Este documento describe diferentes modalidades especiales de selección de proveedores del Estado, como las compras corporativas, subastas inversas y convenios marco. Las compras corporativas permiten que varias entidades realicen un solo proceso de selección para bienes y servicios homogéneos, lo que reduce los costos de transacción. Las subastas inversas se utilizan cuando se busca obtener los menores precios posibles mediante una puja competitiva. Los convenios marco establecen acuerdos con proveedores precalificados para adquirir
3. Otras formas especiales de selección
• Patrón clásico:
- 1 Entidad, 1 requerimiento, 1 proceso, 1
contratista.
- Tantas entidades con una necesidad común,
tantos procesos como entidades.
- Tantos cuestionamientos idénticos en
tantos procesos convocados.
4. Otras formas especiales de selección
• Patrón común: Ahorro de costos de transacción
en la gestión administrativa previa a la
contratación
• Concepto de costo de transacción:
“Aquellos costos derivados de la búsqueda de información, de la
negociación, la vigilancia y la ejecución del intercambio. Los costos de
transacción, por lo tanto, son los que implica la realización de una
transacción adecuada para ambas partes: obtención de información,
tiempo que se gasta en el proceso, costos legales y otros asociados a la
incertidumbre.”
5. LAS COMPRAS CORPORATIVAS
Características Generales:
• Varias entidades compran en conjunto
• Se realiza un solo proceso de selección
• Se aplica sobre bienes y servicios homogeneizados
• Se puede emplear criterios: geográfico, sectorial, temporal o la
combinación de estos, entre otros.
6. LAS COMPRAS CORPORATIVAS
Características del proceso único:
• Se realiza mediante encargo: Entidad encargada y entidades
encargantes.
• Los postores ofertan por el conjunto del requerimiento
• El proceso concluye cuando la buena pro queda consentida. No
actos de ejecución contractual
• Cuando la Buena Pro consentida: Entidad encargada comunicará
resultados en los 3 días hábiles.
• Plazo de suscripción: Desde día siguiente de recibida la
comunicación.
7. LAS COMPRAS CORPORATIVAS
• Permite comprar a menores precios: A mayor volumen
de pedidos, se tiende a disminuir el precio de la
comercialización.
• Costos de transacción de las Entidades es bajo:
Unificación del proceso para varios requerimientos.
• Simplifica la supervisión: A menor procesos, menores
acciones de control. Supervisíón entre las entidades
conformantes.
8. COMPRAS CORPORATIVAS OBLIGATORIAS
• A cargo del OSCE, en tanto se implemente PERU
COMPRAS. Segunda Disposición Complementaria
Transitoria de la Ley N° 29465.
• Se define por Decreto Supremo del MEF.
• Se establecen:
- Los bienes y servicios
- Las Entidades Participantes
- Las Entidades Técnicas
9. COMPRAS CORPORATIVAS
OBLIGATORIAS
• Entidades Participantes:
- Aquellas obligadas a contratar lo contenido en
sus Planes Anuales.
- Remiten sus requerimientos al OSCE.
- Obligadas a contratar con el postor ganador.
• Entidades Técnicas:
- Homogeniza las características de lo requerido
por las Entidades Participantes.
10. COMPRAS CORPORATIVAS
OBLIGATORIAS
• Si se requiere atender requerimientos para el
siguiente año fiscal, se debe solicitar la
disponibilidad de recursos.
• No se puede modificar el marco presupuestal,
luego de efectuada la Compra Corporativa
Obligatoria, salvo desabastecimiento inminente
o situación de emergencia.
11. Compras Corporativas Obligatorias
*
E
* Requerimientos E T
N Consolidados N
T CONSOLIDA T
É
C
I I
Requerimientos CENTRAL DE D
N
D I
COMPRAS PUBLICAS A
A PERÚ COMPRAS D C
D A
ES Especificaciones
Técnicas
D. LEG. 1018
** Suscripción del Contrato y
Ejecución Contractual.
12. COMPRAS CORPORATIVAS FACULTATIVAS
• Se viabiliza a través de Convenios Interinstitucionales.
Se pueden incluir nuevos requerimientos y Entidades.
• La Entidad Encargada asume funciones de los actos
preparatorios hasta el consentimiento de la buena pro.
• Las Bases se debe establecer el requerimiento de cada
Entidad Participante.
• Las Entidades Participantes están obligadas a contratar
con el postor ganador.
13. SUBASTA INVERSA
• Es la modalidad de selección por la cual una
Entidad realiza la adquisición de Bienes o
Servicios Comunes a través de una oferta
pública y en el cual, el postor ganador será
aquel que ofrezca el menor precio. Puede
realizarse de manera presencial o electrónica.
Directiva N° 006-2009-OSCE/CD:
Aprobada por Res. N° 168-2009-OSCE/PRE (10.06.2009 – El Peruano)
14. Subasta Inversa- Fase Previa
• Fase Previa:
- Elaboración de Proyectos
- Publicación de los mismos
- Presentación de sugerencias o recomendaciones.
- Evaluación de sugerencias o recomendaciones
- Elaboración contenido definitivo de Ficha Técnica.
- Inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes.
- La ficha no es impugnable.
- La ficha es modificable.
15. FASE DE SELECCIÓN ACTO
1 PUBLICO
Convocatoria Otorgamiento
de Buena Pro
2 3
Inscripción de
participantes Puja
Presentación de
Consultas Observaciones Propuestas
16. SUBASTA INVERSA
• Es obligatorio que entidades realicen S.I., a partir de los
30 días de publicada la ficha técnica, salvo inclusión en
el Catálogo de Convenio Marco.
• Es una modalidad asociada a un tipo de proceso de
selección. Se agrega frase “por subasta inversa”.
• Comité Especial de 3 miembros.
• Bases: Convocatoria, ficha técnica que se trate, proforma
del contrato, plazos, forma, lugar.
• Convocatoria: Valor referencial total, valor referencial
unitario, el decremento mínimo (entre 0.1 y 3% del valor
referencial)
17. SUBASTA INVERSA
• Certificación:
- La ficha dice si es obligatorio, prohibido u
opcional pedir en la ejecución del contrato la
entrega de una certificación que verifique el
cumplimiento de la ficha.
- Cuando sea opcional, la proforma del
contrato deberá disponerlo.
18. SUBASTA INVERSA
• Si el V.R. corresponde a una AMC, el uso de la S.I.
es facultativa, cuyo caso será electrónicamente.
• 2º convocatoria de procesos actuales por
declaración de desierto, se debe efectuar por S.I.
• 2ª convocatoria de subasta = subasta, salvo
exclusión de ficha técnica, en cuyo caso convoca
AMC tradicional.
19. FASE DE SELECCION
Inscripción de Participantes
• Proveedor inscrito en RNP de
OSCE.
• Inscripción será un día después de
publicada la convocatoria, hasta un
día antes del acto público.
• Plazo mínimo entre convocatoria y
acto público es de 8 días hábiles
(LP – CP) 5 días (AD).
• Si proceso esta bajo cobertura de
Acuerdos Comerciales: Plazo es de
22 días entre Convocatoria y Acto
Público. ¿?
20. FASE DE SELECCION
• El proceso es obligatorio, salvo autorización de
OSCE
• AMC: Es potestad de usar Subasta Inversa, pero
deberá ser electrónica
• Propuestas que superen en más el valor
referencial, serán devueltas.
• No hay límite inferior.
21. SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
• Presentación de propuestas, puja y buena pro es
un solo acto. Como regla general no se suspende.
• Debe haber notario público o Juez de Paz.
• Implementación de ambientes.
• Invitación para formular preguntas, primero y
absolución de consultas, luego.
• Propuestas: RNP, Declaración Jurada del
artículo 42, Promesa de consorcio, de ser el caso,
y RTM.
• No hay propuestas alternativas.
22. SUBASTA INVERSA PRESENCIAL
• Clasificación de Propuestas:
- Monto mas bajo mas el 10%.
- Mínimo 3 postores. Si no, se pasa a los siguientes
postores en orden ascendente.
- Si solo hay dos, será solo con ellos.
- Si hay postores con igual precio, pasan todos. Sorteo
para el orden.
• Lances, Rondas sucesivas: Empieza el de menor monto,
tomar como referencia el decremento mínimo, orden
sucesivo, los tres minutos.
• Desistimiento expreso e implícito
23. FASE DE SELECCION
Clasificación de propuestas
• Propuestas que superen en más del valor referencial,
serán devueltas.
• No se aplica el límite inferior del valor referencial.
• Si dos o más postores hubieran ofrecido el menor precio,
se realizará un sorteo para establecer el orden en la puja.
24. 1. Orden de inscripción
Empresa Oferta
El Sol 98
2. Luego, ordenamos las
La Luna 93 propuestas de menor a mayor
Venus 96
Empresa Oferta
Jupiter 90
Jupiter 90
Saturno 115
La Luna 93
La Estrella 100
Venus 96
El Sol 98
La Estrella 100
Saturno 115
25. Primer filtro:
No entran al proceso
las propuestas que
exceden el valor
Empresa Oferta referencial.
El sobre es devuelto al
1 Júpiter 90
postor
2 La Luna 93
3 Venus 96
4 El Sol 98
5 La Estrella 100
6 Saturno 115
26. Segundo Filtro:
Tomamos la propuesta de menor valor
• Entran al periodo de puja
todas las ofertas que no
excedan al 10% la oferta de Empresa Oferta
menor valor. 1 Jupiter 90
• En el ejemplo: la propuesta 2 La Luna 93
de menor valor es 90, 3 Venus 96
el 10% es 9, entonces
4 El Sol 98
eliminamos todas las
ofertas por encima de 5 La Estrella 100
S/99.00
Es mayor que 99, (a pesar de ser igual al valor referencial)
no entra al periodo de puja.
27. Puja y Puntajes
Empresa Oferta Puja 1 Puja 2 Puntaje
1 Júpiter 90 89 No va 98.82
2 La Luna 93 No va No va 90.32
3 Venus 96 87 No va 96.55
4 El Sol 98 86 84 100
SE ELIMINA BONIFICACION DEL 20%
28. 2. FASE DE SELECCIÓN
Otorgamiento de Buena Pro
• Buena Pro se otorga al postor de mayor
puntaje.
• Si hay un solo postor con propuesta
válida, se declara desierto la Buena Pro.
• Si el postor ganador no suscribe el
contrato, le corresponderá al que ocupó
el segundo lugar.
29. 2. FASE DE SELECCION
Consentimiento de Otorgamiento de la Buena Pro
• El otorgamiento de la buena pro quedará
automáticamente consentido si hasta el
momento de cierre del acto público, ningún
participante hubiera dejado constar en actas su
intención de interponer el recurso de revisión
30. SUBASTA INVERSA ELECTRONICA
• Uso de la plataforma SEACE.
• Registro de Participante, Registro y Presentación de
Propuestas son consecutivos.
• Declaración jurada de aceptación de condiciones del
sistema.
• Registro de Propuestas: Incluir archivos, presentación de
propuesta económica (determinante para el turno de
inicio de lances), configuración de agente electrónico
(monto de decremento aplicable y precio límite inferior).
Si no se configura, el sistema asume que el precio límite
inferior es igual a propuesta económica.
31. SUBASTA INVERSA ELECTRONICA
• Presentación de propuestas:
-Cumplimiento de artículo 42 del Reglamento, RNP,
cumplimiento de especificaciones técnicas, no soborno.
• Apertura de propuestas y lances: Empieza la de menor
precio y se le descuenta el decremento programado por
el postor. Determinación del menor precio.
• Mejora de precios
• Orden de prelación y buena pro.
32. CONVENIO MARCO
Modelo Operacional
•Comprador paga al proveedor
•El proveedor entrega los
productos en el marco del
convenio
•Proveedor
•Comprador
•Entra a SEACE •La OC se envía al
proveedor
•Selección de bienes y servicios
33. •Unidad Especializada
•LICITACIÓN O
CONCURSO
•CONVOCATORIA PÚBLICO
•Registro de
Participantes
•CONSULTAS
•OBSERVACIONES
•Integración Bases
•PROPUESTAS
•Más de un proveedor
•BUENA PRO
•Controversias:
Tribunal
•SUSCRIPCIÓN
ACUERDO CONVENIO
MARCO
•Incorporación en
•CATALOGACIÓ Catálogo Electrónico
N Convenios Marco
34. Precisiones normativas del Convenio
Marco – D. S. N° 154-2010-EF
• Factores de evaluación facultativos.
• Presentación de propuestas alternativas.
• Calificación en base a cumplimiento de
requisitos de admisión.
• Obligatoridad, excepto áreas geográficas sin
cobertura por proveedores-Tramitación de
excepción ante OSCE.
• Falta de acceso a Internet-Tramitación de
excepción ante del OSCE.
35. Precisiones normativas del Convenio
Marco – D. S. N° 154-2010-EF
• Pago en el plazo máximo de 20 días de
conformidad de las prestaciones.
• Plazo no mayor a un año y renovado hasta tres
años.
• La formalización del contrato sólo es con orden
de compra o de servicio, independientemente del
monto.
• No hay garantía de seriedad de oferta.
36. SELECCIÓN POR ENCARGO
ENTIDAD
E PÚBLICA
N
T ENTIDAD
I CONVENIO
PRIVADA
D
(Nacional o
A
D Internacional)
E
S ORGANISMO
INTERNACIONAL
37. Encargo a una Entidad Pública
Competencias de la Entidad Encargada:
- Designar al Comité Especial
-Comité Especial elabora Bases (que aprueba
funcionario de la entidad encargante) y conduce
proceso.
- Consentido o firme B. Pro, debe remitir expediente a
la entidad encargante para el contrato.
38. ENCARGO A UNA ENTIDAD PRIVADA
La decisión de encargar la contratación
corresponde al Titular de la Entidad (facultad
indelegable).
La entidad encargada será seleccionada
mediante proceso de selección.
Experiencia de participantes en contratación
(pública y privada) no menor a 02 años.
39. ENCARGO A UNA ENTIDAD
PRIVADA
La Entidad encargada celebrará con la Entidad
Encargante, convenio* para cada proceso.
Las controversias se solucionarán por
conciliación o arbitraje.
Los procesos se sujetarán a lo
dispuesto en la Ley y su Reglamento.
(*) El OSCE establecerá mediante directiva un
Convenio Modelo y otros requisitos.
40. Encargo a Organismos Internacionales
Para encargar y designar al
organismo se debe contar con:
▫ Informe favorable de presupuesto
sobre disponibilidad de recursos.
▫ Informe de la Administración sobre las
ventajas o beneficios de la
concertación del convenio.
41. CONTENIDO DE LOS CONVENIOS
• Compromiso del O.I. para realizar procesos
que se sujeten a normas y principios de la
Ley.
• Obligación de la Entidad de incluir las
contrataciones en el PAC.
• Provisión de información periódica al
MEF, CGR y OSCE respecto de la ejecución
del encargo.
43. Ideas Generales
• Exceptúa de la realización del proceso de
selección.
• No exceptúa de la elaboración del expediente de
contratación ni de la ejecución del contrato.
• Son fundamentalmente supuestos de orden
casuísticos.
• Son diferentes a las inaplicaciones
44. Exoneraciones:
CONTRATACIÓN ENTRE ENTIDADES
NO ES APLICABLE:
En aquellos casos en que actúe como
proveedor una EMPRESA DEL ESTADO
ORGANIZADA BAJO LA FORMA QUE ESTABLEZCA
LA LEGISLACIÓN VIGENTE, que realizan
actividades empresariales de manera habitual
en el rubro de la contratación.
45. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Supuestos de procedencia:
-Acontecimientos Catastróficos
-Grave peligro
-Afectación de defensa y seguridad nacional
Finalidad:
-Prevenir de modo inmediato lo generado como
consecuencia directa del evento producido.
46. Exoneraciones: Situación de
Emergencia
Plazo de Regularización:
- 10 días hábiles siguientes de efectuada la entrega
del bien, suministros, servicio u obra.
Documentos de regularización:
- Plan Anual
- Acuerdo o resolución exoneratorio
- Informes técnico y legal
- Los documentos contractuales respectivos.
47. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO
INMINENTE
No procede:
• En vía de regularización (Regla General)
• Para periodos consecutivos.
• Para cubrir necesidades anteriores.
• Por cantidades que excedan lo necesario.
Mecanismos de control:
• Disponer el inicio del procedimiento de
determinación de responsabilidades administrativas,
civiles y penales.
48. Exoneraciones: BIENES O SERVICIOS
QUE NO ADMITEN SUSTITUTOS
• Caso proveedor único en el mercado
nacional.
• También en los casos que por razones
técnicas o relacionadas con la protección del
derecho de propiedad intelectual se haya
establecido la exclusividad del proveedor.
49. Exoneraciones: Bien o Servicio que no
admite sustituto
• El bien o servicio es el sustituto al requerido por
el área usuaria.
• Implica que no haya bienes o servicios
diferentes, pero que coadyuven a la misma
finalidad pública.
• Análisis de sustituibilidad y metodología de
búsqueda.
50. Exoneraciones:
SERVICIOS PERSONALÍSIMOS
Elementos de análisis:
• Especialidad sustentada para la
complejidad
• Experiencia reconocida en la
prestación
• Comparación favorable frente a
otros potenciales proveedores
capaces de brindar el servicio.
NO
Subcontratación
Cesión de posición contractual
51. Limitaciones a Contrataciones
Exoneradas
En contrataciones por Situación de
Desabastecimiento Inminente o Situación de
Emergencia NO PROCEDE LAS
CONTRATACIONES COMPLEMENTARIAS.
Si hay ADICIONALES: Se requerirá para
ejecución un NUEVO Y PREVIO ACUERDO O
RESOLUCIÓN EXONERATORIA.
Hinweis der Redaktion
Permiten obtener mejores precios Brindan un mayor incentivo para que participen los fabricantes Permite una adecuada racionalización de recursos El Estado uniformiza bienes y servicios Facilita la supervisión de procesos Ventajas : Adquisiciones o Contrataciones en Condiciones más favorables para la entidad.