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GOBIERNO DE CHILE
                                                Ministerio de Hacienda
                                               Dirección de Presupuestos




Reforma Previsional:
Dimensión Territorial
          (Ley N°20.255)
         Alberto Arenas de Mesa
         Director de Presupuestos


 Reforma Previsional: Seminario Funcionarios
    Municipales, 29 y 30 de Abril de 2008
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                                                            Ministerio de Hacienda
                                                           Dirección de Presupuestos


              Esquema de la Presentación
I.- Contexto de la Reforma Previsional
     1.   Diagnóstico del Sistema de Pensiones
     2.   Orientaciones Centrales de la Reforma.


II.-Principales Beneficios de la Reforma Previsional
     1.   Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
            i.    Sus Beneficios y Preguntas Frecuentes
            ii.   Enfoque Territorial
     2.   Nueva Institucionalidad
     3.   Equidad de Género
     4.   Mayor cobertura para Trabajadores Independientes
     5.   Mayor cobertura para Trabajadores Jóvenes
     6.   Mayor competencia, menores costos y gobiernos corporativos
          en el sistema de AFP.
     7.   Mayor rentabilidad de los fondos de pensiones
     8.   Compromisos Fiscales
III.- Algunos Aspectos Destacados de la Reforma
                                                                          2
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                                         Dirección de Presupuestos




I.- Contexto de la Reforma Previsional




                                                        3
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     1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones.

Hay tres factores previsionales por los que tradicionalmente se
evalúa el desempeño o potenciales reformas de un sistema de
pensiones.


   Cobertura
   Nivel de los beneficios
   Efectos fiscales


En el caso chileno estos tres factores confirmaban la necesidad de
una reforma.




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  1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones.
Cobertura:
   En promedio, por cada 10 años trabajados sólo se registran
   cotizaciones en algo más de 5 años.
   Las mujeres registran en promedio densidades de cotización
   menores a los hombres: 43,8% versus 59,8% de sus vidas laborales.
Nivel de Beneficios:
   Las estimaciones indicaban que más de un 50% de los pensionados,
   obtendría un beneficio equivalente al 40% o inferior a sus últimas
   rentas.
   Un 65% de las mujeres y un 33% de los hombres tendría tasas de
   reemplazo de 40% o inferiores.
Efectos Fiscales:
   Las proyecciones, sin reforma previsional, indicaban que uno de
   cada dos asegurados requeriría algún tipo de financiamiento público.
   Si bien el sistema de pensiones es financieramente mixto, sus
   instituciones están establecidas para operar bajo un esquema
   contributivo administrado por el sector privado.               5
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      1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones.
Conocimiento sobre el Sistema Previsional:
   El diagnóstico en esta materia es rotundo: los estudios y encuestas
   indican que existe un profundo desconocimiento en la población
   sobre el sistema de pensiones.
   En la Encuesta de Protección Social 2006 a los entrevistados se les
   preguntó si conocen que porcentaje de su ingreso imponible le
   descuentan o descontarían mensualmente para el sistema de
   pensiones:
      Un 31.5% dice conocer el porcentaje de cotización mensual.
      Cuando se les pide que indiquen cual es ese valor, un 56% de
      ellos contesta incorrectamente.
      Finalmente un 13.8% de los entrevistados realmente conoce el
      porcentaje de contribución para el sistema de pensiones.


                                                                          6
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               1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones.
Conocimiento sobre el Sistema Previsional:
   Cuando se pregunta a los entrevistados si saben como se calculan las
  pensiones en el sistema de AFP, un 82,1% dice no saber, un 8,8% cree
  que calculan en base al salario de los últimos años y solo un 9,1%
  contesta correctamente indicando que se calculan de acuerdo al saldo en
  la cuenta individual, la edad de retiro, y otros elementos. Por tipo de
  entrevistado se observa lo siguiente:
                   EPS 2006: ¿Sabe cómo se calculan las pensiones en las AFPs?
     100
                                                             88,6                                86,5
        90               84,9
                                                                                                                  81,7
                                            78,4
        80                                                                      73,8
        70
        60
    %




        50
        40
        30
        20                      11,2 10,5                           13,1 13,1
               6,6 8,5                             5,6 5,8                             6,8 6,7          8,7 9,6
        10
         0
             Baja Densidad      Independiente      No Afiliado      Alta Densidad       Inactivo         Cesante
         En base al salario de los últimos años        Considerando el saldo en cuenta individual         No sabe         7
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                                                                                             Ministerio de Hacienda
                                                                                            Dirección de Presupuestos

           1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones.
Conocimiento sobre el Sistema Previsional:
    Con respecto a la pensión asistencial (PASIS), cuando se le
    pregunta a los entrevistados si conocen o han escuchado hablar
    de este beneficio, sólo un 24% dice conocer la pensión
    asistencial. Por tramo de edad se observa lo siguiente:
               EPS 2006: ¿Conoce o ha escuchado hablar de la pensión asistencial (PASIS)?
    90              80,9           79,3
    80                                            74,8           73,3           72,3               70,0
    70
    60
    50
   %




    40
                                                                         27,7               30,1
                                           25,2           26,7
    30
             19,1           20,7
    20
    10
       0
            15-24 Años     25-34 Años     35-44 Años     45-54 Años     55-64 Años     65 y + Años
                                            Si               No
  Además, sólo un 43,5% de aquellos que conocen la PASIS dicen
saber su monto y de ellos sólo un 21,1% conoce realmente su valor. 8
GOBIERNO DE CHILE
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          2. Orientaciones Centrales de la Reforma.
  Una Reforma Estructural: Crea un nuevo sistema de pensiones.
  Una Reforma de Todos: Sello de protección social del Gobierno de la
Presidenta Michelle Bachelet.
  Una Reforma en que el Estado Garantiza Derechos en Cobertura y
Beneficios:
  - Se establecen derechos universales y mínimos sociales para las personas
  que desarrollen su vida laboral en Chile.
  - La reforma considera una profunda modernización de la institucionalidad
  del sector, que resulta ser la mayor transformación institucional que se
  realizará en la actual administración.
   Una Reforma con Dimensión de Género: Es una reforma con una
marcada dimensión de género que se hace cargo de los déficit de cobertura y
de nivel de beneficios que las mujeres presentan en el sistema de pensiones.
   Una Reforma Financieramente Sustentable: La reforma tiene enormes
efectos fiscales, pues compromete recursos en régimen cercanos a 1,1 puntos
del PIB. Es la reforma social realizada en gobiernos de la concertación de
mayor envergadura en materia fiscal.                                  9
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II.- Principales Beneficios de la Reforma Previsional
   y su Dimensión Territorial




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1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)

Sus principales beneficios son la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el
Aporte Previsional Solidario (APS), a los que accederán hombres y
mujeres a los 65 años.


El SPS entregará beneficios de vejez e invalidez de manera integrada
a los del sistema de capitalización individual, reemplazará a las
pensiones asistenciales (PASIS) y, gradualmente, al programa de
pensión mínima garantizada. También tendrán acceso a estas
prestaciones, los pensionados y trabajadores activos imponentes del
INP.


En 2008 se estiman cerca de 600 mil beneficiarios llegando el 2010 a
cerca de 1 millón de beneficiarios. En 2017, los beneficiarios del SPS
alcanzarán a más de 1,5 millones.
                                                                       11
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                                                              Dirección de Presupuestos


1.        Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
  Preguntas Frecuentes Sobre el SPS:

1.- ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la PBS de vejez?
Serán beneficiarias de la pensión básica solidaria de vejez, las personas
que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que
reúnan los requisitos siguientes:
a) Haber cumplido sesenta y cinco años de edad.
b) Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la
población de Chile en régimen , partiendo del 40% en 2008.
c) Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por un
lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados
desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en
todo caso, por un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los
últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud.
                                                                           12
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                                                                  Dirección de Presupuestos

     1.      Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
  Preguntas Frecuentes Sobre el SPS:
2.- ¿La Pensión Básica Solidaria (PBS) o el Aporte Previsional
Solidario (APS) de vejez, se recibirán en forma automática cuando se
cumplan los requisitos?
No. Para acceder a la PBS o al APS de vejez, las personas deberán presentar
su solicitud ante el Instituto de Normalización Previsional, futuro IPS
(o ante quien el IPS establezca vía convenio).
Las personas mayores de 18 años que actualmente reciben una Pensión
Asistencial (PASIS), automáticamente serán beneficiarias de la PBS, a partir
de julio de 2008.

3.- ¿Cuáles son los requisitos para acceder al Aporte Previsional
Solidario (APS) de vejez?
 Los mismos requisitos de edad, residencia y focalización que para la PBS y
tener una pensión base de un monto inferior al valor de la pensión máxima
con aporte solidario (PMAS= parte en $70.000 y llega a $255.000 en
régimen, o sea el 2012).                                                13
GOBIERNO DE CHILE
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      1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)                               Dirección de Presupuestos



4.- ¿Cuál es la Gradualidad de los Beneficios del Sistema Solidario?
     PBS
               Valores Establecidos para la PBS


                                          75.000


               60.000
                                                                    48.000




           PBS 1° Julio 2008         PBS 1° Julio 2009     PASIS (Menores de 70 años)


  Transición de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) y
de Cobertura
                   Período                Valor PMAS ($)    Cobertura
            Julio 2008- Junio 2009             70.000         40%
            Julio 2009- Junio 2010            120.000         45%
            Julio 2010- Junio 2011            150.000         50%
            Julio 2011- Junio 2012            200.000         55%
            Julio 2012 en adelante            255.000         60%
                                                                                          14
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                                                                Ministerio de Hacienda
                                                               Dirección de Presupuestos

1.      Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
5.- ¿Cómo se va a determinar quienes pertenecen al 40% más
pobre de la población en 2008?
El instrumento que se utilizará para determinar quienes pertenecen al
40% más pobre de la población será durante los dos primeros años la
Ficha de Protección Social (FPS). (Cumplirán el requisito aquellas
personas que registren en la FPS un puntaje inferior al umbral que fija el
reglamento).
 6.- ¿Dónde se puede consultar u obtener información respecto de
los beneficios del sistema solidario?
La información y orientación para los nuevos beneficiarios del Sistema
Solidario, estará disponible en la red del INP (habrán Centros de
Atención Previsional Integral a partir de julio), en los municipios, en las
AFP, adicionalmente, se utilizarán otras redes complementarias que
entregarán información y orientación como consultorios de salud,
Senama, SAFP y otros servicios. Ya está disponible un Call Center (800
646090) y una página web para consultas (www.reformaprevisional.cl ).
                                                                            15
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                                                    Dirección de Presupuestos


Para los actuales beneficiarios de PASIS (QUIENES NO DEBEN HACER
NINGÚN TRÁMITE) ya se está entregando información como esta...




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     1.      Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)

7.- ¿ Como se materializará la solicitud de los beneficios del Sistema
   Solidario?
  Los beneficios deberán solicitarse sólo a través del o los formularios que
  determine el INP (futuro IPS) los que estarán disponibles en todas las
  dependencias de dicha institución.
  Las AFP recibirán solicitudes de sus afiliados, a través de sus sucursales.
  El IPS podrá celebrar convenios con otros organismos públicos
  (municipios, por ejemplo) y privados con el objeto que éstos reciban
  solicitudes de beneficios del Sistema Solidario.
  Estas instituciones deberán remitir las solicitudes al IPS para que sigan
  su tramitación.
  Para solicitar los beneficios bastará presentar cédula de identidad vigente
  y también podrá hacerse por mandato.
                                                                               17
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                                                              Ministerio de Hacienda
                                                             Dirección de Presupuestos

    1.      Sistema de Pensiones Solidarias (SPS).
8.- ¿Cómo y dónde se cobra este beneficio en caso de ser
beneficiario?

Los cobros se realizarán en las actuales plazas o medios de pago del INP
que pasarán a ser plazas de pago del nuevo Instituto de Previsión Social.

En el caso de ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario, el
complemento a la actual pensión se sumará al pago que realiza la AFP, la
compañía de seguros o el INP, para que se cobre todo junto y al mismo
tiempo.




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                                                               Ministerio de Hacienda
                                                              Dirección de Presupuestos

    1.       Sistema de Pensiones Solidarias (SPS).
9.- ¿Qué ocurrirá con las personas con discapacidad mental,
menores de 18 años, que estén percibiendo o tengan derecho a una
PASIS?

La ley establece un subsidio, independiente del SPS, para las personas con
discapacidad mental y que sean menores de 18 años de edad, cuyo monto
es equivalente al valor actual de las pensiones asistenciales para menores
de sesenta y cinco años.

Los personas con discapacidad mental, menores de 18 años de edad, que
al 1 de julio de 2008 se encuentren percibiendo una PASIS, tendrán
derecho a partir de dicha fecha y por el solo ministerio de la ley, al
subsidio para las personas con discapacidad mental creado por la Ley N°
20.255, dejando de percibir la pensión asistencial.


                                                                           19
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                                                                 Ministerio de Hacienda
                                                                Dirección de Presupuestos


     1.       Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
   Enfoque Territorial del SPS:
  Los potenciales beneficiarios del SPS acudirán masivamente a informarse
sobre los beneficios de la reforma y sobre la forma de acceder a ellos.
  Para que la reforma previsional tenga el impacto deseado sobre la
población, es necesario que ésta conozca el funcionamiento del sistema de
pensiones y los nuevos beneficios de la reforma previsional.
 Es necesario además que sea atendida con eficiencia y calidez. (Adultos
mayores, inválidos y mujeres son los principales beneficiarios)
  En este sentido, la red de atención complementaria al INP tendrá un rol
fundamental en la implementación y sobre todo en la puesta en marcha de la
reforma previsional.
  Los municipios por su cobertura geográfica y cercanía a la población
objetivo de la reforma jugarán un rol esencial en dar a conocer los beneficios
y en orientar a los beneficiarios.

                                                                             20
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                                                               Ministerio de Hacienda
                                                              Dirección de Presupuestos


     1.      Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
   En el caso de los Municipios se identifican los siguientes ámbitos donde
   su contribución es esencial.
1. Rol de Información y Orientación (Sobre los Beneficios, los Requisitos y
   la forma de Acceder a Ellos):
            Esto incluye informar tanto respecto del SPS, como de los
            demás beneficios de la reforma esto es el Bono por Hijo,
            Subsidio a los Trabajadores Jóvenes, etc...
            Se deberá informar a las personas, cuales son los requisitos de
            acceso y si ellos serían potenciales beneficiarios en base a
            criterios generales (puntaje FPS, edad etc..) o a la información
            disponible según la red complementaria que se trate.
            Se deberá informar sobre la forma de solicitar los beneficios y
            los lugares donde realizarlo.
            Se deberá informar los Puntajes Ficha de Protección Social, las
            personas querrán consultar su puntaje vigente en la FPS; o en su
            defecto proceder al encuestaje en caso de no poseer FPS. 21
GOBIERNO DE CHILE
                                                                     Ministerio de Hacienda
                                                                    Dirección de Presupuestos


       1.        Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
2. Rol de Atención
     Aplicación de la Ficha de Protección Social.
            Al 7 de Abril ya se han tomado cerca de 1.200.000 fichas a
            personas de 60 años y más (la población en ese grupo de edad es
            en torno a 2 millones), es decir ya se ha aplicado ala ficha a cerca
            del 60% de la población de ese grupo de edad.
            Sin embargo, existirá una demanda adicional de personas mayores
            de 65 que aún no han sido encuestadas y deseen conocer su
            puntaje o de personas inválidas que no han sido encuestadas.
            Las personas deben ser atendidas de manera expedita y se debe
            tener presente que el público al que se le aplicará la ficha es más
            amplio (Incluso ABC1). Todos deben ser atendidos.
     Convenio INP-Municipios permitirá que los Municipios puedan recibir
     Solicitudes del SPS y remitirlas al IPS para su tramitación.
3. Rol de Derivación: En aquellos casos en que existan consultas específicas,
   se requiera mayor información o tramitación de beneficios, derivar al22
                                                                         IPS
   o donde corresponda.
GOBIERNO DE CHILE
                                                                 Ministerio de Hacienda
                                                                Dirección de Presupuestos


   1.       Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
  Informar y derivar correctamente será de vital importancia,
particularmente en los primeros meses de vigencia de la Reforma
Previsional ya que permitirá administrar los flujos de solicitudes a partir
del 1 de julio próximo.




                                                                             23
GOBIERNO DE CHILE
                                                               Ministerio de Hacienda
                                                              Dirección de Presupuestos


                     2.        Nueva Institucionalidad

Se reconoce el carácter integral de la reforma. Por ello se fortalece la
institucionalidad en sus distintos roles de modo de permitir pagar
eficientemente los nuevos beneficios

La nueva institucionalidad también contiene una perspectiva de género ya
que mayoritariamente consultarán y accederán al sistema solidario mujeres.

Se fortalece la institucionalidad en sus distintos roles:

       Rol de formulación de políticas.

       Rol Normativo y de control.

       Rol de administración y entrega de beneficios.
                                                                           24
GOBIERNO DE CHILE
                              NUEVA INSTITUCIONALIDAD SISTEMA PREVISIONAL
                                                                                                                                Ministerio de Hacienda
                                                                                                                               Dirección de Presupuestos
                                                                                                                                                    R
                                                                                                                                                    o
                                                                                                                                                    l
Ministerio de Hacienda                Ministerio del Trabajo
                                       y Previsión Social                                                                                           P
                                                                                                                                                    o
                                                                                                                                                    l
                                                                                                                                                    í
                                                                                                                                                    t
         Consejo Consultivo               Subsecretaría de             Comisión de Usuarios                                                         i
            Previsional                   Previsión Social                                                                                          c
                                                                                                                                                    o


                                                                                                                                                     R
 Superintendencia de                                                Superintendencia de Pensiones                                                    o
                                                                     Superintendencia de AFP
   Seguridad Social                                                                                                                                  l

                                                                                                                                                     N
                                                Consejo Técnico                                                                                      o
                                                                                                                                                     r
                                                 de Inversiones
                                                                                                                                                     m
                                                                                                                                                     a
                                                                                                                                                     t
                                                                                                                                                     i
                                                                                                                                                     v
                                                                                                                                                     o


   Instituto de             Instituto de Previsión Social
                                         Normalización                    Administradora de Fondos          Administradoras de Fondos
Seguridad Laboral                       (IPS)
                            Previsional (INP)                                 de Cesantía (AFC)                de Pensiones (AFP)
                                                                                                                                                        A
                                                                                                                                                        d
                                                                                                                                                        m
                                                                                                                                                        i
                                                                                                                                                        n
                                          Centros de Atención Previsional Integral
                                                                                                                                                        i
                                                                                                                                                        s
                                                                                                                                                        t
                                                                                     Servicio descentralizado que se vincula con la                     r
                       Transmisión de datos
                                                                                     Presidencia a través de la Subsecretaría de Previsión              a
                       Rol fiscalizador                                              Social y el Ministerio del Trabajo                                 d
                                                                                                                                                        o
                       Rol asesor y el Superintendente actúa                                                                                            r
                       como secretario ejecutivo                                      Rol asesor                                                        e
                                                                                                                                                        s
                                                                                                                                             25
GOBIERNO DE CHILE
                                                             Ministerio de Hacienda
                                                            Dirección de Presupuestos


              3.        Equidad de Género

Bonificación por Hijo para Las Mujeres: Se otorgará un bono por
cada hijo nacido vivo, equivalente a 18 meses de cotizaciones
previsionales calculadas al 10% sobre un salario mínimo. El bono se
capitalizará anualmente utilizando una tasa de interés equivalente a la
rentabilidad nominal anual promedio de todos los fondos tipo C de las
Administradoras de Fondos de Pensiones.
Preguntas Frecuentes:
10.- ¿Quiénes tienen derecho a percibir una bonificación por
cada hijo nacido vivo?
La mujer que cumpla con el requisito de residencia, y que sólo se
encuentre afiliada al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de
1980, o sea beneficiaria de una pensión básica solidaria de vejez o que,
sin ser afiliada a un régimen previsional, perciba una pensión de
sobrevivencia.
                                                                         26
GOBIERNO DE CHILE
                                                                    Ministerio de Hacienda
                                                                   Dirección de Presupuestos


                       3.       Equidad de Género
11.   ¿Cómo se transferirá el bono a cada beneficiaria?
      Para hacer efectiva la bonificación, las beneficiarias deberán solicitarla
      al Instituto de Previsión Social (IPS), quien determinará su monto.
      Según sea el caso, el bono se integrará según las siguientes
      modalidades:
      a) A la mujer afiliada al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, se
      le enterará la bonificación en la cuenta de capitalización individual, en
      el mes siguiente a aquel en que cumpla los 65 años de edad.
      b) A la mujer beneficiaria de PBS de vejez, el IPS le calculará una
      pensión autofinanciada, considerando como su saldo las
      bonificaciones que le correspondan. El resultado de este cálculo se
      sumará a su PBS.
      c) A la mujer que perciba una pensión de sobrevivencia, que se
      origine del sistema del decreto ley N° 3.500 o que sea otorgada por el
      INP, se procederá a incorporar la o las bonificaciones, en la misma
      forma indicada en la letra b) precedente. En este caso, el monto
      resultante se sumará al APS que le corresponda.                  27
GOBIERNO DE CHILE
                                                          Ministerio de Hacienda
                                                         Dirección de Presupuestos

              3.      Equidad de Género
La Separación por género del Seguro de Invalidez y
Sobrevivencia mejorará sus pensiones.
En caso de divorcio o nulidad, se autorizará la división del saldo
acumulado de la cuenta individual del cónyuge que deba hacer
compensación económica.
Se iguala en 65 años la edad máxima de cobertura del Seguro
de Invalidez y Sobrevivencia para hombres y mujeres.
Se crea la figura del Afiliado Voluntario.
Se incluye como beneficiario de pensión de sobrevivencia
generada por la mujer a su cónyuge hombre y al padre de hijos de
filiación no matrimonial soltero que viva a expensas de la causante
de pensión.
La remuneración mínima imponible para efectos de seguridad
social de los trabajadores de casa particular, no podrá ser
inferior a un ingreso mínimo mensual para jornadas completas, o
proporcional a la pactada, si fuese inferior.
                                                                      28
GOBIERNO DE CHILE
                                                               Ministerio de Hacienda
                                                              Dirección de Presupuestos


4.     Mayor cobertura para Trabajadores Independientes

  Se iguala su situación de derechos y obligaciones previsionales respecto
de los trabajadores dependientes.
  Los trabajadores independientes tendrán acceso a todos los beneficios
del Sistema de Pensiones Solidarias, a la Asignación Familiar y podrán
afiliarse a las Cajas de Compensación.
  Los trabajadores independientes tendrán acceso a la Ley de Accidentes
del Trabajo y Enfermedades Profesionales.


12.-¿Desde cuándo deberán cotizar los trabajadores independientes?
La obligación entrará en vigencia el 1° de enero de 2012, y se
implementará gradualmente de acuerdo a un calendario en relación a la
renta imponible La afiliación obligatoria se alcanzará plenamente en un
período de 10 años desde hoy.

                                                                           29
GOBIERNO DE CHILE
                                                                 Ministerio de Hacienda
                                                                Dirección de Presupuestos

       5.      Mayor cobertura para Trabajadores Jóvenes
  Se crea un Subsidio a las cotizaciones efectivas:
Se aplicará para las primeras 24 cotizaciones de los trabajadores jóvenes,
entre 18 y 35 años, de ingresos inferiores a 1,5 veces el salario mínimo.
Estará constituido por dos tipos de aportes:
               a) Un subsidio a la contratación, equivalente a un 50% de
                    la cotización de un salario mínimo, y
               b) Un aporte directo a la cuenta de capitalización
                    individual por el mismo monto.

  Trabajadores jóvenes que perciban el salario mínimo alcanzarán una
cotización total de 15% de su remuneración y un incentivo a la
contratación de un 5% de su salario. Para un joven que pasa a la
formalidad implica un aumento en su pensión mensual de $ 26.000.

  Se estima que para el año 2009 existirán unos 300 mil beneficiarios de
este subsidio.                                                        30
GOBIERNO DE CHILE
                                                                   Ministerio de Hacienda
                                                                  Dirección de Presupuestos

      5.      Mayor cobertura para Trabajadores Jóvenes
13.   ¿Cómo se obtiene el subsidio previsional para trabajadores
      jóvenes?
      Se dispondrá a requerimiento del empleador o del propio trabajador,
      ante el IPS, organismo que determinará su monto y estará encargado
      de su pago.
      En todo caso, el pago del subsidio para los empleadores sólo se
      verificará respecto de aquellos meses en que el empleador entere las
      cotizaciones de seguridad social correspondientes al respectivo
      trabajador, dentro de los plazos legales.
14.   ¿Desde cuándo regirán tales subsidios?
      Los empleadores tendrán derecho al subsidio estatal mensual, por los
      trabajadores que tengan entre 18 años y 35 años de edad, a contar del
      1 de octubre 2008, y el subsidio que se integrará directamente a la
      cuenta de capitalización individual de los trabajadores jóvenes regirá a
      partir del 1 de julio de 2011.

                                                                               31
GOBIERNO DE CHILE
                                                                 Ministerio de Hacienda
                                                                Dirección de Presupuestos

6.       Mayor competencia, gobiernos corporativos en el
       sistema de AFP y mayor rentabilidad de los Fondos.
     Licitación de los nuevos afiliados.
     Eliminación de comisiones fijas por cotización, retiros y por
     transferencia de saldo.
     Subcontratación de Funciones
     Se separa de las AFP la administración del Seguro de Invalidez
     y Sobrevivencia (SIS).
     Gobiernos Corporativos: en Directorios de las AFPs y en
     Directorios de Sociedades Anónimas votados por AFPs
     Asesoría Previsional
     Se amplían las alternativas de inversión en Chile y en el exterior, esto
     permitirá alcanzar mejores pensiones para los afiliados a las AFP. Se
     establece un régimen de inversión de los Fondos de Pensiones.
     Se crea el Consejo Técnico de Inversiones (CTI)
     Un 1% de rentabilidad a lo largo de la vida activa aumenta en un
     20% el monto de la pensión.                                        32
GOBIERNO DE CHILE
                                                             Ministerio de Hacienda
                                                            Dirección de Presupuestos


     7.       Compromisos Fiscales
Esta es la reforma social realizada en gobiernos de la Concertación
de mayor envergadura en materia fiscal.

En esta Administración el efecto financiero de la Reforma estimado
para el período 2008-2010 alcanza a alrededor de 1.500 millones de
dólares.

En régimen, hacia el año 2025, el gasto efecto financiero adicional
para dicho año generado por la reforma supera los 3.000 millones de
dólares.

Se velará por la transparencia y sostenibilidad del sistema de pensiones,
mediante el diseño de un régimen presupuestario que de cuenta de
los compromisos fiscales, transitorios y permanentes, con el sistema
previsional.

A partir de la promulgación de la Ley de Responsabilidad Fiscal, se
ha creado el Fondo de Reserva de Pensiones para hacer frente a los
compromisos previsionales futuros.                            33
GOBIERNO DE CHILE
                                                          Ministerio de Hacienda
                                                         Dirección de Presupuestos

        III.- Algunos Aspectos Destacados
              de la Reforma Previsional
La Reforma busca eliminar la pobreza entre los adultos mayores y los
inválidos.

Elimina la discriminación de género al interior del sistema de
pensiones:
    Si hubiese seguido la situación actual más de un 90% de las
    mujeres no hubieran tenido acceso a la pensión mínima
    Con la PBS desaparecen los requisitos de número de años de
    cotizaciones.
    La PBS protege a las mujeres del 60% de los hogares de menores
    ingresos.

La PBS es un derecho individual. Un mismo hogar puede contar con
dos PBS ($150.000), más las bonificaciones por hijo.

Las bonificaciones por hijo representarán en régimen un efecto sobre
la pensión final superior al 20% en el caso de mujeres que coticen 10
años por el salario mínimo y tengan dos hijos.                   34
GOBIERNO DE CHILE
                                                             Ministerio de Hacienda
                                                            Dirección de Presupuestos


            III.- Algunos Aspectos Destacados
                  de la Reforma Previsional

Rentabilidad: Si el conjunto de medidas destinadas a incrementar la
rentabilidad de los fondos de pensiones logra un efecto sostenido de tan
sólo 0.5% el monto de las pensiones finales aumentará en más de 10%.

La eliminación de la Comisión Fija implica un aumento de las pensiones
estimado cercano a 4%.




                                                                         35

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  • 1. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos Reforma Previsional: Dimensión Territorial (Ley N°20.255) Alberto Arenas de Mesa Director de Presupuestos Reforma Previsional: Seminario Funcionarios Municipales, 29 y 30 de Abril de 2008
  • 2. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos Esquema de la Presentación I.- Contexto de la Reforma Previsional 1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones 2. Orientaciones Centrales de la Reforma. II.-Principales Beneficios de la Reforma Previsional 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) i. Sus Beneficios y Preguntas Frecuentes ii. Enfoque Territorial 2. Nueva Institucionalidad 3. Equidad de Género 4. Mayor cobertura para Trabajadores Independientes 5. Mayor cobertura para Trabajadores Jóvenes 6. Mayor competencia, menores costos y gobiernos corporativos en el sistema de AFP. 7. Mayor rentabilidad de los fondos de pensiones 8. Compromisos Fiscales III.- Algunos Aspectos Destacados de la Reforma 2
  • 3. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos I.- Contexto de la Reforma Previsional 3
  • 4. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones. Hay tres factores previsionales por los que tradicionalmente se evalúa el desempeño o potenciales reformas de un sistema de pensiones. Cobertura Nivel de los beneficios Efectos fiscales En el caso chileno estos tres factores confirmaban la necesidad de una reforma. 4
  • 5. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones. Cobertura: En promedio, por cada 10 años trabajados sólo se registran cotizaciones en algo más de 5 años. Las mujeres registran en promedio densidades de cotización menores a los hombres: 43,8% versus 59,8% de sus vidas laborales. Nivel de Beneficios: Las estimaciones indicaban que más de un 50% de los pensionados, obtendría un beneficio equivalente al 40% o inferior a sus últimas rentas. Un 65% de las mujeres y un 33% de los hombres tendría tasas de reemplazo de 40% o inferiores. Efectos Fiscales: Las proyecciones, sin reforma previsional, indicaban que uno de cada dos asegurados requeriría algún tipo de financiamiento público. Si bien el sistema de pensiones es financieramente mixto, sus instituciones están establecidas para operar bajo un esquema contributivo administrado por el sector privado. 5
  • 6. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones. Conocimiento sobre el Sistema Previsional: El diagnóstico en esta materia es rotundo: los estudios y encuestas indican que existe un profundo desconocimiento en la población sobre el sistema de pensiones. En la Encuesta de Protección Social 2006 a los entrevistados se les preguntó si conocen que porcentaje de su ingreso imponible le descuentan o descontarían mensualmente para el sistema de pensiones: Un 31.5% dice conocer el porcentaje de cotización mensual. Cuando se les pide que indiquen cual es ese valor, un 56% de ellos contesta incorrectamente. Finalmente un 13.8% de los entrevistados realmente conoce el porcentaje de contribución para el sistema de pensiones. 6
  • 7. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones. Conocimiento sobre el Sistema Previsional: Cuando se pregunta a los entrevistados si saben como se calculan las pensiones en el sistema de AFP, un 82,1% dice no saber, un 8,8% cree que calculan en base al salario de los últimos años y solo un 9,1% contesta correctamente indicando que se calculan de acuerdo al saldo en la cuenta individual, la edad de retiro, y otros elementos. Por tipo de entrevistado se observa lo siguiente: EPS 2006: ¿Sabe cómo se calculan las pensiones en las AFPs? 100 88,6 86,5 90 84,9 81,7 78,4 80 73,8 70 60 % 50 40 30 20 11,2 10,5 13,1 13,1 6,6 8,5 5,6 5,8 6,8 6,7 8,7 9,6 10 0 Baja Densidad Independiente No Afiliado Alta Densidad Inactivo Cesante En base al salario de los últimos años Considerando el saldo en cuenta individual No sabe 7
  • 8. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Diagnóstico del Sistema de Pensiones. Conocimiento sobre el Sistema Previsional: Con respecto a la pensión asistencial (PASIS), cuando se le pregunta a los entrevistados si conocen o han escuchado hablar de este beneficio, sólo un 24% dice conocer la pensión asistencial. Por tramo de edad se observa lo siguiente: EPS 2006: ¿Conoce o ha escuchado hablar de la pensión asistencial (PASIS)? 90 80,9 79,3 80 74,8 73,3 72,3 70,0 70 60 50 % 40 27,7 30,1 25,2 26,7 30 19,1 20,7 20 10 0 15-24 Años 25-34 Años 35-44 Años 45-54 Años 55-64 Años 65 y + Años Si No Además, sólo un 43,5% de aquellos que conocen la PASIS dicen saber su monto y de ellos sólo un 21,1% conoce realmente su valor. 8
  • 9. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 2. Orientaciones Centrales de la Reforma. Una Reforma Estructural: Crea un nuevo sistema de pensiones. Una Reforma de Todos: Sello de protección social del Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet. Una Reforma en que el Estado Garantiza Derechos en Cobertura y Beneficios: - Se establecen derechos universales y mínimos sociales para las personas que desarrollen su vida laboral en Chile. - La reforma considera una profunda modernización de la institucionalidad del sector, que resulta ser la mayor transformación institucional que se realizará en la actual administración. Una Reforma con Dimensión de Género: Es una reforma con una marcada dimensión de género que se hace cargo de los déficit de cobertura y de nivel de beneficios que las mujeres presentan en el sistema de pensiones. Una Reforma Financieramente Sustentable: La reforma tiene enormes efectos fiscales, pues compromete recursos en régimen cercanos a 1,1 puntos del PIB. Es la reforma social realizada en gobiernos de la concertación de mayor envergadura en materia fiscal. 9
  • 10. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos II.- Principales Beneficios de la Reforma Previsional y su Dimensión Territorial 10
  • 11. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) Sus principales beneficios son la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS), a los que accederán hombres y mujeres a los 65 años. El SPS entregará beneficios de vejez e invalidez de manera integrada a los del sistema de capitalización individual, reemplazará a las pensiones asistenciales (PASIS) y, gradualmente, al programa de pensión mínima garantizada. También tendrán acceso a estas prestaciones, los pensionados y trabajadores activos imponentes del INP. En 2008 se estiman cerca de 600 mil beneficiarios llegando el 2010 a cerca de 1 millón de beneficiarios. En 2017, los beneficiarios del SPS alcanzarán a más de 1,5 millones. 11
  • 12. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) Preguntas Frecuentes Sobre el SPS: 1.- ¿Cuáles son los requisitos para acceder a la PBS de vejez? Serán beneficiarias de la pensión básica solidaria de vejez, las personas que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional y que reúnan los requisitos siguientes: a) Haber cumplido sesenta y cinco años de edad. b) Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población de Chile en régimen , partiendo del 40% en 2008. c) Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, contados desde que el peticionario haya cumplido veinte años de edad; y, en todo caso, por un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. 12
  • 13. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) Preguntas Frecuentes Sobre el SPS: 2.- ¿La Pensión Básica Solidaria (PBS) o el Aporte Previsional Solidario (APS) de vejez, se recibirán en forma automática cuando se cumplan los requisitos? No. Para acceder a la PBS o al APS de vejez, las personas deberán presentar su solicitud ante el Instituto de Normalización Previsional, futuro IPS (o ante quien el IPS establezca vía convenio). Las personas mayores de 18 años que actualmente reciben una Pensión Asistencial (PASIS), automáticamente serán beneficiarias de la PBS, a partir de julio de 2008. 3.- ¿Cuáles son los requisitos para acceder al Aporte Previsional Solidario (APS) de vejez? Los mismos requisitos de edad, residencia y focalización que para la PBS y tener una pensión base de un monto inferior al valor de la pensión máxima con aporte solidario (PMAS= parte en $70.000 y llega a $255.000 en régimen, o sea el 2012). 13
  • 14. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) Dirección de Presupuestos 4.- ¿Cuál es la Gradualidad de los Beneficios del Sistema Solidario? PBS Valores Establecidos para la PBS 75.000 60.000 48.000 PBS 1° Julio 2008 PBS 1° Julio 2009 PASIS (Menores de 70 años) Transición de la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS) y de Cobertura Período Valor PMAS ($) Cobertura Julio 2008- Junio 2009 70.000 40% Julio 2009- Junio 2010 120.000 45% Julio 2010- Junio 2011 150.000 50% Julio 2011- Junio 2012 200.000 55% Julio 2012 en adelante 255.000 60% 14
  • 15. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) 5.- ¿Cómo se va a determinar quienes pertenecen al 40% más pobre de la población en 2008? El instrumento que se utilizará para determinar quienes pertenecen al 40% más pobre de la población será durante los dos primeros años la Ficha de Protección Social (FPS). (Cumplirán el requisito aquellas personas que registren en la FPS un puntaje inferior al umbral que fija el reglamento). 6.- ¿Dónde se puede consultar u obtener información respecto de los beneficios del sistema solidario? La información y orientación para los nuevos beneficiarios del Sistema Solidario, estará disponible en la red del INP (habrán Centros de Atención Previsional Integral a partir de julio), en los municipios, en las AFP, adicionalmente, se utilizarán otras redes complementarias que entregarán información y orientación como consultorios de salud, Senama, SAFP y otros servicios. Ya está disponible un Call Center (800 646090) y una página web para consultas (www.reformaprevisional.cl ). 15
  • 16. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos Para los actuales beneficiarios de PASIS (QUIENES NO DEBEN HACER NINGÚN TRÁMITE) ya se está entregando información como esta... 16
  • 17. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) 7.- ¿ Como se materializará la solicitud de los beneficios del Sistema Solidario? Los beneficios deberán solicitarse sólo a través del o los formularios que determine el INP (futuro IPS) los que estarán disponibles en todas las dependencias de dicha institución. Las AFP recibirán solicitudes de sus afiliados, a través de sus sucursales. El IPS podrá celebrar convenios con otros organismos públicos (municipios, por ejemplo) y privados con el objeto que éstos reciban solicitudes de beneficios del Sistema Solidario. Estas instituciones deberán remitir las solicitudes al IPS para que sigan su tramitación. Para solicitar los beneficios bastará presentar cédula de identidad vigente y también podrá hacerse por mandato. 17
  • 18. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS). 8.- ¿Cómo y dónde se cobra este beneficio en caso de ser beneficiario? Los cobros se realizarán en las actuales plazas o medios de pago del INP que pasarán a ser plazas de pago del nuevo Instituto de Previsión Social. En el caso de ser beneficiario del Aporte Previsional Solidario, el complemento a la actual pensión se sumará al pago que realiza la AFP, la compañía de seguros o el INP, para que se cobre todo junto y al mismo tiempo. 18
  • 19. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS). 9.- ¿Qué ocurrirá con las personas con discapacidad mental, menores de 18 años, que estén percibiendo o tengan derecho a una PASIS? La ley establece un subsidio, independiente del SPS, para las personas con discapacidad mental y que sean menores de 18 años de edad, cuyo monto es equivalente al valor actual de las pensiones asistenciales para menores de sesenta y cinco años. Los personas con discapacidad mental, menores de 18 años de edad, que al 1 de julio de 2008 se encuentren percibiendo una PASIS, tendrán derecho a partir de dicha fecha y por el solo ministerio de la ley, al subsidio para las personas con discapacidad mental creado por la Ley N° 20.255, dejando de percibir la pensión asistencial. 19
  • 20. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) Enfoque Territorial del SPS: Los potenciales beneficiarios del SPS acudirán masivamente a informarse sobre los beneficios de la reforma y sobre la forma de acceder a ellos. Para que la reforma previsional tenga el impacto deseado sobre la población, es necesario que ésta conozca el funcionamiento del sistema de pensiones y los nuevos beneficios de la reforma previsional. Es necesario además que sea atendida con eficiencia y calidez. (Adultos mayores, inválidos y mujeres son los principales beneficiarios) En este sentido, la red de atención complementaria al INP tendrá un rol fundamental en la implementación y sobre todo en la puesta en marcha de la reforma previsional. Los municipios por su cobertura geográfica y cercanía a la población objetivo de la reforma jugarán un rol esencial en dar a conocer los beneficios y en orientar a los beneficiarios. 20
  • 21. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) En el caso de los Municipios se identifican los siguientes ámbitos donde su contribución es esencial. 1. Rol de Información y Orientación (Sobre los Beneficios, los Requisitos y la forma de Acceder a Ellos): Esto incluye informar tanto respecto del SPS, como de los demás beneficios de la reforma esto es el Bono por Hijo, Subsidio a los Trabajadores Jóvenes, etc... Se deberá informar a las personas, cuales son los requisitos de acceso y si ellos serían potenciales beneficiarios en base a criterios generales (puntaje FPS, edad etc..) o a la información disponible según la red complementaria que se trate. Se deberá informar sobre la forma de solicitar los beneficios y los lugares donde realizarlo. Se deberá informar los Puntajes Ficha de Protección Social, las personas querrán consultar su puntaje vigente en la FPS; o en su defecto proceder al encuestaje en caso de no poseer FPS. 21
  • 22. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) 2. Rol de Atención Aplicación de la Ficha de Protección Social. Al 7 de Abril ya se han tomado cerca de 1.200.000 fichas a personas de 60 años y más (la población en ese grupo de edad es en torno a 2 millones), es decir ya se ha aplicado ala ficha a cerca del 60% de la población de ese grupo de edad. Sin embargo, existirá una demanda adicional de personas mayores de 65 que aún no han sido encuestadas y deseen conocer su puntaje o de personas inválidas que no han sido encuestadas. Las personas deben ser atendidas de manera expedita y se debe tener presente que el público al que se le aplicará la ficha es más amplio (Incluso ABC1). Todos deben ser atendidos. Convenio INP-Municipios permitirá que los Municipios puedan recibir Solicitudes del SPS y remitirlas al IPS para su tramitación. 3. Rol de Derivación: En aquellos casos en que existan consultas específicas, se requiera mayor información o tramitación de beneficios, derivar al22 IPS o donde corresponda.
  • 23. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 1. Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) Informar y derivar correctamente será de vital importancia, particularmente en los primeros meses de vigencia de la Reforma Previsional ya que permitirá administrar los flujos de solicitudes a partir del 1 de julio próximo. 23
  • 24. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 2. Nueva Institucionalidad Se reconoce el carácter integral de la reforma. Por ello se fortalece la institucionalidad en sus distintos roles de modo de permitir pagar eficientemente los nuevos beneficios La nueva institucionalidad también contiene una perspectiva de género ya que mayoritariamente consultarán y accederán al sistema solidario mujeres. Se fortalece la institucionalidad en sus distintos roles: Rol de formulación de políticas. Rol Normativo y de control. Rol de administración y entrega de beneficios. 24
  • 25. GOBIERNO DE CHILE NUEVA INSTITUCIONALIDAD SISTEMA PREVISIONAL Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos R o l Ministerio de Hacienda Ministerio del Trabajo y Previsión Social P o l í t Consejo Consultivo Subsecretaría de Comisión de Usuarios i Previsional Previsión Social c o R Superintendencia de Superintendencia de Pensiones o Superintendencia de AFP Seguridad Social l N Consejo Técnico o r de Inversiones m a t i v o Instituto de Instituto de Previsión Social Normalización Administradora de Fondos Administradoras de Fondos Seguridad Laboral (IPS) Previsional (INP) de Cesantía (AFC) de Pensiones (AFP) A d m i n Centros de Atención Previsional Integral i s t Servicio descentralizado que se vincula con la r Transmisión de datos Presidencia a través de la Subsecretaría de Previsión a Rol fiscalizador Social y el Ministerio del Trabajo d o Rol asesor y el Superintendente actúa r como secretario ejecutivo Rol asesor e s 25
  • 26. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 3. Equidad de Género Bonificación por Hijo para Las Mujeres: Se otorgará un bono por cada hijo nacido vivo, equivalente a 18 meses de cotizaciones previsionales calculadas al 10% sobre un salario mínimo. El bono se capitalizará anualmente utilizando una tasa de interés equivalente a la rentabilidad nominal anual promedio de todos los fondos tipo C de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Preguntas Frecuentes: 10.- ¿Quiénes tienen derecho a percibir una bonificación por cada hijo nacido vivo? La mujer que cumpla con el requisito de residencia, y que sólo se encuentre afiliada al sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500, de 1980, o sea beneficiaria de una pensión básica solidaria de vejez o que, sin ser afiliada a un régimen previsional, perciba una pensión de sobrevivencia. 26
  • 27. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 3. Equidad de Género 11. ¿Cómo se transferirá el bono a cada beneficiaria? Para hacer efectiva la bonificación, las beneficiarias deberán solicitarla al Instituto de Previsión Social (IPS), quien determinará su monto. Según sea el caso, el bono se integrará según las siguientes modalidades: a) A la mujer afiliada al sistema del decreto ley N° 3.500, de 1980, se le enterará la bonificación en la cuenta de capitalización individual, en el mes siguiente a aquel en que cumpla los 65 años de edad. b) A la mujer beneficiaria de PBS de vejez, el IPS le calculará una pensión autofinanciada, considerando como su saldo las bonificaciones que le correspondan. El resultado de este cálculo se sumará a su PBS. c) A la mujer que perciba una pensión de sobrevivencia, que se origine del sistema del decreto ley N° 3.500 o que sea otorgada por el INP, se procederá a incorporar la o las bonificaciones, en la misma forma indicada en la letra b) precedente. En este caso, el monto resultante se sumará al APS que le corresponda. 27
  • 28. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 3. Equidad de Género La Separación por género del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia mejorará sus pensiones. En caso de divorcio o nulidad, se autorizará la división del saldo acumulado de la cuenta individual del cónyuge que deba hacer compensación económica. Se iguala en 65 años la edad máxima de cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia para hombres y mujeres. Se crea la figura del Afiliado Voluntario. Se incluye como beneficiario de pensión de sobrevivencia generada por la mujer a su cónyuge hombre y al padre de hijos de filiación no matrimonial soltero que viva a expensas de la causante de pensión. La remuneración mínima imponible para efectos de seguridad social de los trabajadores de casa particular, no podrá ser inferior a un ingreso mínimo mensual para jornadas completas, o proporcional a la pactada, si fuese inferior. 28
  • 29. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 4. Mayor cobertura para Trabajadores Independientes Se iguala su situación de derechos y obligaciones previsionales respecto de los trabajadores dependientes. Los trabajadores independientes tendrán acceso a todos los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias, a la Asignación Familiar y podrán afiliarse a las Cajas de Compensación. Los trabajadores independientes tendrán acceso a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. 12.-¿Desde cuándo deberán cotizar los trabajadores independientes? La obligación entrará en vigencia el 1° de enero de 2012, y se implementará gradualmente de acuerdo a un calendario en relación a la renta imponible La afiliación obligatoria se alcanzará plenamente en un período de 10 años desde hoy. 29
  • 30. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 5. Mayor cobertura para Trabajadores Jóvenes Se crea un Subsidio a las cotizaciones efectivas: Se aplicará para las primeras 24 cotizaciones de los trabajadores jóvenes, entre 18 y 35 años, de ingresos inferiores a 1,5 veces el salario mínimo. Estará constituido por dos tipos de aportes: a) Un subsidio a la contratación, equivalente a un 50% de la cotización de un salario mínimo, y b) Un aporte directo a la cuenta de capitalización individual por el mismo monto. Trabajadores jóvenes que perciban el salario mínimo alcanzarán una cotización total de 15% de su remuneración y un incentivo a la contratación de un 5% de su salario. Para un joven que pasa a la formalidad implica un aumento en su pensión mensual de $ 26.000. Se estima que para el año 2009 existirán unos 300 mil beneficiarios de este subsidio. 30
  • 31. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 5. Mayor cobertura para Trabajadores Jóvenes 13. ¿Cómo se obtiene el subsidio previsional para trabajadores jóvenes? Se dispondrá a requerimiento del empleador o del propio trabajador, ante el IPS, organismo que determinará su monto y estará encargado de su pago. En todo caso, el pago del subsidio para los empleadores sólo se verificará respecto de aquellos meses en que el empleador entere las cotizaciones de seguridad social correspondientes al respectivo trabajador, dentro de los plazos legales. 14. ¿Desde cuándo regirán tales subsidios? Los empleadores tendrán derecho al subsidio estatal mensual, por los trabajadores que tengan entre 18 años y 35 años de edad, a contar del 1 de octubre 2008, y el subsidio que se integrará directamente a la cuenta de capitalización individual de los trabajadores jóvenes regirá a partir del 1 de julio de 2011. 31
  • 32. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 6. Mayor competencia, gobiernos corporativos en el sistema de AFP y mayor rentabilidad de los Fondos. Licitación de los nuevos afiliados. Eliminación de comisiones fijas por cotización, retiros y por transferencia de saldo. Subcontratación de Funciones Se separa de las AFP la administración del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Gobiernos Corporativos: en Directorios de las AFPs y en Directorios de Sociedades Anónimas votados por AFPs Asesoría Previsional Se amplían las alternativas de inversión en Chile y en el exterior, esto permitirá alcanzar mejores pensiones para los afiliados a las AFP. Se establece un régimen de inversión de los Fondos de Pensiones. Se crea el Consejo Técnico de Inversiones (CTI) Un 1% de rentabilidad a lo largo de la vida activa aumenta en un 20% el monto de la pensión. 32
  • 33. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos 7. Compromisos Fiscales Esta es la reforma social realizada en gobiernos de la Concertación de mayor envergadura en materia fiscal. En esta Administración el efecto financiero de la Reforma estimado para el período 2008-2010 alcanza a alrededor de 1.500 millones de dólares. En régimen, hacia el año 2025, el gasto efecto financiero adicional para dicho año generado por la reforma supera los 3.000 millones de dólares. Se velará por la transparencia y sostenibilidad del sistema de pensiones, mediante el diseño de un régimen presupuestario que de cuenta de los compromisos fiscales, transitorios y permanentes, con el sistema previsional. A partir de la promulgación de la Ley de Responsabilidad Fiscal, se ha creado el Fondo de Reserva de Pensiones para hacer frente a los compromisos previsionales futuros. 33
  • 34. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos III.- Algunos Aspectos Destacados de la Reforma Previsional La Reforma busca eliminar la pobreza entre los adultos mayores y los inválidos. Elimina la discriminación de género al interior del sistema de pensiones: Si hubiese seguido la situación actual más de un 90% de las mujeres no hubieran tenido acceso a la pensión mínima Con la PBS desaparecen los requisitos de número de años de cotizaciones. La PBS protege a las mujeres del 60% de los hogares de menores ingresos. La PBS es un derecho individual. Un mismo hogar puede contar con dos PBS ($150.000), más las bonificaciones por hijo. Las bonificaciones por hijo representarán en régimen un efecto sobre la pensión final superior al 20% en el caso de mujeres que coticen 10 años por el salario mínimo y tengan dos hijos. 34
  • 35. GOBIERNO DE CHILE Ministerio de Hacienda Dirección de Presupuestos III.- Algunos Aspectos Destacados de la Reforma Previsional Rentabilidad: Si el conjunto de medidas destinadas a incrementar la rentabilidad de los fondos de pensiones logra un efecto sostenido de tan sólo 0.5% el monto de las pensiones finales aumentará en más de 10%. La eliminación de la Comisión Fija implica un aumento de las pensiones estimado cercano a 4%. 35