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Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Cel: 3128609660, 3116161027 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SITEMA
JUDICIAL COLOMBIANO Y AFINES
ASONAL JUDICIAL S.I.
Personería Jurídica No. 00484 de Enero 16 de 1976
Filial CUT-Fenaltrase
Tal y como lo habíamos
anunciado en el Boletín anterior,
el día 25 del mes en curso, se
dio inicio formal a las negociaciones del Pliego Unificado en la Fiscalía General de la
Nación, siendo tema del orden día, las definición, por parte del ente Acusador, de las
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esta labor, por los días que dure la negociación y, segundo, lo atinente a los costos de
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Lo anterior significa que a partir de la próxima sesión, que es el día 31 de marzo, se
empezaría a trabajar el petitorio en sus aspectos de fondo, ello, insistimos, en lo
atinente con la Fiscalía, no así con el Consejo Superior de la Judicatura, que no ha
definido ni siquiera la fecha para empezar la negociación, a pesar de que ya se instaló
formalmente.
En el Instituto de Medicina Legal, se había determinado la iniciación de la negociación
el miércoles 26 de marzo, pero una vez iniciada la sesión, la administración informó la
constitución de un nuevo sindicato y la intención de éste de presentar también Pliego
de Peticiones, por lo que estando dentro del término de la Circular 21 del Ministerio del
Trabajo, que amplió los términos hasta el 31 de marzo para presentar los petitorios, se
consideró prudente esperar a que el término culmine y, allí sí, empezar a tratar los
BOLETIN No. 5.
NEGOCIACION PLIEGO
DE PETICIONES
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Cel: 3128609660, 3116161027 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
Bogotá, D.C.
ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SITEMA
JUDICIAL COLOMBIANO Y AFINES
ASONAL JUDICIAL S.I.
Personería Jurídica No. 00484 de Enero 16 de 1976
Filial CUT-Fenaltrase
temas de fondo, aunque, ASONAL JUDICIAL S.I., presenta reservas sobre los
presentados por Sindemedilegal y Aspef, en tanto creemos que no tienen la estructura
de unos verdaderos petitorios, pues se limitan a solicitar revisión y seguimiento del
Pliego presentado el año anterior y sobre el cual ya se ha constituido una Comisión de
Seguimiento.
Pero es indudable que el gran escollo se presenta con el Gobierno Nacional, quien es
el que debe de responder por un porcentaje superior al 70% de las peticiones, pues
así lo establece el decreto 160 de 2014, que establece que en tratándose de
peticiones salariales, prestacionales y/o que comprometan presupuesto, ello será de
competencia estricta del gobierno nacional por mandato de la ley 4ª. de 1992.
En resumen, mientras en la Fiscalía y, en cierto modo, en Medicina Legal, se han dado
comienzo a las negociaciones, el Consejo Superior de la Judicatura y el Gobierno
Nacional, no se sienten aludidos, por lo que no concurren a prestar la atención que el
petitorio merece, más aun, incumplen deliberadamente con los términos que establece
la normatividad y con acciones de hecho, desconocen las mismas reglas establecidas
por el Ejecutivo para dar solución a las solicitudes de los trabajadores, por lo que con
ello, legitima también las acciones que de hecho realicemos los trabajadores y nos da
la razón de que el poder burocrático santista sólo atiende las reclamaciones cuando se
presentan las movilizaciones y se ejercen las presiones a través de la denuncia y el
paro.
ASONAL JUDICIAL S.I. pone en alerta al PODER JUDICIAL COLOMBIANO y lo llama
a prepararse, una vez más, para la pelea, como única armas que le queda a los
trabajadores cuando sus reclamos no son atendidos por aquellos que detentan el
poder. Qué los usuarios y el país entiendan, que no es el querer de los servidores
judiciales entorpecer la labor judicial, que si hay que buscar responsables, el único
culpable de la crisis en que se mantiene la Justicia, es el presidente de la República,
quien no entiende el poder de la razón, que viola y desconoce su propia legalidad y
nos conduce a un conflicto laboral que puede solucionarse a través de los mecanismos
y métodos contenidos en la legislación laboral, pero que quienes tienen la solución, se
obstinan en desconocer.
En virtud de lo anterior y, después de una consulta nacional realizada por la Dirección
Nacional, se ha llegado a la conclusión de PONER EN ALERTA A LOS SERVIDORES
JUDICIALES Y A PREPARARNOS PARA LA LUCHA Y LA MOVILIZACIÓN, por lo que
en forma inmediata, todas las direcciones de ASONAL JUDICIAL S.I., los delegados y
los activistas, deben de empezar a preparar las condiciones conducentes a ello,
expedir los comunicados de prensa y propaganda, realizar jornadas didácticas,
empapelar edificios con nuestras solicitudes y convocar al país entero a apoyar estas
justas peticiones, que no hacen otra cosa que dignificar la labor judicial.
Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Cel: 3128609660, 3116161027 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com
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Para facilitar todo ello y preparar la movilización, realizaremos una JORNADA
NACIONAL DE REFLEXIÓN Y ESTUDIO, el próximo JUEVES 3 DE ABRIL, con
ASAMBLEAS y MITINES, que se sienta el movimiento sindical de la Rama Judicial,
que se señale como únicos responsables de la crisis de la justicia a JUAN MANUEL
SANTOS y al CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA.
JUEVES 3 DE ABRIL ……….TODOS A LA MOVILIZACION NACIONAL
¡¡ LA LUCHA NOS HACE FUERTES…..LA UNIDAD… INVENSIBLES ¡!
ASONAL JUDICIAL SINDICATO DE INDUSTRIA …PRESENTE EN LA LUCHA DE
LOS TRABAJADORES JUDICIALES POR CONDICIONES DIGNAS Y SEGURAS EN
Y PARA EL TRABAJO.
¡¡¡¡ VIVA EL PLIEGO NACIONALUNIFICADO DE PETICIONES …..VIVA … VIVA
…. VIVA !!!
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
ASONAL JUDICIAL SINDICATO DE INDUSTRIA
LUIS FERNANDO OTALVARO CALLE
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Bogotá D.C., 28 de marzo de 2014

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Decreto 192 del 07 de febrero de 2014
 

Boletin no. 5

  • 1. Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Cel: 3128609660, 3116161027 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com Bogotá, D.C. ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SITEMA JUDICIAL COLOMBIANO Y AFINES ASONAL JUDICIAL S.I. Personería Jurídica No. 00484 de Enero 16 de 1976 Filial CUT-Fenaltrase Tal y como lo habíamos anunciado en el Boletín anterior, el día 25 del mes en curso, se dio inicio formal a las negociaciones del Pliego Unificado en la Fiscalía General de la Nación, siendo tema del orden día, las definición, por parte del ente Acusador, de las garantías para los negociadores de los sindicatos, esto es, que se brinden los permisos necesarios para que los designados puedan dedicarse de tiempo completo a esta labor, por los días que dure la negociación y, segundo, lo atinente a los costos de desplazamientos y estadía de aquellos en la ciudad de Bogotá, por cuanto los términos de negociación se tiene establecido sería de aproximadamente cuarenta (40) días. Luego de dos jornadas de discusión de este punto, se llegó a un acuerdo consistente en que la Fiscalía General, otorgaría dos tiquetes aéreos semanales por organización sindical y costearía la estadía de los mismos. Lo anterior significa que a partir de la próxima sesión, que es el día 31 de marzo, se empezaría a trabajar el petitorio en sus aspectos de fondo, ello, insistimos, en lo atinente con la Fiscalía, no así con el Consejo Superior de la Judicatura, que no ha definido ni siquiera la fecha para empezar la negociación, a pesar de que ya se instaló formalmente. En el Instituto de Medicina Legal, se había determinado la iniciación de la negociación el miércoles 26 de marzo, pero una vez iniciada la sesión, la administración informó la constitución de un nuevo sindicato y la intención de éste de presentar también Pliego de Peticiones, por lo que estando dentro del término de la Circular 21 del Ministerio del Trabajo, que amplió los términos hasta el 31 de marzo para presentar los petitorios, se consideró prudente esperar a que el término culmine y, allí sí, empezar a tratar los BOLETIN No. 5. NEGOCIACION PLIEGO DE PETICIONES
  • 2. Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Cel: 3128609660, 3116161027 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com Bogotá, D.C. ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SITEMA JUDICIAL COLOMBIANO Y AFINES ASONAL JUDICIAL S.I. Personería Jurídica No. 00484 de Enero 16 de 1976 Filial CUT-Fenaltrase temas de fondo, aunque, ASONAL JUDICIAL S.I., presenta reservas sobre los presentados por Sindemedilegal y Aspef, en tanto creemos que no tienen la estructura de unos verdaderos petitorios, pues se limitan a solicitar revisión y seguimiento del Pliego presentado el año anterior y sobre el cual ya se ha constituido una Comisión de Seguimiento. Pero es indudable que el gran escollo se presenta con el Gobierno Nacional, quien es el que debe de responder por un porcentaje superior al 70% de las peticiones, pues así lo establece el decreto 160 de 2014, que establece que en tratándose de peticiones salariales, prestacionales y/o que comprometan presupuesto, ello será de competencia estricta del gobierno nacional por mandato de la ley 4ª. de 1992. En resumen, mientras en la Fiscalía y, en cierto modo, en Medicina Legal, se han dado comienzo a las negociaciones, el Consejo Superior de la Judicatura y el Gobierno Nacional, no se sienten aludidos, por lo que no concurren a prestar la atención que el petitorio merece, más aun, incumplen deliberadamente con los términos que establece la normatividad y con acciones de hecho, desconocen las mismas reglas establecidas por el Ejecutivo para dar solución a las solicitudes de los trabajadores, por lo que con ello, legitima también las acciones que de hecho realicemos los trabajadores y nos da la razón de que el poder burocrático santista sólo atiende las reclamaciones cuando se presentan las movilizaciones y se ejercen las presiones a través de la denuncia y el paro. ASONAL JUDICIAL S.I. pone en alerta al PODER JUDICIAL COLOMBIANO y lo llama a prepararse, una vez más, para la pelea, como única armas que le queda a los trabajadores cuando sus reclamos no son atendidos por aquellos que detentan el poder. Qué los usuarios y el país entiendan, que no es el querer de los servidores judiciales entorpecer la labor judicial, que si hay que buscar responsables, el único culpable de la crisis en que se mantiene la Justicia, es el presidente de la República, quien no entiende el poder de la razón, que viola y desconoce su propia legalidad y nos conduce a un conflicto laboral que puede solucionarse a través de los mecanismos y métodos contenidos en la legislación laboral, pero que quienes tienen la solución, se obstinan en desconocer. En virtud de lo anterior y, después de una consulta nacional realizada por la Dirección Nacional, se ha llegado a la conclusión de PONER EN ALERTA A LOS SERVIDORES JUDICIALES Y A PREPARARNOS PARA LA LUCHA Y LA MOVILIZACIÓN, por lo que en forma inmediata, todas las direcciones de ASONAL JUDICIAL S.I., los delegados y los activistas, deben de empezar a preparar las condiciones conducentes a ello, expedir los comunicados de prensa y propaganda, realizar jornadas didácticas, empapelar edificios con nuestras solicitudes y convocar al país entero a apoyar estas justas peticiones, que no hacen otra cosa que dignificar la labor judicial.
  • 3. Carrera 10 No. 14-33 Piso 3 Cel: 3128609660, 3116161027 email: nuevoasonaljudicial@hotmail.com Bogotá, D.C. ASOCIACION NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SITEMA JUDICIAL COLOMBIANO Y AFINES ASONAL JUDICIAL S.I. Personería Jurídica No. 00484 de Enero 16 de 1976 Filial CUT-Fenaltrase Para facilitar todo ello y preparar la movilización, realizaremos una JORNADA NACIONAL DE REFLEXIÓN Y ESTUDIO, el próximo JUEVES 3 DE ABRIL, con ASAMBLEAS y MITINES, que se sienta el movimiento sindical de la Rama Judicial, que se señale como únicos responsables de la crisis de la justicia a JUAN MANUEL SANTOS y al CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. JUEVES 3 DE ABRIL ……….TODOS A LA MOVILIZACION NACIONAL ¡¡ LA LUCHA NOS HACE FUERTES…..LA UNIDAD… INVENSIBLES ¡! ASONAL JUDICIAL SINDICATO DE INDUSTRIA …PRESENTE EN LA LUCHA DE LOS TRABAJADORES JUDICIALES POR CONDICIONES DIGNAS Y SEGURAS EN Y PARA EL TRABAJO. ¡¡¡¡ VIVA EL PLIEGO NACIONALUNIFICADO DE PETICIONES …..VIVA … VIVA …. VIVA !!! JUNTA DIRECTIVA NACIONAL ASONAL JUDICIAL SINDICATO DE INDUSTRIA LUIS FERNANDO OTALVARO CALLE Presidente Bogotá D.C., 28 de marzo de 2014