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Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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                                                                 Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                        Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones




Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal
Joven1



                                                                                                      Introducción

En nuestro país la ciudadanía suele creer que las leyes pueden resolver situaciones
problemáticas concretas, de tal forma suele reclamárseles a los políticos leyes específicas
sobre determinados temas, o en otros casos son los propios políticos que buscan dar leyes
para congraciarse con determinado sector de la población. Siguiendo esa lógica desde
inicios de la década del 2000 se presentaron en el Congreso de la República diversos
proyectos de ley en torno a la incorporación de cuotas juveniles en la listas de elecciones
municipales. Tal hecho se concreto en agosto del 2006 con la aprobación de la Ley N°
28869, a vísperas de las elecciones municipales y regionales. La denominada Ley del
Concejal Joven modificó el artículo 10 de la Ley de Elecciones Municipales para incluir
en las listas a regidores a no menos de un veinte por ciento de jóvenes menores de
veintinueve años.
Luego de transcurrido dos procesos electorales municipales, la del año 2006 y 2010
consideramos relevante abordar el tema, identificando el contexto, procesos y actores que
estuvieron involucrados en la gestación y aprobación de la propuesta.

La importancia de analizar los efectos que puede tener este tipo de normas referidas a la
Juventud, es que al entender las diferentes aristas, que ella conlleva podemos entender la
importancia que el propio país le da al tema de la política de juventudes.

La intención de esta ponencia es entender los efectos de la Ley del Concejal Joven y
evaluarlos en la medida de cómo fueron concebidos y el trasfondo político que le dio
origen. Sostenemos que la Ley del Concejal ha tenido un efecto limitado en lograr sus
objetivos, esto va en contra el discurso habitual positivo que se hace sobre sus efectos. El
trabajo se divide en tres partes. En la primera parte damos cuenta de los diferentes
argumentos esgrimidos durante el debate del proyecto de la Ley del Concejal Joven, y nos
detenemos a rebatir algunas de sus afirmaciones. En la segunda parte describimos el
proceso de gestación de la norma, desde sus precedentes hasta su publicación, hacemos
hincapié en las fechas y votaciones del mismo. En la tercer y última presentamos cuadros
de datos con información sobre los jóvenes candidatos y regidores electos en las elecciones
municipales del 20006 y 2010.




1
    Catherine Milagros Paredes Quispe. Bachiller en Ciencia Política de la UNMSM.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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El proyecto del Concejal Joven en Debate

Con frecuencia solemos escuchar a los políticos y a los intelectuales referirse a la crisis de
partidos políticos, a la debilidad de la democracia y más aún expresiones de preocupación
ante la escasa participación política.
Pero son los políticos que por diversas motivaciones promueven iniciativas para
contrarrestar situaciones problemáticas, como los antes señalados. El presente trabajo
justamente analiza los efectos de una Ley que a decir de sus autores busca promover la
participación de la Juventud. Para este propósito es relevante que nos detengamos a
entender y precisar términos como participación y representación utilizados durante el
proceso de gestación y aprobación de la Ley del Concejal Joven.

                       "… debemos permitir que este segmento social muy importante del país
                                      pueda participar activamente en la política nacional."
                                                                      Velásquez Quesquén

                                   “Es uno de los pasos que vamos a dar para que la juventud se
                                                sienta realmente incluida en el sector político.”
                                                                                 Venegas Mello

Este y otros argumentos en la misma lógica fueron expresados por los congresistas a lo
largo del debate de la Ley del Concejal Joven.
A continuación examinaremos extractos de los argumentos a favor y en contra expresados
por las diferentes fuerzas políticas durante el debate.

Grupo Parlamentario Aprista:
      “Para que los jóvenes puedan tener una participación activa en el proceso electoral de
      noviembre, es porque ello va en consonancia con lo que hemos venido proponiendo en la
      campaña electoral y durante los últimos cinco años. Hay que revitalizar la estructura política del
      país; hay que hacer que los jóvenes no vean a los políticos como personas extrañas, como sus
      enemigos; hay que hacer que ellos de espectadores pasen a ser actores del proceso político. Este
      es el objetivo fundamental de la propuesta legislativa…”. Velásquez Quesquén

      “Lo que el Presidente García busca —y lo ha hecho ya dentro del partido— es que esta
      institución partidaria se acerque y dé participación a ese gran segmento que representa más del
      30% de la población”.
      “En nombre de la juventud y en nombre del presidente García, que ha presentado esta iniciativa,
      en representación de los miles de jóvenes que votaron por el Apra y por él, pido como cuestión
      previa que se pase a un cuarto intermedio para ponernos de acuerdo y se respete íntegramente el
      proyecto de ley presentado por el Ejecutivo. Peralta Cruz

      “Realmente sorprende que alguien critique el que vengamos a cumplir nuestra promesa
      electoral, como lo hizo el congresista Castro, y diga que estamos haciendo demagogia por
      impulsar esta propuesta de ley en favor de los jóvenes. Estamos desprestigiados como políticos.
      Llegamos al gobierno o al Congreso precedidos de una elevada expectativa de nuestra población
      y cargando la cruz del desprestigio de quienes nos han antecedido. En ese sentido, es un objetivo
      de todos nosotros cumplir la palabra empeñada durante el proceso electoral y,
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                              Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
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                                                                   Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones

     fundamentalmente, buscar reinsertarnos en el sentimiento popular. Para ello es necesario un
     ejercicio político vinculado a los valores en la política: honestidad, austeridad, veracidad,
     eficiencia en la gestión; y, cómo no, profundizar la democracia con medidas que impulsen la
     discriminación positiva, a la que también llamamos equidad”. Wilson Ugarte

Grupo Parlamentario Nacionalista Unión Por El Perú -UPP:
     “Es uno de los pasos que vamos a dar para que la juventud se sienta realmente incluida en
     el sector político. Los políticos no somos los ogros, ni los comodines, como nos pintan en
     muchos casos. Queremos que los jóvenes conozcan la realidad y aporten con todos sus
     conocimientos en el trabajo efectivo que se podría realizar. Si logramos establecer esta cuota con
     relación a los concejales jóvenes, ellos van a ayudar mucho en las municipalidades. Les
     aseguro que pronto el nivel de delincuencia disminuirá en nuestros departamentos”. Venegas
     Mello

     “¿Quién puede oponerse a la inclusión en la política de nuestros jóvenes, un sector vulnerable
     de la población, al igual que el de las mujeres, de los discapacitados, de los pobladores de las
     comunidades nativas y campesinas? Creo que nadie en su sano juicio puede oponerse”. Ramos
     Prudencio

      “La bancada de UPP, desde una perspectiva nacionalista, en su plan de gobierno también
     promueve e impulsa la participación juvenil en los diferentes estamentos de la política (local,
     regional y nacional), pero quiero marcar diferencia. La recuperación de la confianza en la
     política y en los políticos no pasa por establecer cuotas de género ni cuotas de jóvenes. No
     podemos engañar a la juventud afirmando que la alternativa es su inclusión en la vida política. El
     problema de los jóvenes es más amplio, como lo han manifestado algunos colegas congresistas.
     Tenemos problemas de empleo, de pobreza, de educación, de salud”. Cabrera Campos

     “En esta oportunidad, modificando la Ley de Elecciones Municipales, podemos permitir que los
     jóvenes cumplan el rol de actores principales en estas elecciones, y que no se les ponga de
     relleno en las listas sino que se les considere en los puestos principales. De esa manera debemos
     cambiar el Perú”. Beteta Rubín

Grupo Parlamentario Fujimorista:
     “Entendemos a quienes promueven esta iniciativa, que sienten la necesidad de hacer que los
     jóvenes tengan participación en la política. Es una cuestión de inclusión”. Moyano Delgado

Grupo Parlamentario Alianza Parlamentaria- AP:
     “En realidad, para hacer realidad la inclusión de los jóvenes en una lista municipal es
     imprescindible la alternancia. Esto lo sabemos las mujeres, a quienes nos mandan a los últimos
     lugares de las listas. La alternancia y la cuota de jóvenes son necesarias y no creo que sea
     pertinente votar estos puntos por separado”. Sasieta Morales

Grupo Parlamentario Unidad Nacional –UN:
     “Lo que debemos tomar en cuenta, como decía, es qué tan importante resulta plantear este tipo
     de cuotas por segmento poblacional como para modificar las reglas de juego. Lo que se debe
     buscar no es el segmento poblacional sino la calidad de los candidatos a un cargo público. Esto
     es lo más importante y no lo veo por ningún lado”. Galarreta Velarde

No agrupados:
     “Definitivamente, la alternancia es importante para que la propuesta de ley tenga sentido de
     participación”. González Zúñiga
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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Como se ha podido apreciar en los diferentes argumentos tenemos que se repite la idea de
que con la cuota, más jóvenes participaran en política, de esta forma se lograra su inclusión
dada su importante porcentaje como segmento poblacional.
Pero luego de dos elecciones se ha logrado los objetivos planteados por los congresistas en
el proyecto y expuestos en el debate? Más jóvenes participan en política? En términos
estrictitos formales sí, pero en términos reales consideramos que no necesariamente.
Tal como de la manera más sencilla suelen entender los políticos, la actividad de participar
es formar parte de algo, pero en términos políticos, es decir participación política implica
influir en el proceso de formular e implementar políticas públicas.2 A decir de Pasquino es
“Aquel conjunto de actos y de actitudes dirigidas a influir de manera más o menos directa y
más o menos legal sobre las decisiones de los detentadores del poder…”
Por su parte Verba y Nie nos hablan de la participación convencional y no convencional, la
primera vinculada a votar, tomar parte en campañas, en actividades comunitarias…y la
segunda referida a manifestaciones, marchas, paros, y otras que suponen enfrentamiento
con la legalidad.
En ese sentido obviamente participar en las elecciones como candidatos es participación
política, pero el hecho de que los que participen sean relegados en los últimos lugares de la
lista y que sólo el 2% del total de candidatos tenga la posibilidad de ser electo3, nos obliga a
repensar la situación.
Y es aquí donde entramos a ver los diversos niveles de participación; de esta manera
tenemos a bien tomar los niveles que Ernesto Hernández nos reseña: un primer nivel a decir
de manera presencial en donde el comportamiento del participante es pasivo, receptivo. Un
segundo nivel donde se participa a nivel de organizaciones políticas buscan movilizarse
hacer proselitismo y un tercer nivel de participación más directa donde buscan modificarse
el orden de las cosas.
Bajo esta distinción de niveles consideramos que la participación de los jóvenes en las
elecciones municipales y distritales en las elecciones del 2006 y del 2010 calzaría al nivel
más básico de participación, es decir a nivel de presencia. De esta forma tenemos que la
Cuota contribuyo a elevar el número de jóvenes como candidatos de manera considerable, y
también el número de regidores jóvenes electos, pero esto en menor medida de lo que
esperaban. 4
Ahora sobre el argumento referido a que como los jóvenes son un segmento importante de
la población se hace necesario las cuotas, vale decir se hace necesario su representación.
Cabe preguntarnos: los regidores son representantes de la comunidad? Tienen función
representativa tal como los congresistas? Al menos en nuestra legislación no, en términos
formales las atribuciones y obligaciones de los regidores son entre otros: proponer

2
  Hernández Norzagaray, Ernesto. Participación Ciudadana y Democracia. Lima: JNE, 2008
3
  Las cifras se pueden revisar en la parte final de este trabajo.
4
  En la pág. 28 del Plan de Gobierno Aprista del 2006 se señala lo siguiente: “192. Aprobar la Ley del concejal
joven que integre en el sistema político a más de 2500 regidores provinciales y distritales en todo el país”.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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proyectos de ordenanzas y acuerdos; formular pedidos y mociones de orden del día;
desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal; Integrar, concurrir y
participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales; y mantener
comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo
municipal y proponer la solución de problemas.
En este análisis hay que detenernos y diferenciar representación de representatividad,
“…representación en el sentido de presencia de todos los grupos de la sociedad que no
implica necesariamente comportamiento representativo de estos miembros."5 Es decir que
si bien los jóvenes por ser un sector poblacionalmente importante requiere de
representación en las instancias de poder, no equivale a que los jóvenes electos a través de
cuotas al ser autoridades se avoquen necesariamente a temas o labores dirigidas a los
jóvenes. Puede darse el caso pero no necesariamente es así. De esta manera los 1609
jóvenes electos como regidores en el 2006 no trabajaron necesariamente temas de juventud
durante su periodo, ni tampoco los 1619 jóvenes regidores actuales lo hacen. La lógica que
nos plantean de que más jóvenes en política harán más por la juventud es falsa. Sin duda
aportaran a otro tipo de trabajos desde sus intereses o especialidades profesionales a nivel
de su comunidad.6 De esta forma tenemos que la Cuota de jóvenes ayuda de manera
relativa en términos cuantitativos la representación pero no de la misma forma la
representatividad de los jóvenes. O en todo caso bajo las distinciones que plantea Hanna
Pitkin se lograría una representación descriptiva y no tanto una representación sustantiva.

Volviendo a los argumentos expuestos por los congresistas resalta la del Aprista Peralta
Cruz 7, quien hace mención de manera reitera a la Ley de cuota como promesa electoral,
hecho que desde nuestra perspectiva es el objetivo real de toda la iniciativa, que justamente
la Ley del Concejal Jove responde a una intención político mediática para el gobierno de
ese entonces y que el alcance de los efectos de la misma se ve limitada a su origen, tal
como veremos más adelante.




5
  León Magdalena y Holguín Jimena Nadando contra la corriente. Mujeres y cuotas políticas en los Países
Andinos. Bogotá: Flacso, 2005
6
  Un estudio cualitativo podría dar más alcances sobre a que se dedican los regidores jóvenes.
7
  Congresista que propuso que la votación de los términos “alternancia” y “voluntario” se diera por separado
del proyecto de Concejal Joven, voto a favor de la Ley del Concejal joven, en contra de su aplicación
voluntaria y en contra de la alternancia de los jóvenes en las listas.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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El nacimiento de la Cuota Joven
El precedente en materia de normatividad discriminatoria positiva en el Perú la
encontramos en la Ley de Cuotas de Genero del año 1997.
En esa misma línea pero no tan difundida la Ley de Partidos Políticos incluye la figura de la
cuota al interior de los propios partidos, en su artículo 26 plantea una cuota no menor de
30% de mujeres u hombres en las listas de candidatos para cargos de dirección del partido
así como para candidatos a cargos de elección popular.
Hasta ese entonces teníamos cuotas de género pero es en el año 2002 cuando se modifica
Ley de de Elecciones Municipales a través de Ley N° 27734 para permitir la
representación de las comunidades nativas y pueblos originarios a través de la cuota del
15%.
Como se puede apreciar en este transcurrir del tiempo se hace visible como se fueron
modificando las normas para incluir a sectores de la población que a lo largo de la historia
se han visto relegados o imposibilitados de poder acceder a cargos de representación
popular.
Posteriormente en el año 2006 se aprueba la cuota de jóvenes, hecho que respondió a todo
un proceso previo de gestación que comenzó desde el 2001 con la primera iniciativa
presentada en el Congreso, y que analizaremos al detalle, pero es importante mencionar el
empuje político que recobro el tema durante la campaña presidencial del 2006. Basta
recordar que el aquel entonces candidato presidencial Alan García manifestó en pleno mitin
especialmente organizado con la presencia jóvenes su compromiso de “impulsar la
promulgación de la Ley del Concejal Joven, con la que 2,500 jóvenes se integrarían a la
actividad pública desde los municipios”8.
Es justamente la intención de esta ponencia entender los efectos de la Ley del Concejal
Joven y evaluarlos en la medida de cómo fueron concebidos y el trasfondo político que le
dio origen.
En esta segunda parte del trabajo nos proponemos examinar con bastante detalle el proceso
de gestación de la cuota de jóvenes, con el objetivo de identificar los actores que estuvieron
involucrados y el contexto en que se desenvuelven las diferentes voluntades políticas.
Las propuestas legislativas sobre cuotas de participación dirigidas a los jóvenes, se dieron a
partir del año 2001, diversas iniciativas legislativas buscaban incorporar como candidatos a


8
 Diario La República, 18 de febrero del 2006 http://www.larepublica.pe/18-02-2006/el-show-de-alan-en-el-
amauta
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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los jóvenes tanto en listas de regidores municipales, regionales, y también en las listas
congresales.
En el siguiente cuadro se puede apreciar los proyectos que hemos identificado en el
quinquenio que va del 2001 al 2006, el número del proyecto, la fecha de su ingreso, el
título del mismo así como los grupos parlamentarios a quienes pertenecían los autores.




Número
   de        Fecha                          Título                           Grupo Parlamentarios
Proyecto

Proyecto            ELECCIONES:L.26859,L.26864/PARTI
00967    11/10/2001 CIP.CIUDADANOS JÓVENES           Multiparlamentario

                    ELECCIONES:PORCENTAJE DE
Proyecto            PARTICIPACIÓN JUVENIL,LEY ORG.DE Unión Parlamentaria
02097    27/02/2002 ELECCIONES                       Descentralista

Proyecto            ELECCIONES:MUNICIPALES/PARTICI
03110    07/06/2002 PACIÓN DE LA JUVENTUD                                   Unidad Nacional

Proyecto            ELECCIONES:L.26859/30% DE
08015    27/08/2003 CANDIDATOS SERÁN JÓVENES                                Unidad Nacional
                    ELECCIONES
Proyecto            MUNICIPALES:PARTICIPACIÓN DE LA                         Célula Parlamentaria
14078    16/11/2005 JUVENTUD                                                Aprista
                    LEY QUE ESTABLECE LA
                    PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA DE
                    20% DE JÓVENES EN LAS LISTAS DE
Proyecto            CANDIDATOS A ELECCIONES                                 Perú Ahora –
14746    01/06/2006 MUNICIPALES Y REGIONALES                                Independientes

De todos los proyectos ahí presentados el único que tuvo dictamen sustitutorio favorable
fue el proyecto N°14078, dicho dictamen fue dado en la Comisión de Gobiernos
Regionales presidido por la Congresista Mercedes Cabanillas, mientras que los demás
proyectos o no tuvieron dictamen o fueron rechazados de plano por la comisión a la que
fueron decretadas o simplemente fueron acumulados junto a otros proyectos en los cuales
finalmente no se tomo en cuenta sus planteamientos. Volviendo al proyecto N° 14078, este
originalmente planteó la cuota para jóvenes así como la alternancia en sus ubicaciones pero
en el texto sustitutorio que presento la Comisión de Gobiernos Locales no se incluyo la
alternancia, decisión que no se explica en el dictamen. El dictamen es debatido en la sesión
de la comisión del 4 de julio del 2006 y las objeciones que se expusieron giraban en torno a
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
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la cercanía de las elecciones municipales y la dificultad de cumplir con la propuesta de
hacerse ley. Finalmente dicho proyecto no llego a debatirse en el pleno del Congreso.

Continuando con la descripción de como se dieron los hechos tenemos que en el año 2006
en el entonces recientemente instalado Congreso fueron ingresados 3 proyectos de ley, con
similares características:
  Proyecto 003/2006 presentado por el poder Ejecutivo e ingresado el 31 de julio del
    2006.
  Proyecto 004/2006 presentado de manera multipartidaria, pero cuya iniciativa partió
    del grupo parlamentario Aprista y fue ingresado el 1 de agosto del 2006. Incluye
    firmas de 8 congresistas de UPP, 2 del fujimorismo y 1 de Unidad Nacional (firma
    que posteriormente fue retirada).
  Proyecto 008/2006 presentado por la Congresista Luciana León e ingresado el 2 de
    agosto del 2006.
    A continuación un cuadro con la extractos centrales de las propuestas.


     Proyecto                            Extractos pertinentes del Proyecto
                        “Artículo.- Objetivo: de la Ley Los partidos políticos, alianza de
Proyecto 003/2006       partidos y movimientos independientes deberán promover la
presentado por el       participación de la juventud principalmente en las listas de
poder       Ejecutivo   candidatos a las regidurías provinciales y distritales, como una
ingresado el 31 de      forma de fortalecimiento de la democracia y permanente renovación
julio del 2006.         de las instituciones y organizaciones políticas”.
                        “…se incluirá un mínimo de 25% de ciudadanos o ciudadanas
                        jóvenes no mayores de 28 años y 11 meses cumplidos al día de la
                        inscripción, ubicados en orden alterno con los ciudadanos que
                        excedan la referida edad”.
Proyecto 004/2006       “…no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o
presentado por la       ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad.”
Célula
Parlamentaria       “… plazo de cierre para presentar listas vence a los 60 días naturales
Aprista             antes de la fecha de las elecciones ante los Jurados Electorales
                    Especiales…”
Proyecto 008/2006 “…no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o
presentado por la ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad.”
Congresista Luciana “…la aplicación de la cuota a que se refiere la presente ley, se
León ingresado el 2 efectuará considerando la quinta parte del total de candidatos que,
de agosto del 2006. de acuerdo al Artículo 24° de la Ley de Partidos Políticos N° 28094,
                    pueden ser designados directamente.”

Como se aprecia la diferencia fundamental entre los tres proyectos, en cuanto a su fórmula
legal radica en el porcentaje de la cuota y la alternancia en las ubicaciones de los
candidatos. Mientras que la propuesta presentada por el Poder Ejecutivo describe en un
primer artículo el objetivo de la Ley, luego propone la cuota de 25% de jóvenes y además
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                   Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                 Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                        Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


planteaba su ubicación en las listas en orden alterno, las que presentaron los congresistas
proponían una cuota del 20% y omitieron la alternancia de ubicaciones, pero vale
reconocer que propusieron mecanismos para posibilitar que las cuotas puedan ser aplicadas
en las elecciones municipales de ese mismo año.

Es entendible que los parlamentarios apristas presentaran dos proyectos adicionales para
resolver las complicaciones que pudiese originar la cercanía de las elecciones municipales,
pero nos preguntamos porque terminan retirando el elemento de la “alternancia”.
Repitiendo de manera casi similar lo que paso con el dictamen en que se borra literalmente
la “alternancia” sin mediar razones.

Más aún si tenemos en cuenta que para ese entonces era más que conocido que una de las
dificultades reales de la cuota de género y su cumplimiento efectivo (fáctico) se debía a
que eran relegadas a los últimos lugares en las listas. Hay estudios e investigaciones que lo
demostraban, y entonces si nos resultaba entendible que desde el Ejecutivo se planteara la
propuesta de la cuota con la inclusión del factor de la alternancia.

Siguiendo con la descripción de los hechos tenemos que los parlamentarios solicitan que el
tema sea visto en el pleno, por lo que piden la dispensa trámite regular de envío a
comisiones de los proyecto 003 y 008 pero el 3 de agosto del 2006, la entonces Junta de
Portavoces mediante el Acuerdo N° 05-2006-2007 rechazó dicho el pedido.

A la semana siguiente el 7 de agosto ante insistencia, la Junta de portavoces acordó de
manera unánime la reconsideración del Acuerdo N° 05-2006-2007/Junta de Portavoces-CR
y dispenso de trámite de envío a comisiones los proyectos de Ley 03, 004 y 08, por el cual
los proyectos fueron incluidos en la agenda del pleno.

El día jueves 10 de agosto en la cuarta sesión de la primera legislatura se llevó a cabo en el
pleno del Congreso el debate correspondiente al texto sustitutorio de los proyectos 03, 04 y
08 cuya exposición estuvo a cargo de Javier Velásquez Quesquén, en el mencionado texto
sustitutorio se propone la cuota del 20% y su aplicación de manera voluntaria para las
elecciones del 2006. De igual forma propone que para la aplicación de la cuota se pueda
disponer de la asignación directa de la quinta parte de candidatos. 9

En el debate el ambiente en su mayoría era de apoyo a la propuesta de establecer la cuota,
pero la discrepancia entre los congresistas se daba en relación a su aplicación obligatoria
para las elecciones de ese mismo año. Son los congresistas Moyano Delgado del Partido
Fujimorista, González Zúñiga y Torres Caro de los no agrupados, León Minaya de Unión
por el Perú quienes cada uno por su lado plantean el tema de la alternancia y por último fue
el congresista Peralta Cruz del partido Aprista, quien solicita la votación por separado de la
alternancia y la obligatoriedad de la aplicación de la cuota.


9
  La asignación directa de la quinta parte de candidatos es una prerrogativa que está estipulada en el artículo 24° de la
Ley 28094 Ley de Partidos Políticos.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                           Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                         Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


Luego de prolongarse el debate y al no concordar respecto a la totalidad del texto
sustitutorio, se opto por realizar la votación del proyecto por separado, de esta forma se
dieron tres votaciones.
La primera votación se dio para aprobar el texto sustitutorio general exceptuando la parte
de alternancia y la aplicación voluntaria. La votación por el sí obtuvo 102 votos, uno en
contra y 6 abstenciones.




          Anexo 8
                     Asistencia Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:21:24 PM (111)
                        Votación Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:23:17 PM
PROYECTOS 3; 4 Y 8 LEY QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD EN LAS LISTAS
DE REGIDORES PROVINCIALES Y MUNICIPALES; EXCEPTO LA ALTERNANCIA (ARTÍCULO 10;
    ÚLTIMO PÁRRAFO); Y LA PALABRA VOLUNTARIA DE LA PRIMERA DISPOSICIÓN
                                  TRANSITORIA
SIGLAS    PARTIDO                                     T              SI            NO         ABS.       SIN RPTA.
          NACIONALISTA UNIÓN POR EL
N-UPP     PERÚ                                             42              38                        3              1
PAP       PARTIDO APRISTA PERUANO                          36              30
UN        UNIDAD NACIONAL                                  17              15           1            1
AF        FUJIMORISTA                                      13              10                        2
AP        ALIANZA PARLAMENTARIA                             9               6
NA        NO AGRUPADOS                                      3               3
                                                          120             102           1            6              1


En el cuadro siguiente se aprecia la votación por separado de la alternancia de las
ubicaciones de los jóvenes en las listas, esta obtuvo 61 en contra, 37 votos a favor, y 11
abstenciones. Se puede apreciar como una fracción del grupo Nacionalista vota por el NO,
mientras que otra fracción mayoría de sus integrantes opta por el sí. De igual forma la
mayor parte del Fujimorismo y de Alianza Parlamentaria (que agrupaba a congresistas de
Perú Posible y Somos Perú) se inclino a apoyar la propuesta. La Alianza Unidad Nacional
que acorde a su posición en el debate vota en su totalidad por el no. Mientras que el en
partido Aprista casi en su totalidad votan por el no y tan sólo 3 apristas optan por la
alternancia. Y aquí nos surge la pregunta, porqué los congresistas apristas votan en contra
de la alternancia expresamente, cuando su propio gobierno en la propuesta original lo
plantea. Si hacemos el simple cálculo y sumamos sus votos 26 votos en contra más los 37
que estuvieron a favor tenemos 63 votos. En otras palabras con los 26 votos del Apra se
hubiese podido aprobar la alternancia.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                  Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                       Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


                        Asistencia Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:21:24 PM     (111)
                              Votación Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:26:24 PM
       TEMA SOBRE ALTERNANCIA CONETIDO EN EL ARTÍCULO 10, ÚLTIMO PÁRRAFO; QUE
     MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DEL NUEVO TEXTO SUSTITUTORIO DE LOS PROYECTOS 3; 4 Y 8: LEY
        QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD EN LAS LISTAS DE REGIDORES
                                PROVINCIALES Y MUNICIPALES
 SIGLAS     PARTIDO                                       T            SI           NO          ABS.         SIN RPTA.
            NACIONALISTA UNIÓN POR EL
 N-UPP      PERÚ                                               42            22           14           6                   0
 PAP        PARTIDO APRISTA PERUANO                            36            3            26           0                   1
 UN         UNIDAD NACIONAL                                    17            0            16           1                   0
 AF         FUJIMORISTA                                        13            9             1           2                   0
 AP         ALIANZA PARLAMENTARIA                               9            3             1           2                   0
 NA         NO AGRUPADOS                                        3            0             3           0                   0
                                                              120            37           61          11                   1
     Por último se voto la aplicación voluntaria de la cuota para las elecciones del 2006, la
     misma que fue rechazada con 61 votos en contra, 44 a favor y 5 abstenciones. Aquí las es
     evidente que quien inclino la balanza con sus 33 votos fue el partido Aprista, que junto con
     los 22 votos de los nacionalista lograron que la aplicación de la cuota fuese de carácter
     obligatorio para las elecciones del 2006.
             Anexo 11
                        Asistencia Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:32:30 PM    (112)
                             Votación Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:34:39 PM
   RECTIFICACIÓN SOBRE VOTACIÓN DE A PALABRA "VOLUNTARIA" CONTENIDA EN LA
PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DEL NUEVO TEXTO SUSTITUTORIO DE LOS PROYECTOS DE
   LEY QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD EN LAS LISTAS DE REGIDORES
                           PROVINCIALES Y MUNICIPALES
SIGLAS       PARTIDO/ G. PARLAMENTARIO                     T            SI           NO           ABS.       SIN RPTA.
             NACIONALISTA UNIÓN POR EL
N-UPP        PERÚ                                               42           14            22            3                 1
PAP          PARTIDO APRISTA PERUANO                            36            0            33            0                 0
UN           UNIDAD NACIONAL                                    17           16             0            1                 0
AF           FUJIMORISTA                                        13            8             3            1                 0
AP           ALIANZA PARLAMENTARIA                              9             6             0            0                 0
NA           NO AGRUPADOS                                       3             0             3            0                 0
                                                               120           44            61            5                 1
     Como se puede constatar la propuesta tuvo un considerable respaldo con 102 votos, pero en
     sus puntos “conflictivos” como la alternancia y el carácter voluntario fue definido por el
     partido Aprista.
     Resumimos todo el proceso de la gestación de esta Ley en el siguiente gráfico.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                           Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                         Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones




De esta manera, en estas páginas hemos visto como la cuota para los jóvenes estuvo
planteada como propuesta desde el año 2001, pero por diversas circunstancias no se
concreto a pesar de haber surgido iniciativas desde diferentes grupos parlamentarios del
2001 al 2006.
Finalmente la Ley N° 28869 fue publicada el 12 de agosto del año 2006.
Pero se puede observar como en el último año de ese quinquenio los mayores impulsores de
la cuota fueron los parlamentarios apristas, pero luego del análisis de estos datos no
podemos llegar a respondernos a cabalidad la pregunta que nos hicimos líneas atrás, sobre
el porqué de su negativa a la alternancia, demostrada al omitirlo en los proyecto adicionales
que presentaron y en la votación por separado que se dio sobre ese punto.
Al respecto dejamos planteada otra inquietud, siendo ese momento Alan García el líder
indiscutible y más estando al inicio de su gestión, es factible que los congresistas apristas
hayan actuado de manera contraria a la voluntad expresa de su líder de motu proprio?
Si bien el partido Aprista es uno de los pocos partidos que no necesitaba una Ley para
promover a sus bases y cuadros jóvenes, como ellos mismos lo manifestaron durante el
debate de la Ley, porque suelen foguear a sus líderes juveniles en diferentes instancias del
Estado y en etapa de elecciones como candidatos. Pero una cosa es candidatear y otra cosa
es tener un amplio margen de opción a ser electo y dada la naturaleza de las elecciones
municipales, es decir de darse a través de lista cerrada, más la posibilidad de añadirse la
alternancia hubiese generado un incrementando drásticamente mayor en el número de
jóvenes electos de su propia agrupación política como de las demás. Adicionalmente a ello
se hubiese abierto la puerta con más fuerza a los promotores que planteaban la alternancia
de la Mujer en las listas. Entonces pareciese que la negativa a aceptar la alternancia por
parte de los parlamentarios apristas respondería al temor de perder poder.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                      Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                    Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                           Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


    El realce que hacemos al punto de la alternancia es en razón de considerar que al final al
    darse la Ley de cuotas Joven sin ese elemento, el impacto sería relativo tal y como viene
    sucediendo con la Cuota de Género, y eso lo sabían tanto el Ejecutivo como los
    parlamentarios apristas, lo cual me lleva a la conclusión de que el interés de fondo de la
    propuesta en sí resulto ser el aspecto político mediático de cumplir una promesa electoral10
    y no tanto el efecto real de lograr una cabal participación de los jóvenes.

    Este elemento nos sirve para pasar a la siguiente parte del trabajo donde podremos ver y
    constatar los efectos de la Ley del Concejal.


    Los jóvenes en las elecciones 2006 y 2010

    En esta sección de la investigación nos avocaremos a hacer repaso de las cifras que nos
    dejaron las elecciones municipales del 2006 y la del 2010 a las que añadimos los resultados
    de todas las elecciones complementarias en ambos casos. 11 Para de esta manera hacer una
    lectura más completa en términos de visualizar la totalidad de jóvenes que finalmente
    fueron candidatos y resultaron electos.

    Todos los cuadros y gráficas que se presentaran se han elaborado a partir de los resultados
    electores del 2006, 2010 y otros documentos publicados por el JNE y la ONPE.

        Cuadro 1
 Elecciones Municipales 2006 - Regidor Provincial                   Elecciones Municipales 2010 - Regidor Provincial

Rangos        Candidatos                   Electos                                Candidatos                    Electos
                                                                 Rangos
  de
          Regidor               Regidor                          de edad     Regidor               Regidor
 edad               Porcentaje            Porcentaje                                   Porcentaje            Porcentaje
         Provincial            Provincial                                   Provincial            Provincial

Total        14961         100%          1717        100%       Total            15685         100%           1701         100%
Hasta                                                           Menos
28                                                              de 29
años          4510          30%           200          12%      años               4975          32%           188             11%
29 a                                                            29 a 70
más          10451          70%          1517          88%      más              10710           68%          1513             89%
    Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia

    En el Cuadro 1 se compara candidatos y electos del 2006 con los candidatos y electos del
    2010 a nivel de regidores provinciales.
    10
       Diario La República, 12 de Agosto del 2006 http://www.larepublica.pe/12-08-2006/agp-y-la-ley-del-
    concejal-joven
    11
       Vale decir que para las elecciones municipales 2006 se llevo a cabo una elección complementaria más y
    en las elecciones Municipales del 2010 se realizaron 3 elecciones complementarias adicionales.
    Adicionalmente también se considera las elecciones adicionales que se dieron por la creación de nuevos
    distritos.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                      Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                    Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                           Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


    En términos de porcentaje los jóvenes candidatos a regidores provinciales en ambas
    elecciones son casi similares 30% y 32% respectivamente.
    Los jóvenes electos como regidores provinciales en ambas elecciones representan el 12% y
    11% respectivamente.
    De esta manera tenemos que si bien los jóvenes postulan en un porcentaje significativo que
    bordea el 30%, es decir representan el 30% del total de candidatos, al ser finalmente
    electos, los jóvenes representaron el 12% y11% del total de regidores provinciales electos
    en ambas elecciones. Es decir a nivel de candidatos el porcentaje de jóvenes es significativo
    pero a nivel de jóvenes electos es bastante menor.

    Aún cuando el número de jóvenes candidatos a regidores provinciales aumento en 465 del
    2006 al 2010 tenemos que el número jóvenes electos como regidores provinciales
    disminuyo en 2.
    Este incremento de postulantes a regidores provinciales, se debería en parte a un número
    mayor de listas participantes. En cuanto al número de jóvenes electos que disminuye en
    dos hay que tener en cuenta que el número total de regidores provinciales a elegirse
    también disminuyo, entonces lo que se puede inferir es que dicho descenso sea deba a ello.
    Y no necesariamente considerarlo como un indicativo de una baja en el impacto de las
    cuotas.


     Cuadro 2

 Elecciones Municipales 2006* - Regidor Distrital                   Elecciones Municipales 2010* - Regidor Distrital

                Candidatos                 Electos                                   Candidatos                  Electos
Rangos                                                           Rangos de
de edad     Regidor              Regidor                           edad         Regidor              Regidor
                      Porcentaje           Porcentaje                                     Porcentaje           Porcentaje
            Distrital            Distrital                                      Distrital            Distrital

Total         60052        100%         8655         100%       Total              61781         100%        8677          100%
Hasta 28                                                        Menos de
años          17607          29%        1409         16%        29 años            19109          31%        1431          16%
29 años a
más           42445          71%        7246         84%        29 a 70 más        42672          69%        7246          84%
    Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia



    En el Cuadro 2 se compara candidatos y electos del 2006 con candidatos y electos del 2010
    a nivel de regidores distritales.
    En términos de porcentaje los candidatos a regidores distritales en ambas elecciones son
    29% y 31% respectivamente.
    A nivel de jóvenes candidatos a regidores distritales tenemos al igual que con los regidores
    provinciales que los jóvenes al postular representan un significativo porcentaje que bordea
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                        Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                      Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                             Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


      el 30% del total de candidatos pero al ser electos representaron el 16% del total de
      regidores electos en ambas elecciones.
      El número de jóvenes candidatos a regidores distritales aumento en 1502 del 2006 al 2010
      ello también se reflejo en que el número jóvenes electos como regidores distritales
      aumento en 22.


      Cuadro 3

                            2002                                    2006                                      2010
Ley del                            Porcentaje                                  Porcentaje                               Porcentaje
Concejal     Total                                  Total                                    Total
                         Jóvenes   de                             Jóvenes      de                          Jóvenes      de
 Joven       Regidores                              Regidores                                Regidores
                         Regidores Regidores                      Regidores    Regidores                   Regidores    Regidores
             Electos                                Electos                                  Electos
                                   Jóvenes                                     Jóvenes                                  Jóvenes

 Regidor
Provincial
               1700          69           4%          1717          200           12%          1701           188          11%
 Regidor
 Distrital
               8616         870          10%          8655          1409         16%            8677         1431          16%
  Total       10316         939           9%         10372          1609         16%           10378         1619          16%
      Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia

      El cuadro 4 se compara las resultados a nivel de regidores (incluye regidores provinciales y
      distritales) de las tres últimas elecciones municipales. Y tal como se puede ver el total de
      regidores jóvenes en el año 2002 fue de 939 y comparándolo con el 2006 se nota un
      importante incremente de 670 jóvenes regidores más, llegando a ser un total de 1609
      regidores jóvenes, de esta forma se pasa del 9% que representaban los regidores jóvenes
      sobre el total de regidores a 16%. Claramente esto resulta un notorio impacto de la Ley del
      Concejal Joven, en términos cuantitativos.

      Ahora comparando en las elecciones del 2006 y 2010 el número de jóvenes regidores
      electos se incremento en tan sólo 10 jóvenes más y el porcentaje de jóvenes regidores
      respecto al total se mantuvo en 16%.

      Es preciso para entender esto recalcar nuevamente que el número de jóvenes electos
      aumenta o disminuye también en función de la cantidad de postulantes y sus ubicaciones en
      las listas.

      De esta forma si consideramos que el número total de regidores postulantes aumento en
      2453 del 2006 al 2010, se evidencia que el leve aumento de los jóvenes regidores en el
      2010 se debe al factor de la ubicación en las listas.

      Pero es evidente que en términos concretos en cuanto a jóvenes electos luego del notorio
      incremento que se observa del 2002 al 2006, ha habido un aparente freno comparando los
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                  Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                       Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones



resultados de los jóvenes electos del 2006 al 2010. Más aún si que la población electoral del
2006 al 2010 aumento en más de dos millones de jóvenes.

Cuadro 4

                                                                              Cifra que aumento de
                    Elecciones *                 2006             2010             2006 al 2010
             Total de Candidatos
             Regidores Provinciales                  14961           15685                           724
             Total de Candidatos
             Regidores Distritales                   60052           61781                          1729
             Total                                  75013           77466                           2453
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia

Cuadro 5

                                                              Jóvenes
                                                              18-29
                Años                         Total            años      Porcentaje
                Electores 2006                     16,594,824 5424 879        33%
                Electores 2010                     18,878,337 5 683 783       30%
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia




Cuadro 6

                                                                          Elecciones
           Elecciones     Elecciones                      Elecciones     2010* Total
         2006* Total de 2006* Total Porcentaje Rangos 2010* Total            de de     Porcentaje
 Rangos
            Regidores      Regidores     de electos  de  de Regidores     Regidores     de electos
 de edad
          Provinciales y Provinciales y respecto    edad Provinciales y Provinciales y respecto
            Distritales    Distritales    total de         Distritales    Distritales    total de
           Candidatos       Electos     postulantes       Candidatos        Electos    postulantes
Total                   75013              10372              14% Total                    77466              10378        14%
                                                                  Menos
Hasta 28                                                          de 29
años                    22117               1609               7% años                     24084                1619       7%
                                                                  29 a 70
29 a más                52896               8763              17% más                      53382                8759       16%
Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia

En el cuadro número 6 podemos percatarnos que finalmente los jóvenes electos respecto a
la totalidad de jóvenes candidatos resultan sólo el 7% en ambas elecciones. Es decir
solamente el 7% de jóvenes son electos de todos los jóvenes que se postulan.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                   Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                 Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                        Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


Y más aún si consideramos que en el 2006 los 1609 jóvenes electos respecto del total de
candidatos 75013 equivale a sólo al 2% del total de candidatos.

De igual manera en el 2010 los 1619 jóvenes electos sólo fueron el 2% del total de los
77466 postulantes.

De esta forma concluimos que las posibilidades de que los jóvenes postulantes resulten
electos es bastante limitada.



                     Elecciones Municipales Provinciales y Distritales 2006 12




12
     Estas cifras no incluyen las elecciones complementarias.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                  Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                       Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones




Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia




En los gráficos anteriores se puede apreciar como tanto en las elecciones del 2006 y del
2010, el mayor número de jóvenes postulantes a regidores provinciales y distritales fueron
ubicados en el tercio inferior, lueho en el tercio medio y finalmente el menor porcentaje de
jóvenes postularon en las ubicaciones del tercio superior.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                                  Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                                Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                       Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


                    Jovenes Electos como Regidores en las Elecciones 2006 13




Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia

Aquí tenemos que el mayor número de jóvenes electos son los que postularon en el tercio
inferior, le sigue el tercio medio y por último los jóvenes con mayores dificultades para ser
electos son los ubicados en el tercio inferior.




13
  Estas cifras no incluyen elecciones complementarias. Sólo contamos con la información de jóvenes electos
en las elecciones 2006, las del 2010 aún no son publicados por el JNE.
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                         Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                       Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                              Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


                                         Bibliografía

PITKIN, Hanna Fenichel
1985        El Concepto de la Representación. Traducción Ricardo Montoro. Madrid:
            Centro de Estudios Constitucionales

ABAL MEDINA, Juan
2004      La Muerte y la resurrección de la representación política. Buenos Aires:
          Fondo de Cultura Económica

Verba, Sidney y Nie, Norman
1972          Participation in America: Political democracy and social equality. New
              York: Harper and Row.

PASQUINO, Guianfranco.
1994      Manual de Ciencia Política. Madrid: Alianza Editorial

HERNÁNDEZ NORZAGARAY, Ernesto.
2008     Participación Ciudadana y Democracia. Lima: JNE

LEÓN, Magdalena y HOLGUÍN, Jimena
2005       Nadando contra la corriente. Mujeres y cuotas políticas en los Países
           Andinos. Bogotá: Flacso

COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL)
2004      La juventud en Iberoamérica Tendencias y urgencias. Santiago de Chile:
          Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)

REYNOSO, Diego y D’ANGE LO, Natali
2006      Las leyes de cuota y su impacto en la elección de mujeres en México.
          Política y Gobierno. Vol. XIII. Núm. 2. pp. 279-313 Consulta: 10 de
          setiembre 2012
          <http://www0.parlamento.gub.uy/parlamenta/descargas/BIBLIOGRAFIA/Cuotas/
          Reynoso_y_Angelo_2006%20(M%C3%A9xico).pdf>

FERNÁNDEZ PONCELA, Anna María
2006     Mujeres y Política en América Latina: dificultades y aceptación social
         Nueva Época. Año 19.Núm. 51. México. Pp. 117-143 Consulta: 20 de agosto
         del 2012 < http://scielo.unam.mx/pdf/argu/v19n51/v19n51a5.pdf >

Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
2006          Los jóvenes y las elecciones generales de 2006: Análisis cuantitativo y
              cualitativo de la participación de los electores de 18 a 24 años. Serie:
              Documento de Trabajo N.º14. Consulta: 5 setiembre 2012
              <http://www.web.onpe.gob.pe/modEscaparate/downloads/L-0035.pdf>
Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven.
                                                           Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política
                                                         Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012
                                                                Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones



Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
             Compendio Estadístico Electoral: Elecciones Regionales y Municipales 2010
             y Elecciones Generales 2011
             <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/COMPEN
             DIO_ESTADISTICO.pdf>
             Estadística Electoral: Elecciones Generales 2006, Elecciones Regionales y
             Municipales 2006 y Elecciones Municipales Complementarias 2007
             <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/Estadistica
             %20Electoral.pdf>

              Elecciones Municipales 2011 y Municipales Complementarias. Estadísticas
              del proceso electoral
              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/Boletin_N
              EM2011.pdf>

              Elecciones Municipales Complementarias 2011.Padrón Electoral
              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/6_9.pdf>

              Elecciones Municipales Complementarias 2011.Candidatos y Resultados
              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2.Candidat
              os%20y%20Resultados.pdf

              Elecciones Regionales y Municipales 2010 - Referéndum Nacional
              FONAVI. Padrón Electoral

              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/6_5.pdf>
              Elecciones Regionales y Municipales 2010 - Referéndum Nacional
              FONAVI. Estadísticas Generales
              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/6_7.pdf>

              Nuevas Elecciones Municipales 2010 Resultados del proceso
              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/NEM2010
              _Resultados.pdf>

              Elecciones Municipales Complementarias y Municipales 2007. Padrón
              Electoral
              <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/3_1.pdf>

              Elecciones Municipales Complementarias y Municipales 2007. Listas y
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                                                 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones


<http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/3_3.pdf>

Elecciones Regionales y Municipales 2006 Padrón Electoral
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Elecciones Regionales y Municipales 2006 Organizaciones Políticas
Inscritas
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Participación juvenil: Análisis de la Ley del Concejal Joven

  • 1. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven1 Introducción En nuestro país la ciudadanía suele creer que las leyes pueden resolver situaciones problemáticas concretas, de tal forma suele reclamárseles a los políticos leyes específicas sobre determinados temas, o en otros casos son los propios políticos que buscan dar leyes para congraciarse con determinado sector de la población. Siguiendo esa lógica desde inicios de la década del 2000 se presentaron en el Congreso de la República diversos proyectos de ley en torno a la incorporación de cuotas juveniles en la listas de elecciones municipales. Tal hecho se concreto en agosto del 2006 con la aprobación de la Ley N° 28869, a vísperas de las elecciones municipales y regionales. La denominada Ley del Concejal Joven modificó el artículo 10 de la Ley de Elecciones Municipales para incluir en las listas a regidores a no menos de un veinte por ciento de jóvenes menores de veintinueve años. Luego de transcurrido dos procesos electorales municipales, la del año 2006 y 2010 consideramos relevante abordar el tema, identificando el contexto, procesos y actores que estuvieron involucrados en la gestación y aprobación de la propuesta. La importancia de analizar los efectos que puede tener este tipo de normas referidas a la Juventud, es que al entender las diferentes aristas, que ella conlleva podemos entender la importancia que el propio país le da al tema de la política de juventudes. La intención de esta ponencia es entender los efectos de la Ley del Concejal Joven y evaluarlos en la medida de cómo fueron concebidos y el trasfondo político que le dio origen. Sostenemos que la Ley del Concejal ha tenido un efecto limitado en lograr sus objetivos, esto va en contra el discurso habitual positivo que se hace sobre sus efectos. El trabajo se divide en tres partes. En la primera parte damos cuenta de los diferentes argumentos esgrimidos durante el debate del proyecto de la Ley del Concejal Joven, y nos detenemos a rebatir algunas de sus afirmaciones. En la segunda parte describimos el proceso de gestación de la norma, desde sus precedentes hasta su publicación, hacemos hincapié en las fechas y votaciones del mismo. En la tercer y última presentamos cuadros de datos con información sobre los jóvenes candidatos y regidores electos en las elecciones municipales del 20006 y 2010. 1 Catherine Milagros Paredes Quispe. Bachiller en Ciencia Política de la UNMSM.
  • 2. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones El proyecto del Concejal Joven en Debate Con frecuencia solemos escuchar a los políticos y a los intelectuales referirse a la crisis de partidos políticos, a la debilidad de la democracia y más aún expresiones de preocupación ante la escasa participación política. Pero son los políticos que por diversas motivaciones promueven iniciativas para contrarrestar situaciones problemáticas, como los antes señalados. El presente trabajo justamente analiza los efectos de una Ley que a decir de sus autores busca promover la participación de la Juventud. Para este propósito es relevante que nos detengamos a entender y precisar términos como participación y representación utilizados durante el proceso de gestación y aprobación de la Ley del Concejal Joven. "… debemos permitir que este segmento social muy importante del país pueda participar activamente en la política nacional." Velásquez Quesquén “Es uno de los pasos que vamos a dar para que la juventud se sienta realmente incluida en el sector político.” Venegas Mello Este y otros argumentos en la misma lógica fueron expresados por los congresistas a lo largo del debate de la Ley del Concejal Joven. A continuación examinaremos extractos de los argumentos a favor y en contra expresados por las diferentes fuerzas políticas durante el debate. Grupo Parlamentario Aprista: “Para que los jóvenes puedan tener una participación activa en el proceso electoral de noviembre, es porque ello va en consonancia con lo que hemos venido proponiendo en la campaña electoral y durante los últimos cinco años. Hay que revitalizar la estructura política del país; hay que hacer que los jóvenes no vean a los políticos como personas extrañas, como sus enemigos; hay que hacer que ellos de espectadores pasen a ser actores del proceso político. Este es el objetivo fundamental de la propuesta legislativa…”. Velásquez Quesquén “Lo que el Presidente García busca —y lo ha hecho ya dentro del partido— es que esta institución partidaria se acerque y dé participación a ese gran segmento que representa más del 30% de la población”. “En nombre de la juventud y en nombre del presidente García, que ha presentado esta iniciativa, en representación de los miles de jóvenes que votaron por el Apra y por él, pido como cuestión previa que se pase a un cuarto intermedio para ponernos de acuerdo y se respete íntegramente el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo. Peralta Cruz “Realmente sorprende que alguien critique el que vengamos a cumplir nuestra promesa electoral, como lo hizo el congresista Castro, y diga que estamos haciendo demagogia por impulsar esta propuesta de ley en favor de los jóvenes. Estamos desprestigiados como políticos. Llegamos al gobierno o al Congreso precedidos de una elevada expectativa de nuestra población y cargando la cruz del desprestigio de quienes nos han antecedido. En ese sentido, es un objetivo de todos nosotros cumplir la palabra empeñada durante el proceso electoral y,
  • 3. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones fundamentalmente, buscar reinsertarnos en el sentimiento popular. Para ello es necesario un ejercicio político vinculado a los valores en la política: honestidad, austeridad, veracidad, eficiencia en la gestión; y, cómo no, profundizar la democracia con medidas que impulsen la discriminación positiva, a la que también llamamos equidad”. Wilson Ugarte Grupo Parlamentario Nacionalista Unión Por El Perú -UPP: “Es uno de los pasos que vamos a dar para que la juventud se sienta realmente incluida en el sector político. Los políticos no somos los ogros, ni los comodines, como nos pintan en muchos casos. Queremos que los jóvenes conozcan la realidad y aporten con todos sus conocimientos en el trabajo efectivo que se podría realizar. Si logramos establecer esta cuota con relación a los concejales jóvenes, ellos van a ayudar mucho en las municipalidades. Les aseguro que pronto el nivel de delincuencia disminuirá en nuestros departamentos”. Venegas Mello “¿Quién puede oponerse a la inclusión en la política de nuestros jóvenes, un sector vulnerable de la población, al igual que el de las mujeres, de los discapacitados, de los pobladores de las comunidades nativas y campesinas? Creo que nadie en su sano juicio puede oponerse”. Ramos Prudencio “La bancada de UPP, desde una perspectiva nacionalista, en su plan de gobierno también promueve e impulsa la participación juvenil en los diferentes estamentos de la política (local, regional y nacional), pero quiero marcar diferencia. La recuperación de la confianza en la política y en los políticos no pasa por establecer cuotas de género ni cuotas de jóvenes. No podemos engañar a la juventud afirmando que la alternativa es su inclusión en la vida política. El problema de los jóvenes es más amplio, como lo han manifestado algunos colegas congresistas. Tenemos problemas de empleo, de pobreza, de educación, de salud”. Cabrera Campos “En esta oportunidad, modificando la Ley de Elecciones Municipales, podemos permitir que los jóvenes cumplan el rol de actores principales en estas elecciones, y que no se les ponga de relleno en las listas sino que se les considere en los puestos principales. De esa manera debemos cambiar el Perú”. Beteta Rubín Grupo Parlamentario Fujimorista: “Entendemos a quienes promueven esta iniciativa, que sienten la necesidad de hacer que los jóvenes tengan participación en la política. Es una cuestión de inclusión”. Moyano Delgado Grupo Parlamentario Alianza Parlamentaria- AP: “En realidad, para hacer realidad la inclusión de los jóvenes en una lista municipal es imprescindible la alternancia. Esto lo sabemos las mujeres, a quienes nos mandan a los últimos lugares de las listas. La alternancia y la cuota de jóvenes son necesarias y no creo que sea pertinente votar estos puntos por separado”. Sasieta Morales Grupo Parlamentario Unidad Nacional –UN: “Lo que debemos tomar en cuenta, como decía, es qué tan importante resulta plantear este tipo de cuotas por segmento poblacional como para modificar las reglas de juego. Lo que se debe buscar no es el segmento poblacional sino la calidad de los candidatos a un cargo público. Esto es lo más importante y no lo veo por ningún lado”. Galarreta Velarde No agrupados: “Definitivamente, la alternancia es importante para que la propuesta de ley tenga sentido de participación”. González Zúñiga
  • 4. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Como se ha podido apreciar en los diferentes argumentos tenemos que se repite la idea de que con la cuota, más jóvenes participaran en política, de esta forma se lograra su inclusión dada su importante porcentaje como segmento poblacional. Pero luego de dos elecciones se ha logrado los objetivos planteados por los congresistas en el proyecto y expuestos en el debate? Más jóvenes participan en política? En términos estrictitos formales sí, pero en términos reales consideramos que no necesariamente. Tal como de la manera más sencilla suelen entender los políticos, la actividad de participar es formar parte de algo, pero en términos políticos, es decir participación política implica influir en el proceso de formular e implementar políticas públicas.2 A decir de Pasquino es “Aquel conjunto de actos y de actitudes dirigidas a influir de manera más o menos directa y más o menos legal sobre las decisiones de los detentadores del poder…” Por su parte Verba y Nie nos hablan de la participación convencional y no convencional, la primera vinculada a votar, tomar parte en campañas, en actividades comunitarias…y la segunda referida a manifestaciones, marchas, paros, y otras que suponen enfrentamiento con la legalidad. En ese sentido obviamente participar en las elecciones como candidatos es participación política, pero el hecho de que los que participen sean relegados en los últimos lugares de la lista y que sólo el 2% del total de candidatos tenga la posibilidad de ser electo3, nos obliga a repensar la situación. Y es aquí donde entramos a ver los diversos niveles de participación; de esta manera tenemos a bien tomar los niveles que Ernesto Hernández nos reseña: un primer nivel a decir de manera presencial en donde el comportamiento del participante es pasivo, receptivo. Un segundo nivel donde se participa a nivel de organizaciones políticas buscan movilizarse hacer proselitismo y un tercer nivel de participación más directa donde buscan modificarse el orden de las cosas. Bajo esta distinción de niveles consideramos que la participación de los jóvenes en las elecciones municipales y distritales en las elecciones del 2006 y del 2010 calzaría al nivel más básico de participación, es decir a nivel de presencia. De esta forma tenemos que la Cuota contribuyo a elevar el número de jóvenes como candidatos de manera considerable, y también el número de regidores jóvenes electos, pero esto en menor medida de lo que esperaban. 4 Ahora sobre el argumento referido a que como los jóvenes son un segmento importante de la población se hace necesario las cuotas, vale decir se hace necesario su representación. Cabe preguntarnos: los regidores son representantes de la comunidad? Tienen función representativa tal como los congresistas? Al menos en nuestra legislación no, en términos formales las atribuciones y obligaciones de los regidores son entre otros: proponer 2 Hernández Norzagaray, Ernesto. Participación Ciudadana y Democracia. Lima: JNE, 2008 3 Las cifras se pueden revisar en la parte final de este trabajo. 4 En la pág. 28 del Plan de Gobierno Aprista del 2006 se señala lo siguiente: “192. Aprobar la Ley del concejal joven que integre en el sistema político a más de 2500 regidores provinciales y distritales en todo el país”.
  • 5. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones proyectos de ordenanzas y acuerdos; formular pedidos y mociones de orden del día; desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal; Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales; y mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas. En este análisis hay que detenernos y diferenciar representación de representatividad, “…representación en el sentido de presencia de todos los grupos de la sociedad que no implica necesariamente comportamiento representativo de estos miembros."5 Es decir que si bien los jóvenes por ser un sector poblacionalmente importante requiere de representación en las instancias de poder, no equivale a que los jóvenes electos a través de cuotas al ser autoridades se avoquen necesariamente a temas o labores dirigidas a los jóvenes. Puede darse el caso pero no necesariamente es así. De esta manera los 1609 jóvenes electos como regidores en el 2006 no trabajaron necesariamente temas de juventud durante su periodo, ni tampoco los 1619 jóvenes regidores actuales lo hacen. La lógica que nos plantean de que más jóvenes en política harán más por la juventud es falsa. Sin duda aportaran a otro tipo de trabajos desde sus intereses o especialidades profesionales a nivel de su comunidad.6 De esta forma tenemos que la Cuota de jóvenes ayuda de manera relativa en términos cuantitativos la representación pero no de la misma forma la representatividad de los jóvenes. O en todo caso bajo las distinciones que plantea Hanna Pitkin se lograría una representación descriptiva y no tanto una representación sustantiva. Volviendo a los argumentos expuestos por los congresistas resalta la del Aprista Peralta Cruz 7, quien hace mención de manera reitera a la Ley de cuota como promesa electoral, hecho que desde nuestra perspectiva es el objetivo real de toda la iniciativa, que justamente la Ley del Concejal Jove responde a una intención político mediática para el gobierno de ese entonces y que el alcance de los efectos de la misma se ve limitada a su origen, tal como veremos más adelante. 5 León Magdalena y Holguín Jimena Nadando contra la corriente. Mujeres y cuotas políticas en los Países Andinos. Bogotá: Flacso, 2005 6 Un estudio cualitativo podría dar más alcances sobre a que se dedican los regidores jóvenes. 7 Congresista que propuso que la votación de los términos “alternancia” y “voluntario” se diera por separado del proyecto de Concejal Joven, voto a favor de la Ley del Concejal joven, en contra de su aplicación voluntaria y en contra de la alternancia de los jóvenes en las listas.
  • 6. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones El nacimiento de la Cuota Joven El precedente en materia de normatividad discriminatoria positiva en el Perú la encontramos en la Ley de Cuotas de Genero del año 1997. En esa misma línea pero no tan difundida la Ley de Partidos Políticos incluye la figura de la cuota al interior de los propios partidos, en su artículo 26 plantea una cuota no menor de 30% de mujeres u hombres en las listas de candidatos para cargos de dirección del partido así como para candidatos a cargos de elección popular. Hasta ese entonces teníamos cuotas de género pero es en el año 2002 cuando se modifica Ley de de Elecciones Municipales a través de Ley N° 27734 para permitir la representación de las comunidades nativas y pueblos originarios a través de la cuota del 15%. Como se puede apreciar en este transcurrir del tiempo se hace visible como se fueron modificando las normas para incluir a sectores de la población que a lo largo de la historia se han visto relegados o imposibilitados de poder acceder a cargos de representación popular. Posteriormente en el año 2006 se aprueba la cuota de jóvenes, hecho que respondió a todo un proceso previo de gestación que comenzó desde el 2001 con la primera iniciativa presentada en el Congreso, y que analizaremos al detalle, pero es importante mencionar el empuje político que recobro el tema durante la campaña presidencial del 2006. Basta recordar que el aquel entonces candidato presidencial Alan García manifestó en pleno mitin especialmente organizado con la presencia jóvenes su compromiso de “impulsar la promulgación de la Ley del Concejal Joven, con la que 2,500 jóvenes se integrarían a la actividad pública desde los municipios”8. Es justamente la intención de esta ponencia entender los efectos de la Ley del Concejal Joven y evaluarlos en la medida de cómo fueron concebidos y el trasfondo político que le dio origen. En esta segunda parte del trabajo nos proponemos examinar con bastante detalle el proceso de gestación de la cuota de jóvenes, con el objetivo de identificar los actores que estuvieron involucrados y el contexto en que se desenvuelven las diferentes voluntades políticas. Las propuestas legislativas sobre cuotas de participación dirigidas a los jóvenes, se dieron a partir del año 2001, diversas iniciativas legislativas buscaban incorporar como candidatos a 8 Diario La República, 18 de febrero del 2006 http://www.larepublica.pe/18-02-2006/el-show-de-alan-en-el- amauta
  • 7. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones los jóvenes tanto en listas de regidores municipales, regionales, y también en las listas congresales. En el siguiente cuadro se puede apreciar los proyectos que hemos identificado en el quinquenio que va del 2001 al 2006, el número del proyecto, la fecha de su ingreso, el título del mismo así como los grupos parlamentarios a quienes pertenecían los autores. Número de Fecha Título Grupo Parlamentarios Proyecto Proyecto ELECCIONES:L.26859,L.26864/PARTI 00967 11/10/2001 CIP.CIUDADANOS JÓVENES Multiparlamentario ELECCIONES:PORCENTAJE DE Proyecto PARTICIPACIÓN JUVENIL,LEY ORG.DE Unión Parlamentaria 02097 27/02/2002 ELECCIONES Descentralista Proyecto ELECCIONES:MUNICIPALES/PARTICI 03110 07/06/2002 PACIÓN DE LA JUVENTUD Unidad Nacional Proyecto ELECCIONES:L.26859/30% DE 08015 27/08/2003 CANDIDATOS SERÁN JÓVENES Unidad Nacional ELECCIONES Proyecto MUNICIPALES:PARTICIPACIÓN DE LA Célula Parlamentaria 14078 16/11/2005 JUVENTUD Aprista LEY QUE ESTABLECE LA PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA DE 20% DE JÓVENES EN LAS LISTAS DE Proyecto CANDIDATOS A ELECCIONES Perú Ahora – 14746 01/06/2006 MUNICIPALES Y REGIONALES Independientes De todos los proyectos ahí presentados el único que tuvo dictamen sustitutorio favorable fue el proyecto N°14078, dicho dictamen fue dado en la Comisión de Gobiernos Regionales presidido por la Congresista Mercedes Cabanillas, mientras que los demás proyectos o no tuvieron dictamen o fueron rechazados de plano por la comisión a la que fueron decretadas o simplemente fueron acumulados junto a otros proyectos en los cuales finalmente no se tomo en cuenta sus planteamientos. Volviendo al proyecto N° 14078, este originalmente planteó la cuota para jóvenes así como la alternancia en sus ubicaciones pero en el texto sustitutorio que presento la Comisión de Gobiernos Locales no se incluyo la alternancia, decisión que no se explica en el dictamen. El dictamen es debatido en la sesión de la comisión del 4 de julio del 2006 y las objeciones que se expusieron giraban en torno a
  • 8. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones la cercanía de las elecciones municipales y la dificultad de cumplir con la propuesta de hacerse ley. Finalmente dicho proyecto no llego a debatirse en el pleno del Congreso. Continuando con la descripción de como se dieron los hechos tenemos que en el año 2006 en el entonces recientemente instalado Congreso fueron ingresados 3 proyectos de ley, con similares características:  Proyecto 003/2006 presentado por el poder Ejecutivo e ingresado el 31 de julio del 2006.  Proyecto 004/2006 presentado de manera multipartidaria, pero cuya iniciativa partió del grupo parlamentario Aprista y fue ingresado el 1 de agosto del 2006. Incluye firmas de 8 congresistas de UPP, 2 del fujimorismo y 1 de Unidad Nacional (firma que posteriormente fue retirada).  Proyecto 008/2006 presentado por la Congresista Luciana León e ingresado el 2 de agosto del 2006. A continuación un cuadro con la extractos centrales de las propuestas. Proyecto Extractos pertinentes del Proyecto “Artículo.- Objetivo: de la Ley Los partidos políticos, alianza de Proyecto 003/2006 partidos y movimientos independientes deberán promover la presentado por el participación de la juventud principalmente en las listas de poder Ejecutivo candidatos a las regidurías provinciales y distritales, como una ingresado el 31 de forma de fortalecimiento de la democracia y permanente renovación julio del 2006. de las instituciones y organizaciones políticas”. “…se incluirá un mínimo de 25% de ciudadanos o ciudadanas jóvenes no mayores de 28 años y 11 meses cumplidos al día de la inscripción, ubicados en orden alterno con los ciudadanos que excedan la referida edad”. Proyecto 004/2006 “…no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o presentado por la ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad.” Célula Parlamentaria “… plazo de cierre para presentar listas vence a los 60 días naturales Aprista antes de la fecha de las elecciones ante los Jurados Electorales Especiales…” Proyecto 008/2006 “…no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o presentado por la ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad.” Congresista Luciana “…la aplicación de la cuota a que se refiere la presente ley, se León ingresado el 2 efectuará considerando la quinta parte del total de candidatos que, de agosto del 2006. de acuerdo al Artículo 24° de la Ley de Partidos Políticos N° 28094, pueden ser designados directamente.” Como se aprecia la diferencia fundamental entre los tres proyectos, en cuanto a su fórmula legal radica en el porcentaje de la cuota y la alternancia en las ubicaciones de los candidatos. Mientras que la propuesta presentada por el Poder Ejecutivo describe en un primer artículo el objetivo de la Ley, luego propone la cuota de 25% de jóvenes y además
  • 9. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones planteaba su ubicación en las listas en orden alterno, las que presentaron los congresistas proponían una cuota del 20% y omitieron la alternancia de ubicaciones, pero vale reconocer que propusieron mecanismos para posibilitar que las cuotas puedan ser aplicadas en las elecciones municipales de ese mismo año. Es entendible que los parlamentarios apristas presentaran dos proyectos adicionales para resolver las complicaciones que pudiese originar la cercanía de las elecciones municipales, pero nos preguntamos porque terminan retirando el elemento de la “alternancia”. Repitiendo de manera casi similar lo que paso con el dictamen en que se borra literalmente la “alternancia” sin mediar razones. Más aún si tenemos en cuenta que para ese entonces era más que conocido que una de las dificultades reales de la cuota de género y su cumplimiento efectivo (fáctico) se debía a que eran relegadas a los últimos lugares en las listas. Hay estudios e investigaciones que lo demostraban, y entonces si nos resultaba entendible que desde el Ejecutivo se planteara la propuesta de la cuota con la inclusión del factor de la alternancia. Siguiendo con la descripción de los hechos tenemos que los parlamentarios solicitan que el tema sea visto en el pleno, por lo que piden la dispensa trámite regular de envío a comisiones de los proyecto 003 y 008 pero el 3 de agosto del 2006, la entonces Junta de Portavoces mediante el Acuerdo N° 05-2006-2007 rechazó dicho el pedido. A la semana siguiente el 7 de agosto ante insistencia, la Junta de portavoces acordó de manera unánime la reconsideración del Acuerdo N° 05-2006-2007/Junta de Portavoces-CR y dispenso de trámite de envío a comisiones los proyectos de Ley 03, 004 y 08, por el cual los proyectos fueron incluidos en la agenda del pleno. El día jueves 10 de agosto en la cuarta sesión de la primera legislatura se llevó a cabo en el pleno del Congreso el debate correspondiente al texto sustitutorio de los proyectos 03, 04 y 08 cuya exposición estuvo a cargo de Javier Velásquez Quesquén, en el mencionado texto sustitutorio se propone la cuota del 20% y su aplicación de manera voluntaria para las elecciones del 2006. De igual forma propone que para la aplicación de la cuota se pueda disponer de la asignación directa de la quinta parte de candidatos. 9 En el debate el ambiente en su mayoría era de apoyo a la propuesta de establecer la cuota, pero la discrepancia entre los congresistas se daba en relación a su aplicación obligatoria para las elecciones de ese mismo año. Son los congresistas Moyano Delgado del Partido Fujimorista, González Zúñiga y Torres Caro de los no agrupados, León Minaya de Unión por el Perú quienes cada uno por su lado plantean el tema de la alternancia y por último fue el congresista Peralta Cruz del partido Aprista, quien solicita la votación por separado de la alternancia y la obligatoriedad de la aplicación de la cuota. 9 La asignación directa de la quinta parte de candidatos es una prerrogativa que está estipulada en el artículo 24° de la Ley 28094 Ley de Partidos Políticos.
  • 10. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Luego de prolongarse el debate y al no concordar respecto a la totalidad del texto sustitutorio, se opto por realizar la votación del proyecto por separado, de esta forma se dieron tres votaciones. La primera votación se dio para aprobar el texto sustitutorio general exceptuando la parte de alternancia y la aplicación voluntaria. La votación por el sí obtuvo 102 votos, uno en contra y 6 abstenciones. Anexo 8 Asistencia Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:21:24 PM (111) Votación Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:23:17 PM PROYECTOS 3; 4 Y 8 LEY QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD EN LAS LISTAS DE REGIDORES PROVINCIALES Y MUNICIPALES; EXCEPTO LA ALTERNANCIA (ARTÍCULO 10; ÚLTIMO PÁRRAFO); Y LA PALABRA VOLUNTARIA DE LA PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SIGLAS PARTIDO T SI NO ABS. SIN RPTA. NACIONALISTA UNIÓN POR EL N-UPP PERÚ 42 38 3 1 PAP PARTIDO APRISTA PERUANO 36 30 UN UNIDAD NACIONAL 17 15 1 1 AF FUJIMORISTA 13 10 2 AP ALIANZA PARLAMENTARIA 9 6 NA NO AGRUPADOS 3 3 120 102 1 6 1 En el cuadro siguiente se aprecia la votación por separado de la alternancia de las ubicaciones de los jóvenes en las listas, esta obtuvo 61 en contra, 37 votos a favor, y 11 abstenciones. Se puede apreciar como una fracción del grupo Nacionalista vota por el NO, mientras que otra fracción mayoría de sus integrantes opta por el sí. De igual forma la mayor parte del Fujimorismo y de Alianza Parlamentaria (que agrupaba a congresistas de Perú Posible y Somos Perú) se inclino a apoyar la propuesta. La Alianza Unidad Nacional que acorde a su posición en el debate vota en su totalidad por el no. Mientras que el en partido Aprista casi en su totalidad votan por el no y tan sólo 3 apristas optan por la alternancia. Y aquí nos surge la pregunta, porqué los congresistas apristas votan en contra de la alternancia expresamente, cuando su propio gobierno en la propuesta original lo plantea. Si hacemos el simple cálculo y sumamos sus votos 26 votos en contra más los 37 que estuvieron a favor tenemos 63 votos. En otras palabras con los 26 votos del Apra se hubiese podido aprobar la alternancia.
  • 11. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Asistencia Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:21:24 PM (111) Votación Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:26:24 PM TEMA SOBRE ALTERNANCIA CONETIDO EN EL ARTÍCULO 10, ÚLTIMO PÁRRAFO; QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DEL NUEVO TEXTO SUSTITUTORIO DE LOS PROYECTOS 3; 4 Y 8: LEY QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD EN LAS LISTAS DE REGIDORES PROVINCIALES Y MUNICIPALES SIGLAS PARTIDO T SI NO ABS. SIN RPTA. NACIONALISTA UNIÓN POR EL N-UPP PERÚ 42 22 14 6 0 PAP PARTIDO APRISTA PERUANO 36 3 26 0 1 UN UNIDAD NACIONAL 17 0 16 1 0 AF FUJIMORISTA 13 9 1 2 0 AP ALIANZA PARLAMENTARIA 9 3 1 2 0 NA NO AGRUPADOS 3 0 3 0 0 120 37 61 11 1 Por último se voto la aplicación voluntaria de la cuota para las elecciones del 2006, la misma que fue rechazada con 61 votos en contra, 44 a favor y 5 abstenciones. Aquí las es evidente que quien inclino la balanza con sus 33 votos fue el partido Aprista, que junto con los 22 votos de los nacionalista lograron que la aplicación de la cuota fuese de carácter obligatorio para las elecciones del 2006. Anexo 11 Asistencia Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:32:30 PM (112) Votación Fecha: 10/08/2006 Hora: 02:34:39 PM RECTIFICACIÓN SOBRE VOTACIÓN DE A PALABRA "VOLUNTARIA" CONTENIDA EN LA PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA DEL NUEVO TEXTO SUSTITUTORIO DE LOS PROYECTOS DE LEY QUE PROMUEVE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD EN LAS LISTAS DE REGIDORES PROVINCIALES Y MUNICIPALES SIGLAS PARTIDO/ G. PARLAMENTARIO T SI NO ABS. SIN RPTA. NACIONALISTA UNIÓN POR EL N-UPP PERÚ 42 14 22 3 1 PAP PARTIDO APRISTA PERUANO 36 0 33 0 0 UN UNIDAD NACIONAL 17 16 0 1 0 AF FUJIMORISTA 13 8 3 1 0 AP ALIANZA PARLAMENTARIA 9 6 0 0 0 NA NO AGRUPADOS 3 0 3 0 0 120 44 61 5 1 Como se puede constatar la propuesta tuvo un considerable respaldo con 102 votos, pero en sus puntos “conflictivos” como la alternancia y el carácter voluntario fue definido por el partido Aprista. Resumimos todo el proceso de la gestación de esta Ley en el siguiente gráfico.
  • 12. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones De esta manera, en estas páginas hemos visto como la cuota para los jóvenes estuvo planteada como propuesta desde el año 2001, pero por diversas circunstancias no se concreto a pesar de haber surgido iniciativas desde diferentes grupos parlamentarios del 2001 al 2006. Finalmente la Ley N° 28869 fue publicada el 12 de agosto del año 2006. Pero se puede observar como en el último año de ese quinquenio los mayores impulsores de la cuota fueron los parlamentarios apristas, pero luego del análisis de estos datos no podemos llegar a respondernos a cabalidad la pregunta que nos hicimos líneas atrás, sobre el porqué de su negativa a la alternancia, demostrada al omitirlo en los proyecto adicionales que presentaron y en la votación por separado que se dio sobre ese punto. Al respecto dejamos planteada otra inquietud, siendo ese momento Alan García el líder indiscutible y más estando al inicio de su gestión, es factible que los congresistas apristas hayan actuado de manera contraria a la voluntad expresa de su líder de motu proprio? Si bien el partido Aprista es uno de los pocos partidos que no necesitaba una Ley para promover a sus bases y cuadros jóvenes, como ellos mismos lo manifestaron durante el debate de la Ley, porque suelen foguear a sus líderes juveniles en diferentes instancias del Estado y en etapa de elecciones como candidatos. Pero una cosa es candidatear y otra cosa es tener un amplio margen de opción a ser electo y dada la naturaleza de las elecciones municipales, es decir de darse a través de lista cerrada, más la posibilidad de añadirse la alternancia hubiese generado un incrementando drásticamente mayor en el número de jóvenes electos de su propia agrupación política como de las demás. Adicionalmente a ello se hubiese abierto la puerta con más fuerza a los promotores que planteaban la alternancia de la Mujer en las listas. Entonces pareciese que la negativa a aceptar la alternancia por parte de los parlamentarios apristas respondería al temor de perder poder.
  • 13. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones El realce que hacemos al punto de la alternancia es en razón de considerar que al final al darse la Ley de cuotas Joven sin ese elemento, el impacto sería relativo tal y como viene sucediendo con la Cuota de Género, y eso lo sabían tanto el Ejecutivo como los parlamentarios apristas, lo cual me lleva a la conclusión de que el interés de fondo de la propuesta en sí resulto ser el aspecto político mediático de cumplir una promesa electoral10 y no tanto el efecto real de lograr una cabal participación de los jóvenes. Este elemento nos sirve para pasar a la siguiente parte del trabajo donde podremos ver y constatar los efectos de la Ley del Concejal. Los jóvenes en las elecciones 2006 y 2010 En esta sección de la investigación nos avocaremos a hacer repaso de las cifras que nos dejaron las elecciones municipales del 2006 y la del 2010 a las que añadimos los resultados de todas las elecciones complementarias en ambos casos. 11 Para de esta manera hacer una lectura más completa en términos de visualizar la totalidad de jóvenes que finalmente fueron candidatos y resultaron electos. Todos los cuadros y gráficas que se presentaran se han elaborado a partir de los resultados electores del 2006, 2010 y otros documentos publicados por el JNE y la ONPE. Cuadro 1 Elecciones Municipales 2006 - Regidor Provincial Elecciones Municipales 2010 - Regidor Provincial Rangos Candidatos Electos Candidatos Electos Rangos de Regidor Regidor de edad Regidor Regidor edad Porcentaje Porcentaje Porcentaje Porcentaje Provincial Provincial Provincial Provincial Total 14961 100% 1717 100% Total 15685 100% 1701 100% Hasta Menos 28 de 29 años 4510 30% 200 12% años 4975 32% 188 11% 29 a 29 a 70 más 10451 70% 1517 88% más 10710 68% 1513 89% Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia En el Cuadro 1 se compara candidatos y electos del 2006 con los candidatos y electos del 2010 a nivel de regidores provinciales. 10 Diario La República, 12 de Agosto del 2006 http://www.larepublica.pe/12-08-2006/agp-y-la-ley-del- concejal-joven 11 Vale decir que para las elecciones municipales 2006 se llevo a cabo una elección complementaria más y en las elecciones Municipales del 2010 se realizaron 3 elecciones complementarias adicionales. Adicionalmente también se considera las elecciones adicionales que se dieron por la creación de nuevos distritos.
  • 14. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones En términos de porcentaje los jóvenes candidatos a regidores provinciales en ambas elecciones son casi similares 30% y 32% respectivamente. Los jóvenes electos como regidores provinciales en ambas elecciones representan el 12% y 11% respectivamente. De esta manera tenemos que si bien los jóvenes postulan en un porcentaje significativo que bordea el 30%, es decir representan el 30% del total de candidatos, al ser finalmente electos, los jóvenes representaron el 12% y11% del total de regidores provinciales electos en ambas elecciones. Es decir a nivel de candidatos el porcentaje de jóvenes es significativo pero a nivel de jóvenes electos es bastante menor. Aún cuando el número de jóvenes candidatos a regidores provinciales aumento en 465 del 2006 al 2010 tenemos que el número jóvenes electos como regidores provinciales disminuyo en 2. Este incremento de postulantes a regidores provinciales, se debería en parte a un número mayor de listas participantes. En cuanto al número de jóvenes electos que disminuye en dos hay que tener en cuenta que el número total de regidores provinciales a elegirse también disminuyo, entonces lo que se puede inferir es que dicho descenso sea deba a ello. Y no necesariamente considerarlo como un indicativo de una baja en el impacto de las cuotas. Cuadro 2 Elecciones Municipales 2006* - Regidor Distrital Elecciones Municipales 2010* - Regidor Distrital Candidatos Electos Candidatos Electos Rangos Rangos de de edad Regidor Regidor edad Regidor Regidor Porcentaje Porcentaje Porcentaje Porcentaje Distrital Distrital Distrital Distrital Total 60052 100% 8655 100% Total 61781 100% 8677 100% Hasta 28 Menos de años 17607 29% 1409 16% 29 años 19109 31% 1431 16% 29 años a más 42445 71% 7246 84% 29 a 70 más 42672 69% 7246 84% Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia En el Cuadro 2 se compara candidatos y electos del 2006 con candidatos y electos del 2010 a nivel de regidores distritales. En términos de porcentaje los candidatos a regidores distritales en ambas elecciones son 29% y 31% respectivamente. A nivel de jóvenes candidatos a regidores distritales tenemos al igual que con los regidores provinciales que los jóvenes al postular representan un significativo porcentaje que bordea
  • 15. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones el 30% del total de candidatos pero al ser electos representaron el 16% del total de regidores electos en ambas elecciones. El número de jóvenes candidatos a regidores distritales aumento en 1502 del 2006 al 2010 ello también se reflejo en que el número jóvenes electos como regidores distritales aumento en 22. Cuadro 3 2002 2006 2010 Ley del Porcentaje Porcentaje Porcentaje Concejal Total Total Total Jóvenes de Jóvenes de Jóvenes de Joven Regidores Regidores Regidores Regidores Regidores Regidores Regidores Regidores Regidores Electos Electos Electos Jóvenes Jóvenes Jóvenes Regidor Provincial 1700 69 4% 1717 200 12% 1701 188 11% Regidor Distrital 8616 870 10% 8655 1409 16% 8677 1431 16% Total 10316 939 9% 10372 1609 16% 10378 1619 16% Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia El cuadro 4 se compara las resultados a nivel de regidores (incluye regidores provinciales y distritales) de las tres últimas elecciones municipales. Y tal como se puede ver el total de regidores jóvenes en el año 2002 fue de 939 y comparándolo con el 2006 se nota un importante incremente de 670 jóvenes regidores más, llegando a ser un total de 1609 regidores jóvenes, de esta forma se pasa del 9% que representaban los regidores jóvenes sobre el total de regidores a 16%. Claramente esto resulta un notorio impacto de la Ley del Concejal Joven, en términos cuantitativos. Ahora comparando en las elecciones del 2006 y 2010 el número de jóvenes regidores electos se incremento en tan sólo 10 jóvenes más y el porcentaje de jóvenes regidores respecto al total se mantuvo en 16%. Es preciso para entender esto recalcar nuevamente que el número de jóvenes electos aumenta o disminuye también en función de la cantidad de postulantes y sus ubicaciones en las listas. De esta forma si consideramos que el número total de regidores postulantes aumento en 2453 del 2006 al 2010, se evidencia que el leve aumento de los jóvenes regidores en el 2010 se debe al factor de la ubicación en las listas. Pero es evidente que en términos concretos en cuanto a jóvenes electos luego del notorio incremento que se observa del 2002 al 2006, ha habido un aparente freno comparando los
  • 16. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones resultados de los jóvenes electos del 2006 al 2010. Más aún si que la población electoral del 2006 al 2010 aumento en más de dos millones de jóvenes. Cuadro 4 Cifra que aumento de Elecciones * 2006 2010 2006 al 2010 Total de Candidatos Regidores Provinciales 14961 15685 724 Total de Candidatos Regidores Distritales 60052 61781 1729 Total 75013 77466 2453 Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia Cuadro 5 Jóvenes 18-29 Años Total años Porcentaje Electores 2006 16,594,824 5424 879 33% Electores 2010 18,878,337 5 683 783 30% Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia Cuadro 6 Elecciones Elecciones Elecciones Elecciones 2010* Total 2006* Total de 2006* Total Porcentaje Rangos 2010* Total de de Porcentaje Rangos Regidores Regidores de electos de de Regidores Regidores de electos de edad Provinciales y Provinciales y respecto edad Provinciales y Provinciales y respecto Distritales Distritales total de Distritales Distritales total de Candidatos Electos postulantes Candidatos Electos postulantes Total 75013 10372 14% Total 77466 10378 14% Menos Hasta 28 de 29 años 22117 1609 7% años 24084 1619 7% 29 a 70 29 a más 52896 8763 17% más 53382 8759 16% Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia En el cuadro número 6 podemos percatarnos que finalmente los jóvenes electos respecto a la totalidad de jóvenes candidatos resultan sólo el 7% en ambas elecciones. Es decir solamente el 7% de jóvenes son electos de todos los jóvenes que se postulan.
  • 17. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Y más aún si consideramos que en el 2006 los 1609 jóvenes electos respecto del total de candidatos 75013 equivale a sólo al 2% del total de candidatos. De igual manera en el 2010 los 1619 jóvenes electos sólo fueron el 2% del total de los 77466 postulantes. De esta forma concluimos que las posibilidades de que los jóvenes postulantes resulten electos es bastante limitada. Elecciones Municipales Provinciales y Distritales 2006 12 12 Estas cifras no incluyen las elecciones complementarias.
  • 18. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia En los gráficos anteriores se puede apreciar como tanto en las elecciones del 2006 y del 2010, el mayor número de jóvenes postulantes a regidores provinciales y distritales fueron ubicados en el tercio inferior, lueho en el tercio medio y finalmente el menor porcentaje de jóvenes postularon en las ubicaciones del tercio superior.
  • 19. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Jovenes Electos como Regidores en las Elecciones 2006 13 Fuente: Jurado Nacional de Elecciones. Elaboración Propia Aquí tenemos que el mayor número de jóvenes electos son los que postularon en el tercio inferior, le sigue el tercio medio y por último los jóvenes con mayores dificultades para ser electos son los ubicados en el tercio inferior. 13 Estas cifras no incluyen elecciones complementarias. Sólo contamos con la información de jóvenes electos en las elecciones 2006, las del 2010 aún no son publicados por el JNE.
  • 20. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Bibliografía PITKIN, Hanna Fenichel 1985 El Concepto de la Representación. Traducción Ricardo Montoro. Madrid: Centro de Estudios Constitucionales ABAL MEDINA, Juan 2004 La Muerte y la resurrección de la representación política. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica Verba, Sidney y Nie, Norman 1972 Participation in America: Political democracy and social equality. New York: Harper and Row. PASQUINO, Guianfranco. 1994 Manual de Ciencia Política. Madrid: Alianza Editorial HERNÁNDEZ NORZAGARAY, Ernesto. 2008 Participación Ciudadana y Democracia. Lima: JNE LEÓN, Magdalena y HOLGUÍN, Jimena 2005 Nadando contra la corriente. Mujeres y cuotas políticas en los Países Andinos. Bogotá: Flacso COMISIÓN ECONÓMICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE (CEPAL) 2004 La juventud en Iberoamérica Tendencias y urgencias. Santiago de Chile: Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) REYNOSO, Diego y D’ANGE LO, Natali 2006 Las leyes de cuota y su impacto en la elección de mujeres en México. Política y Gobierno. Vol. XIII. Núm. 2. pp. 279-313 Consulta: 10 de setiembre 2012 <http://www0.parlamento.gub.uy/parlamenta/descargas/BIBLIOGRAFIA/Cuotas/ Reynoso_y_Angelo_2006%20(M%C3%A9xico).pdf> FERNÁNDEZ PONCELA, Anna María 2006 Mujeres y Política en América Latina: dificultades y aceptación social Nueva Época. Año 19.Núm. 51. México. Pp. 117-143 Consulta: 20 de agosto del 2012 < http://scielo.unam.mx/pdf/argu/v19n51/v19n51a5.pdf > Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) 2006 Los jóvenes y las elecciones generales de 2006: Análisis cuantitativo y cualitativo de la participación de los electores de 18 a 24 años. Serie: Documento de Trabajo N.º14. Consulta: 5 setiembre 2012 <http://www.web.onpe.gob.pe/modEscaparate/downloads/L-0035.pdf>
  • 21. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones Jurado Nacional de Elecciones (JNE) Compendio Estadístico Electoral: Elecciones Regionales y Municipales 2010 y Elecciones Generales 2011 <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/COMPEN DIO_ESTADISTICO.pdf> Estadística Electoral: Elecciones Generales 2006, Elecciones Regionales y Municipales 2006 y Elecciones Municipales Complementarias 2007 <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/Estadistica %20Electoral.pdf> Elecciones Municipales 2011 y Municipales Complementarias. Estadísticas del proceso electoral <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/Boletin_N EM2011.pdf> Elecciones Municipales Complementarias 2011.Padrón Electoral <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/6_9.pdf> Elecciones Municipales Complementarias 2011.Candidatos y Resultados <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2.Candidat os%20y%20Resultados.pdf Elecciones Regionales y Municipales 2010 - Referéndum Nacional FONAVI. Padrón Electoral <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/6_5.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2010 - Referéndum Nacional FONAVI. Estadísticas Generales <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/6_7.pdf> Nuevas Elecciones Municipales 2010 Resultados del proceso <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/NEM2010 _Resultados.pdf> Elecciones Municipales Complementarias y Municipales 2007. Padrón Electoral <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/3_1.pdf> Elecciones Municipales Complementarias y Municipales 2007. Listas y candidatos <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/3_2.pdf> Elecciones Municipales Complementarias y Municipales 2007. Estadísticas Generales
  • 22. Ponencia: Participación de la Juventud: Alcances y límites de la Ley del Concejal Joven. Mesa Temática N°14 Jóvenes, Participación y Política Primer Congreso Peruano de Estudios Electorales -2012 Organizado por el Jurado Nacional de Elecciones <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/3_3.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Padrón Electoral <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_1.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Organizaciones Políticas Inscritas <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_2.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Candidatos <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_3.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Elecciones en Lima y Callao <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_5.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Elecciones Municipales - Resultados Generales <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_7.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Elecciones Regionales y Municipales 2006 - Estadísticas Generales <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_8.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Ubicación de las mujeres en las listas de candidatos <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_9.pdf> Elecciones Regionales y Municipales 2006 Ubicación de los jóvenes en las listas de candidatos <http://portal.jne.gob.pe/informacionelectoral/estadisticaelectoral/2_11.pdf>