El Ayuntamiento de Cazorla (Jaén) aprobó inicialmente modificar su Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para 2011. La modificación adapta el cálculo de la base imponible a una sentencia judicial y establece una bonificación del 70% de la cuota para construcciones en suelo no urbanizable con el objetivo de cumplir con la seguridad jurídica y adaptarse a las condiciones del mercado inmobiliario. Tras un período de exposición pública, la modificación entrar
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Aprobado inicialmente el expediente de modificación de la ordenanza fiscal del i.c.i.o., para el año 2011.
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAZORLA (JAÉN)
2047 Aprobado inicialmente el Expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal
del I.C.I.O., para el año 2011.
Edicto
Este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2011, ha aprobado por
mayoría absoluta el Expediente de modificación de Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos
para el año 2.011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Se somete a consideración de este Ayuntamiento en Pleno, el expediente tramitado
conforme al R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, referente a la modificación de las Ordenanzas
Fiscales y Precios Públicos de este Municipio, con efectos desde su entrada en vigor. Dicho
expediente consta de Propuesta, informe Secretario y del Interventor, conforme al artículo
54 del RDL 781/86, por requerir el acuerdo mayoría absoluta para los ingresos de
naturaleza tributaria; y dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda. Se abre el
oportuno debate, en el que los diversos grupos políticos asistentes manifiestan sus posturas,
procediéndose a la votación, con el resultado de mayoría absoluta, adoptándose el siguiente
acuerdo:
PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DEL I.C.I.O. PARA EL
EJERCICIO DE 2011.
Resultando necesario adecuar el cálculo de la base imponible de la ordenanza fiscal
reguladora del I.C.I.O. a la Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de fecha 14
de mayo de 2010, así como proponer el establecimiento de bonificaciones, motivado por
dos aspectos fundamentales, primero para cumplir con el principio fundamental de
seguridad jurídica y segundo para adaptar la ordenanza fiscal a las condiciones actuales del
mercado inmobiliario, con el objeto de potenciar la actividad económica de este sector, tan
en decadencia en los últimos años.
En consecuencia, se propone al Excmo. Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente
acuerdo:
Primero.- Para el año 2011 se propone aprobar provisionalmente, modificar el artículo 4 y 5
de la actual Ordenanza Fiscal Reguladora del I.C.I.O., adaptando el cálculo de la base
imponible a lo indicado en la Sentencia de referencia, así como establecer una bonificación
en el Art. 5, consistente en una reducción del 70% de la cuota resultante, para las
construcciones e instalaciones realizadas en Suelo No Urbanizable.
Segundo.- La modificación indicada anteriormente, entrarán en vigor y será de aplicación, a
partir del día siguiente de la publicación del acuerdo definitivo en el BOLETÍN OFICIAL de la
Provincia.
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Tercero.- Dar al expediente la tramitación y publicación preceptivas, por plazo de 30 días,
dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas, de conformidad con el R.D.L. 2/2004.
Cuarto.- En el caso de que no se presenten reclamaciones contra el expediente en el plazo
anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces
provisional, en base al artículo 17.3 del R.D.L. 2/2004.
Quinto.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en Derecho fuere necesario, para
adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrollo del presente acuerdo.
Cazorla, a 25 de Febrero de 2011.- El Alcalde, ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ VIÑAS.