tes…
En España puedes aplicar a
todo documento público la
denominada “Apostilla de la
Haya”. Es una certificación,
acordada en la Convención de
la Haya de 1961, que reconoce
la eficacia jurídica de un docu-
mento público. El Permiso de Conducir
Para conducir un automóvil en España es impres-
En tu caso, te será muy útil cindible estar en posesión de un permiso de con-
para la homologación de títulos, ducción en vigor y haber cumplido 18 años (21
diplomas o documentos expe- en caso de vehículos de alquiler).
didos por organismos públicos.
De esta forma se confirma la Si obtuviste tu permiso de conducción en los paí-
legalidad y autenticidad de es- ses miembros de la UE o en Suiza, Noruega, Islan-
tos documentos en otros países dia o Liechtenstein sólo necesitas este documento.
firmantes del convenio. En estos casos, además, puedes optar por inscribir
voluntariamente los datos del mismo en la Jefatura
Si quieres información sobre Provincial de Tráfico correspondiente o por can-
esta certificación y cómo con- jearlo también voluntariamente por uno español.
seguirla, consulta el siguiente
También puedes proceder a su canje en caso de
enlace:
que obtuvieras tu carné en alguno de los siguientes
esede.mjusticia.es (Pestaña
países, con los que España tiene un Convenio. Se
‘Ciudadanos/Trámites y gestio- trata de los siguientes: Andorra, Argelia, Argenti-
nes personales/Legalización na, Bolivia, Colombia, Corea del Sur, Croacia, Chile,
única o Apostilla de la Haya) Ecuador, Japón, Marruecos, Paraguay, Perú, Repú-
blica Dominicana, Suiza, Uruguay y Venezuela. Los
trámites necesarios para estos canjes son:
//54
56. cAnjeO de perMisO de cOnducir
Permisos Países Convenio
Permisos UE y EEE
con España
· Original y Copia del Permiso que se canjea
· Original y Copia DNI o Pasaporte
Documentación
· Dos Fotografías
· Declaración de no estar inhabilitado para conducir
· Declaración de no tener otros permisos y licencias
· Informe de aptitud psicofísica
· Declaración validez del permiso
plazo
Seis meses desde la adquisición
No hay ninguno establecido.
de la residencia en España.
Jefatura de Tráfico de tu provincia. Jefatura de Tráfico de tu Provincia
o llamando al 902 300 175.
Consulta el directorio de Jefaturas de Tráfico en el siguiente enlace de la
Dirección General de Tráfico del Ministerio de Interior:
www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/dir_telefonos/jefaturas
En caso de que obtuvieras tu permiso en España
y no lo renovaras, puedes proceder a la renovación
del mismo en cualquier momento superando las
pruebas correspondientes. No obstante, es intere-
sante que consultes antes de iniciar los trámites en
la Jefatura Provincial de Tráfico más cercana.
Si no te encuentras en ninguna de las circunstan-
cias anteriores, tendrás que obtener un Permiso de
Conducir Internacional.
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57. Las Cuentas bancarias en el extranjero
Si eres titular de una cuenta corriente en algu-
na entidad financiera en el extranjero, la puedes
mantener sin ninguna restricción cuando vengas
a residir en España. Sin embargo existen algunas
obligaciones que has de cumplir:
· Declarar las cuentas al Banco de España señalan-
do tus datos, los datos de la cuenta y el nombre y el nú-
mero de identificación fiscal de los restantes titulares.
· Enviar todos los meses al Banco de España infor-
mación si los movimientos alcanzaran los 3.000.000 €.
· Declarar la cancelación de las cuentas como muy
tarde al mes de que ésta se produzca.
· Conservar los extractos bancarios y la documenta-
ción de estas cuentas durante un periodo de tres años.
La tramitación de todas estas obligaciones deberás
llevarla a cabo en el Departamento de Estadística
del Banco de España que se encuentra en Madrid
(C/ Alcalá, 522 3ª Planta).
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