SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 4
Descargar para leer sin conexión
UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA

           VICERRECTORADO ACADÉMICO
DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE GESTIÓN DE LA DOCENCIA




   REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y
     RECONOCIMIENTO DE CURSOS




   Aprobado en sesión de Consejo Universitario del 03-junio-2009




                              2009
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS
                                       INTRODUCCIÓN



Participaron en la elaboración del presente Reglamento los miembros del Comité Directivo de la
Dirección Universitaria de Gestión de la Docencia, durante los meses de enero y febrero del 2009.

La Dirección de Gestión de la Docencia presentó al Vicerrectorado Académico el Reglamento de
Convalidación y Reconocimiento de Cursos de la UPCH en marzo del 2009, fecha en la cual fue
colocado en el Foro del Vicerrectorado Académico.

Durante los meses de abril y mayo año en curso estuvo en discusión en el Comité Técnico del
Vicerrectorado Académico.

Este Reglamento fue aprobado en sesión de Consejo Universitario de fecha 03 de junio del 2009.

Participaron en la elaboración del presente Reglamento:

DIRECCIÓN DE
GESTIÓN DE LA DOCENCIA                 Nelly Baiocchi Ureta

FACULTAD                               REPRESENTANTE
CIENCIAS                               Hugo Flores Liñan
EDUCACIÓN                              Ana María Tapia
ENFERMERÍA                             Inés Silva Mathews
ESTOMATOLOGÍA                          Mirza Flores Mori
MEDICINA                               Manuel Gutiérrez Sierra
SALUD PÚBLICA                          Iris Pecho Manyari
VETERINARIA Y ZOOTECNIA                Rosaura Dennise Chauca

ESCUELA DE POSTGRADO
VICTOR ALZAMORA CASTRO                 Natalie Loncharich Vera
REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS

I.    FINALIDAD Y OBJETO DE APLICACIÓN.
      El presente Reglamento establece la regulación de la convalidación y reconocimiento de cursos
      en la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH).

II.   BASE LEGAL.
      2.1 Ley N° 23733, Ley Universitaria, ampliatorias y complementarias.
      2.2 Estatuto UPCH.
      2.3 Reglamento General de UPCH.
      2.4 Reglamento de Admisión.
      2.5 Reglamento de Matrícula.

III. DEFINICIONES.
     3.1 Convalidación de cursos: Se denomina convalidación de cursos a la decisión de aceptar
          como válidos los cursos que hayan sido aprobados por los estudiantes en otras
          universidades nacionales o extranjeras, centros de estudios superiores o con rango
          universitario.
     3.2 Reconocimiento de cursos: Se denomina reconocimiento de cursos a la decisión de una
          facultad o escuela de aceptar como válidos los cursos aprobados en la UPCH.

IV. DISPOSICIONES GENERALES.
    4.1 Las convalidaciones o reconocimientos se resuelven en cada facultad.
    4.2 Las facultades deben resolver las solicitudes de convalidación o reconocimiento de cursos
        en los calendarios establecidos, a más tardar dentro del primer mes de cada ciclo
        académico.
    4.3 Corresponde a cada facultad definir el número total de créditos a convalidar o reconocer en
        cada carrera.
    4.4 Las calificaciones obtenidas en cursos en la Universidades del Consorcio se mantienen
        como tal.

V.    DE LA CONVALIDACIÓN.
      5.1 Se convalidan cursos de periodos académicos regulares aprobados en fecha anterior a la
          admisión o reincorporación a la Universidad, o de acuerdo a lo establecido según
           convenios.
      5.2 De ningún modo se convalidan cursos llevados en periodos simultáneos a estudios que
          requieren tiempo completo en la UPCH.
      5.3 La convalidación debe ser solicitada por el estudiante al menos un mes antes de la fecha de
          inicio del período académico en que se dictará el curso.
          En caso de ser un estudiante ingresante, debe estar matriculado y solicitar la convalidación
          del curso con un periodo mínimo de cinco días útiles antes del inicio del curso.
      5.4 Para convalidar un curso se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
          5.4.1 El curso a convalidar debe haber sido aprobado con calificativo igual o mayor a once
                  (11) o el equivalente.
          5.4.2 Los criterios para convalidar un curso se basan en la equivalencia académica
                  determinada por el nombre del curso y la comparación de la sumilla.
          5.4.3 El curso o los cursos a convalidar deben haber sido aprobado con una antigüedad
                  no mayor de cinco (5) años
5.4.4 Abonar los derechos establecidos por la Universidad para este fin.
           5.4.5 Adjuntar a la solicitud los certificados de estudios correspondientes y los sílabos de
                   los cursos que desea convalidar.
           5.4.6 La nota de un curso convalidado es la misma que la universidad de origen si ésta es
                   menor a la nota promedio de la cohorte de la UPCH. Si la nota de origen es superior
                   se le asignan la nota promedio de la cohorte de la UPCH. Esta nota se considera
                   para fines de cálculo de promedio ponderado.
           5.4.7 El número de créditos del curso o los cursos a convalidar deben ser mayor o igual
                   al número de créditos del curso ofrecido por la Universidad.
                   Si el número de créditos en el centro de estudios de origen es mayor que el del plan
                   de estudios de la UPCH, sólo se reconoce el número de créditos establecidos en la
                   UPCH.
       5.5 En todos los casos, la unidad académica correspondiente debe elevar al Consejo de
           Facultad un informe con la opinión sustentada sobre la procedencia de convalidación.
       5.6 Aprobada la convalidación de un curso, la facultad correspondiente debe proceder a
           autorizar la anulación de la matrícula en los cursos convalidados y el estudiante podrá
           solicitar la matrícula extemporánea en otros cursos.
       5.7 Cuando un estudiante es autorizado por Consejo de Facultad a llevar un curso o rotación
           equivalente en otra universidad, se le respeta la calificación obtenida.

VI. RECONOCIMIENTO DE CURSOS.
    6.1 En caso de transferencias internas entre facultades, se reconocen los cursos sólo si tienen
        el mismo contenido.
    6.2 No puede reconocerse cursos con un número de créditos mayor que el que tuvieron en el
        departamento académico de origen. En caso que el curso a reconocer tenga un número
        mayor de créditos, se reconoce el establecido en el plan de estudios para el cual se solicita
        el reconocimiento.
    6.3 El estudiante que desee reconocimiento de cursos debe presentar una solicitud al Decano
        de la Facultad un mes antes del inicio de las clases y abonar los derechos establecidos
        para este fin.

VII. Disposiciones Finales
     Los casos especiales serán resueltos en Consejo Universitario.




DUGED/Regl-Convalidación/CD:26-01-09; 02-02-09/CGC:18-02-09/CT-VRAC:01-Abr-09/ CT-VRAC:15-Abr-09/ CT-VRAC:29-Abr-09/ CT-VRAC:13-May-09

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Regimen de permanencia y repitencia
Regimen de permanencia y repitenciaRegimen de permanencia y repitencia
Regimen de permanencia y repitenciaCe DCyT
 
PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO
PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO
PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO Camilo Snak
 
Exposicion Final
Exposicion FinalExposicion Final
Exposicion FinalBENHUR B G
 
Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...
Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...
Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...jesusrtorrontegui
 
Reglamento para la evaluación estudiantil.
Reglamento para la evaluación estudiantil.Reglamento para la evaluación estudiantil.
Reglamento para la evaluación estudiantil.Xavi Campaña
 
Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...
Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...
Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...Renato Herrera
 
Instrucci[1]..
Instrucci[1]..Instrucci[1]..
Instrucci[1]..husecha31
 
Reglamento estudiantil
Reglamento estudiantilReglamento estudiantil
Reglamento estudiantilJeison Arias R
 

La actualidad más candente (18)

Slideshare
SlideshareSlideshare
Slideshare
 
Trabajo final
Trabajo finalTrabajo final
Trabajo final
 
Acuerdo 696
Acuerdo 696Acuerdo 696
Acuerdo 696
 
Trabajo dianita
Trabajo dianitaTrabajo dianita
Trabajo dianita
 
Regimen de permanencia y repitencia
Regimen de permanencia y repitenciaRegimen de permanencia y repitencia
Regimen de permanencia y repitencia
 
PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO
PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO
PARÁMETROS DE LA UNIVERSIDAD UNIMINUTO
 
Acuerdo696
Acuerdo696Acuerdo696
Acuerdo696
 
Exposicion Final
Exposicion FinalExposicion Final
Exposicion Final
 
Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...
Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...
Normas generales de servicios escolares para los planteles que integran el si...
 
Reglamento para la evaluación estudiantil.
Reglamento para la evaluación estudiantil.Reglamento para la evaluación estudiantil.
Reglamento para la evaluación estudiantil.
 
--aaa
--aaa--aaa
--aaa
 
Factores motivantes
Factores motivantesFactores motivantes
Factores motivantes
 
Garantias ubb
Garantias ubbGarantias ubb
Garantias ubb
 
039 vmediges-85
039 vmediges-85039 vmediges-85
039 vmediges-85
 
Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...
Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...
Reglamento para la evaluación estudiantil e instructivo para la pasantía de e...
 
Instrucci[1]..
Instrucci[1]..Instrucci[1]..
Instrucci[1]..
 
Guia para titulacion.t
Guia para titulacion.tGuia para titulacion.t
Guia para titulacion.t
 
Reglamento estudiantil
Reglamento estudiantilReglamento estudiantil
Reglamento estudiantil
 

Similar a Reglemanto de convalidacion

Guía.examen.complexivo.escuela.medicina
Guía.examen.complexivo.escuela.medicinaGuía.examen.complexivo.escuela.medicina
Guía.examen.complexivo.escuela.medicinacesar saltos
 
Propuesta plazo de titulación o graduación UACh
 Propuesta plazo de titulación o graduación UACh Propuesta plazo de titulación o graduación UACh
Propuesta plazo de titulación o graduación UAChIván Cea Rojas
 
Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn 6-4-2010
Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn  6-4-2010Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn  6-4-2010
Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn 6-4-2010Analid Narvaez
 
Reglamento academico de la ute
Reglamento academico de la uteReglamento academico de la ute
Reglamento academico de la uteKilsary Hernandez
 
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditosNormativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditosalternativafceye
 
REGLAMENTO INSTITUCIONAL UPC
REGLAMENTO INSTITUCIONAL UPCREGLAMENTO INSTITUCIONAL UPC
REGLAMENTO INSTITUCIONAL UPCgeraldine1107
 
Presentacion catedra
Presentacion catedraPresentacion catedra
Presentacion catedraMarcela Plata
 
Presentacion catedra Reglamento UPC
Presentacion catedra Reglamento UPCPresentacion catedra Reglamento UPC
Presentacion catedra Reglamento UPCMarcela Plata
 
ACUERDO número 696
 ACUERDO número 696 ACUERDO número 696
ACUERDO número 696raymarmx
 
ACTIVIDAD 1° 2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES
 ACTIVIDAD 1°  2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES  ACTIVIDAD 1°  2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES
ACTIVIDAD 1° 2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES juansantanac
 
Reglamento Institucional UPC
Reglamento Institucional UPCReglamento Institucional UPC
Reglamento Institucional UPCgeraldine1107
 

Similar a Reglemanto de convalidacion (20)

Reglamento de matricula
Reglamento de matriculaReglamento de matricula
Reglamento de matricula
 
Guía.examen.complexivo.escuela.medicina
Guía.examen.complexivo.escuela.medicinaGuía.examen.complexivo.escuela.medicina
Guía.examen.complexivo.escuela.medicina
 
Propuesta plazo de titulación o graduación UACh
 Propuesta plazo de titulación o graduación UACh Propuesta plazo de titulación o graduación UACh
Propuesta plazo de titulación o graduación UACh
 
Trabajo dianita
Trabajo dianitaTrabajo dianita
Trabajo dianita
 
Modalidades de Titulacion UV
Modalidades de Titulacion UVModalidades de Titulacion UV
Modalidades de Titulacion UV
 
Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn 6-4-2010
Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn  6-4-2010Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn  6-4-2010
Manual de admisiones, convalidaciòn, homologaciòn 6-4-2010
 
Trabajo final
Trabajo finalTrabajo final
Trabajo final
 
Reglamento De Actividad Academica - UPCH
Reglamento De Actividad Academica - UPCHReglamento De Actividad Academica - UPCH
Reglamento De Actividad Academica - UPCH
 
Reglamento academico de la ute
Reglamento academico de la uteReglamento academico de la ute
Reglamento academico de la ute
 
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditosNormativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos
Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos
 
REGLAMENTO INSTITUCIONAL UPC
REGLAMENTO INSTITUCIONAL UPCREGLAMENTO INSTITUCIONAL UPC
REGLAMENTO INSTITUCIONAL UPC
 
Manual de convivencia pag web
Manual de convivencia pag webManual de convivencia pag web
Manual de convivencia pag web
 
Presentacion catedra
Presentacion catedraPresentacion catedra
Presentacion catedra
 
Presentacion catedra Reglamento UPC
Presentacion catedra Reglamento UPCPresentacion catedra Reglamento UPC
Presentacion catedra Reglamento UPC
 
Geraldine amaya (1)
Geraldine amaya (1)Geraldine amaya (1)
Geraldine amaya (1)
 
ACUERDO número 696
 ACUERDO número 696 ACUERDO número 696
ACUERDO número 696
 
ACTIVIDAD 1° 2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES
 ACTIVIDAD 1°  2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES  ACTIVIDAD 1°  2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES
ACTIVIDAD 1° 2 CORTE RELACIONES INSTITUCIONALES
 
Juan k
Juan kJuan k
Juan k
 
Reglamento Institucional UPC
Reglamento Institucional UPCReglamento Institucional UPC
Reglamento Institucional UPC
 
Trabajo de catedra
Trabajo de catedraTrabajo de catedra
Trabajo de catedra
 

Reglemanto de convalidacion

  • 1. UNIVERSIDAD PERUANA CAYETANO HEREDIA VICERRECTORADO ACADÉMICO DIRECCIÓN UNIVERSITARIA DE GESTIÓN DE LA DOCENCIA REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS Aprobado en sesión de Consejo Universitario del 03-junio-2009 2009
  • 2. REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS INTRODUCCIÓN Participaron en la elaboración del presente Reglamento los miembros del Comité Directivo de la Dirección Universitaria de Gestión de la Docencia, durante los meses de enero y febrero del 2009. La Dirección de Gestión de la Docencia presentó al Vicerrectorado Académico el Reglamento de Convalidación y Reconocimiento de Cursos de la UPCH en marzo del 2009, fecha en la cual fue colocado en el Foro del Vicerrectorado Académico. Durante los meses de abril y mayo año en curso estuvo en discusión en el Comité Técnico del Vicerrectorado Académico. Este Reglamento fue aprobado en sesión de Consejo Universitario de fecha 03 de junio del 2009. Participaron en la elaboración del presente Reglamento: DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE LA DOCENCIA Nelly Baiocchi Ureta FACULTAD REPRESENTANTE CIENCIAS Hugo Flores Liñan EDUCACIÓN Ana María Tapia ENFERMERÍA Inés Silva Mathews ESTOMATOLOGÍA Mirza Flores Mori MEDICINA Manuel Gutiérrez Sierra SALUD PÚBLICA Iris Pecho Manyari VETERINARIA Y ZOOTECNIA Rosaura Dennise Chauca ESCUELA DE POSTGRADO VICTOR ALZAMORA CASTRO Natalie Loncharich Vera
  • 3. REGLAMENTO DE CONVALIDACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE CURSOS I. FINALIDAD Y OBJETO DE APLICACIÓN. El presente Reglamento establece la regulación de la convalidación y reconocimiento de cursos en la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH). II. BASE LEGAL. 2.1 Ley N° 23733, Ley Universitaria, ampliatorias y complementarias. 2.2 Estatuto UPCH. 2.3 Reglamento General de UPCH. 2.4 Reglamento de Admisión. 2.5 Reglamento de Matrícula. III. DEFINICIONES. 3.1 Convalidación de cursos: Se denomina convalidación de cursos a la decisión de aceptar como válidos los cursos que hayan sido aprobados por los estudiantes en otras universidades nacionales o extranjeras, centros de estudios superiores o con rango universitario. 3.2 Reconocimiento de cursos: Se denomina reconocimiento de cursos a la decisión de una facultad o escuela de aceptar como válidos los cursos aprobados en la UPCH. IV. DISPOSICIONES GENERALES. 4.1 Las convalidaciones o reconocimientos se resuelven en cada facultad. 4.2 Las facultades deben resolver las solicitudes de convalidación o reconocimiento de cursos en los calendarios establecidos, a más tardar dentro del primer mes de cada ciclo académico. 4.3 Corresponde a cada facultad definir el número total de créditos a convalidar o reconocer en cada carrera. 4.4 Las calificaciones obtenidas en cursos en la Universidades del Consorcio se mantienen como tal. V. DE LA CONVALIDACIÓN. 5.1 Se convalidan cursos de periodos académicos regulares aprobados en fecha anterior a la admisión o reincorporación a la Universidad, o de acuerdo a lo establecido según convenios. 5.2 De ningún modo se convalidan cursos llevados en periodos simultáneos a estudios que requieren tiempo completo en la UPCH. 5.3 La convalidación debe ser solicitada por el estudiante al menos un mes antes de la fecha de inicio del período académico en que se dictará el curso. En caso de ser un estudiante ingresante, debe estar matriculado y solicitar la convalidación del curso con un periodo mínimo de cinco días útiles antes del inicio del curso. 5.4 Para convalidar un curso se deberá cumplir con los siguientes requisitos: 5.4.1 El curso a convalidar debe haber sido aprobado con calificativo igual o mayor a once (11) o el equivalente. 5.4.2 Los criterios para convalidar un curso se basan en la equivalencia académica determinada por el nombre del curso y la comparación de la sumilla. 5.4.3 El curso o los cursos a convalidar deben haber sido aprobado con una antigüedad no mayor de cinco (5) años
  • 4. 5.4.4 Abonar los derechos establecidos por la Universidad para este fin. 5.4.5 Adjuntar a la solicitud los certificados de estudios correspondientes y los sílabos de los cursos que desea convalidar. 5.4.6 La nota de un curso convalidado es la misma que la universidad de origen si ésta es menor a la nota promedio de la cohorte de la UPCH. Si la nota de origen es superior se le asignan la nota promedio de la cohorte de la UPCH. Esta nota se considera para fines de cálculo de promedio ponderado. 5.4.7 El número de créditos del curso o los cursos a convalidar deben ser mayor o igual al número de créditos del curso ofrecido por la Universidad. Si el número de créditos en el centro de estudios de origen es mayor que el del plan de estudios de la UPCH, sólo se reconoce el número de créditos establecidos en la UPCH. 5.5 En todos los casos, la unidad académica correspondiente debe elevar al Consejo de Facultad un informe con la opinión sustentada sobre la procedencia de convalidación. 5.6 Aprobada la convalidación de un curso, la facultad correspondiente debe proceder a autorizar la anulación de la matrícula en los cursos convalidados y el estudiante podrá solicitar la matrícula extemporánea en otros cursos. 5.7 Cuando un estudiante es autorizado por Consejo de Facultad a llevar un curso o rotación equivalente en otra universidad, se le respeta la calificación obtenida. VI. RECONOCIMIENTO DE CURSOS. 6.1 En caso de transferencias internas entre facultades, se reconocen los cursos sólo si tienen el mismo contenido. 6.2 No puede reconocerse cursos con un número de créditos mayor que el que tuvieron en el departamento académico de origen. En caso que el curso a reconocer tenga un número mayor de créditos, se reconoce el establecido en el plan de estudios para el cual se solicita el reconocimiento. 6.3 El estudiante que desee reconocimiento de cursos debe presentar una solicitud al Decano de la Facultad un mes antes del inicio de las clases y abonar los derechos establecidos para este fin. VII. Disposiciones Finales Los casos especiales serán resueltos en Consejo Universitario. DUGED/Regl-Convalidación/CD:26-01-09; 02-02-09/CGC:18-02-09/CT-VRAC:01-Abr-09/ CT-VRAC:15-Abr-09/ CT-VRAC:29-Abr-09/ CT-VRAC:13-May-09