1. EDUCACION CIVICA
SOCIEDAD, ESTADO Y NACIÓN.
SOCIEDAD.- El término sociedad hace
referencia al conjunto de seres humanos
que viven en permanente y estrecha
relación, es decir que coexisten,
produciéndose una compleja red de
interrelaciones de índole económica,
cultural y política.
La Sociedad responde a la inclinación
natural del hombre a vivir con los demás,
lo que también fue apreciado por
Aristóteles al señalar que el hombre es
un ser social por naturaleza. Desde la
aparición del hombre en la tierra, éste
siempre ha vivido en colectividad,
constituyendo las Hordas, Los Clanes,
Las Tribus, Las Confederaciones de
tribus y la Naciones.
NACIÓN.- Es una agrupación de
personas vinculadas por la misma
tradición histórica, una sola conciencia
nacional y los mismos ideales por
alcanzar.
- Tradición Histórica.- Es la unidad
en el pasado, y comprende tener los
mismos antepasados, un origen común, los
mismos héroes, las mismas costumbres,
hechos históricos comunes, etc.
- Conciencia Nacional.- Es la unidad
en el presente, y comprende el
reconocimiento de un grupo, sobre sí
mismo, como auténtico y con identidad
cultural. Puede entenderse también, como
la profunda y connaturalizada unidad de
pensamiento y de sentimiento, respecto a
lo que ellos constituyen.
- Ideales Comunes.-Es la unidad en
el futuro, que implica el trazarse un
mismo camino por recorrer juntos, con la
finalidad de lograr bienestar para todos
sus miembros.
A estos elementos se los denomina
esenciales.
Es de puntualizar y recordar que,
anteriormente se pensaba que la Nación
debía presentar los siguiente elementos:
Unidad de raza, de cultura, de religión,
de lenguaje y de costumbres, comunidad
de historia y de destino nacional.
Actualmente no tiene lugar en el orden
real de las cosas, la comunidad cultural,
racial, religiosa e idiomática desapareció
tiempos atrás por la incesante mezcla de
estirpes, por las conquistas militares,
por las alianzas de clases y de tribus,
por el movimiento migratorio de las
poblaciones. De lo dicho se sigue que
pueden los grupos sociales tener
diversidad de razas, de religiones e
idiomas, pero si se hallan unidos por el
pasado, solidarizados por el presente y
proyectados al futuro en una acción
común, constituyen naciones.
A estos elementos que en el pasado se
creía constituían la nación se les
denomina elementos no esenciales.
ESTADO.- Con respecto al término
Estado, son muchas las definiciones que
se han dado, por ejemplo se dice que el
Estado es la sociedad más poder; también
lo han definido como la Nación jurídica y
políticamente organizada, asentado en un
territorio; Otro grupo de pensadores
dice que el estado es el conjunto de
organismos que ejercen el poder de una
nación y que tiene a su cargo la
conducción humana, políticamente
organizada sobre un territorio.
La diversidad de definiciones respecto al
estado, muestra la divergencia entre los
teórico, así como la dificultad de esta
tarea; Sin embargo, un método
generalmente empleado a llegar a definir
el estado, es el partir de sus elementos,
y estos son:
- El pueblo o población; con este
elemento podemos darnos cuenta que el
Estado es también una sociedad, es decir
tiene un substrato humano, por lo que se
2. dice que la población es el elemento
humano del estado. Este elemento
también ha merecido la denominación de
Nación, pues es esta organización la que,
al alcanzar un elevado grado de
conjunción y unidad puede formar un
Estado.
- El territorio, es el elemento físico
o material del Estado, y que cobra en la
actualidad, mucha importancia, por
cuánto los estados necesitan un ámbito
territorial para poder ejercer su poder,
y además es obvio que la población de un
Estado deba asentarse y desarrollarse
en determinado ámbito geográfico.
- El Poder; es el elemento más
característico, e implica la capacidad de
hacer que los demás hagan la voluntad de
uno. Es a través de este elemento que
pueden ser analizados los otros dos
elementos del Estado: El poder implica la
existencia de un pueblo sobre el cual se
ejerce y de un territorio ocupado por
ese pueblo, lo que significa que el poder
tiene una base física y una base humana.
- El Gobierno; elemento que algunos
teóricos no lo consideran, refiriéndose
con él, al conjunto de personas que
ejercen el poder del Estado, y en una
concepción democrática lo hacen en
representación del pueblo que es quien
los designa. Tenemos por ejemplo al
Presidente de la república, a los
congresistas, a los magistrados del
poder judicial, a los ministros de estado,
etc.
RELACIONES ENTRE LOS
CONCEPTOS ESTADO Y NACIÓN.-
Un problema siempre presente en la
teoría política y sociológica, es el de
saber si la nación es lo mismo que
estado, o si, por el contrario, son
conceptos totalmente opuestos.
En ese sentido, hay que aclarar de inicio,
que la nación es un término
eminentemente étnico-antropológico-sociológico,
que designa un grupo humano
fundado sobre vínculos naturales como el
origen y el parentesco étnico, y todo lo
que ello implica.
El Estado en cambio, es un término
jurídico y político por excelencia, y se
refiere a la sociedad organizada bajo un
ordenamiento legal. El Estado es la
vestidura orgánica y política de la
nación, que es preexistente como
organización social, de tal suerte que la
nación es el fundamento humano e
histórico sobre el que se establece el
estado, en un grado superior de
evolución.
Esto significa, que la nación constituye
el elemento esencial para la constitución
de un Estado; sin embargo, hay que
considerar que una nación puede
encontrarse repartida en diferentes
estados( la nación germánica, entre
Alemania y Austria), y que un estado
puede comprender diferentes naciones,
así como una nación puede ser la base
para la formación de diferentes estados
(los estados árabes, china y corea.)
En todo caso, la nación es el antecedente
inmediato del Estado, vale decir,
constituye el grado evolutivo próximo
anterior. Sobre la nación se construye el
andamiaje jurídico-político en que
esencialmente consiste el estado.
LA SOBERANIA DEL ESTADO.- La
soberanía o poder supremo y superior del
Estado, como elemento del estado
consiste en la facultad que tiene éste,
para trazara la conducta de los
gobernados e inclusive de los
gobernantes. La voz soberanía indica
supremacía, es decir poder superior a
todo otro poder dentro del territorio
nacional, lo que significa que solo puede
haber una organización que tenga
soberanía dentro de un territorio, y esta
es el Estado. Las decisiones del Estado
son supremas, sin que pueda oponérsele
ninguna otra voluntad.
La Soberanía tiene dos aspectos, uno
interno y otro externo: En el orden
interno la soberanía se expresa como
supremacía, pues consiste en que la
3. voluntad del estado no admite
contrarresto dentro de su territorio, es
decir el Estado tiene el poder de mando
más elevado e incondicionado dentro de
su territorio. Y en el orden externo, se
expresa como independencia, lo que le
permite actuar y conducirse libremente
en el campo internacional, en pie de
igualdad con los demás estados, por lo
que afirmar que los estados son
soberanos en sus relaciones recíprocas,
equivale a decir que son iguales los unos
con los otros, sin que pueda ninguno
pretender superioridad o autoridad sobre
los demás.
LA NACIONALIDAD
CONCEPTO.- Se denomina nacionalidad
al vínculo jurídico y político que une a
una persona con un determinado Estado,
relación jurídica que hace surgir ciertos
derechos y deberes especiales para
ambas partes, tal es el caso del deber de
servir a la patria o el deber del Estado
proteger a la población de las amenazas
contra su seguridad.
CLASES DE NACIONALIDAD.- Las
clases de nacionalidad básicamente son
dos: La nacionalidad originaria o de
nacimiento, que es la nacionalidad que
uno la adquiere desde y por el
nacimiento; y la nacionalidad derivada o
voluntaria, que se adquiere después del
nacimiento, y cuando se tiene la
capacidad jurídica para manifestar la
voluntad, voluntad que consiste en pedir
la nacionalidad a otro Estado.
- Nacionalidad Originaria.- La
nacionalidad originaria es la que las
personas tienen desde el nacimiento,
para lo cual los países han establecido
ciertos aspectos como requisitos que al
cumplirse hacen que una persona adquiera
su nacionalidad, es decir no solo basta
el nacimiento para adquirir la
nacionalidad, sino además, algunos
requisitos. Estos han constituido los
llamados sistemas y son los siguientes:
1. - El Sistema ius soli; que otorga la
nacionalidad en función al lugar donde se
nace, de tal forma que los estados que
adoptan éste, establecen que todo el que
nace en su territorio tiene su
nacionalidad, no importando la
nacionalidad de los padres.
2. - El Sistema ius sanguinis; que otorga
la nacionalidad en función a la
nacionalidad de los padres, y los Estados
que tienen este sistema otorgan su
nacionalidad a toda persona que haya
nacido de padres de nacionalidad de ese
Estado, sin importar el territorio o
lugar donde se nazca.
3. - El Sistema Mixto; que viene a ser
la combinación de los anteriores
sistemas, es decir, se otorga la
nacionalidad si se nace en determinado
territorio o si se nace de padres de una
determ9inada nacionalidad.
La vigente Constitución Política del
Perú, en el artículo 52, precisa: Son
peruanos por nacimiento los nacidos en
el territorio de la República. También
lo son los nacidos en el exterior de
padre o madre peruanos, inscritos en
el registro correspondiente durante su
minoría de edad.
- Nacionalidad Derivada.- Esta
nacionalidad es la que se adquiere
después del nacimiento, y previa
manifestación de voluntad, debiendo la
persona solicitante, cumplir con los
requisitos que el Estado a quien se le
solicita, establezca. Al procedimiento
que el interesado deba cumplir se le
denomina Nacionalización.
El mismo articulo de la Constitución
establece: son asimismo peruanos los
que adquieren la nacionalidad por
naturalización o por opción, siempre
que tengan residencia en el Perú.
El Derecho a la nacionalidad, es regulado
por diferentes documentos
internacionales, habiéndose establecido
dos principios de carácter universal:
toda persona tiene derecho a una
nacionalidad y el principio de que toda
persona tiene derecho a cambiar de
4. nacionalidad originaria y de pedírsela a
cualquier Estado.
Sin embargo, estos principios
reconocidos en todo el mundo, tienen sus
excepciones, nos referimos al caso de los
apartidas, quienes no tienen
nacionalidad; Y también al caso de las
personas que tienen dos nacionalidades
debido a acuerdos Bilaterales entere los
estados.
Otro tema importante es el de la perdida
de la nacionalidad, en el que los Estados
tienen total autonomía para establecer
las causa que ellos vean por conveniente.
En el caso peruano, la Constitución
establece que la nacionalidad Peruana
sólo se pierde por renuncia expresa.
LOS DERECHOS HUMANOS
Es el conjunto de derechos esenciales,
primordiales, que se le reconoce al
hombre para que éste pueda
desarrollarse y desenvolverse con
normalidad y en atención a su calidad de
ser pensante, estos derechos permiten
que los hombres podamos desarrollar y
lograr nuestros proyectos existenciales,
y sin los cuales no lo lograríamos.
Los derechos humanos tienen como idea
central, como fundamento la dignidad
humana, entendiendo por ésta, la calidad
singular y única que presenta el ser
humano, nos referimos a racionalidad, a
su calidad de ser pensante, libre y con
aptitud para realizar valores. Es por
esta calidad especial que el hombre se
diferencia de los demás seres, y es por
ella también, que se le reconocen como
suyos una serie de bienes que se
denomina Derechos, sin los cuales no
puede desarrollarse dentro de su vida y
coexistencia con los demás.
Diversas han sido las denominaciones que
han recibido los derechos humanos; por
ejemplo, la declaración de independencia
de los EEUU los denomina “inalienables”,
y la declaración de los derechos del
hombre y del ciudadano de la Revolución
francesa los llama en su prólogo
“naturales, inalienables y sagrados”.
EVOLUCIÓN HISTORICA.- En todo
el proceso histórico transcurrido, en la
tarea de respetar y garantizar los
derechos del hombre, se han dado
diferentes hechos y documentos que en
su época intentaron la protección de los
mismos, y los diferentes documentos que
se dieron constituyen precisamente la
evolución de los Derechos Humanos.
En la edad antigua se tiene:
- La ley del más fuerte.
- El Código de Hamurabi.
- El Código de Moisés, que contenía
leyes como la “ley del Talión”
- El Código del Manu.
En la edad media se tiene:
- Los Fueros españoles de León, Jaca,
Burgos, Najara, Toledo, Calatayud,
(1020-1181).
- La Carta Magna de Juan Sin Tierra,
en 1215.
En la edad moderna se tiene:
- La Petición de Derechos, Inglaterra
(1629)
- La Ley de Habeas Hábeas,
Inglaterra (1679)
- La Declaración de Derechos,
Inglaterra (1689)
- La Declaración de Virginia, el 12 de
Junio de 1776.
- El Acta de Independencia de los
EE.UU., el 4 de Julio de 1776.
- La Declaración de los Derechos del
Hombre y del Ciudadano, el 26 de agosto
de 1789, en Francia. Esta declaración es
de principal importancia, por cuanto
constituye la culminación de una época,
en la lucha por el reconocimiento de los
derechos del hombre. Con ella se
proclamó la Libertad y la Igualdad, la
seguridad y el derecho a la resistencia a
la opresión.
Todos los derechos conquistados en esta
época merecen el nombre de derechos de
Primera Generación o derechos Civiles y
Políticos o Individuales.
5. Posteriormente la importancia creciente
del trabajo, a la vez que el aumento de la
miseria de diversos grupos humanos, los
perjuicios de un modelo económico
liberal, y la situación de desigualdad
económica entre los hombres, han
contribuido a subrayar la exigencia de
otros derechos, conocidos como
económicos, sociales y culturales,
denominados también derechos de
segunda generación o derechos
Colectivos
Como acontecimientos significativos en
esta lucha por el reconocimiento de
estos derechos, tenemos:
- La Revolución Rusa de 1917 y la
Constitución de ese año.
- La Revolución Mexicana de 1917 y la
Constitución de Querétaro.
- La Revolución Alemana de 1919 y la
Constitución de Weimar.
Todos estos acontecimientos, así como
los documentos que produjeron, son la
respuesta de algunos países frente a una
situación de pobreza, miseria y
explotación; son documentos que por
primera vez reconocen derechos de orden
social, derechos que implican una
búsqueda de igualdad económica, de
protección de las clases trabajadoras y
la protección y auxilio a quienes se
encuentran en desfavorable situación
económica.
En el siglo pasado, se ha venido
proclamando, los denominados derechos
de tercera generación o derechos de
solidaridad, cuyo contenido linda con la
protección del medio donde vivimos, con
la conservación de la vida humana, con la
felicidad y paz que todos anhelamos.
LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE
LOS DERECHOS HUMANOS.-
Después de la segunda guerra mundial, la
Asamblea general de las Naciones
Unidas, reunida en el palacio de Chaillot
(París), el 10 de Diciembre de 1948,
proclamó por resolución 217-A la
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS, que contiene un
preámbulo y 30 artículos. Esta
declaración fue suscrita por el Perú el 9
de diciembre de 1959, y aprobada por
Resolución Legislativa 13282.
A fin de alcanzar la vigencia de la
Declaración, las Naciones unidas
aprobaron el 16 de Diciembre de 1966,
los Pactos sobre Derechos Civiles y
Políticos, y sobre Derechos Económicos,
Sociales y Culturales.
LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS
PRINCIPALES INSTRUMENTOS
APROBADOS POR LA ONU Y LA
OEA.-
POR LA ONU:
- La Declaración universal de los
Derechos Humanos.
- El Pacto Internacional sobre
Derechos Civiles y Políticos.
- El Pacto Internacional sobre
Derechos Económicos, Sociales y
Culturales.
POR LA OEA:
- La Declaración Americana de los
Derechos y Deberes del Hombre, del
01 de Mayo de 1948.
- La Convención Americana sobre
Derechos Humanos o Tratado de San
José de Costa Rica, del 22 de
noviembre de 1969, y que crea una
Corte Americana de Derechos
Humanos, con facultades
jurisdiccionales, que funciona en San
José de Costa Rica desde el 3 de
Septiembre de 1979.
LOS DERECHOS ECONOMICOS Y
SOCIALES
La importancia que tuvieron en el siglo
XIX los derechos individuales o civiles
y políticos, se desplazó en el siglo XX y
hasta la actualidad, hacia los derechos
de orden económico social, ya que la
cuestión social, la miseria y pobreza, la
desigualdad económica y la explotación
del hombre por el hombre, son los
principales problemas de la actual
organización Social.
La Constitución Política del Perú, regula
esta materia en el título I, capítulo II,
6. bajo el nombre de los Derechos Sociales
y Económicos.
EL ESTADO Y LA PROTECCIÓN DE
LA SALUD.- La Constitución Política
vigente, establece que todos tienen
derecho a la protección de su salud, la
del medio familiar y la de la comunidad,
así como el deber de contribuir a su
promoción y defensa. La persona
incapacitada tiene derecho al respeto de
su dignidad y a un régimen legal de
protección, atención, readaptación y
seguridad. El Estado determina la
política nacional de salud. El poder
Ejecutivo norma y supervisa su
aplicación. Es responsable de diseñarla y
conducirla en forma plural y
descentralizada, para facilitar a todas
el acceso equitativo a os servicios de
salud. El Estado reconoce el Derecho
Universal y progresivo de toda persona a
la Seguridad social, para su protección
frente a las contingencias que precise la
ley y para la elevación de su calidad de
vida. Las personas para este fin deberán
contribuir económicamente, y los fondos
y reservas que se acumulen son
totalmente intangibles.
LA EDUCACIÓN Y EL ROL DEL
ESTADO.- La educación tiene como
finalidad el desarrollo integral de la
persona humana. El Estado reconoce y
garantiza la libertad de enseñanza, por
cuanto la educación promueve el
conocimiento, el aprendizaje y la
práctica de las humanidades, la ciencia,
la técnica, las artes, la educación física
y el deporte, preparando a la persona
para la vida, el trabajo y fomentando la
solidaridad.
Es deber del Estado promover el
desarrollo científico y tecnológico del
país. La formación ética y cívica, y la
enseñanza de la Constitución y de los
Derechos Humanos son obligatorias en
todo proceso educativo civil o militar.
Todo el sistema como el régimen
educativo debe ser descentralizados,
coordinando el estado la política
educativa y supervisando su cumplimiento
y la calidad de la educación; siendo deber
del Estado asegurar que nadie se vea
impedido de recibir educación adecuada
por razón de su situación económica o de
limitaciones mentales o físicas.
La educación inicial, primaria y
secundaria son obligatorias, siendo
gratuitas en instituciones del Estado.
En las universidades públicas la
educación es gratuita para los alumnos
de rendimiento satisfactorio y no
cuenten con los recursos económicos
para cubrir los costos de educación.
La educación universitaria tiene cono
fines la formación profesional, la
difusión cultural, la creación intelctu7al
y artística, y la investigación científica
y tecnológica. El Estado garantiza la
libertad de cátedra y rechaza la
intolerancia. La universidad es la
comunidad de profesores, alumnos y
graduados, que tiene autonomía en su
régimen normativo, de gobierno,
académico, administrativo y económico,
rigiéndose por sus propios estatutos, en
el marco de la Constitución y de las
leyes.
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