19. Ley 20.501: derecho a consulta Se agrega inciso segundo al Artículo 14 del Estatuto Docente Los docentes tendrán: Derecho a ser consultados por el Director en la evaluación del desempeño de su función y la de todo el equipo directivo, así como en las propuestas que hará al sostenedor para mejorar el funcionamiento del establecimiento educacional. Importante que las(os) profesores se organicen para este ejercicio Colegio de Profesores Ley 20.501
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21. Ley 20.501: Fijación Dotación Docente. PADEM Artículo 21: Se cambia la frase que era "comunicadas al Departamento Provincial de Educación correspondiente" por la siguiente: " determinadas por el sostenedor respectivo mediante resolución fundada. Ésta deberá publicarse en la página Web del municipio o estar siempre disponible a quien lo solicite “ Se le quita atribuciones a la Provincial, o sea al Mineduc y se las entrega al sostenedor. Se derogó el artículo 23. Ya no existe control del Estado sobre la fijación de la dotación docente Colegio de Profesores Ley 20.501
22. Ley 20.501: Fijación Dotación Docente 10.- Modifícase el artículo 24 de la siguiente forma: Agrégase el siguiente inciso final: "Asimismo, podrán incorporarse a la función docente directiva quienes estén en posesión de un título profesional o licenciatura de al menos 8 semestres y hayan ejercido funciones docentes al menos durante 3 años en un establecimiento educacional , sin que les sea exigible el requisito establecido en el número 4 del inciso primero del presente artículo. Similar al artículo 46 G de la L.G.E. Colegio de Profesores Ley 20.501
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26. Selección de Director 16. Reemplázase el artículo 31 bis: Los interesados en concurso y selección del Director, remítase al cambio del Artículo 31 bis del Estatuto Docente Colegio de Profesores Ley 20.501
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31. Colegio de Profesores Ley 20.501 19. Se sustituye el artículo 33 Desde el nombramiento, en un plazo de 30 días entre directores y sostenedor, se suscribirán convenios de desempeño para regular las facultades del director y el cumplimiento de metas. (cinco años)
32. Colegio de Profesores Ley 20.501 20. Se reemplaza el artículo 34: cumplimiento de convenio Director, en diciembre de cada año deberá informar al sostenedor el grado de cumplimiento de las metas y objetivos. Jefe de DAEM o Corporación: Podrá pedir la renuncia anticipada del director cuando el grado de cumplimiento de los objetivos acordados en el convenio de desempeño sean insuficientes de acuerdo a los mínimos que establezca.
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49. BONIFICACIÓN POR RETIRO Concepto : Es una bonificación que estimula el retiro de los docentes que prestan servicios en el sector municipal y que cumplan con los requisitos y exigencias que establece el artículo transitorio Noveno de la Ley 20.501. Además se regula la facultad de decretar la vacancia de las horas contratadas para el caso que el docente no haga efectiva su renuncia en los plazo que establece la misma ley. Colegio de Profesores Ley 20.501
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54. BONIFICACIÓN POR RETIRO Artículo decimoprimero: Los profesionales de la educación a quienes se les aplique lo establecido en los artículos noveno y décimo transitorios precedentes, y que se encuentren en la situación descrita en el artículo 41 bis mantienen su derecho a la prórroga del contrato. Colegio de Profesores Ley 20.501
55. LEY 20.501 FIN Joaquín Silva G., abogado Colegio de Profesores Metropolitano / Comentado en color verde Jorge Abedrapo D.