SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 181
MATERIA DE FINANZAS
PÚBLICAS

OCTUBRE 2013 A FEBRERO 2014
A FEBRERO DEL 2014, CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA CURS
Resultado Asignatura

Estrategias

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

01.02.- Las entidades públicas y su
conformación

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

01.03.- Funcionamiento de las entidades
públicas

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

01.04.- La estructura del Estado

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

DISCUSIÓN

01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la
Administración financiera

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

01.06.- Concepto, objetivos y principios del
Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector
del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

01.08.- Componentes del sistema

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

01.09.- Financiamiento de las entidades Públicas
(Las finanzas públicas, los tributos: impuestos,
tasas y contribuciones; y, el endeudamiento, la
inflación, Otros Ingresos)

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

01.10.- Política Fiscal

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

01.11.- Política Económica

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.01.- Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

02.02.- Etapas de Programación y Elaboración del
Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo
(Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones
generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja)

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones

TALLER

Concepto

Ambiente

Recursos

US

AULA DE
CLASE

PROYECTOR

OF

01.- El Estado, Administracion Financiera y su
Financiamiento

01.01.- Introducción

CONTROLES
DE
LECTURA
CONTROLES
DE
LECTURA
CONTROLES
DE
LECTURA

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL
SECTOR PÚBLICO
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS
TEXTO

OF
02.04.- La Aprobación del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.05.- Ejecución del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.06.- Seguimiento (Control)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.07.- Evaluación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.08.- Reformas al presupuesto

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones.

TRABAJOS EN
GRUPOS

02.09.- Clausura y Liquidación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

03.01.- Planificación del desarrollo; de la
política; y, generalidades

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

03.02.- Entidades del sistema; Concejo
Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación
de los Gobiernos autónomas descentralizados.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

03.03.- Información para la planificación; Plan
Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y
ordenamiento territorial y, Instrumentos
complementarios.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE
AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS
FOLLETO

OF

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN
PÚBLICA.
AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

AULA DE
CLASE

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES
ESPECÍFICOS OF

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

MATERIALES OF
ESPECÍFICOS

To
CONTENIDO DEL SYLLABUS DEL PERIODO ACADÉMICO OCTUBRE DEL 2013 A FEBRERO DEL 2014
CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA CURSO 7C2
01.- El Estado, Administracion Financiera y su
Financiamiento
Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

PROYECTOR

OF

01.02.- Las entidades públicas y su
conformación

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.03.- Funcionamiento de las entidades
públicas

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.04.- La estructura del Estado

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

DISCUSIÓN

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.01.- Introducción
01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la
Administración financiera

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.06.- Concepto, objetivos y principios del
Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector
del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.08.- Componentes del sistema

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.09.- Financiamiento de las entidades Públicas
(Las finanzas públicas, los tributos: impuestos,
tasas y contribuciones; y, el endeudamiento, la
inflación, Otros Ingresos)

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.10.- Política Fiscal

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.11.- Política Económica

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.01.- Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.02.- Etapas de Programación y Elaboración
del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo
(Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones
generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja)

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones

TALLER

AULA DE CLASE

TEXTO

OF

02.04.- La Aprobación del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.05.- Ejecución del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.06.- Seguimiento (Control)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.07.- Evaluación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.08.- Reformas al presupuesto

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

FOLLETO

OF

02.09.- Clausura y Liquidación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.01.- Planificación del desarrollo; de la
política; y, generalidades

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.02.- Entidades del sistema; Concejo
Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de
los Gobiernos autónomas descentralizados.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

03.03.- Información para la planificación; Plan
Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y
ordenamiento territorial y, Instrumentos
complementarios.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL
SECTOR PÚBLICO

03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN
PÚBLICA.

OF
gasto como de la inversión
pública.

To
CONTENIDO DEL SYLLABUS DEL PERIODO ACADÉMICO OCTUBRE DEL 2013 A FEBRERO DEL 2014
CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA (CPA)
CURSO 7C3
01.- El Estado, Administracion Financiera y su
Financiamiento
Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

PROYECTOR

OF

01.02.- Las entidades públicas y su
conformación

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.03.- Funcionamiento de las entidades
públicas

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.04.- La estructura del Estado

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

DISCUSIÓN

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la
Administración financiera

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.06.- Concepto, objetivos y principios del
Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector
del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.08.- Componentes del sistema

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.09.- Financiamiento de las entidades Públicas
(Las finanzas públicas, los tributos: impuestos,
tasas y contribuciones; y, el endeudamiento, la
inflación, Otros Ingresos)

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.10.- Política Fiscal

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.11.- Política Económica

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.01.- Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.02.- Etapas de Programación y Elaboración
del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo
(Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones
generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja)

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones

TALLER

AULA DE CLASE

TEXTO

OF

02.04.- La Aprobación del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.05.- Ejecución del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las

TRABAJOS EN

AULA DE CLASE

MATERIALES

OF

01.01.- Introducción

02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL
SECTOR PÚBLICO
etapas del ciclo presupuestario.

GRUPOS

02.06.- Seguimiento (Control)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

ESPECÍFICOS
MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.07.- Evaluación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.08.- Reformas al presupuesto

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

FOLLETO

OF

02.09.- Clausura y Liquidación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.01.- Planificación del desarrollo; de la
política; y, generalidades

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.02.- Entidades del sistema; Concejo
Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación
de los Gobiernos autónomas descentralizados.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

03.03.- Información para la planificación; Plan
Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y
ordenamiento territorial y, Instrumentos
complementarios.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN
PÚBLICA.

OF

To

CONTENIDO DEL SYLLABUS DE FINANZAS PÚBLICAS DEL PERIODO ACADÉMICO OC
A FEBRERO DEL 2014, CARRERA: INGENIERIA EN ECONOMÍA
CUR
Concepto

Resultado Asignatura

Estrategias

Ambiente

Recursos

US

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

PROYECTOR

OF

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.- El Estado, Administracion Financiera y su
Financiamiento
01.01.- Introducción

01.02.- Las entidades públicas y su
conformación
pública.
01.03.- Funcionamiento de las entidades
públicas

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.04.- La estructura del Estado

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

DISCUSIÓN

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la
Administración financiera

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.06.- Concepto, objetivos y principios del
Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector
del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.08.- Componentes del sistema

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.09.- Financiamiento de las entidades

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.10.- Política Fiscal

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.11.- Política Económica

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.01.- Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.02.- Etapas de Programación y Elaboración

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion)

02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo
(Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones
generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja)

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones

TALLER

AULA DE CLASE

TEXTO

OF

02.04.- La Aprobación del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.05.- Ejecución del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.06.- Seguimiento (Control)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.07.- Evaluación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.08.- Reformas al presupuesto

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

FOLLETO

OF

02.09.- Clausura y Liquidación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.01.- Planificación del desarrollo; de la
política; y, generalidades

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.02.- Entidades del sistema; Concejo

Valora con adecuado criterio la

TRABAJOS EN

AULA DE CLASE

MATERIALES

Públicas (Las finanzas públicas, Los tributos: Impuestos,
tasas y contribuciones; y, El endeudamiento, la Inflación,
Otros Ingresos)

02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL
SECTOR PÚBLICO

03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN
PÚBLICA.
Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de
los Gobiernos autónomas descentralizados.

calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

GRUPOS

03.03.- Información para la planificación; Plan
Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y
ordenamiento territorial y, Instrumentos
complementarios.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

ESPECÍFICOS

OF

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

To

CONTENIDO DEL SYLLABUS DE FINANZAS PÚBLICAS DEL PERIODO ACADÉMICO OC
A FEBRERO DEL 2014, CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA CU
SEMIPRESENCIAL
Resultado Asignatura

Estrategias

Ambiente

Recursos

US

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

PROYECTOR

OF

01.02.- Las entidades públicas y su
conformación

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.03.- Funcionamiento de las entidades
públicas

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.04.- La estructura del Estado

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

DISCUSIÓN

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la
Administración financiera

Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

LECTURAS
GRUPALES E
INDIVIDUALES

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.06.- Concepto, objetivos y principios del
Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector
del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.08.- Componentes del sistema

Conoce el marco institucional
del sector público en el Ecuador.

CONTROLES DE
LECTURA

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.09.- Financiamiento de las entidades

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

Concepto
01.- El Estado, Administracion Financiera y su
Financiamiento
01.01.- Introducción

Públicas (Las finanzas públicas, Los tributos: Impuestos,
tasas y contribuciones; y, El endeudamiento, la Inflación,
Otros Ingresos)
01.10.- Política Fiscal

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

01.11.- Política Económica

Identifica las políticas
económica, social y fiscal del
sector público y como se
financia el Estado.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.01.- Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

CONFERENCIA
MAGISTRAL

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.02.- Etapas de Programación y Elaboración

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion)

02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo
(Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones
generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja)

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones

TALLER

AULA DE CLASE

TEXTO

OF

02.04.- La Aprobación del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.05.- Ejecución del Presupuesto

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.06.- Seguimiento (Control)

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.07.- Evaluación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.08.- Reformas al presupuesto

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

FOLLETO

OF

02.09.- Clausura y Liquidación

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.01.- Planificación del desarrollo; de la
política; y, generalidades

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.02.- Entidades del sistema; Concejo
Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de
los Gobiernos autónomas descentralizados.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

03.03.- Información para la planificación; Plan
Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y
ordenamiento territorial y, Instrumentos
complementarios.

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

TRABAJOS EN
GRUPOS

AULA DE CLASE

MATERIALES
ESPECÍFICOS

OF

02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL
SECTOR PÚBLICO

03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN
PÚBLICA.

OF

To

UNIVERSIDAD TECNICA DEL NORTE
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS
CARRERA: INGENIERIA COMERCIAL

MODALIDAD: PRESENCIAL

SYLLABUS PROGRAMA DE FINANZAS PÚBLICAS
I. INFORMACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA, MÓDULO O CURSO:
1.1. Nombre de la Asignatura:
FINANZAS PÚBLICAS

1.3. Código:
CICOM-00056

1.2. Período Académico:
Abril a Agosto 2013

1.4. Nº de créditos (C) y su equivalencia en horas
presenciales (HP) y horas autónomas (HA):
C: 4
HP: 64
HA: 64

1.6. Prerrequisitos:

1.8 Eje de formación:
Humanístico:
( )

1.5. Semestre o
nivel:
7MO. SEMESTRE A1

1.7 Correquisitos:
Técnicas de Negociación

Básico:

( )

1.9 Nombre del profesor:
ING. COM. Víctor Manuel Zea Zamora. MSc

Profesional:

(X)

Optativo:

( )

1.10 Correo electrónico:
zeavictor@yahoo.es

II. CARACTERIZACIÓN DE LA ASIGNATURA:
2.1. DESCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA, MÓDULO O CURSO.
El curso de la materia de finanzas públicas es importante para el estudiante de ingeniería comercial
por cuanto le permite tener conocimientos básicos relativos de la administración financiera pública,
la forma como se financia el Estado, la política fiscal, la política económica y social; el presupuesto
del sector público permitiéndole comprender con casos prácticos la distribución de los recursos, la
recaudación y problemática de los ingresos y los gastos públicos; la planificación y la inversión
pública; siempre aplicando las normas legales para la toma de decisiones.
Constituyendo la asignatura de finanzas públicas una materia importante en la formación profesional
del ingeniero comercial para que pueda desempeñarse eficientemente en el campo de sus
competencias.

2.2. OBJETIVO(S) DE LA ASIGNATURA
1. Desarrollar conocimientos básicos de las finanzas públicas.
2. Conocer el marco institucional del sector público en el Ecuador.
3. Identificar la política económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado.
4. Aplicar criterios y habilidades esenciales para el manejo del ciclo presupuestario.
5. Formular el presupuesto público participativo y la toma de decisiones.
6. Valorar la calidad de la planificación y de la inversión pública vinculada con el desarrollo del
Estado.
2.3. RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN:
RESULTADOS DE
APRENDIZAJE

Evidencias
(Producto,
desempeño,
conocimiento)

Estrategias de Evaluación
Criterios y
Técnicas e
niveles de logro
Instrumentos

Puntaje ponderado
1º
parcial

2º
parcial

T
Desarrolla adecuadamente los
conocimientos básicos de la
administración financiera
pública.

Conoce el marco institucional del
sector público en el Ecuador.

Conocimiento
Comprende la
importancia de
las finanzas
públicas, por
medio de las
políticas fiscal y
económica.
Conocerá el
marco jurídico
que se aplica
en las finanzas

Muy buen manejo
de las normas
vigentes para
cumplir con el
manejo financiero

Muy buen manejo
de la
Constitución, y
leyes.

- Pruebas de
conocimiento
(cuestionario)
9
- Trabajos
individual y en
grupo

Identifica la política económica,
social y fiscal del sector público
y como se financia el Estado.

Aplica de forma adecuada las
etapas del ciclo presupuestario.

Identificará las
políticas
económica,
social y fiscal

Aplicación de los
procedimientos
administrativos y
las técnicas
financieras

1

Muy buen
conocimiento y
manejo de las
normas legales

Manejar
con
responsabilidad
las
normas
legales y los
procedimientos
administrativos
y financieros en
el desarrollo de
sus tareas

1

Muy buen manejo
de las poéticas y
del financiamiento
del Estado.

Manejar con
responsabilidad
las normas
legales en el
desarrollo de
sus tareas

9

Valora con adecuado criterio la
calidad de la planificación y del
gasto como de la inversión
pública.

Manejar
con
responsabilidad
las
normas
legales y los
procedimientos
administrativos
y financieros en
el desarrollo de
sus tareas.

NOTA FINAL

6

6

- Exposiciones
temáticas y
debates.

1

1

-trabajo en
grupo

2

2

- Taller

Formula el presupuesto público
participativo y la toma de
decisiones.

- Pruebas de
conocimiento
(cuestionario)

1

1

10

20

Muy buen
conocimiento y
manejo de las
normas legales y
la aplicación de
los
procedimientos
administrativos y
las técnicas
financieras.
10

2.4. PROGRAMACIÓN DEL SYLLABUS:
Objetivo Educacional de la asignatura: Suministrar a los estudiantes los elementos cognitivos, prácticos y
valorativos, que les permita entender y manejar las finanzas públicas dentro de las normas legales y de los
procedimientos técnicos y prácticos en los aspectos básicos, presupuestario y de planificación.
Fechas

Resultados de
aprendizaje de la
asignatura

Contenidos

Estrategias de
aprendizaje

Dedicación en horas
semanales
Presencial.
T

2

%
ACUMUL.
HS.
PRESENCIA
LES

Autónoma

Bibliografía Básica y
recomendada

P

19

%
HS.
PRESENCIALES

1. El Estado, Administración Financiera y su
1ª. Semana

2ª. Semana

Desarrolla
adecuadamente
los
conocimientos
básicos de la
administración
financiera
pública.

3ª. Semana

Conocerá el
marco
institucional del
sector público en
el Ecuador.

Financiamiento
1.1. Introducción

1.2. Las entidades públicas y su conformación

1.3. Funcionamiento de las entidades públicas
1.4. La estructura del Estado
1.5. Fases, objetivos y fundamentos de la
Administración financiera
1.6. Concepto, objetivos y principios del Sistema
Nacional de Finanzas Públicas SINFIP
1.7. Deberes y atribuciones del ente rector del
Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP
1.8. Componentes del sistema
1.9. Financiamiento de las entidades Públicas
1.9.1. Las finanzas públicas

4ª. Semana

5ª. Semana

Identificará la
política
económica,
social y fiscal del
sector público y
como se financia
el Estado.

6ª. Semana

1.9.2. Los tributos: Impuestos, tasas y contribuciones
1.9.3. El endeudamiento, la Inflación, Otros Ingresos
1.10. Política Fiscal
1.11. Política Económica
1.12. Evaluación

Evaluación diagnostica
Conferencia magistral
Lecturas individuales y
discusión
Lecturas individuales y
discusión
Discusión
Lecturas individuales y
discusión

21

2

2

3,13

3,13

Constitución de la República

1

1

1,56

4,69

1

1

1,56

6,25

3
1

4,69
1,56

10,94
12,50

Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD)
Clasificador Presupuestario de
Ingresos del Sector P úblico.
www.finanzas.gob.ec

1
1

2

Controles de lectura

1

1

1,56

14,06

Controles de lectura

1

1

1,56

15,62

Controles de lectura

1

1

1,56

17,18

Trabajo en grupo
exposiciones y debate
Trabajo en grupo
exposiciones y debate
Trabajo en grupo
exposiciones y debate
Trabajo en grupo
exposiciones y debate
Trabajo en grupo
exposiciones y debate
Cuestionario cerrado

2

2

3,13

20,31

3

3

4,69

25,00

2

3

3,13

28,13

1

1

1,56

29,69

1

1

1,56

31,25

1,56

32,81

33
1

1,56

34,37

1

1

1,56

35,93

2

2

3,13

39,06

1

2. EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL
SECTOR PÚBLICO
2.1. Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas
2.2. Etapas de Programación y Elaboración del Ciclo
Presupuestario
2.2.1Programación
7ª. Semana

2.2.2. Elaboración

Aplica de forma
adecuada las

2.3. Desarrollo de un presupuesto completo

Conferencia magistral

Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate

16
1

17

Constitución de la República
etapas del ciclo
presupuestario
8ª y 9ª.
Semana
10ª. Semana
11ª. Semana Formulará

1

2.3.2. Los Egresos
2.3.3. Disposiciones generales

2.6. Ejecución del Presupuesto
2.7. Control
2.8. Evaluación
2.9. Reformas al presupuesto
14ª. Semana

4

4,69

43,75

Taller de presupuesto

2

8

11

15,63

59,38

Taller de presupuesto

1

1

2

3,13

62,51

1
4

1
4

2.10. Clausura y Liquidación
2.11 Evaluación
3. LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA.

1
1

1

1,56
6,25
1,56
1,56

1

1

1,56

75,00

1

1

1,56

76,56

1

1

1,56

78,12

2

3,13

81,25

1

1,56

82,81

1,56

84,37

Taller de presupuesto
Taller de presupuesto
Cuestionario cerrado
Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate
Cuestionario cerrado

1

3.1. Planificación del desarrollo; de la política; y, Trabajo en grupo
generalidades
exposición y debate
3.2. Entidades del sistema; Concejo Nacional;
Coordinación; y, Concejos de planificación de los
Gobiernos autónomas descentralizados.
3.3. Información para la planificación; Plan Nacional
de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento
territorial y, Instrumentos complementarios.
3.4. Inversión Pública y sus Instrumentos
3.5. Evaluación

Trabajo en grupo
exposición y debate
Trabajo en grupo
exposición y debate

1

1
1
9

Valorar con
adecuado criterio
la calidad de la
15ª. Semana
planificación y del
gasto como de la
16ª. Semana inversión pública

Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD)
Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas.
Clasificador de Ingresos y de gastos
del Sector Público

64,07
70,32
71,88
73,44

2.3.1. Los Ingresos

el
2.3.4. Fondos Ajenos
presupuesto
12ª. Semana
2.3.5. Flujo de Caja
público
participativo y la 2.4. Evaluación
toma
de
2.5. La Aprobación del Presupuesto
decisiones.

13ª. Semana

2

Taller de presupuesto

1

10
3,13

2

Trabajo en grupo
exposición y debate

44

4

4,69

95,32

3,12

98,45
100,00

1

TOTAL

90,63

1,56

2

Cuestionario cerrado

1

3,13

2

2

87,50

2
2

2

20

64

Constitución de la República
Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas
.
2.5 TEXTOS Y OTRAS REFERENCIAS REQUERIDAS:
CONSTITUCIÓN de la República del Ecuador, Registro Oficial No. 449, 20 octubre de 2008
CÓDIGO Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Segundo Suplemento Registro Oficial Mo.
306, 22 de octubre de 2010
CÓDIGO Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y descentralización Territorial, Suplemento
Registro Oficial No. 303, 19 de octubre de 2010,
CÓDIGO Tributario, Codificado, Suplemento Registro Oficial No. 38, 14 de junio de 2005.
CLASIFICADOR Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público, Suplemento Registro Oficial
No. 273, 7 septiembre 2010 y actualizaciones.
CÓRDOBA PADILLA, Marcial. Finanzas Públicas: Soporte para el desarrollo del estado. Año 2009
www.finanzas.gob.ec/?p=3853/legislacion-y-normativa

2.6 RECURSOS NECESARIOS:
Capacidad del aula
Equipos audiovisuales
Videos
Laptop.

2.7 COMPROMISOS:
La clase se inicia a la hora establecida en el horario respectivo.
Los trabajos y tareas que indique el docente que corresponden a las actividades de autoestudio, deberán
presentarse en la fecha establecida, sin que exista la posibilidad de entrega en una segunda oportunidad.
Por ningún concepto, los estudiantes, pueden cambiar los horarios, abandonar las clases sin autorización
del docente, caso contrario serán objeto de sanción.
El docente revisará los trabajos enviados a los estudiantes y entregará las calificaciones. Una vez
devueltos a los estudiantes los deberes, pruebas, proyectos, etc., se tiene únicamente el plazo de 8 días
calendario para cualquier tipo de corrección o recalificación, posterior a esta fecha la nota no podrá ser
modificada.
El celular en las horas de clase, tanto para el docente como para los estudiantes deberá apagarse o en su
caso poner en modo vibración, para algún caso de emergencia; el estudiante solicitará autorización al
docente para su uso.

2.8 Breve currículum vitae del profesor:
Magíster en Gerencia Educativa, Ingeniero Comercial, Contador Público, Licenciado en Administración de
Empresas, Profesor Principal de la FACAE-UTN, experiencia docente de 27 años, Ex Asesor Económico
del Consorcio de Consejos Provinciales y Municipios del Norte del País, imparte las cátedras de Finanzas
Públicas, Finanzas Corporativas y Auditoría Administrativa, Dirección Técnica de Trabajos de Grado.

Fecha de aprobación del syllabus por el organismo competente: abril 8 de 2013.

.………………………………………..
Ing. Com. Víctor Zea Zamora NSc.
PROFESOR DE LA ASIGNATURA

…………………………………………………
Ing. Com. Marlon Pineda MSc.
COORDINADOR DE LA CARRERA
1. EL ESTADO ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y SU FINANCIAMIENTO
1.1. Introducción
ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN ANTONIO
CONCEJO MUNICIPAL
COMISIONES

ALCALDÍA

ASESORÍA JURÍDICA

AUDITORÍA INTERNA
REALACIONES PÚBLICAS

SECRETARÍA GENERAL
ARCHIVO

DIRECCIÓN FINANCIERA

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

PRESUPUESTO
CONTABILIDAD

TALENTO HUMANO

TESORERÍA

SISTEMAS PLANIFICACIÓN

AVALÚOS Y CATASTROS

CONTRATACIÓN PÚBLICA

RENTAS

SERVICIOS GENERALES Y
SERVICIOS

BODEGA

JUSTICIA POLICÍA Y
VIGILANCIA

DIRECCION, EDUCACION,
CULTURAY AMBIENTE

COMISARÍA

CULTURA

POLICÍA
MUNICIPAL

BIBLIOTECAS

DIRECCIÓN DE AGUA
POTABE Y
ALCANTARILLADO

DIRECCIÓN DE OBRAS
PÚBLICAS
MUNICIPALES
CONSTRUCCIONES

AGUA POTABLE
PRESUPUESTO Y
FISCALIZACIÓN

ALCANTARILLADO

DEPORTE

MATENIMIEENTO Y
REPARACIÓN

AMBIENTE
TURISMO

1.2 LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y SU CONFORMACIÓN

MATENIMIEENTO Y
REPARACIÓN

OBRAS PÚBLICAS
PLANIFICACIÓN
ASEO PÚBLICO
Las entidades públicas son los organismos creados por la Constitución, Leyes y Acuerdos y Estatutos,
cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad, de forma eficiente y efectiva, bajo la
responsabilidad de sus servidores, quienes se encuentran al servicio de la sociedad para solucionar
sus problemas y atender las obras y servicios que requieran. El conjunto de las entidades públicas
constituye el Estado.
DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO (CONSTITUCIÓN)
Art. 225.- El sector público comprende:
1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de
Transparencia y Control Social.
2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado.
- Los gobiernos regionales autónomos
- Los gobiernos provinciales
- Los gobiernos municipales
- El sistema público de registro de la propiedad
- Los gobiernos de los distritos metropolitanos autónomos
- Los gobiernos parroquiales rurales
3. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad
estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas
por el Estado.
4. Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados
para la prestación de servicios públicos.
VER CONSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 126 EN ADELANTE

VER CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y
DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD) Art. 285 al 293
1.3. Funcionamiento de las Entidades Públicas
Art. 226.- Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.
Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.
Art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios
de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, planificación, transparencia y evaluación.
Art. 228.- El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se
realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción
de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su
inobservancia provocará la destitución de la autoridad nominadora.
Art. 229.- Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a
cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector
público.
Los derechos de las servidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo
rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el
ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y
cesación de funciones de sus servidores.
Las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo.
La remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus
funciones, y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia.
Art. 230.- En el ejercicio del servicio público se prohíbe, además de lo que determine la ley:
1. Desempeñar más de un cargo público simultáneamente a excepción de la docencia universitaria
siempre que su horario lo permita.
2. El nepotismo.
3. Las acciones de discriminación de cualquier tipo.
El nepotismo seda hasta el cuarto grado de Consanguinidad y segundo de afinidad.
1. Consaguinidad
Horizontal o colateral

1ro. Padre e Hijo
2do. Hermanos
3ro. Tío Sobrino
4to. Primos

2. Afinidad

1ro. Esposa Suegros
2do. Cuñados

Constitución
Art. 231.- Las servidoras y servidores públicos sin excepción presentarán, al iniciar y al finalizar su
gestión y con la periodicidad que determine la ley, una declaración patrimonial jurada que incluirá
activos y pasivos, así como la autorización para que, de ser necesario, se levante el sigilo de sus
cuentas bancarias; quienes incumplan este deber no podrán posesionarse en sus cargos. Los
miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional harán una declaración patrimonial adicional, de
forma previa a la obtención de ascensos y a su retiro.
La Contraloría General del Estado examinará y confrontará las declaraciones e investigará los casos
en que se presuma enriquecimiento ilícito. La falta de presentación de la declaración al término de las
funciones o la inconsistencia no justificada entre las declaraciones hará presumir enriquecimiento
ilícito.
Cuando existan graves indicios de testaferrismo, la Contraloría podrá solicitar declaraciones similares
a terceras personas vinculadas con quien ejerza o haya ejercido una función pública.
Art. 232.- No podrán ser funcionarias ni funcionarios ni miembros de organismos directivos de
entidades que ejerzan la potestad estatal de control y regulación, quienes tengan intereses en las áreas
que vayan a ser controladas o reguladas o representen a terceros que los tengan.
Las servidoras y servidores públicos se abstendrán de actuar en los casos en que sus intereses entren
en conflicto con los del organismo o entidad en los que presten sus servicios.
Art. 233.- Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa,
civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos.
Las servidoras o servidores públicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados de las
instituciones del Estado, estarán sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado,
cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes
serán imprescriptibles y, en estos casos, los juicios se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de
las personas acusadas. Estas normas también se aplicarán a quienes participen en estos delitos, aun
cuando no tengan las calidades antes señaladas.
Art. 234.- El Estado garantizará la formación y capacitación continua de las servidoras y servidores
públicos a través de las escuelas, institutos, academias y programas de formación o capacitación del
sector público; y la coordinación con instituciones nacionales e internacionales que operen bajo
acuerdos con el Estado.
Art. 388.- El Estado destinará los recursos necesarios para la investigación científica, el desarrollo
tecnológico, la innovación, la formación científica, la recuperación y desarrollo de saberes ancestrales
y la difusión del conocimiento. Un porcentaje de estos recursos se destinará a financiar proyectos
mediante fondos concursables. Las organizaciones que reciban fondos públicos estarán sujetas a la
rendición de cuentas y al control estatal respectivo.
Art. 429.- La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de
administración de justicia en esta materia. Ejerce jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de Quito.
Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitución serán adoptadas por el
pleno de la Corte.

1.4 ESTRUCTURA DEL ESTADO
FUNCIÓN EJECUTIVA
Presidencia
Vicepresidencia

Secretaria Nacional de
Planificación y Desarrolló
Secretaría General de la
Administración Pública

Ministerio de
Coordinación de
Desarrollo Social

Ministerio
de
Coordinación de
Patrimonio

Ministerio de
Coordinación de
Sectores
Estratégicos

Ministerio de
Coordinación
de la Política

Ministerio de
Coordinación
de la Política
Económica

Ministerio de
Coordinación
de Seguridad

Ministerio de
Coordinación de
la Producción
empleo y
competitividad

Ministerio de
Educación

Ministerio
de
Ambiente

Ministerio de
Recursos
Naturales no
Renovables

Ministerio de
Relaciones
Exteriores,
Comercio e
Integración

Ministerio de
Finanzas

Ministerio de
Defensa
Nacional

Ministerio de
Industrias y
Productividad

Ministerio de
Salud Pública

Ministerio
de Cultura

Ministerio del
Interior

Ministerio de
Agricultura,
Ganadería,
Acuacultura y
Pesca

Ministerio de
Inclusión
Económica y
Social

Ministerio
de Deporte

Ministerio de
Telecomunicaciones y
sociedad de la
información
Ministerio de
Electricidad y
Energía
Renovable

Ministerio de
Desarrollo
Urbano y
Vivienda

Ministerio de
Justicia y
Derechos
Humanos y
Cultos

Ministerio
Coordinación
de Conicimiento
y Talento
Humano

Ministerio de
Turismo

Ministerio de
Transporte y
Obras Públicas

Ecorae

Ministerio de
Relaciones
Laborales

SECRETARÍAS DE ESTADO

Secretaría
Nacional de
Comunicación

Secretaría
Nacional del
Migrante

Secretaria
Nacional
de Gestión
de Riesgos

Secretaría de
Pueblos,
Movimientos
Sociales y
Participación
Ciudadana

Secretaría
Nacional de
Transparencia
de Gestión

Secretaría
Nacional
de
Inteligencia

Secretaria
de Gestión
Inmobiliari
a
del
Sector
Público

Secretaría
Nacional de
Ciencia
y
Tecnología

Secretar
ía
Nacional
del Agua
ESTRUCTURA DEL ESTADO
FUNCIONES DEL ESTADO
LEGISLATIVA

Asamblea
Nacional
Integra:
15 Nacionales
2 por cada
Provincia y 1 por
cada 200.000
habitantes que
supere los 150.000

EJECUTIVA

JUDICIAL Y JUSTICIA INDIGENA

Presidencia
y
Vicepresidencia

Corte Constitucional

2 Secretarias
Generales

8 Ministerios
coordinadores

20 Ministerios

7 Secretarias de
Estado

JUSTICIA ORDINARIA
CORTE NACIONAL DE JUSTICIA
- Cortes Provinciales
- Tribunales y Juzgados
- Juzgados de Paz
ORGANOS AUXILIARES:
- Martilladores y Depositarios
Judiciales.
Consejo de la Judicatura
- Órgano de Administración,
vigilancia y disciplina de la Función
Judicial
Medios Alternativos de Solución de
Conflictos (Arbitraje y Mediación)

JUSTICIA INDÍGENA

Defensoría Pública
Fiscalía General del Estado
Sistema de Protección de Victimas
y Testigos
Servicio Notarial
Rehabilitación Social

ENTIDADES AUTÓNOMAS
GOBIERNOS
AUTÓNOMOS
Y
DESCENTRALIZADOS
Y
REGIMENES
ESPACIALES

TRANSPARENCIA
YCONTROL SOCIAL

ELECTORAL

ENTIDADES
AUTÓNOMAS

Consejo
de
Participación
Ciudadana y Control
Social
Contraloría General del
Estado

Consejo
Electoral

Universidades
y
Escuelas Politécnicas

Región Autónoma
- Consejo Regional
- Gobernador Reg.

Consejos Electorales
Provinciales

IESS.

Gobiernos Provinciales
- Prefecto
- Vicepresidente
- Alcaldes y
representantes Juntas
Parroquiales Rurales

Tribunal Contencioso
Electoral

Comisión Trancito del
Guayas.

Concejo Cantonal
- Alcalde
- Concejales Urbanos y
Rurales
Distrito Metropolitano
- Alcalde, Concejo

Nacional

Control de la utilización
de los recursos estatales

Superintendencias
- Bancos, Compañías,
Telecomunicaciones, y;
Ambiente
Defensoría del Pueblo
- Protección y tutela de
los derechos de los
ciudadanos
Procuraduría General del
Estado
Se nombre de terna del
Presidente.
Org. Técnico Jurídico
autónomo

Juntas Parroquiales
- Presidente y
Miembros
IMPORTANCIA
La razón de ser del gobierno es proporcionar servicios fundamentales por medio de los diferentes
ministerios, a sus ciudadanos, por lo tanto las actividades financieras y de control deben estar
orientadas a proporcionar dichos servicios con eficiencia, efectividad y economía.
1.5 FASES, OBJETIVOS Y FUNDAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
FASES
La administración financiera identifica cuatro momentos, los cuales deben ser ampliamente conocidos
y dominados por los encargados de la gestión financiera del sector público; estos son:
1. Buscar las fuentes de financiamiento más ventajosas y hacer efectivo el flujo de fondos hacia la
entidad.
2. Asignar los recursos obtenidos de acuerdo a un plan de caja y en base a una determinación previa
de necesidades y prioridades.
3. Promover el aprovechamiento efectivo de los recursos asignados, haciéndolos producir, y.
4. Prever las fuentes de las que se obtendrán los recursos en el futuro.
OBJETIVOS
Los objetivos básicos de una buena administración financiera son:
1. Mostrar plenamente los resultados financieros de las actividades públicas.
2. Producir la información necesaria para dirigir los programas públicos.
3. Proporcionar resultados contables, veraces y significativos en los que puedan basarse la
formulación y ejecución presupuestaria y la toma de decisiones por parte de las autoridades
públicas y por los poderes del Estado.
4. Preparar clasificaciones consolidadas de las transacciones públicas para los fines contables,
presupuestario, informativos o de comparación con otras entidades.
REQUERIMIENTOS PARA UNA BUENA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (FUNDAMENTOS)
1. Que el ejecutivo y el legislativo la apoyen decididamente.

2. Una estructura y organización adecuada del sistema financiero con funciones y
responsabilidades claramente definidas.
3. Personal versado en las especialidades financieras, con la formación académica,
capacitación y experiencia.
4. Un sistema de contabilidad adecuado y eficiente.
5. Un sistema eficaz de control interno.
6. Un sistema eficaz de control de adquisiciones y
abastecimientos.
7. Una preparación y utilización efectiva de los informes financieros.
8. Una administración y control eficaces de la propiedad pública.
9. Una auditoría interna eficiente.
10. Una auditoría externa anual integral.
11. Una revisión constante del sistema financiero.

SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTROL
Concepto.- comprende la programación, organización, dirección, ejecución, coordinación y control de
los procesos siguientes: de presupuesto y crédito público, de determinación, recaudación, depósito,
inversión, compromiso, obligación, desembolso y recuperación de los recursos financieros públicos;
de registro contable de los recursos financieros y materiales; de preparación e interpretación de
informes financieros relacionados con los resultados de las operaciones, la situación financiera, los
cambios operados en ella y en el patrimonio; y comprende, finalmente, la evaluación interna y externa
de dichos procesos, por medio de la auditoría.
La Integración de las diferentes etapas del proceso financiero con las actividades del control,
constituyen una imperiosa necesidad, tanto porque unas y otras forman parte del proceso
administrativo, como por que el control es imprescindible herramienta de gerencia.
Con la importancia del sector público y el aumento de servicios y actividades que le corresponde
desarrollar en un mundo moderno y el consecuente incremento de nuevas organizaciones para cumplir
objetivos y lograr el bienestar colectivo con recursos administrativos dinámicos y efectivos, la referencia
financiera ha tomado un rol de gran importancia, ya que de ella depende la calidad de la información y
la asesoría en el campo financiero, para la gerencia general. La máxima autoridad o titular de cada
entidad pública, necesita contar con una gerencia financiera moderna y eficaz que apoye las
actividades y decisiones ejecutivas.

Componentes.- Son componentes de un sistema integrado de administración
financiera en cada entidad los siguientes:
Política y programación fiscal,
Ingresos,
Presupuesto,
Endeudamiento público,
Contabilidad gubernamental y
Tesorería.
Elementos básicos.

2.
3.
4.
5.
6.
7.

1. Un sistema integrado de administración financiera que permita la aplicación de criterios
uniformes en todos los niveles y el desarrollo de las actividades en forma coordinada
Una adecuada delimitación de funciones financieras.
Personal financiero idóneo
Clara delimitación de la autoridad y la responsabilidad financiera
Un sólido sistema de control interno que incluya una unidad independiente de auditoría interna.
Documentos y registros apropiados
Información financiera útil, adecuada y oportuna.

Finalidad.
La finalidad es establecer, poner en funcionamiento y mantener en las entidades y organismos del
sector público un conjunto de normas y procedimientos que integren y coordinen la gerencia financiera
para lograr un empleo eficiente, efectivo y económico de los recursos humanos, materiales y
financieros.
Organización de la Administración Financiera
Cada entidad y organismo del sector público diseñará e implantará, con arreglo a las disposiciones de
la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, procedimientos e instructivos para su
administración financiera, adaptados a sus necesidades particulares, a fin de proveer con oportunidad
de la información necesaria para la adopción de decisiones.
Organización de la unidad financiera.- En cada entidad y organismo se establecerá una sola unidad
administrativa responsable de su gestión financiera total.
La unidad financiera será organizada según las características y necesidades de la entidad u
organismo respectivo y dependerá directamente de la alta dirección.
Una gerencia financiera eficaz debe basarse en una adecuada organización estructural y funcional,
por ello, es preferible ubicar a todas las unidades y funciones financieras bajo la dirección de un gerente
financiero que dependa del máximo ejecutivo de la entidad. Dicho gerente financiero puede llamarse
Director Financiero, Jefe Financiero o adoptar otra denominación similar. De el dependen el sistema
financiero con los subsistemas: contabilidad, presupuesto, tesorería, bodega y otros que se requieran.
Requisitos de la administración financiera.- La administración financiera de cada entidad y organismo
contará con un sólido control interno sustentado en una organización eficiente, separación de funciones
incompatibles, personal idóneo, facultades y obligaciones definidas, documentación, registros y
procesos que generen información apropiada
Personal de la unidad financiera.- La unidad financiera estará servida por personal que reúna los
requisitos mínimos establecidos para tal efecto, personal que estará sujeto a evaluación periódica con
respecto a su calidad y ética profesional.
1.6. CONCEPTO, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS
PÚBLICAS SINFIP
Concepto

El SINFIP comprende el conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades,
registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público, deben realizar con
el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamiento públicos,
con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en esta Ley.
Todas las entidades, instituciones y organismos comprendidos en los artículos 225, 297 y 315
de la Constitución de la República se sujetarán al SINFIP, en los términos previstos en este
código, sin perjuicio de la facultad de gestión autónoma de orden administrativo, económico,
financiero, presupuestario y organizativo que la Constitución o las leyes establecen para
determinadas entidades.
Art. 71.- Rectoría del SINFIP.- La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente
de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que
será el ente rector del SINFIP.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Art. 72.- Objetivos específicos del SINFIP.- El SINFIP tendrá como objetivos específicos los
siguientes:
1.

La sostenibilidad, estabilidad y consistencia de la gestión de las finanzas públicas;

2.

La efectividad de la recaudación de los ingresos públicos;

3.

La efectividad, oportunidad y equidad de la asignación y uso de los recursos públicos;
4.

La sostenibilidad y legitimidad del endeudamiento público;

5.

La efectividad y el manejo integrado de la liquidez de los recursos del sector público;

6.

La gestión por resultados eficaz y eficiente;

7.

8.

La adecuada complementariedad en las interrelaciones entre las entidades y
organismos del sector público y, entre éstas y el sector privado; y,
La transparencia de la información sobre las finanzas públicas.

PRINCIPIOS DEL SISTEMA

Art. 73.- Principios del SINFIP.- Los principios del SINFIP son: legalidad, universalidad, unidad,
plurianualidad, integralidad, oportunidad, efectividad, sostenibilidad, centralización normativa,
desconcentración y descentralización operativas, participación, flexibilidad y transparencia.

1.7. DEBERES

Art. 74.- Deberes y atribuciones del ente rector del SINFIP.- El ente rector del SINFIP, como
ente estratégico para el país y su desarrollo, tiene las siguientes atribuciones y deberes, que
serán cumplidos por el Ministro(a) a cargo de las finanzas públicas:
1.

Formular y proponer, para la aprobación del Presidente o Presidenta de la República, los
lineamientos de política fiscal inherentes a los ingresos, gastos y financiamiento, en
procura de los objetivos del SINFIP;

2.

Ejecutar la política fiscal aprobada por el Presidente o Presidenta de la República;

3.

Precautelar el cumplimiento de los objetivos de política fiscal prevista en la Constitución
de la República y las leyes, en el ámbito de su competencia;

4.

Analizar las limitaciones, riesgos, potencialidades y consecuencias fiscales que puedan
afectar a la sostenibilidad de las finanzas públicas y a la consistencia del desempeño
fiscal e informar al respecto a las autoridades pertinentes de la función ejecutiva;

5.

Acordar y definir con el ente rector de la Planificación Nacional las orientaciones de
política de carácter general, de cumplimiento obligatorio para las finanzas públicas;

6.

Dictar las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos, glosarios
y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector
público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y sus componentes;

7.

Organizar el SINFIP y la gestión financiera de los organismos, entidades y dependencias
del sector público, para lograr la efectividad en la asignación y utilización de los recursos
públicos;

8.

Formular y actualizar la programación fiscal plurianual y anual;

9.

Formular la proforma del Presupuesto General del Estado, y ponerla a consideración de
la Presidenta o Presidente de la República, junto con la Programación Presupuestaria
Cuatrianual y el límite de endeudamiento, en los términos previstos en la Constitución de
la República y en este código, previa coordinación con la institucionalidad establecida
para el efecto;
10.

Aumentar y rebajar los ingresos y gastos que modifiquen los niveles fijados en el
Presupuesto General del Estado hasta por un total del 15% respecto de las cifras
aprobadas por la Asamblea Nacional. En ningún caso esta modificación afectará los
recursos que la Constitución de la República y la Ley asignen a los Gobiernos Autónomos
Descentralizados;

11.

Dictar de manera privativa las políticas, normas y directrices respecto a los gastos
permanentes y su gestión del Presupuesto General del Estado;

12. Coordinar con otras entidades, instituciones y organismos nacionales e internacionales
para la elaboración de estudios, diagnósticos, análisis y evaluaciones relacionados con
la situación fiscal del país;
13.

Requerir a las entidades, instituciones, organismos y personas de derecho público y/o
privado, la información sobre la utilización de los recursos públicos; en coordinación con
la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo;

14.

Participar y asesorar en la elaboración de proyectos de ley o decretos que tengan
incidencia en los recursos del Sector Público;

15. Dictaminar en forma previa, obligatoria y vinculante sobre todo proyecto de ley, decreto,
acuerdo, resolución, o cualquier otro instrumento legal o administrativo que tenga
impacto en los recursos públicos o que genere obligaciones no contempladas en los
presupuestos del Sector Público no Financiero, exceptuando a los Gobiernos Autónomos
Descentralizados. Las Leyes a las que hace referencia este numeral serán únicamente
las que provengan de la iniciativa del Ejecutivo en cuyo caso el dictamen previo tendrá
lugar antes del envío del proyecto de ley a la Asamblea Nacional;
16. Celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta
de la República, los contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto
los que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de
sus competencias;
17. Dictaminar obligatoriamente y de manera vinculante sobre la disponibilidad de recursos
financieros suficientes para cubrir los incrementos salariales y los demás beneficios
económicos y sociales que signifiquen egresos, que se pacten en los contratos colectivos
de trabajo y actas transaccionales;
18.

Invertir los recursos de la caja fiscal del Presupuesto General del Estado, así como
autorizar y regular la inversión financiera de las entidades del Sector Público no
Financiero;

19.

Asignar recursos públicos a favor de entidades de derecho público en el marco del
Presupuesto General del Estado, conforme a la reglamentación correspondiente;

20.

Dictaminar en forma previa a la emisión de valores y obligaciones por parte del Banco
Central;
21. Asesorar a las entidades y organismos del sector público, en materias relacionadas con
el SINFIP;
22. Utilizar instrumentos financieros del mercado de valores nacional y/o internacional, a fin
de optimizar la gestión financiera del Estado;
23. Determinar los mecanismos de financiamiento público;
24. Normar los procesos de negociación y contratación de operaciones de endeudamiento
público;
25. Realizar las negociaciones y contratación de operaciones de endeudamiento público del
Presupuesto General del Estado, y designar negociadores, manteniendo la debida
coordinación con las entidades del Estado a cuyo cargo estará la ejecución de los
proyectos o programas financiados con deuda pública;
26. Participar a nombre del Estado, en procesos de negociación de cooperación internacional
no reembolsable originada en canje o conversión de deuda pública por proyectos de
interés público, que se acuerden con los acreedores;
27.

Aprobar o rechazar la concesión de garantías de la República del Ecuador, para
endeudamientos de las entidades y organismos del sector público;

28. Efectuar el seguimiento y evaluación de la gestión fiscal del Estado;
29. Participar en las comisiones de costeo de recursos para la transferencia de competencias
a los Gobiernos Autónomos Descentralizados;
30.

Preparar y elaborar estadísticas fiscales y consolidar la información presupuestaria,
contable, financiera y de deuda pública de las entidades sujetas a este código;

31. Elaborar y mantener actualizados los registros de los entes financieros públicos y registro
de los responsables de la gestión financiera;
32. Armonizar, homogeneizar y consolidar la contabilidad en el sector público;
33.

Elaborar los Estados Financieros Consolidados de las entidades y organismos que
forman parte del Sector Público no Financiero;

34. Elaborar y proporcionar la información fiscal necesaria para la formulación de las cuentas
nacionales y las cuentas fiscales;
35. Custodiar las acciones y títulos valores que se generen en la gestión pública, sin perjuicio
de las atribuciones legales de otras entidades del sector público;
36.

Realizar las transferencias y pagos de las obligaciones solicitadas por las entidades y
organismos del sector público contraídas sobre la base de la programación y la
disponibilidad de caja; y,

37. Las demás que le fueren asignadas por la ley o por actos administrativos de la Función
Ejecutiva.
Art. 75.- Delegación de facultades.- La Ministra(o) a cargo de las finanzas públicas podrá
delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo. Los actos administrativos
ejecutados
por
los
funcionarios,
servidores
o
representantes
especiales o permanentes delegados para el efecto por el Ministro(a) a cargo de las
finanzas públicas, tendrán la misma fuerza y efecto que si los hubiere hecho el titular o la titular
de esta Cartera de Estado y la responsabilidad corresponderá al funcionario delegado.
Art. 76.- Recursos Públicos.- Se entienden por recursos públicos los definidos en el Art. 3 de
la ley de la Contraloría General del Estado.
Los anticipos correspondientes a la contratación pública no pierden su calidad de recursos
públicos, hasta el momento de ser devengados; la normativa aplicable a la gestión de dichos
recursos será la que corresponde a las personas jurídicas de derecho privado, con excepción
de lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 299 de la Constitución de la República
“Art. 3.- Recursos Públicos.- Para efecto de esta ley se entenderán por recursos públicos, todos los
bienes, fondos, títulos, acciones, participaciones, activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones
y todos los derechos que pertenecen al Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que
procedan, inclusive los provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título,
realicen a favor del Estado o de sus instituciones, personas naturales o jurídicas u organismos
nacionales o internacionales.

Los recursos públicos no pierden su calidad de tales al ser administrados por corporaciones,
fundaciones, sociedades civiles, compañías mercantiles y otras entidades de derecho privado,
cualquiera hubiere sido o fuere su origen, creación o constitución, hasta tanto los títulos,
acciones, participaciones o derechos que representen ese patrimonio, sean transferidos a
personas naturales o personas jurídicas de derecho privado, de conformidad con la ley”.
Art. 77.- Presupuesto General del Estado.- El Presupuesto General del Estado es el
instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y egresos de todas las entidades
que constituyen las diferentes funciones del Estado. No se consideran parte del Presupuesto
General del Estado, los ingresos y egresos pertenecientes a la Seguridad Social, la banca
pública, las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados.
Art. 78.- Clasificación de Ingresos.- Los ingresos fiscales se clasifican en ingresos
permanentes y no permanentes, y podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis,
organización presupuestaria y estadística.
Ingresos permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado a través de sus
entidades, instituciones y organismos públicos reciben de manera continua, periódica y
previsible. La generación de ingresos permanentes no ocasiona la disminución de la riqueza
nacional. Por ello, los ingresos permanentes no pueden provenir de la enajenación,
degradación o venta de activos públicos de ningún tipo o del endeudamiento público.
Ingresos no-permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado a través de
sus entidades, instituciones y organismos, reciben de manera temporal, por una situación
específica, excepcional o extraordinaria. La generación de ingresos no-permanentes puede
ocasionar disminución de la riqueza nacional. Por ello, los ingresos no permanentes pueden
provenir, entre otros, de la venta de activos públicos o del endeudamiento público.
Art. 79.- Clasificación de egresos.- Los egresos fiscales se clasifican en egresos permanentes
y no permanentes, y éstos podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis,
organización presupuestaria y estadística.
Egresos permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a través de sus
entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter operativo que requieren
repetición permanente y permiten la provisión continua de bienes y servicios públicos a la
sociedad. Los egresos permanentes no generan directamente acumulación de capital o
activos públicos.
Egresos no-permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a través de sus
entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter temporal, por una situación
específica, excepcional o extraordinaria que no requiere repetición permanente. Los egresos
nopermanentes pueden generar directamente acumulación de capital bruto o activos públicos
o disminución de pasivos. Por ello, los egresos no permanentes incluyen los gastos de
mantenimiento realizados exclusivamente para reponer el desgaste del capital.
Art. 80.- Garantía de recursos de las entidades públicas.- Para la transferencia de las
preasignaciones constitucionales y con la finalidad de salvaguardar los intereses de las
entidades públicas que generan recursos por autogestión, que reciben donaciones, así como
otros ingresos provenientes de financiamiento; no se consideran parte de los ingresos
permanentes y no permanentes del Estado Central, pero sí del Presupuesto General del
Estado, los siguientes: Ingresos provenientes del financiamiento; donaciones y cooperación
no reembolsable; autogestión y otras preasignaciones de ingreso.
Todos los ingresos sean, del Estado Central o del Presupuesto General del Estado y demás
Presupuestos Públicos, deberán cumplir con la restricción del Artículo 286 de la Constitución.
Art. 81.- Regla fiscal.- Para garantizar la conducción de las finanzas públicas de manera
sostenible, responsable, transparente y procurar la estabilidad económica; los egresos
permanentes se financiarán única y exclusivamente con ingresos permanentes. No obstante
los ingresos permanentes pueden también financiar egresos no permanentes.
Los egresos permanentes se podrán financiar con ingresos no permanentes en las situaciones
excepcionales que prevé la Constitución de la República, para salud, educación y justicia;
previa calificación de la situación excepcional, realizada por la Presidenta o el Presidente de
la República.
El cumplimiento de estas reglas se comprobará únicamente en los agregados de: las
proformas presupuestarias públicas, los presupuestos aprobados y los presupuestos
liquidados, en base a una verificación anual.

1.8. COMPONENTES DEL SISTEMA

Art. 82.- Componentes del SINFIP.- Se entiende por componentes del SINFIP, a cada conjunto
de procesos necesarios para la organización y gestión del mismo.
Los componentes son: política y programación fiscal, ingresos, presupuesto, endeudamiento
público, contabilidad gubernamental y tesorería.
Art. 83.- Coordinación.- Los componentes del SINFIP actuarán en forma coordinada y
establecerán los canales de articulación entre sí con la finalidad de garantizar el
funcionamiento integrado del Sistema.
DEL COMPONENTE DE LA POLÍTICA Y PROGRAMACIÓN FISCAL

Art. 84.- Contenido y finalidad.- Comprende el análisis, seguimiento y evaluación de la política
fiscal, las variables fiscales y la programación fiscal plurianual y anual, con la finalidad de
alertar oportunamente sobre los impactos fiscales, para sustentar las elecciones económicas
y administrativas, así como fortalecer la sostenibilidad de las finanzas públicas. Para el efecto,
se enmarcará en la institucionalidad que establezca el Presidente de la República.
Art. 85.- Política fiscal.- La política fiscal dictada por el Presidente de la República en los
campos de ingresos, gastos, financiamiento, activos, pasivos y patrimonio del Sector Público
no Financiero, propenderá al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y de los objetivos
del SINFIP.
El ente rector de las finanzas públicas recomendará los lineamientos de política fiscal, en
coordinación con las entidades involucradas.
Art. 86.- Participación coordinada en la elaboración de la programación macroeconómica.- El
ente rector de las finanzas públicas participará en la elaboración y consolidación de la
programación macroeconómica en lo referente al campo de las finanzas públicas, en el marco
de la coordinación de la institucionalidad establecida para el efecto.
Art. 87.- Programación fiscal plurianual y anual.- La programación fiscal del Sector Público no
Financiero será plurianual y anual y servirá como marco obligatorio para la formulación y
ejecución del Presupuesto General del Estado y la Programación Presupuestaria Cuatrianual,
y referencial para otros presupuestos del Sector Público.
Art. 88.- Fases de la programación fiscal plurianual y anual.- La programación fiscal tendrá las
siguientes fases:
1. Determinación del escenario fiscal base.
2. Articulación con el Plan Nacional de Desarrollo.

3. Formulación de lineamientos para la programación fiscal.
4. Determinación del escenario fiscal final.
5. Aprobación.
6. Seguimiento, evaluación y actualización.

Art. 89.- Estudios fiscales.- El ente rector de las finanzas públicas elaborará los estudios
correspondientes para la toma de decisiones, el seguimiento permanente de la situación fiscal,
así como para evaluar el impacto de las propuestas de política y proyectos de reforma legal
que puedan afectar el desempeño fiscal y de la economía, sin perjuicio de las atribuciones del
resto de entidades públicas al respecto de la elaboración deestudios.
DEL COMPONENTE DE INGRESOS
Art. 90.- Contenido y finalidad.- Comprende la proyección y análisis para la recomendación de
políticas referidas a los ingresos públicos y a la creación de mecanismos idóneos con el fin de
racionalizar y optimizar la determinación y recaudación.
Art. 91.- Recursos de actividades empresariales.- Los recursos provenientes de actividades
empresariales públicas nacionales ingresarán al Presupuesto General del Estado una vez
descontados los costos inherentes a cada actividad y las inversiones y reinversiones
necesarias para el cumplimiento de la finalidad de cada empresa. Los procedimientos y plazos
para la liquidación y entrega de los recursos serán determinados en la normativa que dicte el
ente rector de las finanzas públicas en coordinación con la empresa correspondiente.
Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados ingresarán a los respectivos Presupuestos de cada Gobierno
Autónomo Descentralizado conforme a la ley.
Art. 92.- Sujeción a la política fiscal.- La determinación y cobro de ingresos públicos está sujeta
a la política fiscal. La determinación y cobro de ingresos públicos del Sector Público no
Financiero, con excepción de los ingresos propios de los Gobiernos Autónomos
Descentralizados, se ejecutará de manera delegada bajo la responsabilidad de las entidades
y organismos facultados por ley.
Art. 93.- Recaudación.- Las entidades, instituciones y organismos del sector público realizarán
la recaudación de los ingresos públicos a través de las entidades financieras u otros
mecanismos o medios que se establezcan en la ley o en las normas técnicas expedidas por
el ente rector de las finanzas públicas, en coordinación con esas entidades.
Art. 94.- Renuncia de ingresos por gasto tributario.- Se entiende por gasto tributario los
recursos que el Estado, en todos los niveles de gobierno, deja de percibir debido a la
deducción, exención, entre otros mecanismos, de tributos directos o indirectos establecidos
en la normativa correspondiente.
Para el gasto tributario de los ingresos nacionales, la administración tributaria nacional
estimará y entregará al ente rector de las finanzas públicas, la cuantificación del mismo y
constituirá un anexo de la proforma del Presupuesto General del Estado.
Para el gasto tributario de los ingresos de los gobiernos autónomos descentralizados, la
unidad encargada de la administración tributaria de cada gobierno autónomo, lo cuantificará y
anexará a la proforma presupuestaria correspondiente.

DEL COMPONENTE DE PRESUPUESTO

Art. 95.- Contenido y finalidad.- Comprende las normas, técnicas, métodos y procedimientos
vinculados a la previsión de ingresos, gastos y financiamiento para la provisión de bienes y
servicios públicos a fin de cumplir las metas del Plan Nacional de Desarrollo y las políticas
públicas.
Art. 96.- Etapas del ciclo presupuestario.- El ciclo presupuestario es de cumplimiento
obligatorio para todas las entidades y organismos del sector público y comprende las
siguientes etapas:
1. Programación presupuestaria.
2. Formulación presupuestaria.
3. Aprobación presupuestaria.
4. Ejecución presupuestaria.
5. Evaluación y seguimiento presupuestario.
6. Clausura y liquidación presupuestaria.

Con la finalidad de asegurar una adecuada coordinación de procesos interinstitucionales en
todas las fases del ciclo presupuestario, el ente rector de las finanzas públicas emitirá
lineamientos a todas las entidades del Sector Público, excepto los Gobiernos Autónomos
Descentralizados. Estos lineamientos serán referenciales para los Gobiernos Autónomos
Descentralizados.
DEL COMPONENTE DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO
DEL CONTENIDO Y FINALIDAD

Art. 123.- Contenido y finalidad.- El componente de endeudamiento público tiene bajo su
responsabilidad normar, programar, establecer mecanismos de financiamiento, presupuestar,
negociar, contratar, registrar, controlar, contabilizar y coordinar la aprobación de operaciones
de endeudamiento público, de administración de deuda pública y operaciones conexas para
una gestión eficiente de la deuda.
El
endeudamiento
público
comprende
la
deuda
pública
de
todas
las entidades, instituciones y organismos del sector público provenientes de contratos de
mutuo; colocaciones de bonos y otros valores, incluidos las titularizaciones y las cuotas de
participación; los convenios de novación y/o consolidación de obligaciones; y, aquellas
obligaciones en donde existan sustitución de deudor establecidas por ley.
Además constituyen endeudamiento público, las obligaciones no pagadas y registradas de los
presupuestos clausurados. Se excluye cualquier título valor menor a 360 días.
Para el caso de las empresas públicas se excluyen todos los contratos de mutuo del tipo
crédito con proveedores que no requieran garantía soberana.
Para el caso de banca y las entidades de intermediación financiera públicas se excluyen todas
las operaciones que realicen para solventar sus necesidades de liquidez y aquellas destinadas
a la intermediación financiera que no provengan de deuda externa multilateral, de
proveedores, de gobiernos ni de la banca que requiera garantía soberana del Estado.
Los pasivos contingentes tienen su origen en hechos específicos que pueden ocurrir o no. La
obligación se hace efectiva con la ocurrencia de una o más condiciones previstas en el
instrumento legal que lo generó.
Los pasivos contingentes no forman parte de la deuda pública. Un pasivo contingente solo se
constituirá en deuda pública, en el monto correspondiente a la parte de la obligación que fuera
exigible.
La deuda contingente podrá originarse:
1. Cuando el Estado, a nombre de la República del Ecuador, otorga la garantía soberana a
favor de entidades y organismos del sector público que contraigan deuda pública.
2.

Por la emisión de bonos y más títulos valores cuyo objeto sea garantizar a los
contribuyentes el retorno de sus aportaciones.

3. Por la suscripción de contratos de garantía para asegurar el uso de las contribuciones no
reembolsables.
4. Por contingentes asumidos por el Estado ecuatoriano, de conformidad con la ley, u otras
obligaciones asumidas en el marco de convenios con organismos internacionales de
crédito.
La contratación de la deuda contingente debe seguir el proceso de endeudamiento público,
en lo pertinente.
DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

Art. 148.- Contenido y finalidad.- Constituye el proceso de registro sistemático, cronológico y
secuencial de las operaciones patrimoniales y presupuestarias de las entidades y organismos
del Sector Público no Financiero, expresadas en términos monetarios, desde la entrada
original a los registros contables hasta la presentación de los estados financieros; la
centralización, consolidación y la interpretación de la información; comprende además los
principios, normas, métodos y procedimientos correspondientes a la materia.
La finalidad del componente de Contabilidad Gubernamental es establecer, poner en
funcionamiento
y
mantener
en
cada
entidad del Sector Público no Financiero un sistema único de contabilidad, que integr
e las operaciones, patrimoniales, presupuestarias y de costos, para asegurar la producción
de información financiera completa, confiable y oportuna, que permita la rendición de cuentas,
la toma de decisiones, el control, la adopción de medidas correctivas y la elaboración de
estadísticas.
Las empresas públicas podrán tener sus propios sistemas de contabilidad de conformidad a
la ley y el reglamento del presente Código. Para fines de consolidación de la contabilidad y
demás información fiscal del Sector Público no Financiero estarán obligadas a realizar y enviar
reportes contables en los plazos y formatos que emita el ente rector de las finanzas públicas
para el efecto.
Art. 149.- Registro de recursos financieros y materiales.- El componente de contabilidad
incluirá el registro de todos los recursos financieros y materiales administrados por los entes
públicos aún cuando pertenezcan a terceros, de forma que ningún recurso quede excluido del
proceso de registro e informes financieros.
Art. 150.- Organización contable.- En cada entidad se establecerá la unidad encargada de la
ejecución del Componente de Contabilidad Gubernamental.
Art. 151.- Entes financieros y unidades ejecutoras responsables.- Los entes financieros y
unidades ejecutoras responsables de la administración de sus presupuestos, dispondrán de
datos e información contable y presupuestaria individualizada, con los detalles que
establecerá para el efecto el ente rector de las finanzas públicas.
Art. 152.- Obligaciones de los servidores de las entidades.- Las máximas autoridades de cada
entidad u organismo público, serán los responsables de velar por el debido funcionamiento
del componente de contabilidad gubernamental y los servidores de las unidades financieras,
de observar la normativa contable.
El titular de la unidad financiera de la entidad legalizará con su firma y/o su clave, la
información financiera y/o estados financieros de sus respectivas entidades.
Adicionalmente, las máximas autoridades de las entidades y organismos del sector público
enviarán la información financiera y presupuestaria, señalada en este código o en las normas
técnicas y en conformidad con éstas, dentro de los plazos previstos en dichos instrumentos.
En caso de incumplimiento, el ente rector de las finanzas públicas suspenderá la asignación
de recursos y/o transferencias desde el Presupuesto General del Estado, luego de 60 días de
finalizado el mes del cual no se ha enviado la información.
Las normas técnicas a las que hace referencia el inciso anterior abarcan exclusivamente
detalle, metodología y contenidos de la información.
Art. 153.- Contabilización inmediata.- Los hechos económicos se contabilizarán en la fecha
que ocurran, dentro de cada período mensual; no se anticiparán ni postergarán los registros
respectivos.
Art. 154.- Ejecución presupuestaria y transacciones de caja.- La información contable
contenida en las operaciones financieras reflejarán, tanto la ejecución presupuestaria, como
las transacciones de caja.
Para efectos contables, en la ejecución presupuestaria que se genere en cada ejercicio, se
considerarán ingresos todos los derechos de cobro; y gastos las obligaciones derivadas de la recepción
de bienes y servicios adquiridos por la autoridad competente.

El registro contable de los ingresos y gastos presupuestarios se efectuará de conformidad con
lo previsto en el principio contable del devengado.
En términos de caja, constituirán ingresos las recaudaciones tributarias y no tributarias que se
perciban en el transcurso del ejercicio, cualquiera sea la fecha en que se hubiera generado el
derecho; constituirán egresos de caja los pagos que se realicen durante el ejercicio, cualquiera
sea la fecha en que hubiera nacido la obligación, incluyendo las salidas de dinero en calidad
de anticipos.
Art. 155.- Obligaciones pendientes de pago.- Son aquellas que quedaren pendientes de pago
al 31 de diciembre de cada año.
Art. 156.- Retención de documentos y registros.- Las unidades de contabilidad de las
entidades del sector público conservarán durante siete años los registros financieros junto con
los documentos de sustento correspondientes, en medios digitales con firma electrónica de
responsabilidad, y de ser del caso los soportes físicos.
Art. 157.- Agregación y consolidación de la información financiera.- El ente rector de las
finanzas públicas recibirá, validará, analizará, clasificará y procesará los datos contenidos en
la información financiera elaborada por cada ente financiero del Sector Público no Financiero,
con la finalidad de obtener estados financieros agregados y consolidados, relativos a
agrupaciones predefinidas y según requerimientos de la administración del Estado. Las
políticas, normas técnicas y manuales de contabilidad establecerán la naturaleza de la
información financiera, así como su clasificación y la forma en que deberá ser presentada.
Art. 158.- Normativa aplicable.- El ente rector de las finanzas públicas tiene la facultad privativa
para expedir, actualizar y difundir los principios, normas técnicas, manuales, procedimientos,
instructivos y más disposiciones contables, que serán de cumplimiento obligatorio por parte
de las entidades y organismos del Sector Público no Financiero
Art. 159.- Difusión de la información financiera consolidada.- El ente rector de las finanzas
públicas publicará semestralmente la información consolidada del Sector Público no
Financiero, a través de su página web u otros medios.
DEL COMPONENTE DE TESORERÍA

Art. 160.- Contenido y finalidad.- Comprende el conjunto de normas, principios y
procedimientos utilizados en la obtención, depósito y colocación de los recursos financieros
públicos; en la administración y custodia de dineros y valores que se generen para el pago
oportuno de las obligaciones legalmente exigibles; y en la utilización de tales recursos de
acuerdo a los presupuestos correspondientes, en función de la liquidez de la caja fiscal, a
través de la Cuenta Única del Tesoro Nacional.
El componente de Tesorería establecerá una administración eficiente, efectiva y transparente
de los recursos financieros públicos de la Cuenta Única del Tesoro Nacional, para responder
a las necesidades de pago que demanda el Presupuesto General del Estado.
La Programación de Caja determina las operaciones de ingresos y gastos públicos que
afectan al saldo de caja del tesoro nacional y a los movimientos de la deuda pública para cubrir
las obligaciones y la liquidez necesaria.
Art. 161.- Sistema Único de Cuentas.- El Sistema Único de Cuentas está conformado por: la
Cuenta Única del Tesoro Nacional; las subcuentas de los gobiernos autónomos
descentralizados; las cuentas de la Seguridad Social; las cuentas de las empresas públicas;
y, las cuentas de la banca pública. Su operatividad constará en el reglamento.
En relación con las cuentas de la seguridad social se garantiza que en todos los aspectos
contables, operativos y de gestión se mantienen de manera autónoma la Cuenta Corriente
Única del Tesoro Nacional, por lo que estos recursos serán propios y distintos del fisco.
Conforme dispone la Constitución de la República ninguna institución del Estado podrá
intervenir o disponer de sus fondos y reservas.
Art. 162.- Banca pública.- Los recursos públicos se manejarán a través de la banca pública,
considerando en lo pertinente, las respectivas normas técnicas y las capacidades de gestión
de las entidades que conforman la banca pública.
El cobro, pago o transferencia de dichos recursos se podrá realizar a través de otras entidades
financieras.
Art. 163.- Gestión y acreditación de los recursos públicos.- El Presupuesto General del Estado
se gestionará a través de la Cuenta Única del Tesoro Nacional abierta en el depositario oficial
que es el Banco Central del Ecuador, con las subcuentas que el ente rector de las finanzas
públicas considere necesarias.
Para el manejo de los depósitos y créditos de las empresas públicas, gobiernos autónomos
descentralizados y las demás que correspondan, se crearán cuentas especiales en el Banco
Central del Ecuador.
Todo organismo, entidad y dependencia del Sector Público no Financiero, con goce o no de
autonomía económica y/o presupuestaria y/o financiera, deberá acreditar la totalidad de
recursos financieros públicos que obtenga, recaude o reciba de cualquier forma a las
respectivas cuentas abiertas en el Banco Central del Ecuador.
La salida de recursos de la Cuenta Única del Tesoro Nacional se realizará sobre la base de
las disposiciones de los autorizadores de pago de las entidades y organismos pertinentes y
del ente rector de las finanzas públicas. Dicha salida de recursos se efectuará cuando exista
obligaciones de pago, legalmente exigibles, debidamente determinadas por las entidades
responsables correspondientes, previa afectación presupuestaria o registro contable.
Se faculta a las entidades y organismos del sector público a gestionar anticipos a través de
varios desembolsos, a gestionar proyectos a través de fondos a rendir cuentas, entre otros
mecanismos; para lo cual el ente rector de las finanzas públicas emitirá la normativa
correspondiente. No se aplicará el sigilo bancario a los recursos de las entidades del sector
público, con excepción de los créditos otorgados por la banca pública a favor de personas
jurídicas de derecho privado.
La Tesorería de la Nación ordenará el reintegro inmediato a la Cuenta Única del Tesoro
Nacional, de los recursos de las entidades públicas que violen el artículo 299 inciso tercero de
la Constitución, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales, a que
hubiere lugar.
La República del Ecuador previa autorización del Ente Rector de las Finanzas Públicas, podrá
aperturar y mantener en el exterior, cuentas de depósito fijo o a la vista, para gestionar,
conceder o realizar pagos, endeudamiento, inversión e interés de seguridad.
Art. 164.- Rendimientos.- Los rendimientos que se generen de las inversiones de la Cuenta
Única del Tesoro Nacional se restituirán a esa cuenta en su totalidad, salvo las comisiones
pertinentes que autorice el ente rector de las finanzas públicas dentro de las operaciones
financieras. Estos recursos no formarán parte de los ingresos del Banco Central del Ecuador.
Por su naturaleza las transacciones que se generen de la Cuenta Única del Tesoro Nacional
están exentas de todo tipo de retención incluidas las tributarias.
Art. 165.- Fondos de reposición.- Las entidades y organismos del sector público pueden
establecer fondos de reposición para la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las normas
técnicas que para el efecto emita el ente rector de las finanzas públicas. La liquidación de
estos fondos se efectuará dentro del ejercicio fiscal correspondiente.
Art. 166.- Manejo de la liquidez.- El ente rector de las finanzas públicas manejará y
administrará los excedentes de liquidez de la Cuenta Única del Tesoro Nacional de
conformidad con las normas técnicas que emita para el efecto.
Art. 167.- Excedentes.- Todos los excedentes de caja de los presupuestos de las entidades
del Presupuesto General del Estado, al finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos de
caja del Presupuesto General del Estado del siguiente ejercicio fiscal
Los excedentes de caja de los gobiernos autónomos descentralizados que se mantengan al
finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos caja del siguiente ejercicio fiscal.
Art. 168.- Inversión de recursos financieros públicos en el extranjero.- Cualquier inversión de
recursos financieros públicos en el extranjero sólo podrá realizarse previa autorización del
ente rector de las finanzas públicas.
Art. 169.- Especies valoradas.- El ente rector de las finanzas públicas, es el único organismo
que autoriza la emisión y fija el precio de los pasaportes y más especies valoradas de los
organismos, entidades y dependencias del Sector Público no Financiero, a excepción de
aquellas emitidas por los gobiernos autónomos descentralizados, las entidades de seguridad
social y las empresas públicas. Los costos por emisión y los ingresos por la venta de las
especies valoradas deberán constar obligatoriamente en los presupuestos.
Ningún organismo, entidad o dependencia del sector público no financiero sujetas al ámbito
de aplicación del presente código podrá cobrar tarifa alguna por la venta de bienes y servicios
sin que medie la comercialización de especies valoradas, la factura, nota de venta u otros
instrumentos autorizados para el efecto.
Art. 170.- Sentencias.- Las entidades y organismos del sector público deberán dar
cumplimiento inmediato a las sentencias ejecutoriadas y pasadas en autoridad de cosa
juzgada, y si implican el egreso de recursos fiscales, dicha obligación se financiará con cargo
a las asignaciones presupuestarias de la respectiva entidad u organismo, para lo cual si es
necesario se realizarán las reformas respectivas en el gasto no permanente. Los recursos de
la Cuenta Única del Tesoro son inembargables y no pueden ser objeto de ningún tipo de
apremio, medida preventiva ni cautelar.
Art. 171.- Certificados de Tesorería.- El ente rector de las finanzas públicas, en el evento de
presentarse deficiencias temporales y/o para la optimización de la liquidez en la economía,
podrá emitir Certificados de Tesorería para financiar egresos permanentes o no permanentes.
Los Certificados de Tesorería, por su naturaleza, no obstante constituir obligaciones de pago,
no estarán sujetos, para su emisión, al trámite y requisitos previstos para operaciones de
endeudamiento público, excepto la escritura pública de emisión cuyo contenido será
establecido en las normas técnicas.
En ningún caso, el plazo para el pago efectivo de los certificados podrá superar los 360 días.
Art. 172.- Liquidación y extinción de obligaciones entre entidades del sector público.- Cuando
el ente rector de las finanzas públicas, establezca que entre dos o más entidades del
Estado, o el Estado con otras entidades pueden extinguirse obligaciones existentes entre
ellas, ya sea por haberse efectuado el pago, operado la compensación o por condonación de
la deuda, les conminará para que en un plazo determinado suscriban obligatoriamente un
convenio de extinción de obligaciones. Para los efectos anotados, las entidades del Estado
observarán obligatoriamente las normas que expida el ente rector de las finanzas públicas.
Art. 173.- La liquidez del Sector Público.- Para el manejo integrado de la liquidez del Sector
público, el Banco Central del Ecuador en coordinación con el ente rector de las finanzas
públicas, podrá gestionar la liquidez de las cuentas creadas en dicha entidad, de conformidad
con el Reglamento de este Código. No se afectará la disponibilidad de recursos de todas las
entidades y organismos del sector público y su exigibilidad inmediata.

1.9. FINANCIAMIENTO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...
Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...
Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...Computadores para educar
 
Yadira p
Yadira pYadira p
Yadira pypeyoni
 
Normativas del sistema presupuestario
Normativas del sistema presupuestarioNormativas del sistema presupuestario
Normativas del sistema presupuestarioJuan Pena
 
Ejecucion presupuesto 2012_2014
Ejecucion presupuesto 2012_2014Ejecucion presupuesto 2012_2014
Ejecucion presupuesto 2012_2014Vrac Unfv
 
TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.
TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.
TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.alexjavi
 
Analisis de exposiciones
Analisis de exposicionesAnalisis de exposiciones
Analisis de exposicionesesfany
 
El plan de desarrollo del departamento del meta tata filo
El plan de desarrollo del departamento del meta tata   filoEl plan de desarrollo del departamento del meta tata   filo
El plan de desarrollo del departamento del meta tata filoTatiana Ossa
 
GEPUCO060419P - S2 ROMERO
GEPUCO060419P - S2 ROMEROGEPUCO060419P - S2 ROMERO
GEPUCO060419P - S2 ROMERODiplomadosESEP
 
Financiamiento educativo presentacion_mendoza
Financiamiento educativo presentacion_mendozaFinanciamiento educativo presentacion_mendoza
Financiamiento educativo presentacion_mendozaUTPL
 
Presupuesto en venezuela
Presupuesto en venezuelaPresupuesto en venezuela
Presupuesto en venezuelaDarimardvlg
 
Exp motiv ley_presupuesto2012
Exp motiv ley_presupuesto2012Exp motiv ley_presupuesto2012
Exp motiv ley_presupuesto2012cinthiamagaly
 
Ministerio de agricultura y desarrollo rural
Ministerio de agricultura y desarrollo ruralMinisterio de agricultura y desarrollo rural
Ministerio de agricultura y desarrollo ruralDavid Bedoya
 
Actividad financiera del Estado
Actividad financiera del EstadoActividad financiera del Estado
Actividad financiera del Estadozamo72
 
Curso: Presupuesto Público y Gestión de Tesorería
Curso: Presupuesto Público y Gestión de TesoreríaCurso: Presupuesto Público y Gestión de Tesorería
Curso: Presupuesto Público y Gestión de TesoreríaRC Consulting SRL
 
Sintesis informativa 21 08 2015
Sintesis informativa 21 08 2015Sintesis informativa 21 08 2015
Sintesis informativa 21 08 2015megaradioexpress
 

La actualidad más candente (20)

Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...
Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...
Diseño Ejecución y Evaluación de Proyecto Como Modalidad en la Investigación ...
 
Yadira p
Yadira pYadira p
Yadira p
 
Normativas del sistema presupuestario
Normativas del sistema presupuestarioNormativas del sistema presupuestario
Normativas del sistema presupuestario
 
Ejecucion presupuesto 2012_2014
Ejecucion presupuesto 2012_2014Ejecucion presupuesto 2012_2014
Ejecucion presupuesto 2012_2014
 
TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.
TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.
TEMA 11. El presupuesto del sector público y la política presupuestaria.
 
Analisis de exposiciones
Analisis de exposicionesAnalisis de exposiciones
Analisis de exposiciones
 
Unidad 1 economía
Unidad 1 economíaUnidad 1 economía
Unidad 1 economía
 
El plan de desarrollo del departamento del meta tata filo
El plan de desarrollo del departamento del meta tata   filoEl plan de desarrollo del departamento del meta tata   filo
El plan de desarrollo del departamento del meta tata filo
 
GEPUCO060419P - S2 ROMERO
GEPUCO060419P - S2 ROMEROGEPUCO060419P - S2 ROMERO
GEPUCO060419P - S2 ROMERO
 
Financiamiento educativo presentacion_mendoza
Financiamiento educativo presentacion_mendozaFinanciamiento educativo presentacion_mendoza
Financiamiento educativo presentacion_mendoza
 
Mod 1
Mod 1Mod 1
Mod 1
 
con_osce_1
con_osce_1con_osce_1
con_osce_1
 
Presupuesto en venezuela
Presupuesto en venezuelaPresupuesto en venezuela
Presupuesto en venezuela
 
Dt.heberto
Dt.hebertoDt.heberto
Dt.heberto
 
Exp motiv ley_presupuesto2012
Exp motiv ley_presupuesto2012Exp motiv ley_presupuesto2012
Exp motiv ley_presupuesto2012
 
Ministerio de agricultura y desarrollo rural
Ministerio de agricultura y desarrollo ruralMinisterio de agricultura y desarrollo rural
Ministerio de agricultura y desarrollo rural
 
Resena al marco legal del presupuesto federal
Resena al marco legal del presupuesto federalResena al marco legal del presupuesto federal
Resena al marco legal del presupuesto federal
 
Actividad financiera del Estado
Actividad financiera del EstadoActividad financiera del Estado
Actividad financiera del Estado
 
Curso: Presupuesto Público y Gestión de Tesorería
Curso: Presupuesto Público y Gestión de TesoreríaCurso: Presupuesto Público y Gestión de Tesorería
Curso: Presupuesto Público y Gestión de Tesorería
 
Sintesis informativa 21 08 2015
Sintesis informativa 21 08 2015Sintesis informativa 21 08 2015
Sintesis informativa 21 08 2015
 

Destacado

Elementos conceptuales de las finanzas publicas
Elementos conceptuales de las finanzas publicasElementos conceptuales de las finanzas publicas
Elementos conceptuales de las finanzas publicasAdan Maduro
 
Presentation finanzas publicas
Presentation finanzas publicasPresentation finanzas publicas
Presentation finanzas publicas0KA
 
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y Estado
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y EstadoFinanzas Públícas. Introducción , Historia y Estado
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y Estadoenefinanzas
 
Finanzas publicas. tema ii
Finanzas publicas. tema iiFinanzas publicas. tema ii
Finanzas publicas. tema iijinethdb
 
Ejercicios resueltos finanzas para ingenieria
Ejercicios resueltos finanzas para ingenieriaEjercicios resueltos finanzas para ingenieria
Ejercicios resueltos finanzas para ingenieriaraymontero
 
Desarrollo de las finanzas públicas
Desarrollo de las finanzas públicasDesarrollo de las finanzas públicas
Desarrollo de las finanzas públicasnayelypalma
 
Presentacion.ppt finanzas publicas
Presentacion.ppt finanzas publicasPresentacion.ppt finanzas publicas
Presentacion.ppt finanzas publicasBROWIN1
 
PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADOR
PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADORPRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADOR
PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADORDanna Briones Vera
 
Taller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, Ecuador
Taller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, EcuadorTaller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, Ecuador
Taller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, EcuadorEUROsociAL II
 
Origenes de las finanzas publicas
Origenes de las finanzas publicasOrigenes de las finanzas publicas
Origenes de las finanzas publicasAndres Santana
 
Finanzas publicas y derecho tributario tema 1
Finanzas publicas y derecho tributario tema 1Finanzas publicas y derecho tributario tema 1
Finanzas publicas y derecho tributario tema 1José Moreno
 
UNIDAD II FINANZAS PUBLICAS
UNIDAD II FINANZAS PUBLICASUNIDAD II FINANZAS PUBLICAS
UNIDAD II FINANZAS PUBLICASmaria escalante
 
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADOEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADOalli
 

Destacado (20)

Finanzas publicas
Finanzas publicasFinanzas publicas
Finanzas publicas
 
Elementos conceptuales de las finanzas publicas
Elementos conceptuales de las finanzas publicasElementos conceptuales de las finanzas publicas
Elementos conceptuales de las finanzas publicas
 
Presentation finanzas publicas
Presentation finanzas publicasPresentation finanzas publicas
Presentation finanzas publicas
 
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y Estado
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y EstadoFinanzas Públícas. Introducción , Historia y Estado
Finanzas Públícas. Introducción , Historia y Estado
 
Finanzas publicas cap1
Finanzas publicas cap1Finanzas publicas cap1
Finanzas publicas cap1
 
Finanzas publicas. tema ii
Finanzas publicas. tema iiFinanzas publicas. tema ii
Finanzas publicas. tema ii
 
Derecho económico plan nacional de desarrollo mexico
Derecho económico plan nacional de desarrollo mexicoDerecho económico plan nacional de desarrollo mexico
Derecho económico plan nacional de desarrollo mexico
 
Ejercicios resueltos finanzas para ingenieria
Ejercicios resueltos finanzas para ingenieriaEjercicios resueltos finanzas para ingenieria
Ejercicios resueltos finanzas para ingenieria
 
Desarrollo de las finanzas públicas
Desarrollo de las finanzas públicasDesarrollo de las finanzas públicas
Desarrollo de las finanzas públicas
 
Presentacion.ppt finanzas publicas
Presentacion.ppt finanzas publicasPresentacion.ppt finanzas publicas
Presentacion.ppt finanzas publicas
 
Finanzas ecuador
Finanzas ecuadorFinanzas ecuador
Finanzas ecuador
 
PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADOR
PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADORPRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADOR
PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO 2015 ECUADOR
 
Taller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, Ecuador
Taller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, EcuadorTaller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, Ecuador
Taller Plan – Presupuesto / Ministerio de Finanzas, Ecuador
 
Origenes de las finanzas publicas
Origenes de las finanzas publicasOrigenes de las finanzas publicas
Origenes de las finanzas publicas
 
Finanzas publicas y derecho tributario tema 1
Finanzas publicas y derecho tributario tema 1Finanzas publicas y derecho tributario tema 1
Finanzas publicas y derecho tributario tema 1
 
NECESIDADES PUBLICAS
NECESIDADES PUBLICASNECESIDADES PUBLICAS
NECESIDADES PUBLICAS
 
Presentación del Presupuesto General del Estado 2016
Presentación del Presupuesto General del Estado 2016Presentación del Presupuesto General del Estado 2016
Presentación del Presupuesto General del Estado 2016
 
UNIDAD II FINANZAS PUBLICAS
UNIDAD II FINANZAS PUBLICASUNIDAD II FINANZAS PUBLICAS
UNIDAD II FINANZAS PUBLICAS
 
Diapositivas el presupuesto general del estado
Diapositivas el presupuesto general del estadoDiapositivas el presupuesto general del estado
Diapositivas el presupuesto general del estado
 
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADOEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
 

Similar a Materia de finanzas públicas 2014

Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014Anabel Montalvo
 
Curso gestión presupuestaria ene.2012
Curso gestión presupuestaria ene.2012Curso gestión presupuestaria ene.2012
Curso gestión presupuestaria ene.2012cefic
 
Sistema nacional inversion_publica_pp_2011
Sistema nacional inversion_publica_pp_2011Sistema nacional inversion_publica_pp_2011
Sistema nacional inversion_publica_pp_2011Mi Mires
 
275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)
275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)
275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)juancarlosbarriosmamani
 
Curso
 Curso Curso
Cursocefic
 
Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)
Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)
Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)Amparo Ceron
 
Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...
Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...
Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...Municipalidad Provincial de Sechura
 
Poi ugel-p-2014-plb-rrpp
Poi ugel-p-2014-plb-rrppPoi ugel-p-2014-plb-rrpp
Poi ugel-p-2014-plb-rrppUgel Pacasmayo
 
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptxCapacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptxRandallBarrientos
 
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptxCapacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptxLic. Miguel Bahamondes
 
GESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUD
GESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUDGESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUD
GESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUDebiolibros
 
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental  2013 - i - iiManual de contabilidad gubernamental  2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - iigilberto roman
 
Gabinete de auditoria
Gabinete de auditoriaGabinete de auditoria
Gabinete de auditoriaGiovi_Cori
 
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental  2013 - i - iiManual de contabilidad gubernamental  2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - iiRosangela Chanco
 
Presupuesto
PresupuestoPresupuesto
Presupuestojcarcia
 
Silabo contabilidad gubernamental
Silabo contabilidad gubernamentalSilabo contabilidad gubernamental
Silabo contabilidad gubernamental1001976388
 
Sílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docx
Sílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docxSílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docx
Sílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docxJoanneRomyAmasifuenA
 

Similar a Materia de finanzas públicas 2014 (20)

Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014Materia de finanzas públicas 2014
Materia de finanzas públicas 2014
 
Curso gestión presupuestaria ene.2012
Curso gestión presupuestaria ene.2012Curso gestión presupuestaria ene.2012
Curso gestión presupuestaria ene.2012
 
Clase 6 construccion de presupuesto
Clase 6 construccion de presupuestoClase 6 construccion de presupuesto
Clase 6 construccion de presupuesto
 
Sistema nacional inversion_publica_pp_2011
Sistema nacional inversion_publica_pp_2011Sistema nacional inversion_publica_pp_2011
Sistema nacional inversion_publica_pp_2011
 
275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)
275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)
275566370 administracion-financiera-en-el-sector-publico (2)
 
Curso
 Curso Curso
Curso
 
Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)
Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)
Guia de aprendizaje no.13 contabilidad publica.(1) (1)
 
Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...
Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...
Anteproyecto tesis: “CARACTERÍSTICAS DE LA ECONOMÍA SECHURANA Y PROPUESTA DE ...
 
Poi ugel-p-2014-plb-rrpp
Poi ugel-p-2014-plb-rrppPoi ugel-p-2014-plb-rrpp
Poi ugel-p-2014-plb-rrpp
 
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptxCapacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
 
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptxCapacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
Capacitación Sección de Presupuesto abril-2019.pptx
 
GESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUD
GESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUDGESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUD
GESTIÓN DEL RIESGO POR OCURRENCIA DE DESASTRES DE GRAN MAGNITUD
 
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental  2013 - i - iiManual de contabilidad gubernamental  2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - ii
 
Modulo 1 fpp
Modulo 1 fppModulo 1 fpp
Modulo 1 fpp
 
Gabinete de auditoria
Gabinete de auditoriaGabinete de auditoria
Gabinete de auditoria
 
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental  2013 - i - iiManual de contabilidad gubernamental  2013 - i - ii
Manual de contabilidad gubernamental 2013 - i - ii
 
Presupuestoproyectolibro2007 9 ottoayala
Presupuestoproyectolibro2007 9 ottoayalaPresupuestoproyectolibro2007 9 ottoayala
Presupuestoproyectolibro2007 9 ottoayala
 
Presupuesto
PresupuestoPresupuesto
Presupuesto
 
Silabo contabilidad gubernamental
Silabo contabilidad gubernamentalSilabo contabilidad gubernamental
Silabo contabilidad gubernamental
 
Sílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docx
Sílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docxSílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docx
Sílabus Contabilidad Gubernamental I (1).docx
 

Último

Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Angélica Soledad Vega Ramírez
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfcoloncopias5
 
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfvictorbeltuce
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialpatriciaines1993
 
Fichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdfssuser50d1252
 
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsxJuanpm27
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...YobanaZevallosSantil1
 
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORDETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORGonella
 
Uses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsUses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsConsueloSantana3
 
cuadernillo de lectoescritura para niños de básica
cuadernillo de lectoescritura para niños de básicacuadernillo de lectoescritura para niños de básica
cuadernillo de lectoescritura para niños de básicaGianninaValeskaContr
 

Último (20)

Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática DE SEGUNDO DE SECUNDARIA.pdf
 
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptxPPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
 
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luzLa luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
La luz brilla en la oscuridad. Necesitamos luz
 
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdfTema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
Tema 7.- E-COMMERCE SISTEMAS DE INFORMACION.pdf
 
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdfFisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
Fisiologia.Articular. 3 Kapandji.6a.Ed.pdf
 
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de Matemática TERCERO DE SECUNDARIA.pdf
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _VISITA À PROTEÇÃO CIVIL                  _
VISITA À PROTEÇÃO CIVIL _
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
 
DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS .
DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS         .DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS         .
DIA INTERNACIONAL DAS FLORESTAS .
 
Fichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdfFichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdf
Fichas de matemática DE PRIMERO DE SECUNDARIA.pdf
 
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
3. Pedagogía de la Educación: Como objeto de la didáctica.ppsx
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO  YESSENIA 933623393 NUEV...
IV SES LUN 15 TUTO CUIDO MI MENTE CUIDANDO MI CUERPO YESSENIA 933623393 NUEV...
 
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIORDETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
DETALLES EN EL DISEÑO DE INTERIOR
 
TL/CNL – 2.ª FASE .
TL/CNL – 2.ª FASE                       .TL/CNL – 2.ª FASE                       .
TL/CNL – 2.ª FASE .
 
Uses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressionsUses of simple past and time expressions
Uses of simple past and time expressions
 
cuadernillo de lectoescritura para niños de básica
cuadernillo de lectoescritura para niños de básicacuadernillo de lectoescritura para niños de básica
cuadernillo de lectoescritura para niños de básica
 

Materia de finanzas públicas 2014

  • 2. A FEBRERO DEL 2014, CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA CURS Resultado Asignatura Estrategias Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. CONFERENCIA MAGISTRAL 01.02.- Las entidades públicas y su conformación Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES 01.03.- Funcionamiento de las entidades públicas Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES 01.04.- La estructura del Estado Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. DISCUSIÓN 01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la Administración financiera Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES 01.06.- Concepto, objetivos y principios del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. 01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. 01.08.- Componentes del sistema Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. 01.09.- Financiamiento de las entidades Públicas (Las finanzas públicas, los tributos: impuestos, tasas y contribuciones; y, el endeudamiento, la inflación, Otros Ingresos) Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS 01.10.- Política Fiscal Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS 01.11.- Política Económica Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS 02.01.- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. CONFERENCIA MAGISTRAL 02.02.- Etapas de Programación y Elaboración del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS 02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo (Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja) Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones TALLER Concepto Ambiente Recursos US AULA DE CLASE PROYECTOR OF 01.- El Estado, Administracion Financiera y su Financiamiento 01.01.- Introducción CONTROLES DE LECTURA CONTROLES DE LECTURA CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS 02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS TEXTO OF
  • 3. 02.04.- La Aprobación del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS 02.05.- Ejecución del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS 02.06.- Seguimiento (Control) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS 02.07.- Evaluación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS 02.08.- Reformas al presupuesto Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. TRABAJOS EN GRUPOS 02.09.- Clausura y Liquidación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS 03.01.- Planificación del desarrollo; de la política; y, generalidades Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS 03.02.- Entidades del sistema; Concejo Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de los Gobiernos autónomas descentralizados. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS 03.03.- Información para la planificación; Plan Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento territorial y, Instrumentos complementarios. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS 03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS FOLLETO OF MATERIALES OF ESPECÍFICOS 03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA. AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE AULA DE CLASE MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES ESPECÍFICOS OF MATERIALES OF ESPECÍFICOS MATERIALES OF ESPECÍFICOS To CONTENIDO DEL SYLLABUS DEL PERIODO ACADÉMICO OCTUBRE DEL 2013 A FEBRERO DEL 2014 CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA CURSO 7C2 01.- El Estado, Administracion Financiera y su Financiamiento Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE PROYECTOR OF 01.02.- Las entidades públicas y su conformación Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.03.- Funcionamiento de las entidades públicas Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.04.- La estructura del Estado Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. DISCUSIÓN AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.01.- Introducción
  • 4. 01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la Administración financiera Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.06.- Concepto, objetivos y principios del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.08.- Componentes del sistema Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.09.- Financiamiento de las entidades Públicas (Las finanzas públicas, los tributos: impuestos, tasas y contribuciones; y, el endeudamiento, la inflación, Otros Ingresos) Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.10.- Política Fiscal Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.11.- Política Económica Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.01.- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.02.- Etapas de Programación y Elaboración del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo (Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja) Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones TALLER AULA DE CLASE TEXTO OF 02.04.- La Aprobación del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.05.- Ejecución del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.06.- Seguimiento (Control) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.07.- Evaluación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.08.- Reformas al presupuesto Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE FOLLETO OF 02.09.- Clausura y Liquidación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.01.- Planificación del desarrollo; de la política; y, generalidades Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.02.- Entidades del sistema; Concejo Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de los Gobiernos autónomas descentralizados. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS 03.03.- Información para la planificación; Plan Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento territorial y, Instrumentos complementarios. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO 03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA. OF
  • 5. gasto como de la inversión pública. To CONTENIDO DEL SYLLABUS DEL PERIODO ACADÉMICO OCTUBRE DEL 2013 A FEBRERO DEL 2014 CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA (CPA) CURSO 7C3 01.- El Estado, Administracion Financiera y su Financiamiento Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE PROYECTOR OF 01.02.- Las entidades públicas y su conformación Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.03.- Funcionamiento de las entidades públicas Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.04.- La estructura del Estado Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. DISCUSIÓN AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la Administración financiera Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.06.- Concepto, objetivos y principios del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.08.- Componentes del sistema Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.09.- Financiamiento de las entidades Públicas (Las finanzas públicas, los tributos: impuestos, tasas y contribuciones; y, el endeudamiento, la inflación, Otros Ingresos) Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.10.- Política Fiscal Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.11.- Política Económica Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.01.- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.02.- Etapas de Programación y Elaboración del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo (Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja) Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones TALLER AULA DE CLASE TEXTO OF 02.04.- La Aprobación del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.05.- Ejecución del Presupuesto Aplica de forma adecuada las TRABAJOS EN AULA DE CLASE MATERIALES OF 01.01.- Introducción 02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO
  • 6. etapas del ciclo presupuestario. GRUPOS 02.06.- Seguimiento (Control) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE ESPECÍFICOS MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.07.- Evaluación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.08.- Reformas al presupuesto Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE FOLLETO OF 02.09.- Clausura y Liquidación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.01.- Planificación del desarrollo; de la política; y, generalidades Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.02.- Entidades del sistema; Concejo Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de los Gobiernos autónomas descentralizados. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS 03.03.- Información para la planificación; Plan Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento territorial y, Instrumentos complementarios. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA. OF To CONTENIDO DEL SYLLABUS DE FINANZAS PÚBLICAS DEL PERIODO ACADÉMICO OC A FEBRERO DEL 2014, CARRERA: INGENIERIA EN ECONOMÍA CUR Concepto Resultado Asignatura Estrategias Ambiente Recursos US Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE PROYECTOR OF Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.- El Estado, Administracion Financiera y su Financiamiento 01.01.- Introducción 01.02.- Las entidades públicas y su conformación
  • 7. pública. 01.03.- Funcionamiento de las entidades públicas Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.04.- La estructura del Estado Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. DISCUSIÓN AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la Administración financiera Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.06.- Concepto, objetivos y principios del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.08.- Componentes del sistema Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.09.- Financiamiento de las entidades Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.10.- Política Fiscal Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.11.- Política Económica Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.01.- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.02.- Etapas de Programación y Elaboración Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion) 02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo (Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja) Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones TALLER AULA DE CLASE TEXTO OF 02.04.- La Aprobación del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.05.- Ejecución del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.06.- Seguimiento (Control) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.07.- Evaluación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.08.- Reformas al presupuesto Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE FOLLETO OF 02.09.- Clausura y Liquidación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.01.- Planificación del desarrollo; de la política; y, generalidades Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.02.- Entidades del sistema; Concejo Valora con adecuado criterio la TRABAJOS EN AULA DE CLASE MATERIALES Públicas (Las finanzas públicas, Los tributos: Impuestos, tasas y contribuciones; y, El endeudamiento, la Inflación, Otros Ingresos) 02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO 03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA.
  • 8. Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de los Gobiernos autónomas descentralizados. calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. GRUPOS 03.03.- Información para la planificación; Plan Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento territorial y, Instrumentos complementarios. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS 03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS ESPECÍFICOS OF AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF To CONTENIDO DEL SYLLABUS DE FINANZAS PÚBLICAS DEL PERIODO ACADÉMICO OC A FEBRERO DEL 2014, CARRERA: CONTABILIDAD SUPERIOR Y AUDITORÍA CU SEMIPRESENCIAL Resultado Asignatura Estrategias Ambiente Recursos US Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE PROYECTOR OF 01.02.- Las entidades públicas y su conformación Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.03.- Funcionamiento de las entidades públicas Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.04.- La estructura del Estado Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. DISCUSIÓN AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.05.- Fases, objetivos y fundamentos de la Administración financiera Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. LECTURAS GRUPALES E INDIVIDUALES AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.06.- Concepto, objetivos y principios del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.07.- Deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.08.- Componentes del sistema Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. CONTROLES DE LECTURA AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.09.- Financiamiento de las entidades Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF Concepto 01.- El Estado, Administracion Financiera y su Financiamiento 01.01.- Introducción Públicas (Las finanzas públicas, Los tributos: Impuestos, tasas y contribuciones; y, El endeudamiento, la Inflación, Otros Ingresos)
  • 9. 01.10.- Política Fiscal Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 01.11.- Política Económica Identifica las políticas económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.01.- Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. CONFERENCIA MAGISTRAL AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.02.- Etapas de Programación y Elaboración Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF del Ciclo Presupuestario (Programacion; y, Elaboracion) 02.03.- Desarrollo de un presupuesto completo (Los Ingresos; y, Los Egresos; Disposiciones generales;Fondos Ajenos; y, Flujo de Caja) Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones TALLER AULA DE CLASE TEXTO OF 02.04.- La Aprobación del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.05.- Ejecución del Presupuesto Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.06.- Seguimiento (Control) Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.07.- Evaluación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.08.- Reformas al presupuesto Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE FOLLETO OF 02.09.- Clausura y Liquidación Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.01.- Planificación del desarrollo; de la política; y, generalidades Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.02.- Entidades del sistema; Concejo Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de los Gobiernos autónomas descentralizados. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS 03.03.- Información para la planificación; Plan Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento territorial y, Instrumentos complementarios. Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 03.04.- Inversion Publica y sus Instrumentos Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. TRABAJOS EN GRUPOS AULA DE CLASE MATERIALES ESPECÍFICOS OF 02.- EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO 03.- LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA. OF To UNIVERSIDAD TECNICA DEL NORTE FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONOMICAS CARRERA: INGENIERIA COMERCIAL MODALIDAD: PRESENCIAL SYLLABUS PROGRAMA DE FINANZAS PÚBLICAS
  • 10. I. INFORMACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA, MÓDULO O CURSO: 1.1. Nombre de la Asignatura: FINANZAS PÚBLICAS 1.3. Código: CICOM-00056 1.2. Período Académico: Abril a Agosto 2013 1.4. Nº de créditos (C) y su equivalencia en horas presenciales (HP) y horas autónomas (HA): C: 4 HP: 64 HA: 64 1.6. Prerrequisitos: 1.8 Eje de formación: Humanístico: ( ) 1.5. Semestre o nivel: 7MO. SEMESTRE A1 1.7 Correquisitos: Técnicas de Negociación Básico: ( ) 1.9 Nombre del profesor: ING. COM. Víctor Manuel Zea Zamora. MSc Profesional: (X) Optativo: ( ) 1.10 Correo electrónico: zeavictor@yahoo.es II. CARACTERIZACIÓN DE LA ASIGNATURA: 2.1. DESCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA, MÓDULO O CURSO. El curso de la materia de finanzas públicas es importante para el estudiante de ingeniería comercial por cuanto le permite tener conocimientos básicos relativos de la administración financiera pública, la forma como se financia el Estado, la política fiscal, la política económica y social; el presupuesto del sector público permitiéndole comprender con casos prácticos la distribución de los recursos, la recaudación y problemática de los ingresos y los gastos públicos; la planificación y la inversión pública; siempre aplicando las normas legales para la toma de decisiones. Constituyendo la asignatura de finanzas públicas una materia importante en la formación profesional del ingeniero comercial para que pueda desempeñarse eficientemente en el campo de sus competencias. 2.2. OBJETIVO(S) DE LA ASIGNATURA 1. Desarrollar conocimientos básicos de las finanzas públicas. 2. Conocer el marco institucional del sector público en el Ecuador. 3. Identificar la política económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. 4. Aplicar criterios y habilidades esenciales para el manejo del ciclo presupuestario. 5. Formular el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. 6. Valorar la calidad de la planificación y de la inversión pública vinculada con el desarrollo del Estado. 2.3. RESULTADOS DE APRENDIZAJE Y ESTRATEGIAS DE EVALUACIÓN: RESULTADOS DE APRENDIZAJE Evidencias (Producto, desempeño, conocimiento) Estrategias de Evaluación Criterios y Técnicas e niveles de logro Instrumentos Puntaje ponderado 1º parcial 2º parcial T
  • 11. Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. Conoce el marco institucional del sector público en el Ecuador. Conocimiento Comprende la importancia de las finanzas públicas, por medio de las políticas fiscal y económica. Conocerá el marco jurídico que se aplica en las finanzas Muy buen manejo de las normas vigentes para cumplir con el manejo financiero Muy buen manejo de la Constitución, y leyes. - Pruebas de conocimiento (cuestionario) 9 - Trabajos individual y en grupo Identifica la política económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. Aplica de forma adecuada las etapas del ciclo presupuestario. Identificará las políticas económica, social y fiscal Aplicación de los procedimientos administrativos y las técnicas financieras 1 Muy buen conocimiento y manejo de las normas legales Manejar con responsabilidad las normas legales y los procedimientos administrativos y financieros en el desarrollo de sus tareas 1 Muy buen manejo de las poéticas y del financiamiento del Estado. Manejar con responsabilidad las normas legales en el desarrollo de sus tareas 9 Valora con adecuado criterio la calidad de la planificación y del gasto como de la inversión pública. Manejar con responsabilidad las normas legales y los procedimientos administrativos y financieros en el desarrollo de sus tareas. NOTA FINAL 6 6 - Exposiciones temáticas y debates. 1 1 -trabajo en grupo 2 2 - Taller Formula el presupuesto público participativo y la toma de decisiones. - Pruebas de conocimiento (cuestionario) 1 1 10 20 Muy buen conocimiento y manejo de las normas legales y la aplicación de los procedimientos administrativos y las técnicas financieras. 10 2.4. PROGRAMACIÓN DEL SYLLABUS: Objetivo Educacional de la asignatura: Suministrar a los estudiantes los elementos cognitivos, prácticos y valorativos, que les permita entender y manejar las finanzas públicas dentro de las normas legales y de los procedimientos técnicos y prácticos en los aspectos básicos, presupuestario y de planificación.
  • 12. Fechas Resultados de aprendizaje de la asignatura Contenidos Estrategias de aprendizaje Dedicación en horas semanales Presencial. T 2 % ACUMUL. HS. PRESENCIA LES Autónoma Bibliografía Básica y recomendada P 19 % HS. PRESENCIALES 1. El Estado, Administración Financiera y su 1ª. Semana 2ª. Semana Desarrolla adecuadamente los conocimientos básicos de la administración financiera pública. 3ª. Semana Conocerá el marco institucional del sector público en el Ecuador. Financiamiento 1.1. Introducción 1.2. Las entidades públicas y su conformación 1.3. Funcionamiento de las entidades públicas 1.4. La estructura del Estado 1.5. Fases, objetivos y fundamentos de la Administración financiera 1.6. Concepto, objetivos y principios del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP 1.7. Deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de Finanzas Públicas SINFIP 1.8. Componentes del sistema 1.9. Financiamiento de las entidades Públicas 1.9.1. Las finanzas públicas 4ª. Semana 5ª. Semana Identificará la política económica, social y fiscal del sector público y como se financia el Estado. 6ª. Semana 1.9.2. Los tributos: Impuestos, tasas y contribuciones 1.9.3. El endeudamiento, la Inflación, Otros Ingresos 1.10. Política Fiscal 1.11. Política Económica 1.12. Evaluación Evaluación diagnostica Conferencia magistral Lecturas individuales y discusión Lecturas individuales y discusión Discusión Lecturas individuales y discusión 21 2 2 3,13 3,13 Constitución de la República 1 1 1,56 4,69 1 1 1,56 6,25 3 1 4,69 1,56 10,94 12,50 Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) Clasificador Presupuestario de Ingresos del Sector P úblico. www.finanzas.gob.ec 1 1 2 Controles de lectura 1 1 1,56 14,06 Controles de lectura 1 1 1,56 15,62 Controles de lectura 1 1 1,56 17,18 Trabajo en grupo exposiciones y debate Trabajo en grupo exposiciones y debate Trabajo en grupo exposiciones y debate Trabajo en grupo exposiciones y debate Trabajo en grupo exposiciones y debate Cuestionario cerrado 2 2 3,13 20,31 3 3 4,69 25,00 2 3 3,13 28,13 1 1 1,56 29,69 1 1 1,56 31,25 1,56 32,81 33 1 1,56 34,37 1 1 1,56 35,93 2 2 3,13 39,06 1 2. EL SISTEMA DE PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO 2.1. Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas 2.2. Etapas de Programación y Elaboración del Ciclo Presupuestario 2.2.1Programación 7ª. Semana 2.2.2. Elaboración Aplica de forma adecuada las 2.3. Desarrollo de un presupuesto completo Conferencia magistral Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate 16 1 17 Constitución de la República
  • 13. etapas del ciclo presupuestario 8ª y 9ª. Semana 10ª. Semana 11ª. Semana Formulará 1 2.3.2. Los Egresos 2.3.3. Disposiciones generales 2.6. Ejecución del Presupuesto 2.7. Control 2.8. Evaluación 2.9. Reformas al presupuesto 14ª. Semana 4 4,69 43,75 Taller de presupuesto 2 8 11 15,63 59,38 Taller de presupuesto 1 1 2 3,13 62,51 1 4 1 4 2.10. Clausura y Liquidación 2.11 Evaluación 3. LA PLANIFICACIÓN Y LA INVERSIÓN PÚBLICA. 1 1 1 1,56 6,25 1,56 1,56 1 1 1,56 75,00 1 1 1,56 76,56 1 1 1,56 78,12 2 3,13 81,25 1 1,56 82,81 1,56 84,37 Taller de presupuesto Taller de presupuesto Cuestionario cerrado Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate Cuestionario cerrado 1 3.1. Planificación del desarrollo; de la política; y, Trabajo en grupo generalidades exposición y debate 3.2. Entidades del sistema; Concejo Nacional; Coordinación; y, Concejos de planificación de los Gobiernos autónomas descentralizados. 3.3. Información para la planificación; Plan Nacional de Desarrollo; planes de desarrollo y ordenamiento territorial y, Instrumentos complementarios. 3.4. Inversión Pública y sus Instrumentos 3.5. Evaluación Trabajo en grupo exposición y debate Trabajo en grupo exposición y debate 1 1 1 9 Valorar con adecuado criterio la calidad de la 15ª. Semana planificación y del gasto como de la 16ª. Semana inversión pública Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. Clasificador de Ingresos y de gastos del Sector Público 64,07 70,32 71,88 73,44 2.3.1. Los Ingresos el 2.3.4. Fondos Ajenos presupuesto 12ª. Semana 2.3.5. Flujo de Caja público participativo y la 2.4. Evaluación toma de 2.5. La Aprobación del Presupuesto decisiones. 13ª. Semana 2 Taller de presupuesto 1 10 3,13 2 Trabajo en grupo exposición y debate 44 4 4,69 95,32 3,12 98,45 100,00 1 TOTAL 90,63 1,56 2 Cuestionario cerrado 1 3,13 2 2 87,50 2 2 2 20 64 Constitución de la República Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas .
  • 14. 2.5 TEXTOS Y OTRAS REFERENCIAS REQUERIDAS: CONSTITUCIÓN de la República del Ecuador, Registro Oficial No. 449, 20 octubre de 2008 CÓDIGO Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Segundo Suplemento Registro Oficial Mo. 306, 22 de octubre de 2010 CÓDIGO Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y descentralización Territorial, Suplemento Registro Oficial No. 303, 19 de octubre de 2010, CÓDIGO Tributario, Codificado, Suplemento Registro Oficial No. 38, 14 de junio de 2005. CLASIFICADOR Presupuestario de Ingresos y Gastos del Sector Público, Suplemento Registro Oficial No. 273, 7 septiembre 2010 y actualizaciones. CÓRDOBA PADILLA, Marcial. Finanzas Públicas: Soporte para el desarrollo del estado. Año 2009 www.finanzas.gob.ec/?p=3853/legislacion-y-normativa 2.6 RECURSOS NECESARIOS: Capacidad del aula Equipos audiovisuales Videos Laptop. 2.7 COMPROMISOS: La clase se inicia a la hora establecida en el horario respectivo. Los trabajos y tareas que indique el docente que corresponden a las actividades de autoestudio, deberán presentarse en la fecha establecida, sin que exista la posibilidad de entrega en una segunda oportunidad. Por ningún concepto, los estudiantes, pueden cambiar los horarios, abandonar las clases sin autorización del docente, caso contrario serán objeto de sanción. El docente revisará los trabajos enviados a los estudiantes y entregará las calificaciones. Una vez devueltos a los estudiantes los deberes, pruebas, proyectos, etc., se tiene únicamente el plazo de 8 días calendario para cualquier tipo de corrección o recalificación, posterior a esta fecha la nota no podrá ser modificada. El celular en las horas de clase, tanto para el docente como para los estudiantes deberá apagarse o en su caso poner en modo vibración, para algún caso de emergencia; el estudiante solicitará autorización al docente para su uso. 2.8 Breve currículum vitae del profesor: Magíster en Gerencia Educativa, Ingeniero Comercial, Contador Público, Licenciado en Administración de Empresas, Profesor Principal de la FACAE-UTN, experiencia docente de 27 años, Ex Asesor Económico del Consorcio de Consejos Provinciales y Municipios del Norte del País, imparte las cátedras de Finanzas Públicas, Finanzas Corporativas y Auditoría Administrativa, Dirección Técnica de Trabajos de Grado. Fecha de aprobación del syllabus por el organismo competente: abril 8 de 2013. .……………………………………….. Ing. Com. Víctor Zea Zamora NSc. PROFESOR DE LA ASIGNATURA ………………………………………………… Ing. Com. Marlon Pineda MSc. COORDINADOR DE LA CARRERA
  • 15. 1. EL ESTADO ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y SU FINANCIAMIENTO 1.1. Introducción ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN ANTONIO CONCEJO MUNICIPAL COMISIONES ALCALDÍA ASESORÍA JURÍDICA AUDITORÍA INTERNA REALACIONES PÚBLICAS SECRETARÍA GENERAL ARCHIVO DIRECCIÓN FINANCIERA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA PRESUPUESTO CONTABILIDAD TALENTO HUMANO TESORERÍA SISTEMAS PLANIFICACIÓN AVALÚOS Y CATASTROS CONTRATACIÓN PÚBLICA RENTAS SERVICIOS GENERALES Y SERVICIOS BODEGA JUSTICIA POLICÍA Y VIGILANCIA DIRECCION, EDUCACION, CULTURAY AMBIENTE COMISARÍA CULTURA POLICÍA MUNICIPAL BIBLIOTECAS DIRECCIÓN DE AGUA POTABE Y ALCANTARILLADO DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS MUNICIPALES CONSTRUCCIONES AGUA POTABLE PRESUPUESTO Y FISCALIZACIÓN ALCANTARILLADO DEPORTE MATENIMIEENTO Y REPARACIÓN AMBIENTE TURISMO 1.2 LAS ENTIDADES PÚBLICAS Y SU CONFORMACIÓN MATENIMIEENTO Y REPARACIÓN OBRAS PÚBLICAS PLANIFICACIÓN ASEO PÚBLICO
  • 16. Las entidades públicas son los organismos creados por la Constitución, Leyes y Acuerdos y Estatutos, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad, de forma eficiente y efectiva, bajo la responsabilidad de sus servidores, quienes se encuentran al servicio de la sociedad para solucionar sus problemas y atender las obras y servicios que requieran. El conjunto de las entidades públicas constituye el Estado. DE LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO (CONSTITUCIÓN) Art. 225.- El sector público comprende: 1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social. 2. Las entidades que integran el régimen autónomo descentralizado. - Los gobiernos regionales autónomos - Los gobiernos provinciales - Los gobiernos municipales - El sistema público de registro de la propiedad - Los gobiernos de los distritos metropolitanos autónomos - Los gobiernos parroquiales rurales 3. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado. 4. Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos. VER CONSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 126 EN ADELANTE VER CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN (COOTAD) Art. 285 al 293 1.3. Funcionamiento de las Entidades Públicas Art. 226.- Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución. Art. 227.- La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación. Art. 228.- El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción de las servidoras y servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción. Su inobservancia provocará la destitución de la autoridad nominadora. Art. 229.- Serán servidoras o servidores públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del sector público. Los derechos de las servidoras y servidores públicos son irrenunciables. La ley definirá el organismo rector en materia de recursos humanos y remuneraciones para todo el sector público y regulará el
  • 17. ingreso, ascenso, promoción, incentivos, régimen disciplinario, estabilidad, sistema de remuneración y cesación de funciones de sus servidores. Las obreras y obreros del sector público estarán sujetos al Código de Trabajo. La remuneración de las servidoras y servidores públicos será justa y equitativa, con relación a sus funciones, y valorará la profesionalización, capacitación, responsabilidad y experiencia. Art. 230.- En el ejercicio del servicio público se prohíbe, además de lo que determine la ley: 1. Desempeñar más de un cargo público simultáneamente a excepción de la docencia universitaria siempre que su horario lo permita. 2. El nepotismo. 3. Las acciones de discriminación de cualquier tipo. El nepotismo seda hasta el cuarto grado de Consanguinidad y segundo de afinidad. 1. Consaguinidad Horizontal o colateral 1ro. Padre e Hijo 2do. Hermanos 3ro. Tío Sobrino 4to. Primos 2. Afinidad 1ro. Esposa Suegros 2do. Cuñados Constitución Art. 231.- Las servidoras y servidores públicos sin excepción presentarán, al iniciar y al finalizar su gestión y con la periodicidad que determine la ley, una declaración patrimonial jurada que incluirá activos y pasivos, así como la autorización para que, de ser necesario, se levante el sigilo de sus cuentas bancarias; quienes incumplan este deber no podrán posesionarse en sus cargos. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional harán una declaración patrimonial adicional, de forma previa a la obtención de ascensos y a su retiro. La Contraloría General del Estado examinará y confrontará las declaraciones e investigará los casos en que se presuma enriquecimiento ilícito. La falta de presentación de la declaración al término de las funciones o la inconsistencia no justificada entre las declaraciones hará presumir enriquecimiento ilícito. Cuando existan graves indicios de testaferrismo, la Contraloría podrá solicitar declaraciones similares a terceras personas vinculadas con quien ejerza o haya ejercido una función pública. Art. 232.- No podrán ser funcionarias ni funcionarios ni miembros de organismos directivos de entidades que ejerzan la potestad estatal de control y regulación, quienes tengan intereses en las áreas que vayan a ser controladas o reguladas o representen a terceros que los tengan. Las servidoras y servidores públicos se abstendrán de actuar en los casos en que sus intereses entren en conflicto con los del organismo o entidad en los que presten sus servicios. Art. 233.- Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos. Las servidoras o servidores públicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados de las instituciones del Estado, estarán sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y, en estos casos, los juicios se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de las personas acusadas. Estas normas también se aplicarán a quienes participen en estos delitos, aun cuando no tengan las calidades antes señaladas.
  • 18. Art. 234.- El Estado garantizará la formación y capacitación continua de las servidoras y servidores públicos a través de las escuelas, institutos, academias y programas de formación o capacitación del sector público; y la coordinación con instituciones nacionales e internacionales que operen bajo acuerdos con el Estado. Art. 388.- El Estado destinará los recursos necesarios para la investigación científica, el desarrollo tecnológico, la innovación, la formación científica, la recuperación y desarrollo de saberes ancestrales y la difusión del conocimiento. Un porcentaje de estos recursos se destinará a financiar proyectos mediante fondos concursables. Las organizaciones que reciban fondos públicos estarán sujetas a la rendición de cuentas y al control estatal respectivo. Art. 429.- La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia. Ejerce jurisdicción nacional y su sede es la ciudad de Quito. Las decisiones relacionadas con las atribuciones previstas en la Constitución serán adoptadas por el pleno de la Corte. 1.4 ESTRUCTURA DEL ESTADO FUNCIÓN EJECUTIVA Presidencia
  • 19. Vicepresidencia Secretaria Nacional de Planificación y Desarrolló Secretaría General de la Administración Pública Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social Ministerio de Coordinación de Patrimonio Ministerio de Coordinación de Sectores Estratégicos Ministerio de Coordinación de la Política Ministerio de Coordinación de la Política Económica Ministerio de Coordinación de Seguridad Ministerio de Coordinación de la Producción empleo y competitividad Ministerio de Educación Ministerio de Ambiente Ministerio de Recursos Naturales no Renovables Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración Ministerio de Finanzas Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Industrias y Productividad Ministerio de Salud Pública Ministerio de Cultura Ministerio del Interior Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca Ministerio de Inclusión Económica y Social Ministerio de Deporte Ministerio de Telecomunicaciones y sociedad de la información Ministerio de Electricidad y Energía Renovable Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Cultos Ministerio Coordinación de Conicimiento y Talento Humano Ministerio de Turismo Ministerio de Transporte y Obras Públicas Ecorae Ministerio de Relaciones Laborales SECRETARÍAS DE ESTADO Secretaría Nacional de Comunicación Secretaría Nacional del Migrante Secretaria Nacional de Gestión de Riesgos Secretaría de Pueblos, Movimientos Sociales y Participación Ciudadana Secretaría Nacional de Transparencia de Gestión Secretaría Nacional de Inteligencia Secretaria de Gestión Inmobiliari a del Sector Público Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología Secretar ía Nacional del Agua
  • 20. ESTRUCTURA DEL ESTADO FUNCIONES DEL ESTADO LEGISLATIVA Asamblea Nacional Integra: 15 Nacionales 2 por cada Provincia y 1 por cada 200.000 habitantes que supere los 150.000 EJECUTIVA JUDICIAL Y JUSTICIA INDIGENA Presidencia y Vicepresidencia Corte Constitucional 2 Secretarias Generales 8 Ministerios coordinadores 20 Ministerios 7 Secretarias de Estado JUSTICIA ORDINARIA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA - Cortes Provinciales - Tribunales y Juzgados - Juzgados de Paz ORGANOS AUXILIARES: - Martilladores y Depositarios Judiciales. Consejo de la Judicatura - Órgano de Administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial Medios Alternativos de Solución de Conflictos (Arbitraje y Mediación) JUSTICIA INDÍGENA Defensoría Pública Fiscalía General del Estado Sistema de Protección de Victimas y Testigos Servicio Notarial Rehabilitación Social ENTIDADES AUTÓNOMAS GOBIERNOS AUTÓNOMOS Y DESCENTRALIZADOS Y REGIMENES ESPACIALES TRANSPARENCIA YCONTROL SOCIAL ELECTORAL ENTIDADES AUTÓNOMAS Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Contraloría General del Estado Consejo Electoral Universidades y Escuelas Politécnicas Región Autónoma - Consejo Regional - Gobernador Reg. Consejos Electorales Provinciales IESS. Gobiernos Provinciales - Prefecto - Vicepresidente - Alcaldes y representantes Juntas Parroquiales Rurales Tribunal Contencioso Electoral Comisión Trancito del Guayas. Concejo Cantonal - Alcalde - Concejales Urbanos y Rurales Distrito Metropolitano - Alcalde, Concejo Nacional Control de la utilización de los recursos estatales Superintendencias - Bancos, Compañías, Telecomunicaciones, y; Ambiente Defensoría del Pueblo - Protección y tutela de los derechos de los ciudadanos Procuraduría General del Estado Se nombre de terna del Presidente. Org. Técnico Jurídico autónomo Juntas Parroquiales - Presidente y Miembros
  • 21. IMPORTANCIA La razón de ser del gobierno es proporcionar servicios fundamentales por medio de los diferentes ministerios, a sus ciudadanos, por lo tanto las actividades financieras y de control deben estar orientadas a proporcionar dichos servicios con eficiencia, efectividad y economía. 1.5 FASES, OBJETIVOS Y FUNDAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA FASES La administración financiera identifica cuatro momentos, los cuales deben ser ampliamente conocidos y dominados por los encargados de la gestión financiera del sector público; estos son: 1. Buscar las fuentes de financiamiento más ventajosas y hacer efectivo el flujo de fondos hacia la entidad. 2. Asignar los recursos obtenidos de acuerdo a un plan de caja y en base a una determinación previa de necesidades y prioridades. 3. Promover el aprovechamiento efectivo de los recursos asignados, haciéndolos producir, y. 4. Prever las fuentes de las que se obtendrán los recursos en el futuro. OBJETIVOS Los objetivos básicos de una buena administración financiera son: 1. Mostrar plenamente los resultados financieros de las actividades públicas. 2. Producir la información necesaria para dirigir los programas públicos. 3. Proporcionar resultados contables, veraces y significativos en los que puedan basarse la formulación y ejecución presupuestaria y la toma de decisiones por parte de las autoridades públicas y por los poderes del Estado. 4. Preparar clasificaciones consolidadas de las transacciones públicas para los fines contables, presupuestario, informativos o de comparación con otras entidades. REQUERIMIENTOS PARA UNA BUENA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA (FUNDAMENTOS) 1. Que el ejecutivo y el legislativo la apoyen decididamente. 2. Una estructura y organización adecuada del sistema financiero con funciones y responsabilidades claramente definidas. 3. Personal versado en las especialidades financieras, con la formación académica, capacitación y experiencia. 4. Un sistema de contabilidad adecuado y eficiente. 5. Un sistema eficaz de control interno. 6. Un sistema eficaz de control de adquisiciones y abastecimientos. 7. Una preparación y utilización efectiva de los informes financieros. 8. Una administración y control eficaces de la propiedad pública. 9. Una auditoría interna eficiente. 10. Una auditoría externa anual integral. 11. Una revisión constante del sistema financiero. SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTROL Concepto.- comprende la programación, organización, dirección, ejecución, coordinación y control de los procesos siguientes: de presupuesto y crédito público, de determinación, recaudación, depósito, inversión, compromiso, obligación, desembolso y recuperación de los recursos financieros públicos; de registro contable de los recursos financieros y materiales; de preparación e interpretación de informes financieros relacionados con los resultados de las operaciones, la situación financiera, los
  • 22. cambios operados en ella y en el patrimonio; y comprende, finalmente, la evaluación interna y externa de dichos procesos, por medio de la auditoría. La Integración de las diferentes etapas del proceso financiero con las actividades del control, constituyen una imperiosa necesidad, tanto porque unas y otras forman parte del proceso administrativo, como por que el control es imprescindible herramienta de gerencia. Con la importancia del sector público y el aumento de servicios y actividades que le corresponde desarrollar en un mundo moderno y el consecuente incremento de nuevas organizaciones para cumplir objetivos y lograr el bienestar colectivo con recursos administrativos dinámicos y efectivos, la referencia financiera ha tomado un rol de gran importancia, ya que de ella depende la calidad de la información y la asesoría en el campo financiero, para la gerencia general. La máxima autoridad o titular de cada entidad pública, necesita contar con una gerencia financiera moderna y eficaz que apoye las actividades y decisiones ejecutivas. Componentes.- Son componentes de un sistema integrado de administración financiera en cada entidad los siguientes: Política y programación fiscal, Ingresos, Presupuesto, Endeudamiento público, Contabilidad gubernamental y Tesorería. Elementos básicos.  2. 3. 4. 5. 6. 7. 1. Un sistema integrado de administración financiera que permita la aplicación de criterios uniformes en todos los niveles y el desarrollo de las actividades en forma coordinada Una adecuada delimitación de funciones financieras. Personal financiero idóneo Clara delimitación de la autoridad y la responsabilidad financiera Un sólido sistema de control interno que incluya una unidad independiente de auditoría interna. Documentos y registros apropiados Información financiera útil, adecuada y oportuna. Finalidad. La finalidad es establecer, poner en funcionamiento y mantener en las entidades y organismos del sector público un conjunto de normas y procedimientos que integren y coordinen la gerencia financiera para lograr un empleo eficiente, efectivo y económico de los recursos humanos, materiales y financieros. Organización de la Administración Financiera Cada entidad y organismo del sector público diseñará e implantará, con arreglo a las disposiciones de la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, procedimientos e instructivos para su administración financiera, adaptados a sus necesidades particulares, a fin de proveer con oportunidad de la información necesaria para la adopción de decisiones.
  • 23. Organización de la unidad financiera.- En cada entidad y organismo se establecerá una sola unidad administrativa responsable de su gestión financiera total. La unidad financiera será organizada según las características y necesidades de la entidad u organismo respectivo y dependerá directamente de la alta dirección. Una gerencia financiera eficaz debe basarse en una adecuada organización estructural y funcional, por ello, es preferible ubicar a todas las unidades y funciones financieras bajo la dirección de un gerente financiero que dependa del máximo ejecutivo de la entidad. Dicho gerente financiero puede llamarse Director Financiero, Jefe Financiero o adoptar otra denominación similar. De el dependen el sistema financiero con los subsistemas: contabilidad, presupuesto, tesorería, bodega y otros que se requieran. Requisitos de la administración financiera.- La administración financiera de cada entidad y organismo contará con un sólido control interno sustentado en una organización eficiente, separación de funciones incompatibles, personal idóneo, facultades y obligaciones definidas, documentación, registros y procesos que generen información apropiada Personal de la unidad financiera.- La unidad financiera estará servida por personal que reúna los requisitos mínimos establecidos para tal efecto, personal que estará sujeto a evaluación periódica con respecto a su calidad y ética profesional. 1.6. CONCEPTO, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE FINANZAS PÚBLICAS SINFIP Concepto El SINFIP comprende el conjunto de normas, políticas, instrumentos, procesos, actividades, registros y operaciones que las entidades y organismos del Sector Público, deben realizar con el objeto de gestionar en forma programada los ingresos, gastos y financiamiento públicos, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y a las políticas públicas establecidas en esta Ley. Todas las entidades, instituciones y organismos comprendidos en los artículos 225, 297 y 315 de la Constitución de la República se sujetarán al SINFIP, en los términos previstos en este código, sin perjuicio de la facultad de gestión autónoma de orden administrativo, económico, financiero, presupuestario y organizativo que la Constitución o las leyes establecen para determinadas entidades. Art. 71.- Rectoría del SINFIP.- La rectoría del SINFIP corresponde a la Presidenta o Presidente de la República, quien la ejercerá a través del Ministerio a cargo de las finanzas públicas, que será el ente rector del SINFIP. OBJETIVOS ESPECÍFICOS Art. 72.- Objetivos específicos del SINFIP.- El SINFIP tendrá como objetivos específicos los siguientes: 1. La sostenibilidad, estabilidad y consistencia de la gestión de las finanzas públicas; 2. La efectividad de la recaudación de los ingresos públicos; 3. La efectividad, oportunidad y equidad de la asignación y uso de los recursos públicos;
  • 24. 4. La sostenibilidad y legitimidad del endeudamiento público; 5. La efectividad y el manejo integrado de la liquidez de los recursos del sector público; 6. La gestión por resultados eficaz y eficiente; 7. 8. La adecuada complementariedad en las interrelaciones entre las entidades y organismos del sector público y, entre éstas y el sector privado; y, La transparencia de la información sobre las finanzas públicas. PRINCIPIOS DEL SISTEMA Art. 73.- Principios del SINFIP.- Los principios del SINFIP son: legalidad, universalidad, unidad, plurianualidad, integralidad, oportunidad, efectividad, sostenibilidad, centralización normativa, desconcentración y descentralización operativas, participación, flexibilidad y transparencia. 1.7. DEBERES Art. 74.- Deberes y atribuciones del ente rector del SINFIP.- El ente rector del SINFIP, como ente estratégico para el país y su desarrollo, tiene las siguientes atribuciones y deberes, que serán cumplidos por el Ministro(a) a cargo de las finanzas públicas: 1. Formular y proponer, para la aprobación del Presidente o Presidenta de la República, los lineamientos de política fiscal inherentes a los ingresos, gastos y financiamiento, en procura de los objetivos del SINFIP; 2. Ejecutar la política fiscal aprobada por el Presidente o Presidenta de la República; 3. Precautelar el cumplimiento de los objetivos de política fiscal prevista en la Constitución de la República y las leyes, en el ámbito de su competencia; 4. Analizar las limitaciones, riesgos, potencialidades y consecuencias fiscales que puedan afectar a la sostenibilidad de las finanzas públicas y a la consistencia del desempeño fiscal e informar al respecto a las autoridades pertinentes de la función ejecutiva; 5. Acordar y definir con el ente rector de la Planificación Nacional las orientaciones de política de carácter general, de cumplimiento obligatorio para las finanzas públicas; 6. Dictar las normas, manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos, glosarios y otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del sector público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y sus componentes; 7. Organizar el SINFIP y la gestión financiera de los organismos, entidades y dependencias del sector público, para lograr la efectividad en la asignación y utilización de los recursos públicos; 8. Formular y actualizar la programación fiscal plurianual y anual; 9. Formular la proforma del Presupuesto General del Estado, y ponerla a consideración de la Presidenta o Presidente de la República, junto con la Programación Presupuestaria
  • 25. Cuatrianual y el límite de endeudamiento, en los términos previstos en la Constitución de la República y en este código, previa coordinación con la institucionalidad establecida para el efecto; 10. Aumentar y rebajar los ingresos y gastos que modifiquen los niveles fijados en el Presupuesto General del Estado hasta por un total del 15% respecto de las cifras aprobadas por la Asamblea Nacional. En ningún caso esta modificación afectará los recursos que la Constitución de la República y la Ley asignen a los Gobiernos Autónomos Descentralizados; 11. Dictar de manera privativa las políticas, normas y directrices respecto a los gastos permanentes y su gestión del Presupuesto General del Estado; 12. Coordinar con otras entidades, instituciones y organismos nacionales e internacionales para la elaboración de estudios, diagnósticos, análisis y evaluaciones relacionados con la situación fiscal del país; 13. Requerir a las entidades, instituciones, organismos y personas de derecho público y/o privado, la información sobre la utilización de los recursos públicos; en coordinación con la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo; 14. Participar y asesorar en la elaboración de proyectos de ley o decretos que tengan incidencia en los recursos del Sector Público; 15. Dictaminar en forma previa, obligatoria y vinculante sobre todo proyecto de ley, decreto, acuerdo, resolución, o cualquier otro instrumento legal o administrativo que tenga impacto en los recursos públicos o que genere obligaciones no contempladas en los presupuestos del Sector Público no Financiero, exceptuando a los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Las Leyes a las que hace referencia este numeral serán únicamente las que provengan de la iniciativa del Ejecutivo en cuyo caso el dictamen previo tendrá lugar antes del envío del proyecto de ley a la Asamblea Nacional; 16. Celebrar a nombre del Estado ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de sus competencias; 17. Dictaminar obligatoriamente y de manera vinculante sobre la disponibilidad de recursos financieros suficientes para cubrir los incrementos salariales y los demás beneficios económicos y sociales que signifiquen egresos, que se pacten en los contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales; 18. Invertir los recursos de la caja fiscal del Presupuesto General del Estado, así como autorizar y regular la inversión financiera de las entidades del Sector Público no Financiero; 19. Asignar recursos públicos a favor de entidades de derecho público en el marco del Presupuesto General del Estado, conforme a la reglamentación correspondiente; 20. Dictaminar en forma previa a la emisión de valores y obligaciones por parte del Banco Central;
  • 26. 21. Asesorar a las entidades y organismos del sector público, en materias relacionadas con el SINFIP; 22. Utilizar instrumentos financieros del mercado de valores nacional y/o internacional, a fin de optimizar la gestión financiera del Estado; 23. Determinar los mecanismos de financiamiento público; 24. Normar los procesos de negociación y contratación de operaciones de endeudamiento público; 25. Realizar las negociaciones y contratación de operaciones de endeudamiento público del Presupuesto General del Estado, y designar negociadores, manteniendo la debida coordinación con las entidades del Estado a cuyo cargo estará la ejecución de los proyectos o programas financiados con deuda pública; 26. Participar a nombre del Estado, en procesos de negociación de cooperación internacional no reembolsable originada en canje o conversión de deuda pública por proyectos de interés público, que se acuerden con los acreedores; 27. Aprobar o rechazar la concesión de garantías de la República del Ecuador, para endeudamientos de las entidades y organismos del sector público; 28. Efectuar el seguimiento y evaluación de la gestión fiscal del Estado; 29. Participar en las comisiones de costeo de recursos para la transferencia de competencias a los Gobiernos Autónomos Descentralizados; 30. Preparar y elaborar estadísticas fiscales y consolidar la información presupuestaria, contable, financiera y de deuda pública de las entidades sujetas a este código; 31. Elaborar y mantener actualizados los registros de los entes financieros públicos y registro de los responsables de la gestión financiera; 32. Armonizar, homogeneizar y consolidar la contabilidad en el sector público; 33. Elaborar los Estados Financieros Consolidados de las entidades y organismos que forman parte del Sector Público no Financiero; 34. Elaborar y proporcionar la información fiscal necesaria para la formulación de las cuentas nacionales y las cuentas fiscales; 35. Custodiar las acciones y títulos valores que se generen en la gestión pública, sin perjuicio de las atribuciones legales de otras entidades del sector público; 36. Realizar las transferencias y pagos de las obligaciones solicitadas por las entidades y organismos del sector público contraídas sobre la base de la programación y la disponibilidad de caja; y, 37. Las demás que le fueren asignadas por la ley o por actos administrativos de la Función Ejecutiva.
  • 27. Art. 75.- Delegación de facultades.- La Ministra(o) a cargo de las finanzas públicas podrá delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo. Los actos administrativos ejecutados por los funcionarios, servidores o representantes especiales o permanentes delegados para el efecto por el Ministro(a) a cargo de las finanzas públicas, tendrán la misma fuerza y efecto que si los hubiere hecho el titular o la titular de esta Cartera de Estado y la responsabilidad corresponderá al funcionario delegado. Art. 76.- Recursos Públicos.- Se entienden por recursos públicos los definidos en el Art. 3 de la ley de la Contraloría General del Estado. Los anticipos correspondientes a la contratación pública no pierden su calidad de recursos públicos, hasta el momento de ser devengados; la normativa aplicable a la gestión de dichos recursos será la que corresponde a las personas jurídicas de derecho privado, con excepción de lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 299 de la Constitución de la República “Art. 3.- Recursos Públicos.- Para efecto de esta ley se entenderán por recursos públicos, todos los bienes, fondos, títulos, acciones, participaciones, activos, rentas, utilidades, excedentes, subvenciones y todos los derechos que pertenecen al Estado y a sus instituciones, sea cual fuere la fuente de la que procedan, inclusive los provenientes de préstamos, donaciones y entregas que, a cualquier otro título, realicen a favor del Estado o de sus instituciones, personas naturales o jurídicas u organismos nacionales o internacionales. Los recursos públicos no pierden su calidad de tales al ser administrados por corporaciones, fundaciones, sociedades civiles, compañías mercantiles y otras entidades de derecho privado, cualquiera hubiere sido o fuere su origen, creación o constitución, hasta tanto los títulos, acciones, participaciones o derechos que representen ese patrimonio, sean transferidos a personas naturales o personas jurídicas de derecho privado, de conformidad con la ley”. Art. 77.- Presupuesto General del Estado.- El Presupuesto General del Estado es el instrumento para la determinación y gestión de los ingresos y egresos de todas las entidades que constituyen las diferentes funciones del Estado. No se consideran parte del Presupuesto General del Estado, los ingresos y egresos pertenecientes a la Seguridad Social, la banca pública, las empresas públicas y los gobiernos autónomos descentralizados. Art. 78.- Clasificación de Ingresos.- Los ingresos fiscales se clasifican en ingresos permanentes y no permanentes, y podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis, organización presupuestaria y estadística. Ingresos permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado a través de sus entidades, instituciones y organismos públicos reciben de manera continua, periódica y previsible. La generación de ingresos permanentes no ocasiona la disminución de la riqueza nacional. Por ello, los ingresos permanentes no pueden provenir de la enajenación, degradación o venta de activos públicos de ningún tipo o del endeudamiento público. Ingresos no-permanentes: Son los ingresos de recursos públicos que el Estado a través de sus entidades, instituciones y organismos, reciben de manera temporal, por una situación específica, excepcional o extraordinaria. La generación de ingresos no-permanentes puede ocasionar disminución de la riqueza nacional. Por ello, los ingresos no permanentes pueden provenir, entre otros, de la venta de activos públicos o del endeudamiento público. Art. 79.- Clasificación de egresos.- Los egresos fiscales se clasifican en egresos permanentes y no permanentes, y éstos podrán clasificarse en otras categorías con fines de análisis, organización presupuestaria y estadística.
  • 28. Egresos permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a través de sus entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter operativo que requieren repetición permanente y permiten la provisión continua de bienes y servicios públicos a la sociedad. Los egresos permanentes no generan directamente acumulación de capital o activos públicos. Egresos no-permanentes: Son los egresos de recursos públicos que el Estado a través de sus entidades, instituciones y organismos, efectúan con carácter temporal, por una situación específica, excepcional o extraordinaria que no requiere repetición permanente. Los egresos nopermanentes pueden generar directamente acumulación de capital bruto o activos públicos o disminución de pasivos. Por ello, los egresos no permanentes incluyen los gastos de mantenimiento realizados exclusivamente para reponer el desgaste del capital. Art. 80.- Garantía de recursos de las entidades públicas.- Para la transferencia de las preasignaciones constitucionales y con la finalidad de salvaguardar los intereses de las entidades públicas que generan recursos por autogestión, que reciben donaciones, así como otros ingresos provenientes de financiamiento; no se consideran parte de los ingresos permanentes y no permanentes del Estado Central, pero sí del Presupuesto General del Estado, los siguientes: Ingresos provenientes del financiamiento; donaciones y cooperación no reembolsable; autogestión y otras preasignaciones de ingreso. Todos los ingresos sean, del Estado Central o del Presupuesto General del Estado y demás Presupuestos Públicos, deberán cumplir con la restricción del Artículo 286 de la Constitución. Art. 81.- Regla fiscal.- Para garantizar la conducción de las finanzas públicas de manera sostenible, responsable, transparente y procurar la estabilidad económica; los egresos permanentes se financiarán única y exclusivamente con ingresos permanentes. No obstante los ingresos permanentes pueden también financiar egresos no permanentes. Los egresos permanentes se podrán financiar con ingresos no permanentes en las situaciones excepcionales que prevé la Constitución de la República, para salud, educación y justicia; previa calificación de la situación excepcional, realizada por la Presidenta o el Presidente de la República. El cumplimiento de estas reglas se comprobará únicamente en los agregados de: las proformas presupuestarias públicas, los presupuestos aprobados y los presupuestos liquidados, en base a una verificación anual. 1.8. COMPONENTES DEL SISTEMA Art. 82.- Componentes del SINFIP.- Se entiende por componentes del SINFIP, a cada conjunto de procesos necesarios para la organización y gestión del mismo. Los componentes son: política y programación fiscal, ingresos, presupuesto, endeudamiento público, contabilidad gubernamental y tesorería. Art. 83.- Coordinación.- Los componentes del SINFIP actuarán en forma coordinada y establecerán los canales de articulación entre sí con la finalidad de garantizar el funcionamiento integrado del Sistema.
  • 29. DEL COMPONENTE DE LA POLÍTICA Y PROGRAMACIÓN FISCAL Art. 84.- Contenido y finalidad.- Comprende el análisis, seguimiento y evaluación de la política fiscal, las variables fiscales y la programación fiscal plurianual y anual, con la finalidad de alertar oportunamente sobre los impactos fiscales, para sustentar las elecciones económicas y administrativas, así como fortalecer la sostenibilidad de las finanzas públicas. Para el efecto, se enmarcará en la institucionalidad que establezca el Presidente de la República. Art. 85.- Política fiscal.- La política fiscal dictada por el Presidente de la República en los campos de ingresos, gastos, financiamiento, activos, pasivos y patrimonio del Sector Público no Financiero, propenderá al cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y de los objetivos del SINFIP. El ente rector de las finanzas públicas recomendará los lineamientos de política fiscal, en coordinación con las entidades involucradas. Art. 86.- Participación coordinada en la elaboración de la programación macroeconómica.- El ente rector de las finanzas públicas participará en la elaboración y consolidación de la programación macroeconómica en lo referente al campo de las finanzas públicas, en el marco de la coordinación de la institucionalidad establecida para el efecto. Art. 87.- Programación fiscal plurianual y anual.- La programación fiscal del Sector Público no Financiero será plurianual y anual y servirá como marco obligatorio para la formulación y ejecución del Presupuesto General del Estado y la Programación Presupuestaria Cuatrianual, y referencial para otros presupuestos del Sector Público. Art. 88.- Fases de la programación fiscal plurianual y anual.- La programación fiscal tendrá las siguientes fases: 1. Determinación del escenario fiscal base. 2. Articulación con el Plan Nacional de Desarrollo. 3. Formulación de lineamientos para la programación fiscal. 4. Determinación del escenario fiscal final. 5. Aprobación. 6. Seguimiento, evaluación y actualización. Art. 89.- Estudios fiscales.- El ente rector de las finanzas públicas elaborará los estudios correspondientes para la toma de decisiones, el seguimiento permanente de la situación fiscal, así como para evaluar el impacto de las propuestas de política y proyectos de reforma legal que puedan afectar el desempeño fiscal y de la economía, sin perjuicio de las atribuciones del resto de entidades públicas al respecto de la elaboración deestudios. DEL COMPONENTE DE INGRESOS
  • 30. Art. 90.- Contenido y finalidad.- Comprende la proyección y análisis para la recomendación de políticas referidas a los ingresos públicos y a la creación de mecanismos idóneos con el fin de racionalizar y optimizar la determinación y recaudación. Art. 91.- Recursos de actividades empresariales.- Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas nacionales ingresarán al Presupuesto General del Estado una vez descontados los costos inherentes a cada actividad y las inversiones y reinversiones necesarias para el cumplimiento de la finalidad de cada empresa. Los procedimientos y plazos para la liquidación y entrega de los recursos serán determinados en la normativa que dicte el ente rector de las finanzas públicas en coordinación con la empresa correspondiente. Los recursos provenientes de actividades empresariales públicas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados ingresarán a los respectivos Presupuestos de cada Gobierno Autónomo Descentralizado conforme a la ley. Art. 92.- Sujeción a la política fiscal.- La determinación y cobro de ingresos públicos está sujeta a la política fiscal. La determinación y cobro de ingresos públicos del Sector Público no Financiero, con excepción de los ingresos propios de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, se ejecutará de manera delegada bajo la responsabilidad de las entidades y organismos facultados por ley. Art. 93.- Recaudación.- Las entidades, instituciones y organismos del sector público realizarán la recaudación de los ingresos públicos a través de las entidades financieras u otros mecanismos o medios que se establezcan en la ley o en las normas técnicas expedidas por el ente rector de las finanzas públicas, en coordinación con esas entidades. Art. 94.- Renuncia de ingresos por gasto tributario.- Se entiende por gasto tributario los recursos que el Estado, en todos los niveles de gobierno, deja de percibir debido a la deducción, exención, entre otros mecanismos, de tributos directos o indirectos establecidos en la normativa correspondiente. Para el gasto tributario de los ingresos nacionales, la administración tributaria nacional estimará y entregará al ente rector de las finanzas públicas, la cuantificación del mismo y constituirá un anexo de la proforma del Presupuesto General del Estado. Para el gasto tributario de los ingresos de los gobiernos autónomos descentralizados, la unidad encargada de la administración tributaria de cada gobierno autónomo, lo cuantificará y anexará a la proforma presupuestaria correspondiente. DEL COMPONENTE DE PRESUPUESTO Art. 95.- Contenido y finalidad.- Comprende las normas, técnicas, métodos y procedimientos vinculados a la previsión de ingresos, gastos y financiamiento para la provisión de bienes y servicios públicos a fin de cumplir las metas del Plan Nacional de Desarrollo y las políticas públicas. Art. 96.- Etapas del ciclo presupuestario.- El ciclo presupuestario es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades y organismos del sector público y comprende las siguientes etapas: 1. Programación presupuestaria.
  • 31. 2. Formulación presupuestaria. 3. Aprobación presupuestaria. 4. Ejecución presupuestaria. 5. Evaluación y seguimiento presupuestario. 6. Clausura y liquidación presupuestaria. Con la finalidad de asegurar una adecuada coordinación de procesos interinstitucionales en todas las fases del ciclo presupuestario, el ente rector de las finanzas públicas emitirá lineamientos a todas las entidades del Sector Público, excepto los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Estos lineamientos serán referenciales para los Gobiernos Autónomos Descentralizados. DEL COMPONENTE DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO DEL CONTENIDO Y FINALIDAD Art. 123.- Contenido y finalidad.- El componente de endeudamiento público tiene bajo su responsabilidad normar, programar, establecer mecanismos de financiamiento, presupuestar, negociar, contratar, registrar, controlar, contabilizar y coordinar la aprobación de operaciones de endeudamiento público, de administración de deuda pública y operaciones conexas para una gestión eficiente de la deuda. El endeudamiento público comprende la deuda pública de todas las entidades, instituciones y organismos del sector público provenientes de contratos de mutuo; colocaciones de bonos y otros valores, incluidos las titularizaciones y las cuotas de participación; los convenios de novación y/o consolidación de obligaciones; y, aquellas obligaciones en donde existan sustitución de deudor establecidas por ley. Además constituyen endeudamiento público, las obligaciones no pagadas y registradas de los presupuestos clausurados. Se excluye cualquier título valor menor a 360 días. Para el caso de las empresas públicas se excluyen todos los contratos de mutuo del tipo crédito con proveedores que no requieran garantía soberana. Para el caso de banca y las entidades de intermediación financiera públicas se excluyen todas las operaciones que realicen para solventar sus necesidades de liquidez y aquellas destinadas a la intermediación financiera que no provengan de deuda externa multilateral, de proveedores, de gobiernos ni de la banca que requiera garantía soberana del Estado. Los pasivos contingentes tienen su origen en hechos específicos que pueden ocurrir o no. La obligación se hace efectiva con la ocurrencia de una o más condiciones previstas en el instrumento legal que lo generó. Los pasivos contingentes no forman parte de la deuda pública. Un pasivo contingente solo se constituirá en deuda pública, en el monto correspondiente a la parte de la obligación que fuera exigible. La deuda contingente podrá originarse:
  • 32. 1. Cuando el Estado, a nombre de la República del Ecuador, otorga la garantía soberana a favor de entidades y organismos del sector público que contraigan deuda pública. 2. Por la emisión de bonos y más títulos valores cuyo objeto sea garantizar a los contribuyentes el retorno de sus aportaciones. 3. Por la suscripción de contratos de garantía para asegurar el uso de las contribuciones no reembolsables. 4. Por contingentes asumidos por el Estado ecuatoriano, de conformidad con la ley, u otras obligaciones asumidas en el marco de convenios con organismos internacionales de crédito. La contratación de la deuda contingente debe seguir el proceso de endeudamiento público, en lo pertinente. DEL COMPONENTE DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Art. 148.- Contenido y finalidad.- Constituye el proceso de registro sistemático, cronológico y secuencial de las operaciones patrimoniales y presupuestarias de las entidades y organismos del Sector Público no Financiero, expresadas en términos monetarios, desde la entrada original a los registros contables hasta la presentación de los estados financieros; la centralización, consolidación y la interpretación de la información; comprende además los principios, normas, métodos y procedimientos correspondientes a la materia. La finalidad del componente de Contabilidad Gubernamental es establecer, poner en funcionamiento y mantener en cada entidad del Sector Público no Financiero un sistema único de contabilidad, que integr e las operaciones, patrimoniales, presupuestarias y de costos, para asegurar la producción de información financiera completa, confiable y oportuna, que permita la rendición de cuentas, la toma de decisiones, el control, la adopción de medidas correctivas y la elaboración de estadísticas. Las empresas públicas podrán tener sus propios sistemas de contabilidad de conformidad a la ley y el reglamento del presente Código. Para fines de consolidación de la contabilidad y demás información fiscal del Sector Público no Financiero estarán obligadas a realizar y enviar reportes contables en los plazos y formatos que emita el ente rector de las finanzas públicas para el efecto. Art. 149.- Registro de recursos financieros y materiales.- El componente de contabilidad incluirá el registro de todos los recursos financieros y materiales administrados por los entes públicos aún cuando pertenezcan a terceros, de forma que ningún recurso quede excluido del proceso de registro e informes financieros. Art. 150.- Organización contable.- En cada entidad se establecerá la unidad encargada de la ejecución del Componente de Contabilidad Gubernamental. Art. 151.- Entes financieros y unidades ejecutoras responsables.- Los entes financieros y unidades ejecutoras responsables de la administración de sus presupuestos, dispondrán de datos e información contable y presupuestaria individualizada, con los detalles que establecerá para el efecto el ente rector de las finanzas públicas.
  • 33. Art. 152.- Obligaciones de los servidores de las entidades.- Las máximas autoridades de cada entidad u organismo público, serán los responsables de velar por el debido funcionamiento del componente de contabilidad gubernamental y los servidores de las unidades financieras, de observar la normativa contable. El titular de la unidad financiera de la entidad legalizará con su firma y/o su clave, la información financiera y/o estados financieros de sus respectivas entidades. Adicionalmente, las máximas autoridades de las entidades y organismos del sector público enviarán la información financiera y presupuestaria, señalada en este código o en las normas técnicas y en conformidad con éstas, dentro de los plazos previstos en dichos instrumentos. En caso de incumplimiento, el ente rector de las finanzas públicas suspenderá la asignación de recursos y/o transferencias desde el Presupuesto General del Estado, luego de 60 días de finalizado el mes del cual no se ha enviado la información. Las normas técnicas a las que hace referencia el inciso anterior abarcan exclusivamente detalle, metodología y contenidos de la información. Art. 153.- Contabilización inmediata.- Los hechos económicos se contabilizarán en la fecha que ocurran, dentro de cada período mensual; no se anticiparán ni postergarán los registros respectivos. Art. 154.- Ejecución presupuestaria y transacciones de caja.- La información contable contenida en las operaciones financieras reflejarán, tanto la ejecución presupuestaria, como las transacciones de caja. Para efectos contables, en la ejecución presupuestaria que se genere en cada ejercicio, se considerarán ingresos todos los derechos de cobro; y gastos las obligaciones derivadas de la recepción de bienes y servicios adquiridos por la autoridad competente. El registro contable de los ingresos y gastos presupuestarios se efectuará de conformidad con lo previsto en el principio contable del devengado. En términos de caja, constituirán ingresos las recaudaciones tributarias y no tributarias que se perciban en el transcurso del ejercicio, cualquiera sea la fecha en que se hubiera generado el derecho; constituirán egresos de caja los pagos que se realicen durante el ejercicio, cualquiera sea la fecha en que hubiera nacido la obligación, incluyendo las salidas de dinero en calidad de anticipos. Art. 155.- Obligaciones pendientes de pago.- Son aquellas que quedaren pendientes de pago al 31 de diciembre de cada año. Art. 156.- Retención de documentos y registros.- Las unidades de contabilidad de las entidades del sector público conservarán durante siete años los registros financieros junto con los documentos de sustento correspondientes, en medios digitales con firma electrónica de responsabilidad, y de ser del caso los soportes físicos. Art. 157.- Agregación y consolidación de la información financiera.- El ente rector de las finanzas públicas recibirá, validará, analizará, clasificará y procesará los datos contenidos en la información financiera elaborada por cada ente financiero del Sector Público no Financiero, con la finalidad de obtener estados financieros agregados y consolidados, relativos a agrupaciones predefinidas y según requerimientos de la administración del Estado. Las
  • 34. políticas, normas técnicas y manuales de contabilidad establecerán la naturaleza de la información financiera, así como su clasificación y la forma en que deberá ser presentada. Art. 158.- Normativa aplicable.- El ente rector de las finanzas públicas tiene la facultad privativa para expedir, actualizar y difundir los principios, normas técnicas, manuales, procedimientos, instructivos y más disposiciones contables, que serán de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades y organismos del Sector Público no Financiero Art. 159.- Difusión de la información financiera consolidada.- El ente rector de las finanzas públicas publicará semestralmente la información consolidada del Sector Público no Financiero, a través de su página web u otros medios. DEL COMPONENTE DE TESORERÍA Art. 160.- Contenido y finalidad.- Comprende el conjunto de normas, principios y procedimientos utilizados en la obtención, depósito y colocación de los recursos financieros públicos; en la administración y custodia de dineros y valores que se generen para el pago oportuno de las obligaciones legalmente exigibles; y en la utilización de tales recursos de acuerdo a los presupuestos correspondientes, en función de la liquidez de la caja fiscal, a través de la Cuenta Única del Tesoro Nacional. El componente de Tesorería establecerá una administración eficiente, efectiva y transparente de los recursos financieros públicos de la Cuenta Única del Tesoro Nacional, para responder a las necesidades de pago que demanda el Presupuesto General del Estado. La Programación de Caja determina las operaciones de ingresos y gastos públicos que afectan al saldo de caja del tesoro nacional y a los movimientos de la deuda pública para cubrir las obligaciones y la liquidez necesaria. Art. 161.- Sistema Único de Cuentas.- El Sistema Único de Cuentas está conformado por: la Cuenta Única del Tesoro Nacional; las subcuentas de los gobiernos autónomos descentralizados; las cuentas de la Seguridad Social; las cuentas de las empresas públicas; y, las cuentas de la banca pública. Su operatividad constará en el reglamento. En relación con las cuentas de la seguridad social se garantiza que en todos los aspectos contables, operativos y de gestión se mantienen de manera autónoma la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional, por lo que estos recursos serán propios y distintos del fisco. Conforme dispone la Constitución de la República ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas. Art. 162.- Banca pública.- Los recursos públicos se manejarán a través de la banca pública, considerando en lo pertinente, las respectivas normas técnicas y las capacidades de gestión de las entidades que conforman la banca pública. El cobro, pago o transferencia de dichos recursos se podrá realizar a través de otras entidades financieras. Art. 163.- Gestión y acreditación de los recursos públicos.- El Presupuesto General del Estado se gestionará a través de la Cuenta Única del Tesoro Nacional abierta en el depositario oficial que es el Banco Central del Ecuador, con las subcuentas que el ente rector de las finanzas públicas considere necesarias.
  • 35. Para el manejo de los depósitos y créditos de las empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados y las demás que correspondan, se crearán cuentas especiales en el Banco Central del Ecuador. Todo organismo, entidad y dependencia del Sector Público no Financiero, con goce o no de autonomía económica y/o presupuestaria y/o financiera, deberá acreditar la totalidad de recursos financieros públicos que obtenga, recaude o reciba de cualquier forma a las respectivas cuentas abiertas en el Banco Central del Ecuador. La salida de recursos de la Cuenta Única del Tesoro Nacional se realizará sobre la base de las disposiciones de los autorizadores de pago de las entidades y organismos pertinentes y del ente rector de las finanzas públicas. Dicha salida de recursos se efectuará cuando exista obligaciones de pago, legalmente exigibles, debidamente determinadas por las entidades responsables correspondientes, previa afectación presupuestaria o registro contable. Se faculta a las entidades y organismos del sector público a gestionar anticipos a través de varios desembolsos, a gestionar proyectos a través de fondos a rendir cuentas, entre otros mecanismos; para lo cual el ente rector de las finanzas públicas emitirá la normativa correspondiente. No se aplicará el sigilo bancario a los recursos de las entidades del sector público, con excepción de los créditos otorgados por la banca pública a favor de personas jurídicas de derecho privado. La Tesorería de la Nación ordenará el reintegro inmediato a la Cuenta Única del Tesoro Nacional, de los recursos de las entidades públicas que violen el artículo 299 inciso tercero de la Constitución, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles y penales, a que hubiere lugar. La República del Ecuador previa autorización del Ente Rector de las Finanzas Públicas, podrá aperturar y mantener en el exterior, cuentas de depósito fijo o a la vista, para gestionar, conceder o realizar pagos, endeudamiento, inversión e interés de seguridad. Art. 164.- Rendimientos.- Los rendimientos que se generen de las inversiones de la Cuenta Única del Tesoro Nacional se restituirán a esa cuenta en su totalidad, salvo las comisiones pertinentes que autorice el ente rector de las finanzas públicas dentro de las operaciones financieras. Estos recursos no formarán parte de los ingresos del Banco Central del Ecuador. Por su naturaleza las transacciones que se generen de la Cuenta Única del Tesoro Nacional están exentas de todo tipo de retención incluidas las tributarias. Art. 165.- Fondos de reposición.- Las entidades y organismos del sector público pueden establecer fondos de reposición para la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las normas técnicas que para el efecto emita el ente rector de las finanzas públicas. La liquidación de estos fondos se efectuará dentro del ejercicio fiscal correspondiente. Art. 166.- Manejo de la liquidez.- El ente rector de las finanzas públicas manejará y administrará los excedentes de liquidez de la Cuenta Única del Tesoro Nacional de conformidad con las normas técnicas que emita para el efecto. Art. 167.- Excedentes.- Todos los excedentes de caja de los presupuestos de las entidades del Presupuesto General del Estado, al finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos de caja del Presupuesto General del Estado del siguiente ejercicio fiscal Los excedentes de caja de los gobiernos autónomos descentralizados que se mantengan al finalizar el año fiscal se constituirán en ingresos caja del siguiente ejercicio fiscal.
  • 36. Art. 168.- Inversión de recursos financieros públicos en el extranjero.- Cualquier inversión de recursos financieros públicos en el extranjero sólo podrá realizarse previa autorización del ente rector de las finanzas públicas. Art. 169.- Especies valoradas.- El ente rector de las finanzas públicas, es el único organismo que autoriza la emisión y fija el precio de los pasaportes y más especies valoradas de los organismos, entidades y dependencias del Sector Público no Financiero, a excepción de aquellas emitidas por los gobiernos autónomos descentralizados, las entidades de seguridad social y las empresas públicas. Los costos por emisión y los ingresos por la venta de las especies valoradas deberán constar obligatoriamente en los presupuestos. Ningún organismo, entidad o dependencia del sector público no financiero sujetas al ámbito de aplicación del presente código podrá cobrar tarifa alguna por la venta de bienes y servicios sin que medie la comercialización de especies valoradas, la factura, nota de venta u otros instrumentos autorizados para el efecto. Art. 170.- Sentencias.- Las entidades y organismos del sector público deberán dar cumplimiento inmediato a las sentencias ejecutoriadas y pasadas en autoridad de cosa juzgada, y si implican el egreso de recursos fiscales, dicha obligación se financiará con cargo a las asignaciones presupuestarias de la respectiva entidad u organismo, para lo cual si es necesario se realizarán las reformas respectivas en el gasto no permanente. Los recursos de la Cuenta Única del Tesoro son inembargables y no pueden ser objeto de ningún tipo de apremio, medida preventiva ni cautelar. Art. 171.- Certificados de Tesorería.- El ente rector de las finanzas públicas, en el evento de presentarse deficiencias temporales y/o para la optimización de la liquidez en la economía, podrá emitir Certificados de Tesorería para financiar egresos permanentes o no permanentes. Los Certificados de Tesorería, por su naturaleza, no obstante constituir obligaciones de pago, no estarán sujetos, para su emisión, al trámite y requisitos previstos para operaciones de endeudamiento público, excepto la escritura pública de emisión cuyo contenido será establecido en las normas técnicas. En ningún caso, el plazo para el pago efectivo de los certificados podrá superar los 360 días. Art. 172.- Liquidación y extinción de obligaciones entre entidades del sector público.- Cuando el ente rector de las finanzas públicas, establezca que entre dos o más entidades del Estado, o el Estado con otras entidades pueden extinguirse obligaciones existentes entre ellas, ya sea por haberse efectuado el pago, operado la compensación o por condonación de la deuda, les conminará para que en un plazo determinado suscriban obligatoriamente un convenio de extinción de obligaciones. Para los efectos anotados, las entidades del Estado observarán obligatoriamente las normas que expida el ente rector de las finanzas públicas. Art. 173.- La liquidez del Sector Público.- Para el manejo integrado de la liquidez del Sector público, el Banco Central del Ecuador en coordinación con el ente rector de las finanzas públicas, podrá gestionar la liquidez de las cuentas creadas en dicha entidad, de conformidad con el Reglamento de este Código. No se afectará la disponibilidad de recursos de todas las entidades y organismos del sector público y su exigibilidad inmediata. 1.9. FINANCIAMIENTO DE LAS ENTIDADES PÚBLICAS