Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
Pronunciamiento público sobre resolución TSE 24.03.2015
1. PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO
Como es de conocimiento público, el viernes 20 de marzo de 2015, el Tribunal Supremo
Electoral (TSE) determinó, mediante resolución TSP-RSP N° 228/2015, cancelar la personalidad
jurídica de “Unidad Demócrata” en el Departamento del Beni, que adicionalmente, inhabilita por
determinación propia a los 228 candidatos.
Frente a esta situación, la Plataforma Ciudadana por el Voto Informado y Transparente, actuando
de forma independiente y en apego a la normativa legal y los principios democráticos, hace el
siguiente pronunciamiento público:
a) El TSE, mediante su resolución, pretendió aplicar literalmente lo que dispone el Art. 136
de la Ley del Régimen Electoral. La referida norma determina la “cancelación de la
personalidad jurídica” de la organización política, pero, “no dispone la inhabilitación
de las candidaturas previamente inscritas”. Por tanto, el TSE al cancelar la personalidad
jurídica de UD y al mismo inhabilitar las candidaturas –en su momento– legalmente
inscritas, ha sobrepasado la disposición del artículo 136 parágrafo III de la Ley del
Régimen Electoral.
b) La resolución del TSE, al inhabilitar las candidaturas, tiene el agravante de impedir el
derecho a ser elegidos de 228 ciudadanos, y a la vez, el derecho a elegir de miles de
ciudadanos del Departamento del Beni. Asimismo, vulnera el principio del pluralismo
político que constituye uno de los pilares de la Democracia.
c) Observamos que el TSE durante todo el proceso presente no ha tenido una conducta
consistente en la consideración de posibles o reales faltas y/o delitos electorales,
reiteradamente denunciadas por organizaciones políticas y la ciudadanía, lo que le ha
restado la indispensable credibilidad del Órgano Electoral afectando al proceso electoral
en su conjunto.
d) La función principal del Órgano Electoral es proteger la voluntad soberana del pueblo
expresada en las urnas así como procurar los medios institucionales y logísticos para que
la misma se traduzca en la elección de autoridades y representantes; la resolución emitida
por el TSE el 20 de marzo, cuando inhabilita 228 candidatos, va en sentido contrario.
e) Recordamos a la Asamblea Legislativa Plurinacional su competencia para evaluar el
trabajo de los vocales del TSE y de los Tribunales Electorales Departamentales, velando
por el cumplimiento de la Constitución y la calidad de la democracia en Bolivia.
A pesar de las deficiencias del proceso, convocamos a la ciudadanía a participar activamente el
día de la jornada electoral, tanto en la emisión, como en el momento del conteo de votos, acto
que debe llevarse a cabo de manera pública y abierta a la ciudadanía.
Firman el pronunciamiento:
Asamblea Permanente de Derechos Humanos Bolivia; Asociación Boliviana de Ciencia Política; Asociación
Nacional de Periodistas de Bolivia; Bolivianos en la Red; Capítulo Boliviano de Derechos Humanos
Democracia y Desarrollo; Centro Boliviano de Estudios Multidisciplinarios; Ciudadanía, Comunidad de
Estudios Sociales y Acción Pública; Colegio de Politólogos de La Paz; Consorcio Bolivia Transparente;
Construyendo Redes para el Desarrollo; Fundación Construir; Fundación de Apoyo al Parlamento y a la
Participación Ciudadana; Fundación para el Desarrollo de Tecnologías de Información y Comunicación en
Bolivia; Instituto de Desarrollo y Gobernabilidad; Instituto de Investigación y Capacitación Pedagógica y
Social; Instituto Prisma; La Pública; Pastoral Social Cáritas Boliviana, Universidad Gabriel René Moreno -
Carrera de Ciencia Política y Administración Pública; Universidad Mayor de San Andrés; y Voto
Transparente.