2. 1. La legislación colombiana define a los títulos valores En
Que artículo del Código de Comercio en los siguientes
términos: “Los títulos valores son documentos necesarios
para legitimar”:
A. Articulo 244
B. Articulo 758
C. Articulo 619
D. Articulo 1455
3. 2. La legitimación hace referencia a la facultad que
tiene e l tenedor de l título valor, siempre y cuando lo
haya adquirido conforme a su ley de circulación, para
ejercer o disponer del derecho incorporado en el
documento .
Lo anterior, de conformidad con la presunción contenida
en el artículo:
A. 647 Del Código De Comercio
B. 1478 De La Constitución Política de 1991
C. 789 Del Código De Comercio
D. 1233 Del Código De Comercio
4. 3. DISTINTAS ESPECIES DE TÍTULOS VALORES
El artículo 619 del Código de Comercio establece que los títulos
valores pueden ser de contenido crediticio , corporativos o de
participación y de tradición o representativos de
mercancías, clasificación que atiende a la clase de derecho
o prestación cambiaria que se incorpora en el título , tal
como se explica a continuación. Los títulos de contenido
crediticio son aquellos que incorporan el derecho a una suma
determinada dinero , bien sea originada en una orden de
pago, como ocurre con:
A. Chequeras, Cheques
B. Moneda, Títulos
C. Compra Venta De Auto, Compraventa De Casa
D. Letra De Cambio, Cheque