El documento define el contrato de trabajo como la obligación de una persona a prestar un servicio personal a otra bajo dependencia y mediante remuneración. Describe los elementos del contrato de trabajo como la prestación personal, subordinación y remuneración. Explica que los contratos de trabajo pueden ser verbales o escritos y pueden ser a término fijo, por tiempo determinado o a término indefinido.
1. CONTRATO DE TRABAJO Lo define Art. 23 de C.S.T. Aquel por el cual una persona Natural se obligue a prestar un servicio personal a otra persona Natural o Jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración
2. RELACION DE TRABAJO Es la simple prestación de servicio de la que surgen derechos y obligaciones. El Art. 24 C.S.T presume que esa relación está regida por un contrato de trabajo. Es una presunción Legal, esa presunción es ventaja probatoria para el trabajador que solo tiene que demostrar el servicio. Sentencia C-665 de 1998.
3. SUBORDINACION PROPIA DEL CONTRATO DE TRABAJO Es la facultad que tiene el empleador para impartirle órdenes al trabajador y exigirle su cumplimiento, señalarle el modo, tiempo y cantidad de trabajo, imponerle reglamentos y horarios. Entiéndase la subordinación como elemento diferencial entre un contrato Civil y uno Laboral.
4. ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO Prestación personal del servicio. Subordinación o dependencia. Remuneración (Salario)
5. CONCURRENCIA DE CONTRATOS El Art. 25 del C.S.T Dice que el contrato de trabajo puede presentarse involucrado con otros u otros de distinta naturaleza celebrados entre las mismas personas y no por ello pierden su esencia, la conservan y a ese contrato le son aplicables las normas laborales y al otro u otros que concurren se le aplican las normas que le sean propias.
6. COEXISTENCIA DE CONTRATOS DE TRABAJO Art. 28 C.S.T Dice que un mismo trabajador puede celebrar contratos de trabajo siempre que no haya pactado exclusividad a favor de uno de ellos.
7. PACTO DE EXCLUSIVIDAD Es un acuerdo accidental por el cual el trabajador se compromete a no laborar, mientras esté vigente el contrato de trabajo, en actividades que constituyan competencia para su empleador o le generen perjuicios.
8. CARACTERISTICAS DE LA EXCLUSIVIDAD No está comprendido tácitamente en ningún contrato de trabajo. Puede acordarse en todos los contratos de trabajo. Que se presente un perjuicio para el empleador.
9. EL TRABAJO DEPENDIENTE DEBE SER REMUNERADO Así lo ordena el Art. 27 del C.S.T. no se concibe legalmente trabajo gratuito. La norma no excluye la posibilidad del trabajo social o solidario gratuito.
10. CONTRATOS DE TRABAJO SEGÚN SU FORMA Y DURACIÓN SEGÚN SU FORMA: Pueden ser verbales y escritos, para predicar su valides no requieren forma especial. Se advierte que el contrato a término fijo siempre tendrá que ser por escrito.
11. CONTRATO VERBAL Es aquel mediante el cual las partes acuerdan de manera verbal las condiciones de trabajo, el lugar de trabajo la forma de pago y el termino del contrato. Este contrato es legalmente valido
12. CONTRATO ESCRITO El Art. 39 del C.S.T. Señala que debe extenderse un ejemplar para el empleador y uno para el trabajador. En él se identifican las partes y su domicilio, lugar, fecha de celebración, lugar en que haya que prestarse el servicio, la naturaleza del trabajo, la remuneración, su forma y periodos de pago.
13. CONTRATOS QUE SE DEBEN REALIZAR POR ESCRITO El contrato a termino fijo. En el que se pacta el periodo de prueba. El contrato de aprendizaje. El enganche colectivo. El contrato que pacte Salario Integral.
14. CONTRATOS DE TRABAJO SEGÚN SU DURACION Accidental, ocasional o transitorio. A Término Fijo o por tiempo determinado. Por el tiempo que dure la realización de una obra o labor terminada. A Término Indefinido.
15. CONTRATO ACCIDENTAL O TRANSITORIO No > de un mes VACACIONES PROPORCIONALES SENTENCI A C-019/04 DERECHO A LA COMPENSACION PRESTACIONES SOCIALES PRIMA DE SERVICIOS PROPORCIONAL CESANTIAS PROPORCIONALES SEGURIDAD SOCIAL
16. CONTRATO POR DURACION DE LA OBRA PRIMA DE SERVICIOS PROPORCIONALES PRESTACIONES SOCIALES SEGURIDAD SOCIAL VACACIONES PROPORCIONALES CESANTIAS PROPORCIONALES
17. CONTRATO A TERMINO FIJO Es el realizado por un periodo previamente determinado y de acuerdo con las especificaciones temporales de la Ley DEBE CONSTAR POR ESCRITO SU DURACION MAXIMA ES DE 3 AÑOS ES RENOVABLE INDEFINIDAMENTE
18. CONTRATO A TERMINO FIJO REQUIERE DE PREAVISO PARA SU TERMINACION < 30 DIAS EL PREAVISO DEBE SER POR ESCRITO