El documento explica el sistema presidencialista, donde el presidente es jefe de estado y jefe de gobierno. Describe que se origina en las monarquías absolutas europeas y fue adoptado por Estados Unidos para evitar el despotismo legislativo o ejecutivo. Explica las características del presidencialismo como la elección popular del ejecutivo y la independencia de los poderes. También analiza el caso de Honduras, que tiene un sistema presidencial según su constitución, con poderes legislativo, ejecutivo y judicial independientes.
1. Se denomina presidencialismo o sistema presidencial a aquella forma de gobierno en la
que constituida una República, la Constitución establece una división de poderes entre
el poder legislativo, poder ejecutivo, poder judicial y el Jefe del Estado, además de
ostentar la representación formal del país, es también parte activa del poder ejecutivo,
como Jefe de Gobierno. Ejerciendo, pues, una doble función porque le corresponden
facultades propias del Gobierno, siendo elegido de forma directa por los votantes y no
por el Congreso o Parlamento.
Presidencialismo es el sistema de organizaciónpolítica en que el presidente de la
república es también jefe del poder ejecutivo, es unipersonal. Se otorga preponderancia
de forma constitucional al poder ejecutivo, en detrimento de la división de poderes y
autonomía de los órganos de gobierno.
Historia
El sistema presidencial debe sus orígenes al arquetipo de las monarquías absolutas de
Europa, sobre todo la de Francia, en las cuales la autoridad ejecutiva residía en la
corona, no en las asambleas representativas de los estamentos, como ocurría en el caso
del Parlamento de Inglaterra.
Fue creado por los inmigrantes ingleses que llegaron a la costa este de los Estados
Unidos huyendo de los excesos de la corona. Cuando declararon su independencia y
redactaron su constitución, el objetivo fue evitar tanto el despotismo legislativo como el
absolutismo del Ejecutivo.
El concepto de separación de poderes fue consagrado en la Constitución de los Estados
Unidos de América, de 1787, con la creación del cargo de Presidente de Estados Unidos
y, a la vez, del Congreso de Estados Unidos, sistema donde el presidente era el jefe del
Estado, pero responsable de sus actos ante el Congreso. Curiosamente, Inglaterra y
Escocia fueron los primeros países en adoptar el parlamentarismo (desde 1707 como el
Reino de Gran Bretaña, y desde 1801 como el Reino Unido) las facultades del ejecutivo
–el monarca– se redujo a un papel ceremonial, y a la vez una nueva autoridad ejecutiva,
responsable ante el parlamento, se fue desarrollando –el Primer Ministro–, mientras las
atribuciones del ejecutivo separado de los Estados Unidos fueron aumentando, por
ejemplo, el presidente designa a la mayoría de funcionarios públicos (entre ellos los
miembros del gabinete, aunque estos deben ser ratificados por el Senado).
Fuentes de los constituyentes norteamericanos
a) "El derecho público inglés, ya que en parte trataron de imitar, aunque deformándolo, el
sistema monárquico de Inglaterra, pero en lugar de un jefe de Estado hereditario, querían
uno de elección popular, con funciones limitadas en el tiempo.
b) La Constitución de Nueva York de 1777 y en menor medida la de Massachusetts de
1780, que configuraron ejecutivos independientes con los rasgos principales que después
estructuraron la presidencia norteamericana. A su vez, descartaron los modelos de las
Constituciones de Carolina del Norte y Rhode Island donde existían legislativos sin
mayores frenos.
2. c) Las obras de Locke yMontesquieu, en las cuales el poder ejecutivo no está delineado
en términos de suspicacia o aversión".
Podemos decir que el presidencialismo se fue conformando a través del tiempo, como un
régimen político espontáneo, que fue necesario y dio resultados en un tiempo y espacio
determinados; sin embargo, las necesidades del pueblo van cambiando, asimismo, las
formas de gobierno tienen que evolucionar.
El presidente de la república es el titular de la administración pública, que tiene la
función esencial de prestar los bienes y servicios públicos a la población, lo cual resulta
demasiado complicado para que sea encabezado por un sólo hombre.
Es por ello que resulta importante la participación ciudadana no únicamente en la
elección a través del sufragio universal, sino también en el ejercicio de las actividades de
gobierno, es decir, el involucramiento y compromiso en los asuntos públicos, de los
ciudadanos debidamente informados. "El ciudadano en general es el individuo que tiene
participación en la autoridad y en la obediencia pública... en la república perfecta es el
individuo que puede y quiere libremente obedecer y gobernar sucesivamente de
conformidad con los preceptos de la virtud".
Clasificación de los sistemas presidenciales según Loewenstein.
1. Presidencialismo puro: Son aquellos que tienen las características distintivas donde el
poder ejecutivo se encuentra por encima de los otros dos órganos de gobierno.
2. Presidencialismo atenuado: Son aquellos donde el poder se ejerce conjuntamente por el
presidente y sus ministros, quienes están organizados como gabinete.
3. Presidencialismo endeble: Son aquellos donde se ha tratado de disminuir la influencia
del ejecutivo, ya sea incorporándole elementos parlamentarios o admitiéndose el
ejecutivo colegiado.
La mejor forma de gobierno es el cuasi-presidencialismo, debido a que el poder no se
concentra en una persona sino que se comparte. Es imprescindible que la designación y
renuncia de los Secretarios de Estado sea con la aprobación del Congreso de la Unión o
de la Comisión Permanente en su caso, toda vez que el cargo que desempeñan es de vital
importancia para el país.
Las características del sistema presidencial son las siguientes:
El Poder Ejecutivo es unitario. Está depositado en un presidente que es, al mismo
tiempo, jefe de Estado y jefe de gobierno.
El presidente es electo por el pueblo y no por el Poder Legislativo, lo cual le da
independencia frente a éste.
El presi ente generalmente nombra y remueve libremente a los secretarios de Estado.
d
Ni el presidente ni los secretarios de Estado son políticamente responsables ante el
congreso.
3. Ni el presidente ni los secretarios de Estado, como regla general, pueden ser miembros
del congreso.
El presidente puede estar afiliado a un partido político diferente al de la mayoría del
congreso.
El presidente no puede disolver el congreso, pero éste no puede darle un voto de
censura
Las características representativas del presidencialismo son:
a. La legitimidad democrática dual, debido a que tanto el presidente como el congreso son
electos por el pueblo; característica que no se desvirtúa incluso cuando el presidente es
designado por un colegio electoral, el cual es electo por el pueblo con ese único
propósito.
b. La rigidez del sistema, en virtud de que ambos poderes son electos para un periodo fijo, y
la permanencia del presidente en el cargo es independiente de la voluntad del Legislativo,
cuya existencia, a su vez, es independiente de la intención del presidente.
El sistema presidencial posee cuatro características que lo conforman:
a. La elección popular del Ejecutivo.
b. Los periodos del Ejecutivo y del Legislativo son fijos, y la existencia de estos poderes es
independiente de la voluntad política del otro.
c. El Ejecutivo nombra y dirige la integración del gobierno.
d. El presidente tiene constitucionalmente alguna intervención en el procedimiento
legislativo, primordialmente con su facultad de veto, a través de la cual se trata de
asegurar que el programa por el que fue electo, lo va a poder llevar a la práctica.
Ventajas y desventajas del presidencialismo
El modelo presidencial convive, pero se opone al modelo parlamentario. Y es en este
sentido cuando se tratan las ventajas y desventajas de cada uno de dichos sistemas de
gobierno.
Se presentan como principales ventajas del presidencialismo:
Separación de poderes clara y suficiente entre el ejecutivo y el legislativo.
Inexistencia de vinculación del poder ejecutivo con el partido político mayoritario en el
Congreso, evitando caer en partitocracias.
Se mencionan como desventajas principales frente al sistema parlamentario:
Menor representación del conjunto social, en la medida que las decisiones no se
consensuan en muchas ocasiones entre distintas facciones políticas representadas en el
Congreso.
Menor capacidad de respuesta frente a una crisis de gobierno, en la medida que el
Congreso no puede cambiar el poder ejecutivo adoptando la moción de censura.
4. Tendencia al bipartidismo como su forma más estable, debido a la necesidad de
financiación y la falta de identidad política. Tratando de recoger las ventajas de ambos
sistemas y eludir sus desventajas se han generado los sistemas semipresidenciales.
El presidencialismo en América
Prácticamente todos los países de América tienen un sistema presidencial. Con excepción
de Canadá, Guyana, Guayana francesa y algunos estados de las Antillas. Es decir, que el
Régimen presidencialista es típico de Estados Unidos y de los países de tradición
iberoamericana.
El presidente en América Latina se ha convertido en el centro del poder político, de la
integración nacional, de la orientación del Estado y de las relaciones internacionales. Al
mismo tiempo ha encarnado la tradición cultural, los valores y los consensos sociales,
tanto que los ensayos inclinados al parlamentarismo, no han sido exitosos.
Con motivo de la caída de los regímenes autoritarios a partir de 1980, se recrudeció el
debate sobre la reducción del presidencialismo y la transformación al parlamentarismo
europeo en varios países, especialmente en el Hemisferio Sur.
Países con un sistema presidencial de gobierno:
Afganistán Colombia Filipinas Palaos Surinam
Angola Corea del Sur Guatemala Panamá Tanzania
Argentina Costa Rica Honduras Paraguay Turkmenistán
Bielorrusia Chipre Indonesia Perú Uganda
Birmania República Malawi Seychelles Uruguay
Dominicana
Bolivia Ecuador México Sierra Leona Venezuela
Brasil El Salvador Nicaragua Sudán Zambia
Chile Estados Unidos Nigeria Sudán del Sur
En definitiva el presidencialismo, en contexto de fragmentación partidaria moderada,
elecciones simultáneas, moderada disciplina partidaria y poderes presidenciales
limitados, tendría entonces una serie de ventajas claramente relevantes:
1. Fortalecer la dimensión vertical de la responsabilidad, con la posibilidad del
incentivo institucional de la relección.
5. 2. Favorecer una mejor identificación entre el líder presidencial -agente- y los
ciudadanos –principal.
3. En el marco de elecciones simultáneas permitir la selección de una más amplia
gama de opciones electorales, haciendo incluso posible el fenómeno de voto
cruzado, muy frecuente en los Estados Unidos.
4. Estimular la mayor independencia de criterio en materia legislativa.
5. Generar condiciones para una mayor estabilidad que los inestables gobiernos de
gabinete en condiciones de mandato fijo, con período corto y relección
inmediata.
Presidencialismo en Honduras:
Honduras es un país de América, ubicado en el extremo norte de América Central. Su
nombre oficial es República de Honduras y su capital es el Distrito Central constituido
conjuntamente por las ciudades de Tegucigalpa y Comayagüela
Honduras es un estado unitario (aquel en donde existe un solo centro de poder político
que extiende su accionar a lo largo de todo el territorio del respectivo Estado, mediante
sus agentes y autoridades locales, delegadas de ese mismo poder central.) y se
autodefine como libre, soberano e independiente, unitario e indivisible, y parte
integrante de la gran nación Centroamericana.
La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres
poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin
relaciones de subordinación.
Según la constitución de la República dicta lo siguiente:
Artículo 1.- Honduras es un estado de derecho, soberano, constituido como República
libre, democrática e independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia,
la libertad, la cultura y el bienestar económico y social.
Artículo 4.- La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se
ejerce por tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e
independientes y sin relaciones de subordinación. La alternabilidad en el ejercicio de la
Presidencia de la República es obligatoria. La infracción de esta norma constituye delito
de traición a la patria.
Al hacer referencia a que la forma de gobierno de Honduras es republicana, democrática
y representativa, entendiendo:
Republica: en sentido amplio, es un sistema político caracterizado por basarse en la
representación de toda su estructura mediante el derecho a voto. El electorado
constituye la raíz última de su legitimidad y soberanía.
Democracia: La democracia, literalmente gobierno del pueblo, es un sistema de
organización, que adopta formas variadas, en el que las personas que la integran tienen
la posibilidad de influir abiertamente y de manera legal sobre el proceso de toma de
6. decisiones.
En sentido estricto la democracia es un sistema político que permite el funcionamiento
del Estado, en el cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante
mecanismos de participación directa o indirecta que le confieren legitimidad al
representante. En sentido amplio, democracia es una forma de convivencia social en la
que todos sus habitantes son libres e iguales ante la ley y las relaciones sociales se
establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
Representativo: es una de las posibles variantes de la democracia, el pueblo delega la
soberanía en autoridades elegidas de forma periódica mediante elecciones libres. Estas
autoridades en teoría deben actuar en representación de los intereses de la ciudadanía,
como bien indica el adjetivo representativo.
En el Artículo 5, esta misma constitución estipula; que el gobierno debe sustentarse en
el principio de la democracia participativa del cual se deriva la integración nacional, que
implica participación de todos los sectores políticos... a fin de asegurar y fortalecer el
progreso de Honduras basado en la estabilidad política y en la conciliación nacional.'67
El Poder Legislativo se ejerce por un Congreso de Diputados, que serán elegidos por
sufragio directo.' Se reúne en sesiones ordinarias en Tegucigalpa el 25 de enero de cada
año, sin necesidad de convocatoria, y clausura sus sesiones el 31 de octubre del mismo
año. Corresponde al Congreso Nacional las siguientes atribuciones: crear, decretar,
interpretar, reformar y derogar las leyes. Convocar, suspender y cerrar sus sesiones, así
como emitir su Reglamento Interior y aplicar las sanciones que en él se establezcan para
quienes lo infrinjan; convocar a sesiones extraordinarias de acuerdo con la Constitución.
La Corte Suprema de Justicia de Honduras tiene su asiento en Tegucigalpa y está
formada por nueve magistrados propietarios y por siete suplentes, elegidos por el
Congreso Nacional y está dividida en salas, de acuerdo con lo que disponga el
Reglamento Interno de la misma Corte. El Poder Judicial de Honduras se integra por
una Corte Suprema de Justicia, por las Cortes de Apelaciones, los Tribunales de
Sentencia, los Tribunales de Ejecución de Penas y los Juzgados que establezca la ley.68
El Presidente de la Corte Suprema es electo por el Congreso Nacional, por un período
de siete años.
El período de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia es de siete años y pueden
ser reelectos.
Elpoder ejecutivo es una de las tres facultades y funciones primordiales del Estado
(junto con la legislativa y la judicial), consistente en hacer cumplir las leyes y que suele
ejercer el gobierno o el propio jefe del Estado. Es responsable de la gestión diaria del
Estado. El poder ejecutivo concibe y ejecuta políticas generales de acuerdo con las
cuales las leyes tienen que ser aplicadas, representa a la Nación en sus relaciones
diplomáticas, sostiene a las Fuerzas Armadas y en ocasiones aconseja con respecto a la
legislación. En los estados democráticos, el poder ejecutivo está considerado como
administrador y ejecutor de la voluntad popular a la cual representa y de la que debe ser
su más firme garante. La misión ejecutiva de un estado totalitario, en cambio, es
ejercida al margen de limitaciones legales o jurídicas.
7. "Le preguntaron a Mahatma Gandhi cuáles eran los
factores que destruyen al ser humano y respondió así: "La
política sin principios. El placer sin compromiso. La
riqueza sin trabajo. La sabiduría sin carácter. Los
negocios sin moral. La ciencia sin humanidad"
http://www.monografias.com/trabajos55/presidencialismo-en-mexico/presidencialismo-
en-mexico2.shtml
http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/115/art/art2.htm
http://es.wikipedia.org/wiki/Presidencialismo
http://www.ceibcn.com/docencia/fitxadocument.php?categoria=147&idcurs=1&lleng
ua=es&id=114Temario del Curso para la Carrera Diplomática:
Sistemas socio-políticos
Principales características del presidencialismo, con especial referencia a Estados
Unidos e Iberoamérica. Particularidades del sistema francés
http://es.answers.yahoo.com/question/index?qid=20070827105408AAOunDM