1. Academia de Adiestramiento, Mentoría y Apoyo
para Facilitadores de Educación Especial
Instituto FILIUS
Universidad de Puerto Rico
2. La educación especial
Es aquella educación especialmente diseñada para
atender las necesidades de los niños/as con
impedimentos
Es individualizada
No depende de requisitos económicos
Tiene requisitos de términos de tiempo y de procesos
Establece los derechos de los padres
3. En Puerto Rico…
La ley 51 de 1996 y la ley federal 108-446 rigen los
procesos de la provisión de servicios de educación
especial
Ambas establecen las disposiciones para la
identificación, evaluación, determinación de
elegibilidad , PEI y ofrecimiento de servicios a
niños/as con impedimentos desde su nacimiento
hasta los 21 años, inclusive
4. En Puerto Rico…
Además de la legislación; las resoluciones, órdenes y
estipulaciones en el caso Rosa Lydia Vélez forman
parte de la reglamentación vigente
5. Ley 51
Ley de Servicios Educativos Integrales para Personas
con Impedimentos, de 1996
Atemperó la legislación estatal a las enmiendas de la ley
federal de aquel momento
Departamento de Salud como agencia líder para los
servicios de intervención temprana, (desde el nacimiento
hasta los 2 años, inclusive.)
Departamento de Educación es la agencia líder para los
servicios a partir de los tres años hasta los 21, inclusive.
6. Ley 51
Otras agencias responsables de proveer y colaborar
con la provisión de servicios a la población con
necesidades especiales lo son: Departamento de
Corrección, Departamento de Recreación y Deportes,
Departamento del Trabajo, Departamento de la
Familia, Universidad de Puerto Rico, Administración
de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción
(ASSMCA) y Rehabilitación Vocacional.
7. IDEA 2004
La Individuals with Disabilities Education Improvement
Act :
Agencia Educativa es la agencia líder para la prestación
de servicios de educación especial para niños a partir de
los tres años,
Cada lugar que recibe fondos de esta ley deberá
identificar la agencia líder para los servicios de
intervención temprana desde el nacimiento hasta los dos
años, inclusive
8. Idea 2004…
Los impedimentos son una parte natural de la vida y
no disminuyen el derecho del individuo a participar
y contribuir en la sociedad.
El mejoramiento de los resultados educativos para
niños/niñas con impedimentos es un elemento
esencial de la política nacional dirigida a asegurar
igualdad de oportunidades, participación plena, vida
independiente y autosuficiencia económica
9. Idea 2004…
Educación Especial es mas efectiva si...
- hay expectativas altas y se asegura el acceso al currículo
educativo general en el salón regular en la máxima medida
posible
- se refuerza el rol y las responsabilidades de los padres,
asegurando que las familias tengan oportunidades reales
de participar en la educación de sus hijos
- se coordinan esfuerzos con otras leyes y esfuerzos de
mejoramiento para asegurar que la educación especial se
convierte en un servicio y no en un lugar
10. Idea 2004…
- se proveen servicios educativos y relacionados y
apoyo y servicios suplementarios en el salón
regular, si es apropiado
- se apoyan esfuerzos para el ofrecimiento de
preparación pre servicio de alta calidad e
intensiva y desarrollo profesional para los
proveedores de servicios educativos y
relacionados
- se enfocan los recursos en la enseñanza mientras
se reduce el papeleo y requisitos que no redundan
en el mejoramiento de los resultados educativos
11. Idea 2004…
-se apoyan esfuerzos para el desarrollo de la
tecnología, incluyendo la asistencia
tecnológica para maximizar el acceso de los
niños.
-se enfatiza la disminución de identificación
inapropiada de minorías
-se proveen servicios de transición efectivos
para una vida adulta satisfactoria
12. Idea 2004… Temas Fundamentales
Alinear IDEA con No Child Left Behind
- Estándares y assessements
- Cualificaciones del personal
Balancear las disposiciones de disciplina
Reducir el papeleo
Mejorar las estrategias para intervención previa
Reducir la sobre identificación e identificación
errónea
13. IDEA 2004…Servicios de intervención
previa
Se permite el uso de hasta un 15% de los fondos para
ofrecer servicios de intervención previo al registro,
con el propósito de atender necesidades educativas y
conductuales de alto riesgo
Se persigue identificar si el estudiante responde a
servicios educativos y manejo de conducta que
puedan minimizar las necesidades de otros servicios
más especializados
14. IDEA 2004…Identificación
Niños y niñas sin hogar (de acuerdo a la ley
McKinney-Vento Homeless Assistance Act) y los que
son responsabilidad del estado
Estudiantes de escuelas públicas y privadas
Niños y niñas que no asisten a la escuela
15. IDEA 2004…Solicitud de evaluación
inicial- registro
Los padres, madres o encargados pueden solicitar
una evaluación inicial para determinar si su hijo/hija
tiene un impedimento y es elegible a educación
especial
En Puerto Rico se estableció el registro continuo a
manera de canalizar esta solicitud
16. IDEA 2004… Solicitud de evaluación inicial-
registro
Consentimiento para la evaluación inicial
-Voluntario
-Informado
-Por escrito
El DE tiene 30 días calendario para llevar a cabo el
proceso de evaluación inicial
17. IDEA 2004…Elegibilidad
La determinación de elegibilidad para servicios de
educación especial es responsabilidad de la agencia
educativa; esto es Departamento de Educación
Para que un niño/a con impedimentos reciba servicios
de educación especial debe estar registrado/a y ser
elegible
18. IDEA 2004…Elegibilidad
Tiene el propósito de determinar:
-si el niño/a tiene un impedimento
problemas específicos de aprendizaje, problemas de
audición, problemas de visión, autismo, sordera,
sordo-ceguera, problemas de salud, retardo
mental, problemas ortopédicos, disturbio
emocional, daño cerebral, impedimentos
múltiples , problemas de habla/lenguaje
19. IDEA 2004…Elegibilidad
y si su ejecución académica se encuentra
adversamente afectada (en el caso de niños
preescolares, que afecta su desarrollo y
participación en actividades propias de su
edad)
y debido a esto necesita educación
especial y servicios relacionados
20. IDEA 2004…Programa Educativo
Individualizado
El PEI es un documento escrito redactado por un grupo
de personas (COMPU)
Incluye:
Fortalezas y necesidades
Metas y objetivos
Servicios de educación especial y relacionados
Otros servicios necesarios
Cuando es inicial, debe redactarse no más tarde de 60 días
calendario, a partir de la fecha de registro
Se revisa cuantas veces sea necesario, pero al menos una
vez al año
21. IDEA 2004…Ubicación
Alternativa menos restrictiva es aquella donde el
estudiante puede recibir los servicios descritos en su
PEI lo más cerca posible a sus pares sin
impedimentos
El continuo de alternativas de ubicación incluye:
-salón regular con servicios de apoyo
-salón especial
-escuela especial
-hogar o institución
22. Idea 2004…servicios relacionados
Transportación, terapias, y otros servicios que
necesita el estudiante para beneficiarse de la
educación especial
23. IDEA 2004…Ayudas y otros servicios de
apoyo
Servicios que el estudiante necesita para participar y
progresar en la corriente regular
24. IDEA 2004…Disciplina
Énfasis en la prevención
Aplica a estudiantes servidos
Aplica a aquellos que aún no han sido registrados,
siempre que:
El padre ha informado su preocupación por escrito al
personal escolar
El padre ha solicitado una evaluación
Maestros y otro personal han expresado
preocupación específica sobre patrones de conducta
a personal de supervisión de educación especial
25. IDEA 2004… Disciplina
Personal escolar puede suspender un niño/a con
impedimentos hasta por 10 días, en igualdad de
condiciones que al estudiante regular
Durante los 10 días, no hay obligación de proveer
EPGA
No se considera un cambio de ubicación
Suspensiones por más de 10 días consecutivos o
suspensiones esporádicas que sumen más de 10 días
constituyen un cambio de ubicación y están sujetas a
procedimientos rigurosos
26. IDEA 2004…Disciplina
Suspensiones por más de 10 días:
Notificación al padre/madre/encargado
Provisión de servicios
Alternativa temporera de servicios
Análisis del origen de la conducta (dentro de 10 días
a partir de ésta suspensión)
27. IDEA 2004…Disciplina
Padres y miembros relevantes del COMPU
Se considera si la conducta
- es causada o relacionada con el
impedimento
- es resultado directo de falta de
implantación del PEI
28. IDEA 2004…Disciplina
Determinación de origen de la conducta o
intervención inapropiada
Si la conducta es una manifestación del
impedimento, intervención conductual y
modificaciones
Si la conducta no es una manifestación del
impedimento, se toman las mismas medidas que con
los estudiantes del programa regular, sin dejar de
ofrecer EPGA
29. IDEA 2004…Disciplina
Análisis funcional de la conducta
Se requiere luego de cambio de alternativa de
ubicación
Cuando la conducta es una manifestación del
impedimento
- se lleva a cabo AFC y se implanta un plan para la
conducta
Si la conducta no es una manifestación del
impedimento
- según apropiado, se lleva a cabo AFC y se revisan
componentes de conducta del PEI
30. IDEA 2004…Disciplina
Se puede remover de los predios escolares a un
estudiante que:
-Trae armas o drogas
-Si hay serio peligro de daño corporal
31. IDEA 2004…Resolución de controversias
Énfasis en la resolución de controversias por medio
de actividades menos adversativas
Diversas alternativas:
-mediación
-querella, incluyendo mediación
-querella, incluyendo conciliación
-queja
32. IDEA 2004…Resolución de controversias
La mediación es una alternativa efectiva, no
adversativa para que los padres discutan con el DE
sus preocupaciones sobre los servicios de educación
especial que reciben sus hijos y puedan llegar a
acuerdos satisfactorios para ambas partes
El Mediador está certificado, no es empleado del DE
u alguna otra agencia que provea servicios y es
imparcial
33. IDEA 2004…Resolución de controversias
La mediación es voluntaria para ambas partes
El mediador acuerda con las partes la fecha, hora y
lugar de la reunión y les notifica
La participación de los funcionarios concernidos
facilitará la discusión, los acuerdos y el
cumplimiento de éstos
-toma de decisiones
-conocimiento de los hechos/ asuntos en controversia
34. IDEA 2004…Resolución de controversias
Los acuerdos escritos representan el compromiso
entre las partes
Los acuerdos entre las partes son de estricto
cumplimiento
Si no se logran acuerdos satisfactorios que resuelvan
la controversia, el mediador orienta a las partes sobre
su derecho a radicar una querella o una queja (lo que
puede ya haber ocurrido)
35. IDEA 2004…Resolución de controversias
Los padres tienen derecho a radicar una querella
para dilucidar sus controversias sobre los servicios
de educación especial que reciben sus hijos mediante
una vista administrativa.
Por su parte, el DE también puede radicar una
querella para dilucidar controversias sobre servicios
de educación especial
36. IDEA 2004…Resolución de controversias
Información del estudiante, hechos que se alegan,
remedios solicitados
Formato para asegurar que la querella contenga la
información necesaria, no obstante, se puede utilizar
otro formato, siempre que éste contenga lo
requerido.
Una parte puede solicitar al Juez Administrativo la
desestimación de una querella, si considera que ésta
no reúne los requisitos de ley.
Se deberá indicar si se desea o no acogerse a la
mediación
37. IDEA 2004…Resolución de controversias
La parte querellada tiene un término de 10 días para
contestar lo alegado en la querella
Esta contestación debe cumplir con los requisitos de
una Notificación Previa, si la controversia gira en
torno a una acción que el DE se propone llevar a
cabo o rechazar
Si este no es el caso, la contestación debe atender
cada asunto alegado en la querella
38. IDEA 2004…Resolución de controversias
Las enmiendas de IDEA 2004, incorporan el proceso
de conciliación (resolution meetings)
Tiene el propósito de propiciar la comunicación entre
los padres y el DE sobre las controversias que
generaron la querella.
Le ofrece al DE la oportunidad de buscar y acordar
con los padres alternativas para poner fin a la
querella, en un ambiente informal y no adversativo
39.
Es requerido por la ley IDEA, a no ser
que:
los padres y el DE se hayan acogido al
proceso de mediación, o
ambas partes renuncien por escrito al
proceso de conciliación y se pase
directamente a la vista administrativa
40.
Ambas partes acuerdan los participantes
El DE debe estar representado por funcionarios con
poder de decisión y miembros relevantes del
COMPU
La participación de funcionarios con conocimiento
de los asuntos planteados en la controversia facilitará
los acuerdos
A partir de esta reunión, y dentro del término de los
30 días, las partes pueden continuar haciendo
esfuerzos y gestiones para llegar a acuerdos
41.
Si durante el proceso, se llega a acuerdos
satisfactorios para todas las controversias planteadas,
esto pondrá fin a la querella.
Si por el contrario, el proceso no resulta en acuerdos
totales:
las partes pueden recurrir a la mediación para discutir
los asuntos restantes, o
al próximo día comienzan a contar los términos para
celebrar la vista administrativa
42.
Finalizado el periodo de 30 días posteriores a la
radicación de una querella, durante el cual se ha
implantado el proceso de conciliación o mediación y
no se ha llegado a acuerdos que den fin a la querella,
comienza a contar el término para celebrar la vista
administrativa
43. Vista Administrativa
Es un proceso cuasi judicial que se celebra ante un
Juez Administrativo
Este Juez Administrativo examina la controversia,
citando a las partes a una o más vistas y emitiendo
una resolución en un periodo de 45 días.
44.
30 días 45 días
Radicación -día 1
Contestación- día 10 Vista Administrativa-
Mediación – día 10 al 30 día 30
O Resolución mediante
Conciliación- día 15 orden- día 45
Cont. Conciliación- día
30
45.
En ocasiones, debido a la naturaleza de la
controversia, es necesario requerir procedimientos
expeditos. En éstos:
la reunión del proceso de conciliación debe efectuarse
dentro de 7 días a partir de la radicación de la querella
y puede continuar hasta no más tarde de 15 días a
partir de dicha radicación
la vista administrativa debe efectuarse no más tarde
de 20 días lectivos, luego de culminar el proceso de
conciliación y la resolución debe emitirse no más tarde
de 10 días lectivos posteriores a ésta
46. Queja
La queja debe estar relacionada con hechos ocurridos
durante el último año, a no ser que se trate de una
situación reiterada o que incluya una solicitud de
servicios compensatorios.
La investigación de los alegatos de la queja está a
cargo de un investigador que no tiene relación
directa con los hechos
47.
La queja puede estar acompañada de documentación
o información adicional sobre la alegación.
Luego de una investigación exhaustiva, el informe
del investigador será analizado por la División Legal,
donde se tomará la determinación final respecto a la
queja.
48.
En un término no mayor de 60 días, el DE emitirá
una decisión sobre la queja. El contenido de la
decisión incluirá:
cada alegación contenida en la queja con sus
correspondientes hallazgos
las conclusiones sobre las alegaciones
las razones para la decisión
Este término solamente puede ser extendido, si
surgen circunstancias excepcionales o mediante un
acuerdo entre ambas partes