1. SISTEMA JURIDICO BOLIVIANO Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN
1. FUNDAMENTO JURÍDICO Y DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN
La legislación educativa es el conjunto de normas jurídicas o disposiciones que
regulan el funcionamiento del Sistema Educativo del país. En este sentido, la
legislación educativa es un servicio de derecho público para el Estado
Plurinacional.
A) CARACTERISTICAS DEL ESTADO
El estado es una “sociedad política y jurídicamente organizada capaz de
imponer la autoridad de la ley en su interior y afirmar su personalidad frente a
los otros Estados.
El estado está formado por:
Territorio, Parte de nuestro Planeta en el cual se asienta Una determinada
sociedad es la extensión territorial (Bolivia)
Población, es el conjunto de seres humanos somos nosotros mismos los
habitantes que habitamos este suelo.
Leyes, normas que tiene un estado una norma determina el comportamiento a
seguir.
Bolivia es un estado autónomo plurinacional, la gobernación está encargada de
la educación y a actualizar a los docentes.
La soberanía reside en el pueblo porque el pueblo decide por lo que se quiere
formar una persona con principios del vivir bien (el ideal).
debe existir un orden social, que el al convivencia pacífica, armónica para que
exista respeto mutuo
B) NORMAS QUE RIGEN LA EDUCACIÓN BOLIVIANA
2. Las normas jurídicas educativas que rigen son: la Constitución Política del Estado
es la principal Norma del Estado Plurinacional y sus instituciones, que regulan sus
actos y su funcionamiento del Estado.
El sistema educativo plurinacional, obedece a ciertas normas legales que la
constituyen, por esa razón se hace pertinente analizar, interpretar y comparar en
su sentido estricto las Leyes, Decretos y Resoluciones acerca de la Educación
Plurinacional; para la formación de las / los Educadoras y Educadores en la
educación superior.
Según, Jaime Moscoso Delgado1
Etimológicamente la palabra “Derecho” deriva
de la voz latina: DIRECTUM, participio pasivo del verbo DIRIGERE que
significa conducir, regir, enderezar, encaminar, dirigir, ordenar. Directum es lo
recto y “derecho”, al provenir de esta voz, expresa aquello que ordena
rectamente las relaciones humanas.
Entonces, Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales y específicas
que regulan la conducta del Ser Humana, en una sociedad determinada, para
alcanzar, orientar y ejercer la justicia social e individual; sus características
pueden ser coercitivas y obligatorias.
Según la constitución política del estado todos tenemos derecho a recibir
educación porque la educación es el proceso de enseñanza aprendizaje y para
la educación es un individuo toso padre o madre tiene obligación de dar
educación a sus hijos.
Las Normas Jurídicas son aquellas que regulan la conducta del Ser Humano, la
Sociedad y el Estado, cuya característica principal es la obligatoriedad y la
sanción, a quienes violan los preceptos jurídicos se les impone sanciones por
autoridades competentes.
1
Moscoso Delgado, Jaime. Introducción al Derecho. Editorial “Juventud”, La Paz – Bolivia,
1993. p. 14.
3. En definitiva las normas jurídicas, implican el cumplimiento de los
procedimientos instituidos por las instancias correspondientes, es decir, para
evitar mayores conflictos creados por el ser humano, entonces; es necesario la
intervención del derecho como elemento de relación equilibrada, estable,
armónica y de entendimiento para la convivencia social de los seres humanos.
EL CODIGO DE FAMILIA, tiene por objetivo determinar los deberes y
relaciones inter familiares.
este código establece y protege a la familia tanto en su derecho y deber, busca
generar condiciones y genera protección a los hijos.
Por lo tanto, este código es un instrumento que tiene virtud de protección
permanentemente a menores de edad con la sociedad y el estado determina y
contribuye a resolver problemas.
ámbito educativo – formación integral.
otorga derechos y beneficios a los niños, la familia transmite valores y
costumbres para la formación integral del niño para que tenga buena calidad de
vida y pueda vivir bien además debe tener una identidad el cual lo va a
caracterizar en la sociedad.
CÓDIGO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, LEY 2026
ARTÍCULO 1º (OBJETO DEL CÓDIGO).- El presente Código establece y
regula el régimen de prevención, protección y atención integral que el Estado y
la sociedad deben garantizar a todo niño, niña o adolescente con el fin de
asegurarles un desarrollo físico, mental, moral, espiritual, emocional y social.
El niño o niña tiene derechos desde el momento de al concepción el estado
está encargado de que el menor de edad debe ser atendido por un
establecimiento de salud existe seguros como el sumi, caja nacional de salud y
otros, el estado a través del ministerio de educación e entidades que tienen
relación con la educación tienen que realizar programas aptos para lka
capacitación y actualización permanente de docentes y padres.
4. 2. INSTITUCIONES RESPONSABLES DE LA EDUCACIÓN
La educación es un proceso que identifica el tiempo y el eespacio, es un
conjunto de capacidades de habilidades y destrezas de una formación integral.
Las instituciones son:
- ministerio de educación.
- gobernación.
- gobierno municipal.
a) TIPO DE INSTITUCIÓN Y OBLIGACIONES INSTITUCIONALES
Ministerio de educación, a través de una norma realiza un encargo para que
este cumpla el derecho a la educación.
obligación del sistema, responsable de brindar educación en las mismas
condiciones, igualdad y posibilidades.
Gobernación municipal, gobiernos, misma posibilidad para todos.
b) RELACIÓN DE LAS INSTITUCIONES CON LOS SUJETOS DE LA
EDUCACIÓN.
Gobernación municipal, gobierno, misma posibilidad para todos paga salario,
ve parte administrativa y docente.
ACTORES, estudiante, docente.
Gobierno municipal, se encarga del equipamiento, infraestructura, misma
condición.
Estado a través de un mismo cuerpo legislativo se encarga de la educación y el
sistema establece normas, y existe una ley que auto protege.
3. MARCO JURIDICO DEL SISTEMAS EDUCATIVO BOLIVIANO
Ley 070
5. Sistema educativo de acción responsable de formar personas planifica y
ejecuta la acción educativa del sistema. esta ley esta jerárquicamente bajo la
constitución política del estado que es de cumplimiento obligatorio y universal
para toda la sociedad, se enfoca e n lo productivo, intercultural(sin
discriminación), integral (determina un modelo educativo) prioriza el ser,
conocer, hacer, decidir para vivir bien esta e educación debe ser
descolonizadora, comunitaria, productiva, intercultural, intracultural, plurilingüe
y científica tecnológica.
RELACION CON LA PIRAMIDE DE KELSEN
La pirámide es el ordenamiento de orden jerarquico, parte denormas muy
importantes.
C.P.E.
LEYES
DECRETO LEY
DECRETOS SUPREMOS
REGLAMENTARIOS
RES. MIMISTERIAL. (R. SUPREMA)
RESOLUCIONES PREFECTURALES
ORDENENZAS MUNICIPALES
ESTATUTOS Y REGLAMENTOS INTERNOS
Pirámide de Kelsen
2.2.1.- CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO.- La C.P.E. Es el
conjunto de Leyes fundamentales que constituyen, estructuran y organizan
el Estado. Le da un Status o situación jurídica a la sociedad (Dr. Manuel
Morales D.)
Decretos
Reservados
Gobiernos
Inconstitucionale
s
6. 2.2.2.- LA LEY.- Las Leyes son aprobadas en el congreso de República en
las dos cámaras diputados y senadores y promulgadas por el
Presidente de la República. A sí tenemos la Ley 1565 Reforma
Educativa, La Ley 1551 de Participación Popular, Ley etc.
2.2.3.-DECRETO LEY.- Se origina en ausencia de regímenes
constitucionales( de facto) donde no participa el poder legislativo; los
cuales han sido reconocidas por la propia constitución y continúan vigentes
en la actualidad, Ejemplo el Decreto-Ley Nro.10426 de 23 de agosto de
1972 (Moscoso Jaime, Introducción al Derecho, Pág. 308)
2.2.4- DECRETO SUPREMO.- Es potestad del presidente de la República
promulgar los Decretos supremos asistido de algún Ministro o gabinete en
pleno a falta de alguna Ley en cualquiera de las áreas, sobre todo en
situaciones de gravedad, peligro o urgencia. Son Normas excepcionales
con fuerza de Ley. Pueden ser: Decretos Reglamentarios, Supremos,
reservados y presidenciales.
2.2.5. RESOLUCIÓN SUPREMA.- Es una especie de Decretos Reservados,
ya que no tienen carácter general sino normas específicas para que
cumplan ciertos funcionarios públicos, en el caso del magisterio existe el
Reglamento de faltas y sanciones aprobado mediante Resolución Suprema
Nro. 212414.
2.2.6.- RESOLUCIOENES MINISTERIALES.- Es dictada por el ministro del
Ramo en aspectos específicos sobre todo administrativos
2.2.7.-ORDENANZAS MUNICIPALES Y PREFECTURALES.- son
promulgadas por el Alcalde y prefecto respectivamente. Son Normas de
carácter local, ya sea correspondiente a los municipios o al Departamento
de La Paz.
2.2.8.- ESTATUTOS Y REGLAMENTOS.- Son Normas de carácter interno en cada
institución.
7. BIBLIOGRAFIA
Constitución Política del Estado. Edición Gaceta Oficial de Bolivia, 7 de febrero
de 2009, La Paz – Bolivia.
Moscoso Delgado, Jaime. Introducción al Derecho. Editorial “Juventud”, La Paz
– Bolivia, 1993.
PROYECTO DE LEY “AVELINO SIÑANI-ELIZARDO PEREZ”, (Nueva Ley de la
Educación Boliviana).