Reglamento práctica profesional ing.civil ind rev 2011
1. REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL
DE LA
CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL
TITULO I
Disposiciones Generales
ARTICULO 1 El presente reglamento establece las disposiciones particulares que regulan
las actividades de Práctica Profesional de la carrera Ingeniería Civil Industrial
de la Universidad de Viña del Mar. En lo general, dichas actividades se
regirán por el Reglamento Académico de la Universidad y los Reglamentos
de Carrera respectiva.
ARTÍCULO 2 La Práctica Profesional (denominada en adelante “La Práctica”), es una
actividad obligatoria para la obtención de título; su objetivo esencial es
vincular al alumno con actividades propias de su profesión, dándole
oportunidad de aplicar los conocimientos adquiridos a través de sus
actividades académicas y de obtener, a través del ejercicio, las experiencias
para desarrollar las habilidades y destrezas necesarias para una formación
integra.
Los objetivos particulares de los distintos niveles de práctica son:
PRÁCTICA I: NIVEL OPERATIVO
Interiorizarse en una organización, con la finalidad de conocer sistemas de
trabajo empleados en las distintas áreas. Tener el primer contacto con el
mundo laboral formal desde su nivel iniocial conociendo en detalle la forma
en que opera, las jerarquías, las responsabilidades, el trabajo en conjunto, etc.
PRÁCTICA II: NIVEL INTERMEDIO
Insertarse en un nivel jerárquico medio, con la finalidad de detectar
problemas de operación en los distintos sistemas de trabajo, a los que tenga
acceso recopilando información y elaborando un diagnóstico con posibles
soluciones que presente el alumno a su jefatura directa recibiendo la
retroalimentación de sus observacines y propuesta.
2. PRÁCTICA III: NIVEL PROFESIONAL
Integrarse a un área de Producción o Administracaión de una entidad, en la
que el alumno puede resolver algún problema detectado por el supervisor, o
por si mismo, con la elaboración de un plan de acción completo, para la
resolución del caso. Proyectando inicalmente los posibles resultados y luego
verificando éstos una vez su propuesta haya sido implementada explicando
las desviaciones y diferencias con respecto a lo proyectado.
Recopilar antecedentes y tema de estudio para una posterior etapa de
Seminario de Título y Trabajo de Titulo.
ARTÍCULO 3 Cada Práctica se efectuará en un máximo de dos períodos consecutivos y en
hasta dos empresas o instituciones del sector público o privado que permitan
al alumno desarrollar una actividad adecuada a su preparación profesional, y
su duración, de acuerdo a lo estipulado en el Plan de Estudios de la Carrera,
será la siguiente:
a) Ingeniería Civil Industrial
Práctica I: 180 horas cronológicas, equivalentes a 23 días laborales.
Práctica II: 270 horas cronológicas, equivalentes a 34 días laborales.
Práctica III: 360 horas cronológicas, equivalentes a 45 días laborales.
ARTÍCULO 4 Los alumnos podrán iniciar su Práctica, sólo después de haber aprobado los
requisitos que exige el Plan de Estudios de la carrera y los que a continuación
se indican:
Práctica I: Tener aprobado hasta el tercer semestre del Plan de Estudios de
la carrera.
Práctica II: Tener aprobado hasta el sexto semestre del Plan de Estudios de
la carrera.
Práctica III: Tener aprobado hasta el noveno semestre del Plan de Estudios
de la carrera.
T I T U L O II
De la Administración de la Práctica
3. ARTÍCULO 5 Cada Práctica se realizará en las empresas o instituciones con las cuales la
Jefatura de Carrera o la Universidad establezca convenios o acuerdos, o en
aquellas que el alumno proponga y someta a la autorización de la Jefatura de
Carrera.
ARTÍCULO 6 La Práctica será coordinada por un Profesor Supervisor de Práctica,
designado por la Jefatura de Carrera y cuyas funciones serán las siguientes:
a) Proporcionar a los alumnos formularios, instructivos y toda la
información necesaria para la actividad de Práctica.
b) Controlar el desarrollo de la Práctica, a través de contacto directo con la
empresa o institución en la que el alumno efectúa su Práctica.
c) Participar en la calificación de la práctica.
d) Entregar oportunamente a la Jefatura de Carrera, los informes de control
de desempeño de Práctica si estos fuesen así solicitados.
ARTÍCULO 7 El alumno estará sujeto a la supervisión directa de un ejecutivo de la
institución en la que desarrolla la Práctica, quien al término de ella, deberá
preparar el Informe de Desempeño de Práctica, en el que evaluará la
actividad desarrollada
TITULO III
De las Obligaciones de los Alumnos
ARTÍCULO 8 Serán obligaciones de los alumnos:
a) Elevar solicitud de Práctica de la Jefatura de Carrera.
b) Concurrir a la empresa o institución en que se efectuará la Práctica, con
carta de presentación otorgada por la Jefatura de Carrera.
c) Cumplir con el 100% de asistencia a su Práctica, horario de permanencia
y funciones convenidas con la empresa o institución. Sólo se podrá
recuperar hasta un 15% de inasistencia cuando el alumno se haya visto
impedido de asistir, por razones de fuerza mayor y debidamente
calificadas por el Profesor Supervisor de Práctica.
d) Cumplir el período de Práctica indicado en el Artículo III del Título I.
e) Una vez concluida la Práctica, solicitar a la empresa o institución, el
envío del Informe de Desempeño de Práctica al profesor Supervisor de
Práctica. Elaborar un Informe de Práctica según guía de informes de
práctica
4. ARTÍCULO 9 La Práctica se considerará reprobada si el alumno no cumple con lo
establecido en las letras c), d) y e) del artículo 8 de este reglamento
ARTÍCULO 10 El alumno, una vez terminada la Práctica, deberá elaborar el Informe de
práctica, para lo cual deberá considerar las siguientes normas:
a) El informe se presentará en un ejemplar según guía de informes
académicos. El informe estará estructurado como sigue:
Primera Página:
Membrete y logotipo de la Universidad.
Carrera
Lugar en que realizó la Práctica.
Nombre completo del alumno.
Fecha.
Segunda página:
Índice (sumario y número de páginas).
Páginas posteriores:
Introducción, breve descripción del problema.
Capítulos:
Antecedentes
Análisis Situación Actual.
Situación Propuesta.
Conclusiones y recomendación.
Anexos y Apéndices
Bibliografía
b) El Informe deberá contener y tratar los siguientes tópicos:
Tipo de empresa según escritura social.
Descripción breve de la empresa.
Estructura organizacional organigrama.
Descripción del Área en donde se realizó la práctica, objetivos y
metodologías empleadas. Descripción breve de equipos e instrumentos
del área de trabajo.
Descripción de las actividades realizadas en la Práctica.
Problemas y limitaciones encontrados.
5. Recomendaciones del alumno como aporte al mejoramiento de las
actividades del área en que se realizó la Práctica.
ARTÍCULO 11 Cuando las características del Informe de Práctica lo requieran, el Jefe de
Carrera respectivo podrá autorizar un formato distinto al especificado en el
artículo anterior, pero en todo caso deberá contener la información señalada
ARTÍCULO 12 El Informe de Práctica deberá ser presentado al Profesor Supervisor de
Práctica dentro del plazo máximo de 30 días, contados desde el día de
término de la Práctica o de 15 días despues de retornar a clases, en todo caso
entre ambos, el plazo que prima será el menor.
ARTÍCULO 13 La Práctica se considerará reprobada si el Informe de Práctica no es
presentado en el plazo establecido en el artículo anterior
T I T U L O IV
De la Evaluación
ARTÍCULO 14 La práctica será calificada por una comisión integrada por la Jefatura de
Carrera y el profesor Supervisor de Práctica, tomando en consideración el
Informe de Desempeño de Práctica preparado por la Empresa o institución y
el Informe de Práctica presentado por el alumno
ARTÍCULO 15 La Práctica será calificada como aprobado o reprobado
ARTÍCULO 16 La reprobación de la Práctica será considerada como oportunidad, según lo
establecido en el artículo Nº 62 del Reglamento Académico de la
Universidad de Viña del Mar.
TITULO V
De la Convalidación de Práctica
ARTÍCULO 17 La Práctica podrá ser convalidada, a solicitud del alumno, si éste ha
realizado actividades equivalentes que satisfacen los objetivos y duración de
ésta. Esta comvalidadciónsolopordrá ser realizada pro el Jefe de Carrera o
quien lo reemlpaze o sustituya.
ARTÍCULO 18 La convalidación de Práctica estará sujeta al siguiente procedimiento:
a) El alumno elevará una solicitud al Jefe de Carrera, exponiendo los
antecedentes y adjuntando los documentos probatorios que sean
6. necesarios y un informe en el que se incluyan las actividades
consideradas como Práctica.
b) Se establecerá una comisión integrada por el Jefe de Carrera y el
Profesor supervisor de Práctica, la que citará al alumno e interrogará en
relación a su experiencia práctica y podrá solicitarle la presentación de
un trabajo práctico o un informe similar al descrito en el artículo 10, si
ello fuere considerado necesario.
La comisión, con los antecedentes reunidos reconocerá o rechazará las
actividades realizadas como Práctica.