El documento describe la organización territorial del Estado ecuatoriano, incluyendo la división en provincias, cantones, parroquias rurales y la posibilidad de crear regiones autónomas. Explica que las provincias y cantones pueden crearse mediante leyes basadas en criterios de población y delimitación territorial, mientras que las parroquias rurales son establecidas por los consejos cantonales. También cubre los pasos para la creación de regiones autónomas a través de proyectos de ley y consultas populares.
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Organización territorial estado ecuatoriano
1. GOBIERNOS AUTONOMOS
DESCENTRALIZADOS
Dr. José Suin Nagua
Xavier Vázquez Domínguez
Nagua, Dr. José Suing. 2011. Gobiernos
Autonomos Descentralizados. Quito :
Corporación de Estudios y Publicaciones ,
2011. 978-9978-86-946-8.
2. La Organización Territorial del Estado
Ecuatoriano
• Organización Territorial - División Político
Administrativa del Territorio: Territorio donde
órganos estatales actúan y ejercen potestades
públicas constitucionalmente.
• Ordenamiento Territorial: Ejercicio de aplicación de
políticas, normas y acciones reguladoras del espacio
físico.
• Desarrollo Territorial: Ejecución políticas y acciones
orientadas a la generación de riqueza y mejorar
condiciones de vida de la población.
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3. La Organización Territorial del Estado
Ecuatoriano I
• Estados unitarios tienen una Constitución,
monopolio legislativo, se diferencia del federal
cada estado tiene su Constitución y función
legislativa, ejecutiva y judicial.
• Organización del territorio: nacional (Titulares
de las funciones E, L y J), intermedio (Prefecto,
Gobernador) y local (Alcalde y delegaciones
nacionales)
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4. Organización Político Administrativa
• Provincia, Cantón y Parroquia
• Cumple dos finalidades:
1. viabiliza representación política (Legislador
provincial, concejal)
2. Administración del Estado
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5. Regiones Autónomas
• Requisitos Forma
• Unión dos o más provincias limítrofes;
• Población superior al 5% país; y,
• Territorio superior a 20,000 km2
• Fines:
• Equilibrio interregional
• Afinidad histórica y cultural
• Complementariedad ecológica
• Manejo integrado de cuencas
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6. Regiones Autónomas I
• Procedimiento:
• Determinación Gobiernos Provinciales
• Proyecto ley de creación de la región
• Conocimiento Asamblea Nacional
– Apruebe 120 días o se entenderá aprobada
– 2/3 para para negar o archivar
– Aprobación ley orgánica mayoría absoluta
• Incertidumbre sobre función del Ejecutivo, que
tiene atribución exclusiva para modificación de la
división política administrativa
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7. Regiones Autónomas II
• Gobiernos Provinciales prepararan estatuto
autonomía regional.
• 45 días Corte Constitucional emite Dictamen
• Con dictamen favorable, o no se procede
Consulta Popular (mayoría absoluta)
• Aprobado 45 días plazo para elección
autoridades de la región.
• Estatuto será la norma de la regíon
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8. Regiones Autónomas III
• Región determina denominación, símbolos,
principios institucionales y sede.
• Identificará bienes, rentas, recursos propios y
competencias.
• Plazo de 8 años constituir región CR a partir
ley que regule descentralización y
competencias.
• Regiones no son autárquicas pero dejan de ser
periféricas.
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9. La Provincia
• Unidad territorial de mediana extensión
• Autoridad electa y designadas
• Sentido de pertenencia (patria chica)
• Muchas Provincias existentes nacieron con la
república
• Actualidad 24 provincias
• Debe actuar y consolidarse el nivel intermedio
de gobierno
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10. La Provincia II
• Creación por ley (Ejecutivo) por el cambio de
división política administrativa.
• No determina requisitos pero se supone
– Población mínima
– Ciudades con importancia poblacional
– Delimitación clara
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11. El Cantón
• Gobierno Local, representado por Municipio
• Nacieron con la República
• Creación por ley, iniciativa ejecutivo
• Cumplir requisitos:
– Población 50K, 15K domicilio cabecera distancia
30 km otra cabecera (oriente 10K y 5K cabecera 7
km otra cabecera) INEC
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12. El Cantón I
– Delimitación clara del territorio, demarcación
natural en lo posible.
– Petición expresa ejecutivo 25% ciudadanos
parroquias que formaran el cantón.
– Determinación cabecera cantonal, con parroquia
más 10 años de creación.
• Para que apruebe Asamblea Nacional informe
favorable Comisión Especial de Limites Internos de
la República y Consejo Provincial
• La Concordia y Quinsaloma no cumple requisitos.
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13. El Cantón II
• Se puede fusionar dos o más cantones
mediante Consulta Popular
• Muchos cantones no cumplen con los
requisitos establecidos
• Cantones grandes, medianos y pequeños
• Cantones urbanos (30%) y rurales (70%)
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14. Parroquia Rural
• Espacio territorial más pequeño
• Creadas por Consejo Cantonal (ordenanza)
• Determinar limites y cabecera parroquial
• Junta Parroquial GAD
• 798 Parroquias rurales
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15. Parroquia Rural I
• Requisitos creación:
• Población residente no menor a 10klhabitantes,
2k cabecera;
b) Delimitación detallada, que incluya la descripción
de accidentes geográficos no implique conflicto
con parroquias existentes;
c) Iniciativa ciudadana firmada 10% ciudadanos;
d) Informe técnico gobierno cantonal o distrital; y,
e) Parroquias limiten otro país informe técnico
ministerio correspondiente
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16. Parroquia Rural II
• Parroquias población superior cantón (Quito)
• Santo Domingo de Los Tsáchilas territorio
cantón y provincia.
• Debe limitar creación parroquias, evitar
dispersión de recursos y permitir
organizaciones de base.
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