2. Misión: juzgar y hacer
ejecutar lo juzgado para
garantizar el ejercicio y
tutela de los derechos de
los individuos.
3. Suprema Corte de Justicia (5
miembros).
Tribunales de Apelaciones (3
miembros).
Juzgados Letrados (1 miembro).
Juzgados de Paz (1 miembro).
4. 5 miembros
Electos por 2/3 de votos de la
Asamblea General.
Duran 10 años en sus funciones,
pero cesan a los 70 años de
edad.
No pueden ser reelectos salvo
que medien 5 años.
5. 40 años de edad.
Ciudadanía natural en ejercicio o
legal con10 años de ejercicio,
con 25 años de residencia en el
país.
10 años como abogado, u 8 años
como juez o fiscal.
6. Juzgar a los infractores de la
Constitución.
Interpretar la Constitución.
Declarar la inconstitucionalidad de la
ley y los Decretos de los gobiernos
departamentales.
Nombrar todo el personal técnico y
administrativo del Poder Judicial.
7. Tres miembros.
35 años de edad.
Ciudadanía natural en ejercicio o legal
con 7 años de antigüedad.
Abogado con 8 años de antigüedad, u
6 años de fiscal.
Duración en el cargo: de acuerdo a su
comportamiento.
Designados por la S.CJ.
8. 1 juez
28 años de edad.
Ciudadanía natural en ejercicio o
legal con 4 años de antigüedad.
Abogado con 4 años, o 2 años con
esa calidad haber sido fiscal.
9. 1 juez
25 años de edad
Ciudadanía natural en ejercicio o
legal con 2 años de ejercicio.
Abogado en el Departamento de
Montevideo, abogado escribano
público en los demás Departamentos.