SlideShare ist ein Scribd-Unternehmen logo
1 von 4
Downloaden Sie, um offline zu lesen
REPÚBLICA DE COLOMBIA

~ 11$ ~II ,~c.

nClllIARIA IUIIIfe.~

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO
DECRETO NÚMERO

2418

PÚJ:.~
~

.

>:.=, ....,.I'.~;;;;;:ns:;::¡;:.;_¡;.u:= ..

­

:ezt::z UZC44iAt6i..,
A4!l4L'f'l:.~.

DE 2013

( 31 OCT 2013 

Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 

11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 365, 366 Y395 del Estatuto Tributario y 

en desarrollo de lo previsto por el artículo 94 de la Ley 1607 de 2012 

CONSIDERANDO:
Que la Ley 1607 de 2012, en su artículo 94, modificó el artículo 240 del Estatuto Tributario en el sentido
de disminuir, de 33% a 25%, la tarifa del impuesto sobre la renta de las sociedades anónimas, de las
sociedades limitadas y de los demás entes asimilados a unas y otras, que tengan la calidad de
nacionales de conformidad con las normas pertinentes, incluidas también las sociedades y otras
entidades extranjeras de cualquier naturaleza que obtengan sus rentas a través de sucursales o de
establecimientos permanentes.
Que de acuerdo con lo anterior, es necesario establecer nuevas tarifas de retención en la fuente por
concepto del impuesto sobre la renta, con el fin de hacer efectiva dicha disminución y así garantizar el
adecuado flujo de recursos a la Nación de manera consecuente con la nueva tarifa del impuesto sobre la
renta y los cambios introducidos por la Ley 1607 de 2012.
Que de acuerdo con los artículos 365, 366 Y 395 el Gobierno Nacional se encuentra facultado para
establecer las tarifas de retención en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del
impuesto sobre la renta y sus complementarios.
DECRETA:
ARTíCULO 1. Modifíquese el artículo 4 del decreto 260 de 2001, el cual quedará así:
"Artículo 4. Retención en la fuente sobre otros ingresos. La tarifa de retención en la fuente a
título de impuesto sobre la renta por los pagos o abonos en cuenta que por los conceptos
señalados en el inciso primero del artículo 5 del Decreto 1512 de 1985 efectúen las personas
jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la
calidad de agentes retenedores, es el dos punto cinco por ciento (2.5%).

Los pagos o abonos en cuenta que correspondan a estos conceptos, para los cuales existan tarifas
de retención en la fuente, señaladas en disposiciones especiales, seguirán rigiéndose por dichas
tarifas.
Parágrafo 1. Cuando los pagos o abonos en cuenta incorporen el valor de impuestos, tasas y
contribuciones, para calcular la base de retención en la fuente se descontará el valor de los
impuestos, tasas y contribuciones incorporados, siempre que los beneficiarios de dichos pagos o
abonos tengan la calidad de responsables o recaudadores de los mismos. También se descontará
de la base el valor de las propinas incluidas en las sumas a pagar.

.
/

DECRETO NUMERO _ _-=2=-4..;.....:1=-8~_ de 2013 	

Hoja No. 2

Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012"

Parágrafo 2. Sin perjuicio de las disposiciones especiales previstas para otros impuestos, los
ingresos provenientes de las operaciones realizadas a través de instrumentos financieros derivados,
estarán sometidos a una tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta del dos
punto cinco por ciento (2.5%).
Parágrafo Transitorio. La tarifa a que se refiere el presente artículo será del uno punto cinco por
ciento (1.5%) para los meses de noviembre y diciembre de 2013.
ARTíCULO 2. Modifíquese el inciso segundo del artículo 5 del decreto 1512 de 1985, el cual quedará
así:
"Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a contratos de construcción o urbanización, la
retención prevista en este artículo será del dos por ciento (2.0%). Cuando el pago o abono en
cuenta corresponda a la adquisición de vehículos la·retención prevista en este artículo será del uno
por ciento (1.0%).
Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la adquisición de bienes raíces cuya destinación
y uso sea vivienda de habitación, la retención prevista en este artículo será del uno por ciento (1%)
por las primeras veinte mil (20.000) UVT. Para el exceso de dicho monto, la tarifa de retención será
del dos punto cinco por ciento (2.5%). Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la
adquisición de bienes raíces cuya destinación y uso sean distintos a vivienda de habitación, la
retención prevista en este artículo será del dos punto cinco por ciento (2.5%)"
AR'rícUlO 3. Tarifa de retención en rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija.
Todas las referencias hechas en el Decreto 700 de 1997, en particular las que se realizan en el artículo
4, el parágrafo del artículo 12, el parágrafo del artículo 13, el artículo 24, el numeral 5 del artículo 33 y el
inciso segundo del parágrafo del articulo 42 del Decreto 700 de 1997, a la tarifa de retención en la fuente
por concepto de rendimientos financieros provenientes de títulos con intereses y/o descuentos o
generados en sus enajenaciones del siete por ciento (7.0%), serán efectuadas a la tarifa del cuatro por
ciento (4.0%).
ARTíCULO 4. Retención en la fuente en operaciones de reporto o repo, simultáneas y
transferencia temporal de valores. La retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y
complementarios, en las operaciones de reporto o repo, simultáneas y transferencia temporal de valores,
para los contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, se sujeta a lo
establecido en el articulo 2.36.3.1.4 del Decreto 2555 de 2010 Ycualquier norma que lo modifique o
sustituya, y a las siguientes reglas:
1. 	 Autorretención y retención en la fuente. Las entidades sometidas a la vigilancia de la
Superintendencia Financiera de Colombia, actuarán como autorretenedores de rendimientos
financieros en las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de
valores que celebren. Cuando quien celebre la operación de reporto o repo, simultánea o de
transferencia temporal de valores no sea una entidad vigilada por la Superintendencia
Financiera de Colombia, la retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros será
practicada por el intermediario de valores del adquirente inicial para el caso de las operaciones
de reporto o repo y simultáneas, y del originador en el caso de las operaciones de transferencia
temporal de valores.
2. 	 La base de retención en la fuente será el valor neto resultante de los pagos girados o los abonos
en cuenta hechos, directa o indirectamente, a favor y en contra del adquirente inicial para el
caso de las operaciones de reporto o repo y simultáneas, y del originador en el caso de las
operaciones de transferencia temporal de valores.
2418

DECRETO NUMERO _ _ _ _ _ _ de 2013 	

Hoja N°. 3

Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012"

3. 	 La tarifa de retención en la fuente aplicable a estas operaciones será del dos punto cinco por
ciento (2.5%) y se aplicará a la base determinada en el numeral 2 del presente artículo.
4. 	 La retención en la fuente en las operaciones de que trata este artículo, se practicará
exclusivamente al momento de la liquidación final de la respectiva operación sin tener en cuenta
para el efecto cuantías mínimas.
ARTIcULO 5. Retención en la fuente sobre intereses originados en operaciones activas de crédito
u operaciones de mutuo comercial.
Los intereses o rendimientos financieros que perciban las entidades vigiladas por la Superintendencia
Financiera de Colombia provenientes de las operaciones activas de crédito o mutuo comercial que
realicen en desarrollo de su objeto social estarán sometidos a una tarifa de retención en la fuente a título
del impuesto sobre la renta, del dos punto cinco por ciento (2.5%) sobre el componente que corresponda
a intereses o rendimientos financieros sobre cada pago o abono en cuenta
Parágrafo 1. Para la práctica de esta retención en la fuente, no se tendrán en cuenta cuantías mínimas.
Parágrafo 2. Para efectos de lo establecido en el presente artículo, todas las entidades vigiladas por la
Superintendencia Financiera de Colombia tendrán la calidad de autorretenedoras por concepto de
intereses o rendimientos financieros, independientemente de que el pago o abono en cuenta provenga
de una persona natural o de una persona jurídica que no tenga la calidad de agente retenedor.
Parágrafo 3. Los pagos o abonos en cuenta que correspondan a rendimientos financieros para los
cuales existan tarifas de retención en la fuente, señaladas en disposiciones especiales, seguirán
rigiéndose por dichas tarifas.
Parágrafo 4. No estarán sujetos a esta retención en la fuente los intereses o rendimientos financieros
que perciban las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que no tengan la
calidad de contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios.
ARTíCULO 6. Retención en la fuente en los ingresos por concepto de comisiones en el sector
financiero. Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a las entidades sometidas a la vigilancia de
la Superintendencia Financiera de Colombia que correspondan a comisiones estarán sujetas a una tarifa
de retención en la fuente del once por ciento (11.0%). En el caso de comisiones por concepto de
transacciones realizadas en bolsa la tarifa de retención en la fuente aplicable será del tres por ciento
(3.0%).
Parágrafo 1. Para la aplicación de la retención en la fuente de que trata este artículo, no se tendrá en
cuenta cuantías mínimas.
Parágrafo 2. Sin pe~uicio de lo previsto en otras disposiciones. las entidades vigiladas por la
Superintendencia Financiera de Colombia actuarán como autorretenedores del impuesto sobre la renta y
complementarios por concepto de comisiones, independientemente de que el pago o abono en cuenta
provenga de una persona natural o de una persona jurídica que no tenga la calidad de agente retenedor.
ARTíCULO 7. Modificase el artículo 1del Decreto 1505 de 2011, el cual quedará así:
"ARTIcULO 1. Retención por ingresos provenientes de exportación de hidrocarburos y demás
productos mineros. Las tarifas de retención en la fuente a título de impuesto de renta y
/

DECRETO NUMERO _ _2,--4--,--1_8_ _ de 2013

Hoja No. 4

Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012"

complementarios sobre el valor bruto del pago o abono en cuenta en divisas provenientes del exterior
por exportación de hidrocarburos ydemás productos mineros serán:
1. Exportaciones de hidrocarburos: uno punto cinco por ciento (1.5%).
2. Exportaciones de demás productos mineros, incluyendo el oro: uno por ciento (1 %).
Parágrafo. Lo dispuesto en el presente artículo no aplica a los ingresos originados en exportaciones de
oro que efectúen las Sociedades de Comercialización Internacional, siempre y cuando los ingresos
correspondan a oro exportado respecto del cual la Sociedad de Comercialización Internacional haya
efectuado retención en la fuente a sus proveedores de acuerdo con el Parágrafo del artículo 13 del
Decreto 2076 de 1992."
ARTíCULO 8. Modificase el artículo 1del Decreto 2885 de 2001, el cual quedará así:
"Artículo 1°. Autorretención en la fuente para servicios públicos. Los pagos o abonos en cuenta por
concepto de servicios públicos domiciliarios y las actividades complementarias a que se refiere la Ley
142 de 1994 y demás normas concordantes, prestados a cualquier tipo de usuario, están sometidos a la
tarifa del dos punto cinco por ciento (2.5%), sobre el valor del respectivo pago o abono en cuenta, la cual
deberá ser practicada a través del mecanismo de la autorretención por parte de las empresas
prestadoras del servicio, que sean calificadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales,
mediante Resolución de carácter general.
Parágrafo 1°. Durante la vigencia de la exención de que trata el artículo 211 del Estatuto Tributario, la
base para la autorretención se reducirá en el porcentaje de exención aplicable en cada año gravable,
para cada servicio público domiciliario.
Parágrafo 2°, Los valores efectivamente recaudados por concepto de servicios públicos, facturados
para terceros no estarán sujetos a autorretención,
Parágrafo 3°. Sobre los demás conceptos efectivamente recaudados incluidos en la factura de servicios
públicos, actuará como agente retenedor la empresa de servicios públicos que emita la factura.
Parágrafo 4°. La retención en la fuente de que trata este artículo, aplicará cualquiera fuere la cuantía del
pago o abono en cuenta."
ARTíCULO 9. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de noviembre
de 2013 y deroga el inciso 3 del artículo 12 del Decreto 2026 de 1983.

3 1 OCT 2013

pUBLfaUESE y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D. C., a

~

dt1tUI V1 UV ~~ ~___
:...J

.;,:~) MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA
Ministro de Hacienda y Crédito Público

{¡jI.

Weitere ähnliche Inhalte

Was ist angesagt?

Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014Planartús
 
Tabla retencion iva 2013
Tabla retencion iva 2013Tabla retencion iva 2013
Tabla retencion iva 2013Emer Granados
 
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657Mario Javier Pulache García
 
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013reyna20121
 
Miscelanea Fiscal 2014
Miscelanea Fiscal 2014Miscelanea Fiscal 2014
Miscelanea Fiscal 2014mariosanchezr
 
Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013
Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013
Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013Pedro Solis
 
Reforma tributaria
Reforma tributariaReforma tributaria
Reforma tributariagodc83
 
Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012OBGEOTAN
 
Reglamento de la ley del impuesto a la renta
Reglamento de la ley del impuesto a la rentaReglamento de la ley del impuesto a la renta
Reglamento de la ley del impuesto a la rentaJose Amadeus Venegas M
 
Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298
Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298
Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298Bibian Katherine Arguello Bernal
 
Administracion fiscal de las organizaciones guia estudio final
Administracion fiscal de las organizaciones guia estudio finalAdministracion fiscal de las organizaciones guia estudio final
Administracion fiscal de las organizaciones guia estudio finalCUAUHTEMOC CEBALLOS CASTAÑEDA
 
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...astuto
 
Reforma tributaria año 2015
Reforma tributaria año 2015Reforma tributaria año 2015
Reforma tributaria año 2015diegomaugonzalez
 
Decreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensional
Decreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensionalDecreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensional
Decreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensionalCendap Ltda
 
Decretos%20 vigentes
Decretos%20 vigentesDecretos%20 vigentes
Decretos%20 vigentesTJBOGARIN
 
Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015
Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015
Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015Alex Vogager
 

Was ist angesagt? (19)

Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
Circular 5 14. Real decreto-ley 8-2014
 
Tabla retencion iva 2013
Tabla retencion iva 2013Tabla retencion iva 2013
Tabla retencion iva 2013
 
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
 
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013Cambios importantes para tener presente durante el 2013
Cambios importantes para tener presente durante el 2013
 
Miscelanea Fiscal 2014
Miscelanea Fiscal 2014Miscelanea Fiscal 2014
Miscelanea Fiscal 2014
 
Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013
Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013
Puntos finos reforma miscelanea ley lavado 2013
 
Reforma tributaria
Reforma tributariaReforma tributaria
Reforma tributaria
 
Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012Reforma tributaria 2012
Reforma tributaria 2012
 
Ley 20220
Ley 20220Ley 20220
Ley 20220
 
Reglamento de la ley del impuesto a la renta
Reglamento de la ley del impuesto a la rentaReglamento de la ley del impuesto a la renta
Reglamento de la ley del impuesto a la renta
 
Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298
Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298
Norma tasa retributiva- excención de impuestos-ley 0488-241298
 
2243
22432243
2243
 
Administracion fiscal de las organizaciones guia estudio final
Administracion fiscal de las organizaciones guia estudio finalAdministracion fiscal de las organizaciones guia estudio final
Administracion fiscal de las organizaciones guia estudio final
 
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES FI...
 
R.a. no.28 reconocimiento de deudas 2013
R.a. no.28 reconocimiento de deudas 2013R.a. no.28 reconocimiento de deudas 2013
R.a. no.28 reconocimiento de deudas 2013
 
Reforma tributaria año 2015
Reforma tributaria año 2015Reforma tributaria año 2015
Reforma tributaria año 2015
 
Decreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensional
Decreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensionalDecreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensional
Decreto 1847 Cálculo actuaria pasivo pensional
 
Decretos%20 vigentes
Decretos%20 vigentesDecretos%20 vigentes
Decretos%20 vigentes
 
Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015
Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015
Senado Avalan en lo general la Ley de Ingresos para 2015
 

Andere mochten auch

Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9
Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9
Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9vibinvijayc
 
Hmong Cosmological Spaces And Religious Practices
Hmong Cosmological Spaces And Religious PracticesHmong Cosmological Spaces And Religious Practices
Hmong Cosmological Spaces And Religious PracticesBangulzai
 
Esri data-and-maps
Esri data-and-mapsEsri data-and-maps
Esri data-and-mapsliamoreilly
 
Client server
Client serverClient server
Client serverJoy Das
 
Desenhista construcao civil
Desenhista construcao civilDesenhista construcao civil
Desenhista construcao civilAntonio Ferreira
 
REFORMA ENERGETICA
REFORMA ENERGETICAREFORMA ENERGETICA
REFORMA ENERGETICASama1919
 
apuntes teoria de la arquitectura
apuntes teoria de la arquitecturaapuntes teoria de la arquitectura
apuntes teoria de la arquitecturanicorob79
 
El sistema monetario
El sistema monetarioEl sistema monetario
El sistema monetarioisabelgomezc
 
B5 proteinas pdf1
B5 proteinas pdf1B5 proteinas pdf1
B5 proteinas pdf1biogeo
 
Business Model Camp, Hub Berkeley, CA
Business Model Camp, Hub Berkeley, CABusiness Model Camp, Hub Berkeley, CA
Business Model Camp, Hub Berkeley, CAAlexander Osterwalder
 
The Business Model Canvas and Social Impact
The Business Model Canvas and Social ImpactThe Business Model Canvas and Social Impact
The Business Model Canvas and Social ImpactPaul Orlando
 
Sintesis informativa 28 octubre 2013
Sintesis informativa 28 octubre 2013Sintesis informativa 28 octubre 2013
Sintesis informativa 28 octubre 2013megaradioexpress
 
Magazine Het Ondernemersbelang Twente 01 2012
Magazine Het Ondernemersbelang Twente  01 2012Magazine Het Ondernemersbelang Twente  01 2012
Magazine Het Ondernemersbelang Twente 01 2012HetOndernemersBelang
 
RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)
RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)
RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)delifruitcolombia
 
Cartilla modulo sistemas_silvopastoriles
Cartilla modulo sistemas_silvopastorilesCartilla modulo sistemas_silvopastoriles
Cartilla modulo sistemas_silvopastorilesFedegan
 

Andere mochten auch (20)

Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9
Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9
Longtailbusinessmodels 1220483276425737 9
 
Hmong Cosmological Spaces And Religious Practices
Hmong Cosmological Spaces And Religious PracticesHmong Cosmological Spaces And Religious Practices
Hmong Cosmological Spaces And Religious Practices
 
Esri data-and-maps
Esri data-and-mapsEsri data-and-maps
Esri data-and-maps
 
Client server
Client serverClient server
Client server
 
Desenhista construcao civil
Desenhista construcao civilDesenhista construcao civil
Desenhista construcao civil
 
REFORMA ENERGETICA
REFORMA ENERGETICAREFORMA ENERGETICA
REFORMA ENERGETICA
 
apuntes teoria de la arquitectura
apuntes teoria de la arquitecturaapuntes teoria de la arquitectura
apuntes teoria de la arquitectura
 
El sistema monetario
El sistema monetarioEl sistema monetario
El sistema monetario
 
B5 proteinas pdf1
B5 proteinas pdf1B5 proteinas pdf1
B5 proteinas pdf1
 
Venezuela--2011 FDA Gobal Electoral Fairness Audit Report
Venezuela--2011 FDA Gobal Electoral Fairness Audit ReportVenezuela--2011 FDA Gobal Electoral Fairness Audit Report
Venezuela--2011 FDA Gobal Electoral Fairness Audit Report
 
Business Model Camp, Hub Berkeley, CA
Business Model Camp, Hub Berkeley, CABusiness Model Camp, Hub Berkeley, CA
Business Model Camp, Hub Berkeley, CA
 
The Business Model Canvas and Social Impact
The Business Model Canvas and Social ImpactThe Business Model Canvas and Social Impact
The Business Model Canvas and Social Impact
 
Sintesis informativa 28 octubre 2013
Sintesis informativa 28 octubre 2013Sintesis informativa 28 octubre 2013
Sintesis informativa 28 octubre 2013
 
Mi autobiografia
Mi autobiografiaMi autobiografia
Mi autobiografia
 
Designing a Business Model
Designing a Business ModelDesigning a Business Model
Designing a Business Model
 
Magazine Het Ondernemersbelang Twente 01 2012
Magazine Het Ondernemersbelang Twente  01 2012Magazine Het Ondernemersbelang Twente  01 2012
Magazine Het Ondernemersbelang Twente 01 2012
 
RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)
RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)
RESULTADOS DE APRENDIZAJE (ACTIVIDADES)
 
Job analysis & disengs
Job analysis & disengsJob analysis & disengs
Job analysis & disengs
 
ADADC Vegetarian Diets
ADADC  Vegetarian  DietsADADC  Vegetarian  Diets
ADADC Vegetarian Diets
 
Cartilla modulo sistemas_silvopastoriles
Cartilla modulo sistemas_silvopastorilesCartilla modulo sistemas_silvopastoriles
Cartilla modulo sistemas_silvopastoriles
 

Ähnlich wie Reduccion Rete Fuente

Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...normasresumidas
 
Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...
Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...
Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...normasresumidas
 
Régimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionales
Régimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionalesRégimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionales
Régimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionalesyodaly-29
 
Ley143029122010 reforma tributaria
Ley143029122010 reforma tributariaLey143029122010 reforma tributaria
Ley143029122010 reforma tributariaPablo Tauta PCC MBA
 
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdfLey_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdfAuxiliarContableMyca
 
Reformas fiscales 2012 en El Salvador
Reformas fiscales 2012 en El SalvadorReformas fiscales 2012 en El Salvador
Reformas fiscales 2012 en El SalvadorJorge Guevara
 
L 1607-12 reforma tributaria-
L 1607-12 reforma tributaria-L 1607-12 reforma tributaria-
L 1607-12 reforma tributaria-Sebastian Escobar
 
Resolucion 1607-12 reforma tributaria
Resolucion 1607-12 reforma tributariaResolucion 1607-12 reforma tributaria
Resolucion 1607-12 reforma tributariaLuis Duran
 
retencion fuente
retencion fuenteretencion fuente
retencion fuenteVIJAROMA 96
 
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losExtracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losEX ARTHUR MEXICO
 
decreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdf
decreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdfdecreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdf
decreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdfoscar62259
 
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdfdecreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdfjosereyes697729
 
D 1808 ret islr
D 1808 ret islrD 1808 ret islr
D 1808 ret islrUNEG
 
guatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdf
guatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdfguatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdf
guatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdfsaphana7
 

Ähnlich wie Reduccion Rete Fuente (20)

Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
Retencion En La Fuente Fondos de Inversion Colectiva Decreto 1848 del 29 de a...
 
Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...
Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...
Elementos y depuración del Impuesto sobre la Renta para la Equidad -CREEDecre...
 
Régimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionales
Régimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionalesRégimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionales
Régimen de actividades comerciales y prestación de servicios profesionales
 
Ley143029122010 reforma tributaria
Ley143029122010 reforma tributariaLey143029122010 reforma tributaria
Ley143029122010 reforma tributaria
 
Ley percepcion
Ley percepcionLey percepcion
Ley percepcion
 
Pl rt2018
Pl rt2018Pl rt2018
Pl rt2018
 
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdfLey_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
Ley_2277_de_2022 Reforma Tributaria.pdf
 
Reformas fiscales 2012 en El Salvador
Reformas fiscales 2012 en El SalvadorReformas fiscales 2012 en El Salvador
Reformas fiscales 2012 en El Salvador
 
L 1607-12 reforma tributaria-
L 1607-12 reforma tributaria-L 1607-12 reforma tributaria-
L 1607-12 reforma tributaria-
 
Resolucion 1607-12 reforma tributaria
Resolucion 1607-12 reforma tributariaResolucion 1607-12 reforma tributaria
Resolucion 1607-12 reforma tributaria
 
retencion fuente
retencion fuenteretencion fuente
retencion fuente
 
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a losExtracto de las principales resoluciones favorables a los
Extracto de las principales resoluciones favorables a los
 
decreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdf
decreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdfdecreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdf
decreto-2201-del-30-de-diciembre-de-2016.pdf
 
Aspectos importantes de la reforma tributaria
Aspectos importantes de la reforma tributariaAspectos importantes de la reforma tributaria
Aspectos importantes de la reforma tributaria
 
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdfdecreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
decreto_1808_reglamento_parcial_de_la_ley_de_impuesto_sobre_la_renta.pdf
 
D 1808 ret islr
D 1808 ret islrD 1808 ret islr
D 1808 ret islr
 
Ley-29173.doc
Ley-29173.docLey-29173.doc
Ley-29173.doc
 
Ley 29173 (1)
Ley 29173 (1)Ley 29173 (1)
Ley 29173 (1)
 
guatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdf
guatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdfguatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdf
guatemala_2018_annex-15_Decree_4-2012.pdf
 
DL 1258 Modificaciones sobre el Impuesto a la Renta
DL 1258 Modificaciones sobre el Impuesto a la RentaDL 1258 Modificaciones sobre el Impuesto a la Renta
DL 1258 Modificaciones sobre el Impuesto a la Renta
 

Mehr von Cendap Ltda

Situaciones Administrativas Regimen Prestacional
Situaciones Administrativas Regimen PrestacionalSituaciones Administrativas Regimen Prestacional
Situaciones Administrativas Regimen PrestacionalCendap Ltda
 
Plebiscito - Acuerdo Final / 2 Octubre
Plebiscito - Acuerdo Final / 2 OctubrePlebiscito - Acuerdo Final / 2 Octubre
Plebiscito - Acuerdo Final / 2 OctubreCendap Ltda
 
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector salud
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector saludLey 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector salud
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector saludCendap Ltda
 
Guia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas Internacionales
Guia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas InternacionalesGuia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas Internacionales
Guia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas InternacionalesCendap Ltda
 
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago Licencia
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago LicenciaMora en Aportes Patronales, Mora Pago Licencia
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago LicenciaCendap Ltda
 
Desviacion de Recursos
Desviacion de RecursosDesviacion de Recursos
Desviacion de RecursosCendap Ltda
 
Portafolio de Servicios
Portafolio de ServiciosPortafolio de Servicios
Portafolio de ServiciosCendap Ltda
 
Decreto 1082 de 2015
Decreto 1082 de 2015Decreto 1082 de 2015
Decreto 1082 de 2015Cendap Ltda
 
Pago de vacaciones empleados Orden Territorial
Pago de vacaciones empleados Orden TerritorialPago de vacaciones empleados Orden Territorial
Pago de vacaciones empleados Orden TerritorialCendap Ltda
 
Actualizacion meci decreto
Actualizacion meci decretoActualizacion meci decreto
Actualizacion meci decretoCendap Ltda
 
Responsabilidad del Municipio Preservar Medio Ambiente
Responsabilidad del Municipio Preservar Medio AmbienteResponsabilidad del Municipio Preservar Medio Ambiente
Responsabilidad del Municipio Preservar Medio AmbienteCendap Ltda
 
Mads18066 Necesidad del estudio Ambiental para Licencia
Mads18066 Necesidad del estudio Ambiental para LicenciaMads18066 Necesidad del estudio Ambiental para Licencia
Mads18066 Necesidad del estudio Ambiental para LicenciaCendap Ltda
 
Dafp15991 parentesco para contratar
Dafp15991  parentesco para contratarDafp15991  parentesco para contratar
Dafp15991 parentesco para contratarCendap Ltda
 
Dafp15921 inhabiliddaes elegido alcalde
Dafp15921 inhabiliddaes elegido alcaldeDafp15921 inhabiliddaes elegido alcalde
Dafp15921 inhabiliddaes elegido alcaldeCendap Ltda
 
Simultaneo encargo y comision
Simultaneo encargo y comisionSimultaneo encargo y comision
Simultaneo encargo y comisionCendap Ltda
 
Permiso para ejercer docencia
Permiso para ejercer docenciaPermiso para ejercer docencia
Permiso para ejercer docenciaCendap Ltda
 
Pago prestaciones sociales empleados publicos
Pago prestaciones sociales empleados publicosPago prestaciones sociales empleados publicos
Pago prestaciones sociales empleados publicosCendap Ltda
 
Liquidación de Contratos Estatales
Liquidación de Contratos EstatalesLiquidación de Contratos Estatales
Liquidación de Contratos EstatalesCendap Ltda
 
Ejercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboral
Ejercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboralEjercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboral
Ejercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboralCendap Ltda
 
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...Cendap Ltda
 

Mehr von Cendap Ltda (20)

Situaciones Administrativas Regimen Prestacional
Situaciones Administrativas Regimen PrestacionalSituaciones Administrativas Regimen Prestacional
Situaciones Administrativas Regimen Prestacional
 
Plebiscito - Acuerdo Final / 2 Octubre
Plebiscito - Acuerdo Final / 2 OctubrePlebiscito - Acuerdo Final / 2 Octubre
Plebiscito - Acuerdo Final / 2 Octubre
 
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector salud
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector saludLey 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector salud
Ley 1797 de 2016 saneamiento fiscal para sector salud
 
Guia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas Internacionales
Guia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas InternacionalesGuia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas Internacionales
Guia Actualizacion RUT / Contabilidad Normas Internacionales
 
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago Licencia
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago LicenciaMora en Aportes Patronales, Mora Pago Licencia
Mora en Aportes Patronales, Mora Pago Licencia
 
Desviacion de Recursos
Desviacion de RecursosDesviacion de Recursos
Desviacion de Recursos
 
Portafolio de Servicios
Portafolio de ServiciosPortafolio de Servicios
Portafolio de Servicios
 
Decreto 1082 de 2015
Decreto 1082 de 2015Decreto 1082 de 2015
Decreto 1082 de 2015
 
Pago de vacaciones empleados Orden Territorial
Pago de vacaciones empleados Orden TerritorialPago de vacaciones empleados Orden Territorial
Pago de vacaciones empleados Orden Territorial
 
Actualizacion meci decreto
Actualizacion meci decretoActualizacion meci decreto
Actualizacion meci decreto
 
Responsabilidad del Municipio Preservar Medio Ambiente
Responsabilidad del Municipio Preservar Medio AmbienteResponsabilidad del Municipio Preservar Medio Ambiente
Responsabilidad del Municipio Preservar Medio Ambiente
 
Mads18066 Necesidad del estudio Ambiental para Licencia
Mads18066 Necesidad del estudio Ambiental para LicenciaMads18066 Necesidad del estudio Ambiental para Licencia
Mads18066 Necesidad del estudio Ambiental para Licencia
 
Dafp15991 parentesco para contratar
Dafp15991  parentesco para contratarDafp15991  parentesco para contratar
Dafp15991 parentesco para contratar
 
Dafp15921 inhabiliddaes elegido alcalde
Dafp15921 inhabiliddaes elegido alcaldeDafp15921 inhabiliddaes elegido alcalde
Dafp15921 inhabiliddaes elegido alcalde
 
Simultaneo encargo y comision
Simultaneo encargo y comisionSimultaneo encargo y comision
Simultaneo encargo y comision
 
Permiso para ejercer docencia
Permiso para ejercer docenciaPermiso para ejercer docencia
Permiso para ejercer docencia
 
Pago prestaciones sociales empleados publicos
Pago prestaciones sociales empleados publicosPago prestaciones sociales empleados publicos
Pago prestaciones sociales empleados publicos
 
Liquidación de Contratos Estatales
Liquidación de Contratos EstatalesLiquidación de Contratos Estatales
Liquidación de Contratos Estatales
 
Ejercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboral
Ejercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboralEjercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboral
Ejercicio profesional de servidores publico fuera de jornada laboral
 
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...
Sent. C 241-14 Continuacion Régimen empleados para hospitales públicos liquid...
 

Kürzlich hochgeladen

CADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptx
CADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptxCADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptx
CADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptxYesseniaGuzman7
 
Emprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptx
Emprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptxEmprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptx
Emprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptxFERNANDOMIGUELRIVERA1
 
ANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptx
ANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptxANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptx
ANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptxJoseLuisUluriMamani
 
INTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdf
INTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdfINTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdf
INTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdfELISATORRES56
 
LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...
LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...
LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...EmelynYesmynVegaArre
 
EXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptx
EXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptxEXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptx
EXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptxFelicia Escobar
 
GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...
GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...
GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...ssuser66a3da
 
Unidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdf
Unidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdfUnidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdf
Unidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdfLuisFernandoRozasVil
 
INSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdf
INSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdfINSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdf
INSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdffaguilarpgrarlboliva
 
Libros - Las 48 leyes del Poder vida.pdf
Libros - Las 48 leyes del Poder vida.pdfLibros - Las 48 leyes del Poder vida.pdf
Libros - Las 48 leyes del Poder vida.pdfomd190207
 
Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...
Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...
Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...Oxford Group
 
Presentación Martin Purisaca - BCP...ppt
Presentación Martin Purisaca - BCP...pptPresentación Martin Purisaca - BCP...ppt
Presentación Martin Purisaca - BCP...pptjoseccampos94
 
El Ejército y las Operaciones en el Ciberespacio
El Ejército y las Operaciones en el CiberespacioEl Ejército y las Operaciones en el Ciberespacio
El Ejército y las Operaciones en el CiberespacioEjército de Tierra
 
Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024
Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024
Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024fanny vera
 
GERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESAS
GERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESASGERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESAS
GERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESASSilvanabelenCumpasip
 
PPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEOD
PPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEODPPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEOD
PPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEODferchuxdlinda
 
Aprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdf
Aprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdfAprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdf
Aprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdfLizbethMuoz40
 
modalidades de importaciones de productos
modalidades de importaciones de productosmodalidades de importaciones de productos
modalidades de importaciones de productosRaynelLpezVelsquez
 
1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf
1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf
1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdfjoanjustiniano98
 
METODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptx
METODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptxMETODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptx
METODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptxBrayanParra38
 

Kürzlich hochgeladen (20)

CADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptx
CADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptxCADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptx
CADENA DE SUMINISTROS DIAPOSITIVASS.pptx
 
Emprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptx
Emprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptxEmprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptx
Emprendedores peruanos, empresas innovadoras.pptx
 
ANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptx
ANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptxANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptx
ANÁLISIS DEL ENTORNO en la empresa Entel .pptx
 
INTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdf
INTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdfINTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdf
INTELIGENCIA EMOCIONAL -ADMINISTRACION.pdf
 
LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...
LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...
LOS BANCOS EN PERÚ establece las normas para la contabilización de los invent...
 
EXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptx
EXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptxEXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptx
EXPLICACIONES DE ASIENTOS CONTABLES DE SUELDOS Y JORNALES .pptx
 
GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...
GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...
GESTIÓN POR PROCESOS - 09.12 y 16.12.23 - parte 2 - MILAGROS FERNANDEZ - PRES...
 
Unidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdf
Unidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdfUnidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdf
Unidad 1 Modelo de Internacionalizacion de la empresas.pdf
 
INSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdf
INSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdfINSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdf
INSPECCION-PREOPERACIONAL DE PULIDORA.pdf
 
Libros - Las 48 leyes del Poder vida.pdf
Libros - Las 48 leyes del Poder vida.pdfLibros - Las 48 leyes del Poder vida.pdf
Libros - Las 48 leyes del Poder vida.pdf
 
Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...
Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...
Evaluación y Mejora Continua Guía de Seguimiento y Monitoreo para Cursos de C...
 
Presentación Martin Purisaca - BCP...ppt
Presentación Martin Purisaca - BCP...pptPresentación Martin Purisaca - BCP...ppt
Presentación Martin Purisaca - BCP...ppt
 
El Ejército y las Operaciones en el Ciberespacio
El Ejército y las Operaciones en el CiberespacioEl Ejército y las Operaciones en el Ciberespacio
El Ejército y las Operaciones en el Ciberespacio
 
Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024
Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024
Regímenes laborales en el Perú actualizados al 2024
 
GERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESAS
GERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESASGERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESAS
GERENCIA DE OPERACIONES MBA ADMINISTRACION DE EMPRESAS
 
PPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEOD
PPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEODPPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEOD
PPT Planilla Foro logistica (1).pptDMEDMEOD
 
Aprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdf
Aprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdfAprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdf
Aprendizaje basado en proyectos. La vida no son asignaturas_CPAL_PERU.pdf
 
modalidades de importaciones de productos
modalidades de importaciones de productosmodalidades de importaciones de productos
modalidades de importaciones de productos
 
1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf
1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf
1 GENERALIDADES Bioestadística y demografia.pdf
 
METODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptx
METODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptxMETODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptx
METODO MIXTOpresentaciondeadministracion.pptx
 

Reduccion Rete Fuente

  • 1. REPÚBLICA DE COLOMBIA ~ 11$ ~II ,~c. nClllIARIA IUIIIfe.~ MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO DECRETO NÚMERO 2418 PÚJ:.~ ~ . >:.=, ....,.I'.~;;;;;:ns:;::¡;:.;_¡;.u:= .. ­ :ezt::z UZC44iAt6i.., A4!l4L'f'l:.~. DE 2013 ( 31 OCT 2013 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012 El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 365, 366 Y395 del Estatuto Tributario y en desarrollo de lo previsto por el artículo 94 de la Ley 1607 de 2012 CONSIDERANDO: Que la Ley 1607 de 2012, en su artículo 94, modificó el artículo 240 del Estatuto Tributario en el sentido de disminuir, de 33% a 25%, la tarifa del impuesto sobre la renta de las sociedades anónimas, de las sociedades limitadas y de los demás entes asimilados a unas y otras, que tengan la calidad de nacionales de conformidad con las normas pertinentes, incluidas también las sociedades y otras entidades extranjeras de cualquier naturaleza que obtengan sus rentas a través de sucursales o de establecimientos permanentes. Que de acuerdo con lo anterior, es necesario establecer nuevas tarifas de retención en la fuente por concepto del impuesto sobre la renta, con el fin de hacer efectiva dicha disminución y así garantizar el adecuado flujo de recursos a la Nación de manera consecuente con la nueva tarifa del impuesto sobre la renta y los cambios introducidos por la Ley 1607 de 2012. Que de acuerdo con los artículos 365, 366 Y 395 el Gobierno Nacional se encuentra facultado para establecer las tarifas de retención en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios. DECRETA: ARTíCULO 1. Modifíquese el artículo 4 del decreto 260 de 2001, el cual quedará así: "Artículo 4. Retención en la fuente sobre otros ingresos. La tarifa de retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta por los pagos o abonos en cuenta que por los conceptos señalados en el inciso primero del artículo 5 del Decreto 1512 de 1985 efectúen las personas jurídicas, las sociedades de hecho y las demás entidades y personas naturales que tengan la calidad de agentes retenedores, es el dos punto cinco por ciento (2.5%). Los pagos o abonos en cuenta que correspondan a estos conceptos, para los cuales existan tarifas de retención en la fuente, señaladas en disposiciones especiales, seguirán rigiéndose por dichas tarifas. Parágrafo 1. Cuando los pagos o abonos en cuenta incorporen el valor de impuestos, tasas y contribuciones, para calcular la base de retención en la fuente se descontará el valor de los impuestos, tasas y contribuciones incorporados, siempre que los beneficiarios de dichos pagos o abonos tengan la calidad de responsables o recaudadores de los mismos. También se descontará de la base el valor de las propinas incluidas en las sumas a pagar. .
  • 2. / DECRETO NUMERO _ _-=2=-4..;.....:1=-8~_ de 2013 Hoja No. 2 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012" Parágrafo 2. Sin perjuicio de las disposiciones especiales previstas para otros impuestos, los ingresos provenientes de las operaciones realizadas a través de instrumentos financieros derivados, estarán sometidos a una tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta del dos punto cinco por ciento (2.5%). Parágrafo Transitorio. La tarifa a que se refiere el presente artículo será del uno punto cinco por ciento (1.5%) para los meses de noviembre y diciembre de 2013. ARTíCULO 2. Modifíquese el inciso segundo del artículo 5 del decreto 1512 de 1985, el cual quedará así: "Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a contratos de construcción o urbanización, la retención prevista en este artículo será del dos por ciento (2.0%). Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la adquisición de vehículos la·retención prevista en este artículo será del uno por ciento (1.0%). Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la adquisición de bienes raíces cuya destinación y uso sea vivienda de habitación, la retención prevista en este artículo será del uno por ciento (1%) por las primeras veinte mil (20.000) UVT. Para el exceso de dicho monto, la tarifa de retención será del dos punto cinco por ciento (2.5%). Cuando el pago o abono en cuenta corresponda a la adquisición de bienes raíces cuya destinación y uso sean distintos a vivienda de habitación, la retención prevista en este artículo será del dos punto cinco por ciento (2.5%)" AR'rícUlO 3. Tarifa de retención en rendimientos financieros provenientes de títulos de renta fija. Todas las referencias hechas en el Decreto 700 de 1997, en particular las que se realizan en el artículo 4, el parágrafo del artículo 12, el parágrafo del artículo 13, el artículo 24, el numeral 5 del artículo 33 y el inciso segundo del parágrafo del articulo 42 del Decreto 700 de 1997, a la tarifa de retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros provenientes de títulos con intereses y/o descuentos o generados en sus enajenaciones del siete por ciento (7.0%), serán efectuadas a la tarifa del cuatro por ciento (4.0%). ARTíCULO 4. Retención en la fuente en operaciones de reporto o repo, simultáneas y transferencia temporal de valores. La retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, en las operaciones de reporto o repo, simultáneas y transferencia temporal de valores, para los contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, se sujeta a lo establecido en el articulo 2.36.3.1.4 del Decreto 2555 de 2010 Ycualquier norma que lo modifique o sustituya, y a las siguientes reglas: 1. Autorretención y retención en la fuente. Las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, actuarán como autorretenedores de rendimientos financieros en las operaciones de reporto o repo, simultáneas y de transferencia temporal de valores que celebren. Cuando quien celebre la operación de reporto o repo, simultánea o de transferencia temporal de valores no sea una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, la retención en la fuente por concepto de rendimientos financieros será practicada por el intermediario de valores del adquirente inicial para el caso de las operaciones de reporto o repo y simultáneas, y del originador en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores. 2. La base de retención en la fuente será el valor neto resultante de los pagos girados o los abonos en cuenta hechos, directa o indirectamente, a favor y en contra del adquirente inicial para el caso de las operaciones de reporto o repo y simultáneas, y del originador en el caso de las operaciones de transferencia temporal de valores.
  • 3. 2418 DECRETO NUMERO _ _ _ _ _ _ de 2013 Hoja N°. 3 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012" 3. La tarifa de retención en la fuente aplicable a estas operaciones será del dos punto cinco por ciento (2.5%) y se aplicará a la base determinada en el numeral 2 del presente artículo. 4. La retención en la fuente en las operaciones de que trata este artículo, se practicará exclusivamente al momento de la liquidación final de la respectiva operación sin tener en cuenta para el efecto cuantías mínimas. ARTIcULO 5. Retención en la fuente sobre intereses originados en operaciones activas de crédito u operaciones de mutuo comercial. Los intereses o rendimientos financieros que perciban las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia provenientes de las operaciones activas de crédito o mutuo comercial que realicen en desarrollo de su objeto social estarán sometidos a una tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta, del dos punto cinco por ciento (2.5%) sobre el componente que corresponda a intereses o rendimientos financieros sobre cada pago o abono en cuenta Parágrafo 1. Para la práctica de esta retención en la fuente, no se tendrán en cuenta cuantías mínimas. Parágrafo 2. Para efectos de lo establecido en el presente artículo, todas las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia tendrán la calidad de autorretenedoras por concepto de intereses o rendimientos financieros, independientemente de que el pago o abono en cuenta provenga de una persona natural o de una persona jurídica que no tenga la calidad de agente retenedor. Parágrafo 3. Los pagos o abonos en cuenta que correspondan a rendimientos financieros para los cuales existan tarifas de retención en la fuente, señaladas en disposiciones especiales, seguirán rigiéndose por dichas tarifas. Parágrafo 4. No estarán sujetos a esta retención en la fuente los intereses o rendimientos financieros que perciban las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que no tengan la calidad de contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios. ARTíCULO 6. Retención en la fuente en los ingresos por concepto de comisiones en el sector financiero. Los pagos o abonos en cuenta que se efectúen a las entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia que correspondan a comisiones estarán sujetas a una tarifa de retención en la fuente del once por ciento (11.0%). En el caso de comisiones por concepto de transacciones realizadas en bolsa la tarifa de retención en la fuente aplicable será del tres por ciento (3.0%). Parágrafo 1. Para la aplicación de la retención en la fuente de que trata este artículo, no se tendrá en cuenta cuantías mínimas. Parágrafo 2. Sin pe~uicio de lo previsto en otras disposiciones. las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia actuarán como autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios por concepto de comisiones, independientemente de que el pago o abono en cuenta provenga de una persona natural o de una persona jurídica que no tenga la calidad de agente retenedor. ARTíCULO 7. Modificase el artículo 1del Decreto 1505 de 2011, el cual quedará así: "ARTIcULO 1. Retención por ingresos provenientes de exportación de hidrocarburos y demás productos mineros. Las tarifas de retención en la fuente a título de impuesto de renta y
  • 4. / DECRETO NUMERO _ _2,--4--,--1_8_ _ de 2013 Hoja No. 4 Continuación del Decreto "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012" complementarios sobre el valor bruto del pago o abono en cuenta en divisas provenientes del exterior por exportación de hidrocarburos ydemás productos mineros serán: 1. Exportaciones de hidrocarburos: uno punto cinco por ciento (1.5%). 2. Exportaciones de demás productos mineros, incluyendo el oro: uno por ciento (1 %). Parágrafo. Lo dispuesto en el presente artículo no aplica a los ingresos originados en exportaciones de oro que efectúen las Sociedades de Comercialización Internacional, siempre y cuando los ingresos correspondan a oro exportado respecto del cual la Sociedad de Comercialización Internacional haya efectuado retención en la fuente a sus proveedores de acuerdo con el Parágrafo del artículo 13 del Decreto 2076 de 1992." ARTíCULO 8. Modificase el artículo 1del Decreto 2885 de 2001, el cual quedará así: "Artículo 1°. Autorretención en la fuente para servicios públicos. Los pagos o abonos en cuenta por concepto de servicios públicos domiciliarios y las actividades complementarias a que se refiere la Ley 142 de 1994 y demás normas concordantes, prestados a cualquier tipo de usuario, están sometidos a la tarifa del dos punto cinco por ciento (2.5%), sobre el valor del respectivo pago o abono en cuenta, la cual deberá ser practicada a través del mecanismo de la autorretención por parte de las empresas prestadoras del servicio, que sean calificadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante Resolución de carácter general. Parágrafo 1°. Durante la vigencia de la exención de que trata el artículo 211 del Estatuto Tributario, la base para la autorretención se reducirá en el porcentaje de exención aplicable en cada año gravable, para cada servicio público domiciliario. Parágrafo 2°, Los valores efectivamente recaudados por concepto de servicios públicos, facturados para terceros no estarán sujetos a autorretención, Parágrafo 3°. Sobre los demás conceptos efectivamente recaudados incluidos en la factura de servicios públicos, actuará como agente retenedor la empresa de servicios públicos que emita la factura. Parágrafo 4°. La retención en la fuente de que trata este artículo, aplicará cualquiera fuere la cuantía del pago o abono en cuenta." ARTíCULO 9. Vigencia y derogatorias. El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de noviembre de 2013 y deroga el inciso 3 del artículo 12 del Decreto 2026 de 1983. 3 1 OCT 2013 pUBLfaUESE y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D. C., a ~ dt1tUI V1 UV ~~ ~___ :...J .;,:~) MAURICIO CÁRDENAS SANTAMARíA Ministro de Hacienda y Crédito Público {¡jI.