2. Exoneraciones:
CONTRATACIÓN ENTRE ENTIDADES
NO ES APLICABLE:
En aquellos casos en que actúe como
proveedor una EMPRESA DEL ESTADO
ORGANIZADA BAJO LA FORMA QUE
ESTABLEZCA LA LEGISLACIÓN VIGENTE, que
realizan actividades empresariales de
manera habitual en el rubro de la
contratación.
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3. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
En virtud de acontecimientos catastróficos, o de
situaciones que afecten la defensa o seguridad nacional,
o de situaciones que supongan el grave peligro de que
alguno de los supuestos anteriores ocurra, la Entidad
deberá contratar en forma inmediata lo estrictamente
necesario para prevenir los efectos del evento próximo a
producirse, así como para atender los requerimientos
generados como consecuencia directa del evento
producido.
Oscar Herrera Giurfa
4. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Los acontecimientos catastróficos son aquellos de
carácter extraordinario, ocasionados por la naturaleza o
por la acción u omisión del obrar humano, que generan
daños afectando a una determinada comunidad.
Oscar Herrera Giurfa
5. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Las situaciones que afectan la defensa o seguridad
nacional están dirigidas a enfrentar agresiones de orden
interno o externo que menoscabe la consecución de los
fines del Estado.
Oscar Herrera Giurfa
6. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Las situaciones que supongan grave peligro son aquellas
en las que exista la posibilidad debidamente comprobada
de que cualquiera de los acontecimientos o situaciones
anteriores ocurra de manera inminente.
Oscar Herrera Giurfa
7. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Una vez realizada la contratación por situación de
emergencia, la Entidad deberá convocar los respectivos
procesos de selección para atender las necesidades que
no estén directamente relacionados con la situación que
sustentó la exoneración.
Cuando no corresponda realizar un proceso de selección
posterior, las razones que motivan la contratación
definitiva deben encontrarse fundamentadas en el
informe al que se refiere el artículo 133º del Reglamento.
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8. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE EMERGENCIA
Toda contratación realizada para enfrentar una situación
de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes de efectuada la entrega del
bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del
inicio de la prestación del servicio o del inicio de la
ejecución de la obra. Para tal efecto, la Entidad debe
incluir el proceso en su Plan Anual de Contrataciones, así
como elaborar y publicar en el SEACE la resolución o
acuerdo correspondiente y el informe a que se refiere el
mencionado artículo 133º
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9. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO
INMINENTE
La situación de desabastecimiento se configura ante la
ausencia inminente de determinado bien o servicio,
debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria
e imprevisible, que compromete la continuidad de las
funciones, servicios, actividades u operaciones que la
Entidad tiene a su cargo.
La necesidad de los bienes o servicios debe ser actual e
imprescindible para atender los requerimientos
inmediatos.
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10. Exoneraciones:
SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO
INMINENTE
No procede:
•En contrataciones al amparo de tratado
internacional
•En vía de regularización (Funcionarios
originaron la causal)
•Para periodos consecutivos.(salvo causales
diferentes)
•Para cubrir necesidades anteriores.
•Por cantidades que excedan lo necesario.
Mecanismos de control:
•Disponer el inicio del procedimiento de
determinación de responsabilidades
administrativas, civiles y penales.
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11. Exoneraciones:
Proveedor único de bienes o servicios
que no admiten sustitutos
En los casos en que no existan bienes o servicios
sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y
siempre que exista un solo proveedor (incluidos
derechos de propiedad intelectual)
Incluye
Los servicios de publicidad que prestan al Estado los
medios de comunicación televisiva, radial, escrita o
cualquier otro medio de comunicación. (antes
personalísimos)
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12. Exoneraciones: CARÁCTER DE
SECRETO, SECRETO MILITAR O DE
ORDEN INTERNO
Configuración:
Organismos que conforman el SIN, FFAA,
PNP previa aprobación del listado de
bienes por D.S. del Consejo de Ministros
Opinión favorable de la CGR dentro de los
15 días hábiles de presentada la solicitud.
NO para bienes que son necesarios para el
normal funcionamiento.
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13. Exoneraciones:
SERVICIOS PERSONALÍSIMOS
Elementos de análisis:
Especialidad sustentada
para la complejidad
Experiencia reconocida en
la prestación
Comparación favorable
frente a otros potenciales
proveedores capaces de
brindar el servicio.
Subcontratación
NO Cesión de posición contractual
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14. Procedimiento de la Exoneración
PUBLICACIÓN
• RESOLUCIÓN DEL TITULAR
s Excepto
DE LA ENTIDAD
10 día
• ACUERDO DIRECTORIO Militares
INFORME
(s) (Empresas)
TECNICO y • ACUERDO DE CONCEJO SEACE
LEGAL (Gobiernos Regionales y
Locales)
FACULTAD INDELEGABLE
10
d ías - Informe
- Resolución
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15. Limitaciones a Contrataciones
Exoneradas
En contrataciones por Situación
de Desabastecimiento Inminente
o Situación de Emergencia NO
PROCEDE LAS CONTRATACIONES
COMPLEMENTARIAS.
Si ADICIONALES: Se requerirá para
ejecución un NUEVO Y PREVIO
ACUERDO O RESOLUCIÓN
EXONERATORIA.
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16. SOLUCIÓN EN CASO DE
EMPATE
1. MYPES integradas por personas con
discapacidad - LEY 27050, sólo en AD y AMC.
2. MYPES en estricto: AD y AMC
3. Bienes y Obras.- mejor puntaje económico.
Servicios - mejor puntaje técnico
4. A PRORRATA*: no Consulta ni Obras
5. SORTEO*
(*) CITACIÓN OPORTUNA
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17. OTORGAMIENTO DE LA
BUENA PRO
SOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS:
SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF:
Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo
responsabilidad del Titular.
Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su
oferta económica < V. Ref.
La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto
privado-.
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18. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA
PRO
Pluralidad de Postores
8 días hábiles (LP Y CP)
5 días AD y AMC; desde su notificación si no
hay Recurso de Apelación.
Un solo postor:
El día de su notificación
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19. DECLARACIÓN DE DESIERTO
Si una LP, CP o ADP es
declarada desierta en una
oportunidad, se deberá
convocar una AMC (no
electrónica).
1 propuesta en Sub. Inversa =
desierto.
Registro en el SEACE al día
sgte. de producida.
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20. DECLARACIÓN DE DESIERTO
Culminación del Proceso
- Se suscribe el contrato.
Cuando
- Se cancela el proceso
de selección.
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21. Solución de Controversias durante el
Proceso de Selección:
Los actos dictados desde la convocatoria hasta antes
de la celebración del contrato.
ENTIDAD TRIBUNAL
• VR < 600 UIT • VR > a 600
S/. 2’160,000.00 UIT.
• Otros actos del
• Titular
Titular de la
(Facultad Entidad distintos
delegable). de la Resolución
de Apelación
que afecte o
siga el proceso.
(*) 13º Disp. Compl. Final Ley
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22. Plazo para interponer el Recurso
Buena Pro y actos Posteriores a
anteriores Buena Pro
De haber
De haber tomado tomado
conocimiento del conocimiento del
acto acto
LP y CP: 8 días LP y CP: 8 días.
ADP, ADS y AMC: ADP, ADS y
5 días AMC: 5 días.
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23. EFECTOS DE LA
INTERPOSICIÓN
Suspende proceso de selección o el ítem,
etapa, lote, paquete o tramo
impugnado, según corresponda. Son
NULOS los actos posteriores a su
• interposición.
Obligación: Entidad y Tribunal registrará el recurso
en la FICHA SEACE, ese mismo día.
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24. ADMISIBILIDAD DEL
RECURSO
NO Rechazo del recurso
a) Antes de otorgada B. Pro.
b) 1º escrito sin firma del impugnante o su
representante.
No Presentado
No subsana observaciones: 2 días.
No subsana en el plazo máx. 2 días hábiles
otorgado por la ENTIDAD, cuando advirtió
alguna omisión dentro de 3 días hábiles de
admitido.
No renueva Garantía
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25. GARANTÍA
Representa el 3% del Valor Referencial del
proceso de selección o del ítem que se
desea impugnar.
No menor al 50% de una UIT.
Puede ser carta fianza, póliza de caución y
depósito en cuenta.
Plazo mínimo de vigencia: 20 días calendario
ante Entidad o 30 días ante el Tribunal. Si no
renueva la garantía, NO PRESENTADO el
recurso.
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26. TRÁMITE DEL RECURSO
PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNAL
ACUMULACIÓN 2 ó + recursos = proceso o ítem.
facultativa Plazo de resolución es el del último recurso
TRASLADO : dentro de A postores afectados A la Entidad luego
2 días hábiles luego de presentado de admitido
ABSOLUCIÓN del Exp. Completo
Traslado: De 3ºs a la Entidad + Inf. Téc. Legal +
Dentro de 3 días cargo notificación
Hasta 3 días sgtes. de Hasta antes que se
Pedido de USO DE LA vencido plazo de declare listo para
PALABRA Absolución de resolver.
traslado. Prórroga el plazo de
No suspende plazos evaluación.
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27. TRÁMITE DEL RECURSO
PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNAL
INFORMACIÓN Si se puede solicitar 1 vez. Prorroga el plazo
ADICIONAL pero no suspende de evaluación máx. 15
plazos días háb.
DESISTIMIENTO. Notario o Secr. Trib.
Excepto interés Notario o Juez de Paz. Sólo hasta antes que
público Fin del se declare listo para
Ejecuta 100% Procedimiento. resolver.
Garantía
RESOLUCIÓN 12 días hab. de 5 días desde que se
SEACE presentado o declara expediente
subsanado listo para resolver
Oscar Herrera Giurfa