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Universidad Fermín Toro
Vice-rectorado académico
Facultad de Ciencias jurídicas y políticas
Escuela de derecho
INTEGRANTE:
Carlos Padilla
El derecho está constituido por un conjunto de normas que regulan la vida de
los hombres en la sociedad en sus relaciones recíprocas. El derecho en
consecuencia tiene por finalidad además de garantizar el orden externo en la
sociedad para la convivencia humana, tiene como objetivo, el promover
el desarrollo integral del hombre y el desarrollo de mejores estadios de vida en
la sociedad.
El Código Penal vigente desde 1991, implanta un sistema dualista, ya que
mantiene como consecuencias personales del delito, las penas y medidas de
seguridad, aplicándolas alternativamente. Si el sujeto es imputable se aplica la
pena; y si el sujeto adolece de algún trastorno casual de inimputabilidad se
aplican las medidas de seguridad.
Sin embargo, sobre cuál es la naturaleza de la pena o por qué o para qué se
impone, es cuestión de amplios debates que se han dato a través de la historia
del derecho penal, desbordando incluso los límites jurídicos, para convertirse
en un tema de interés general para otras ciencias.
Así, la sanción nace debido a que, las relaciones entre los miembros de la
sociedad no siempre son pacíficas; en toda sociedad existe la cuota necesaria
de violencia entre los individuos que no pueden ser controladas con medios de
control natural. Entonces, es necesaria la intervención de un orden jurídico
violento como lo es el Derecho Penal; que, luego de haber señalado como
delitos ciertas conductas proscritas en la sociedad, sanciona a su autor con la
imposición de una pena o medida de seguridad. No es otra cosa que un medio
de control social que emplea la violencia sometida a ciertas normas jurídicas y
constitucionales.
Todo sistema social, incluso toda relación humana, necesita de instrumentos
de control para evitar que los abusos de unos afecten o frustren las
expectativas o los derechos de otros. Esto resulta lógico, ya que todo grupo
social aspira a una mínima homogeneización que haga posible la connivencia y
se logre una paz social. En este contexto aparece la sanción como medio de
control, que es aplicado a los que atentan los intereses establecido por la
sociedad o el orden social.
El derecho penal moderno ha humanizado sus penas, desapareciendo con ello
la afectación de la integridad corporal , o las pena infrahumanas como la de la
picota del sentenciado, y ha reemplazando este tipo de penas, por la de
privación de la libertad personal, para delitos graves y fórmulas alternativas de
punición a la privación de la libertad, como multas u otras privativas de variados
derechos, para delitos menores o faltas .En el derecho penal moderno, como
hemos visto, existe una reserva del uso legítimo de la violencia en los poderes
públicos, ya que el Estado es el único que utiliza las penas como un medio de
control social legítimo. Es un instrumento de control formalizado que debe ser
aplicado a la persona en forma proporcional y legal.
La pena, entonces, es el medio tradicional y más importante, dada su
gravedad, de los que utiliza el derecho. La pena existe para mantener el orden
jurídico que ha establecido la sociedad como indispensable para desarrollarse
armónicamente en un ambiente de paz social. Aplicar una pena implica
disminuir la capacidad de actuación dentro de la sociedad e incluso pueden
darse casos que se anula totalmente. La pena es la disminución o anulación
del bien jurídico libertad perteneciente a una persona; en otras palabras, la
pena ataca el bien jurídico más preciado por el hombre -su libertad- pero, esto
sólo se puede dar cuando la sociedad se siente amenazada o lesionada por el
comportamiento del individuo.
La ausencia de acción penal .No todos los hechos del hombre constituyen
comportamiento humano que puedan ser sancionados penalmente. Eje. El
conductor del camión se duerme, el guardagujas. El causa es un hecho que es
libre en su causa o ha sido causado por una conducta humana anterior a la
cual puede atribuirse jurídico penalmente. Ausencia de acción significa que en
el momento de la lesión no concurre la acción. Ello tiene la consecuencia de
que cuando falta la acción debe buscarse la conducta humana en un momento
anterior. El actio libera in causa se aplica también en los casos de
inimputabilidad (embriaguez provocada con ánimo de delinquir.

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  • 1. Universidad Fermín Toro Vice-rectorado académico Facultad de Ciencias jurídicas y políticas Escuela de derecho INTEGRANTE: Carlos Padilla
  • 2. El derecho está constituido por un conjunto de normas que regulan la vida de los hombres en la sociedad en sus relaciones recíprocas. El derecho en consecuencia tiene por finalidad además de garantizar el orden externo en la sociedad para la convivencia humana, tiene como objetivo, el promover el desarrollo integral del hombre y el desarrollo de mejores estadios de vida en la sociedad. El Código Penal vigente desde 1991, implanta un sistema dualista, ya que mantiene como consecuencias personales del delito, las penas y medidas de seguridad, aplicándolas alternativamente. Si el sujeto es imputable se aplica la pena; y si el sujeto adolece de algún trastorno casual de inimputabilidad se aplican las medidas de seguridad. Sin embargo, sobre cuál es la naturaleza de la pena o por qué o para qué se impone, es cuestión de amplios debates que se han dato a través de la historia del derecho penal, desbordando incluso los límites jurídicos, para convertirse en un tema de interés general para otras ciencias. Así, la sanción nace debido a que, las relaciones entre los miembros de la sociedad no siempre son pacíficas; en toda sociedad existe la cuota necesaria de violencia entre los individuos que no pueden ser controladas con medios de control natural. Entonces, es necesaria la intervención de un orden jurídico violento como lo es el Derecho Penal; que, luego de haber señalado como delitos ciertas conductas proscritas en la sociedad, sanciona a su autor con la imposición de una pena o medida de seguridad. No es otra cosa que un medio de control social que emplea la violencia sometida a ciertas normas jurídicas y constitucionales. Todo sistema social, incluso toda relación humana, necesita de instrumentos de control para evitar que los abusos de unos afecten o frustren las expectativas o los derechos de otros. Esto resulta lógico, ya que todo grupo social aspira a una mínima homogeneización que haga posible la connivencia y se logre una paz social. En este contexto aparece la sanción como medio de control, que es aplicado a los que atentan los intereses establecido por la sociedad o el orden social. El derecho penal moderno ha humanizado sus penas, desapareciendo con ello la afectación de la integridad corporal , o las pena infrahumanas como la de la picota del sentenciado, y ha reemplazando este tipo de penas, por la de privación de la libertad personal, para delitos graves y fórmulas alternativas de punición a la privación de la libertad, como multas u otras privativas de variados derechos, para delitos menores o faltas .En el derecho penal moderno, como hemos visto, existe una reserva del uso legítimo de la violencia en los poderes públicos, ya que el Estado es el único que utiliza las penas como un medio de control social legítimo. Es un instrumento de control formalizado que debe ser aplicado a la persona en forma proporcional y legal.
  • 3. La pena, entonces, es el medio tradicional y más importante, dada su gravedad, de los que utiliza el derecho. La pena existe para mantener el orden jurídico que ha establecido la sociedad como indispensable para desarrollarse armónicamente en un ambiente de paz social. Aplicar una pena implica disminuir la capacidad de actuación dentro de la sociedad e incluso pueden darse casos que se anula totalmente. La pena es la disminución o anulación del bien jurídico libertad perteneciente a una persona; en otras palabras, la pena ataca el bien jurídico más preciado por el hombre -su libertad- pero, esto sólo se puede dar cuando la sociedad se siente amenazada o lesionada por el comportamiento del individuo. La ausencia de acción penal .No todos los hechos del hombre constituyen comportamiento humano que puedan ser sancionados penalmente. Eje. El conductor del camión se duerme, el guardagujas. El causa es un hecho que es libre en su causa o ha sido causado por una conducta humana anterior a la cual puede atribuirse jurídico penalmente. Ausencia de acción significa que en el momento de la lesión no concurre la acción. Ello tiene la consecuencia de que cuando falta la acción debe buscarse la conducta humana en un momento anterior. El actio libera in causa se aplica también en los casos de inimputabilidad (embriaguez provocada con ánimo de delinquir.