2. Elección de Representantes Docentes Tribunal Central Tribunales Descentralizados Art. 42 Ley 10.579 Resolución N° 293/08
3. Representantes Docentes Electos por Voto Votan Todos los Docentes Directo Secreto Obligatorio Titulares Provisionales Suplentes Se Requiere 1 año de antigüedad al 31/05/2008
4. Proceso Electoral Resolución N° 293/08 A cargo de: D.P.G.E. Junta Electoral Central 6 Rep. de la D.G.C.y E - 6 Tit y 6 Sup- 6 Rep. de los Gremios c/p - 3 Tit y 3 Sup - 25 Juntas Electorales Descentralizadas 6 Rep. de la D.G.C.y E -3 Tit y 3 Sup. 4 Rep. de los Gremios c/p - 2 Tit y 2 Sup. Una Autoridad Electoral en cada Distrito
5. Junta Electoral Central En la Provincia Junta Electoral Descentralizada. En cada Región Autoridad Electoral en cada Distrito
6. DOCENTE VOTA Para el Tribunal Central Para los Tribunales Descentralizados Por Nivel o Modalidad Por Regiones Educativas De Acuerdo a su Desempeño
7. PRESENTACIÓN DE LISTAS Ante la Junta central Con el aval Mínimo del 3% del Padrón Sobre la base del Art. 43 de la Ley 10.579